RESIDENCIAS EN BLOQUE CONVOCATORIA DISTRITAL
Programa Distrital de Estímulos
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Documentación de la convocatoria
Información básica
Esta convocatoria tiene el propósito de estimular la creación e investigación a cinco (5) artistas plásticos y visuales emergentes, residentes en Bogotá o en los siguientes municipios: Soacha, Mosquera, Funza, Madrid, Chía, Cajicá, Cota, La Calera, Tenjo, Tabio, Sibaté, Zipaquirá, Facatativá, Bojacá, Gachancipá, Tocancipá y Sopó. Los participantes no deben exceder cinco (5) años de trayectoria en el campo de las artes visuales.
La residencia consiste en desarrollar un proyecto de creación desde el 1 de febrero de 2023 hasta el 30 de junio de 2023 (de 5 meses de duración) en el Bloque Pedagógico del Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
Las Residencias del Bloque Pedagógico son gestionadas por la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales del Idartes, y son un espacio de producción artística, discusión e intercambio de experiencias, localizadas en el Bloque Pedagógico, Parque Nacional de Bogotá del Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
Nota: La residencia no proporciona hospedaje ni servicios.
Más información en: https://galeriasantafe.gov.co/residencias-en-bloque-convocatoria-distrital-2020/
Enfoque(s): Disciplinar
Línea(s) estratégica(s): Creación
Área(s): Artes plásticas y visuales
Número de estímulos: 5
Total de recursos: $ 28.750.000
Descripción general de los recursos a otorgar: Cinco (5) estímulos, cada uno de cinco millones setecientos cincuenta m/cte ($5.750.000). En un total de veintiocho millones setecientos cincuenta mil pesos m/cte ($28.750.000)
Perfiles de los jurados
Perfil 1
Perfil 1. Profesionales con posgrado en Artes Plásticas y Visuales, Humanidades o Curaduría. Deben tener experiencia de diez (10) años en Artes Plásticas y Visuales, Humanidades, Curaduría o Gestión Cultural. y deben haber realizado como mínimo dos (2) proyectos de investigación, creación o circulación en Artes Plásticas y Visuales. Requisitos del Perfil: A. El/La jurado debe tener formación universitaria. B.Jurado con posgrado: Artes Plásticas y Visuales, Humanidades o Curaduría. C. Área de conocimiento: Artes Plásticas y Visuales, Humanidades, Historia del Arte o afines. D. Campos de experiencia o trayectoria: Diez (10) años de experiencia en el área de las Artes Plásticas y Visuales, Humanidades, Curaduría o Gestión Cultural. E. El jurado puede o no residir en la ciudad de Bogotá.Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas
Campo de experiencia: Diez (10) años de experiencia en el área de las Artes Plásticas y Visuales, Humanidades, Curaduría o Gestión Cultural.
Área perfil: Artes plásticas y visuales
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Especialización , Maestría , Doctorado
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Perfil 2
Perfil 2. Profesionales con postgrado en Artes Plásticas y Visuales, Humanidades o Curaduría. Deben tener experiencia de diez (10) años en Artes Plásticas y Visuales, Humanidades o Gestión Cultural, y deben haber realizado como mínimo dos (2) proyectos de investigación, creación o circulación en Artes Plásticas y Visuales. Requisitos del Perfil: A. El/La jurado debe tener formación universitaria. B.Jurado con posgrado: Artes Plásticas y Visuales, Humanidades o Curaduría. C. Área de conocimiento: Artes Plásticas y Visuales, Humanidades, Historia del Arte o afines D. Campos de experiencia o trayectoria: Diez (10) años de experiencia en Artes Plásticas y Visuales, Humanidades, Curaduría o Gestión Cultural. E. El jurado puede o no residir en la ciudad de Bogotá.Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas
Campo de experiencia: Diez (10) años de experiencia en Artes Plásticas y Visuales, Humanidades, Curaduría o Gestión Cultural.
Área perfil: Artes plásticas y visuales
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Especialización , Maestría , Doctorado
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Perfil 3
Perfil 3. Profesionales con postgrado en Artes Plásticas y Visuales, Humanidades o Curaduría. Deben tener experiencia de diez (10) años en Artes Plásticas y Visuales, Humanidades, Curaduría o Gestión Cultural, y haber realizado como mínimo dos (2) proyectos de investigación, creación o circulación en Artes Plásticas y Visuales. Requisitos del Perfil: A. El/La jurado debe tener formación universitaria. B. Jurado con posgrado: Artes Plásticas y Visuales, Humanidades o Curaduría. C. Área de conocimiento: Artes Plásticas y Visuales, Humanidades, Historia del Arte o afines D. Campos de experiencia o trayectoria: Diez (10) años de experiencia en Artes Plásticas y Visuales, Humanidades, Curaduría o Gestión Cultural. E. El jurado puede o no residir en la ciudad de Bogotá.Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas
Campo de experiencia: Diez (10) años de experiencia en Artes Plásticas y Visuales, Humanidades, Curaduría o Gestión Cultural.
Área perfil: Artes plásticas y visuales
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Especialización , Maestría , Doctorado
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
---|---|---|
Fecha de publicación | 03/02/2022 | |
Fecha de apertura | 03/02/2022 | |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 02/09/2022 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 05/09/2022 17:00:00 | |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 19/09/2022 | |
Publicación de resultados de evaluación | 08/11/2022 | |
Fecha máxima de ejecución | 30/06/2023 |
Justificación
Esta convocatoria es pertinente para el sector de las artes en Bogotá y es una puesta en marcha de una estrategia para fomentar la creación y la investigación en los (as) artistas emergentes de artes plásticas y visuales. De esta manera, Idartes apoya a los creadores jóvenes en la ciudad y los vincula en el Programa de Estímulos para la Cultura 2022.
Objeto
Estimular la creación y la investigación en artistas emergentes de la ciudad o municipios aledaños, en una residencia de cinco (5) meses en el Bloque Pedagógico del Parque Nacional.
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
---|---|
Persona Natural | Adicionalmente a lo establecido en el numeral 7.1 de las Condiciones generales de participación, pueden participar:
Personas colombianas o extranjeras, mayores de 18 años, residentes en Bogotá quienes sean Artistas plásticos y visuales. Los participantes no deben exceder cinco (5) años de trayectoria en el campo de las artes plásticas y visuales.
|
Agrupación | Adicionalmente, a lo establecido en el numeral 7.1 de las Condiciones generales de participación, pueden participar:
Colectivos conformados por máximo tres (3) personas colombianas o extranjeras, mayores de 18 años, residentes en Bogotá, que residan en Bogotá o que hasta un 50% de sus integrantes residan en los municipios de Soacha, Mosquera, Funza, Madrid, Chía, Cajicá, Cota, La Calera, Tenjo, Tabio, Sibaté, Zipaquirá, Facatativá, Bojacá, Gachancipá, Tocancipá y Sopó. La experiencia como agrupación y de sus integrantes no debe exceder cinco (5) años de trayectoria en el campo de las artes plásticas y visuales.
El proyecto desarrollado por la agrupación durante la residencia deberá ser un proyecto colectivo. Contarán con un espacio de trabajo igual al de las personas naturales. Asimismo, el monto del estímulo que recibirá la agrupación será el mismo que reciban las personas naturales, ya que se espera que las agrupaciones realicen un proyecto de la misma envergadura respecto de aquellos que se desarrollen individualmente.
|
Quiénes no pueden participar
- Adicional a lo establecido en el numeral 7.2 de las condiciones generales de participación, en esta convocatoria no pueden participar:
- Personas jurídicas.
- Ganadores de la convocatoria RESIDENCIAS EN BLOQUE CONVOCATORIA DISTRITAL 2021.
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Documento de identidad de la persona natural participante | Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.
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pdf |
5 MB |
2 | Certificado de residencia en Bogotá de la persona natural participante | Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, firmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin (Consultar el apartado 'Formatos'). Lo anterior, de acuerdo con lo contenido en el numeral 7.3.2.1. Documentos administrativos de las Condiciones Generales de Participación.
|
pdf |
5 MB |
3 | Documento de identidad del representante de la agrupación participante | Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.
|
pdf |
5 MB |
4 | Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante |
pdf |
15 MB | |
5 | Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante | Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, firmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin (Consultar el apartado 'Formatos'). Lo anterior, de acuerdo con lo contenido en el numeral 7.3.2.1. Documentos administrativos de las Condiciones Generales de Participación.
|
pdf |
15 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | TEXTO EN PDF | La persona o agrupación participante deberá presentar la propuesta de las actividades a realizar durante la residencia en un (1) solo documento en formato PDF que contenga los siguientes ítems titulados de la misma forma y en el mismo orden que se relacionan a continuación: 1. Descripción de la propuesta no podrá exceder más de cuatro (4) páginas tamaño carta, donde incluya:
2. Propuesta de socialización de la residencia en Bogotá, que describa las estrategias o actividades con las cuales se darán a conocer los resultados de la residencia. Esta socialización podrá hacerse de manera virtual, en espacios de Idartes como el Centro de Documentación de la Galería Santa Fe, el Bloque Pedagógico, o en espacios gestionados por la persona ganadora. Si el espacio gestionado no tiene Póliza de Responsabilidad Civil extracontractual, la persona ganadora deberá constituirla. 3. Cronograma de actividades que involucre todo el proceso, desde la llegada al lugar de residencia hasta la entrega del informe final de actividades al Idartes. Este cronograma debe contemplar la socialización o las acciones pedagógicas planteadas. Tenga en cuenta que la residencia debe desarrollarse desde el 1 de febrero de 2023 hasta el 30 de junio de 2023. 4. Presupuesto que involucre todo el proceso, desde la materialización del proyecto en el lugar de residencia hasta la entrega del informe final de actividades al Idartes. Este presupuesto debe contemplar gastos de transporte, alimentación, materiales, elementos de bioseguridad, el desarrollo de la socialización, las acciones pedagógicas planteadas, entre otros. Tenga en cuenta que para esta convocatoria el total del presupuesto es de cinco millones setecientos cincuenta mil pesos ($5.750.000). Recuerde que todos los gastos deben estar incluidos en el presupuesto del proyecto. 5. Soportes de trayectoria:
Si el portafolio y la hoja de vida contiene experiencia anterior al año 2017, no se tendrá en cuenta y se procederá a su rechazo. Nota 1: Las propuestas deben contemplar la posibilidad de que las actividades se desarrollen mediante plataformas virtuales. Nota 2: Las propuestas presentadas deben considerar los protocolos de bioseguridad en cumplimiento de la normatividad vigente, establecida por el Ministerio de Salud y la Alcaldía Mayor de Bogotá. En caso de ser necesario, el proyecto deberá adaptarse para llevar a cabo su correcto desarrollo teniendo en cuenta las posibles medidas de bioseguridad dispuestas por el Ministerio de Salud y la Alcaldía Mayor de Bogotá. Nota 3: De acuerdo al numeral 7.3.2.2 de las condiciones generales de participación, en la plataforma de inscripción sólo se aceptarán los documentos técnicos en los formatos aquí solicitados. Por lo tanto, no serán tenidos en cuenta enlaces que reúnan la documentación técnica en plataformas de almacenamiento como Google Drive, Dropbox, Microsoft OneDrive, Mega, WeTransfer, etc. El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada. Cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria, comuníquese a contactenos@idartes.gov.co de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5:00 p.m TENGA EN CUENTA QUE: «El material producto de la beca o estímulo hará parte de la colección bibliográfica de la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales del Idartes, por lo que podrá ser editado, publicado y circulado libremente a través de impresiones, reimpresiones o reediciones, en formato impreso o digital de cualquier tipo u otros mecanismos para su circulación y uso en soportes tecnológicos para el acceso y la descarga libres. También, se aloja de forma digital en la página web de la Galería Santa Fe: www.galeriasantafe.gov.co con el objetivo de conformar un histórico del estímulo, por lo que será editado, publicado y circulado libremente en formato digital en mecanismos para su circulación y uso en soportes tecnológicos, tales como computadores, tabletas, lectores digitales, teléfonos inteligentes y similares. El uso del material por parte de Idartes no generará ningún recaudo de tipo económico. Todas las decisiones editoriales de las publicaciones que le competen al Idartes serán tomadas por la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales del Idartes, de acuerdo con su política editorial. Es válido aclarar que ni la participación en esta convocatoria ni el estímulo obtenido significan una cesión a la Gerencia de Artes Plásticas ni al Instituto Distrital de las Artes de los derechos de autor de los participantes o del ganador/a, quienes son los únicos titulares de los derechos patrimoniales y morales de sus obras. Tampoco se harán modificaciones ni ediciones en las obras de los artistas sin previa aprobación de los mismos.» |
pdf |
15 MB |
Criterios de evaluación
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Solidez conceptual y temática de la propuesta. | 0 a 40 |
2 | Trayectoria del participante | 0 a 30 |
3 | Viabilidad de la propuesta (cronograma, presupuesto y acciones contempladas para el desarrollo de la propuesta). | 0 a 30 |
El puntaje mínimo que debe tener la propuesta seleccionada como ganadora es de 70 puntos, de conformidad con lo establecido en el numeral 7.7 de las Condiciones generales de participación. |
Derechos específicos de las y los ganadores
1. Recibir un primer desembolso equivalente al noventa por ciento (90%) del valor del estímulo económico, una vez el ganador entregue al área de Convocatorias del Idartes los documentos señalados en el numeral 7.9.1 de las Condiciones generales de participación para la legalización del estímulo, en las fechas indicadas.
2. Recibir un segundo y último desembolso equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del estímulo económico, previa entrega de los siguientes documentos:
- Informe general de actividades diligenciado en el formato entregado por la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales del Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
- Relación de gastos diligenciada en el formato entregado por la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales del Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
- Registro fotográfico en alta calidad de la pieza instalada en la Galería Santa Fe.
Nota: Los desembolsos se harán previa aprobación por parte del área misional encargada de realizar el seguimiento a la ejecución del estímulo. Dichos desembolsos están sujetos a la disponibilidad de recursos, a la programación de pagos que realice la entidad y se les aplicarán las retenciones tributarias a las que haya lugar.
Al 100% del valor del estímulo económico se le aplicará las retenciones tributarias a que haya lugar.
Deberes específicos de las y los ganadores
Además de los deberes contemplados en el numeral 7.10 de las Condiciones generales de participación, las personas ganadoras deberán acatar los siguientes lineamientos:
- Una vez notificado vía correo electrónico el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado, el ganador contará con cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa si acepta o no el estímulo. En caso de aceptar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes deberá aportar la documentación requerida en el numeral 7.8.1. de las Condiciones generales de participación. El ganador deberá tener en cuenta que el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado queda en firme a los diez (10) días hábiles de haberse realizado la respectiva notificación vía correo electrónico.
- Adicional a la documentación solicitada las Condiciones generales de participación, el ganador deberá aportar la póliza de Responsabilidad civil extracontractual de los espacios en los cuales se desarrollarán actividades con público de la siguiente forma: en caso de que las actividades se realicen en espacios del distrito, establecimientos educativos o espacios que tengan reconocimiento, el ganador deberá aportar una carta en la cual indica que se acoge a la póliza de responsabilidad civil extracontractual con la que cuenta el lugar. Si el espacio no cuenta con la Garantía, el ganador deberá constituir a favor del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por el valor de doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV) con una vigencia que corresponda a la fecha límite de ejecución de la propuesta, de acuerdo con el lugar de la socialización
- Destinar el 100% del estímulo a cubrir gastos relacionados con la ejecución adecuada de la residencia.
- Cumplir con los protocolos de uso y condiciones de préstamo de espacios gestionados por la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, entregándose al final de la actividad en las mismas condiciones en que los recibió.
- Cumplir con los protocolos de bioseguridad de acuerdo con la normatividad vigente.
- Disponer del tiempo para ejecutar la residencia durante el periodo establecido en la convocatoria y participar activamente de los espacios de trabajo y actividades planeadas dentro de esta.
- Concertar el plan de trabajo con la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales del Instituto Distrital de las Artes - Idartes con la tutora a cargo de las residencias.
- Realizar la socialización de la residencia dentro del tiempo establecido para su ejecución. Para este fin deben identificarse los beneficiarios directos e indirectos de las acciones desarrolladas durante la ejecución de la propuesta con el objetivo de garantizar el acceso de la población no especializada así como la divulgación y apropiación de los resultados.
- Los demás que señale el Instituto Distrital de las Artes – Idartes.
- Si presentó su propuesta como agrupación y en caso de requerir un cambio de integrante, debe tener en cuenta lo establecido en el numeral 7.10.14 de las Condiciones generales de participación, así como la siguiente información:
No. de integrantes |
No. de Cambios aceptados |
De 3 a 5 |
1 |
Nota: Las propuestas ganadoras deberán acatar en su ejecución y desarrollo los protocolos de bioseguridad en cumplimiento de la normatividad vigente, establecida por el Ministerio de Salud y la Alcaldía Mayor de Bogotá. En caso de ser necesario, el proyecto deberá adaptarse para llevar a cabo su correcto desarrollo teniendo en cuenta las posibles medidas de bioseguridad dispuestas por el Ministerio de Salud y la Alcaldía Mayor de Bogotá.
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
RESOLUCION 1023 DEL 07 DE OCTUBRE DE 2021
|
Por medio de la cual se acoge la recomendación de los evaluadoresdesignados para seleccionar las residencias artísticas, en el marco de lainvitación pública RESIDENCIAS NACIONALES, UNA OPORTUNIDAD PARALOS ESPACIOS ARTÍSTICOS, las cuales serán incluidas en la convocatoriaResidencias Nacionales en Artes Plásticas del Programa Distrital deEstímulos para el 2022» |
2 |
INVITACIÓN PÚBLICA
|
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
FORMATO DE DECLARACION JURAMENTADA
(archivo Word o PDF) |
En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin. |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Resolución No. 089 del 02 de febrero de 2022
|
«Por medio de la cual se da apertura al Programa Distrital de Estímulos2022 para unas convocatorias que incluyen acciones contempladas en losproyectos de inversión de la Subdirección de las Artes del Instituto Distritalde las Artes - Idartes» |
2 |
Acta y listado definición perfiles jurados convocatorias PDE 2022
|
En este documento consulte acta y listado definición perfiles jurados convocatorias IDARTES - Programa Distrital de Estímulos 2022 |
3 |
Acta selección jurados de la Convocatoria RESIDENCIAS EN BLOQUE CONVOCATORIA DISTRITAL
|
Se publica acta por medio de la cual fueron seleccionados los jurados que evaluarán las propuestas de la Convocatoria RESIDENCIAS EN BLOQUE CONVOCATORIA DISTRITAL |
4 |
Resolución No.1191 del 30 de septiembre de 2022, de la Convocatoria RESIDENCIAS EN BLOQUE CONVOCATORIA DISTRITAL
|
Se publica la Resolución No.1191 del 30 de septiembre de 2022«Por medio de la cual se acoge el acta de selección del comité que designa los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria RESIDENCIAS EN BLOQUE CONVOCATORIA DISTRITAL» |
5 |
ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES
|
ACTA DE RECOMENDACION DE GANADORES RESIDENCIAS EN BLOQUE CONVOCATORIA DISTRITAL |
6 |
Resolución No. 1399 del 08 de Noviembre de 2022
|
«Por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado para evaluar las propuestas de la convocatoria RESIDENCIAS EN BLOQUE CONVOCATORIA DISTRITAL, se ordena la entrega de los estímulos económicos a las propuestas seleccionadas como ganadoras y se precisan unas disposiciones» |
7 |
RESOLUCIÓN MODIFICATORÍA No. 926 (JUNIO 28 DE 2023) - Ganadores de la convocatoria RESIDENCIAS EN BLOQUE CONVOCATORIA DISTRITAL
|
«Por medio de la cual se modifica parcialmente el Artículo 5° de la Resolución No. 1399 de 8 de noviembre de 2022» |
Listados
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Listado de participantes inscritos
|
Listado de participantes inscritos |
2 |
Listado de participantes inscritos
|
Listado de Aclaratorio de participantes inscritos |
3 |
Listado de habilitados, rechazados y documentos por subsanar
|
Listado de habilitados, rechazados y documentos por subsanar |
4 |
Listado de habilitados y rechazados
|
Listado de habilitados y rechazados |
5 |
Listado aclarado de habilitados y rechazados
|
Se publica listado aclarado con el fin de incluir la nota de rechazo respecto de las propuestas inscritas con código 1507-013 y código 1507-027 . |
Avisos modificatorios

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