Convocatoria Adjudicada
SCRD

BECA ARTISTAS DE CLASE. PROCESO DE FORMACIÓN INFORMAL PARA CUALIFICAR ARTISTAS REGULADOS DEL ESPACIO PÚBLICO EN LAS ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES.

Programa Distrital de Estímulos

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¡IMPORTANTE!

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Resolución Ganadores No. 482 de 25 de julio de 2022

07/22

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Resolución de jurados No. 383 de 23 de junio de 2022

06/22

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Listado de habilitados y rechazados

06/22

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Listado de participantes inscritos

05/22

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Resolución Apertura No 198 del 21 de abril de 2022

04/22

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DOCUMENTOS

Información básica

Desarrollar un proceso de educación informal presencial para los artistas regulados del espacio público del campo de las artes plásticas y visuales, que genere un escenario dinámico de aprendizaje, donde a través de herramientas metodológicas innovadoras se transmitan conocimientos que les permitan cualificarse en su práctica.

Enfoque(s): Interdisciplinar / Transdisciplinar

Línea(s) estratégica(s): Formación

Área(s): Interdisciplinar / transdisciplinar

Número de estímulos: 1

Total de recursos: $ 66.500.000

Descripción general de los recursos a otorgar: Valor individual por estímulo: $66.500.000

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Profesional en Bellas Artes, Ciencias Sociales y Humanas y/o Ciencias de la Educación con título de posgrado y experiencia mínima de cinco (5) años en creación, investigación, formación, producción y/o gestión en el campo del arte, la cultura o el patrimonio, relacionado con las artes plásticas y visuales.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación

Campo de experiencia: Creación, investigación, formación, producción y/o gestión en el campo del arte, la cultura o el patrimonio, relacionado con las artes plásticas y visuales.

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Especialización

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Profesional en Bellas Artes, Ciencias Sociales y Humanas y/o Ciencias de la Educación con título de posgrado y experiencia mínima de cuatro (4) años en procesos de producción, gestión y/o formación en el campo del arte, cultura y patrimonio .

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación

Campo de experiencia: Procesos de producción, gestión y/o formación en el campo del arte, cultura y patrimonio .

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Especialización

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 3

Profesionales en cualquier área del conocimiento con título de posgrado y experiencia específica mínima de cuatro (4) años en acompañamiento a procesos pedagógicos, comunitarios y/o sociales

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Salud , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación , Economia, Administracion, Contaduria Y Afines , Matemáticas Y Ciencias Naturales , Ingeniería, Arquitectura, Urbanismo Y Afines , Agronomía Veterinaria Y Afines

Campo de experiencia: Acompañamiento a procesos pedagógicos, comunitarios y/o sociales.

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Especialización

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 21/04/2022
Fecha de apertura 27/04/2022
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 23/05/2022 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 26/05/2022 17:00:00
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 07/06/2022
Publicación de resultados de evaluación 25/07/2022
Fecha máxima de ejecución 15/11/2022

Justificación

Una de las apuestas de la SCRD es la “Implementación de una estrategia de arte en espacio público en Bogotá(1), la cual tiene el objetivo de propiciar e integrar acciones artísticas y culturales tendientes a la apropiación, uso y disfrute del espacio público, capaces de construir comunidad y transformar entornos sociales y culturales. Para ello, es necesario trabajar por los actores que tienen como actividad principal la realización de expresiones artísticas en el espacio público.

Algunos de los actores a los que se dirige la estrategia, son los artistas del espacio público que en el día a día, desarrollan su actividad en las plazas, plazoletas, parques y andenes de la ciudad, dinamizando y revitalizando cada uno de los lugares en los que se presentan. Como una manera para identificar estos actores, la SCRD y el IDARTES, en cumplimiento del Decreto Distrital 552 de 2018 "Por medio del cual se establece el Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público en el Distrito Capital de Bogotá y se dictan otras disposiciones", implementaron la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público, en donde los artistas pueden registrarse y obtener los permisos para realizar sus prácticas artísticas en el espacio público de la ciudad. Toda la información relacionada con la regulación se puede encontrar en el siguiente enlace:

https://e.issuu.com/anonymous-embed.html?u=algriva2&d=manual_artistas_aep_25.12.2018_v2

Durante el año 2021 se realizó la beca “Artistas de Clase 2021”, con el objetivo de trabajar en un proceso de formación con artistas del espacio público del campo de las artes escénicas. Para darle continuidad al proceso, en el año 2022 la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte -SCRD- tiene previsto desarrollar un proceso de formación informal para artistas regulados del espacio público, que desarrollen artes plásticas y visuales, y por lo cual, reconociendo a los demás actores culturales del sector, invita a las organizaciones con domicilio de la ciudad de Bogotá y con experiencia en artes plásticas y visuales, para que se vinculen a esta iniciativa, brindando espacios pedagógicos capaces de transmitir los conocimientos adquiridos en sus años de experiencia a los artistas regulados que desarrollan sus actividades en el espacio público y que también hacen parte del ecosistema artístico de la ciudad.

Es así que, la presente convocatoria se sumará a la estrategia de atención a los artistas que hagan parte de la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público y que pertenezcan a las artes plásticas y visuales, a través de procesos de formación y de cualificación de sus prácticas, no sólo en lo que se refiere a su disciplina artística, sino también en la búsqueda por brindar conocimientos que enriquezcan y dignifiquen su labor y la circulación de las artes en el espacio público.

(1)Proyecto de inversión 7887 de la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.  

 

Objeto

Desarrollar un proceso de educación informal presencial para los artistas regulados del espacio público del campo de las artes plásticas y visuales, que genere un escenario dinámico de aprendizaje, donde a través de herramientas metodológicas innovadoras se transmitan conocimientos que les permitan cualificarse en su práctica.

Para esto, se invita a las organizaciones con experiencia en artes plásticas y visuales a presentar una propuesta pedagógica para las áreas de trabajo de: 1. pintura y dibujo y 2. escultura, y que tenga las siguientes características:

a) La propuesta debe formular un proceso de formación en artes plásticas y visuales con mínimo (4) módulos presenciales por cada área de trabajo, cada uno de los módulos deberá tener mínimo una duración de cuatro (4) horas y uno deberá estar dirigido a estrategias de gestión cultural y artística y marketing cultural.

Nota 1 : En la formulación de la propuesta, podrá incluir talleres adicionales, bien sea como aporte a la misma, o para garantizar la atención del público objetivo en cada área de trabajo. De formularse el mínimo de talleres exigido, la organización deberá replicarlos tantas veces sea necesario para atender dicho público.

b) Los talleres deberán tener en cuenta el siguiente enfoque y distribución:

Área de Trabajo

Público Objetivo*

De acuerdo con la información reportada por la plataforma PAES con corte al 15 de marzo de 2022, los artistas regulados en cada disciplina son: 

Pintura y dibujo

  • 34  pintores 
  • 25 dibujantes 

Cada uno de los anteriores debe recibir el mínimo de módulos ofrecidos

Escultura

  • 20 escultores 

Cada uno de los anteriores debe recibir el mínimo de módulos ofrecidos

 

*El público objetivo está determinado por la caracterización de artistas del espacio público que hace parte la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público. La cantidad de artistas por práctica es estimada y puede ser objeto de modificación de acuerdo con la participación de los mismos en el proceso de formación. 

c) Los talleres deberán desarrollarse de forma presencial y en espacios dirigidos a un máximo de 20 participantes. En caso que las disposiciones sobre la emergencia sanitaria, impidan la realización de talleres de manera presencial, estos podrán ser realizados de manera virtual, para lo cual se concertará con la SCRD las condiciones de tal situación.

d) La propuesta pedagógica debe implementarse durante el tiempo de ejecución de la beca y no sobrepasar el 15 de noviembre del año 2022. Esto podrá variar de acuerdo con las condiciones de la convocatoria o la emergencia sanitaria.

e) El participante deberá contemplar dentro de su propuesta los insumos y materiales necesarios para la realización de los talleres y para entregar a cada uno de los artistas participantes.

f) El participante deberá incluir dentro de su propuesta la metodología que usará para contactar a los artistas regulados del espacio público que, necesariamente, implica el contacto telefónico y por otros medios virtuales.

g) De resultar ganador, deberá presentar una memoria audiovisual, que servirá para socializar los aprendizajes del proceso, debe tener en cuenta la percepción de los artistas regulados del espacio público. Esta debe tener una duración mínima de cinco (5) minutos y debe contar con todos los criterios de calidad y edición. (Ver el punto 12. Deberes específicos de los ganadores).

h) De resultar ganador, deberá entregar una constancia digital de participación en el taller, a los artistas que desarrollen el proceso.

i) Al final del proceso, de ser ganador debe entregar una fotografía digital de calidad por cada uno de los artistas participantes, en la que se vea el artista regulado con el producto o productos finales de su proceso de formación. Deben ser tomadas con una cámara fotográfica de al menos 24 mega pixeles, las fotos deben tener un  tratamiento de color para impresión en gran formato, en poliestireno, y se deben entregar con 300 dpi de calidad. Así mismo, debe realizar la impresión y entrega de 12 piezas en las que se vean mínimo 4 fotografías en cada una (de diferentes personas), con las siguientes características: 

  • Medidas totales: 177 cm X 121 cm.
  • Margen sin aprovechar: 7% (Aproximadamente 3 cm en cada margen).
  • Impreso en: Poliestireno de mínimo 90 gr.
  • La edición final debe estar ajustada de acuerdo con los lineamientos del “Manual de imagen para Ganadores de Fomento” y con la revisión y aprobación previa de la SCRD. Las fotografías deben ser tomadas con una camara de al menos 24 megapixeles, en buena calidad, con tratamiento de color para impresión en gran formato, en poliestireno. Las imágenes se deben entregar con 300 dpi. 

j) De ser ganador debe solicitar al artista participante del proceso de formación su autorización por escrito (en formato entregado por la SCRD), para el uso de su imagen y la de su obra, con fines de promoción, circulación y difusión del arte, la cultura y el patrimonio y, sobre todo, de las actividades artísticas en el espacio público. Esta autorización no implica enajenación, cesión o traspaso de los derechos morales y patrimoniales de la creación.

Nota 2: Para el cumplimiento del apartado f.  la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD, aportará al ganador lo siguiente:

  • La SCRD entregará al ganador el listado de artistas inscritos en la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público, con el objetivo de que el ganador los contacte directamente para que hagan parte de la actividad. 
  • La SCRD supervisará el proceso de contacto con los artistas regulados, para garantizar la mayor cantidad de participantes en los talleres pedagógicos.
  • La SCRD a través de un espacio virtual, presentará al ganador la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público y expondrá el perfil caracterizado del público objetivo. En este espacio será obligatoria la asistencia de los talleristas.

Nota 3: Dada la calamidad pública, con ocasión de la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID-19) en Bogotá D.C. y en aras de establecer estrategias de prevención y cuidado, se invita a los participantes a considerar opciones flexibles que permitan que las propuestas postuladas respondan a los retos de esta contingencia, estableciendo protocolos de bioseguridad y distanciamiento social de acuerdo con las medidas que progresivamente se vayan formulando desde el gobierno distrital y nacional frente a las restricciones para la realización de actividades que impliquen reunión o aglomeración de personas al momento de la ejecución. En caso de restricción o nuevas disposiciones frente a lo señalado, se deberá privilegiar el uso de herramientas digitales y de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), implementando estrategias creativas e innovadoras para su implementación.

Nota 4: A partir de la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con tres (3) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@scrd.gov.co hasta las 17:00 horas del último día. 

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Jurídica

Personas jurídicas con o sin ánimo de lucro, que su objeto social se relacione con el objeto de la presente convocatoria y que cuenten con más de un (1) año de constitución legal. Las personas jurídicas deben garantizar la conformación de un equipo de trabajo de mínimo cuatro (4) integrantes, que incluya dos (2) talleristas en artes plásticas y visuales, uno (1) en gestión cultural y artística y/o marketing, y además un (1) fotógrafo o realizador visual. Además, la persona jurídica deberá ser titular de al menos un (1) espacio de formación (propietario, arrendatario o comodatario), ubicado en la zona urbana de la ciudad de Bogotá para un aforo mínimo de 10 personas.

Quiénes no pueden participar

Los que se indican en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2022.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante. pdf
15 MB
2 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante. pdf
15 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 PROYECTO DILIGENCIADO EN EL FORMATO ANEXO 1

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuestas definido para la convocatoria el cual se encuentra publicado en la sección Formatos y diligencie la totalidad de los ítems solicitados en el formato. Una vez diligenciado debe guardarse en formato PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea del Programa Distrital de Estímulos. Además, lea atentamente las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos 2022 así como las condiciones específicas de esta convocatoria.

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15 MB
2 HOJA DE VIDA

Hojas de vida con certificaciones de estudios de talleristas, y/o experiencia para efectos de la asignación de puntaje:  Hoja de vida de las personas naturales que conforman el equipo de trabajo, y que adelantarán las acciones pedagógicas, quienes, para el componente técnico, deben acreditar estudios relacionados con artes plásticas y visuales en sus distintas áreas. Así mismo, quienes sean los encargados de los módulos de gestión cultural y artística y marketing cultural, deberán acreditar estudios relacionados con gestión cultural y artística y/o marketing. 

(Adjuntar carta de intención firmada de la persona natural en la que manifieste su interés en participar en la actividad pedagógica).

Nota 5: No se considerarán válidas las autocertificaciones, es decir, emitidas por los mismos talleristas.

Nota 6: Sólo serán tenidas en cuenta certificaciones que den cuenta de la experiencia mínima solicitada en el perfil del tallerista, a través del rol desempeñado. Las evidencias audiovisuales, fotografías y demás insumos de publicidad  serán tenidas en cuenta como respaldo de la experiencia, mas no como certificación de la misma.


Nota 7: Se invita a los participantes a presentar los soportes de trayectoria de cada profesional organizados en un solo documento en formato PDF.

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15 MB
3 HOJA DE VIDA

Hoja de vida y brochure de la persona natural que realizará el registro fotográfico y la edición del resultado final del proceso: Hoja de vida de la persona natural que realizará la toma de las fotografías finales del proceso de formación, así como su edición final, y brochure en el que de cuenta de su trayectoria como fotógrafo(a). Esta persona debe acreditar estudios en fotografía. (Adjuntar carta de intención firmada de la persona natural en la que manifieste su interés en participar en la actividad).

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15 MB
4 ANEXO

Disponibilidad de espacio de formación: Documento firmado por el representante legal, en el cual se manifieste la disponibilidad por parte de la persona jurídica de (1) un espacio de formación (propietario, arrendatario, comodatario o concesionario), ubicado en la zona urbana de la ciudad de Bogotá para un aforo mínimo de 10 personas. 

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15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: Selección
No. Criterio Puntaje
1 Trayectoria del equipo pedagógico: Además de los criterios establecidos en los documentos técnicos para la evaluación, tanto el área de trabajo de dibujo y pintura, como el de escultura deben tener un tallerista responsable (es decir, un total de 2 talleristas responsables), también, se debe incluir un tallerista adicional para los módulos de gestión cultural y artística y marketing cultural. No obstante, el participante está en libertad de incluir talleristas adicionales si considera que su trayectoria y experticia potencian la calidad de la formación ofrecida. En todos los casos, solamente se evaluará la trayectoria de los dos talleristas responsables y la del tallerista de gestión cultural y artística y marketing cultural. (Este puntaje corresponderá a los criterios establecidos en el Anexo 1) 0 a 40
2 Enfoque y pertinencia de la estrategia pedagógica: Se tendrá en cuenta que la propuesta esté acorde con las condiciones sociales de los artistas regulados del espacio público, así como también, el entorno espacial en el que desarrollan sus prácticas artísticas. 0 a 25
3 Condiciones del espacio para ofrecer los cursos: Se tendrá en cuenta que el participante cuente con un espacio adecuado y en óptimas condiciones para ofrecer el proceso de formación, de acuerdo con la metodología propuesta y los lineamientos de la beca. 0 a 15
4 Viabilidad, coherencia y optimización del presupuesto: Se tendrá en cuenta que los valores presentados en el presupuesto, se encuentren dentro de los valores del mercado. Adicionalmente, se tendrá en cuenta la relación de las actividades en la metodología propuesta, así como también, otras actividades propuestas por el participante y su coherencia frente al resultado final del proceso. 0 a 10
5 Propuesta de toma fotográfica del resultado final del proceso: Se tendrá en cuenta la hoja de vida y el brochure de la persona encargada de realizar el proceso de fotografías finales del proceso de formación, así como también de su edición final. 0 a 10
Nota 8: El puntaje mínimo de selección será de setenta (70) puntos.

Nota 9: En caso de presentarse un empate se seleccionará la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en el criterio de “Trayectoria del equipo pedagógico”. De persistir el empate se acudirá al criterio “Enfoque y pertinencia de la estrategia pedagógica”.

Derechos específicos de las y los ganadores

Recibir el estímulo correspondiente, en los siguientes porcentajes:

  • Un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del estímulo, una vez notificada la resolución que lo otorga, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo y en las Condiciones Generales de Participación. 
  • Un segundo y último desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del estímulo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte del ganador y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.

Nota 10: Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC–. Al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el ganador, dependiendo de su calidad tributaria.

Deberes específicos de las y los ganadores

  • Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como, los que formule la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, para lo cual el ganador deberá entregar el plan de mejora correspondiente. 
  • Entregar el cronograma de la ejecución de la propuesta a más tardar una (1) semana después de haber sido aprobada su póliza como ganador de la beca con fechas (día, mes y año) exactas para divulgación.
  • Asistir a las reuniones, encuentros y visitas convocadas por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.
  • El participante y su equipo de talleristas deben asistir a una reunión informativa virtual sobre la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público. Está estará dirigida por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.
  • Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la beca, en caso de ser requeridos.
  • Acatar las disposiciones legales vigentes, en general y específicamente las relacionadas con la emergencia sanitaria y los protocolos de bioseguridad, además de lo contemplado en el Código de seguridad y convivencia ciudadana.
  • Para el trámite del último desembolso, deberá entregar un informe final, que dé cuenta del proceso realizado y de los aprendizajes producto de la ejecución del proyecto, este deberá incluir un reporte de ejecución presupuestal, siguiendo el formato suministrado por la entidad.
  • Para el trámite del último desembolso, el ganador deberá entregar las autorizaciones por escrito de los participantes en el proceso de formación para utilizar las fotografías como resultado del proceso de formación. En la realización de cada una de las actividades desarrolladas, el ganador deberá gestionar la autorización respecto del uso de imagen de cada uno de los artistas que participen en ellas, con el fin de que estos permitan la reproducción, transformación, comunicación pública, distribución, puesta a disposición o transmisión digital, del registro audiovisual que realice, bien sea la organización ganadora o la SCRD. En especial, las autorizaciones deberán permitir realizar modificaciones formales y técnicas, necesarias para divulgar el material y para su uso en el marco de la misionalidad de la entidad.  
  • Participar de las estrategias de socialización definidas por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.
  • Autorizar a la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte el uso del material desarrollado en la propuesta con fines de promoción, circulación y difusión del arte, la cultura y el patrimonio. Esta autorización no implica enajenación, cesión o traspaso de los derechos morales y patrimoniales de la creación.
  • Para el trámite del último desembolso, el ganador deberá presentar una memoria audiovisual, que servirá para socializar los aprendizajes del proceso y que debe tener en cuenta la percepción de los artistas regulados. Esta debe tener una duración mínima de cinco (5) minutos y debe contar con todos los criterios de calidad y edición.
  • La memoria audiovisual debe tener un proceso de preproducción, producción y post-producción, la cual se entiende por finalizada, al entregar el video con *corrección de color y audio con mezcla básica, normalizado (es decir que tiene los niveles de volumen equilibrados), también debe comprender calidad visual Full Hd (1920 x1080) y audio "estéreo 320kb".
  • Las fotografías deben ser tomadas con una cámara fotográfica de al menos 24 mega pixeles, las fotos deben tener un  tratamiento de color para impresión en gran formato, en poliestireno, y se deben entregar con 300 dpi de calidad. Así mismo, debe realizar la impresión y entrega de 12 piezas en las que se vean mínimo 4 fotografías en cada una (de diferentes personas) y con las condiciones mencionadas en el objeto.
  • De conformidad con las condiciones específicas de participación, establecidas en los deberes de los ganadores, estos deberán suscribir una póliza de cumplimiento por el treinta por ciento (30%) del valor del estímulo con vigencia igual a la fecha límite de ejecución de la propuesta y 4 Meses más, a favor de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
  • El ganador se compromete a cumplir todas las disposiciones legales frente a la protección de datos personales, para lo cual podrá consultar el link https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/politica-de-privacidad. De igual forma, el profesional designado por la SCRD para el acompañamiento y seguimiento a los deberes del ganador, indicará los lineamientos específicos a tener en cuenta respecto a la información de terceros que se le suministre para la debida ejecución de su propuesta.
  • La información de las bases de datos de los artistas registrados, sólo podrá ser utilizada para el desarrollo del proyecto. 
  • En todas las actividades presenciales, se deberán mantener los protocolos de bioseguridad y acatar las medidas de Emergencia de Salud pública dispuestas por el gobierno nacional y distrital.
  • El ganador deberá aportar la póliza de responsabilidad civil extracontractual de los espacios en los cuales desarrollará su propuesta y/o actividades con público. Si el espacio no cuenta con la póliza, el ganador deberá constituir a favor de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, la Garantía de Responsabilidad Civil Extracontractual por el valor de doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV) con una vigencia que corresponda a la fecha límite de ejecución de la propuesta.
  • Participar, cuando sean convocados, en el Programa de Fortalecimiento de los Agentes Culturales (PFAS), según las recomendaciones realizadas por jurados y profesionales de acompañamiento asignado a la ejecución de la propuesta.

Anexos

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No. Documento Descripción

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato Presentación de Propuestas

(archivo Word o PDF)

 
 
Anexo 1 Formato Presentación de Propuestas

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 Resolución Apertura No 198 del 21 de abril de 2022
“Por medio de la cual se ordena la apertura de convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2022 Fase II de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte"
2 Resolución de jurados No. 383 de 23 de junio de 2022
"Por la cual se designan los jurados que tendrán a cargo la evaluación de las propuestas habilitadas para la convocatoria “Beca artistas de clase. Proceso de formación informal para cualificar artistas regulados del espacio público en las artes plásticas y visuales”, del Programa Distrital de Estímulos 2022 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos".
3 Resolución Ganadores No. 482 de 25 de julio de 2022

 “Por la cual se acoge la recomendación de los jurados designados para seleccionar a los ganadores de la convocatoria: “Beca artistas de clase. Proceso de formación informal para cualificar artistas regulados del espacio público en las artes plásticas y visuales”, del Programa Distrital de Estímulos 2022 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se ordena el desembolso del estímulo económico”.

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos
Listado de participantes inscritos
2 Listado de habilitados y rechazados
Se procede con la publicación del Listado Definitivo de conformidad con el siguiente numeral de las Condiciones Generales de Participación: 7.4. Verificación de cumplimiento de condiciones de participación - Nota 2. Si luego de la verificación administrativa y técnica, las propuestas inscritas en una convocatoria no requieren subsanación, el PDE procederá a publicar las listas definitivas de habilitados y rechazados.

Avisos modificatorios

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