Convocatoria Publicada
FUGA

PREMIO VAMOS A LA ESCENA

Programa Distrital de Estímulos

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Listado de participantes inscritos Premio Vamos a la Escena

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Aviso Modificatorio No. 2

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Aviso Modificatorio No 1

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Aviso Informativo No. 1

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RESOLUCIÓN No. 28 DE 2024

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RESOLUCIÓN No. 29 DE 2024

02/24

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DOCUMENTOS

Información básica

La Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA tiene como misión articular y gestionar la revitalización y transformación participativa del centro de Bogotá a través de su potencial creativo, el arte y la cultura. Por lo anterior, abre la convocatoria “Premio Vamos a la Escena” - del Portafolio Distrital de Estímulos para la Cultura 2024, que busca apoyar y promover la circulación de espectáculos de las artes escénicas de teatro, danza, circo y música, dirigidos a público infantil y juvenil, en escenarios ubicados en alguna de las tres localidades del centro de Bogotá (La Candelaria, Santa Fe o Los Mártires). La FUGA se encargará de la gestión de público para cada una de las presentaciones. 

 

Enfoque(s): Disciplinar

Línea(s) estratégica(s): Circulación

Área(s): Arte dramático,Danza,Interdisciplinar / transdisciplinar,Música

Número de estímulos: 7

Total de recursos: $ 45.500.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

Se otorgarán siete (7) estímulos, cada uno por valor de seis millones quinientos mil pesos M/cte. ($6.500.000). Para cada estímulo se entregará un único desembolso.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Profesional en artes escénicas (teatro, danza) y/o música, con experiencia demostrable de por lo menos 6 años en la creación de espectáculos de artes escénicas (teatro, danza, performance) y/o música y/o en la producción y/o programación de eventos de esas mismas disciplinas, bien sea en giras, eventos o festivales de nivel nacional y/o internacional.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Educación

Campo de experiencia:

Artes escénicas (música, arte dramático, danza, performance), creaciones interdisciplinares, producción de eventos/festivales de artes escénicas

Área perfil: Arte dramático , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar , Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 17/02/2024

Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: atencionalciudadano@fuga.gov.co

Fecha de apertura 26/02/2024

Fecha a partir de la cual se habilita la plataforma para inscribir propuestas.

Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 15/04/2024 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 18/04/2024 17:00:00

Fecha y hora hasta la cual estará habilitada la plataforma para inscribir propuestas. 

Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 08/05/2024

A partir de esta fecha los participantes que deban subsanar documentos administrativos cuentan con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma los documentos solicitados.

Fecha máxima de publicación de resolución de ganadores 04/07/2024

A partir de esta fecha, los ganadores recibirán la notificación de la Resolución a través del correo electrónico registrado en la plataforma. Deben aceptar el estímulo y presentar los documentos solicitados.  

Fecha máxima de ejecución 15/11/2024

Esta fecha incluye la presentación del informe final de ejecución del estímulo y la aprobación del mismo por parte de la Entidad.

Justificación

Esta convocatoria busca propiciar entre los niños, niñas y adolescentes estudiantes de colegios de Bogotá, un acercamiento cualificado a las artes escénicas y musicales. Se pretende, además, ofrecer un espacio de esparcimiento y entretenimiento (una experiencia) a niños y jóvenes, así como de sensibilización hacia las artes vivas y musicales e incidir, a futuro, en el consumo cultural de los jóvenes y los adultos, todo ello mediante una oferta artística de calidad en espacios e instalaciones idóneas para este tipo de eventos.

Objeto

La convocatoria Premio Vamos a la Escena del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2024, de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, busca promover la circulación de creaciones escénicas que hayan sido concebidas para público en edad escolar (desde jardín infantil hasta grado 11) con el fin de propiciar un acercamiento cualificado a las artes escénicas y musicales. Se busca, además, ofrecer un espacio de esparcimiento y entretenimiento (una experiencia) a niños y jóvenes, así como de sensibilización hacia las artes vivas y musicales e incidir, a futuro, en el consumo cultural de los jóvenes y los adultos, todo ello mediante una oferta artística de calidad en espacios e instalaciones idóneas para este tipo de eventos.

Cada ganador deberá realizar una (1) presentación de la obra o concierto con el que se postuló, así como una actividad pedagógica. Con esta última se busca propiciar un espacio de encuentro, diálogo y reflexión y que invite a una participación activa de los asistentes. La intención de esta actividad es que actúe como una acción mediadora con el público y genere interacción con los estudiantes, con el fin de propiciar una experiencia significativa. La FUGA se encargará de la gestión de público para cada una de las presentaciones.

Se recibirán propuestas creativas en las áreas de teatro, danza, circo y música que tengan una duración mínima de cuarenta (40) minutos y máxima de sesenta (60) minutos. La propuesta que se postule, debe haberse presentado en público al menos cuatro (4) veces (presencial o virtual) entre 2019 y 2023. Esta condición debe estar debidamente soportada.

Para aplicar a esta convocatoria, los participantes deberán aportar evidencias de gestión y reserva del teatro o escenario en el que desarrollarán la propuesta, el cual deberá estar ubicado en una de las tres localidades del centro de Bogotá́ (La Candelaria, Santa Fe o Los Mártires) y contar con una capacidad de mínimo 100 y máximo 300 sillas, así como con las condiciones técnicas para la presentación de la obra, y la realización de una actividad pedagógica.

En cuanto a los requerimientos logísticos necesarios para la presentación, se debe tener en cuenta que estos deben ser  proporcionados bien sea por los ganadores y/o por el acuerdo que hayan hecho con el teatro o escenario escogido (por ejemplo, la presencia de logísticos o acomodadores durante la función y la actividad pedagógica, personal de salud, permisos para la realización de un espectáculo público, pagos a sociedades de gestión colectiva, entre otros). Las propuestas ganadoras deberán acatar las condiciones de uso del espacio escogido y los protocolos de bioseguridad en cumplimiento de la normatividad vigente, establecida por el Ministerio de Salud y la Alcaldía de Mayor Bogotá.

La carta de intención que da cuenta de la gestión del espacio o escenario por parte del ganador debe manifestar la posibilidad de realizar la presentación entre los meses de agosto y octubre de 2024, lo anterior teniendo en cuenta que la fecha específica de la presentación será concertada entre el ganador y el área de artes vivas y musicales de la FUGA.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Agrupación

Conjunto de dos o más personas naturales (de acuerdo con lo definido en las condiciones específicas de participación) mayores de 18 años que presentan una propuesta en la cual participan activamente en su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, quien estará a cargo de la comunicación con la entidad encargada de la convocatoria en nombre de las y los integrantes de la agrupación, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo dado el caso que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor comprobados, asuma las responsabilidades del principal. Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la propuesta ganadora.

Todas las personas integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadoras y ganadores y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. Aquellos miembros que no se encuentren registrados en el certificado de inscripción en línea, no serán considerados como integrantes de la agrupación, lo cual podría generar que la propuesta no sea habilitada, cuando no se cumpla con lo establecido en las condiciones específicas de la convocatoria.

Durante la etapa comprendida entre el cierre de la inscripción de propuestas y la adjudicación de los estímulos, no se permitirá la renuncia o reemplazo de integrantes de las agrupaciones

Para participar en esta convocatoria las agrupaciones deben estar conformadas por mínimo dos (2) artistas (con o sin formación profesional), residentes en Bogotá. La agrupación deberá demostrar el desarrollo de mínimo tres (3) proyectos artísticos en los últimos cinco (5) años en las áreas de interés de la convocatoria.

Nota: Se debe aportar la hoja de vida de la agrupación, anexando certificaciones tal como se indica en el ítem “Documentos técnicos para evaluación”.

Persona Jurídica

Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente.

Para participar como persona jurídica debes ingresar en el formulario de inscripción los datos solicitados de la totalidad de miembros de la junta directiva o del órgano administrativo que corresponda, de acuerdo con el documento oficial aportado. Recuerda que es tu deber verificar que las personas registradas en el certificado de inscripción correspondan exactamente con aquellas registradas en el certificado de existencia y representación legal o documento equivalente. Si se encuentra que la información no coincide, las entidades tendremos la facultad de hacer los ajustes en la plataforma.

Para participar en esta convocatoria, las personas jurídicas deben tener su domicilio principal en la ciudad de Bogotá, acreditar, mediante certificado de existencia y representación legal, que su objeto social está relacionado con el desarrollo de proyectos artísticos en las áreas de interés de la convocatoria. Adicionalmente, deben demostrar la realización de mínimo tres (3) proyectos artísticos en las áreas de interés de la convocatoria en los últimos cinco (5) años.

Nota: Se debe aportar la hoja de vida de la persona jurídica y certificaciones de experiencia tal como se indica en el ítem “Documentos técnicos para evaluación”.

Persona Natural

Se entiende por persona natural al ciudadano(a) colombiano(a) o extranjero(a), mayor de 18 años, que de manera individual presenta una propuesta.

La persona natural que participe en esta convocatoria se asume como solista, es decir, una persona que de manera individual presenta y ejecuta la totalidad de la propuesta artística. Un solista puede participar con el apoyo de personas que cumplan roles como ingeniero de sonido, un VJ u otro tipo de apoyos (máximo dos (2), pero la ejecución artística en el escenario de la propuesta de manera integral estará a cargo de una sola persona.

Para participar en esta convocatoria la persona natural debe residir en Bogotá, ser artista (con o sin formación profesional) y contar con una trayectoria en la que pueda demostrar el desarrollo de mínimo tres (3) proyectos artísticos en los últimos cinco (5) años en las áreas de interés de la convocatoria.

Nota: Se debe aportar la hoja de vida de la persona natural anexando certificaciones de experiencia. tal como se indica en el ítem “Documentos técnicos para evaluación”.

Quiénes no pueden participar

Quienes se indiquen en el numeral 3.2 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura – PDE 2024. Los ganadores de la convocatoria Premio Vamos a la Escena del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura – PDE 2023.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

- Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación.

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 MB
2 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. con la matrícula mercantil renovada en la vigencia correspondiente, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012.

Si el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante presenta modificaciones o ajustes con posterioridad al cierre de la convocatoria en cualquier etapa del proceso, se deberá informar oportunamente a la entidad otorgante, la cual realizará los ajustes correspondientes en la plataforma SICON.

En el caso de grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos), deberán presentar una certificación sobre existencia y representación legal de la organización o comunidad con el aval de las instancias consultivas locales y mesas según corresponda. 

Dado el caso que el participante informe la existencia del documento en otra entidad, se procederá de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012.

Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente.

Nota. Los grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el

pueblo rrom o gitanos) y las personas jurídicas en cuyos

certificados de existencia y representación legal no se relacione el NIT, deberán presentar el Registro Único Tributario (RUT) al momento de la inscripción. Los demás participantes deben verificar en las condiciones específicas de la convocatoria sí también deben cumplir con este requisito o si requieren presentar la Matrícula Mercantil renovada para la inscripción.

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5 MB
3 Documento de identidad del representante de la agrupación participante.

- Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación.

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 MB
4 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante.

- Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación.

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 MB
5 Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación.

Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web:

https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia

Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o  interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2024, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato.

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5 MB
6 Registro Único Nacional de Agentes Culturales del representante de la agrupación.

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes del representante de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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5 MB
7 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación.

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de cada integrante de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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5 MB
8 Documento de identidad de persona natural participante.

- Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación.

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 MB
9 Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de la persona natural participante.

Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web:

https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia

Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o  interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2024, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato.

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5 MB
10 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de la persona natural participante.

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de la persona natural participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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5 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Formato de presentación de propuesta

Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura 2024, así como las condiciones específicas de esta convocatoria.

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta del  Premio Vamos a la Escena el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

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15 MB
2 Hoja de vida del participante

Cargue en la plataforma de inscripción la hoja de vida artística del participante (persona natural, persona jurídica o agrupación según el caso) en formato PDF.

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5 MB
3 Soportes de la experiencia y trayectoria del participante

Certificaciones de experiencia y trayectoria artística en los últimos cinco (5) años (mínimo tres proyectos). Ver perfil del participante.

Se podrán aportar cualquiera de los siguientes soportes como certificaciones de experiencia para la persona natural, la persona jurídica o la agrupación:

1. Certificaciones expedidas por entidades públicas o privadas donde se indique fecha (día, mes, año) y lugar, contrato con su respectiva acta de liquidación u órdenes de servicio con comprobantes de pago.

2. Soportes como:

Volantes (flyers).

Afiches.

Programas de mano.

Registro fotográfico o audiovisual.

Publicaciones propias.

Publicaciones en medios de comunicación (reseñas, artículos, entrevistas, etc., indicando el medio en el que fue publicado y la fecha).

Nota 1: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias.

Nota 2: El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o con restricción de acceso que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web o documentos digitales)o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada.

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5 MB
4 Soportes de circulación previa de la propuesta postulada

Cargue en la plataforma de inscripción un (1) solo PDF que contenga los soportes de la siguiente manera:

  • Para las áreas de teatro, danza, circo y performance soportes de cuatro (4) presentaciones (presenciales o virtuales) de la obra postulada realizadas entre 2018 y 2022.
  • Para el área de música soportes que den cuenta de por lo menos cuatro (4) conciertos virtuales o presenciales realizados por la agrupación o solista entre 2018 y 2022, independientemente de que el repertorio sea distinto al que se presenta para esta convocatoria.

Se podrán aportar cualquiera de los siguientes soportes:

1. Certificaciones expedidas por entidades públicas o privadas donde se indique fecha (día, mes, año) y lugar, de la presentación de la obra o el concierto realizado  (el mismo que se postula a esta convocatoria).

2. Soportes que evidencien la circulación previa, en la que se indique lugar y fecha de realización.

Volantes (flyers).

Afiches.

Programas de mano.

Registro fotográfico o audiovisual.

Publicaciones propias.

Publicaciones en medios de comunicación (reseñas, artículos, entrevistas, etc., indicando el medio en el que fue publicado y la fecha).

Nota: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias.

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15 MB
5 Carta de intención del teatro o escenario

Adjunte en formato PDF la carta en papel membretado, firmada por el director, administrador o responsable del teatro o escenario propuesto, en la cual se manifieste la intención de circular la propuesta y la capacidad del lugar (número de sillas). Se deben incluir los datos de contacto del remitente.

Recuerde que en la carta se debe manifestar la posibilidad de realizar la presentación entre los meses de agosto y octubre de 2024, lo anterior teniendo en cuenta que la fecha específica de la presentación será concertada entre el ganador y el área de artes vivas y musicales de la FUGA.

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5 MB

Criterios de evaluación

Ronda: GANADORES
No. Criterio Puntaje
1

Calidad artística de la propuesta. Tratamiento estético, estructura dramática o coreográfica, puesta en escena, innovación, creatividad, dramaturgia, dirección de arte.

Solidez musical y propuesta escénica (para las propuestas de música).

0 a 35
2

Trayectoria del espectáculo propuesto

0 a 15
3

Trayectoria del participante

0 a 15
4

Viabilidad y factibilidad técnica de la propuesta

0 a 10
5

Pertinencia de la propuesta pedagógica y coherencia de la misma con el objeto de la convocatoria.

0 a 20
6

Si el participante (persona natural, persona jurídica) o al menos uno de los integrantes en el caso de agrupación, reside en las localidades de Santa Fe, Los Mártires o La Candelaria.

Nota 1: Este criterio responde a la misionalidad territorial de la FUGA, no es obligatorio que los participantes residan en el Centro de Bogotá, sin embargo a aquellos participantes que acrediten esta condición, se les otorgarán 5 puntos en la evaluación. En el caso de persona jurídica, se debe acreditar mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, que el domicilio principal sea en las localidades de Los Mártires, Santa Fe o La Candelaria.

Nota 2: En caso de obtener el puntaje correspondiente a este criterio, la persona o personas que se acredite (n) como residentes en el centro de Bogotá no podrán ser reemplazadas en ninguna etapa del proceso.

0 a 5

Selección de ganadores

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.5 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2024, el ganador tendrá los siguientes derechos:

1. Notificación: Recibir mediante correo electrónico certificado la notificación de la Resolución por medio de la cual se designan los ganadores de la convocatoria y se solicitan los documentos para la legalización del estímulo. 

2. Desembolsos: Una vez publicada la resolución de recomendación de los jurados evaluadores y selección de ganadores, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA entregará el estímulo en único desembolso, después de realizada la presentación de su obra o concierto, y de la entrega del informe final de ejecución aprobado por la Subdirección Artística y Cultural de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA, para lo cual la entidad enviará el formato respectivo a los ganadores.

Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC).

Nota 2: al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente.

3. Divulgación: Gozar de las acciones de divulgación que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA- realice dentro del ámbito de sus funciones y conforme a la disponibilidad de recursos.

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.6 las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2024, los ganadores tendrán los siguientes deberes:

1. Responder oportunamente el correo electrónico certificado de notificación de la Resolución por medio de la cual se designan los ganadores de la convocatoria. A partir de la fecha y hora de notificación el ganador cuenta con diez (10) días hábiles para aceptar de manera expresa el estímulo y hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo de acuerdo con numeral 7.2 de las Condiciones Generales de Participación. Para esta convocatoria debe presentar:

  • Carta firmada y dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, en la que se manifiesta expresamente la aceptación del estímulo y se remiten los documentos requeridos. La carta debe estar suscrita por la persona natural, persona jurídica o el representante de la agrupación según corresponda.
  • Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre de la persona natural, persona jurídica o del representante de la agrupación. La fecha de actualización del certificado debe ser del año 2019 en adelante, y su fecha de generación, de máximo treinta (30) días antes de su entrega.
  • Certificación bancaria a nombre de la persona natural, persona jurídica o representante de la agrupación en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega. Nota: No se aceptan Cuentas de Ahorro de Trámites Simplificados - CATS o billeteras virtuales (como Nequi y Daviplata, entre otras). 
  • Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica, expedido por la Cámara de Comercio o por la entidad competente, dentro de los tres (3) meses anteriores a la expedición de la resolución por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado. 
  • Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación, con fecha de expedición máximo de treinta (30) días antes de su entrega o Certificación de parafiscales, expedido por el revisor fiscal o por el representante legal de la persona jurídica, en donde se acredite que la entidad está al día en el pago de los aportes parafiscales y de seguridad social o que no está obligada a hacerlo, según sea el caso.
  • Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30 %) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más. Las pólizas deberán estar firmadas por el tomador o tomadora y acompañadas del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen. 
  • Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por 200 SMMLV y cobertura hasta la fecha máxima de ejecución del estímulo.

2. Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA, a través de la Subdirección Artística y Cultural.

3. Acatar los protocolos de funcionamiento, seguridad y bioseguridad de los espacios en los cuales se llevará a cabo la ejecución de la propuesta. En caso de ser necesario y con base en el acuerdo realizado con el escenario gestionado por el ganador, la puesta en escena o concierto deberá adaptarse a las condiciones técnicas del lugar, o suplir bajo su cuenta y riesgo los requerimientos adicionales, en caso de que aplique.

4. Presentar un informe final que dé cuenta de la presentación de la obra o del concierto así como de la actividad pedagógica incluida en la propuesta con la cual fueron seleccionados como ganadores, para lo cual la entidad enviará el formato respectivo a los ganadores.

5. En caso que las propuestas ganadoras requieran permisos o autorizaciones de Sayco y/o Acinpro, así como permisos de espectáculos públicos de las artes escénicas u otros, deben ser asumidos por el ganador.

6. Hacerse responsable y cumplir con los aspectos relacionados con autoría y derechos patrimoniales y morales de la propuesta, así como con los trámites de derechos de autor, de acuerdo a lo contemplado en los numerales 7.6.13., 7.6.18., y 7.6.19. de las condiciones generales de participación PDE 2024.

Anexos

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Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato para la presentación de propuestas

(archivo Word o PDF)

 
 

Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura 2024, así como las condiciones específicas de esta convocatoria.

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta del  Premio Vamos a la Escena el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

2 Formato de repertorio y derechos de autor

(archivo Word o PDF)

 
 

Descargue y diligencie la totalidad de los ítems solicitados en el “Formato de derechos de autor” el cual se encuentra en la sección formatos de esta convocatoria. Una vez diligenciado y firmado guárdelo  en formato PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

3 Formato de declaración lugar de residencia bajo la gravedad de juramento

(archivo Word o PDF)

 
 
En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o  interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2024, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación.

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 RESOLUCIÓN No. 28 DE 2024
“Por medio de la cual se ordena se ordena la apertura de las convocatorias del ProgramaDistrital de Estímulos - FUGA 2024, a cargo de la Subdirección Artística y Cultural de laFundación Gilberto Alzate Avendaño” 
2 RESOLUCIÓN No. 29 DE 2024
“Por medio de la cual se fija la tabla de reconocimientos económicos a otorgar al Banco dePersonas Expertas para el sector cultura en el marco del Programa Distrital de Estímulos dela Fundación Gilberto Alzate Avendaño-2024”

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos Premio Vamos a la Escena
Listado de participantes inscritos a la convocatoria Premio Vamos a la Escena

Avisos modificatorios

No. Documento Descripción
1 Aviso Modificatorio No. 2
Aviso del día 10 de abril mediante el cual se modifica el cronograma de las convocatorias “PREMIO VAMOS A LA ESCENA” y "PREMIO CIRCULACIÓN EN ARTES VIVAS Y MUSICALES" de la Subdirección Artistica y Cultural de la FUGA.
2 Aviso Modificatorio No 1

Aviso del día 1 de abril mediante el cual se modifica el cronograma de las convocatorias “PREMIO VAMOS A LA ESCENA” y "PREMIO CIRCULACIÓN EN ARTES VIVAS Y MUSICALES" de la Subdirección Artistica y Cultural de la FUGA.

3 Aviso Informativo No. 1
Aviso mediante el cual se anuncia la suspensión de los términos de las convocatorias “PREMIO VAMOS A LA ESCENA” y “PREMIO CIRCULACIÓN EN ARTES VIVAS Y MUSICALES” de Subdirección Artística y Cultural y de la convocatoria "PREMIO AL EMPRENDIMIENTO Y LA GESTIÓN CULTURAL Y CREATIVA DEL CENTRO DE BOGOTÁ 2024" de la Subdirección para la Gestión del Centro de Bogotá,  hasta que se cuente con la disponibilidad y estabilización del cien por ciento (100%) de la plataforma SICON, momento en el cual se publicarán los avisos modificatorios con los ajustes a los cronogramas de las mencionadas convocatorias.

Para participar inicia sesión en SICON y busca esta convocatoria