Convocatoria Adjudicada
OFB

Premio Filarmónico Grupos de Cámara

Programa Distrital de Estímulos

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¡IMPORTANTE!

REVISA AQUÍ AVISOS, LISTADOS Y RESOLUCIONES

Resolución No 185 del 16 de junio de 2022

06/22

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Resolución No 135 del 18 de mayo de 2022

05/22

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Resolución No 124 del 16 de mayo de 2022.

05/22

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Aviso Modificatorio No 19

05/22

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Aviso Informativo No 1

05/22

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Resolución No 109 del 29 de abril de 2022

04/22

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Listado definitivo de propuestas habilitadas

04/22

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Aviso Modificatorio No 8.

04/22

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Listado de propuestas con documentación por subsanar

04/22

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Listado de Propuestas Inscritas

04/22

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Resolución 26 del 31 de enero de 2022

01/22

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DOCUMENTOS

Información básica

La Orquesta Filarmónica de Bogotá convoca a grupos de cámara conformados por mínimo tres (3) y máximo siete (7) integrantes, en diferentes formatos musicales, que interpreten instrumentos sinfónicos; a presentar propuestas de concierto centradas en la interpretación de repertorios contemporáneos. Cabe resaltar que, el repertorio presentado puede estar enmarcado en música académica de tradición estética occidental, repertorios de música tradicional colombiana, latinoamericana o músicas del mundo y debe contar con los derechos del autor. La agrupación debe contar con mínimo dos años de conformación y experiencia. #MúsicaSinParar

Enfoque(s): Disciplinar

Línea(s) estratégica(s): Circulación

Área(s): Música

Total de recursos: $ 20.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar: Bolsa concursable de $20.000.000 que se distribuirá entre las agrupaciones ganadoras (la cantidad y distribución de los montos será determinada por los jurados). Además, las agrupaciones ganadoras realizarán una presentación artística programada por la Orquesta Filarmónica de Bogotá

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Maestro en música, licenciado en música, o pedagogo musical con énfasis en interpretación instrumental, dirección orquestal o composición, con experiencia profesional y/o trayectoria mínima de cinco (5) años en el campo de la interpretación, dirección o composición de música académica. Los jurados de esta convocatoria deben residir en Bogotá y deben tener completa disponibilidad en el día en que se llevarán a cabo las audiciones presenciales de la convocatoria en cuestión. En el caso de expertos sin título universitario, se pedirán cinco (5) años de experiencia adicional a la mínima requerida.

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia: interpretación instrumental, dirección orquestal o composición, con experiencia profesional y/o trayectoria mínima de cinco (5) años en el campo de la interpretación, dirección o composición de música académica.

Área perfil: Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá


Perfil 2

Experiencia como Maestro en música, licenciado en música, o pedagogo musical con énfasis en interpretación instrumental, dirección orquestal o composición, con experiencia profesional y/o trayectoria mínima de doce (12) años en el campo de la interpretación, dirección o composición de música académica. Requisitos del perfil: a. El jurado no debe tener formación Universitaria. b.Área de Conocimiento: Música, Bellas Artes. c.Campos de experiencia o trayectoria: doce (12) años de experiencia y/o trayectoria como músico, compositor, arreglista, formador o intérprete de géneros musicales enmarcados en la música académica, sinfónica y/o canto lírico. d.No es necesario que el jurado resida en Bogotá, pero sí en Colombia

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia: doce (12) años de experiencia y/o trayectoria como músico, compositor, arreglista, formador o intérprete de géneros musicales enmarcados en la música académica, sinfónica y/o canto lírico.

Área perfil: Música

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de apertura 09/02/2022

A partir de esta fecha se permite acceder a la plataforma para realizar la inscripción de las propuestas.

Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 16/04/2022 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 19/04/2022 17:00:00

Hasta esta fecha a la hora indicada en las condiciones generales de participación, se podrá realizar la inscripción de las propuestas. Es responsabilidad del participante consultar los listados que se publicarán de la convocatoria y verificar el estado en el que se encuentra su propuesta presentada.

Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 22/04/2022

Listado de las propuestas que están habilitadas, rechazadas y las propuestas que deben subsanar documentación formal. A partir de esta fecha, el participante contará con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma la documentación subsanable requerida.

PUBLICACIÓN LISTADOS AUDICIONES PRESENCIALES 2 DE MAYO

AUDICIONES PRESENCIALES: 4 Y 5 DE MAYO.
 

Publicación de resultados de evaluación 12/05/2022

Publicación de la resolución que designa las propuestas ganadoras.

Justificación

Objeto

Fortalecer los procesos de las dimensiones en formación y apropiación del campo de la música de cámara en la ciudad, convocando a grupos de cámara conformados por mínimo tres (3) y máximo siete (7) integrantes, en diferentes formatos musicales, que interpretan instrumentos sinfónicos,  a presentar propuestas de concierto centradas en la interpretación de repertorios contemporáneos

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Agrupación

Agrupaciones de mínimo 3 (tres) personas, conformadas por colombianos, o extranjeros hasta en un 40%, mayores de 18 años y que residan de manera permanente en Bogotá o  en los municipios de  Fómeque, Tenjo, Tabio, Cajicá, Zipaquirá, Soacha, El Colegio, Fusagasugá, Choachí, Ubaque, Guatavita, La Calera, La Vega, Vianí, Facatativá, Tocancipá.

Estas personas deberán nombrar un representante así como un representante suplente, quien será el encargado de comunicarse con el Programa Distrital de Estímulos (PDE) en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo en caso de que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y de realizar todos los trámites ante el PDE requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores, y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. 
 

Nota: Estas agrupaciones pueden estar conformadas por instrumentos de viento metal, madera, cuerdas pulsadas y frotadas, percusión, voz y/o piano. No se aceptarán agrupaciones conformadas por instrumentos eléctricos, electrófonos o electroacústicos

Persona Jurídica

Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, cuyo domicilio principal sea la ciudad de Bogotá o los municipios de Fómeque, Tenjo, Tabio, Cajicá, Zipaquirá, Soacha, El Colegio, Fusagasugá, Choachí, Ubaque, Guatavita, La Calera, La Vega, Vianí, Facatativá, Tocancipá.

A esta convocatoria podrán aplicar personas jurídicas, cuyo objeto se relacione con el objeto de la presente convocatoria, con o sin ánimo de lucro y que represente una agrupación conformada por colombianos, o extranjeros  mayores de 18 años o extranjeros hasta en un 40%, que residan de manera permanente en Bogotá o en los municipios de Fómeque, Tenjo, Tabio, Cajicá, Zipaquirá, Soacha, El Colegio, Fusagasugá, Choachí, Ubaque, Guatavita, La Calera, La Vega, Vianí, Facatativá, Tocancipá.

Nota: Estas agrupaciones pueden estar conformadas por instrumentos de viento metal, madera, cuerdas pulsadas y frotadas, percusión, voz y/o piano. No se aceptarán agrupaciones conformadas por instrumentos eléctricos, electrófonos o electroacústicos.

Quiénes no pueden participar

  • Aquellos quienes se encuentren incursos en alguna de las causales de restricción de participación establecidas en el numeral 7.2 de las Condiciones Generales de Participación 
  • Personas menores de 18 años.
  • Quienes no cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
  • Ganadores de la convocatoria Premio Grupos de Cámara de Bogotá en la versión 2021
  • Los servidores públicos, empleados oficiales y personas naturales contratistas de la SCRD y de sus entidades adscritas (OFB, IDARTES, FUGA, IDPC) o de la entidad con quien se haya suscrito un convenio para ofertar convocatorias en el marco del PDE. En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación se hace efectiva específicamente respecto de las convocatorias que hacen parte de dichos acuerdos.
  • Las personas naturales que tengan vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, o de la entidad con quien se haya suscrito un convenio para ofertar convocatorias en el marco del PDE, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente. En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación se hace efectiva específicamente respecto de las convocatorias que hacen parte de dichos acuerdos.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Certificado de existencia y representación legal
Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. con la matrícula mercantil renovada en la vigencia correspondiente, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un (1) año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente[1].
Nota. En el caso de grupos étnicos (pueblos indígenas, comunidades negras o afrodescendientes, raizales, gitanos-Rrom y palenqueros), deberán presentar una certificación emitida por el Ministerio del Interior, sobre la existencia y representación legal de la organización o comunidad.[2]
Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente.

[1] Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012.
[2] Dado el caso  que el participante informe la existencia del documento en otra entidad el PDE procederá de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012.

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2 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico

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3 Documento de identidad del representante de la agrupación participante

Documento de identidad del representante y del representante suplente de la agrupación.

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

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4 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Copia legible, por ambas caras, del documento de identidad de cada uno de los integrantes de la agrupación:

Cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros, se debe aportar copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso por Protección Temporal (PPT) o Registro Único de Migrantes venezolanos (RUMV),  vigente al momento de la inscripción, en compañía del Pasaporte o del Documento Nacional de Identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano.

 

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5 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Aplica para personas jurídicas y agrupaciones.

Certificado de residencia expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria o formato diligenciado de declaración juramentada (Ver sección Formatos)

Tenga en cuenta que, para esta convocatoria en específico, aquellos participantes residentes en los municipios de  Fómeque, Tenjo, Tabio, Cajicá, Zipaquirá, Soacha, El Colegio, Fusagasugá, Choachí, Ubaque, Guatavita, La Calera, La Vega, Vianí, Facatativá, Tocancipá, deberán presentar certificado de residencia de sus respectivos municipios.

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Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA

Para participar, descargue y diligencie en su totalidad el Formato presentación de propuesta,  el cual se encuentra en  el apartado ‘formatos’ (parte inferior de la convocatoria). Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada.

Nota 1: La pieza escogida para ser interpretada, debe estar en el Dominio Público, es decir, estar libre de derechos de autor para su interpretación, o contar con los derechos de ejecución por parte de los compositores o arreglistas

Cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria, llámenos al teléfono 2 88 99 88 ext 41 11 o escríbanos al correo convocatorias@ofb.gov.co de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5:00 p.m.

 

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2 CERTIFICACIONES DE TRAYECTORIA

Soportes del tiempo de conformación de la agrupación. 

La experiencia exigida deberá estar soportada con la entrega de certificados contractuales o laborales debidamente expedidos, artículos de prensa, premios o piezas gráficas (volantes, afiches, avisos de prensa) o audiovisuales (reels, videos promocionales) publicadas en medios de comunicación bien sea virtuales, escritos o de cualquier otro formato. El material que se adjunte debe demostrar claramente la publicación en la que la pieza gráfica o el material audiovisual fueron publicados.
Nota: Los soportes de trayectoria deben contener el año de realización. Los documentos que no especifiquen el año en que fueron publicados, no serán tenidos en cuenta, incluyendo los programas de mano.

DEBERÁN ESTAR EN UN SOLO PDF.

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3 ENLACE URL

Video - Link.

Debe incluir un (1) link (dirección o vínculo) de video que muestre la puesta en escena en vivo de la agrupación, previamente cargado en plataformas como: youtube, vimeo entre otros. Este debe ser un (1) video de mínimo diez (10) minutos del grupo interpretando una parte del repertorio inscrito en la convocatoria. El video debe haber sido grabado dentro de los 6 meses anteriores a la fecha de cierre de la convocatoria y debe ser un solo video que cumpla con la duración anteriormente establecida. No se aceptarán varios enlaces con diferentes videoclips

Nota 1: Para la grabación de su video le recomendamos que se realice en alta definición y que la captura de audio se haga con un micrófono que asegure la calidad de este.

Nota 2: Se rechazarán aquellas propuestas cuyos videos no hayan sido grabados dentro de los 6 meses previos al cierre de la convocatoria.

Nota 3: Los videos deben incluir la Fecha y Lugar de grabación del video

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Criterios de evaluación

Ronda: Ronda de Pre-selección
No. Criterio Puntaje
1 Propuesta artística: coherencia, creatividad, pertinencia y trayectoria de la agrupación 0 a 20
2 Técnica (afinación, ritmo, destreza, etc.) 0 a 35
3 Interpretación Ensamble (articulación, fraseo, calidad del sonido, dinámicas, etc.) 0 a 45
Ronda de vídeo: El jurado evaluará los videos enviados por los participantes. Aquellos participantes con un puntaje igual o superior a 80 puntos después de esta primera evaluación serán citados a audiciones presenciales.
Ronda: Audiciones Presenciales
No. Criterio Puntaje
1 Técnica (afinación, ritmo, destreza, etc.) 0 a 40
2 Interpretación (articulación, fraseo, calidad del sonido, dinámicas, etc.) 0 a 40
3 Presencia escénica/ Desempeño en el escenario 0 a 20
Ronda de audiciones presenciales: Para poder presentarse en las audiciones es necesario contar con el esquema completo de vacunación contra el COVID 19. Los participantes que obtengan el puntaje mínimo establecido en la Ronda de video, serán citados a audiciones presenciales e interpretarán la pieza inscrita en la convocatoria frente al jurado. Los instrumentistas deben llevar su propio pianista acompañante. Nota 1: Para ser adjudicataria del estímulo, la propuesta ganadora deberá alcanzar un mínimo de 80 puntos en cada una de las rondas. Nota 2: El puntaje expresado en la tabla anterior corresponde al máximo que podrá otorgar el jurado a cada criterio. Nota 3: Tenga en cuenta que, tanto en el video como en la audición, todos los concursantes deben presentar la obra de memoria. Nota 4: Las audiciones de la convocatoria Premio Filarmónico Grupos de Cámara, se realizarán de manera presencial, siguiendo todos los protocolos de bioseguridad y dando cumplimiento a las directrices distritales para la contención del Covid 19, las fechas de dichas audiciones podrán cambiar de acuerdo a la situación de salud pública.

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.9 de las “Condiciones Generales de Participación”, los ganadores tendrá derecho a:

  •  Conocer oportunamente las fechas, horarios y lugares de las audiciones ante jurados.
  • La Orquesta Filarmónica de Bogotá proveerá un sitio con piano, sillas y atriles que sean necesarios el día de las audiciones presenciales.
  • Los ganadores recibirán un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del estímulo, posterior al proceso de notificación de la resolución de selección y cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos. 
  • Un segundo desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) restante, posterior al cumplimiento de los deberes, requisitos y trámites solicitados por la Orquesta Filarmónica de Bogotá para tales efectos y  a  la entrega del informe final con los respectivos anexos, soportes, fichas o material audiovisual que lo sustenta (según sea el caso).
  • El desembolso se hará previa certificación de cumplimiento expedida por la Orquesta Filarmónica de Bogotá y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC.
  • El ganador será invitado a ser parte de la programación de la Orquesta Filarmónica de Bogotá de acuerdo a disponibilidad de espacios y si las condiciones lo permiten, en la programación artística de la vigencia actual o las vigencias siguientes para un concierto.  

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.10 de las “Condiciones Generales de Participación”, los ganadores deberán:

  • Una vez notificado vía correo electrónico el acto administrativo por  medio del cual se acoge la recomendación del jurado, el ganador contará con cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa si acepta o no el estímulo. En caso de aceptar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes deberá aportar la documentación requerida en el numeral 7.8.1. de las Condiciones generales de participación. El ganador deberá tener en cuenta que el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado queda en firme a los diez (10) días hábiles de haberse realizado la respectiva notificación vía correo electrónico.
  • Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como, los que formule la Orquesta Filarmónica de Bogotá 
  • Presentarse a las audiciones presenciales puntualmente, con al menos 30 minutos de anticipación a la hora en la que sea citado. En caso de no poder presentarse, la audición no será reprogramada y el participante quedará descalificado automáticamente.
  • Cumplir con las normas de bioseguridad de los espacios proporcionados para la realización de las audiciones presenciales.
  • En caso de no poder presentarse a la audición, avisar a la Orquesta Filarmónica de Bogotá a través de correo electrónico o personalmente con al menos 24 horas de anticipación. Si el acontecimiento es de fuerza mayor y no le permita avisar con la antelación antes mencionada, deberá presentar a la OFB una certificación de este para no quedar inhabilitado en versiones futuras del Premio de interpretación para jóvenes solistas de Bogotá.
  • En caso de que el/la ganador(a) no resida en Bogotá durante la vigencia 2022, los gastos de traslado hasta el lugar de ensayos y concierto(s) correrán por su cuenta.
  • Asistir puntualmente a las reuniones, audiciones, actividades de divulgación, prensa, presentaciones públicas o privadas que sean acordadas con la Orquesta Filarmónica de Bogotá.
  • Aportar la documentación requerida por la Orquesta Filarmónica de Bogotá para efectos de divulgación (textos explicativos de la propuesta, imágenes, fichas técnicas), en las fechas señaladas por la entidad.
  • Cambio de integrantes y representante de una agrupación. En caso de requerir el cambio de un integrante de una agrupación, el representante principal debe solicitar el cambio vía correo electrónico a la entidad que oferta la convocatoria (Ver cuadro de correos de las entidades en Nota 2 Numeral 7.3), dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de ganadores. Vencido este plazo,el cambio de integrantes sólo podrá solicitarse por causas de fuerza mayor comprobadas, conforme la definición establecida en la nota 1 del presente numeral.

Anexos

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No. Documento Descripción

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato de Presentación de la Propuesta

(archivo Word o PDF)

 
 
Para participar, descargue y diligencie en su totalidad el Formato de Presentación de Propuesta, el cual se encuentra en el apartado "formatos" (parte inferior de la convocatoria). Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.


El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada.



2 Formato Juramentado de Declaración de Residencia

(archivo Word o PDF)

 
 
En caso de no ser posible la expedición del certificado por la entidad responsable, diligencie el Formato

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 Resolución 26 del 31 de enero de 2022
Por la cual se ordena la apertura del "Programa Distrital de Estímulos 2022" de la Orquesta Filarmónica de Bogotá
2 Resolución No 109 del 29 de abril de 2022
Por la cual se acoge la decisión final del Comité de Evaluación, Selección y Designación de Jurados para las convocatorias “Premio Filarmónico Bandas de Marcha, Premio de Interpretación Jóvenes Solistas y Premio Filarmónico Grupos de Cámara”, y se fija el reconocimiento económico para los jurados designados
3 Resolución No 135 del 18 de mayo de 2022
Por medio de la cual se corrije la Resolución No 109 del 29 de abril de 2022
4 Resolución No 124 del 16 de mayo de 2022.

Por la cual se acoge la recomendación efectuada por los jurados de la Convocatoria Premio Filarmónico Grupos de Cámara del Programa Distrital de Estímulos 2022 de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, y, en consecuencia, se promulgan los ganadores y se ordena la entrega y desembolso del estímulo económico.

5 Resolución No 185 del 16 de junio de 2022
Por medio de la cual se corrige la Resolución No 124 del 16 de mayo de 2022

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado de Propuestas Inscritas
Listado de Propuestas Inscritas
2 Listado de propuestas con documentación por subsanar
Listado de propuestas habilitadas y propuestas con documentación por subsanar. 
3 Listado definitivo de propuestas habilitadas
Pasado el periodo de subsanación, se publica el listado de propuestas que entran a ser evaluadas en la ronda de pre-selección. 

Avisos modificatorios

No. Documento Descripción
1 Aviso Modificatorio No 19
Por el cual se modifica la fecha de publicación de resultados de la convocatoria
2 Aviso Informativo No 1
Mediante el cual se dan a conocer los horarios de las audiciones presenciales de la convocatoria.
3 Aviso Modificatorio No 8.
Mediante el cual se modifica la fecha de la publicación de los listados de las audiciones, así como las fechas de audición.

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