Convocatoria Adjudicada
OFB

Beca Filarmónica de Producción Musical

Programa Distrital de Estímulos

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¡IMPORTANTE!

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Resolución No 140 del 20 de mayo de 2022

05/22

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Resolución No 105 del 22 de abril de 2022

04/22

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Listado de habilitados y rechazados

04/22

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Listado de Participantes Inscritos

04/22

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Resolución No. 026 del 31 de enero de 2022

01/22

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DOCUMENTOS

Información básica

La Orquesta Filarmónica de Bogotá con el fin de fortalecer los procesos de creación y circulación de  músicos sinfónicos, académicos y cantantes líricos, crea la beca de producción musical, que otorga un estímulo para la realización de una producción discográfica. #MúsicaSinParar

Enfoque(s): Disciplinar

Línea(s) estratégica(s): Creación

Área(s): Música

Número de estímulos: 1

Total de recursos: $ 20.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar: Un estímulo de $20.000.000 para la realización de una producción discográfica.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Músico y/o Productor musical, con productos musicales reconocidos a nivel nacional o internacional y trayectoria mínima de cinco (5) años. Requisitos del perfil: a.El jurado no debe tener formación Universitaria. b.Área de Conocimiento: Música, producción musical. c.Campos de experiencia o trayectoria: Música, composición, producción musical. d.El jurado no es necesario que resida en Bogotá.

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia: Música, composición, producción musical.

Área perfil: Música

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Básica Secundaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Representante de sello discográfico, gestor y/o Promotor cultural con experiencia mínima de cinco (5) años en proyectos de circulación de productos y con un catálogo de al menos cinco (5) producciones discográficas publicadas. Requisitos del perfil: a.El jurado no debe tener formación Universitaria. b.Área de Conocimiento: Música, producción musical, composición, gestión, management, booking c.Campos de experiencia o trayectoria: Gestión, promoción, música. d.El jurado no es necesario que resida en Bogotá.

Área conocimiento: Ciencias De La Salud

Campo de experiencia: Gestión, promoción, música.

Área perfil: Música

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Básica Secundaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de apertura 09/02/2022

A partir de esta fecha se permite acceder a la plataforma para realizar la inscripción de las propuestas.

Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 01/04/2022 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 04/04/2022 17:00:00

Hasta esta fecha a la hora indicada en las condiciones generales de participación, se podrá realizar la inscripción de las propuestas. Es responsabilidad del participante consultar los listados que se publicarán de la convocatoria y verificar el estado en el que se encuentra su propuesta presentada

Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 08/04/2022

Listado de las propuestas que están habilitadas, rechazadas y las propuestas que deben subsanar documentación formal. A partir de esta fecha, el participante contará con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma la documentación subsanable requerida.

 

Publicación de resultados de evaluación 20/05/2022

Publicación de la resolución que designa las propuestas ganadoras. A partir de esta fecha, el participante contará con cinco (5) días hábiles para aceptar  el estímulo y cinco (5) días hábiles adicionales para entregar la documentación requerida para los trámites administrativos.

Justificación

Existen nuevas prácticas de circulación musical, algunas mediadas por las nuevas tecnologías, redes sociales, tiendas online, descargas y otras  tradicionales, como la  distribución de CD, memorias, toques en vivo o en streaming, etc. Todas requieren de productos de calidad que aporten a la distribución y circulación, la beca filarmónica de producción musical busca fortalecer estos eslabones de la cadena de valor en la música sinfónica, académica y el canto lírico

Objeto

Apoyar a un músico sinfónico, académico o cantante lírico solista o a una agrupación musical destacada del distrito, que demuestre trayectoria artística desarrollada entre los años 2018 a 2021,  para que desarrolle su propuesta artística enmarcada en la música académica, sinfónica y el canto lírico. El ganador podrá realizar una producción discográfica con el acompañamiento de un productor musical (nacional o internacional) de su elección, que cuente con reconocida experiencia, trayectoria e idoneidad.

 

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Natural

Se entiende por persona natural a los ciudadanos colombianos, mayores de 18 años, que de manera individual presentan una propuesta para ser ejecutada únicamente por él / ella y que resida de manera permanente en Bogotá o en los municipios de Fómeque, Tenjo, Tabio, Cajicá, Zipaquirá, Soacha, El Colegio, Fusagasugá, Choachí, Ubaque, Guatavita, La Calera, La Vega, Vianí, Facatativá, Tocancipá.

Agrupación

Agrupaciones de mínimo 3 (tres) personas, conformadas por colombianos, o extranjeros hasta en un 40%, mayores de 18 años y que residan de manera permanente en Bogotá o  en los municipios de  Fómeque, Tenjo, Tabio, Cajicá, Zipaquirá, Soacha, El Colegio, Fusagasugá, Choachí, Ubaque, Guatavita, La Calera, La Vega, Vianí, Facatativá, Tocancipá. Estas personas deberán nombrar un representante así como un representante suplente, quien será el encargado de comunicarse con el Programa Distrital de Estímulos (PDE) en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo en caso de que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y de realizar todos los trámites ante el PDE requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores, y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento.

Persona Jurídica

Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, cuyo domicilio principal sea la ciudad de Bogotá o los municipios de Fómeque, Tenjo, Tabio, Cajicá, Zipaquirá, Soacha, El Colegio, Fusagasugá, Choachí, Ubaque, Guatavita, La Calera, La Vega, Vianí, Facatativá, Tocancipá.

A esta convocatoria podrán aplicar personas jurídicas, cuyo objeto se relacione con el objeto de la presente convocatoria, con o sin ánimo de lucro y que represente una agrupación conformada por colombianos, o extranjeros  mayores de 18 años o extranjeros hasta en un 40%, que residan de manera permanente en Bogotá o en los municipios de Fómeque, Tenjo, Tabio, Cajicá, Zipaquirá, Soacha, El Colegio, Fusagasugá, Choachí, Ubaque, Guatavita, La Calera, La Vega, Vianí, Facatativá, Tocancipá.

Quiénes no pueden participar

 

  • Aquellos quienes se encuentren incursos en alguna de las causales de restricción de participación establecidas en el numeral 7.2 de las Condiciones Generales de Participación 
  • Personas menores de 18 años.
  • Quienes no cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
  • Ganadores de la convocatoria Beca de Producción Musical OFB en la versión 2021
  • Los servidores públicos, empleados oficiales y personas naturales contratistas de la SCRD y de sus entidades adscritas (OFB, IDARTES, FUGA, IDPC) o de la entidad con quien se haya suscrito un convenio para ofertar convocatorias en el marco del PDE. En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación se hace efectiva específicamente respecto de las convocatorias que hacen parte de dichos acuerdos.
  • Las personas naturales que tengan vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, o de la entidad con quien se haya suscrito un convenio para ofertar convocatorias en el marco del PDE, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente. En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación se hace efectiva específicamente respecto de las convocatorias que hacen parte de dichos acuerdos.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad de la persona natural participante

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico

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15 MB
2 Certificado de residencia en Bogotá de la persona natural participante

Certificado de residencia expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria o formato diligenciado de declaración juramentada (Ver sección Formatos)

Tenga en cuenta que, para esta convocatoria en específico, aquellos participantes residentes en los municipios de  Fómeque, Tenjo, Tabio, Cajicá, Zipaquirá, Soacha, El Colegio, Fusagasugá, Choachí, Ubaque, Guatavita, La Calera, La Vega, Vianí, Facatativá, Tocancipá, deberán presentar certificado de residencia de sus respectivos municipios.

En caso de no ser posible la expedición del certificado por la entidad responsable, diligencie el Formato de Declaración de lugar de Residencia juramentada, en la sección "formatos"

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15 MB
3 Documento de identidad del representante de la agrupación participante

Es necesario adjuntar tanto el documento del representante como el del representante suplente.

Documento de identidad del representante y representante suplente de la agrupación participante. Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 

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15 MB
4 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Copia legible, por ambas caras, del documento de identidad de cada uno de los integrantes de la agrupación:

Cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros, se debe aportar copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso por Protección Temporal (PPT) o Registro Único de Migrantes venezolanos (RUMV),  vigente al momento de la inscripción, en compañía del Pasaporte o del Documento Nacional de Identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano

 

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15 MB
5 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Aplica para personas jurídicas y agrupaciones.

Certificado de residencia expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria o formato diligenciado de declaración juramentada (Ver sección Formatos)

Tenga en cuenta que, para esta convocatoria en específico, aquellos participantes residentes en los municipios de  Fómeque, Tenjo, Tabio, Cajicá, Zipaquirá, Soacha, El Colegio, Fusagasugá, Choachí, Ubaque, Guatavita, La Calera, La Vega, Vianí, Facatativá, Tocancipá, deberán presentar certificado de residencia de sus respectivos municipios.

En caso de no ser posible la expedición del certificado por la entidad responsable, diligencie el Formato de Declaración de lugar de Residencia juramentada, en la sección "formatos"

 

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15 MB
6 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

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15 MB
7 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. con la matrícula mercantil renovada en la vigencia correspondiente, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un (1) año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente[1].
Nota. En el caso de grupos étnicos (pueblos indígenas, comunidades negras o afrodescendientes, raizales, gitanos-Rrom y palenqueros), deberán presentar una certificación emitida por el Ministerio del Interior, sobre la existencia y representación legal de la organización o comunidad.[2]
Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente.

[1] Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012.
[2] Dado el caso  que el participante informe la existencia del documento en otra entidad el PDE procederá de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012

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15 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 PROPUESTA

Formato de Presentación de la Propuesta. 

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta definido para esta convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

 

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15 MB
2 Carta de intención

Documento en PDF que contenga la carta firmada por el productor musical en el cual manifieste la intención de trabajar con el participante. Esta carta debe incluir:

• Un texto que exponga el concepto y la aproximación inicial del productor musical frente a la propuesta enviada por el participante.

• Especificar de qué forma y con qué intensidad intervendrá el productor musical en cada una de las etapas de producción (pre-producción, grabación y mezcla). 

 

Nota: los documentos técnicos para la evaluación NO son subsanables; es decir no presentarlos, presentarlos incompletos o presentarlos sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada.


Cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria, comuníquese a través de los diferentes canales de atención de la Orquesta Filarmónica de Bogotá: correo electrónico convocatorias@ofb.gov.co o al teléfono 2889988 ext 4111

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15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: Ronda de Selección de Ganadores
No. Criterio Puntaje
1 Trayectoria artística del solista o agrupación. 0 a 25
2 Pertinencia y justificación artística del o los productores dentro del producto propuesto en el proyecto 0 a 25
3 Pertinencia de la propuesta frente a la diversidad sonora de la ciudad. 0 a 20
4 Impacto esperado de la producción fonográfica en el desarrollo y posicionamiento de la agrupación. 0 a 10
5 Dominio de los recursos técnicos (rítmicos, armónicos, melódicos, tímbricos, y de instrumentación) en la realización de las maquetas de pre-producción 0 a 10
6 Viabilidad de la propuesta, de acuerdo con el presupuesto, plan de financiación y cronograma detallado. 0 a 10
El puntaje mínimo para que una propuesta sea considerada como elegible debe ser igual o superior a 80/100.

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.9 de las “Condiciones Generales de Participación”, los ganadores tendrán derecho a:

  • El ganador recibirá un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del estímulo, posterior al proceso de notificación de la resolución de selección y cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos y un segundo desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) restante, posterior al cumplimiento de los deberes, requisitos y trámites solicitados por la Orquesta Filarmónica de Bogotá para tales efectos y a la entrega del informe final con los respectivos anexos, soportes, fichas o material audiovisual que lo sustenta (según sea el caso).
  • El desembolso se hará previa certificación de cumplimiento expedida por la Orquesta Filarmónica de Bogotá y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC.

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.10 de las “Condiciones Generales de Participación”, los ganadores deberán:

  • Una vez notificado vía correo electrónico el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado, el ganador contará con cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa si acepta o no el estímulo. En caso de aceptar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes deberá aportar la documentación requerida en el numeral 7.8.1. de las Condiciones generales de participación. El ganador deberá tener en cuenta que el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado queda en firme a los diez (10) días hábiles de haberse realizado la respectiva notificación vía correo electrónico.
  • Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como, los que formule la Orquesta Filarmónica de Bogotá .
  • Asistir a las reuniones  que se programen con el Equipo de Estímulos de la Orquesta Filarmónica de Bogotá.  
  • Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la beca, en caso de ser requeridos. 
  • Acatar las disposiciones legales vigentes, en general y específicamente las relacionadas con la situación sanitaria, además de lo contemplado en el Código Nacional de Policía y Convivencia.
  • Ejecutar la propuesta en su totalidad de acuerdo al proyecto, cronograma y presupuesto establecidos en los documentos técnicos presentados a la convocatoria. 
  • Socializar los resultados de la ejecución del estímulo entregado por la Orquesta Filarmónica de Bogotá.
  • Entregar en las fechas acordadas con la Orquesta Filarmónica de Bogotá, el formato de informe final diligenciado en su totalidad y la matriz de impacto, los formatos  serán suministrados por la persona responsable de seguimiento desde la Orquesta Filarmónica de Bogotá.
  • El producto de la beca debe ser entregado en un CD o USB que contenga archivos de audio en formato WAV, con los temas trabajados con el productor musical.
  • Dar los créditos a la Orquesta Filarmónica de Bogotá en todas las piezas de divulgación y materiales formales que se utilicen durante el proceso, especificando el nombre de la beca y usando los logos correspondientes según el manual de uso de la entidad. 
  • Suscribir los documentos que autorizan la reproducción de la(s) obra(s) y el uso de la(s) misma(s) con fines de divulgación en todas las plataformas, así como los demás que para tales efectos requiera la Orquesta Filarmónica de Bogotá y las alianzas que para tal fin se suscriban. Diligenciar el formato de derechos de autor que será suministrado por la persona responsable de seguimiento desde la Orquesta Filarmónica de Bogotá. 
  • Realizar y/o participar en las actividades académicas o de divulgación, relacionadas con la convocatoria, que sean programadas por la Orquesta Filarmónica de Bogotá.
  • Asistir a los procesos de formación y emprendimiento, en caso de ser citado por la Orquesta Filarmónica de Bogotá.
  • Cambio de integrantes y representante de una agrupación. En caso de requerir el cambio de un integrante de una agrupación, el representante principal debe solicitar el cambio vía correo electrónico a la entidad que oferta la convocatoria (Ver cuadro de correos de las entidades en Nota 2 Numeral 7.3), dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de ganadores. Vencido este plazo,el cambio de integrantes sólo podrá solicitarse por causas de fuerza mayor comprobadas, conforme la definición establecida en la nota 1 del presente numeral.

Anexos

No. Documento Descripción
1 Anexo de Gastos Aceptables y no Aceptables

Formatos

No. Documento Descripción
1 Fomato de Presentación de la Propuesta

(archivo Word o PDF)

 
 
Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta definido para esta convocatoria, luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.
2 Formato de Declaración Juramentada Lugar de Residencia

(archivo Word o PDF)

 
 
En caso de no ser posible obtener el certificado de residencia,diligencie este formato bajo gravedad de juramento

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 Resolución No. 026 del 31 de enero de 2022
Por la cual se ordena la apertura del "Programa Distrital de Estímulos 2022" de la Orquesta Filarmónica de Bogotá.
2 Resolución No 105 del 22 de abril de 2022
Por la cual se  acoge la decisión final del Comité de Evaluación, Selección y Designación de Jurados para las convocatorias Residencia Lutería Filarmónica, Beca de Investigación Creación y Beca Filarmónica de Producción Musical, y se fija el reconocimiento económico para los jurados designados
3 Resolución No 140 del 20 de mayo de 2022

Por la cual se acoge la recomendación efectuada por los jurados de la Convocatoria Beca Filarmónica de Producción Musical, del Programa Distrital de Estímulos 2022 de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, y, en consecuencia, se promulgan los ganadores y se ordena la entrega y desembolso del estímulo económico. 


Listados

No. Documento Descripción
1 Listado de Participantes Inscritos
Listado de Participantes/ Propuestas Inscritas a la Beca Filarmónica de Producción Musical.
2 Listado de habilitados y rechazados
Al no haber propuestas que tengan que subsanar documentación administrativa, se publica el listado de propuestas habilitadas y rechazadas.

Avisos modificatorios

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