Convocatoria Adjudicada
OFB

Beca Filarmónica de Movilidad Artística

Programa Distrital de Estímulos

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¡IMPORTANTE!

REVISA AQUÍ AVISOS, LISTADOS Y RESOLUCIONES

Resolución No 188 del 16 de junio de 2022

06/22

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Resolución No 161 del 31 de mayo de 2022

05/22

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Listado de participantes habilitados y rechazados

05/22

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Listado definitivo de habilitados y rechazados

05/22

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Listado de habilitados, rechazados y documentos por subsanar

05/22

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Listado de habilitados, rechazados y documentos por subsanar

05/22

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Listado de Participantes Inscritos

05/22

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Listado de Participantes Inscritos

05/22

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Aviso Modificatorio No 12

04/22

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Aviso Modificatorio No 9

04/22

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Resolución No. 026 del 31 de enero de 2022

01/22

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DOCUMENTOS

Información básica

La Beca Filarmónica de Movilidad Artística de la Orquesta Filarmónica de Bogotá,  convoca a personas jurídicas y agrupaciones con domicilio en bogotá, a presentar sus propuestas de movilidad nacional e internacional para la participación en festivales, ferias, mercados y circuitos nacionales e internacionales con un repertorio enfocado en música sinfónica y académica, a realizarse a partir del cierre de la convocatoria, durante 2022 y hasta junio de 2023. #MúsicaSinParar

Enfoque(s): Disciplinar

Línea(s) estratégica(s): Circulación

Área(s): Música

Total de recursos: $ 23.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar: La Orquesta Filarmónica de Bogotá otorgará veintitrés millones de pesos ($23.000.000) en modalidad Bolsa Concursable. Los participantes podrán aplicar tanto a Circulación Nacional como Circulación Internacional.

Categorias:

No. Categoria Descripción
1 Movilidad Internacional

Dirigida a grupos de cámara con domicilio permanente en Bogotá o  en los municipios de Fómeque, Tenjo, Tabio, Cajicá, Zipaquirá, Soacha, El Colegio, Fusagasugá, Choachí, Ubaque, Guatavita, La Calera, La Vega, Vianí, Facatativá, Tocancipá de mínimo tres (3) integrantes, coros o agrupaciones sinfónicas, que esten invitadas a participar en festivales, concursos, ferias o circuitos de circulación internacionales. Los eventos a los cuáles han sido invitados los postulantes, deben incluir presentaciones artísticas. Los participantes podrán ser: personas Jurídicas y/o agrupaciones.

2 Movilidad Nacional

Dirigida a grupos de cámara con domicilio permanente en Bogotá o  en los municipios de Fómeque, Tenjo, Tabio, Cajicá, Zipaquirá, Soacha, El Colegio, Fusagasugá, Choachí, Ubaque, Guatavita, La Calera, La Vega, Vianí, Facatativá, Tocancipá de mínimo tres (3) integrantes, coros o agrupaciones sinfónicas, que esten invitadas a participar en festivales, concursos, ferias o circuitos de circulación internacionales. Los eventos a los cuáles han sido invitados los postulantes, deben incluir presentaciones artísticas. Los participantes podrán ser: personas Jurídicas y/o agrupaciones.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Maestro en música, licenciado en música, o pedagogo musical con énfasis en interpretación instrumental, dirección orquestal o composición, con experiencia profesional y/o trayectoria mínima de cinco (5) años en el campo de la interpretación, dirección o composición de música académica.

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia: interpretación, dirección o composición de música académica.

Área perfil: Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Experto con título profesional en áreas de las humanidades. Experiencia mínima de siete (7) años en el campo de la gestión cultural o la programación y/o ejecución de espectáculos de música académica, sinfónica y canto lírico. Requisitos del perfil: a.El jurado debe tener formación Universitaria. b.Área de Conocimiento: Música, Bellas Artes, Ciencias Sociales y Humanas. c.Campos de experiencia o trayectoria: Experiencia mínima de siete (7) años en el campo de la gestión cultural o la programación y/o ejecución de espectáculos de música académica, sinfónica y canto lírico. Experiencia profesional y/o trayectoria mínima de cinco (5) años en el campo de la interpretación, dirección o composición de música académica. d.El jurado no es necesario que resida en Bogotá

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia: campo de la gestión cultural o la programación y/o ejecución de espectáculos de música académica, sinfónica y canto lírico.

Área perfil: Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de apertura 09/02/2022

A partir de esta fecha se permite acceder a la plataforma para realizar la inscripción de las propuestas.

Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 08/05/2022 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 11/05/2022 17:00:00

Hasta esta fecha a la hora indicada en las condiciones generales de participación, se podrá realizar la inscripción de las propuestas. Es responsabilidad del participante consultar los listados que se publicarán de la convocatoria y verificar el estado en el que se encuentra su propuesta presentada

Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 16/05/2022

Listado de las propuestas que están habilitadas, rechazadas y las propuestas que deben subsanar documentación formal. A partir de esta fecha, el participante contará con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma la documentación subsanable requerida.
Listado final de propuestas que están habilitadas para evaluación. 
A partir de esta fecha, inicia el proceso de evaluación por parte de los jurados. 

Publicación de resultados de evaluación 16/06/2022

Publicación de la resolución que designa las propuestas ganadoras. A partir de esta fecha, el participante contará con cinco (5) días hábiles para aceptar  el estímulo y cinco (5) días hábiles adicionales para entregar la documentación requerida para los trámites administrativos.

Justificación

La Orquesta Filarmónica de Bogotá, a través de la beca filarmónica de movilidad artística, convoca a personas jurídicas y agrupaciones, cuya práctica esté enfocada en la música de cámara, sinfónica, académica y coral, a presentarse a esta beca, con el fin de contribuir a la circulación y al fortalecimiento de procesos, iniciativas y  proyectos que divulguen y apropien la música sinfónica y académica en el mundo,  sirviendo al mismo tiempo, como plataforma de difusión y proyección de los grupos participantes.

 

Objeto

Apoyar la circulación y participación en festivales, ferias, mercados y circuitos nacionales e internacionales, de agrupaciones con domicilio en Bogotá, cuya práctica artística esté enfocada en la música de cámara, sinfónica y coral.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Jurídica

Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, cuyo domicilio principal sea la ciudad de Bogotá.

A esta convocatoria podrán aplicar personas jurídicas con domicilio en Bogotá o en los municipios mencionados, cuyo objeto se relacione con el objeto de la presente convocatoria, con o sin ánimo de lucro y que represente una agrupación conformada por colombianos, o extranjeros hasta en un 40%, que residan de manera permanente en Bogotá o en los municipios de Fómeque, Tenjo, Tabio, Cajicá, Zipaquirá, Soacha, El Colegio, Fusagasugá, Choachí, Ubaque, Guatavita, La Calera, La Vega, Vianí, Facatativá, Tocancipá, deberán presentar certificado de residencia de sus respectivos municipios.

 

Agrupación

Se entiende por agrupación un conjunto de personas mayores de 18 años, que presentan una propuesta en la que participan activamente en su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante, quien será el encargado de comunicarse con el Programa Distrital de Estímulos (PDE) en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo en caso de que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y de realizar todos los trámites ante el PDE requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores, y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. La agrupación podrá estar conformada por colombianos o extranjeros hasta en un 40 %, mayores de 18 años, que residan de manera permanente en Bogotá D.C. o en los municipios de Fómeque, Tenjo, Tabio, Cajicá, Zipaquirá, Soacha, El Colegio, Fusagasugá, Choachí, Ubaque, Guatavita, La Calera, La Vega, Vianí, Facatativá, Tocancipá,

Quiénes no pueden participar

  • Aquellos quienes se encuentren incursos en alguna de las causales de restricción de participación establecidas en el numeral 7.2 de las Condiciones Generales de Participación 
  • Personas menores de 18 años.
  • Quienes no cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
  • Ganadores de la convocatoria Beca de circulación artística OFB  en la versión 2020 y 2021
  • Los servidores públicos, empleados oficiales y personas naturales contratistas de la SCRD y de sus entidades adscritas (OFB, IDARTES, FUGA, IDPC) o de la entidad con quien se haya suscrito un convenio para ofertar convocatorias en el marco del PDE. En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación se hace efectiva específicamente respecto de las convocatorias que hacen parte de dichos acuerdos.

Las personas naturales que tengan vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, o de la entidad con quien se haya suscrito un convenio para ofertar convocatorias en el marco del PDE, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente. En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación se hace efectiva específicamente respecto de las convocatorias que hacen parte de dichos acuerdos.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Certificado de existencia y representación legal

Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. con la matrícula mercantil renovada en la vigencia correspondiente, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un (1) año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente[1].

Nota. En el caso de grupos étnicos (pueblos indígenas, comunidades negras o afrodescendientes, raizales, gitanos-Rrom y palenqueros), deberán presentar una certificación emitida por el Ministerio del Interior, sobre la existencia y representación legal de la organización o comunidad.[2]

Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente.

 

1] Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012.

[2] Dado el caso  que el participante informe la existencia del documento en otra entidad el PDE procederá de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012

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15 MB
2 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

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3 Documento de identidad del representante de la agrupación participante

Documento del representante y representante suplente de la agrupación.

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

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4 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Copia legible, por ambas caras, del documento de identidad de cada uno de los integrantes de la agrupación:

Cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros, se debe aportar copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso por Protección Temporal (PPT) o Registro Único de Migrantes venezolanos (RUMV),  vigente al momento de la inscripción, en compañía del Pasaporte o del Documento Nacional de Identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano.

 

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5 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Aplica para personas jurídicas y agrupaciones.

Certificado de residencia expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria o formato diligenciado de declaración juramentada (Ver sección Formatos)

Tenga en cuenta que, para esta convocatoria en específico, aquellos participantes residentes en los municipios de  Fómeque, Tenjo, Tabio, Cajicá, Zipaquirá, Soacha, El Colegio, Fusagasugá, Choachí, Ubaque, Guatavita, La Calera, La Vega, Vianí, Facatativá, Tocancipá, deberán presentar certificado de residencia de sus respectivos municipios

En caso de no ser posible la expedición del certificado por la entidad responsable, diligencie el Formato de Declaración de lugar de Residencia juramentada, en la sección "formatos"

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Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA

Para participar, descargue y diligencie en su totalidad el Formato presentación de propuesta,  el cual se encuentra en  el apartado ‘formatos’ (parte inferior de la convocatoria). Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

 

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2 SOPORTES DE LA EXPERIENCIA Y TRAYECTORIA DEL PARTICIPANTE

Para ambas categorías:

Soportes de la experiencia artística del concursante, (premios, distinciones, participación en eventos, certificaciones, programas de mano que incluyan el año del concierto, diplomas, entre otros). Los programas de mano que no especifiquen el año en que ocurrió la presentación, no serán tenidos en cuenta.

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3 CARTA DE INVITACIÓN

Para ambas categorías.

Carta(s) de invitación de la(s) institución(es) organizadora(s) o certificaciones expedidas por la autoridad o entidad competente, en la(s) que se señalen las fechas y condiciones de la invitación o participación según sea el caso, podrán ser durante 2022 o hasta junio de 2023. La carta debe especificar el número de presentaciones artísticas a realizar, honorarios y viáticos, acomodación, transporte, entre otros que apliquen. Esta carta debe estar firmada y ser dirigida al concursante. En caso de invitaciones en idiomas diferentes al castellano y el inglés, se debe adjuntar la traducción oficial en castellano

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4 ENLACE URL

Video - Link: Debe incluir un (1) link (dirección o vínculo) de video que muestre la puesta en escena en vivo de la agrupación, previamente cargado en plataformas como: youtube, vimeo entre otros. Este debe ser un (1) video de mínimo diez (10) minutos del grupo interpretando una parte del repertorio a circular. El video debe haber sido grabado dentro de los 6 meses anteriores a la fecha de cierre de ésta y debe ser un solo video que cumpla con la duración anteriormente establecida. No se aceptarán varios enlaces con diferentes videoclips. 

Nota 1: Para la grabación de su video le recomendamos que se realice en alta definición y que la captura de audio se haga con un micrófono que asegure la calidad de este.

Nota 2: Se rechazarán aquellas propuestas cuyos videos no hayan sido grabados dentro de los 6 meses previos al cierre de la convocatoria.

Nota 3: Los videos deben incluir la Fecha y Lugar de grabación del video.

Cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria, puede comunicarse al 2 88 99 88 ext 41 11 o escríbirnos al correo convocatorias@ofb.gov.co de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5:00 p.m.

 

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Criterios de evaluación

Categoría: Movilidad Internacional
Ronda: Ronda de Selección
No. Criterio Puntaje
1 Trayectoria del participante 0 a 30
2 Propuesta artística que presentará en el evento 0 a 25
3 Trayectoria o idoneidad del evento 0 a 30
4 Condiciones de la invitación (número de presentaciones artísticas a realizar, viáticos, acomodación y transporte ofrecidos por el evento) 0 a 15
Nota 1: Para ser adjudicatario del estímulo en cada categoría, las propuestas ganadoras deberán tener un mínimo de 80 puntos. Esto aplica para las dos (2) categorías de la convocatoria. Nota 2: El puntaje expresado en las tablas anteriores corresponde al máximo que podrá otorgar el jurado a cada criterio.
Categoría: Movilidad Nacional
Ronda: Ronda de Selección
No. Criterio Puntaje
1 Trayectoria del participante 0 a 30
2 Propuesta artística que presentará en el evento 0 a 25
3 Trayectoria o idoneidad del evento 0 a 30
4 Condiciones de la invitación (número de presentaciones artísticas a realizar, viáticos, acomodación y transporte ofrecidos por el evento). 0 a 15
Nota 1: Para ser adjudicatario del estímulo en cada categoría, las propuestas ganadoras deberán tener un mínimo de 80 puntos. Esto aplica para las dos (2) categorías de la convocatoria. Nota 2: El puntaje expresado en las tablas anteriores corresponde al máximo que podrá otorgar el jurado a cada criterio.

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.9 de las “Condiciones Generales de Participación”, los ganadores tendrán derecho a:

  • El ganador recibirá un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del estímulo, posterior al proceso de notificación de la resolución de selección y cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos y un segundo desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) restante, posterior al cumplimiento de los deberes, requisitos y trámites solicitados por la Orquesta Filarmónica de Bogotá para tales efectos y  a  la entrega del informe final con los respectivos anexos, soportes, fichas o material audiovisual que lo sustenta (según sea el caso).
  • El desembolso se hará previa certificación de cumplimiento expedida por la Orquesta Filarmónica de Bogotá y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC.

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.10 de las “Condiciones Generales de Participación”, los ganadores deberán:

  • Una vez notificado vía correo electrónico el acto administrativo por  medio del cual se acoge la recomendación del jurado, el ganador contará con cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa si acepta o no el estímulo. En caso de aceptar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes deberá aportar la documentación requerida en el numeral 7.8.1. de las Condiciones generales de participación. El ganador deberá tener en cuenta que el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado queda en firme a los diez (10) días hábiles de haberse realizado la respectiva notificación vía correo electrónico.
  • Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como, los que formule la Orquesta Filarmónica de Bogotá .
  • Asistir a las reuniones  que se programen con el Equipo de Estímulos de la Orquesta Filarmónica de Bogotá.  
  • Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la beca, en caso de ser requeridos. 
  • Acatar las disposiciones legales vigentes, en general y específicamente las relacionadas con la situación sanitaria, además de lo contemplado en el Código Nacional de Policía y Convivencia.
  • Ejecutar la propuesta en su totalidad de acuerdo al proyecto, cronograma y presupuesto establecidos en los documentos técnicos presentados a la convocatoria. 
  • Socializar los resultados de la ejecución del estímulo entregado por la Orquesta Filarmónica de Bogotá.
  • Entregar en las fechas acordadas con la Orquesta Filarmónica de Bogotá, el formato de informe final diligenciado en su totalidad y la matriz de impacto, los formatos  serán suministrados por la persona responsable de seguimiento desde la Orquesta Filarmónica de Bogotá.
  • Dar los créditos a la Orquesta Filarmónica de Bogotá en todas las piezas de divulgación y materiales formales que se utilicen durante el proceso, especificando el nombre de la beca y usando los logos correspondientes según el manual de uso de la entidad. 
  • Suscribir los documentos que autorizan la reproducción de la(s) obra(s) y el uso de la(s) misma(s) con fines de divulgación en todas las plataformas, así como los demás que para tales efectos requiera la Orquesta Filarmónica de Bogotá y las alianzas que para tal fin se suscriban. Diligenciar el formato de derechos de autor que será suministrado por la persona responsable de seguimiento desde la Orquesta Filarmónica de Bogotá. 
  • Realizar y/o participar en las actividades académicas o de divulgación, relacionadas con la convocatoria, que sean programadas por la Orquesta Filarmónica de Bogotá.
  • Asistir a los procesos de formación y emprendimiento, en caso de ser citado por la Orquesta Filarmónica de Bogotá.

Cambio de integrantes y representante de una agrupación. En caso de requerir el cambio de un integrante de una agrupación, el representante principal debe solicitar el cambio vía correo electrónico a la entidad que oferta la convocatoria (Ver cuadro de correos de las entidades en Nota 2 Numeral 7.3), dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de ganadores. Vencido este plazo,el cambio de integrantes sólo podrá solicitarse por causas de fuerza mayor comprobadas, conforme la definición establecida en la nota 1 del presente numeral.

Anexos

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No. Documento Descripción

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato de Presentación de Propuesta Artística

(archivo Word o PDF)

 
 
Para participar, descargue y diligencie en su totalidad el Formato presentación de propuesta. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin
2 Formato de Declaración juramentada del lugar de residencia.

(archivo Word o PDF)

 
 
De no ser posible la expedición por el ente competente, diligencie el siguiente formato.

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 Resolución No. 026 del 31 de enero de 2022
Por la cual se ordena la apertura del "Programa Distrital de Estímulos 2022" de la Orquesta Filarmónica de Bogotá
2 Resolución No 161 del 31 de mayo de 2022
Por la cual se acoge la decisión final del Comité de Evaluación, Selección y Designación de Jurados para las convocatorias "Premio de Canto Ciudad Lírica, Beca Filarmónica de Movilidad Artística, Premio de Canto Colombia Filarmónica, Beca Filarmónica de Conciertos Didácticos.", y se fija el reconocimiento económico para los jurados designados.
3 Resolución No 188 del 16 de junio de 2022
Por la cual se acoge la recomendación efectuada por los jurados de la Convocatoria Beca Filarmónica de Movilidad Artística del Programa Distrital de Estímulos 2022 de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, y, en consecuencia, se promulgan los ganadores y se ordena la entrega y desembolso del estímulo económico.

Listados

Categoría: Movilidad Internacional
No. Documento Descripción
1 Listado de Participantes Inscritos
Listado de participantes inscritos a la convocatoria. Categoría Movilidad Internacional.
2 Listado de habilitados, rechazados y documentos por subsanar
Listado de habilitados, rechazados y documentos por subsanar. Categoría Movilidad Internacional.
3 Listado definitivo de habilitados y rechazados
Pasado el período de subsanación se adjunta el listado definitivo de habilitados y rechazados. Categoría Movilidad Internacional
Categoría: Movilidad Nacional
No. Documento Descripción
1 Listado de Participantes Inscritos
Listado de participantes inscritos. Categoría Movilidad Nacional
2 Listado de habilitados, rechazados y documentos por subsanar
Listado de habilitados, rechazados y documentos por subsanar. Categoría Movilidad Nacional.
3 Listado de participantes habilitados y rechazados
Pasado el período de subsanación, se adjunta el listado definitivo de habilitados y rechazados. Categoría Movilidad Nacional

Avisos modificatorios

No. Documento Descripción
1 Aviso Modificatorio No 12
Por el cual se modifica parcialmente la información básica de la convocatoria.
2 Aviso Modificatorio No 9
Por el cual se modifica parcialmente el cronograma de la convocatoria en mención en lo referente a la fecha de cierre y la fecha de la publicación del listado de habilitados, rechazados y por subsanar

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