Convocatoria Adjudicada
FUGA

PREMIO PEÑA DE MUJERES

Programa Distrital de Estímulos

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¡IMPORTANTE!

REVISA AQUÍ AVISOS, LISTADOS Y RESOLUCIONES

ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES

06/23

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RESOLUCIÓN No. 116 DE 2023

06/23

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AVISO MODIFICATORIO Premio Peña de Mujeres

05/23

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RESOLUCIÓN No. 315 DE 17 DE MAYO DE 2023

05/23

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RESOLUCIÓN No. 316 DE 17 DE MAYO DE 2023

05/23

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RESOLUCIÓN No. 87 DE 2023

05/23

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RESOLUCIÓN No. 79 DE 2023

05/23

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Listado de participantes habilitados y rechazados del Premio Peña de Mujeres

04/23

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Listado de participantes habilitados, rechazados y por subsanar del Premio Peña de Mujeres

04/23

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Listado de participantes inscritos del Premio Peña de Mujeres

04/23

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RESOLUCIÓN No. 17 DE 2023

02/23

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DOCUMENTOS

Información básica

La Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA tiene como misión articular y gestionar la revitalización y transformación participativa del centro de Bogotá a través de su potencial creativo, el arte y la cultura. Por lo anterior, presenta la convocatoria Premio Peña de Mujeres, del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura - PDE 2023, que invita a los creadores y creadoras en áreas de música, danza, teatro, poesía, narración oral, performance o circo a postular propuestas artísticas que desarrollen temáticas relacionadas con lo femenino, desde sus múltiples significados, concepciones, transformaciones y reflexiones a nivel cultural, social, artístico y expresivo.

 

Enfoque(s): Género

Línea(s) estratégica(s): Circulación

Área(s): Interdisciplinar / transdisciplinar

Número de estímulos: 5

Total de recursos: $ 22.500.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

Se otorgarán cinco (5) estímulos, cada uno por valor de cuatro millones quinientos mil pesos M/cte. ($4.500.000) Cada estímulo se entregará en un único desembolso.

 

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Artistas escénicos y/o músicos sin formación profesional con por lo menos 8 años de experiencia demostrable en la creación o circulación de espectáculos de artes escénicas (teatro, danza, performance) y/o música y/o en la producción y/o programación de eventos de esas mismas disciplinas, bien sea en giras, eventos o festivales de nivel nacional y/o internacional.

 

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia:

Música, teatro, danza, performance, programación de escenarios, producción de eventos/festivales de artes escénicas

Área perfil: Arte dramático , Danza , Literatura , Música , Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Básica Secundaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Profesional en artes escénicas (teatro, danza, performance) y/o música, con experiencia demostrable de por lo menos 6 años en la creación de espectáculos de artes escénicas (teatro, danza, performance) y/o música y/o en la producción y/o programación de eventos de esas mismas disciplinas, bien sea en giras, eventos o festivales de nivel nacional y/o internacional, con especialización o maestría en las áreas de interés o afines de la convocatoria.

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia:

Artes escénicas (música, arte dramático, danza, performance), creaciones interdisciplinares, producción de eventos/festivales de artes escénicas

Área perfil: Arte dramático , Danza , Literatura , Música , Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Especialización , Maestría

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 08/02/2023

Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con tres (3) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: atencionalciudadano@fuga.gov.co

Fecha de apertura 14/02/2023

Fecha a partir de la cual se habilita la plataforma para inscribir propuestas.

Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 28/03/2023 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 31/03/2023 17:00:00
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 19/04/2023
Publicación de resultados de evaluación 27/06/2023
Fecha máxima de ejecución 30/11/2023

Justificación

Objeto

Mediante la convocatoria Premio Peña de Mujeres, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, busca abrir un espacio para reflexionar sobre las múltiples interpretaciones, significados y concepciones de lo femenino, a través del reconocimiento y puesta en escena de propuestas artísticas creativas que generen impacto en los habitantes de Bogotá y propicien reflexiones, cuestionamientos, cambios de actitud, hábitos y conciencia en la construcción cultural de lo femenino.

Se recibirán propuestas creativas en las áreas de música, danza, teatro, poesía, narración oral, performance o circo que visibilicen y exalten lo femenino como dispositivo creativo y creador. 

Las propuestas ganadoras de este estímulo serán circuladas en El Muelle, escenario de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA, o en caso de fuerza mayor, en el espacio que la Fundación determine para tal fin. Se debe tener en cuenta que para presentarse en El Muelle, las propuestas deberán adaptarse al espacio y a las condiciones técnicas de dicho escenario. Para ello se adjunta el rider del espacio (Ver Anexo 1) con el fin de tenerlo en cuenta para la participación en la presente convocatoria. 

Las propuestas ganadoras deberán acatar para su presentación las condiciones de uso del espacio y los protocolos de bioseguridad en cumplimiento de la normatividad vigente, establecida por el Ministerio de Salud y la Alcaldía de Mayor Bogotá.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Agrupación

Conjunto de dos o más personas naturales mayores de 18 años, que presentan una propuesta en la cual participan activamente para su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, quien será el encargado de comunicarse con la entidad encargada de la convocatoria, en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo dado el caso que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y, de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor comprobados, asuma las responsabilidades del principal. Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la propuesta ganadora.Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores, y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. 

Durante la etapa comprendida entre el cierre de la inscripción de propuestas y la adjudicación de los estímulos, no se permitirá la renuncia o reemplazo de alguno de los integrantes de las agrupaciones.

Para participar en esta convocatoria las agrupaciones deben estar conformadas por mínimo dos (2) artistas (con o sin formación profesional), residentes en Bogotá. La agrupación debe contar con una trayectoria en la que pueda demostrar el desarrollo de mínimo tres (3) proyectos artísticos en las áreas de interés de la convocatoria.  

Nota: Se deberá aportar hoja de vida de la agrupación anexando certificaciones de experiencia tal como se indica en el ítem “Documentos técnicos para evaluación”.

 

Persona Natural

Se entiende por persona natural al ciudadano(a) colombiano(a) o extranjero(a), mayor de 18 años, que de manera individual presenta una propuesta. 

Para participar en esta convocatoria la persona natural debe residir en Bogotá, ser artista (con o sin formación profesional) y contar con una trayectoria en la que pueda demostrar el desarrollo de mínimo tres (3) proyectos artísticos en las áreas de interés de la convocatoria. 


Nota: Se debe aportar la hoja de vida de la persona natural anexando certificaciones de experiencia. tal como se indica en el ítem “Documentos técnicos para evaluación”.

Persona Jurídica

Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente.

Para participar en esta convocatoria, las personas jurídicas deben tener su domicilio principal en la ciudad de Bogotá, acreditar mediante certificado de existencia y representación legal que su objeto social está relacionado con el desarrollo de proyectos artísticos. Adicionalmente, deben demostrar la realización de mínimo tres (3) proyectos artísticos en las áreas de interés de esta convocatoria.


Nota: Se debe aportar la hoja de vida de la persona jurídica anexando certificaciones de experiencia tal como se indica en el ítem “Documentos técnicos para evaluación”.

Quiénes no pueden participar

Quienes se indiquen en el numeral 3.2 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura – PDE 2023.

Los ganadores de la convocatoria Premio Peña de Mujeres del Programa Distrital de Estímulos 2022.

 

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. 

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

 

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5 MB
2 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. con la matrícula mercantil renovada en la vigencia correspondiente, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012

Si el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante presenta modificaciones o ajustes con posterioridad al cierre de la convocatoria en cualquier etapa del proceso, se deberá informar oportunamente a la entidad otorgante, la cual realizará los ajustes correspondientes en la plataforma SICON.

En el caso de grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos), deberán presentar una certificación sobre existencia y representación legal de la organización o comunidad con el aval de las instancias consultivas locales y mesas según corresponda. 

Dado el caso que el participante informe la existencia del documento en otra entidad, se procederá de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012.

Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente.

 

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5 MB
3 Documento de identidad de la persona natural participante

- Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. 

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

 

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5 MB
4 Certificado de residencia en Bogotá de la persona natural participante

Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web:

http://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/solicitud-certificado-residencia

Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2023, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato.

 

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5 MB
5 Documento de identidad del representante de la agrupación participante

- Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. 

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

 

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5 MB
6 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante

- Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. 

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

 

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5 MB
7 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web:

http://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/solicitud-certificado-residencia

Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2023, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato

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10 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA

Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura 2023, así como las condiciones específicas de esta convocatoria.

Descargue y diligencie en su totalidad el "Formato para presentación de propuesta del  Premio Peña de Mujeres" el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

Tenga en cuenta que los enlaces incluidos deben estar activos, sin restricción de acceso y NO son subsanables. En caso de que se trate de un video privado, se debe suministrar la clave

 

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15 MB
2 SOPORTES DE LA EXPERIENCIA Y TRAYECTORIA DEL PARTICIPANTE

Hoja de vida de la persona jurídica, persona natural o agrupación, anexando certificaciones de experiencia y trayectoria artística. Estos documentos deberán dar cuenta de la realización del número mínimo de proyectos solicitados de acuerdo con el tipo de participante. (Ver perfil del participante)

Se podrá aportar cualquiera de los siguientes soportes como certificaciones de experiencia para la persona natural. jurídica  o  agrupación: 

 

1. Certificaciones expedidas por entidades públicas o privadas donde se indique fecha (día, mes, año) y lugar, contrato con su respectiva acta de liquidación u órdenes de servicio con comprobantes de pago.

2. Soportes como: Volantes (flyers). Afiches. Programas de mano. Registro fotográfico o audiovisual. Publicaciones propias. Publicaciones en medios de comunicación (reseñas, artículos, entrevistas, etc., indicando el medio en el que fue publicado y la fecha).

Nota 1: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias.

Nota 2: El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o con restricción de acceso que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web o documentos digitales)o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada

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15 MB
3 DOCUMENTO EN PDF

Formato de derechos de autor

Descargue y diligencie la totalidad de los ítems solicitados en el “Formato de derechos de autor” el cual se encuentra en la sección formatos de esta convocatoria.Una vez diligenciado y firmado guárdelo  en formato PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

 

 

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5 MB

Criterios de evaluación

Ronda: GANADORES
No. Criterio Puntaje
1

Solidez interpretativa y artística de la propuesta

Para las propuestas de teatro, danza, circo y performance se tendrán en cuenta: dramaturgia (texto) o coreografía, dirección, recursos escénicos, recursos interpretativos, entre otros

Para las propuestas de música se tendrán en cuenta afinación, ritmo, destreza, entre otros.

0 a 40
2

Tratamiento estético y recursos técnicos de la propuesta

Para las propuestas de teatro, danza, circo y performance se tendrán en cuenta escenografía, iluminación, sonido, vestuario, utilería, entre otros

Para las propuestas de música se tendrán en cuenta calidad del sonido, relación con el público, elementos escénicos, entre otros

 

0 a 35
3

Trayectoria de la propuesta

0 a 20
4

Si el participante (persona natural o jurídica) o al menos uno de los integrantes en el caso de agrupación, reside en las localidades de Santa Fe, Los Mártires o La Candelaria.

Nota 1: Este criterio responde a la misionalidad territorial de la FUGA, no es obligatorio que los participantes residan en el Centro de Bogotá, sin embargo a aquellos participantes que acrediten esta condición, se les otorgarán 5 ptos en la evaluación. En el caso de persona jurídica, se debe acreditar mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, que el domicilio principal sea en las localidades de Los Mártires, Santa Fe o La Candelaria.

Nota 2: En caso de obtener el puntaje correspondiente a este criterio la persona o personas que se acrediten como residentes no podrán ser reemplazadas en ninguna etapa del proceso.

0 a 5

Selección de ganadores

Derechos específicos de las y los ganadores

 

Además de los contemplados en el numeral 7.5 las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2023, el ganador tendrá los siguientes derechos:

  1. Ser el titular de los derechos morales y patrimoniales de las obras o propuestas beneficiadas con el estímulo. Se recomienda a los participantes registrar, de forma previa, la propuesta ante la Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA), con el fin de obtener un medio declarativo sobre su creación (si aplica). Para ello puede ingresar al portal web: www.derechodeautor.gov.co o acercarse a las oficinas de dicha entidad.
  2. Gozar de las acciones de divulgación que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA- realice dentro del ámbito de sus funciones y conforme a la disponibilidad de recursos.
  3. Recibir el estímulo en un único desembolso, después de realizada la presentación de su obra o concierto, previa firma del paz y salvo del espacio donde se haya llevado a cabo la presentación y entrega de informe final de ejecución aprobado por la Subdirección Artística y Cultural.

Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC).

Nota 2: al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente.

A partir de la fecha y hora de notificación cuenta con diez (10) días hábiles para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del estímulo de acuerdo con numeral 7.2 de las Condiciones Generales de Participación. Para esta convocatoria debe presentar:

  • Carta firmada y dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, en la que se manifiesta expresamente la aceptación del estímulo y se remiten los documentos requeridos. La carta debe estar suscrita por la persona natural, persona jurídica o el representante de la agrupación según corresponda.
  • Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre de la persona natural, persona jurídica o del representante de la agrupación. La fecha de actualización del certificado debe ser del año 2019 en adelante, y su fecha de generación, de máximo treinta (30) días anteriores a su entrega.
  • Certificación bancaria a nombre de la persona natural, persona jurídica o del representante de la agrupación en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega.
  • Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación, con fecha de expedición máximo de treinta (30) días antes de su entrega o Certificación de parafiscales, expedido por el revisor fiscal o por el representante legal de la persona jurídica, en donde se acredite que la entidad está al día en el pago de los aportes parafiscales y de seguridad social o que no está obligada a hacerlo, según sea el caso.

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.6  las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2023, el ganador tendrá los siguientes deberes:

 

  1. Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA, a través de la Subdirección Artística y Cultural.
  2. Cumplir con las condiciones previstas por la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA para la entrega del estímulo.
  3. Acatar los protocolos de funcionamiento, seguridad y bioseguridad de los espacios destinados para la ejecución de la propuesta, la cual, en caso de ser necesario, deberá ser adaptada a las condiciones técnicas del lugar, o suplir bajo su cuenta y riesgo los requerimientos adicionales, en caso de que aplique.
  4. Tener en cuenta que, para la presentación de la propuesta, el espacio de El Muelle estará sujeto a las fechas y horas que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA y su equipo de producción dispongan.
  5. Asistir a la visita técnica programada en la fecha y hora establecidas por la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
  6. En caso de que la presentación se realice en las instalaciones de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, se deberán retirar los insumos y elementos utilizados una vez finalizado el evento, dentro del plazo señalado por la entidad. Vencido este plazo, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA no se hará responsable por los materiales no retirados. En caso de que el(la) ganador(a) no pueda reclamar personalmente los productos, podrá delegar en un tercero la responsabilidad mediante comunicación escrita firmada por la persona natural o el representante principal de la agrupación.
  7. Aportar o suministrar cualquier equipo adicional que se necesite para la presentación de la propuesta.
  8. Hacerse responsable y cumplir con los aspectos relacionados con autoría y derechos patrimoniales y morales de la propuesta, así como con los trámites de derechos de autor, de acuerdo a lo contemplado en el numeral 7.6 de las condiciones generales de participación PDE 2023.

Anexos

No. Documento Descripción
1 RIDER TÉCNICO MUELLE
Rider técnico del escenario El Muelle de la FUGA

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato propuesta Premio Peña de Mujeres 2023

(archivo Word o PDF)

 
 
2 Formato Derechos de Autor

(archivo Word o PDF)

 
 
3 Formato Declaración Juramentada Lugar de Residencia

(archivo Word o PDF)

 
 

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 RESOLUCIÓN No. 17 DE 2023
“Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - FUGA 2023 - a cargo de la Subdirección Artística y Cultural”
2 RESOLUCIÓN No. 79 DE 2023

“Por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria “Premio Peña de Mujeres” del Programa Distrital de Estímulos FUGA 2023 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados.”

3 RESOLUCIÓN No. 87 DE 2023
“Por la cual se adopta la modificación parcial de las Condiciones Generales de Participacióndel Programa Distrital de Estímulos y de las Condiciones Generales de Participación Bancode Expertos del Sector Cultura.”
4 RESOLUCIÓN No. 316 DE 17 DE MAYO DE 2023
“Por medio de la cual se modifican parcialmente las “CONDICIONES GENERALES DEPARTICIPACIÓN” del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2023 adoptadas medianteResolución 94 de 14 de febrero de 2023”. 
5 RESOLUCIÓN No. 315 DE 17 DE MAYO DE 2023
“Por medio de la cual se modifican parcialmente las “CONDICIONES DEPARTICIPACIÓN BANCO DE EXPERTOS PARA EL SECTOR CULTURA” del ProgramaDistrital de Estímulos - PDE 2023 adoptados mediante Resolución 95 de 14 de febrero de2023” 
6 RESOLUCIÓN No. 116 DE 2023
“Por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado para seleccionar losganadores de la convocatoria - Premio Peña de Mujeres - del Programa Distrital deEstímulos FUGA 2023 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados alos ganadores.”
7 ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES
Se publica el Acta de Recomendación de Ganadores del Premio Peña de Mujeres.

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos del Premio Peña de Mujeres
Publicación del Listado de participantes inscritos del Premio Peña de Mujeres
2 Listado de participantes habilitados, rechazados y por subsanar del Premio Peña de Mujeres
Publicación del Listado de participantes habilitados, rechazados y por subsanar del Premio Peña de Mujeres
3 Listado de participantes habilitados y rechazados del Premio Peña de Mujeres
Publicación del Listado de participantes habilitados y rechazados del Premio Peña de Mujeres

Avisos modificatorios

No. Documento Descripción
1 AVISO MODIFICATORIO Premio Peña de Mujeres
AVISO MODIFICATORIO - Premio Peña de Mujeres

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