Convocatoria Adjudicada
OFB

Beca Filarmónica en Línea

Programa Distrital de Estímulos

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¡IMPORTANTE!

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Resolución No 193 del 22 de junio de 2022

06/22

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Resolución No 176 del 7 de junio de 2022

06/22

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Listado definitivo de habilitados

05/22

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Listado de Participantes Inscritos

05/22

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Aviso Modificatorio No 17

05/22

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Resolución No. 026 del 31 de enero de 2022

02/22

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DOCUMENTOS

Información básica

La Orquesta Filarmónica de Bogotá, en la búsqueda de promover el trabajo colaborativo e impulsar la circulación de la música sinfónica y académica, convoca a personas jurídicas y agrupaciones a presentarse a la Beca Filarmónica en Línea, una oportunidad para reconocer espacios virtuales que fortalezcan el arte y la cultura en la ciudad. Esta beca invita al trabajo colaborativo,  la creación colectiva y la resiliencia en medio de las adversidades, una manera de hacer y dejar historia en la vida cultural,  para nuevas generaciones. #MúsicaSinParar

 

Enfoque(s): Disciplinar

Línea(s) estratégica(s): Circulación

Área(s): Música

Total de recursos: $ 15.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar: La Orquesta Filarmónica de Bogotá otorgará quince millones de pesos ($15.000.000 M/CTE) en modalidad bolsa concursable.

Categorias:

No. Categoria Descripción
1 Categoría Estrategias de Trabajo Colaborativo

Proyectos enmarcados en la creación de estrategias de trabajo colaborativo y/o propuestas musicales para la circulación de la música sinfónica, académica y el canto lírico en medios virtuales.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Experto en el área de las Ciencias Sociales, Humanas o Económicas o con experiencia acreditada de por lo menos cinco (5) años en la formulación, gestión, coordinación, desarrollo y/o evaluación de proyectos culturales y/o artísticos.

Área conocimiento: Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia: formulación, gestión, coordinación, desarrollo y/o evaluación de proyectos culturales y/o artísticos.

Área perfil: Música

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Básica Secundaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Músico, compositor, arreglista, formador o intérprete de géneros musicales enmarcados en la música académica, sinfónica y/o canto lírico, con mínimo cinco (5) años de experiencia y/o trayectoria.

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia: formador o intérprete de géneros musicales enmarcados en la música académica, sinfónica y/o canto lírico, con mínimo cinco (5) años de experiencia y/o trayectoria.

Área perfil: Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Básica Secundaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de apertura 09/02/2022

A partir de esta fecha se permite acceder a la plataforma para realizar la inscripción de las propuestas.

Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 13/05/2022

Listado de las propuestas que están habilitadas, rechazadas y las propuestas que deben subsanar documentación formal. A partir de esta fecha, el participante contará con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma la documentación subsanable requerida.

Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 15/05/2022 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 18/05/2022 17:00:00

Hasta esta fecha a la hora indicada en las condiciones generales de participación, se podrá realizar la inscripción de las propuestas. Es responsabilidad del participante consultar los listados que se publicarán de la convocatoria y verificar el estado en el que se encuentra su propuesta presentada.

Publicación de resultados de evaluación 07/07/2022

Publicación de la resolución que designa las propuestas ganadoras. A partir de esta fecha, el participante contará con cinco (5) días hábiles para aceptar  el estímulo y cinco (5) días hábiles adicionales para entregar la documentación requerida para los trámites administrativos

Fecha máxima de ejecución 31/10/2022

Tenga en cuenta que para esta fecha ya deberá estar aprobado el informe final por parte del área misional que realiza acompañamiento a la ejecución de la propuesta.

Justificación

El mundo digital nos invita a pensar estrategias virtuales que promuevan  espacios culturales de encuentro y reconocimiento del otro. Con el fin de aportar a esta transformación cultural y propiciar espacios de participación ciudadana que fortalezcan los medios virtuales, la Orquesta Filarmónica de Bogotá, crea la Beca Filarmónica en Línea, que busca premiar estrategias creativas que le aporten a los eslabones de la cadena de valor sectorial, formación, creación, producción, gestión, promoción y circulación, convocando a personas jurídicas y agrupaciones,  que contribuyan a la promoción y difusión de la música sinfónica, académica y el canto lírico, en el mundo digital.  

 

Objeto

Apoyar iniciativas innovadoras y creativas, vinculadas a los eslabones de la cadena de valor sectorial que promuevan la creación, formación y circulación, en medios digitales  de música  sinfónica,  académica y canto lírico,   aportando a la transformación cultural y  propiciando  espacios virtuales  de encuentro y participación ciudadana. 

 

Condiciones de participación: 

1. Los recursos de la beca deben ser invertidos en su totalidad en el desarrollo del proyecto garantizando la participación directa y reconocimiento económico para diferentes agentes del ecosistema de la música.

2. En cualquiera de las categorías, los participantes definirán las plataformas, medios o estrategias para el desarrollo de su proyecto que consideren pertinentes, ya sea desde la presencialidad o virtualidad, siempre atendiendo los protocolos de bioseguridad en materia de prevención y protección frente al COVID-19.

Para efectos de esta convocatoria, la elaboración de su proyecto y la elección de la categoría se recomienda tener en cuenta los conceptos y definiciones sobre cadena de valor de la música y sus eslabones que se relacionan a continuación:

Cadena de valor de la música: Sistema de acciones y relaciones en las que intervienen diferentes agentes (personas, instituciones, organizaciones, empresas) para la generación de productos, bienes y servicios de la música. Este sistema se estructura mediante el encadenamiento de eslabones que corresponden a los procesos y etapas relacionadas tanto con el producto musical (formación, creación, producción) como con su inserción en el mercado (gestión, promoción, circulación).

Innovar: introducir cambios que generen valor a lo que se propone, ideas, productos, conceptos, servicios o prácticas, que mejoren algo que ya existe. 

 

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Agrupación

Agrupaciones de mínimo 3 (tres) personas, conformadas por colombianos, o extranjeros hasta en un 40%, mayores de 18 años y que residan de manera permanente en Bogotá o  en los municipios de  Fómeque, Tenjo, Tabio, Cajicá, Zipaquirá, Soacha, El Colegio, Fusagasugá, Choachí, Ubaque, Guatavita, La Calera, La Vega, Vianí, Facatativá, Tocancipá. Estas personas deberán nombrar un representante así como un representante suplente, quien será el encargado de comunicarse con el Programa Distrital de Estímulos (PDE) en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo en caso de que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y de realizar todos los trámites ante el PDE requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores, y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento.

 

Persona Jurídica

Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, cuyo domicilio principal sea la ciudad de Bogotá o los municipios de Fómeque, Tenjo, Tabio, Cajicá, Zipaquirá, Soacha, El Colegio, Fusagasugá, Choachí, Ubaque, Guatavita, La Calera, La Vega, Vianí, Facatativá, Tocancipá.

 

A esta convocatoria podrán aplicar personas jurídicas, cuyo objeto se relacione con el objeto de la presente convocatoria, con o sin ánimo de lucro y que represente una agrupación conformada por colombianos, o extranjeros  mayores de 18 años o extranjeros hasta en un 40%, que residan de manera permanente en Bogotá o en los municipios de Fómeque, Tenjo, Tabio, Cajicá, Zipaquirá, Soacha, El Colegio, Fusagasugá, Choachí, Ubaque, Guatavita, La Calera, La Vega, Vianí, Facatativá, Tocancipá

 

Quiénes no pueden participar

Adicionalmente a lo establecido en el numeral 7.2 de las Condiciones Generales de Participación:

  • Personas menores de 18 años.
  • Quienes no cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
  • Ganadores de la convocatoria Beca OFB en Línea en la versión 2020 y 2021 
  • Los servidores públicos, empleados oficiales y personas naturales contratistas de la SCRD y de sus entidades adscritas (OFB, IDARTES, FUGA, IDPC) o de la entidad con quien se haya suscrito un convenio para ofertar convocatorias en el marco del PDE. En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación se hace efectiva específicamente respecto de las convocatorias que hacen parte de dichos acuerdos.
  • Las personas naturales que tengan vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, o de la entidad con quien se haya suscrito un convenio para ofertar convocatorias en el marco del PDE, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente. En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación se hace efectiva específicamente respecto de las convocatorias que hacen parte de dichos acuerdos

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. con la matrícula mercantil renovada en la vigencia correspondiente, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un (1) año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente[1].

Nota. En el caso de grupos étnicos (pueblos indígenas, comunidades negras o afrodescendientes, raizales, gitanos-Rrom y palenqueros), deberán presentar una certificación emitida por el Ministerio del Interior, sobre la existencia y representación legal de la organización o comunidad.[2]

Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente.

[1] Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012.

[2] Dado el caso  que el participante informe la existencia del documento en otra entidad el PDE procederá de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012.

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2 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Copia legible, por ambas caras, del documento de identificación del representante legal (cédula amarilla con hologramas, cédula de extranjería o comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil que se presume auténtico).

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3 Documento de identidad del representante de la agrupación participante

Documento de identidad del representante y representante suplente.

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

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4 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Copia legible, por ambas caras, del documento de identidad de cada uno de los integrantes de la agrupación:

Cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros, se debe aportar copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso por Protección Temporal (PPT) o Registro Único de Migrantes venezolanos (RUMV),  vigente al momento de la inscripción, en compañía del Pasaporte o del Documento Nacional de Identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano.

 

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5 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Aplica tanto para agrupaciones como para el representante legal de la persona jurídica

Certificado de residencia expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria o formato diligenciado de declaración juramentada (Ver sección Formatos)

Tenga en cuenta que, para esta convocatoria en específico, aquellos participantes residentes en los municipios de  Fómeque, Tenjo, Tabio, Cajicá, Zipaquirá, Soacha, El Colegio, Fusagasugá, Choachí, Ubaque, Guatavita, La Calera, La Vega, Vianí, Facatativá, Tocancipá, deberán presentar certificado de residencia de sus respectivos municipios.

En caso de no ser posible la expedición del certificado por la entidad responsable, diligencie el Formato de Declaración de lugar de Residencia juramentada, en la sección "formatos"

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Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA

Para participar, descargue y diligencie en su totalidad el Formato presentación de propuesta,  el cual se encuentra en  el apartado ‘formatos’ (parte inferior de la convocatoria). Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. 

Nota 1: Los proyectos deben aportar a la creación de estrategias creativas e innovadoras para la gestión de públicos virtuales en el marco de la música sinfónica, académica y el canto lírico o estar enmarcados en la creación de estrategias de trabajo colaborativo y/o propuestas musicales para la circulación de la música sinfónica, académica y el canto lírico en medios virtuales. 

El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada.

Cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria, escríbanos al correo convocatorias@ofb.gov.co o al teléfono 2 88 99 88 Ext 41 11 de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5:00 p.m.

 

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2 ENLACE URL

Se inscribirá con un video que permita a los jurados conocer un resumen de su propuesta a manera de pitch, con una duración de entre dos y cinco minutos, en el que presente su propuesta,  evidenciando el valor agregado, su experiencia y la de su equipo, cómo la desarrollará y el por qué su propuesta debe ser escogida como ganadora. 

Nota 1: el superar este lapso de tiempo descalificará la participación en la convocatoria.  

Nota 2: el video que muestre la propuesta debe estar previamente cargado en plataformas como: youtube, vimeo entre otros. No se aceptarán varios enlaces con diferentes videoclips. Para la grabación de su video le recomendamos que se realice en alta definición y que la captura de audio se haga con un micrófono que asegure la calidad de éste.

 

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Criterios de evaluación

Categoría: Categoría Estrategias de Trabajo Colaborativo
Ronda: Ronda de Selección
No. Criterio Puntaje
1 Solidez formal y conceptual del proyecto: coherencia del proyecto en general y de cada uno de sus componentes (descripción, metodología, objetivos, actividades, metas, población objetivo, y estrategia de difusión del proceso y resultados). 0 a 30
2 Pertinencia y contribución del proyecto en relación con el objeto de la convocatoria y la categoría en la que se inscribe. 0 a 25
3 Viabilidad técnica y económica del proyecto: coherencia entre las actividades, los tiempos y gastos propuestos para el cumplimiento de los objetivos, cantidad de agentes involucrados y beneficiados directamente con el proyecto 0 a 25
4 Perfil y trayectoria del equipo: pertinencia del equipo de trabajo en relación con el proyecto propuesto, de modo que los perfiles y la experiencia acreditada por los integrantes sean idóneos para su desarrollo. 0 a 20
El puntaje mínimo para que una propuesta sea considerada como elegible debe ser igual o superior a 80/100.

Derechos específicos de las y los ganadores

DERECHOS ESPECÍFICOS DE LOS PARTICIPANTES:

 

Además de los contemplados en el numeral 7.9 de las “Condiciones Generales de Participación”, los ganadores tendrán derecho a:

  • El ganador recibirá un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del estímulo, posterior al proceso de notificación de la resolución de selección y cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos y un segundo desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) restante, posterior al cumplimiento de los deberes, requisitos y trámites solicitados por la Orquesta Filarmónica de Bogotá para tales efectos y  a  la entrega del informe final con los respectivos anexos, soportes, fichas o material audiovisual que lo sustenta (según sea el caso).
  • El desembolso se hará previa certificación de cumplimiento expedida por la Orquesta Filarmónica de Bogotá y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC.

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.10 de las “Condiciones Generales de Participación”, los ganadores deberán:

  • Una vez notificado vía correo electrónico el acto administrativo por  medio del cual se acoge la recomendación del jurado, el ganador contará con cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa si acepta o no el estímulo. En caso de aceptar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes deberá aportar la documentación requerida en el numeral 7.8.1. de las Condiciones generales de participación. El ganador deberá tener en cuenta que el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado queda en firme a los diez (10) días hábiles de haberse realizado la respectiva notificación vía correo electrónico.
  • Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como, los que formule la Orquesta Filarmónica de Bogotá .
  • Asistir a las reuniones  que se programen con el Equipo de Estímulos de la Orquesta Filarmónica de Bogotá.  
  • Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la beca, en caso de ser requeridos. 
  • Acatar las disposiciones legales vigentes, en general y específicamente las relacionadas con la situación sanitaria, además de lo contemplado en el Código Nacional de Policía y Convivencia.
  • Ejecutar la propuesta en su totalidad de acuerdo al proyecto, cronograma y presupuesto establecidos en los documentos técnicos presentados a la convocatoria. 
  • Socializar los resultados de la ejecución del estímulo entregado por la Orquesta Filarmónica de Bogotá.
  • Entregar en las fechas acordadas con la Orquesta Filarmónica de Bogotá, el formato de informe final diligenciado en su totalidad y la matriz de impacto, los formatos  serán suministrados por la persona responsable de seguimiento desde la Orquesta Filarmónica de Bogotá.
  • Dar los créditos a la Orquesta Filarmónica de Bogotá en todas las piezas de divulgación y materiales formales que se utilicen durante el proceso, especificando el nombre de la beca y usando los logos correspondientes según el manual de uso de la entidad. 
  • Suscribir los documentos que autorizan la reproducción de la(s) obra(s) y el uso de la(s) misma(s) con fines de divulgación en todas las plataformas, así como los demás que para tales efectos requiera la Orquesta Filarmónica de Bogotá y las alianzas que para tal fin se suscriban. Diligenciar el formato de derechos de autor que será suministrado por la persona responsable de seguimiento desde la Orquesta Filarmónica de Bogotá. 
  • Realizar y/o participar en las actividades académicas o de divulgación, relacionadas con la convocatoria, que sean programadas por la Orquesta Filarmónica de Bogotá.
  • Asistir a los procesos de formación y emprendimiento, en caso de ser citado por la Orquesta Filarmónica de Bogotá.
  • Cambio de integrantes y representante de una agrupación. En caso de requerir el cambio de un integrante de una agrupación, el representante principal debe solicitar el cambio vía correo electrónico a la entidad que oferta la convocatoria (Ver cuadro de correos de las entidades en Nota 2 Numeral 7.3), dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de ganadores. Vencido este plazo,el cambio de integrantes sólo podrá solicitarse por causas de fuerza mayor comprobadas, conforme la definición establecida en la nota 1 del presente numeral.

Anexos

No. Documento Descripción
1 Listado de Gastos Aceptables y No Aceptables

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato de Presentación de Propuesta Artística

(archivo Word o PDF)

 
 
Diligencie este formato en su totalidad, recuerde este documento NO es subsanable.
2 Formato de Declaración Lugar de Residencia

(archivo Word o PDF)

 
 
En caso de no ser posible la expedición del certificado por la entidad responsable, diligencie el Formato de Declaración de lugar de Residencia juramentada, en la sección "formatos"

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 Resolución No. 026 del 31 de enero de 2022
Por la cual se ordena la apertura del "Programa Distrital de Estímulos 2022" de la Orquesta Filarmónica de Bogotá
2 Resolución No 176 del 7 de junio de 2022

Por la cual se acoge la decisión final del Comité de Evaluación, Selección y Designación de Jurados para las convocatorias “Beca Herramientas Digitales, Beca Filarmónica en Línea, Beca Filarmónica de Videoclip, Premio de Interpretación Filarmónica de Bogotá - Texas Christian University y Beca Cultura Filarmónica”, y se fija el reconocimiento económico para los jurados designados.

3 Resolución No 193 del 22 de junio de 2022

Por la cual se acoge la recomendación efectuada por los jurados de la convocatoria Beca Filarmónica en Línea del Programa Distrital de Estímulos 2022 de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, y, en consecuencia, se promulgan los ganadores y se ordena la entrega y desembolso del estímulo económico.

Listados

Categoría: Categoría Estrategias de Trabajo Colaborativo
No. Documento Descripción
1 Listado de Participantes Inscritos
Listado de Participantes Inscritos
2 Listado definitivo de habilitados
Al no haber propuestas con documentación por subsanar, se adjunta el listado de propuestas habilitadas para evaluación

Avisos modificatorios

No. Documento Descripción
1 Aviso Modificatorio No 17
Por el cual se modifica parcialmente el cronograma de ésta en lo referente a la fecha de cierre.

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