Convocatoria Adjudicada
SCRD

ARTISTAS DE CLASE. PROCESO DE FORMACIÓN INFORMAL PARA CUALIFICAR ARTISTAS REGULADOS DEL ESPACIO PÚBLICO EN LAS ARTES ESCÉNICAS.

Ley de espectáculos públicos

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Resolución Ganadores No 636 del 25 de agosto de 2021

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Listado de habilitaos y rechazados

07/21

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Resolución 507 Jurados 16 de julio 2021

07/21

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Listado rechazados y documentos por subsanar

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Listado de participantes inscritos

07/21

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Resolución Apertura No 393 del 8 de junio de 2021

06/21

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DOCUMENTOS

Información básica

Desarrollar un proceso de educación informal virtual y presencial  para los artistas regulados del espacio público, que genere un escenario dinámico de aprendizaje, donde a través de herramientas metodológicas innovadoras se transmitan conocimientos que les permitan cualificarse en su práctica.

Para esto, se invita a organizaciones con experiencia en artes escénicas a presentar una propuesta pedagógica.

Enfoque(s): Disciplinar

Línea(s) estratégica(s): Formación

Área(s): Interdisciplinar / transdisciplinar

Número de estímulos: 1

Total de recursos: $ 45.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Profesionales en el área de las artes escénicas, con título de posgrado en la modalidad de maestría y experiencia mínima de siete (7) años proyectos de creación o circulación en artes escénicas. Experiencia como evaluador de proyectos o jurado de convocatorias artísticas, patrimoniales, culturales o sociales, acorde con el perfil. Experiencia específica del participante en relación con el perfil definido para la convocatoria a la que se postula como jurado. (Experiencia específica certificada).

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia: Creación, circulación o gestión de proyectos artísticos

Área perfil: Arte dramático , Danza , Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Maestría

¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá


Perfil 2

Profesionales en el área de artes escénicas o educación, con título de posgrado en la modalidad de maestría y experiencia mínima de siete (7) años en proyectos de creación o circulación o formación en artes escénicas. Experiencia como evaluador de proyectos o jurado de convocatorias artísticas, patrimoniales, culturales o sociales, acorde con el perfil. Experiencia específica del participante en relación con el perfil definido para la convocatoria a la que se postula como jurado. (Experiencia específica certificada).

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Educación

Campo de experiencia: Artes escénicas, formación o a fines.

Área perfil: Arte dramático

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Maestría

¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 08/06/2021

Se publicará en la página https://sicon.scrd.gov.co/

Fecha de apertura 15/06/2021

Recepción del propuestas

Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 29/06/2021 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 02/07/2021 17:00:00

Último plazo para la recepción de propuestas y documentos.

Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 14/07/2021

Se publicará en la página https://sicon.scrd.gov.co/

Publicación de resultados de evaluación 25/08/2021

Se publicará en la página https://sicon.scrd.gov.co/

Fecha máxima de ejecución 30/11/2021

Las fechas se determinarán según medidas dispuestas por el Gobierno Nacional en el marco de la emergencia sanitaria Covid19.

 

Justificación

El Decreto 475 de 2020 “Por el cual se dictan medidas especiales relacionadas con el sector Cultura, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”, en su artículo 2, ordena a las Secretarías de Cultura o quien haga sus veces en los municipios y distritos, destinar transitoriamente hasta el 30 de septiembre de 2021, los recursos derivados de la contribución parafiscal cultural de los espectáculos públicos de las artes escénicas girados o que se giren al 31 de diciembre de 2020 y que a la fecha no hayan sido comprometidos, obligados o ejecutados; para apoyar al sector cultural de las artes escénicas, en las actividades de creación, formación virtual, producción y circulación de espectáculos públicos de artes escénicas en cualquier modalidad (presencial o virtual), facultando a los entes territoriales para destinar estos recursos con el fin de mitigar los efectos de la parálisis que presenta el sector, en atención de las necesidades sobrevinientes de los agentes culturales que se encuentran seriamente afectados en su ingreso básico vital, con relación a las medidas de mitigación de la propagación pandémica que fueron adoptados por las autoridades públicas.

En cumplimiento de lo anterior, la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte -SCRD- tiene previsto desarrollar un proceso de formación informal para artistas regulados del espacio público, que desarrollen artes escénicas, y por lo cual, invita a las organizaciones con domicilio de la ciudad de Bogotá y con experiencia en artes escénicas, para que se vinculen a esta iniciativa, brindando espacios pedagógicos capaces de transmitir los conocimientos adquiridos en sus años de experiencia a los artistas regulados que desarrollan sus actividades en el espacio público y que también hacen parte de las artes escénicas de la ciudad.

Aunado a ello, una de las apuestas de la SCRD es la “Implementación de una estrategia de arte en espacio público en Bogotá”[1], la cual  tiene el objetivo de propiciar e integrar acciones artísticas y culturales tendientes a la apropiación, uso y disfrute del espacio público, capaces de construir comunidad y transformar entornos sociales y culturales. Para ello, es necesario trabajar por los actores que tienen como actividad principal la realización de expresiones artísticas en el espacio público.

Algunos de los actores a los que se dirige la estrategia, son los artistas del espacio público que en el día a día, desarrollan su actividad en las plazas, plazoletas, parques y andenes de la ciudad, dinamizando y revitalizando cada uno de los lugares en los que se presentan. Como una manera para identificar estos actores, la SCRD y el IDARTES, en cumplimiento del Decreto Distrital 552 de 2018 "Por medio del cual se establece el Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público en el Distrito Capital de Bogotá y se dictan otras disposiciones", implementaron la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público, en donde los artistas pueden registrarse y obtener los permisos para realizar sus prácticas artísticas en el espacio público de la ciudad. Toda la información relacionada con la regulación se puede encontrar en el siguiente enlace:

https://e.issuu.com/anonymous-embed.html?u=algriva2&d=manual_artistas_aep_25.12.2018_v2

Es así, que la presente convocatoria se sumará a la estrategia de atención a los artistas que hagan parte de la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público y que pertenezcan a las artes escénicas, a través de procesos de formación y de cualificación de sus prácticas, no sólo en lo que se refiere a su disciplina artística, sino también en la búsqueda por brindar conocimientos que enriquezcan y dignifiquen su labor y la circulación de las artes en el espacio público. 

[1]Proyecto de inversión 7887 de la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. 

Objeto

Desarrollar un proceso de educación informal virtual y presencial  para los artistas regulados del espacio público, que genere un escenario dinámico de aprendizaje, donde a través de herramientas metodológicas innovadoras se transmitan conocimientos que les permitan cualificarse en su práctica.

Para esto, se invita a organizaciones con experiencia en artes escénicas a presentar una propuesta pedagógica enfocada en las siguientes características:

a) En el componente virtual, la propuesta debe incluir el desarrollo de un módulo en el que por medio de un video, con una duración entre 5 y 10 minutos, se contextualice a los participantes sobre las artes escénicas y sus áreas. Este deberá ser enviado a los artistas del espacio público antes de los talleres presenciales, y debe contar con todos los criterios de calidad y edición. (Ver el punto 12. Deberes específicos de los ganadores).

b) En el componente presencial, la propuesta debe formular mínimo un (1) taller presencial por cada área de trabajo, con una duración de cuatro (4) horas cada uno.

Tenga en cuenta que, en la formulación de la propuesta podrá incluir talleres adicionales, bien sea como aporte a la misma, o para garantizar la atención del público objetivo en cada área de trabajo. No obstante, de formularse el mínimo de talleres exigido, la organización deberá replicarlos tantas veces sea necesario para atender dicho público.

c) Los talleres deben estar enfocados y distribuidos así:

Área de Trabajo

Público Objetivo*

De acuerdo con la información reportada por la plataforma PAES con corte al 30 de abril de 2021, los artistas regulados en cada disciplina son: 

Artes corporales

Cirqueros(4), estatuas humanas (26), marionetistas (3), mimos (3), performance (17) y teatreros (2)

Total: máximo 55 artistas que serán distribuidos en la totalidad de las sesiones.

Canto y música

Cantantes (25) e intérpretes de instrumentos (66) Total: máximo 91 artistas que serán distribuidos en la totalidad de las sesiones.

Monólogos y performance

Narradores orales, Stand Up (17) 

Total: máximo 17 artistas que serán distribuidos en la totalidad de las sesiones.

Danza

Bailarines (36)

Total: máximo 36 artistas que serán distribuidos en la totalidad de las sesiones.

*El público objetivo está determinado por la caracterización de artistas del espacio público que hace parte la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público. La cantidad de artistas por práctica es estimada y puede ser objeto de modificación de acuerdo a la participación de los mismos en el proceso de formación. 

d) Los talleres se desarrollarán de forma presencial y en espacios dirigidos a máximo 30 participantes cumpliendo con todos los protocolos de bioseguridad. Cuando las disposiciones sobre la emergencia sanitaria, impidan la realización de talleres de manera presencial, estos podrán ser realizados de manera virtual, para lo cual se concertará con la SCRD las condiciones de tal situación.

e) El ganador deberá presentar una memoria audiovisual, que servirá para socializar los aprendizajes del proceso, debe tener en cuenta la percepción de los artistas regulados del espacio público. Esta debe tener una duración mínima de cinco (5) minutos y debe contar con todos los criterios de calidad y edición. (Ver el punto 12. Deberes específicos de los ganadores).

f) La propuesta pedagógica debe implementarse durante máximo tres (3) meses, preferiblemente sin pasar el 30 de noviembre del año 2021. Esto podrá variar de acuerdo con las condiciones de la emergencia sanitaria.

g) El participante deberá contemplar los insumos necesarios para la realización de los talleres y para entregar a cada uno de los artistas participantes. 

h) El ganador deberá entregar una constancia de participación en el taller, a los artistas que desarrollen el proceso.

Adicionalmente la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD, aportará al proceso lo siguiente:

a) La SCRD entregará al ganador el listado de artistas inscritos en la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público, con el objetivo de que el ganador los contacte directamente para que hagan parte de la actividad. 

b)  La SCRD supervisará el proceso de contacto con los artistas regulados, para garantizar la mayor cantidad de participantes en los talleres pedagógicos. 

c) La SCRD a través de un espacio virtual, presentará al ganador la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público y expondrá el perfil caracterizado del público objetivo. En este espacio será obligatoria la asistencia de los talleristas.

Nota: A partir de la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con tres (3) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@scrd.gov.co.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Jurídica

“Artistas de clase” es una convocatoria dirigida a personas jurídicas con domicilio en la ciudad de Bogotá, que cumplan las siguientes características:

1. Personas jurídicas con o sin ánimo de lucro, cuyo objeto social esté relacionado con la creación, formación, producción y circulación de las artes escénicas, y que en el último cuatrienio (2018 a 2021) haya registrado por lo menos veinte (20) funciones en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas -PULEP-. 

Nota : La SCRD verificará esta información en la Plataforma Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas -PULEP-.

2. Que sea titular de al menos un (1) escenario (propietario, arrendatario o comodatario), ubicado en la ciudad de Bogotá, que cuente con protocolo de bioseguridad habilitado en el marco de la reactivación económica para un aforo mínimo de 15 personas. 

Nota : La SCRD verificará esta información en la Plataforma de "Reactivación Económica de Bogotá", conforme al Decreto Distrital 128 de 2020.

Quiénes no pueden participar

Además de los que se indican en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021, no podrán participar.

  1. Personas jurídicas titulares de escenarios cuya vocación principal sea la deportiva, aunque en los mismos se realicen espectáculos públicos de las artes escénicas.
  2. Establecimientos de comercio abiertos al público o clubes con una vocación, actividad principal o giro habitual diferente a la presentación de los espectáculos públicos de las artes escénicas, incluidos en la categoría de bares, tabernas, discotecas o similares, cuyo funcionamiento esté regulado por la Ley 1801 de 2016 o las normas que la sustituyan o modifiquen, sin perjuicio de la aplicación de las normas contenidas en la Ley 1493 de 2011 en materia de autorización de espectáculos públicos de las artes escénicas en escenarios no habilitados.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante. pdf
15 MB
2 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante. pdf
15 MB
3 Registro Único Tributario (RUT) o matrícula mercantil. pdf
15 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 PROYECTO DILIGENCIADO EN EL FORMATO ANEXO 1

Debe diligenciar el formato de la propuesta de “Artistas de Clase” completamente.

pdf
15 MB
2 HOJA DE VIDA

Hojas de vida con certificaciones de estudios de talleristas, y/o experiencia para efectos de la asignación de puntaje. 

i.     Hoja de vida de las personas naturales que conforman el equipo de trabajo, y que adelantarán las acciones pedagógicas, quienes deben acreditar estudios relacionados con artes escénicas en sus distintas áreas. (Adjuntar carta de intención firmada de la persona natural en la que manifieste su interés en participar en la actividad pedagógica).


Nota 1: No se considerarán válidas las autocertificaciones, es decir, emitidas por los mismos talleristas.

Nota 2: Sólo serán tenidas en cuenta certificaciones que den cuenta de la experiencia mínima solicitada en el perfil del tallerista, a través del rol desempeñado. Las evidencias audiovisuales, fotografías y demás insumos de publicidad no serán tenidas en cuenta como respaldo de la experiencia.

pdf
15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: Selección
No. Criterio Puntaje
1 Enfoque y pertinencia de los talleres: Reconociendo las condiciones sociales de los artistas regulados del espacio público, así como también, el entorno espacial en el que desarrollan sus prácticas artísticas. 0 a 30
2 Trayectoria del equipo pedagógico: Además de los criterios establecidos en los documentos técnicos para la evaluación, cada área de trabajo debe tener un tallerista responsable (para un total de 4 talleristas responsables). No obstante, el proponente está en libertad de incluir talleristas adicionales si considera que su trayectoria y experticia potencian la calidad de la formación ofrecida. En todos los casos, solamente se evaluará la trayectoria de los talleristas responsables. 0 a 30
3 Viabilidad, coherencia y optimización del presupuesto Se tendrá en cuenta que los valores presentados en el presupuesto, se encuentren dentro de los valores del mercado. Adicionalmente, se tendrá en cuenta la relación de las actividades en la metodología propuesta, así como también, otras actividades planteadas por el participante y su coherencia frente al resultado final del proceso. 0 a 20
4 Propuesta sobre el módulo virtual de artes escénicas: Se tendrá en cuenta que la propuesta contemple: guion técnico y literario, contenidos teóricos sobre las artes escénicas y planteamientos creativos e innovadores dirigidos a los artistas del espacio público. 0 a 20
Nota 1: El puntaje mínimo de selección será de setenta (70) puntos

Nota 2: En caso de presentarse un empate se seleccionará la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en el criterio de “Trayectoria del equipo pedagógico”. De persistir el empate se acudirá al criterio “Enfoque y pertinencia de los talleres”. De persistir el empate se acudirá al criterio de “Propuesta sobre el módulo virtual de artes escénicas”.

Derechos específicos de las y los ganadores

Recibir el estímulo correspondiente, en los siguientes porcentajes:

  • Un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del estímulo, una vez notificada la resolución que otorga el estímulo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo y en las Condiciones Generales de Participación. Adicionalmente, dado el origen de los recursos de la presente convocatoria, para este desembolso se deberá contar con el aval emitido por el Ministerio de Cultura.
  • Un segundo y último desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del estímulo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte del ganador y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.

Deberes específicos de las y los ganadores

  • Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como, los que formule la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.
  • Asistir a las reuniones, encuentros y visitas convocadas por la entidad del sector encargada de financiar el proyecto.
  • El proponente y su equipo de talleristas deben participar en una reunión informativa virtual sobre la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público. Está estará dirigida por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.
  • Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la beca, en caso de ser requeridos.
  • Acatar las disposiciones legales vigentes, en general y específicamente las relacionadas con la emergencia sanitaria y los protocolos de bioseguridad, además de lo contemplado en el Código Nacional de Policía y Convivencia.
  • Después de realizado  el último desembolso, deberá entregar un informe final que dé cuenta del proceso realizado y de los aprendizajes producto de la ejecución del proyecto, este deberá estar acompañado del informe de ejecución presupuestal que sea requerido, siguiendo el formato suministrado por la entidad y atendiendo lo dispuesto en el artículo 9 de la Resolución No. 2890 de 2017 del Ministerio de Cultura, el cual señala y define los gastos administrativos no aceptables, en el marco de la presente convocatoria.
  • Participar de las estrategias de socialización definidas por la entidad que acompaña la ejecución de la propuesta.
  • Autorizar a la entidad correspondiente el uso del material desarrollado en la propuesta con fines de promoción, circulación y difusión del arte, la cultura y el patrimonio. Esta autorización no implica enajenación, cesión o traspaso de los derechos morales y patrimoniales de la creación.
  • El ganador deberá presentar una memoria audiovisual, que servirá para socializar los aprendizajes del proceso y que debe tener en cuenta la percepción de los artistas regulados. Esta debe tener una duración mínima de cinco (5) minutos y debe contar con todos los criterios de calidad y edición. 
  • Tanto el módulo virtual como la memoria audiovisual, deben tener un proceso de preproducción, producción y post-producción, la cual se entiende por finalizada, al entregar el video con *corrección de color y audio con mezcla básica, normalizado (es decir que tiene los niveles de volumen equilibrados), también debe comprender calidad visual Full Hd (1920 x1080) y audio "estéreo 320kb".
  • De conformidad con las condiciones específicas de participación, establecidas en los deberes de los ganadores, estos deberán suscribir una póliza de cumplimiento por el treinta por ciento (30%) del valor del.estímulo con vigencia igual a la fecha límite de ejecución de la propuesta y 4 Meses más y una póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por el valor de doscientos (200) SMLMV, por el término de la Vigencia del proyecto; a favor de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
  • El ganador deberá obtener en la realización de cada una de las actividades desarrolladas, la autorización respecto del uso de imagen de cada uno de los artistas que participen en ellas, con el fin de que estos permitan la reproducción, transformación, comunicación pública, distribución, puesta a disposición o transmisión digital, del registro audiovisual que realice, bien sea la organización ganadora o la SCRD. En especial, las autorizaciones deberán permitir realizar modificaciones formales y técnicas, necesarias para divulgar el material y para su uso en el marco de la misionalidad de la entidad.  
  • El ganador se compromete a cumplir todas las disposiciones legales frente a la protección de datos personales, para lo cual podrá consultar el link https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/politica-de-privacidad". De igual forma, el profesional designado por la SCRD para el acompañamiento y seguimiento a los deberes del ganador, indicará los lineamientos específicos a tener en cuenta respecto a la información de terceros que se le suministre  para la debida ejecución de su propuesta.
  • En todas las actividades presenciales, se deberán mantener los protocolos de bioseguridad y acatar las medidas de Emergencia de Salud pública dispuestas por el gobierno nacional y distrital.

Anexos

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No. Documento Descripción

Formatos

No. Documento Descripción
1 Anexo1

(archivo Word o PDF)

 
 

ANEXO 1 PROPUESTA CONVOCATORIA “ARTISTAS DE CLASE. PROCESO DE FORMACIÓN INFORMAL PARA CUALIFICAR ARTISTAS DEL ESPACIO PÚBLICO EN LAS ARTES ESCÉNICAS.”

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 Resolución Apertura No 393 del 8 de junio de 2021
Por medio de la cual se ordena apertura de convocatorias del Programa Distrital de Estímulos-PDE 2021 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
2 Resolución 507 Jurados 16 de julio 2021

“Por la cual se designan los jurados que tendrán a cargo la evaluación de las propuestas habilitadas para la convocatoria “Artistas de Clase. Proceso de formación informal para cualificar artistas regulados del espacio público en las artes escénicas” en el marco del Programa Distrital de Estímulos 2021 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos”


3 Resolución Ganadores No 636 del 25 de agosto de 2021
 “Por la cual se acoge la recomendación de los jurados designados para seleccionar a los ganadores de la convocatoria: “Beca Artista de Clase. Proceso de Formación informal para cualificar Artistas Regulados del Espacio Público en las Artes Escénicas” del Programa Distrital de Estímulos 2021 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se ordena el desembolso del estímulo económico”.

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos
Listado de participantes inscritos
2 Listado rechazados y documentos por subsanar
Listado rechazados y documentos por subsanar
3 Listado de habilitaos y rechazados
Listado de habilitaos y rechazados

Avisos modificatorios

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