Convocatoria Adjudicada
FUGA

BECA ECOSISTEMA CULTURAL Y CREATIVO DE SANTA FE

Es Cultura Local

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¡IMPORTANTE!

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RESOLUCION NO. 211 de 2021

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187 de 2021

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LISTADO DE HABILITADOS Y RECHAZADOS

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ALCANCE LISTADO DE HABILITADOS, RECHAZADOS Y DOCUMENTOS POR SUBSANAR

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LISTADO DE HABILITADOS, RECHAZADOS Y DOCUMENTOS POR SUBSANAR

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AVISO MODIFICATORIO CAMBIO DE CRONOGRAMA

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Resolución Apertura N°150 del 23 de agosto de 2021

08/21

“Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias del  PROGRAMA “ES CULTURA LOCAL -2021-2022-"

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DOCUMENTOS

Información básica

La Beca Ecosistema Cultural y Creativo de Santa Fe busca generar procesos de trabajo asociativo y colaborativo entre organizaciones artísticas y culturales de Santa Fe con otros agentes de la localidad.

Enfoque(s): Estratégico

Línea(s) estratégica(s): Emprendimiento

Área(s): Interdisciplinar / transdisciplinar

Número de estímulos: 15

Total de recursos: $ 163.328.880

Descripción general de los recursos a otorgar: Se otorgarán quince (15) estímulos, cada uno por un valor de diez millones ochocientos ochenta y ocho mil quinientos noventa y dos pesos ($10.888.592) m/cte.

Los ganadores, además, participarán de un proceso de formación en competencias emprendedoras y empresariales que promoverá la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte - SCRD.

Nota: es necesario leer previamente las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura 2021.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Profesionales con experiencia mínimo de años (4) años en las siguientes áreas artísticas (teatro, danza, circo, música, artes plásticas y visuales, literatura, audiovisuales), afines con el objeto de la convocatoria y con mínimo cinco (5) años de experiencia específica comprobada en procesos de creación, formación, investigación y circulación de las prácticas artísticas y culturales. Debe acreditar la experiencia mediante certificaciones, las cuales deben contener la siguiente información: nombre del proyecto o área, actividades realizadas, fecha de inicio y terminación (día, mes y año), datos de contacto de la institución o entidad que la expide y contar con firma digital u original.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación , Ingeniería, Arquitectura, Urbanismo Y Afines

Campo de experiencia: Profesionales que provengan de las siguientes áreas artísticas (teatro, danza, circo, música, artes plásticas y visuales, literatura, audiovisuales), con mínimo cinco (5) años de experiencia comprobada en procesos de creación, formación, investigación y circulación de las prácticas artísticas y culturales.

Área perfil: Arte dramático , Artes plásticas y visuales , Artes audiovisuales , Danza , Literatura , Música , Patrimonio cultural , Interdisciplinar / transdisciplinar , Circo , Magia

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá


Perfil 2

Profesional en cualquier área del conocimiento con experiencia profesional de cinco (5) años y con mínimo cuatro (4) años de experiencia específica en alguno de los siguientes campos: emprendimiento cultural y/o creativo, Industrias culturales y creativas, Economía cultural y creativa, Economía de la cultura, Economía naranja, o evaluación de proyectos de emprendimiento cultural y/o creativo. Debe acreditar la experiencia mediante certificaciones, las cuales deben contener la siguiente información: nombre del proyecto o área, actividades realizadas, fecha de inicio y terminación (día, mes y año), datos de contacto de la institución o entidad que la expide y contar con firma digital u original.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Salud , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación , Economia, Administracion, Contaduria Y Afines , Matemáticas Y Ciencias Naturales , Ingeniería, Arquitectura, Urbanismo Y Afines , Agronomía Veterinaria Y Afines

Campo de experiencia: Emprendimiento cultural y/o creativo, e Industrias culturales y creativas, Economía cultural y creativa, Economía de la cultura, Economía naranja, la gestión cultural o evaluación de proyectos de emprendimiento cultural y/o creativo.

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 17/08/2021
Fecha de apertura 24/08/2021
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 16/10/2021 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 19/10/2021 17:00:00
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 22/10/2021
Publicación de resultados de evaluación 26/11/2021
Fecha máxima de ejecución 24/05/2022

Justificación

El Plan Distrital de Desarrollo (PDD) 2020-2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”, establece como uno de sus propósitos “Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política”, bajo el cual formuló el programa “Bogotá Región emprendedora e innovadora”. Con el objetivo de  generar un entorno propicio en el desarrollo social, cultural y económico de Bogotá y la región, el programa implementa acciones estratégicas que conlleven a la sostenibilidad y productividad de los artistas, emprendimientos, organizaciones y empresas del sector cultural y creativo, con especial atención por la mitigación y reactivación de este sector en la fase post-pandémica por COVID-19.

De esta manera, se diseñó la estrategia sectorial Bogotá CREActiva, que tiene el objetivo de contribuir a la reactivación económica y social de la ciudad, a través de las actividades del sector cultura, recreación y deporte, desde los territorios, en tres ejes de trabajo: (i) CREA, enfocado en la construcción de contenidos y la transformación social y económica en las localidades; (ii) ACTIVA, que incorpora la oferta cultural convergente y experiencias culturales, recreativas y deportivas, con el fin de contribuir al bienestar social de la ciudadanía; y (iii) REACTIVA, que fortalece las actividades económicas asociadas al sector cultura, recreación y deporte, impulsando el crecimiento y la sostenibilidad del mismo.

En el eje REACTIVA, se propuso articular nuevamente esfuerzos entre la Secretaría Distrital de Gobierno, los Fondos de Desarrollo Local y las entidades adscritas y vinculadas a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte -SCRD para crear el programa “Es Cultura Local” con un mayor alcance a nivel sectorial, presupuestal y de resultados.

“Es Cultura Local 2021” incluye dos componentes en su implementación. El componente A que se encarga de implementar los proyectos relacionados a Presupuestos participativos, a cargo de la SCRD. Y el componente B, en el cual se enmarca el “Beca ecosistema cultural y creativo de Santa Fe”. Este componente tiene como objetivo el fortalecimiento y cualificación de los agentes del sector cultural y creativo, en coherencia con las metas del Plan de Desarrollo Local para cada FDL y en el marco de la Estrategia de Mitigación y Reactivación Distrital - EMRE 2021.

Objeto

La Beca Ecosistema Cultural y Creativo de Santa Fe hace parte del Programa Es Cultura Local 2021, que surge en el marco del convenio No 356-30/06/2021 (FUGA-136-2021) suscrito entre el Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe y el Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD y la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA, y constituye la estrategia de reactivación económica del sector cultura en el Distrito Capital.

Esta beca pretende que las organizaciones artísticas y culturales desarrollen una propuesta de colaboración que involucre a organizaciones, empresas, emprendimientos, agrupaciones o colectivos de la localidad de Santa Fe que les permita hacer un engranaje desde mínimo una de las siguientes dimensiones del campo artístico y cultural:

  • Investigación
  • Formación
  • Creación
  • Circulación

Invitamos a organizaciones del sector artístico (teatro, danza, circo, música, artes plásticas y visuales, literatura, audiovisuales) y cultural, a formular proyectos que se integren o se relacionen con otras áreas, disciplinas o actividades para cualificar y fortalecer sus prácticas artísticas y culturales.

Además de la entrega de estímulos económicos, esta beca contempla un proceso de formación en competencias emprendedoras y empresariales que se desarrollará desde la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD.

Nota 1: a partir de la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con tres días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: esculturalocal@scrd.gov.co

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Jurídica

Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho, debidamente constituido, en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, cuyo domicilio principal sea la ciudad de Bogotá, específicamente la localidad de Santa Fe.

Para esta convocatoria las personas jurídicas que pueden participar son aquellas que realicen actividades cuyo objeto social se relacione con el objeto de la presente convocatoria, con o sin ánimo de lucro, que cuente con una experiencia mínima de tres (3) años ejecutando proyectos en las dimensiones de investigación, creación, formación y circulación en el sector artístico y cultural.

Persona Natural

Se entiende por persona natural a los ciudadanos colombianos(as) y/o extranjeros(as), mayores de 18 años cumplidos a la fecha del cierre de la convocatoria, que de manera individual presentan una propuesta. Los participantes deberán ser residentes en la ciudad de Bogotá, específicamente en la localidad de Santa Fe.

Debe acreditar una experiencia mínima de tres (3) años de trayectoria comprobable en ejecución de proyectos en las dimensiones de investigación, creación, formación y circulación en el sector artístico y cultural.

La persona natural debe conformar un equipo de trabajo para la ejecución del proyecto.

Agrupación

Se entiende por agrupación un conjunto de personas mayores de 18 años cumplidos a la fecha del cierre de la convocatoria, que presentan una propuesta en la que participan activamente en su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, el cual será el encargado de comunicarse con el PDE en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo en caso de que la agrupación resulte seleccionada como ganadora, y de realizar todos los trámites ante el PDE requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor debidamente probados, asuma las responsabilidades del principal. Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores, y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento.

Los integrantes de la agrupación deberán ser residentes en la ciudad de Bogotá, específicamente en la localidad de Santa Fe, donde al menos dos de sus miembros deben contar con más de tres (3) años de trayectoria comprobable en ejecución de proyectos en las dimensiones de investigación, creación, formación y circulación en el sector artístico y cultural.

Quiénes no pueden participar

  • Las convocatorias ofertadas en el marco de Es Cultura Local 2021 se regirán bajo las Condiciones Generales de Participación del PDE para la Cultura 2021 señalando excepciones referentes a la cantidad de estímulos que un participante puede recibir por vigencia (Nota 3 Numeral 7.2. ¿Quiénes no pueden participar?) y las demás que apliquen al programa.
  • Constructores locales cuyas iniciativas ciudadanas, relacionadas con el sector cultura, fueron priorizadas en la fase 2 de presupuestos participativos, y delegados de iniciativas étnicas concertadas (afro e indígenas) que son beneficiarios del componente A del programa Es Cultura Local 2021.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros, se debe aportar copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente al momento de la inscripción, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en compañía del Pasaporte o del Documento Nacional de Identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano.

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15 MB
2 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Expedido por la Cámara de Comercio con la matrícula mercantil renovada a 2021, o por la entidad competente de conformidad al tipo de persona jurídica, con máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones en la convocatoria a la cual participa y en el que conste que el término de duración de la persona jurídica no es inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un (1) año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente.

La persona jurídica participante deberá tener como domicilio principal la ciudad de Bogotá, específicamente la localidad de Santa Fe.

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15 MB
3 Documento de identidad de la persona natural participante

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros, se debe aportar copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente al momento de la inscripción, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en compañía del Pasaporte o del Documento Nacional de Identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano.

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15 MB
4 Certificado de residencia en Bogotá de la persona natural participante

Expedido por la Alcaldía Local de Santa Fe o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. La persona natural debe residir en la localidad de Santa Fe.

Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web: http://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/solicitud-certificado-residencia

Nota 3. En el caso de grupos étnicos (pueblos indígenas, comunidades negras o afrodescendientes, raizales, gitanos-Rrom y palenqueros) deberán presentar una certificación emitida por el Ministerio del Interior, sobre la existencia y representación legal de la organización o comunidad.

Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas.

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15 MB
5 Registro Único Tributario (RUT) o matrícula mercantil.

RUT actualizado a 2019 en adelante, de la persona jurídica o de la persona natural o del representante principal de la agrupación, especificando la actividad económica actualizada y afín a la presente convocatoria.

El RUT deberá tener como domicilio la localidad de Santa Fe.

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15 MB
6 Documento de identidad del representante de la agrupación participante

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros, se debe aportar copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

En el caso de extranjeros, se debe aportar copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente al momento de la inscripción, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en compañía del Pasaporte o del Documento Nacional de Identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano.

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15 MB
7 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros, se debe aportar copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

En el caso de extranjeros, se debe aportar copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente al momento de la inscripción, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en compañía del Pasaporte o del Documento Nacional de Identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano.

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15 MB
8 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Expedido por la Alcaldía Local de Santa Fe o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Todos los miembros de la agrupación deben residir en la localidad de Santa Fe.

Nota 1 Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web:http://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/solicitud-certificado-residencia

Nota 3 En el caso de grupos étnicos (pueblos indígenas, comunidades negras o afrodescendientes, raizales, gitanos-Rrom y palenqueros) deberán presentar una certificación emitida por el Ministerio del Interior, sobre la existencia y representación legal de la organización o comunidad.

Aquellas personas que se encuentren registradas como victimas del conflicto armado deberán aportar Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas

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15 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA

Descargue el formato para la presentación de proyectos Beca Ecosistema Cultural y Creativo de Santa Fe, que se encuentra en el apartado de FORMATOS.

Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos PDE- para la Cultura 2021, así como las condiciones específicas de esta convocatoria.

Diligencie la totalidad de los ítems solicitados en el formato. Una vez diligenciado debe guardarse en formato PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea del Portafolio Distrital de Estímulos.

Nota: los documentos técnicos para la evaluación no son subsanables, es decir, no presentarlos, presentarlos incompletos o presentarlos sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que el proyecto será rechazado.

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15 MB
2 SOPORTES DE LA EXPERIENCIA Y TRAYECTORIA DEL PARTICIPANTE

Hoja de vida de la persona jurídica, persona natural, o de cada una de las personas que conforman la agrupación, anexando certificaciones de experiencia.

Se deberá aportar cualquiera de los siguientes soportes como certificaciones de experiencia para la persona jurídica, la persona natural o los miembros de la agrupación, que desarrollará la propuesta:

1. Certificaciones expedidas por entidades públicas o privadas donde se indique fecha (día, mes, año) de suscripción del contrato y de expedición de la certificación, y lugar.

2. Documento en el que, bajo la gravedad de juramento, se relacionen las actividades que fueron realizadas por el proponente, con lugar y fecha de realización, que permita contabilizar el tiempo de experiencia requerida, y que cuente con soportes como:

Volantes (flyers).

Afiches.

Programas de mano.

Registro fotográfico o audiovisual.

Publicaciones propias.

Publicaciones en medios de comunicación (reseñas, artículos, entrevistas, etc., indicando el medio en el que fue publicado y la fecha).

Nota: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias.

Nota: los documentos técnicos para la evaluación no son subsanables, es decir, no presentarlos, presentarlos incompletos o presentarlos sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que el proyecto será rechazado.

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15 MB
3 SOPORTES

El proponente debe adjuntar una carta o certificación debidamente firmada, por al menos un agente de la localidad de Santa Fe, que evidencie la intención de realizar el trabajo asociativo/colaborativo presentado en la propuesta.

Nota: los documentos técnicos para la evaluación no son subsanables, es decir, no presentarlos, presentarlos incompletos o presentarlos sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que el proyecto será rechazado.

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15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: Selección
No. Criterio Puntaje
1 Solidez formal y conceptual del proyecto: coherencia del proyecto en general y de cada uno de sus componentes (trayectoria, justificación, descripción del proyecto, lugar de realización, dimensiones del campo artístico y cultural, metodología, población objetivo, objetivos, actividades, indicadores, equipo de trabajo, producto final y sostenibilidad) 0 a 25
2 Contribución y pertinencia de la alianza donde se evidencie el trabajo en red del sector artístico, cultural y creativo de la localidad de Santa Fe. 0 a 25
3 Resultado propuesto: impacto generado por el proyecto en la generación de redes y trabajo asociativo en la localidad de Santa Fe, en el que se involucren las dimensiones del campo artístico y cultural señaladas en la convocatoria. 0 a 25
4 Viabilidad técnica y económica del proyecto: coherencia entre las actividades, los tiempos y costos propuestos para el cumplimiento de los objetivos, expresados mediante el presupuesto y el cronograma. 0 a 25
Selección de Ganadores

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE para la Cultura 2021, el ganador tendrá los siguientes derechos:

Desembolsos

  • Primer desembolso correspondiente al 80 % del valor total del estímulo, previa expedición y firmeza del acto administrativo mediante el cual se designan los ganadores, de la entrega oportuna de los documentos solicitados, de la aprobación de la póliza de cumplimiento de disposiciones legales, y de la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual, si aplica.
  • Segundo y último desembolso correspondiente al 20 % del valor total del estímulo, previa presentación y aprobación del informe final que dé cuenta del cumplimiento total del proyecto, certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y cumplimiento en el programa de formación de competencias emprendedoras y empresariales que se promoverá desde la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

El informe debe contemplar los soportes y registros documentales correspondientes (fotografías, videos, relación de gastos, listas de asistencia, etc.), todos ellos debidamente marcados y rotulados.

Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la persona designada por el(a) ordenador(a) del gasto, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC).

Nota 2: al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente.

A partir de la fecha de envío del correo electrónico, el ganador del estímulo cuenta con cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa su aceptación o no. En caso de aceptar, deberá aportar los siguientes documentos por medio de correo electrónico, para lo cual cuenta con cinco (5) días hábiles adicionales:

  • Carta dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, en la que se remiten los documentos requeridos para la ejecución del estímulo. La misma debe manifestar expresamente la aceptación del estímulo y estar suscrita por la persona natural, por el representante legal de la persona jurídica o el representante principal de la agrupación.
  • Fotocopia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible y actualizado, de la persona natural, de la persona jurídica o el representante principal de la agrupación.
  • Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica, expedido por la Cámara de Comercio o por la entidad competente, dentro de los tres (3) meses anteriores a la expedición de la resolución por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado.
  • Certificación bancaria a nombre de la persona jurídica, de la persona natural o del representante principal de la agrupación en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega. 
  • Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud. En el caso de las agrupaciones, se deberá presentar solo la certificación del representante principal de la agrupación. En el caso de las personas jurídicas, se deberá presentar un certificado expedido por el revisor fiscal o por el representante legal en donde se acredite que la entidad está al día en el pago de los aportes parafiscales y de seguridad social o que no está obligada a hacerlo, según sea el caso.
  • Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30%) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más. Las pólizas deberán estar acompañadas del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen.
  • En el evento de que, como parte de la propuesta, se vayan a realizar espectáculos públicos, adicionalmente se deberá constituir una Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por 200 SMLV hasta la fecha de ejecución del estímulo.

Deberes específicos de las y los ganadores

Deberes de los ganadores en materia de derechos de autor, conexos y usos de imagen.

Los que se indican en el numeral 7.12. de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE para la Cultura 2021.

Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE para la Cultura 2021, el ganador tendrá los siguientes deberes:

  • Acoger las observaciones y/o requerimientos que realice la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA durante la ejecución de la propuesta.
  • Ejecutar la propuesta aprobada por los jurados.
  • Participar activamente en el proceso de formación en competencias emprendedoras y empresariales que se promoverá desde la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Como parte de la documentación requerida para el último desembolso se debe aportar el certificado de asistencia.
  • Asistir a las reuniones, encuentros o visitas convocadas por la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA en articulación con la Alcaldía Local de Santa Fe, la Junta Administradora Local de Santa Fe y demás instancias.
  • Realizar una socialización o divulgación del resultado del proyecto en las jornadas concertadas con la Alcaldía Local de Santa Fe y la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
  • Adoptar los protocolos de bioseguridad previstos en la Resolución No. 666 del 2020, modificada por la Resolución 223 de 2021, del Ministerio de Salud y Protección Social, el Decreto No. 277 de 2021 de la Alcaldía Mayor de Bogotá y demás normas que a nivel nacional y distrital se profieran, conforme a lo establecido en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud.
  • Entregar un informe de avance de gestión junto con la relación de gastos y soportes correspondientes a los primeros 3 (tres) meses de ejecución del proyecto. Se presentará una (1) copia en físico en carpeta tamaño oficio debidamente legajado y dos (2) copias en digital con el archivo digital que relacione el contenido global del proyecto (estructura de organización de la información, número de carpetas y archivos) (CD, DVD o memoria USB) en las fechas estipuladas por la entidad correspondiente.
  • Entregar un informe final de gestión junto con la relación de gastos y soportes correspondientes a la ejecución total del proyecto. Se presentará una (1) copia en físico en carpeta tamaño oficio debidamente legajado y dos (2) copias en digital con el archivo digital que relacione el contenido global del proyecto (estructura de organización de la información, número de carpetas y archivos) (CD, DVD o memoria USB).

Deberes de la entidad que otorga el estímulo

Los que se indiquen en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE para la Cultura 2021

Anexos

No hay elementos

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No. Documento Descripción

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato para la presentación de proyectos Beca Ecosistema Cultural y Creativo de Santa Fe

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato para la presentación de proyectos Beca Ecosistema Cultural y Creativo de Santa Fe

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 Resolución Apertura N°150 del 23 de agosto de 2021

“Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias del  PROGRAMA “ES CULTURA LOCAL -2021-2022-"

2 187 de 2021

Por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria “BECA ECOSISTEMA CULTURAL Y CREATIVO DE SANTA FE” del Programa Distrital de Estímulos - FUGA - 2021 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados. 

3 RESOLUCION NO. 211 de 2021
“Por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado para seleccionar losganadores de la convocatoria “BECA ECOSISTEMA CULTURAL Y CREATIVO DE SANTAFE” del Programa Distrital de Estímulos - FUGA - 2021 y se ordena el desembolso de losestímulos económicos asignados a los ganadores”” 

Listados

No. Documento Descripción
1 LISTADO DE HABILITADOS, RECHAZADOS Y DOCUMENTOS POR SUBSANAR
2 ALCANCE LISTADO DE HABILITADOS, RECHAZADOS Y DOCUMENTOS POR SUBSANAR
Se adjunta nuevo listado, con el fin de habilitar la propuesta No. 1140-021, teniendo en cuenta que luego de una segunda verificación se encontró que la propuesta cumplía los requisitos técnicos. Sólo queda pendiente que aporten los certificados de residencia correspondientes. 
3 LISTADO DE HABILITADOS Y RECHAZADOS

Avisos modificatorios

No. Documento Descripción
1 AVISO MODIFICATORIO CAMBIO DE CRONOGRAMA

Mediante el cual se modifica el cronograma de la convocatoria "Beca Ecosistema Cultural y Creativo de Santa Fe", de la siguiente manera:

• Fecha de cierre: 19 de octubre 2021

Para participar inicia sesión en SICON y busca esta convocatoria