Convocatoria Adjudicada
OFB

PREMIO OFB BANDAS DE MARCHA

Programa Distrital de Estímulos

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¡IMPORTANTE!

REVISA AQUÍ AVISOS, LISTADOS Y RESOLUCIONES

Resolución No 289 del 3 de Diciembre

12/21

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Resolución No 274 del 25 de noviembre de 2021

12/21

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Aviso Modificatorio No. 19

12/21

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Resolución No 273 del 24 de noviembre de 2021

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Listado de Propuestas Habilitadas (subsanadas)

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Listado de Documentos por rechazar y Subsanación

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Listado de Propuestas Habilitadas

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Listado de participantes inscritos

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Aviso Informativo No. 12

10/21

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Resolución No. 222 del 7 de octubre de 2021

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Resolución No. 51 del 15 de febrero de 2021

10/21

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DOCUMENTOS

Información básica

La Orquesta Filarmónica de Bogotá, con el fin de apoyar el movimiento de Bandas de Marcha, convoca a personas jurídicas y agrupaciones que aporten al desarrollo y fortalecimiento de procesos artísticos y formativos a partir de la práctica de música sinfónica y académica en el formato de bandas de marcha.

Enfoque(s): Disciplinar

Línea(s) estratégica(s): Circulación

Área(s): Música

Total de recursos: $ 20.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar: Bolsa concursable $20.000.000 Mejor Interpretación Musical, Mejor Presentación central. Sujeto a modificaciones por parte de los jurados

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Experto con título profesional como maestro en música, licenciado en música o pedagogo musical con énfasis en dirección de orquesta o banda, composición o interpretación, con experiencia profesional mínima de siete (7) años en el campo de la interpretación, dirección de orquesta o banda sinfónica o composición o arreglo de obra para banda sinfónica. En el caso de expertos sin título universitario, se pedirán cinco (5) años de experiencia adicional a la mínima requerida. Requisitos del perfil: a. El jurado no debe tener formación Universitaria. b. Área de Conocimiento: Música, Bellas Artes. c. Campos de experiencia o trayectoria: siete (7) años en el campo de la interpretación, dirección de orquesta o banda sinfónica o composición o arreglo de obra para banda sinfónica. En el caso de expertos sin título universitario, se pedirán cinco (5) años de experiencia adicional a la mínima requerida. d.El jurado no es necesario que resida en Bogotá

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia: Experto con título profesional como maestro en música, licenciado en música o pedagogo musical con énfasis en dirección de orquesta o banda, composición o interpretación, con experiencia profesional mínima de siete (7) años en el campo de la interpretación, dirección de orquesta o banda sinfónica o composición o arreglo de obra para banda sinfónica. En el caso de expertos sin título universitario, se pedirán cinco (5) años de experiencia adicional a la mínima requerida. Requisitos del perfil: a. El jurado no debe tener formación Universitaria. b. Área de Conocimiento: Música, Bellas Artes. c. Campos de experiencia o trayectoria: siete (7) años en el campo de la interpretación, dirección de orquesta o banda sinfónica o composición o arreglo de obra para banda sinfónica. En el caso de expertos sin título universitario, se pedirán cinco (5) años de experiencia adicional a la mínima requerida

Área perfil: Música

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: null

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Sin título universitario con énfasis en dirección de orquesta o banda, composición o interpretación, con experiencia profesional mínima de siete (7) años en el campo de la interpretación, dirección de orquesta o banda sinfónica o composición o arreglo de obra para banda sinfónica.

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia: cinco (5) años de experiencia adicional a la mínima requerida

Área perfil: Música

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Básica Secundaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de apertura 08/10/2021

A partir de esta fecha se permite acceder a la plataforma para realizar la inscripción de las propuestas

Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 12/11/2021 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 15/11/2021 17:00:00

Hasta esta fecha a la hora indicada en las condiciones generales de participación, se podrá realizar la inscripción de las propuestas. Es responsabilidad del participante consultar los listados que se publicarán de la convocatoria y verificar el estado en el que se encuentra su propuesta presentada.

Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 16/11/2021

Listado de las propuestas que están habilitadas, rechazadas y las propuestas que deben subsanar documentación formal. A partir de esta fecha, el participante contará con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma la documentación subsanable requerida.

Publicación de resultados de evaluación 07/12/2021

Publicación de la resolución que designa las propuestas ganadoras

Justificación

Con el fin de fomentar los procesos de formación y circulación de la música y aportar a la formación de públicos, se crea el Premio OFB Bandas de Marcha, que busca dar reconocimiento al trabajo de directores y estudiantes por su talento y compromiso.  

 

Objeto

Proporcionar oportunidades para el mejoramiento de las Bandas de Marcha, en un entorno dinámico y formativo a través de la creación de montajes en espacios que permitan potenciar artísticamente estas agrupaciones, y a su vez contribuir a la formación de público.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Jurídica

Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, cuyo domicilio principal sea la ciudad de Bogotá.

A esta convocatoria podrán aplicar personas jurídicas con domicilio en Bogotá, que adelanten dentro de sus procesos formativos, procesos de bandas de marcha.

Nota: Los menores de edad podrán participar sólo como parte de la ejecución de la propuesta, para lo cual deben presentar:

* «Autorización para la participación de menores de edad» firmado únicamente por uno de los padres, o el tutor legalmente autorizado, con el fin de permitir su participación como ejecutor de la propuesta.  

Fotocopia del registro civil y tarjeta de identidad del menor de edad, así como la fotocopia de la cédula de ciudadanía de alguno de los padres del menor o del acudiente.

De ninguna manera se aceptarán documentos firmados por un adulto que no corresponda a los descritos anteriormente.

 

 

Agrupación

Se entiende por agrupación un conjunto de personas mayores de 18 años, que presentan una propuesta en la que participan activamente en su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante, quien será el encargado de comunicarse con el Programa Distrital de Estímulos (PDE) en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo en caso de que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y de realizar todos los trámites ante el PDE requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores, y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. La agrupación podrá estar conformada por colombianos o extranjeros, mayores de 18 años, que residan de manera permanente en Bogotá D.C. o en los municipios de Soacha, Choachi, Fomeque,Ubaque, Ubaque, La Calera, Guatavita, Cajicá, Zipaquira, Tabio, Tenjo, Tocancipá, Mesitas del Colegio, La Vega, Viani, Fusagasugá y  Facatativá.

Nota: Los menores de edad podrán participar sólo como parte de la ejecución de la propuesta, para lo cual deben presentar:

* «Autorización para la participación de menores de edad» firmado únicamente por uno de los padres, o el tutor legalmente autorizado, con el fin de permitir su participación como ejecutor de la propuesta.  

Fotocopia del registro civil y tarjeta de identidad del menor de edad, así como la fotocopia de la cédula de ciudadanía de alguno de los padres del menor o del acudiente.

De ninguna manera se aceptarán documentos firmados por un adulto que no corresponda a los descritos anteriormente

 

Quiénes no pueden participar

Adicionalmente a lo establecido en el numeral 7.2 de las Condiciones generales de participación, en esta convocatoria no pueden participar:

  • Los servidores públicos, empleados oficiales y personas naturales contratistas de la SCRD y de sus entidades adscritas (OFB, IDARTES, FUGA, IDPC) o de la entidad con quien se haya suscrito un convenio para ofertar convocatorias en el marco del PDE. En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación se hace efectiva específicamente respecto de las convocatorias que hacen parte de dichos acuerdos.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Copia legible, por ambas caras, del documento de identificación del representante legal (cédula amarilla con hologramas, cédula de extranjería o comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil que se presume auténtico)

pdf
15 MB
2 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante, expedido por la autoridad competente, con fecha de expedición posterior al 3 de abril de 2021. Si el certificado es expedido por Cámara de Comercio debe contar con la renovación de la matrícula mercantil del año 2020. Es necesario que este certificado se adjunte en su totalidad (todas las páginas que lo componen)

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15 MB
3 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Copia legible, por ambas caras, del documento de identidad de cada uno de los integrantes de la agrupación (cédula amarilla con hologramas, cédula de extranjería o comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil que se presume auténtico).

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15 MB
4 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Certificado de residencia expedido por la Alcaldía Local o Alcaldía Municipal del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Tenga en cuenta que para esta convocatoria en específico, los integrantes deben tener residencia permanente en Bogotá o en los municipios de Soacha, Choachi, Fomeque,Ubaque, Ubaque, La Calera, Guatavita, Cajicá, Zipaquira, Tabio, Tenjo, Tocancipá, Mesitas del Colegio, La Vega, Viani, Fusagasugá y  Facatativá, por lo tanto, estos deben presentar el certificado residencia

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15 MB
5 Documento de identidad del representante de la agrupación participante

Copia legible, por ambas caras, del documento de identidad del representante de la agrupación participante (cédula amarilla con hologramas, cédula de extranjería o comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil que se presume auténtico).

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15 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA

Formato Propuesta Artística - Premio Bandas de Marcha. El formato puede descargarlo al final de esta página bajo el apartado “Formatos”. Tenga en cuenta las especificaciones del repertorio: 

 

El contenido de la propuesta y el video NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada.

 

Cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria, escríbanos al correo convocatorias@ofb.gov.co de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5:00 p.m.

 

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15 MB
2 ENLACE URL

Se inscribirá con un video reciente que permita a los jurados ver un show con una duración no mayor a 10 minutos, adicional a esto se contará con 10 minutos suplementarios para efectos de entrada y salida de la banda a su exhibición, para dar un total de 20 minutos, el superar este lapso de tiempo descalificará la participación en la convocatoria. El video debe mostrar la  propuesta de presentación coreográfica y musical con la que se competirá y deben aparecer la totalidad de integrantes de la banda que se inscribirán al concurso.

 

Nota 1: La duración total se entiende como el tiempo que tendrá la banda sobre el escenario desde el momento en que empiezan y hasta que finalizan su intervención. 

Nota 2: El participante deberá anexar en el numeral 6 del Formato Propuesta Artística - Premio Bandas de Marcha, el video link sobre el cual se llevará a cabo la evaluación por parte de los jurados, el video que muestre la puesta en escena en vivo,debe estar previamente cargado en plataformas como: youtube, vimeo entre otros. Este debe ser un (1) video con una duración de máximo 20 minutos, donde muestre el show a realizar. El video debe ser reciente, de no más de tres meses de antigüedad,  haber sido grabado antes de la fecha de cierre de la convocatoria,  y debe ser un solo video que cumpla con la duración anteriormente establecida. No se aceptarán varios enlaces con diferentes videoclips. Para la grabación de su video le recomendamos que se realice en alta definición y que la captura de audio se haga con un micrófono que asegure la calidad de este.

 

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15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: Ronda de Evaluación
No. Criterio Puntaje
1 Rendimiento de ensamble visual: (Vestuario, escenografía, puesta en escena, planimetría) 0 a 20
2 Rendimiento de ensamble musical: (Interpretación musical, técnica en el instrumento) 0 a 20
3 Coordinación de efecto general: (Relación música y puesta en escena). 0 a 30
4 Efecto musical general: (Ensamble grupal, fuerza y proyección) 0 a 20
5 Coherencia de la propuesta escrita con el video presentado 0 a 10
Ronda de evaluación- vídeo: el jurado evaluará los vídeos enviados por los participantes. Nota 1: para ser adjudicatario del estímulo, las propuestas ganadoras deberán tener un puntaje mínimo de 80. Nota 2: El puntaje expresado en la tabla anterior corresponde al máximo que podrá otorgar el jurado a cada criterio. Nota 3: La duración total del vídeo se entiende como el tiempo que tendrá la banda sobre el escenario desde el momento en que empiezan y hasta que finalizan su intervención. Las bandas que excedan el límite de tiempo en el vídeo serán descalificadas.

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.9 de las “Condiciones Generales de Participación”, los ganadores tendrá derecho a:

 

  • Los ganadores recibirán un único desembolso del 100% del valor del estímulo otorgado posterior al proceso de comunicación de la resolución que le otorga el premio, y una vez cumpla con los deberes, requisitos y trámites solicitados por la Orquesta Filarmónica de Bogotá para tales efectos. El desembolso se hará previa certificación de cumplimiento expedida por la Orquesta Filarmónica de Bogotá. Dicho desembolso estará sujeto a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad. 
  • Los ganadores podrán ser parte de la programación artística de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, en la vigencia actual o siguientes. 

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.10 de las “Condiciones Generales de Participación”, los ganadores deberán:

 

  • Informar por escrito y con la debida anticipación a la Orquesta Filarmónica de Bogotá, en caso de renunciar al estímulo otorgado. De ser procedente, se debe efectuar el reembolso del dinero en los términos establecidos por la entidad.
  •  Aportar la documentación requerida por la Orquesta Filarmónica de Bogotá para efectos de divulgación (textos explicativos de la propuesta, imágenes, fichas técnicas), en las fechas señaladas por la entidad.
  • Informar oportunamente a la Orquesta Filarmónica de Bogotá en caso de efectuar alguna modificación de la propuesta por motivos de fuerza mayor; en este caso, debe ser autorizada por la entidad mediante acta suscrita entre las partes.

Anexos

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No. Documento Descripción

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato de Propuesta Artística

(archivo Word o PDF)

 
 
El contenido del presente formato  es considerado de carácter técnico y NO ES SUBSANABLE, es decir, no presentarlo, presentarlo incompleto, o presentarlo sin el cumplimiento de las condiciones generales y específicas de la convocatoria al momento de la inscripción, implica que la propuesta será RECHAZADA
2 Formato de Participación Menores de Edad

(archivo Word o PDF)

 
 
Descargue el formato,  diligencie en su totalidad,  fírmelo,  guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para los documentos administrativos en la plataforma de inscripción junto con los demás documentos solicitados.
3 Formato de Declaración Juramentada

(archivo Word o PDF)

 
 
En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, firmelo,  guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin. De acuerdo con lo contenido en el numeral 7.3.2.1. Documentos administrativos de las Condiciones Generales de Participación.

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 Resolución No. 51 del 15 de febrero de 2021
Por la cual se ordena la apertura del "Programa Distrital de Estímulos 2021" de la Orquesta Filarmónica de Bogotá
2 Resolución No. 222 del 7 de octubre de 2021
Por la cual se ordena a apertura de tres nuevas convocatorias en el marco del "Programa Distrital de Estímulos 2021" de la Orquesta Filarmónica de Bogotá
3 Resolución No 273 del 24 de noviembre de 2021
Por la cual se acoge la decisión final del comité de Evaluación, Selección y Designación de jurados para las convocatorias Premio de Canto Colombia Filarmónica y Premio OFB Bandas de Marcha, y se fija el reconocimiento económico para los jurados designados
4 Resolución No 289 del 3 de Diciembre
Por la cual se corrige la Resolución 273 del 24 de noviembre de 2021
5 Resolución No 274 del 25 de noviembre de 2021

"Por la cual se acoge la recomendación efectuada por los jurados de la convocatoria "Premio OFB Bandas de Marcha" del Programa Distrital de Estímulos 2021 de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, y en consecuencia, se promulgan los ganadores y se ordena la entrega y desembolso del estímulo económico"

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos
Listado de participantes inscritos
2 Listado de Propuestas Habilitadas
Listado de Propuestas Habilitadas
3 Listado de Documentos por rechazar y Subsanación
Listado de Habilitados, Propuestas por Subsanar y Rechazados
4 Listado de Propuestas Habilitadas (subsanadas)
Listado de propuestas habilitadas tras el período de subsanación

Avisos modificatorios

No. Documento Descripción
1 Aviso Modificatorio No. 19
Por el cual se modifica la fecha de publicación de resultados de los Ganadores del Premio OFB Bandas de Marcha para el día 2 de diciembre de 2021
2 Aviso Informativo No. 12

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