Convocatoria Adjudicada
OFB

BECA OFB DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN COMUNITARIOS Y ALTERNATIVOS

Programa Distrital de Estímulos

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¡IMPORTANTE!

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Resolución 296 del 9 de diciembre de 2021

12/21

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Resolución No 295 del 7 de diciembre de 2021

12/21

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Aviso Modificatorio No 21

12/21

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Resolución 291 del 3 de diciembre de 2021

12/21

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Listado de Propuestas Habilitadas (subsanadas)

11/21

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Listado de Propuestas rechazadas y documentos por subsanar

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Lista de Propuestas Habilitadas

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Listado de Participantes Inscritos

11/21

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Aviso Informtaivo No. 13

10/21

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Resolución No. 51 del 15 de febrero de 2021

10/21

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Resolución No. 222 del 7 de octubre de 2021

10/21

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DOCUMENTOS

Información básica

La Beca OFB de Medios Comunitarios y Alternativos tiene como objetivo, apoyar la producción y circulación de contenidos de comunicación comunitaria, que permitan conocer historias de vida, agentes culturales, dinámicas sociales y procesos de trabajo enmarcados en la  música sinfónica, académica y canto lírico, que se desarrollan en las localidades de Bogotá D.C. 

 

Enfoque(s): Territorial

Línea(s) estratégica(s): Creación

Área(s): Interdisciplinar / transdisciplinar

Número de estímulos: 13

Total de recursos: $ 130.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar: -Un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del estímulo, una vez notificada la resolución que otorga el estímulo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo y en los Requisitos Generales de Participación. -Un segundo y último desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del estímulo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte del ganador y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la OFB.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Experto con título profesional en Ciencias Sociales y Humanas, Comunicación Social, Bellas Artes, Ciencias de la Educación con título de posgrado y experiencia mínima de cuatro (4) años en el diseño, acompañamiento y/o dirección de proyectos de comunicación comunitaria, comunicación popular, medios alternativos, producción de televisión, producción audiovisual, prensa escrita, producción de podcast y/o medios TIC. Posgrado- Especialización. En el caso de expertos sin título universitario, se pedirán cinco (5) años de experiencia adicional a la mínima requerida.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación

Campo de experiencia: Experto con título profesional en Ciencias Sociales y Humanas, Comunicación Social, Bellas Artes, Ciencias de la Educación con título de posgrado y experiencia mínima de cuatro (4) años en el diseño, acompañamiento y/o dirección de proyectos de comunicación comunitaria, comunicación popular, medios alternativos, producción de televisión, producción audiovisual, prensa escrita, producción de podcast y/o medios TIC. Posgrado- Especialización. En el caso de expertos sin título universitario, se pedirán cinco (5) años de experiencia adicional a la mínima requerida.

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Especialización

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Experto sin título profesional en Ciencias Sociales y Humanas, Comunicación Social, Bellas Artes, Ciencias de la Educación, experiencia mínima de cuatro (9) años en el diseño, acompañamiento y/o dirección de proyectos de comunicación comunitaria, comunicación popular, medios alternativos, producción de televisión, producción audiovisual, prensa escrita, producción de podcast y/o medios TIC.

Área conocimiento: Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia: Ciencias Sociales y Humanas, Comunicación Social, Bellas Artes, Ciencias de la Educación

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Básica Secundaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de apertura 08/10/2021

A partir de esta fecha se permite acceder a la plataforma para realizar la inscripción de las propuestas.

Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 08/11/2021 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 11/11/2021 17:00:00

Hasta esta fecha a la hora indicada en las condiciones generales de participación, se podrá realizar la inscripción de las propuestas. Es responsabilidad del participante consultar los listados que se publicarán de la convocatoria y verificar el estado en el que se encuentra su propuesta presentada.

Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 12/11/2021

Listado de las propuestas que están habilitadas, rechazadas y las propuestas que deben subsanar documentación formal. A partir de esta fecha, el participante contará con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma la documentación subsanable requerida.

Publicación de resultados de evaluación 06/12/2021

Publicación de la resolución que designa las propuestas ganadoras

Justificación

El nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del Siglo XXI promueve el acceso de los medios de comunicación comunitarios y alternativos a través de los programas, proyectos y planes de divulgación, comunicación y publicaciones, con enfoque territorial y participativo (Acuerdo Distrital 292 de 2007)

 

El artículo 5 del ACUERDO No. 761 DE 2020, que da vía libre al plan de desarrollo, establece las acciones que deben ser prioridad de las entidades del sector cultura en el marco de la emergencia y post emergencia sanitaria por el COVID 19, y que tengan como finalidad la Activación y reactivación económica y social del sector y sus actores, y el Sostenimiento humanitario y digno de las poblaciones vulnerables que hacen parte o integran el sector cultura, recreación y deporte (entre los que se incluyen, grupos etarios, grupos étnicos y sectores socioeconómicamente vulnerables). Para ello establece como fundamental “El fortalecimiento de las líneas de estímulos, apoyos concertados y alianzas estratégicas para dinamizar la estrategia sectorial dirigida a fomentar los procesos culturales, creativos, artísticos, patrimoniales, del deporte y recreativos”.

 

En esa misma línea establece que se requiere “(…) la implementación de estrategias asociadas a la cultura ciudadana, en torno a los temas priorizados de ciudad, así como, la creación de contenidos y fortalecimiento de medios alternativos y comunitarios, y el desarrollo de estrategias interculturales para fortalecer los diálogos con la ciudadanía en sus múltiples diversidades poblacionales, tareas de género y territoriales, promoviendo, la inclusión, la confianza y el respeto por el otro, así como el cuidado de lo público”.

 

Por otro lado, el propósito 9 del plan de desarrollo busca “Promover la participación, la transformación cultural, deportiva, recreativa, patrimonial y artística que propicien espacios de encuentro, tejido social y reconocimiento del otro”, y por ello el sector cultura apuesta por ampliar y fortalecer los programas y procesos de Fomento en función de fortalecer a los agentes culturales y sus iniciativas, y reconocer nuevos actores que aporten a la construcción de la democracia y la ciudadanía desde una perspectiva local y territorial.

 

Finalmente, el documento marco del cuatrienio, proyecta en su propósito 5 “Construir una Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente”, y en el marco del mismo busca fortalecer la comunicación pública en función de una gestión pública efectiva. Las metas asociadas cuentan además con la suscripción de un pacto por la reconstrucción y el fortalecimiento de la comunicación comunitaria y alternativa.

 

Así mismo, esta convocatoria se justifica en los principios estipulados en la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria adoptada mediante Decreto 150 de 2008 (en proceso que actualización), la cual busca:

 

a. Fortalecer y consolidar los procesos, espacios y medios de comunicación comunitarios que permitan la promoción de la identidad local, la información y socialización de los intereses comunes de la población, desde los barrios, las UPZ, localidades, comunidades, organizaciones y movimientos sociales, sectores, y grupos poblacionales.

 

b. Impulsar la equidad en el acceso a los espacios y medios de comunicación, como base fundamental para la expresión y materialización de los demás derechos. En tal sentido Bogotá, Distrito Capital, adelantará las estrategias y planes de acción para hacerla realidad.

 

c. Generar procesos que permitan a la ciudadanía entender que la comunicación comunitaria es una herramienta que va más allá de los medios masivos y propicia diversas visiones de la ciudad.

 

d. Promover mayores niveles de inclusión social y de visibilización de aquellos actores sociales y grupos poblacionales que no acceden a medios masivos de comunicación.

 

e. Fortalecer la organización social en torno a la comunicación, para generar condiciones para la participación ciudadana y facilitar la acción de gobierno a través de canales de interacción con el ciudadano.

 

f. Promover y facilitar la participación de la ciudadanía en procesos y decisiones que tienen que ver con su entorno.

 

g. Promover el restablecimiento y/o protección de los derechos humanos, la solidaridad, la equidad, la participación, la reconciliación, la representatividad, la legitimidad social, la autonomía, la calidad y la pertinencia de los productos comunicativos en sus aspectos técnicos, culturales y estéticos.

 

i. Garantizar la autonomía e independencia en la gestión informativa e investigativa de los comunicadores, medios, colectivos, organizaciones sociales, redes y demás sectores de la sociedad civil, relacionados con la comunicación comunitaria en desarrollo de sus procesos sociales.

 

Así mismo la presente beca se ampara en la siguiente normativa

 

 

Año

Documento

Descripción

2007

Acuerdo 292 de 2007 Concejo de Bogotá D.C.

Establece lineamientos de política pública, en materia de comunicación comunitaria en Bogotá y se ordena implementar acciones de fortalecimiento. Señala que el Alcalde Mayor expedirá la política pública dirigida a promover y fortalecer procesos comunitarios, distritales o locales, de comunicación en la ciudad, y orientada por el propósito de impulsar la equidad en el acceso a los espacios y medios de comunicación y de fomentar la circulación democrática de opiniones e informaciones. Determina las estrategias y líneas de acción que contemplará dicha política, cuya dirección estará en cabeza del Alcalde Mayor, quien la ejercerá con el especial apoyo de la Secretaría de Gobierno, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, y la Secretaría de Educación. El plazo para elaborar y hacer pública la política adoptada, será de 6 meses. 

2008

Decreto 149 de 2008 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Establece la conformación y las funciones de la Mesa de Trabajo de la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria, de que trata el Acuerdo Distrital 292 de 2007, que establece los lineamientos de política pública, en materia de comunicación comunitaria en Bogotá y ordena implementar acciones de fortalecimiento. Precisa los mecanismos de designación de los representantes de los sectores de la sociedad civil y de los colectivos y redes comunitarias de comunicación, con sede en la capital de la república, señala los criterios generales que deberá tener en cuenta la Mesa de Trabajo, al momento de proponer los lineamientos para la adopción de la Política Pública de Comunicación Comunitaria. 

2008

Decreto 150 de 2008 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Adopta la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria 2008-2016, para cuya actualización y modificación, deberá contarse con el concepto previo de la Mesa de Trabajo de la Política Pública. Indica que la formulación, promoción, ejecución, seguimiento y evaluación de la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria estará a cargo del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, a quien también le corresponderá formular el plan de acción distrital y las metas que asume la administración para el desarrollo de la Política Pública adoptada. 

2010

Proyecto de Acuerdo 163 de 2010 Concejo de Bogotá D.C.

Modifica el Artículo 6° del Acuerdo 292 de 2007, "por medio del cual se establecen lineamientos de política pública, en materia de comunicación comunitaria en Bogotá, se ordena implementar acciones de fortalecimiento y se dictan otras disposiciones".

2010

Proyecto de Acuerdo 293 de 2010 Concejo de Bogotá D.C.

Modifica el acuerdo 292 de 2007 "por medio del cual se establecen lineamientos de política pública, en materia de comunicación comunitaria en Bogotá, se ordena implementar acciones de fortalecimiento y se dictan otras disposiciones".

2011

Proyecto de Acuerdo 56 de 2011 Concejo de Bogotá D.C.

Modifica el Acuerdo 292 de 2007 "por medio del cual se establecen lineamientos de política pública, en materia de comunicación comunitaria en Bogotá, se ordena implementar acciones de fortalecimiento y se dictan otras disposiciones".

2011

Proyecto de Acuerdo 126 de 2011 Concejo de Bogotá D.C.

Modifica el Artículo 6° del Acuerdo 292 de 2007, "por medio del cual se establecen lineamientos de política pública, en materia de comunicación comunitaria en Bogotá, se ordena implementar acciones de fortalecimiento de la misma. 

2011

Proyecto de Acuerdo 183 de 2011 Concejo de Bogotá D.C.

Modifica el Acuerdo 292 de 2007 "por medio del cual se establecen lineamientos de política pública, en materia de comunicación comunitaria en Bogotá, se ordena implementar acciones de fortalecimiento de la misma y se dictan otras disposiciones".

2020

Resolución 269 de 2020 Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal

Convoca a sectores de la sociedad civil, de los colectivos y redes comunitarias de comunicación con sede en Bogotá D.C., a asamblea virtual para que se designen los representantes a la Mesa de Trabajo de la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria consagrada en el Decreto distrital 149 de 2008 y dicta otras disposiciones.

 

En ese marco normativo la Orquesta Filarmónica de Bogotá invitan a los medios de comunicación comunitarios y alternativos de Bogotá a elaborar contenido periodístico en distintos formatos (radio, prensa, video) que cuenten historias de los territorios en las distintas localidades. 

 

Objeto

Apoyar la producción y circulación de contenidos de comunicación comunitaria, que permitan conocer historias de vida, agentes culturales, dinámicas sociales y procesos de trabajo enmarcados en la  música sinfónica, académica y canto lírico,  que se desarrollan en las localidades de Bogotá D.C. 

 

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Jurídica

Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, cuyo domicilio principal sea la ciudad de Bogotá.

A esta convocatoria podrán aplicar personas jurídicas con domicilio en Bogotá, que hacen parte del Directorio de Medios Comunitarios del IDPAC.

 

Agrupación

Se entiende por agrupación un conjunto de personas naturales, mayores de 18 años, que presentan una propuesta en la que participan activamente en su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante, quien deberá hacer parte del Directorio de Medios Comunitarios del IDPAC será el encargado de comunicarse con el Programa Distrital de Estímulos (PDE) en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo en caso de que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y de realizar todos los trámites ante el PDE requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores, y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. La agrupación podrá estar conformada por colombianos o extranjeros, mayores de 18 años, que residan de manera permanente en Bogotá D.C

Quiénes no pueden participar

- Personas Naturales

- Grupos Empresariales

- Medios Comerciales

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante. pdf
15 MB
2 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante. pdf
15 MB
3 Documento de identidad del representante de la agrupación participante pdf
15 MB
4 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante pdf
15 MB
5 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante pdf
15 MB
6 Registro Único Tributario (RUT) o matrícula mercantil. pdf
15 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA

Descripción general del proyecto, programa y presupuesto.

docx
15 MB
2 Soportes

Certificado de registro ante el IDPAC con fecha de expedición no mayor a los tres (3) meses del cierre del premio.

pdf
15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: Ronda de Evaluación
No. Criterio Puntaje
1 La propuesta cumple con el objetivo de la convocatoria, se presenta sólida, realizable, y sostenible 0 a 40
2 La propuesta define un rol claro de la ciudadanía en su desarrollo. 0 a 30
3 El producto circula por más de un canal de comunicación. 0 a 30
El puntaje mínimo de selección de los ganadores es de setenta (70) puntos hasta agotar el recurso y en consideración a lo definido por el comité evaluador. Nota: En caso de presentarse un empate se seleccionará la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en el criterio 1 de evaluación.

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en los “Requisitos Generales de Participación”, el ganador tendrá derecho a:

-Recibir el estímulo correspondiente, en los siguientes porcentajes:

Un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del estímulo, una vez notificada la resolución que otorga el estímulo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo y en los Requisitos Generales de Participación.

Un segundo y último desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del estímulo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte del ganador y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la OFB.

 

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en las “Condiciones Generales de Participación”, el ganador deberá cumplir con:

 

  • Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como, los que formule la Orquesta Filarmónica de Bogotá .
  • Asistir a las reuniones, encuentros y visitas convocadas por la entidad del sector encargada de financiar el proyecto.
  • Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la beca, en caso de ser requeridos. 
  • Acatar las disposiciones legales vigentes, en general y específicamente las relacionadas con la situación sanitaria, además de lo contemplado en el Código Nacional de Policía y Convivencia.
  • Entregar los informes de ejecución de la propuesta que sean requeridos (avance y final) siguiendo el formato suministrado por la entidad, en donde se dé cuenta del desarrollo de las actividades realizadas durante el proceso, así como, los registros documentales correspondientes.
  • Entregar el resultado final del proyecto ejecutado.
  • Participar de las estrategias de socialización definidas por la entidad que acompaña la ejecución de la propuesta.
  • Autorizar a la OFB el uso del material desarrollado en la propuesta con fines de promoción, circulación y difusión del arte, la cultura y el patrimonio. Esta autorización no implica enajenación, cesión o traspaso de los derechos morales y patrimoniales de la creación.-
  • Las entidades y agrupaciones ganadoras de la beca deberán asistir, preparar y/o presentar los productos de comunicación comunitaria, en todas las jornadas de socialización, y/o evaluación, definidas por las entidades responsables de la convocatoria.

Anexos

No. Documento Descripción
1 Requerimientos Ténicos
Los siguientes son los requerimientos técnicos mínimos para los contenidos de comunicación comunitaria apresentar en el marco de la convocatoria “Beca OFB de Medios de Comunicación Comunitarios y Alternativos”Solamente se tendrán en cuenta las propuestas que se acojan a los mismos.

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato de Propuesta Artística

(archivo Word o PDF)

 
 
El contenido del presente formato  es considerado de carácter técnico y NO ES SUBSANABLE, es decir, no presentarlo, presentarlo incompleto, o presentarlo sin el cumplimiento de las condiciones generales y específicas de la convocatoria al momento de la inscripción, implica que la propuesta será RECHAZADA

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 Resolución No. 222 del 7 de octubre de 2021
Por la cual se ordena a apertura de tres nuevas convocatorias en el marco del "Programa Distrital de Estímulos 2021" de la Orquesta Filarmónica de Bogotá
2 Resolución No. 51 del 15 de febrero de 2021
Por la cual se ordena la apertura del "Programa Distrital de Estímulos 2021" de la Orquesta Filarmónica de Bogotá
3 Resolución 291 del 3 de diciembre de 2021
Por la cual se acoge la decisión final del Comité de Evaluación, Selección y Designación de Jurados para la convocatoria Beca OFB de Medios de Comunicación Comunitarios y Alternativos, y se fija el reconocimiento económico para los jurados designados
4 Resolución No 295 del 7 de diciembre de 2021
Por la cual se acoge la recomendación efectuada por los jurados de la convocatoria "Beca OFB de Medios de Comunicación Comunitarios y Alternativos" del Programa Distrital de Estímulos 2021 de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, y, en consecuencia, se promulgan los ganadores y se ordena la entrega y desembolso del estímulo económico
5 Resolución 296 del 9 de diciembre de 2021
Por la cual se corrige la Resolución 291 del 3 de diciembre de 2021

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado de Participantes Inscritos
Listado de propuestas inscritas para la Beca OFB de Medios de Comunicación Comunitarios y Alternativos
2 Lista de Propuestas Habilitadas
Lista de Propuestas Habilitadas para participar en la Beca OFB de Medios de Comunicación Comunitarios y Alternativos
3 Listado de Propuestas rechazadas y documentos por subsanar
Listado de Propuestas rechazadas y documentos por subsanar
4 Listado de Propuestas Habilitadas (subsanadas)
Listado definitivo de propuestas habilitadas tras el proceso de Subsanación

Avisos modificatorios

No. Documento Descripción
1 Aviso Modificatorio No 21
Por el cual se modifica la fecha de publicación de resultados de la convocatoria Beca OFB Medios de Comunicación Comunitarios y Alternativos
2 Aviso Informtaivo No. 13
Información sobre inscripción al IDPAC

Para participar inicia sesión en SICON y busca esta convocatoria