Convocatoria Adjudicada
FUGA

BECA ARTICULACIÓN DE AGENTES ARTÍSTICOS Y CULTURALES DE SANTA FE

Es Cultura Local

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¡IMPORTANTE!

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RESOLUCIÓN No. 102 DE 2022

06/22

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RESOLUCIÓN No. 83 DE 2022

06/22

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Listado de habilitados y rechazados

06/22

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Listado de habilitados, rechazados y por subsanar

05/22

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AVISO MODIFICATORIO

05/22

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RESOLUCIÓN No. 41 DE 2022

04/22

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DOCUMENTOS

Información básica

La Beca Articulación de Agentes Artísticos y Culturales de Santa Fe hace parte del Programa Es Cultura Local, que surge en el marco del convenio FUGA-136-2021 suscrito entre el Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe y el Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD y la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA, y constituye la estrategia de reactivación económica del sector cultura en el Distrito Capital.

La Beca Articulación de Agentes Artísticos y Culturales de Santa Fe busca generar procesos de trabajo asociativo y colaborativo entre organizaciones artísticas y culturales de la Localidad de Santa Fe con otros agentes de la localidad.

Enfoque(s): Territorial

Línea(s) estratégica(s): Economía Cultural y Creativa

Área(s): Interdisciplinar / transdisciplinar

Número de estímulos: 20

Total de recursos: $ 224.109.600

Descripción general de los recursos a otorgar: Se otorgarán veinte (20) estímulos, cada uno por un valor de once millones doscientos cinco mil cuatrocientos ochenta pesos ($11.205.480) m/cte.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Profesionales con experiencia mínimo de años (4) años en las siguientes áreas artísticas (teatro, danza, circo, música, artes plásticas y visuales, literatura, audiovisuales), afines con el objeto de la convocatoria y con mínimo cinco (5) años de experiencia específica comprobada en procesos de creación, formación, investigación y circulación de las prácticas artísticas y culturales. Debe acreditar la experiencia mediante certificaciones, las cuales deben contener la siguiente información: nombre del proyecto o área, actividades realizadas, fecha de inicio y terminación (día, mes y año), datos de contacto de la institución o entidad que la expide y contar con firma digital u original.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación , Ingeniería, Arquitectura, Urbanismo Y Afines

Campo de experiencia: Profesionales que provengan de las siguientes áreas artísticas (teatro, danza, circo, música, artes plásticas y visuales, literatura, audiovisuales), con mínimo cinco (5) años de experiencia comprobada en procesos de creación, formación, investigación y circulación de las prácticas artísticas y culturales.

Área perfil: Arte dramático , Artes plásticas y visuales , Artes audiovisuales , Danza , Literatura , Música , Patrimonio cultural , Interdisciplinar / transdisciplinar , Circo , Magia , Museología y Museografía

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 25/03/2022
Fecha de apertura 01/04/2022
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 14/05/2022 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 17/05/2022 17:00:00
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 26/05/2022
Publicación de resultados de evaluación 24/06/2022
Fecha máxima de ejecución 21/10/2022

Justificación

El Plan Distrital de Desarrollo (PDD) 2020-2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”, establece como uno de sus propósitos “Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política”, bajo el cual formuló el programa “Bogotá Región emprendedora e innovadora”. Con el objetivo de  generar un entorno propicio en el desarrollo social, cultural y económico de Bogotá y la región, el programa implementa acciones estratégicas que conlleven a la sostenibilidad y productividad de los artistas, emprendimientos, organizaciones y empresas del sector cultural y creativo, con especial atención por la mitigación y reactivación de este sector en la fase post-pandémica por COVID-19.

De esta manera, se diseñó la estrategia sectorial Bogotá CREActiva, que tiene el objetivo de contribuir a la reactivación económica y social de la ciudad, a través de las actividades del sector cultura, recreación y deporte, desde los territorios, en tres ejes de trabajo: (i) CREA, enfocado en la construcción de contenidos y la transformación social y económica en las localidades; (ii) ACTIVA, que incorpora la oferta cultural convergente y experiencias culturales, recreativas y deportivas, con el fin de contribuir al bienestar social de la ciudadanía; y (iii) REACTIVA, que fortalece las actividades económicas asociadas al sector cultura, recreación y deporte, impulsando el crecimiento y la sostenibilidad del mismo.

En el eje REACTIVA, se propuso articular nuevamente esfuerzos entre la Secretaría Distrital de Gobierno, los Fondos de Desarrollo Local y las entidades adscritas y vinculadas a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte -SCRD para crear el programa “Es Cultura Local” con un mayor alcance a nivel sectorial, presupuestal y de resultados.

Objeto

Esta beca pretende que las organizaciones artísticas y culturales desarrollen una propuesta de colaboración que involucre a organizaciones, empresas, emprendimientos, agrupaciones o colectivos de la localidad de Santa Fe que les permita hacer un engranaje desde mínimo una de las siguientes dimensiones del campo artístico y cultural:

  • Investigación
  • Formación
  • Creación
  • Circulación

Invitamos a organizaciones del sector artístico (teatro, danza, circo, música, artes plásticas y visuales, literatura, audiovisuales) y cultural, a formular proyectos que se integren o se relacionen con otras áreas, disciplinas o actividades, de cualquier sector económico, con el objetivo de cualificar y fortalecer sus prácticas artísticas y culturales.

La presente convocatoria surge como respuesta a la necesidad de generar alternativas que permitan mejorar las capacidades de gestión y aportar a la recuperación de los encadenamientos productivos locales de personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones. Por ello, además de la entrega de estímulos económicos, esta beca contempla un proceso de formación en competencias emprendedoras y empresariales que se desarrollará desde la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD.

Nota 1: a partir de la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con tres días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán de forma exclusiva en el correo electrónico: esculturalocal@scrd.gov.co

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Jurídica

Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho, debidamente constituido, en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente.

Para participar en esta convocatoria, al menos una de las direcciones registradas en el Certificado de Existencia y Representación Legal de la persona jurídica deberá estar ubicada en la localidad de Santa Fe.

Para esta convocatoria las personas jurídicas que pueden participar son aquellas que cuenten con tres (3) o  más años de constituidas, y  que realicen actividades cuyo objeto social se relacione con el objeto de la presente convocatoria, con o sin ánimo de lucro, que cuente con una experiencia mínima de tres (3) años ejecutando proyectos del campo artístico y cultural, que deberá ser evidenciado contra los soportes de experiencia en la documentación técnica.

Persona Natural

Se entiende por persona natural a los ciudadanos colombianos(as) y/o extranjeros(as), mayores de 18 años cumplidos a la fecha del cierre de la convocatoria, que de manera individual presentan una propuesta. Los participantes deberán ser residentes en la ciudad de Bogotá, específicamente en la localidad de Santa Fe.

Debe acreditar una experiencia mínima de tres (3) años de trayectoria comprobable en ejecución de proyectos en las dimensiones de investigación, creación, formación y/o circulación en el sector artístico y cultural.

La persona natural debe conformar un equipo de trabajo para la ejecución del proyecto.

Agrupación

Se entiende por agrupación un conjunto de personas mayores de 18 años cumplidos a la fecha del cierre de la convocatoria, que presentan una propuesta en la que participan activamente en su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, el cual será el encargado de comunicarse con el PDE en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo en caso de que la agrupación resulte seleccionada como ganadora, y de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor comprobados, asuma las responsabilidades del principal. Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores, y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento.

Los integrantes de la agrupación deberán ser residentes en la ciudad de Bogotá, específicamente en la localidad de Santa Fe. Al menos dos de sus miembros deben sumar entre ellos más de tres (3) años de trayectoria comprobable en ejecución de proyectos en las dimensiones de investigación, creación, formación y/o circulación en el sector artístico y cultural.

Quiénes no pueden participar

  • Esta convocatoria ofertada en el marco del programa Es Cultura Local se regirá bajo las Condiciones Generales de Participación del PDE para la Cultura 2022 señalando excepciones referentes a la cantidad de estímulos que un participante puede recibir por vigencia (Nota 3 Numeral 7.2. ¿Quiénes no pueden participar?) y las demás que apliquen al programa.
  • Constructores locales cuyas iniciativas ciudadanas, relacionadas con el sector cultura, fueron priorizadas en la fase 2 de presupuestos participativos, y delegados de iniciativas étnicas concertadas (afro e indígenas) que son beneficiarios del componente A del programa Es Cultura Local 2021.
  • Los ganadores de la Beca Ecosistema Cultural y Creativo de Santa Fe adjudicada en noviembre de 2021.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros, se debe aportar copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente al momento de la inscripción, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, y el Pasaporte o el Documento Nacional de Identidad de su país para confirmar su calidad de identidad venezolano.

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15 MB
2 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C con la matrícula mercantil renovada a 2021, o por la entidad competente de conformidad al tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener máximo tres (3) meses de expedición anteriores al cierre de inscripciones en la convocatoria a la cual participa y en el que conste que el término de duración de la persona jurídica no es inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un (1) año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente.

Para participar en esta convocatoria, al menos una de las direcciones registradas en el Certificado de Existencia y Representación Legal de la persona jurídica deberá estar ubicada en la localidad de Santa Fe

 

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10 MB
3 Documento de identidad de la persona natural participante

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros, se debe aportar copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente al momento de la inscripción, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, y el Pasaporte o el Documento Nacional de Identidad de su país para confirmar su calidad de identidad venezolano

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5 MB
4 Certificado de residencia en Bogotá de la persona natural participante

Expedido por la Alcaldía Local de Santa Fe o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota 1

Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web:

http://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/solicitud-certificado-residencia

Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto, el cual hace parte integral de las Condicione Generales de Participación. Ver Formato Declaración lugar de residencia bajo la gravedad de juramento.

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5 MB
5 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros, se debe aportar copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente al momento de la inscripción, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, y el Pasaporte o el Documento Nacional de Identidad de su país para confirmar su calidad de identidad venezolano.

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5 MB
6 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Expedido por la Alcaldía Local de Santa Fe o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota 1

Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web:

http://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/solicitud-certificado-residencia

Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto, el cual hace parte integral de las Condiciones las Condiciones Generales de Participación. Ver Formato Declaración lugar de residencia bajo la gravedad de juramento.

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5 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA

Descargue el formato para la presentación de proyectos Beca Articulación de Agentes Artísticos y Culturales de Santa Fe, que se encuentra en el apartado de FORMATOS.

Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos PDE- para la Cultura 2022, así como las condiciones específicas de esta convocatoria.

Diligencie la totalidad de los ítems solicitados en el formato. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin

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15 MB
2 SOPORTES DE LA EXPERIENCIA Y TRAYECTORIA DEL PARTICIPANTE

Hoja de vida de la persona jurídica, persona natural, o de cada una de las personas que conforman la agrupación, anexando certificaciones de experiencia.

Recuerde que deberá soportar como mínimo el número de años de experiencia indicados en el perfil del participante.

Se podrán aportar cualquiera de los siguientes soportes:

1. . Certificaciones expedidas por entidades públicas o privadas donde se indique fecha (día, mes, año) de suscripción del contrato, de finalización de las actividades, de expedición de la certificación y lugar.

2. Autocertificación que, bajo la gravedad de juramento, se relacionen las actividades que fueron realizadas por el proponente, con lugar y fecha de inicio y de finalización de realización de las actividades que permita contabilizar el tiempo de experiencia requerida.

Como soporte a esta certificación, se deben adjuntar algunos de los siguientes documentos:

  • Volantes (flyers).
  • Afiches.
  • Programas de mano.
  • Registro fotográfico o audiovisual.
  • Publicaciones propias.
  • Publicaciones en medios de comunicación (reseñas, artículos, entrevistas, etc., indicando el medio en el que fue publicado y la fecha).

Nota: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias.

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15 MB
3 SOPORTES

El proponente debe adjuntar una carta o certificación debidamente firmada, por al menos un agente de la localidad de Santa Fe, que evidencie la intención de realizar el trabajo asociativo/colaborativo presentado en la propuesta.

Se adjunta formato de alianza, que sirve como guía a los participantes.

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15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: Selección
No. Criterio Puntaje
1 Solidez formal y conceptual del proyecto: coherencia del proyecto en general y de cada uno de sus componentes (descripción del proyecto, justificación; impacto en las dimensiones del campo artístico y cultural señaladas en la convocatoria; población objetivo; objetivo general; objetivos específicos; metodología de trabajo; actividades; indicadores; producto o proceso final y estrategia de socialización y documentación). 0 a 25
2 Contribución y pertinencia de la alianza donde se evidencie el trabajo en red del sector artístico, cultural y creativo de la localidad de Santa Fe. 0 a 25
3 Resultado propuesto: impacto esperado por el proyecto en la generación de redes y trabajo asociativo en la localidad de Santa Fe, en el que se involucren las dimensiones del campo artístico y cultural señaladas en la convocatoria. 0 a 25
4 Viabilidad técnica y económica del proyecto: coherencia entre las actividades, los tiempos y costos propuestos para el cumplimiento de los objetivos, expresados mediante el presupuesto y el cronograma. 0 a 25
Selección de ganadores

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE para la Cultura 2022, el ganador tendrá los siguientes derechos:

Desembolsos

  • Primer desembolso correspondiente al 80 % del valor total del estímulo, una vez expedido y en firme el acto administrativo mediante el cual se designan los ganadores y de la entrega oportuna de los documentos solicitados, previa aprobación de la póliza de cumplimiento de disposiciones legales y la Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual, siempre que el proyecto implique la ejecución de actividades públicas o la participación de terceros no vinculados al proyecto como comunidad o espectadores, ferias u exposiciones.
  • Segundo y último desembolso correspondiente al 20 % del valor total del estímulo, previa presentación y aprobación del informe final que dé cuenta del cumplimiento total del proyecto, certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y cumplimiento en el programa de formación de competencias emprendedoras y empresariales que se promoverá desde la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Tanto el informe parcial como el final deben contemplar los soportes contables y registros documentales correspondientes (fotografías, videos, relación de gastos, listas de asistencia, etc.), todos ellos debidamente marcados y rotulados.

Nota 1: los desembolsos se realizarán previa certificación de cumplimiento expedida por la persona designada por el(a) ordenador(a) del gasto, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC).

Nota 2: al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según

la normatividad vigente.

A partir de la fecha de envío del correo electrónico, el ganador del estímulo cuenta con cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa su aceptación o no. En caso de aceptar, deberá aportar los siguientes documentos por medio de correo electrónico, para lo cual cuenta con cinco (5) días hábiles adicionales:

  • Carta dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, en la que se remiten los documentos requeridos para la ejecución del estímulo. La misma debe manifestar expresamente la aceptación del estímulo y estar suscrita por la persona natural, por el representante legal de la persona jurídica o el representante principal de la agrupación.
  • Fotocopia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible y actualizado, de la persona natural, de la persona jurídica o el representante principal de la agrupación.
  • Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica, expedido por la Cámara de Comercio o por la entidad competente, dentro de los tres (3) meses anteriores a la expedición de la resolución por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado.
  • Certificación bancaria a nombre de la persona jurídica, de la persona natural o del representante principal de la agrupación en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega. 
  • Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud. En el caso de las agrupaciones, se deberá presentar solo la certificación del representante principal de la agrupación. En el caso de las personas jurídicas, se deberá presentar un certificado expedido por el revisor fiscal o por el representante legal en donde se acredite que la entidad está al día en el pago de los aportes parafiscales y de seguridad social o que no está obligada a hacerlo, según sea el caso.
  • Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30%) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más. Las pólizas deberán estar acompañadas del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen.
  • En el evento de que, como parte de la propuesta, se vayan a realizar espectáculos públicos, adicionalmente se deberá constituir una Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por 200 SMLV hasta la fecha de ejecución del estímulo.

Deberes específicos de las y los ganadores

Deberes de los ganadores en materia de derechos de autor, conexos y uso de imagen.

Los que se indican en el numeral 7.12 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE para la Cultura 2022.

Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE para la Cultura 2022, el ganador tendrá los siguientes deberes:

  • Acoger las observaciones y/o requerimientos que realice la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA durante la ejecución de la propuesta.
  • Ejecutar la propuesta aprobada por los jurados.
  • Participar activamente en el proceso de formación en competencias emprendedoras y empresariales que se promoverá desde la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Como parte de la documentación requerida para el último desembolso se debe aportar el certificado de asistencia.
  • Asistir a las reuniones, encuentros o visitas convocadas por la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA en articulación con la Alcaldía Local de Santa Fe, la Junta Administradora Local de Santa Fe y demás instancias.
  • Realizar una socialización o divulgación del resultado del proyecto en las jornadas concertadas con la Alcaldía Local de Santa Fe y la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
  • Acatar los protocolos de funcionamiento, seguridad y bioseguridad de los espacios destinados para la ejecución de la propuesta de acuerdo a la normatividad vigente.
  • Entregar un informe de avance de gestión junto con la relación de gastos y soportes correspondientes a los primeros 2 (dos) meses de ejecución del proyecto.
  • Entregar un informe final de gestión junto con la relación de gastos y soportes correspondientes a la ejecución total del proyecto.

Anexos

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No. Documento Descripción

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato Beca articulación de agentes artísticos y culturales Santa Fe

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato Beca articulación de agentes artísticos y culturales Santa Fe
2 Formato DECLARACIÓN LUGAR DE RESIDENCIA BAJO LA GRAVEDAD DE JURAMENTO

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato DECLARACIÓN LUGAR DE RESIDENCIA BAJO LA GRAVEDAD DE JURAMENTO
3 Formato guía para la alianza entre agentes

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato guía para la alianza entre agentes

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 RESOLUCIÓN No. 41 DE 2022
“Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias del PROGRAMA “ES CULTURA LOCAL””
2 RESOLUCIÓN No. 83 DE 2022

"Por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria “BECA ARTICULACIÓN DE AGENTES CULTURALES Y CREATIVOS DE SANTA FE” del Programa Distrital de Estímulos - FUGA - 2022 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados”

3 RESOLUCIÓN No. 102 DE 2022
Por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado para seleccionar losganadores de la convocatoria “BECA ARTICULACIÓN DE AGENTES CULTURALES YCREATIVOS DE SANTAFE” del Programa Distrital de Estímulos - FUGA - 2022 y se ordenael desembolso de los estímulos económicos asignados a los ganadores

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado de habilitados, rechazados y por subsanar
2 Listado de habilitados y rechazados
Listado de habilitados y rechazados a la Beca Articulación de Agentes Artísticos y Culturales de Santa Fe

Avisos modificatorios

No. Documento Descripción
1 AVISO MODIFICATORIO
Mediante el cual se modifica el cronograma de la convocatoria “Beca de Articulación de Agentes Artísticos y Culturales de Santa Fe”

Para participar inicia sesión en SICON y busca esta convocatoria