Convocatoria Adjudicada
FUGA

BECA PLÁSTICA SONORA

Programa Distrital de Estímulos

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¡IMPORTANTE!

REVISA AQUÍ AVISOS, LISTADOS Y RESOLUCIONES

ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES

07/23

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RESOLUCIÓN No. 132 DE 2023

07/23

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RESOLUCIÓN No. 98 DE 2023

06/23

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Listado de participantes habilitados y rechazados de la Beca Plástica Sonora

05/23

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RESOLUCIÓN No. 315 DE 17 DE MAYO DE 2023

05/23

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RESOLUCIÓN No. 316 DE 17 DE MAYO DE 2023

05/23

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RESOLUCIÓN No. 87 DE 2023

05/23

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Listado de participantes habilitados, rechazados y por subsanar de la Beca Plástica Sonora

05/23

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Listado de participantes inscritos en la Beca Plástica Sonora

05/23

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RESOLUCIÓN No. 17 DE 2023

02/23

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DOCUMENTOS

Información básica

La Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA tiene como misión articular y gestionar la revitalización y transformación participativa del centro de Bogotá a través de su potencial creativo, el arte y la cultura. Por lo anterior, abre la convocatoria Beca Plástica Sonora que busca incentivar la experimentación, la creación y el desarrollo de formatos interdisciplinarios y experiencias sonoras que exploren e investiguen sobre la dimensión acústica del centro de Bogotá abordando la memoria y la cultura de manera transversal utilizando el arte contemporáneo como herramienta de transformación social.

Enfoque(s): Territorial

Línea(s) estratégica(s): Creación

Área(s): Arte, ciencia y tecnología,Artes audiovisuales,Artes plásticas y visuales,Interdisciplinar / transdisciplinar,Música

Número de estímulos: 1

Total de recursos: $ 25.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

Se otorgará un (1) único estímulo por valor de veinticinco millones de pesos M/Cte ($25.000.000), el cual se otorgará al ganador en dos (2) desembolsos.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Profesional en  artes plásticas y visuales o en ciencias sociales y humanas.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia:

Trayectoria igual o superior a ( 3 ) tres  años en el campo de la creación y la experimentación sonora, debidamente  soportada.

Área perfil: Artes plásticas y visuales , Artes audiovisuales

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Profesionales ingenieros de sonido o músicos.

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia:

Trayectoria igual o superior a (3) tres años en el campo de la creación y la experimentación sonora, debidamente  soportada.

Área perfil: Música , Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 08/02/2023

Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con tres (3) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: atencionalciudadano@fuga.gov.co

Fecha de apertura 14/02/2023

Fecha a partir de la cual se habilita la plataforma para inscribir propuestas.

Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 30/04/2023 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 03/05/2023 17:00:00
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 19/05/2023
Publicación de resultados de evaluación 17/07/2023
Fecha máxima de ejecución 30/11/2023

Justificación

Incentivar la creación y el desarrollo de experiencias sonoras (arte sonoro, música ambiente, paisajes sonoros o contenidos radiofónicos experimentales, etc) que propongan procesos de exploración y diálogos estéticos con diversos universos sonoros del Centro de Bogotá. 

Objeto

La convocatoria Beca Plástica Sonora de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA busca incentivar la experimentación, la creación y el desarrollo de formatos interdisciplinarios y de experiencias sonoras (arte sonoro, música ambiente, paisajes sonoros o contenidos radiofónicos experimentales, etc) que propongan procesos de exploración y diálogos estéticos con diversos universos sonoros del Centro de Bogotá.  Esta beca invita a trabajar sobre la dimensión acústica del centro de la ciudad, abordando la memoria y la cultura de manera transversal utilizando el arte contemporáneo como herramienta de transformación social.

Este estímulo le apuesta a la generación de procesos de reflexión frente a la vida en los diferentes espacios del centro de la ciudad, las diversas formas sociales, cómo se materializa la acústica del proceso de comunicación en entornos sonoros, eventos y lugares específicos, como lo es el propio centro de la ciudad. En él, los sonidos cuentan sus propias historias, que dan cuenta de las relaciones entre el centro, el entorno, los lugares y sus habitantes y es sin duda un creador de identidad. 

El proyecto puede ser de carácter efímero y debe ser pensado para ser ejecutado en vivo en algún espacio del centro de Bogotá y transmitido en alguna plataforma sonora (como SoundCloud, YouTube, Spotify, entre otras). El concursante debe plantear una estrategia de socialización en fechas anteriores al plazo máximo de ejecución.

La propuesta deberá ser inédita (nunca exhibida o dada a conocer al público) y las respectivas licencias de uso y/o cesión de derechos a que hubiese lugar para reproducción, puesta a disposición y comunicación púbica de las obras de los artistas y/o grupos participantes, para los fines propios de la convocatoria, donde se incluye divulgación y promoción de material, producción de catálogos y memoria audiovisual deberán estar en poder de sus autores: no se admitirán propuestas que previamente hayan sido presentadas o exhibidas, ni que simultáneamente estén concursando en otra convocatoria o se encuentren en espera de fallo en otro concurso.

No se aceptarán propuestas que presenten contenidos excluyentes u ofensivos con el otro (por ejemplo: contenidos racistas, clasistas, homofóbicos, etc.).

Notas: 

  • De acuerdo con los requerimientos técnicos de montaje, ejecución y desmontaje de la propuesta artística o instalación, y en caso que se presente riesgo de daño o afectación al lugar de exhibición; el ganador deberá expedir la(s) póliza(s) que garanticen la integridad del inmueble, de acuerdo con las condiciones establecidas de la Fundación.
  • Los costos de permisos, producción del montaje, mantenimiento y desmonte de la intervención artística serán asumidos por el ganador y deben estar vinculados en el presupuesto. Así como la totalidad de los costos asociados a la presentación, el desarrollo y la ejecución del estímulo. El ganador deberá hacerse cargo de los costos que se den con ocasión a los daños generados por el montaje, ejecución, desmontaje y entrega de las salas o lugar de exposición, en caso que la propuesta presentada lo demande.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Agrupación

Conjunto de dos o más personas naturales mayores de 18 años, que presentan una propuesta en la cual participan activamente para su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, quien será el encargado de comunicarse con la entidad encargada de la convocatoria, en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo dado el caso que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y, de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor comprobados, asuma las responsabilidades del principal. Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la propuesta ganadora. Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores, y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. 

Durante la etapa comprendida entre el cierre de la inscripción de propuestas y la adjudicación de los estímulos, no se permitirá la renuncia o reemplazo de alguno de los integrantes de las agrupaciones.

Para participar en esta convocatoria, los integrantes de la agrupación podrán ser residentes en Bogotá D.C. o en cualquier ciudad de Colombia. 

Las agrupaciones deberán contar con trayectoria en el desarrollo de mínimo tres (3) proyectos afines al objeto de la convocatoria. Esta condición puede ser certificada entre de los integrantes. Adicionalmente, el representante principal de la agrupación debe acreditar experiencia en la realización de un (1) proyecto de artes sonoras. 

Nota 1:  Para el caso de agrupaciones que no residan en Bogotá, en caso de resultar ganadoras deben estar dispuestas a viajar y cubrir sus gastos para el desarrollo de su propuesta en Bogotá. Estos gastos no podrán estar asociados al presupuesto de la propuesta.

 

La experiencia exigida para las agrupaciones deberá estar soportada por la entrega de certificados certificados contractuales debidamente expedidos, actas de liquidación de contratos ejecutados y recibidos a satisfacción, certificados laborales, créditos museográficos o en galerías de arte, catálogos de exposición, aparición en bandera de publicaciones, artículos, premios o piezas gráficas publicadas en medios de comunicación, Volantes (flyers), Afiches, Programas de mano, reels, Registro fotográfico o audiovisual o Publicaciones propias.

Persona Natural

Se entiende por persona natural al ciudadano (a) colombiano (a) o extranjero (a) mayor de 18 años que de manera individual presenta una propuesta. 

Para participar en esta convocatoria, la persona natural debe residir en Colombia, y contar con experiencia comprobable en el desarrollo de mínimo dos (2) proyectos afines al objeto de la convocatoria.

Nota 1. El participante que no resida en Bogotá, en caso de resultar ganador debe estar dispuesto a viajar y cubrir sus gastos para el desarrollo de su propuesta en Bogotá. Estos gastos no podrán estar asociados al presupuesto de la propuesta.

Nota 2: la experiencia exigida para las personas naturales deberá estar soportada por la entrega de certificados contractuales debidamente expedidos, actas de liquidación de contratos ejecutados y recibidos a satisfacción, certificados laborales, créditos museográficos o en galerías de arte, catálogos de exposición, aparición en bandera de publicaciones, artículos, premios o piezas gráficas publicadas en medios de comunicación, Volantes (flyers), Afiches, Programas de mano, reels, Registro fotográfico o audiovisual o Publicaciones propias.

Quiénes no pueden participar

  • Quienes que se indiquen en el numeral 3.2 de  las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2023.
  • El ganador de la Beca Plástica Sonora del Programa Distrital de Estímulos 2022 de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad de la persona natural participante

 - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. 

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 MB
2 Documento de identidad del representante de la agrupación participante

 - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. 

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 MB
3 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante

 - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. 

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 MB
4 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Certificado de residencia en Bogotá o en otra ciudad/municipio/departamento de Colombia de cada uno de los miembros de la agrupación, expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno o por la autoridad competente, con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota. En caso de no ser posible la expedición del Certificado por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2023, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato.

 

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5 MB
5 Certificado de residencia en Bogotá de la persona natural participante

Certificado de residencia en Bogotá o en otra ciudad/municipio/departamento de Colombia de cada uno de los miembros de la agrupación, expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno o por la autoridad competente, con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota. En caso de no ser posible la expedición del Certificado por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2023, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato.


 

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5 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 PROPUESTA

Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2023 del sector cultura, recreación y deporte, así como las condiciones específicas de esta convocatoria.

Adjunte en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin, un único documento PDF que contenga:

1.  Reseña biográfica con vínculo al portafolio del proponente en línea.

2.  Conceptualización de la propuesta (extensión: entre 500 y 1.000 palabras)

3.  Descripción técnica del proyecto (boceto, prototipo o acercamiento digital) con características técnicas y logísticas. 

4.  Presupuesto 

5. Cronograma

6.  Estrategia de socialización de los resultados de la beca.

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15 MB
2 SOPORTES DE LA EXPERIENCIA Y TRAYECTORIA DEL PARTICIPANTE

Adjunte en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin, un único documento PDF con los soportes de experiencia y trayectoria del participante.

Para persona natural: Soportes que den cuenta del desarrollo de mínimo dos (2) proyectos afines al objeto de la convocatoria.

Para agrupaciones: Soportes que den cuenta de la trayectoria de la agrupación en el desarrollo de mínimo tres (3) proyectos afines al objeto de la convocatoria. Esta condición puede ser certificada entre de los integrantes. Adicionalmente, el representante principal de la agrupación debe acreditar experiencia en la realización de un (1) proyecto de artes sonoras. 

Se podrán aportar cualquiera de los siguientes soportes como certificaciones de experiencia:

  • Créditos museográficos o en galerías de arte.
  • Catálogos de exposición.
  • Aparición en bandera de publicaciones, artículos, premios o piezas gráficas publicadas en medios de comunicación.
  • Volantes (flyers).
  • Afiches.
  • Programas de mano.
  • Registro fotográfico o audiovisual.
  • Publicaciones propias.
  • Publicaciones en medios de comunicación (reseñas, artículos, entrevistas, etc., indicando el medio en el que fue publicado y la fecha).
  • Certificaciones expedidas por entidades públicas o privadas donde se indique fecha (día, mes, año) y lugar, contrato con su respectiva acta de liquidación u órdenes de servicio con comprobantes de pago.

Nota 1: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias.

Nota 2: El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o con restricción de acceso que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web o documentos digitales)o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada.

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15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: GANADORES
No. Criterio Puntaje
1

Solidez formal de la propuesta sonora.

0 a 30
2

Solidez conceptual de la propuesta sonora.

0 a 30
3

Viabilidad y factibilidad técnica y logística de la propuesta.

0 a 25
4

Portafolio del participante.

0 a 10
5

Si el participante (persona natural  o al menos uno de los integrantes en el caso de agrupación), reside en las localidades de Santa Fe, Los Mártires o La Candelaria.

Nota 1: Este criterio responde a la misionalidad territorial de la FUGA, no es obligatorio que los participantes residan en el Centro de Bogotá, sin embargo a aquellos participantes que acrediten esta condición, se les otorgarán 5 ptos en la evaluación.

Nota 2: En caso de obtener el puntaje correspondiente a este criterio, la persona o personas que se acrediten como residentes no podrán ser reemplazadas en ninguna etapa del proceso.

0 a 5

SELECCIÓN DE GANADOR

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.5 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2023, el ganador tendrá los siguientes derechos:

Desembolsos

Una vez publicada la resolución de recomendaciones de los jurados evaluadores y la selección de ganadores, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, llevará a cabo los desembolsos, así:

  • Primer desembolso correspondiente al 80 % del valor total del estímulo, posterior a la publicación de la resolución por la cual se designa el ganador, entrega oportuna de los documentos requeridos para la ejecución del estímulo por parte del ganador y aprobación de la garantía única de cumplimiento de disposiciones legales. 
  • Segundo y último desembolso correspondiente al 20 % del valor total del estímulo, contra entrega de un informe final posterior a la realización de la exposición/intervención y lanzamiento del espacio virtual en las fechas designadas por la FUGA, así como el desarrollo de la actividad de socialización pública (taller, conversatorio, conferencia), la entrega de un registro audio, videográfico y/o fotográfico de la intervención en soporte digital, un informe final de actividades, relación de gastos, soportes de los mismos y aprobación por parte de la Subdirección Artística y Cultural - FUGA.

Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC). 

Nota 2: al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente.

A partir de la fecha y hora de notificación cuenta con diez (10) días hábiles para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del estímulo de acuerdo con numeral 7.2 de las Condiciones Generales de Participación. Para esta convocatoria debe presentar:

  • Carta firmada y dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, en la que se manifiesta expresamente la aceptación del estímulo y se remiten los documentos requeridos. La carta debe estar suscrita por la persona natural o el representante de la agrupación según corresponda.
  • Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación. La fecha de actualización del certificado debe ser del año 2019 en adelante, y su fecha de generación, de máximo treinta (30) días anteriores a su entrega.
  • Certificación bancaria a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega.
  • Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación, con fecha de expedición máximo de treinta (30) días antes de su entrega.
  • Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30 %) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más. 
  • Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por 200 SMMLV y cobertura hasta la fecha máxima de ejecución del estímulo. Las pólizas deberán estar firmadas y acompañadas del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen. 

Deberes específicos de las y los ganadores

Deberes específicos de los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.6 las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2023, el ganador tendrá los siguientes deberes:

  1. Atender las recomendaciones para la estrategia de comunicación que realice la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
  2. Llevar a cabo una conferencia, conversatorio o charla sobre el proyecto, como parte de las actividades de socialización, antes de la fecha límite de ejecución de la beca, que debe ser propuesta por el participante y consensuada con la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
  3. Presentar un informe final, tal como se indica en el numeral referido a desembolsos donde se dé cuenta de la ejecución del estímulo tanto en el aspecto artístico como presupuestal.
  4. Entregar a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, dos copias en DVD (en alta resolución) con el registro fotográfico, videográfico y sonoro de la muestra, así como registro en video o audio de las actividades realizadas. 
  5. Acoger las observaciones que realice la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, durante la ejecución de la propuesta.
  6. Responder por los daños o afectaciones que se generen al inmueble o el lugar de ejecución de las actividades con ocasión al desarrollo del proyecto.
  7. Hacerse responsable y cumplir con los aspectos relacionados con autoría y derechos patrimoniales y morales de la propuesta, así como con los trámites de derechos de autor, conexos y de imagen de acuerdo a lo contemplado en el numeral 7.6 de las condiciones generales de participación PDE 2023.
  8. Los demás que señale la Subdirección Artística y Cultural de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA.

Anexos

No. Documento Descripción
1 Guía para la formulación del presupuesto de una propuesta

Este es un documentoorientativo que puede ser de su utilidad al momento de formular el presupuestode su propuesta.

Formatos

No. Documento Descripción
1 Declaración juramentada de residencia 2023

(archivo Word o PDF)

 
 
Declaración juramentada de residencia 2023

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 RESOLUCIÓN No. 17 DE 2023
“Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - FUGA 2023 - a cargo de la Subdirección Artística y Cultural”
2 RESOLUCIÓN No. 87 DE 2023
“Por la cual se adopta la modificación parcial de las Condiciones Generales de Participacióndel Programa Distrital de Estímulos y de las Condiciones Generales de Participación Bancode Expertos del Sector Cultura.”
3 RESOLUCIÓN No. 316 DE 17 DE MAYO DE 2023
“Por medio de la cual se modifican parcialmente las “CONDICIONES GENERALES DEPARTICIPACIÓN” del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2023 adoptadas medianteResolución 94 de 14 de febrero de 2023”.
4 RESOLUCIÓN No. 315 DE 17 DE MAYO DE 2023
“Por medio de la cual se modifican parcialmente las “CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN BANCO DE EXPERTOS PARA EL SECTOR CULTURA” del ProgramaDistrital de Estímulos - PDE 2023 adoptados mediante Resolución 95 de 14 de febrero de2023” 
5 RESOLUCIÓN No. 98 DE 2023
“Por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de laconvocatoria “Beca Plástica Sonora” del Programa Distrital de Estímulos FUGA 2023 y seordena el desembolso de los estímulos económicos asignados.” 
6 RESOLUCIÓN No. 132 DE 2023
“Por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado para seleccionar elganador de la convocatoria “Beca Plástica Sonora” del Programa Distrital de Estímulos -FUGA - 2023 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados a losganadores.”
7 ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES
Acta de recomendación de ganadores de la Beca Plástica Sonora.

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos en la Beca Plástica Sonora
Publicación del Listado de participantes inscritos en la Beca Plástica Sonora
2 Listado de participantes habilitados, rechazados y por subsanar de la Beca Plástica Sonora
Publicación del Listado de participantes habilitados, rechazados y por subsanar de la Beca Plástica Sonora
3 Listado de participantes habilitados y rechazados de la Beca Plástica Sonora
Publicación del Listado de participantes habilitados y rechazados de la Beca Plástica Sonora

Avisos modificatorios

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