Convocatoria Adjudicada
FUGA

BECA FANZINE - LABORATORIO DE COMUNIDAD

Programa Distrital de Estímulos

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ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES

07/22

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RESOLUCIÓN No. 95 DE 2022

06/22

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Aviso modificatorio No 1

06/22

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RESOLUCIÓN No. 55 DE 2022

04/22

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Listado de participantes habilitados y rechazados de la Beca Fanzine - Laboratorio de comunidad.

04/22

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Listado de participantes habilitados, rechazados y por subsanar de la Beca Fanzine - Laboratorio de comunidad

04/22

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Listado de participantes inscritos Beca Fanzine - Laboratorio de comunidad

04/22

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RESOLUCIÓN No. 16 DE 2022

02/22

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DOCUMENTOS

Información básica

La Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA tiene como misión articular y gestionar la revitalización y transformación participativa del centro de Bogotá a través de su potencial creativo, el arte y la cultura. Por lo anterior, presenta la convocatoria Beca Fanzine - Laboratorio de Comunidad, del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura - PDE 2022, que busca promover a través de procesos comunitarios, la apropiación del conocimiento histórico y cultural de espacios emblemáticos del Centro de Bogotá, a través de la creación de publicaciones impresas autoeditadas "Fanzines" que sean producto del laboratorios comunitarios desarrollados en las tres localidades del centro de Bogotá: La Candelaria, Santa Fe y Los Mártires.

Enfoque(s): Disciplinar

Línea(s) estratégica(s): Creación

Área(s): Artes plásticas y visuales

Número de estímulos: 2

Total de recursos: $ 24.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar: Dos (2) estímulos, cada uno por valor de doce millones de pesos M/cte. ($12.000.000), que serán entregados a los ganadores en dos desembolsos.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Profesionales que provengan de las artes plásticas, visuales, dibujo, diseño gráfico.

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia: Con mínimo tres (3) años de experiencia comprobada en el campo.

Área perfil: Artes plásticas y visuales

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Profesionales que provengan de las áreas de la fotografía, diseño editorial, diseño industrial, áreas afines con el objeto de la convocatoria.

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia: Con mínimo tres (3) años de experiencia comprobada en el campo.

Área perfil: Artes plásticas y visuales

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 03/02/2022

Fecha de publicación

Fecha de apertura 03/02/2022

Fecha de apertura

Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 28/03/2022 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 31/03/2022 17:00:00

Fecha de cierre

Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 19/04/2022

Publicación listado de habilitados, rechazados y por subsanar

Publicación de resultados de evaluación 17/06/2022

Publicación de resultados de evaluación

Fecha máxima de ejecución 30/11/2022

Fecha máxima de ejecución

Justificación

Buscar de la visibilización y apropiación de las prácticas del arte y la cultura del centro de la ciudad, pretende promover a través de procesos comunitarios, la apropiación por medio del conocimiento histórico y cultural de espacios emblemáticos del Centro de Bogotá, por ello propone una convocatoria que visibilice y exalte espacios del centro de la ciudad que permitan reconocer, descubrir y apropiarse de espacios ubicados dentro de las 3 localidadesdel centro de la ciudad (Los Mártires, La Candearia y Santa fe), material que permita activar el centro de Bogotá y que sea de trascendencia para los propósitos misionales de la FUGA .

Objeto

La convocatoria Beca Fanzine - Laboratorio de Comunidad de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA, busca promover la creación de publicaciones impresas autoeditadas, “Fanzine”, que aborden y exploren la historia y las comunidades de las tres localidades del centro de Bogotá: La Candelaria, Santa Fe y Los Mártires, a través de procesos comunitarios que fomenten la apropiación de espacios emblemáticos de este territorio, por medio del conocimiento histórico y cultural.

  • Fanzine es un vocablo de origen inglés que contrae las palabras fan (aficionado) y magazine (revista), siendo entonces una revista hecha y autoeditada por artistas alrededor de un tema. Lo que hace a un fanzine diferente de otro tipo de expresiones artísticas es que no se encasilla en una forma o estética en particular. Los hay de todos los tipos: como cartillas, revistas, con técnicas semejantes al collage (recortar y pegar), digitales, impresos a través de técnicas como la risografía, a mano.

Cada participante deberá proponer tres (3) laboratorios** (uno en cada localidad) a realizarse con las comunidades, en los que se generen los procesos investigativos y los tres diferentes contenidos, que finalmente se convertirán en tres (3) productos editoriales finales, constituidos como un fanzine físico por cada localidad, que articulen los diferentes eventos suscitados en desarrollo de los laboratorios realizados.

** Los Laboratorios se plantean como catalizadores para propiciar alianzas e interacciones que generen dinámicas de encuentro e intercambio entre artistas, creadores, público, comunidad, artesanos, estudiantes y docentes, con la intención de favorecer procesos de formación de artistas y formadores que repercutan en la producción artística y consolidación de redes de artistas, y puedan servir de apoyo a la configuración futura de escuelas de educación artística lideradas por gestores y artistas locales. Esta articulación es fundamental para generar una actividad continua y consistente que asegure procesos formativos de mayor alcance e incidencia en el tejido sociocultural.

De manera específica, se debe tener en cuenta que los tres (3) laboratorios deberán estar propuestos como un conjunto de actividades, prácticas y jornadas de investigación y experimentación con las comunidades de las localidades de influencia de la presente convocatoria, a través de prácticas artísticas, como el dibujo contemporáneo, el cómic, la gráfica, la narración y otras que procuren desarrollar la propuesta de investigación específica.

Cada laboratorio será un ejercicio de práctica artística, donde las nociones de colaboración y reflexión crítica sobre la cotidianidad, la comunidad y el espacio configuran el cuerpo de la investigación. Los laboratorios se ejecutarán en los espacios gestionados por los participantes en cada una de las localidades.

Finalmente, el proyecto editorial denominado FANZINE, deberá cumplir con el siguiente formato y características:

  • Dimensiones: (50 x 70 cms) plegado en ocho (8) secciones o cuerpos en donde se desarrollará la temática abordada, los medios pueden ser textuales o gráficos.
  • Se debe garantizar la impresión de por lo menos quinientos (500) fanzines de cada una de las localidades, para un total de mil quinientos (1.500) fanzines por las 3 localidades los cuales correrán por cuenta del participante ganador.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Jurídica

Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, cuyo domicilio principal sea la ciudad de Bogotá, excepto en aquellas convocatorias que establezcan lo contrario.

 

Para participar en esta convocatoria, las personas jurídicas deberán acreditar mediante certificado de existencia y representación legal, que su objeto social esté relacionado con el desarrollo de proyectos editoriales deberán acreditar mínimo un (1) año de constitución, así como por lo menos dos (2) proyectos relacionados a la creación de publicaciones autoeditadas. 

Persona Natural

Se entiende por persona natural a los ciudadanos(as) colombianos(as) y/o extranjeros(as), mayores de 18 años, que de manera individual presentan una propuesta. Los participantes deberán ser residentes y/o estar domiciliados en la ciudad de Bogotá. 

Profesional o estudiante en áreas afines a las artes plásticas y visuales, escritores, artistas gráficos, historietistas e ilustradores, diseñadores, publicistas y dibujantes, con experiencia en el objeto de la convocatoria con mínimo un (1) proyecto relacionado a la creación de publicaciones autoeditadas. 

 

Agrupación

Se entiende por agrupación un conjunto de personas mayores de 18 años, que presentan una propuesta en la cual participan activamente en su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, quien será el encargado de comunicarse con el PDE en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo en el caso de que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y, de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor comprobados , asuma las responsabilidades del principal. Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores, y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. Los integrantes de la agrupación deberán ser residentes o estar domiciliados en Bogotá D.C,

Para participar en esta convocatoria, las agrupaciones deberán estar conformadas por profesionales o estudiantes en áreas afines a las artes plásticas y visuales, escritores, artistas gráficos, historietistas e ilustradores, diseñadores, publicistas y dibujantes. Que acrediten como agrupación como mínimo el desarrollo de un (1) proyecto relacionado a la creación de publicaciones autoeditadas.

 

Quiénes no pueden participar

Quienes se indiquen en el numeral 7.2 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura – PDE 2022.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad de la persona natural participante

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros, se debe aportar copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones de la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente al momento de la inscripción, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, acompañado del pasaporte o del documento nacional de identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano. 

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5 MB
2 Documento de identidad del representante de la agrupación participante

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros, se debe aportar copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones de la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente al momento de la inscripción, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, acompañado del pasaporte o del documento nacional de identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano.

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5 MB
3 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros, se debe aportar copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones de la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente al momento de la inscripción, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, acompañado del pasaporte o del documento nacional de identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano. 

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5 MB
4 Certificado de residencia en Bogotá de la persona natural participante

Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web:

http://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/solicitud-certificado-residencia

Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación.

Ver Formato: Declaración lugar de residencia bajo la gravedad del juramento.

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5 MB
5 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web:

http://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/solicitud-certificado-residencia

Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación.

Ver Formato: Declaración lugar de residencia bajo la gravedad del juramento.

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5 MB
6 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Expedido por la Cámara de Comercio con la matrícula mercantil renovada, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica, con máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa, y en el que conste que el término de duración de la persona jurídica no es inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un (1) año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente.

Nota: en el caso de grupos étnicos (comunidades raizales y palenqueros), deberán presentar una certificación emitida por el Ministerio del Interior, sobre la existencia y representación legal de la organización o comunidad.

Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente.

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15 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 DOCUMENTO EN PDF

PROYECTO DILIGENCIADO EN EL FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA

Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2021 para la Cultura 2022, así como las condiciones específicas de esta convocatoria.

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta de la “Beca Fanzine Laboratorio de Comunidad” el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. 

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15 MB
2 SOPORTES DE LA EXPERIENCIA Y TRAYECTORIA DEL PARTICIPANTE

Adjunte en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin, un único documento PDF con los soportes de experiencia y trayectoria según el tipo participante.

Se podrán aportar cualquiera de los siguientes soportes: certificados contractuales debidamente expedidos, actas de liquidación de contratos ejecutados y recibidos a satisfacción, certificados laborales, créditos museográficos o en galerías de arte, catálogos de exposición, aparición en bandera de publicaciones, artículos, premios o piezas gráficas publicadas en medios de comunicación, Volantes (flyers), Afiches, reels, Programas de mano, reels, Registro fotográfico o audiovisual o Publicaciones propias.

Nota: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido o suministrando las contraseñas necesarias.

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15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: EVALUACIÓN
No. Criterio Puntaje
1 Solidez formal y conceptual y metodológica de los laboratorios 0 a 25
2 Pertinencia de la publicación con la temática propuesta 0 a 25
3 Factibilidad de la propuesta a partir del presupuesto presentado, cronograma y actividades. 0 a 20
4 Propuesta de interacción y saldo pedagógico para los habitantes de las tres localidades. 0 a 15
5 Portafolio del participante 0 a 10
6 Si el participante (persona natural o jurídica) o al menos uno de los integrantes en el caso de agrupación, reside en las localidades de Santa Fe, Los Mártires o La Candelaria. 0 a 5
Evaluación y selección de ganadores y suplentes.

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2022, el ganador tendrá los siguientes derechos:

Desembolsos

Una vez publicada la resolución de recomendaciones de los jurados evaluadores y selección de ganadores, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA llevará a cabo los desembolsos, así:

  • Primer desembolso correspondiente al 70 % del valor total del estímulo, posterior a la publicación de la resolución por la cual se designa el ganador, entrega oportuna de los documentos requeridos para la ejecución del estímulo por parte del ganador y aprobación de la póliza de cumplimiento de disposiciones legales.
  • Segundo y último desembolso correspondiente al 30 % del valor total del estímulo, a la entrega de la totalidad los ejemplares impresos, un informe final y la entrega de archivo PDF definitivo de la publicación y la socialización del proceso, previa aprobación de la Subdirección Artística y Cultural - FUGA. 

Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC).

Nota 2: al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente.

A partir de la fecha de envío del correo electrónico, el ganador del estímulo cuenta con cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa su aceptación o no. En caso de aceptar, deberá aportar los siguientes documentos por correo electrónico, para lo cual cuenta con cinco (5) días hábiles adicionales:

  • Carta dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA en la que se remiten los documentos requeridos para la ejecución del estímulo. En la misma se debe manifestar expresamente la aceptación del estímulo y estar suscrita por la persona natural o representante principal de la agrupación, según corresponda.
  • Fotocopia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible y actualizado (2019) de la persona natural o del representante principal de la agrupación, según sea el caso.
  • Certificación bancaria a nombre de la persona natural o del representante principal de la agrupación en donde consten la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega.
  • Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30 %) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más. Las pólizas deberán estar acompañadas del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen. 
  • Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud. En el caso de las agrupaciones, se deberá presentar solo la certificación del representante principal de la agrupación. 

Publicaciones

  • Recibir el treinta por ciento (30%) del tiraje de la publicación, para efectos de distribución y divulgación.

Deberes específicos de las y los ganadores

Deberes de los ganadores en materia de derechos de autor

Los que se indican en el numeral 7.12. de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2022.

Deberes específicos de los ganadores

Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2022, el ganador tendrá los siguientes deberes:

  • Garantizar la producción impresa de la propuesta según lo estipulado en los lineamientos de la convocatoria y por la Subdirección Artística y Cultura – FUGA.
  • Realizar tres (3) laboratorios de Fanzine, uno (1) en cada una de las tres localidades del centro de Bogotá bajo la investigación propuesta. 
  • Presentar un informe final, tal como se indica en el numeral referido a desembolsos.
  • Garantizar un tiraje de mínimo quinientos (500) ejemplares de cada una de las tres (3) publicaciones impresas, para un total de mil quinientos (1500) ejemplares.
  • Entregar a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA- el setenta por ciento (70%) del tiraje del fanzine, para efectos de distribución y divulgación. 
  • Llevar a cabo una conferencia, conversatorio o charla sobre el proyecto, como parte de las actividades de socialización junto con el lanzamiento de las publicaciones antes de la fecha límite de ejecución de la beca, que debe ser propuesta por el participante y consensuada con la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
  • Desarrollar las actividades planteadas en el proyecto sustentadas en una investigación que explore y dé sentido a la producción artística en los espacios.
  • Diligenciar las respectivas licencias de uso y/o cesión de derechos referidas en el numeral 7.12 de las condiciones generales de participación.
  • Entregar a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA dos copias en DVD (en alta resolución) con el material en Pdf y Pdf para publicación web para ser difundido en la página de la entidad en el aparte de publicaciones. 
  • Acoger las observaciones que realice la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA durante la ejecución de la propuesta.
  • Atender las recomendaciones para la estrategia de comunicación que realice la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
  • Los demás que señale la Subdirección Artística y Cultural de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño –- FUGA.

Anexos

No. Documento Descripción
1 Declaración lugar de residencia
En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, con ocasión de las medidas sanitarias transitorias que ordenan el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de Bogotá D.C., el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación.

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato Presentación de Propuesta Beca Fanzine Laboratorio de Comunidad

(archivo Word o PDF)

 
 
Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2021 para la Cultura 2022, así como las condiciones específicas de esta convocatoria.


Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta de la “Beca Fanzine Laboratorio de Comunidad” el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 RESOLUCIÓN No. 16 DE 2022
"Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - FUGA 2022 - A cargo de la Subdirección Artística y Cultural"
2 RESOLUCIÓN No. 55 DE 2022
“Por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria “Beca Fanzine - Laboratorio de comunidad” del Programa Distrital de Estímulos- FUGA - 2022 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados”
3 RESOLUCIÓN No. 95 DE 2022
“Por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado para seleccionar losganadores de la convocatoria -Beca Fanzine - Laboratorio de comunidad- del ProgramaDistrital de Estímulos - FUGA - 2022 y se ordena el desembolso de los estímulos económicosasignados a los ganadores”
4 ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES
ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES - BECA FANZINE - LABORATORIO DE COMUNIDAD

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos Beca Fanzine - Laboratorio de comunidad
Publicación de Listado de participantes inscritos Beca Fanzine - Laboratorio de comunidad. 
2 Listado de participantes habilitados, rechazados y por subsanar de la Beca Fanzine - Laboratorio de comunidad
Publicación del Listado de participantes habilitados, rechazados y por subsanar de la Beca Fanzine - Laboratorio de comunidad.

3 Listado de participantes habilitados y rechazados de la Beca Fanzine - Laboratorio de comunidad.
Publicación del Listado de participantes habilitados y rechazados de la Beca Fanzine - Laboratorio de comunidad.

Avisos modificatorios

No. Documento Descripción
1 Aviso modificatorio No 1
Mediante el cual se modifica parcialmente el cronograma de la convocatoria

Para participar inicia sesión en SICON y busca esta convocatoria