Convocatoria Adjudicada
SCRD

BECA COMPARTE LO QUE SABES

Programa Distrital de Estímulos

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¡IMPORTANTE!

REVISA AQUÍ AVISOS, LISTADOS Y RESOLUCIONES

Resolución Ganadores No. 537 de 10 de agosto de 2022

08/22

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Aviso Modificatorio No 12

08/22

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Resolución Jurados 418 del 01 de julio de 2022

07/22

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Listado de habilitados y rechazados

06/22

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Listado de habilitados y rechazados

06/22

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Listado de rechazados y documentos por subsanar

06/22

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Listado de rechazados y documentos por subsanar

06/22

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Listado de participantes inscritos

06/22

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Listado de participantes inscritos

06/22

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Resolución Apertura No 198 del 21 de abril de 2022

04/22

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DOCUMENTOS

Información básica

Fortalecer las prácticas artísticas a través de la creación, producción y circulación de obras o contenidos de los espectáculos públicos de las artes escénicas (música, danza, teatro, magia y circo) de artistas domiciliados en la ciudad de Bogotá.

Enfoque(s): Interdisciplinar / Transdisciplinar

Línea(s) estratégica(s): Circulación

Área(s): Interdisciplinar / transdisciplinar

Número de estímulos: 17

Total de recursos: $ 400.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

Categorias:

No. Categoria Descripción
1 Circulación Puesta en escena de artistas

Diez (10) estímulos para  circulación por $10.000.000 cada uno para persona natural y cinco (5) estímulos  para circulación por $20.000.000 para agrupaciones.

2 Creación- Producción de obra de las artes escénicas

Dos (2) estímulos para Creación- Producción de $100.000.000 cada uno para agrupaciones. 

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Experto sin título universitario con experiencia mínima de cinco (5) años en procesos pedagógicos , producción y/o creación en artes escénicas.

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia: Experiencia mínima de cinco (5) años en procesos pedagógicos, de producción y/o creación en artes escénicas.

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: null

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Profesionales o licenciados en artes escénicas, arte dramático, bellas artes o afines y experiencia mínima de cuatro (4) años en procesos de formación, creación, coordinación, gestión y/o dirección en en el sector cultural de las artes escénicas.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Educación

Campo de experiencia: Experiencia mínima de cuatro (4) años en procesos de formación, creación, coordinación, gestión y/o dirección en artes escénicas.

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: null

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 3

Profesionales en Ciencias de la Educación, Ciencias Sociales y Humanas, Administración, Bellas Artes y afines con título de posgrado y experiencia mínima de cuatro (4) años en el acompañamiento, coordinación, gestión y/o implementación de proyectos pertenecientes a los ámbitos de la creación artística, la gestión cultural y/o la pedagogía cultural y creativa.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación , Economia, Administracion, Contaduria Y Afines

Campo de experiencia: Experiencia de mínimo 4 años en acompañamiento, coordinación, gestión y/o implementación de proyectos pertenecientes al ámbito de la creación artística, la gestión cultural y/o la economía cultural y creativa.

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Especialización

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 21/04/2022
Fecha de apertura 27/04/2022
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 31/05/2022 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 03/06/2022 17:00:00
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 13/06/2022
Publicación de resultados de evaluación 10/08/2022
Fecha máxima de ejecución 18/11/2022

Justificación

El Decreto Legislativo 639 de 2021 “Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 2070 de 2020 en lo que se refiere a la destinación específica de la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas y se modifican los artículos 2.9.2.4.2, 2.9.2.4.3 y 2.9.2.5.2 del Decreto 1080 de 2015, Único Reglamentario del Sector Cultura” define cómo se destinarán los recursos de contribución parafiscal dotando de las facultades necesarias al Comité de Contribución Parafiscal Cultural de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas, y, a su vez, reglamenta el perfil de los candidatos como los criterios para la selección de beneficiarios.

Conforme lo anterior, el Decreto en mención indica que los recursos de la contribución parafiscal podrán invertirse en las líneas de producción y circulación. Los criterios para priorizar las líneas y modalidades de destinación específicas de los recursos de la contribución parafiscal cultural de los espectáculos públicos de las artes escénicas serán señalados por el Comité de Contribución Parafiscal Cultural de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas. Para la línea de circulación y/o producción, la selección de los beneficiarios deberá hacerse por convocatoria pública del sector de las artes escénicas, con domicilio fiscal en el municipio o distrito correspondiente, que desarrollen las actividades de producción y/o circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas.

En el marco del Plan de Desarrollo Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI se cuenta con el proyecto de inversión “Aportes para los creadores y gestores culturales de Bogotá, a través del cual, desde la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte,  se  reconoce la labor de las maestras y los maestros que han dedicado su vida a la creación artística y /o a la gestión cultural. Los aportes para los creadores y / o gestores culturales se otorgan en el marco de la implementación de los Decretos 2012 de 2017 y 823 de 2021(Ministerio de Cultura, Trabajo y Hacienda) y las Resoluciones 2260 de 2018 y 3153 del 2019 (Ministerio de Cultura). Los Beneficios Económicos Periódicos para creadores y gestores culturales se vienen otorgando desde el año 2020; la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte ha otorgado 650 beneficios a ciudadanos de las 20 localidades de la ciudad.

La presente convocatoria tiene como propósito ampliar las oportunidades de creación, producción y circulación de las artes escénicas: música, danza, teatro, circo y magia, ofreciendo a los artistas que cumplan requisitos, una alternativa para que puedan desarrollar sus propuestas artísticas en escenarios de la ciudad.

En consideración a lo expuesto, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte invita a los Beneficiarios del Decreto 2012 de 2017 (Resoluciones 191,353, 924 de 2020, 502,907 de 2021 y 60 de 2022) y a los artistas de la ciudad que cumplan con el perfil de participantes, a postularse a una de las categorías de estos estímulos destinados al fomento de proyectos de creación y circulación de artistas, con recursos provenientes de la contribución parafiscal LEP.

Objeto

Fortalecer las prácticas artísticas a través de la creación, producción y circulación de obras o contenidos de los espectáculos públicos de las artes escénicas (música, danza, teatro, magia y circo) de artistas domiciliados en la ciudad de Bogotá. La convocatoria desea reconocer la labor de los artistas beneficiarios del Decreto 2012 de 2017 (BEPS), que han dedicado su vida a las artes escénicas y promover el ejercicio cultural, la reactivación y la generación de oportunidades de creación, producción y circulación artística.

Los artistas interesados podrán presentar su propuesta en una de las siguientes categorías:

Categoría 1 Circulación Puesta en escena de artistas

Circulación en escenarios o espacios de la ciudad de Bogotá. Los interesados deberán plasmar en su propuesta los detalles y requerimientos necesarios para llevar a cabo una puesta en escena abierta al público. Además, los ganadores deberán realizar mínimo una función en cualquiera de las 20 localidades de la ciudad de Bogotá, según lo consignado en el proyecto presentado.

Categoría 2 Creación- Producción de obra de las artes escénicas

Las agrupaciones que resulten ganadoras deberán estar en posibilidad de crear o producir una obra que no haya sido circulada o presentada al público, dando como resultado la puesta en escena de la misma, dentro de los tiempos de la ejecución de la beca. 

La obra creada para esta categoría deberá incluir mínimo dos de las siguientes disciplinas: música, danza, teatro, magia y circo. Los ganadores deberán realizar como mínimo una puesta en escena abierta al público en cualquiera de las 20 localidades de la ciudad de Bogotá. Dentro de la propuesta se podrán incluir diferentes roles como: director, productor, libretista, guionista, actores, músicos, bailarines, artistas circenses, magos, diseñadores de sonido e iluminación, vestuaristas, etc.

 

Nota 1: Los ganadores de ambas categorías deberán gestionar el escenario o espacio y todo lo relacionado con permisos y requerimientos técnicos y logísticos para su puesta en escena.

Nota 2: Dada la Calamidad Pública, con ocasión de la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID-19) en Bogotá D.C. y en aras de establecer estrategias de prevención y cuidado, se invita a los participantes a considerar opciones flexibles que permitan que las propuestas postuladas respondan a los retos de esta contingencia, estableciendo protocolos de bioseguridad y distanciamiento social de acuerdo con las medidas que progresivamente se vayan formulando desde el gobierno distrital y nacional frente a las restricciones para la realización de actividades que impliquen reunión o aglomeración de personas al momento de la ejecución. En caso de restricción o nuevas disposiciones frente a lo señalado, se deberá privilegiar el uso de herramientas digitales y de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), implementando estrategias creativas e innovadoras para su implementación.

Nota 3: A partir de la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con tres días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@scrd.gov.co hasta las 17:00 horas del último día.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Agrupación

Categoria 1

Agrupaciones conformadas por mínimo dos (2) integrantes, residentes en la ciudad de Bogotá que acrediten la realización de al menos 1 actividad o proyecto artístico, cultural y/o patrimonial. En caso de que la agrupación no tenga experiencia como colectivo, cada uno de los integrantes debe acreditar la realización de al menos una (1) actividad y/o proyecto artístico, cultural y/o patrimonial.

El representante y el 50% de los integrantes de  la agrupación deberán estar reconocidos mediante una de las Resoluciones 191,353, 924 de 2020, 502,907 de 2021 y 60 de 2022, en cualquiera de sus dos modalidades: Anualidad vitalicia o motivación al ahorro.Anexo 3 y Anexo 4.

Se invita a los participantes a consolidar grupos de trabajo que incluyan director, productor, libretista, guionista, actores, músicos, bailarines, artistas circenses, magos, diseñadores de sonido e iluminación, vestuaristas que no sean beneficiarios de los BEPS.

Categoria 2

Agrupaciones conformadas por mínimo cuatro  (4) integrantes residentes en la ciudad de Bogotá que acrediten la realización de al menos 3 actividades o proyectos  artísticos, culturales y/o patrimoniales. En caso de que la agrupación no tenga experiencia como colectivo, cada uno de los integrantes debe  acreditar  la realización de al menos tres (3) actividades y/o proyectos artísticos, culturales y/o patrimoniales.

El representante y el 50% de los integrantes de la agrupación deberán estar reconocidos mediante una de las Resoluciones 191,353, 924 de 2020, 502,907 de 2021 y 60 de 2022, en cualquiera de sus dos modalidades : Anualidad vitalicia o motivación al ahorro. Anexo 3 y Anexo 4.

Se invita a los participantes a consolidar grupos de trabajo que incluyan director, productor, libretista, guionista, actores, músicos, bailarines, artistas circenses, magos, diseñadores de sonido e iluminación, vestuaristas que no sean beneficiarios de los BEPS.

Persona Natural

Categoria 1

Ciudadanos (as),  artistas del campo de la música, danza, teatro, circo o magia, residentes en la ciudad de Bogotá, reconocidos mediante alguna de las resoluciones relacionadas con los Beneficios Económicos Periódicos para creadores y gestores culturales,  emitidas por la ciudad de Bogotá en el marco del Decreto 2012 de 2017 (Resoluciones 191,353, 924 de 2020, 502,907 de 2021 y 60 de 2022, en cualquiera de sus dos modalidades : Anualidad vitalicia o motivación al ahorro) Anexo 3 y Anexo 4, que acrediten la realización de al menos tres (3) actividades y/o proyectos artísticos, culturales y/o patrimoniales.

Quiénes no pueden participar

Los que se indiquen en las “Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2022”.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad de la persona natural participante pdf
15 MB
2 Certificado de residencia en Bogotá de la persona natural participante pdf
15 MB
3 Documento de identidad del representante de la agrupación participante pdf
15 MB
4 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante pdf
15 MB
5 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante pdf
15 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 PROYECTO DILIGENCIADO EN EL FORMATO ANEXO 1

Descargue y luego diligencie en su totalidad los ítems del Formato para presentación de propuestas definido y anexo a la convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. Una vez diligenciado debe guardarse en formato PDF para que posteriormente pueda ser cargado en la plataforma de inscripción en línea del Programa Distrital de Estímulos. Además, lea atentamente las condiciones generales de participación del PDE - 2022 así como las condiciones específicas de esta convocatoria.

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15 MB
2 DOCUMENTO EN PDF

Relación equipo de trabajo en Formato N.º 2

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15 MB
3 DOCUMENTO EN PDF

Cronograma en el Formato N°3

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15 MB
4 DOCUMENTO EN PDF

Presupuesto en Formato N.º 4

Nota 4: Dado que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto los participantes deberán revisar el artículo 9 de la Resolución No. 2890 de 2017 del Ministerio de Cultura y el concepto sobre gastos del Decreto 475 de 2020 los cuales señalan y definen los gastos aceptables y no aceptables. Los gastos no aceptables no podrán cargarse a los recursos solicitados a SCRD. (Revisar Anexo 1 y 2).

Nota 5: El presupuesto debe incluir los requerimientos técnicos necesarios para la puesta en escena planteada en el Formato N.º1

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15 MB
5 SOPORTES

Soportes que acrediten la trayectoria del (los) participante(s) de acuerdo con el perfil y la categoría a la que se inscribe(n) (Certificaciones expedidas por entidades y organizaciones de carácter público, privado, comunitario, contratos o actas de liquidación, publicaciones, catálogos, portafolios, participación en exposiciones y/o eventos, programas de mano, flyers, notas de prensa, distinciones, resoluciones de ganadores de estímulos, presentaciones o links,entre otros), que den cuenta de la trayectoria mínima solicitada en el perfil de participante, a través de la relación de acciones o actividades en el sector de las artes escénicas. Los soportes aportados deben evidenciar de manera clara y visible el nombre del (los)  participante (s) (Persona natural o agrupación y/o sus integrantes según corresponda) y las fechas de la realización de dichas actividades, procesos o proyectos.

Se invita a los participantes a aportar copia (s) de la (s) Resolución (es) de beneficiarios Decreto 2012 de 2017, en la(s) cual (es) se subraye el (los)  nombre(s) del (los) postulado(s). (opcional)

Nota 6: No se considerarán válidas las auto certificaciones, es decir, emitidas por los mismos participantes.

Nota 7: Se invita a los participantes a presentar los soportes de trayectoria organizados en un solo documento en formato PDF.

Nota 8: En caso de anexar links de plataformas (YouTube, vimeo etc) el participante debe asegurarse de que el link sea público y pueda ser consultado por los jurados en el momento de la evaluación.

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15 MB

Criterios de evaluación

Categoría: Circulación Puesta en escena de artistas
Ronda: Selección
No. Criterio Puntaje
1 Trayectoria del (los) proponente actividades acreditadas con soporte 1 actividad: 15 puntos, 2-3 actividades: 20 puntos; 4-8 actividades: 25 puntos; 9 actividades en adelante: 30 puntos. 0 a 30
2 Viabilidad – factibilidad del proyecto, justificación, cronograma y presupuesto. 0 a 35
3 Innovación y aportes de la propuesta a la circulación de las prácticas artísticas. 0 a 20
4 Impacto esperado 0 a 15
Nota 9: El puntaje mínimo para ser seleccionado como ganador será de setenta (70) puntos

Nota 10: En caso de que no hayan propuestas habilitadas para evaluación en alguna de las categorías o las propuestas presentadas no alcancen el puntaje mínimo establecido (70 puntos), los jurados podrán recomendar la asignación del estímulo a una propuesta de otra categoría atendiendo el orden de elegibilidad y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal de la convocatoria.

Nota 11: En caso de presentarse un empate se seleccionará la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en el criterio “trayectoria” y de persistir el empate se seleccionará la propuesta con mayor puntaje en el criterio “viabilidad”.
Categoría: Creación- Producción de obra de las artes escénicas
Ronda: Selección
No. Criterio Puntaje
1 Trayectoria de los proponentes: Actividades acreditadas con soporte 3 actividades: 25 puntos; 4-8 actividades: 30 puntos; 9 actividades en adelante: 35 puntos. 0 a 35
2 Creación, innovación y posibilidades de circulación de la obra producto de la beca en otros escenarios. 0 a 35
3 Viabilidad – factibilidad del proyecto, justificación, cronograma y presupuesto. 0 a 20
4 Impacto esperado. 0 a 10
Nota 9: El puntaje mínimo para ser seleccionado como ganador será de setenta (70) puntos

Nota 10: En caso de que no hayan propuestas habilitadas para evaluación en alguna de las categorías o las propuestas presentadas no alcancen el puntaje mínimo establecido (70 puntos), los jurados podrán recomendar la asignación del estímulo a una propuesta de otra categoría atendiendo el orden de elegibilidad y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal de la convocatoria.

Nota 11: En caso de presentarse un empate se seleccionará la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en el criterio “trayectoria” y de persistir el empate se seleccionará la propuesta con mayor puntaje en el criterio “viabilidad”.

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en las “Condiciones Generales de Participación del PDE 2022”, el ganador tendrá derecho a recibir el estímulo correspondiente, en los siguientes porcentajes:

 ● Un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del estímulo, una vez notificada la resolución que otorga el estímulo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo y en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2022. Adicionalmente, dado el origen de los recursos de la presente convocatoria, para este desembolso se deberá contar con el aval emitido por el Ministerio de Cultura .

● Un segundo y último desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del estímulo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte del ganador y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD.

Nota 12: Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC–. Al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el ganador, dependiendo de su calidad tributaria.

 

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en las “Condiciones Generales de Participación del PDE 2022”:

● Realizar como mínimo una puesta en escena abierta al público en cualquiera de las 20 localidades de la ciudad de Bogotá.

● Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como las que formule la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio o según las disposiciones del Ministerio de Cultura, para lo cual el ganador deberá entregar el plan de mejora correspondiente.

● Entregar el cronograma de la ejecución de la propuesta, a más tardar una (1) semana después de haber sido aprobada su póliza como ganador de la beca, con fechas (día, mes y año) correctas para divulgación y participación de la ciudadanía en las mismas.

● Asistir a las reuniones, encuentros y visitas convocadas por la entidad del sector encargada de financiar el proyecto.

● Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución del estímulo, en caso de ser requeridos.

●  Entregar el cuadro de presupuesto dando cuenta de la ejecución del Proyecto.

● Gestionar los escenarios y la producción técnica, escénica y logística necesaria para el desarrollo de su propuesta.

● Acatar las disposiciones legales vigentes, en general y específicamente las relacionadas con la situación sanitaria, además de lo contemplado en el Código Nacional de Policía y Convivencia.

● Entregar los informes de ejecución de la propuesta que sean requeridos (avance y final) siguiendo el formato suministrado por la entidad, en donde se dé cuenta del desarrollo de las actividades realizadas durante el proceso, así como, los registros documentales correspondientes.

● Entregar los informes de ejecución presupuestal que sean requeridos, siguiendo el formato suministrado por la entidad y atendiendo lo dispuesto en el artículo 9 de la Resolución No. 2890 del Ministerio de Cultura de 2017 y el concepto de gastos del Decreto 475 de 2020, los cuales señalan y definen los gastos aceptables y no aceptables, en el marco de la presente convocatoria.

● Entregar una memoria social y/o sistematización de la experiencia, bien sea en texto en formato PDF o audiovisual que dé cuenta del proceso realizado y de los aprendizajes producto de la ejecución del proyecto.

● Entregar el resultado final del proyecto ejecutado.

● Participar de las estrategias de socialización definidas por la entidad que acompaña la ejecución de la propuesta. 

● Autorizar a la entidad correspondiente el uso del material desarrollado en la propuesta con fines de promoción, circulación y difusión del arte, la cultura y el patrimonio. Esta autorización no implica enajenación, cesión o traspaso de los derechos morales y patrimoniales de la creación.

● Participar, cuando sean convocados, en el Programa de Fortalecimiento de los Agentes Culturales (PFAS), según las recomendaciones realizadas por jurados y profesionales de acompañamiento asignado a la ejecución de la propuesta.

● La agrupación deberá cumplir el requerimiento de conformación de contar con un mínimo de 50%  de integrantes que sean beneficiarios de las resoluciones 191 , 353, 924 de 2020, 502,907 de 2021 y 60 de 2022 ( decreto 2012 de 2017)

Anexos

No. Documento Descripción
1 Anexo 1- gastos permitidos
Anexo 1- gastos permitidos
2 Anexo 2 Resolución 2890 de 2017
Anexo 2  Resolución 2890 de 2017
3 Anexo 3 Resoluciones 191,353, 924 de 2020
Anexo 3 Resoluciones 191,353, 924 de 2020 
4 Anexo 4 Resoluciones 502,907 de 2021 y 60 de 2022
Anexo 4 Resoluciones 502,907 de 2021 y 60 de 2022 

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato Presentación de Propuestas

(archivo Word o PDF)

 
 
Anexo 1 Formato Presentación de Propuestas
2 Formato Anexo 2 Equipos de trabajo

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato Anexo 2 Equipos de trabajo
3 Formato Anexo 3 Cronograma

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato Anexo 3 Cronograma
4 Formato Anexo 4 Presupuesto

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato Anexo 4 Presupuesto 
5 Formato Declaración Juramentada

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato Declaración Juramentada

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 Resolución Apertura No 198 del 21 de abril de 2022
“Por medio de la cual se ordena la apertura de convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2022 Fase II de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"
2 Resolución Jurados 418 del 01 de julio de 2022
“Por la cual se designan los jurados que tendrán a cargo la evaluación de las propuestas habilitadas para la convocatoria “Beca comparte lo que sabes” del Programa Distrital de Estímulos 2022 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos”
3 Resolución Ganadores No. 537 de 10 de agosto de 2022
Por la cual se acoge la recomendación de los jurados designados para seleccionar a los ganadores de la convocatoria “Beca comparte lo que sabes”, del Programa Distrital de Estímulos 2022 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se ordena el desembolso del estímulo económico

Listados

Categoría: Circulación Puesta en escena de artistas
No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos
Listado de participantes inscritos
2 Listado de rechazados y documentos por subsanar
Listado de rechazados y documentos por subsanar
3 Listado de habilitados y rechazados
Listado de habilitados y rechazados
Categoría: Creación- Producción de obra de las artes escénicas
No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos
Listado de participantes inscritos
2 Listado de rechazados y documentos por subsanar
Listado de rechazados y documentos por subsanar
3 Listado de habilitados y rechazados
Listado de habilitados y rechazados

Avisos modificatorios

No. Documento Descripción
1 Aviso Modificatorio No 12
A los cronogramas de las convocatorias: “Beca comparte lo que sabes” y “Beca pararealización de un cortometraje sobre el cuento elegido para adaptación audiovisual” delPrograma Distrital de Estímulos 2022. 

Para participar inicia sesión en SICON y busca esta convocatoria