Convocatoria Adjudicada
FUGA

BECA PRODUCCIÓN CURATORIAL

Programa Distrital de Estímulos

Descargue aquí la convocatoria en PDF Participar en esta convocatoria

Para participar, inicia sesión en SICON y busca esta convocatoria

Ver condiciones de participación

¡IMPORTANTE!

REVISA AQUÍ AVISOS, LISTADOS Y RESOLUCIONES

RESOLUCIÓN No. 149 DE 2023

08/23

Descargar PDF
ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES

08/23

Descargar PDF
RESOLUCIÓN No. 127 DE 2023

07/23

Descargar PDF
Listado de participantes habilitados y rechazados de la Beca Producción Curatorial

06/23

Descargar PDF
Listado de participantes habilitados, rechazados y por subsanar de la Beca Producción Curatorial

06/23

Descargar PDF
Listado de participantes inscritos Beca Producción Curatorial

05/23

Descargar PDF
RESOLUCIÓN No. 315 DE 17 DE MAYO DE 2023

05/23

Descargar PDF
RESOLUCIÓN No. 316 DE 17 DE MAYO DE 2023

05/23

Descargar PDF
RESOLUCIÓN No. 87 DE 2023

05/23

Descargar PDF
RESOLUCIÓN No. 17 DE 2023

02/23

Descargar PDF
DOCUMENTOS

Información básica

La Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA tiene como misión articular y gestionar la revitalización y transformación participativa del centro de Bogotá a través de su potencial creativo, el arte y la cultura. Por lo anterior, presenta la convocatoria “Beca Producción Curatorial” que busca apoyar un proyecto curatorial en la fase de producción de exposición o circulación pública, en las salas de exhibición de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, que explore y aporte en la construcción y el fortalecimiento de los campos de la investigación del arte en Colombia.

Enfoque(s): Sin Enfoque

Línea(s) estratégica(s): Circulación

Área(s): Patrimonio cultural inmaterial,Patrimonio cultural material,Arte, ciencia y tecnología,Artes audiovisuales,Artes plásticas y visuales,Interdisciplinar / transdisciplinar,Oficios culturales y artesanías

Número de estímulos: 1

Total de recursos: $ 30.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

Se otorgará un (1) estímulo, por valor de treinta millones de pesos ($30.000.000) M/cte, el cual se entregará al ganador en dos (2) desembolsos.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Curadores(as) y/o investigadores(as).

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia:

Con mínimo cinco (5) años de experiencia comprobada en el campo de la investigación del arte.

Área perfil: Artes plásticas y visuales , Artes audiovisuales , Interdisciplinar / transdisciplinar , Patrimonio cultural inmaterial , Patrimonio cultural material

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Maestría

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 08/02/2023

Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con tres (3) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: atencionalciudadano@fuga.gov.co

Fecha de apertura 14/02/2023

Fecha a partir de la cual se habilita la plataforma para inscribir propuestas.

Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 27/05/2023 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 30/05/2023 17:00:00
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 15/06/2023
Publicación de resultados de evaluación 15/08/2023
Fecha máxima de ejecución 10/12/2023

Justificación

Apoyar un proyecto curatorial, en la fase de producción de exposición o circulación pública donde se promueve la realización de una exposición sobre arte colombiano, que desarrolle una perspectiva, que explore y aporte en la construcción y fortalecimiento de los campos de la investigación del arte en Colombia.

Objeto

La Beca Producción Curatorial de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA busca fomentar la investigación curatorial para la generación de conocimiento y la promoción del arte colombiano cuyo planteamiento surja desde la exploración propia en el campo estético e investigativo, en la fase de producción de exposición o circulación pública, la cual desarrolle una perspectiva que explore y aporte en la construcción y el fortalecimiento de los campos de la investigación del arte en Colombia.

Los proyectos curatoriales deben proponer un guión que explore el desarrollo de las prácticas artísticas en el ámbito local, de manera que, además de dar a conocer a los artistas y señalar las obras, planteen lecturas innovadoras y transformadoras, que evidencien posturas pertinentes para la historia y su relación e importancia con el arte contemporáneo.

La actividad curatorial es una práctica abierta a múltiples posibilidades, habitualmente asociada a una selección de obras para construir relaciones entre ellas en un espacio expositivo; también pueden comprenderse como plataformas de circulación pública que puedan desbordar la figura de la “exposición”. La identificación de obras puede incluir procesos, producciones y experiencias de diversa naturaleza que, por su misma condición, requieren nuevos tipos de puesta en escena pública. Tal es el caso de prácticas cuya realización no se traduce necesariamente en la producción de un objeto o de la idea de “obra”. Esta concepción ampliada de la curaduría intenta ajustarse a la complejidad y diversidad del arte contemporáneo.

Notas

  • Sólo se considerarán para evaluación proyectos curatoriales que hayan terminado su proceso investigativo y tengan avances en el desarrollo de su propuesta de exhibición al momento de ser presentadas a esta convocatoria.
  • El ganador deberá hacerse cargo de los costos que se den con ocasión a los daños generados por el montaje, ejecución, desmontaje y entrega de las salas o lugar de exposición, en caso que la propuesta presentada lo demande.
  • De acuerdo con los requerimientos técnicos de montaje, ejecución y desmontaje de la propuesta artística, y en caso que se presente riesgo de daño o afectación al lugar de exhibición; el ganador deberá expedir la(s) póliza(s) que garanticen la integridad del inmueble, de acuerdo con las condiciones establecidas de la Fundación.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Natural

Se entiende por persona natural al ciudadano (a) colombiano (a) o extranjero (a) mayor de 18 años que de manera individual presenta una propuesta

Para participar en esta convocatoria, la persona natural debe residir en Colombia, ser investigador (profesional o empírico) en áreas afines a las ciencias sociales, humanas o artes, y demostrar la realización de mínimo dos (2) proyectos de carácter artístico o museológico.

Nota: la experiencia exigida para las personas naturales deberá estar soportada por la entrega de certificados contractuales debidamente expedidos, actas de liquidación de contratos ejecutados y recibidos a satisfacción, créditos museográficos o en galerías de arte, catálogos de exposición, aparición en bandera de publicaciones, artículos, premios o piezas gráficas publicadas en medios de comunicación.

Persona Jurídica

Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente.

Para participar en  esta convocatoria, la persona jurídica debe tener domicilio en Colombia, acreditar, mediante certificado de existencia y representación legal, que su objeto social está relacionado con el desarrollo de proyectos artísticos o museológicos, y debe acreditar mínimo un (1) año de constitución. Adicionalmente, debe demostrar la realización de mínimo tres (3) proyectos de carácter artístico o museológico.

Nota: la experiencia exigida para las personas jurídicas deberá estar soportada por la entrega de certificados contractuales debidamente expedidos, actas de liquidación de contratos ejecutados y recibidos a satisfacción, créditos museográficos o en galerías de arte, catálogos de exposición, aparición en bandera de publicaciones, artículos, premios o piezas gráficas publicadas en medios de comunicación.

Agrupación

Conjunto de dos o más personas naturales mayores de 18 años, que presentan una propuesta en la cual participan activamente para su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, quien será el encargado de comunicarse con la entidad encargada de la convocatoria, en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo dado el caso que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y, de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor comprobados, asuma las responsabilidades del principal. Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la propuesta ganadora. Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores, y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. 

Durante la etapa comprendida entre el cierre de la inscripción de propuestas y la adjudicación de los estímulos, no se permitirá la renuncia o reemplazo de alguno de los integrantes de las agrupaciones.

Para participar en esta convocatoria las agrupaciones deben estar conformadas por mínimo dos (2) personas, máximo cuatro (4) personas. La agrupación debe acreditar experiencia en el desarrollo de mínimo tres (3) proyectos de carácter artístico o museológico. Esta condición puede ser certificada ya sea por uno o varios de los integrantes de la agrupación.

Nota : la experiencia exigida para las agrupaciones deberá estar soportada por la entrega de certificados contractuales debidamente expedidos, actas de liquidación de contratos ejecutados y recibidos a satisfacción, créditos museográficos o en galerías de arte, catálogos de exposición, aparición en bandera de publicaciones, artículos, premios o piezas gráficas publicadas en medios de comunicación.

Quiénes no pueden participar

  • Quienes se indiquen en el numeral 3.2 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura – PDE 2023.
  • Los ganadores de la Beca Producción Curatorial 2021 de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño-FUGA.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad de la persona natural participante

- Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. 

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

pdf
5 MB
2 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

- Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. 

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

pdf
5 MB
3 Documento de identidad del representante de la agrupación participante

- Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. 

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

pdf
5 MB
4 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante

- Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. 

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

pdf
5 MB
5 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. con la matrícula mercantil renovada en la vigencia correspondiente, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012

Ten presente que, si el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante presenta modificaciones o ajustes con posterioridad al cierre de la convocatoria en cualquier etapa del proceso, deberás informar oportunamente a la entidad otorgante, la cual realizará los ajustes correspondientes en la plataforma SICON.

En el caso de grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos), deberán presentar una certificación sobre existencia y representación legal de la organización o comunidad con el aval de las instancias consultivas locales y mesas según corresponda. 

Dado el caso que el participante informe la existencia del documento en otra entidad, se procederá de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012.

Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente.

pdf
5 MB
6 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Certificado de residencia  en Bogotá o en otra ciudad/municipio/departamento de Colombia de cada uno de los miembros de la agrupación, expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno o por la autoridad competente, con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota. En caso de no ser posible la expedición del Certificado por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2023, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato.

pdf
5 MB
7 Certificado de residencia en Bogotá de la persona natural participante

Certificado de residencia  en Bogotá o en otra ciudad/municipio/departamento de Colombia de cada uno de los miembros de la agrupación, expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno o por la autoridad competente, con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota. En caso de no ser posible la expedición del Certificado por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2023, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato.
 

pdf
5 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 PROPUESTA

PROPUESTA DETALLADA EN FORMATO PDF:

Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2023 así como las condiciones específicas de esta convocatoria.

Adjunte en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin, un único documento PDF que contenga:

  1. Reseña biográfica del participante (extensión entre 250-500 palabras).
  2. Link al portafolio del participante. (Persona natural, agrupación, integrantes agrupación, persona jurídica según corresponda) 
  3. Conceptualización de la propuesta, descripción (tema específico), justificación, título (extensión: entre 1000 y 1500 palabras).
  4. Antecedentes de la investigación curatorial.
  5. Postulado curatorial, propuesta museográfica.
  6. Cronograma.
  7. Presupuesto desglosado.
  8. Estrategia de socialización de los resultados de la beca.
  9. Bibliografía.
pdf
15 MB
2 SOPORTES DE LA EXPERIENCIA Y TRAYECTORIA DEL PARTICIPANTE

Adjunte en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin, un único documento PDF con los soportes de experiencia y trayectoria del participante.

Para persona natural: Soportes que den cuenta del desarrollo de mínimo dos (2) proyectos de carácter artístico o museológico.

Para agrupaciones: Soportes que den cuenta de la trayectoria de la agrupación en el desarrollo de mínimo tres (3) proyectos de carácter artístico o museológico. Los proyectos pueden ser acreditados por uno o varios de los integrantes de la agrupación.

Para persona jurídica: Soportes que den cuenta del desarrollo de mínimo tres (3) proyectos de carácter artístico o museológico.

Se podrán aportar cualquiera de los siguientes soportes como certificaciones de experiencia:

  • Créditos museográficos o en galerías de arte.
  • Catálogos de exposición.
  • Aparición en bandera de publicaciones, artículos, premios o piezas gráficas publicadas en medios de comunicación.
  • Volantes (flyers).
  • Afiches.
  • Programas de mano.
  • Registro fotográfico o audiovisual.
  • Publicaciones propias.
  • Publicaciones en medios de comunicación (reseñas, artículos, entrevistas, etc., indicando el medio en el que fue publicado y la fecha).
  • Certificaciones expedidas por entidades públicas o privadas donde se indique fecha (día, mes, año) y lugar, contrato con su respectiva acta de liquidación u órdenes de servicio con comprobantes de pago.

Nota 1: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias.

Nota 2: El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o con restricción de acceso que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web o documentos digitales)o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada.

pdf
15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: GANADORES
No. Criterio Puntaje
1

Pertinencia, solidez formal, conceptual y metodológica de la propuesta.

0 a 30
2

Factibilidad de la propuesta a partir del presupuesto presentado, el guión curatorial, el guión de producción y el cronograma.

0 a 20
3

Aporte al campo artístico en términos de posibles dinámicas, relaciones y acciones que pueda suscitar el proyecto.

0 a 20
4

Propuesta museográfica (guión curatorial, texto curatorial y museográfico).

0 a 15
5

Portafolio del (los) proponente(s)

0 a 10
6

Si el participante (persona natural o jurídica) o al menos uno de los integrantes en el caso de agrupación, reside en las localidades de Santa Fe, Los Mártires o La Candelaria.

 

Nota 1: Este criterio responde a la misionalidad territorial de la FUGA, no es obligatorio que los participantes residan en el Centro de Bogotá, sin embargo a aquellos participantes que acrediten esta condición, se les otorgarán 5 ptos en la evaluación. En el caso de persona jurídica, se debe acreditar mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, que el domicilio principal sea en las localidades de Los Mártires, Santa Fe o La Candelaria.

Nota 2: En caso de obtener el puntaje correspondiente este criterio, la persona o personas que se acrediten como residentes no podrán ser reemplazadas en ninguna etapa del proceso.

0 a 5

 SELECCIÓN DE GANADOR

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.5 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2023, el ganador tendrá los siguientes derechos:

  1. Estará a cargo de la Fundación, el levantamiento del estado de conservación de la (s) obra (s) objeto del proyecto o proyectos ganadores que ingresen a las instalaciones de la FUGA. Este registro se deberá realizar para el ingreso de la (s) obra (s) y para la salida de las mismas. Para estos efectos se empleará el Formato de Ingreso de obra (s) de arte, el cual deberá incluir la (s) imagen (es) de la (s) obra que ingresa (n), el avaluó correspondiente y deberá estar firmado por el artista o responsable del proyecto.
  2. La entidad amparará de manera temporal la (s) obra (s) en el programa integral de seguros de la Fundación según la disponibilidad presupuestal y condiciones y coberturas del contrato de seguros de la FUGA. En ningún caso, la entidad se hará responsable por los deterioros normales que surjan durante el tiempo de pre producción, producción, exhibición y/o postproducción, según corresponda. En caso de requerir seguros o pólizas específicas, estás deberán ser gestionadas y tramitadas a cargo del ganador.
  3. Desembolsos

Una vez publicada la resolución de recomendaciones de los jurados evaluadores y la selección de ganadores, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, llevará a cabo los desembolsos, así:

  • Primer desembolso correspondiente al 80 % del valor total del estímulo, posterior a la publicación de la resolución por la cual se designa el ganador, entrega oportuna de los documentos requeridos para la ejecución del estímulo por parte del ganador y aprobación de la póliza de cumplimiento de disposiciones legales.
  • Segundo y último desembolso correspondiente 20 % del valor total del estímulo, contra entrega de un informe final que dé cuenta de la muestra final del proyecto curatorial, acompañado con registro fotográfico y/o audiovisual, previa aprobación de la Subdirección Artística y Cultural de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.

Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC). 

Nota 2: al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente.

A partir de la fecha y hora de notificación cuenta con diez (10) días hábiles para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del estímulo de acuerdo con numeral 7.2 de las Condiciones Generales de Participación. Para esta convocatoria debe presentar:

  • Carta firmada y dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, en la que se manifiesta expresamente la aceptación del estímulo y se remiten los documentos requeridos. La carta debe estar suscrita por la persona natural o el representante de la agrupación según corresponda.
  • Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación. La fecha de actualización del certificado debe ser del año 2019 en adelante, y su fecha de generación, de máximo treinta (30) días anteriores a su entrega.
  • Certificación bancaria a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega.
  • Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación, con fecha de expedición máximo de treinta (30) días antes de su entrega.
  • Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30 %) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más.  La póliza deberá estar acompañada del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen.

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.6 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2023, el ganador tendrá los siguientes deberes:

  1. Presentar un informe final tal como se indica en el numeral referido a desembolsos.
  2. Llevar a cabo una conferencia, conversatorio o charla sobre el proyecto, como parte de las actividades de socialización, antes de la fecha límite de ejecución de la beca, que debe ser propuesta por el participante y consensuada con la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
  3. Desarrollar la producción discursiva pertinente: realizar el texto museográfico, curatorial, fichas técnicas de la exposición e imagen promocional, textos pedagógicos, material de catálogo, etc., y entregarlos en la fecha acordada con la Subdirección Artística y Cultural de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
  4. Entregar un guión de producción, que incluya cronograma, fichas y datos completos de obras y artistas participantes, documentación legal, permisos relacionados con derechos de autor, render de la exposición, etc.
  5. Entregar el guión curatorial un mes después de haber sido seleccionado como ganador donde se incluyan fichas y datos completos de obras, proyectos y artistas participantes (selección de obras con su ficha técnica, fotos, propietario y avalúo), según los lineamientos dados por la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA. 
  6. Costear 100% el desarrollo de la exposición. (transporte, seguros, alquiler equipos, montaje, desmontaje, adecuación espacio exposición y entrega, y otros).
  7. Diligenciar las respectivas licencias de uso y/o cesión de derechos a que hubiese lugar para reproducción, puesta a disposición y comunicación pública de las obras de los artistas y/o grupos participantes, para los fines propios de la convocatoria y durante el término máximo de ejecución establecido, lo cual incluye divulgación y promoción de material, producción de catálogos y generación de memoria audiovisual.
  8. La propuesta ganadora deberá diseñar un catálogo digital descargable, donde se dé cuenta de la investigación, exposición y aporte a la historia del arte colombiano y a la plástica colombiana, el cual entregará a la Subdirección Artística y Cultural de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, una vez finalizado el proceso. 
  9. Entregar el texto del catálogo para revisión y aprobación de la Subdirección Artística y Cultural - Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA. Este material hará parte del centro de documentación de la Subdirección Artística y Cultural - Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA el cual debe venir para descarga virtual con su respectivo ISBN.
  10. Realizar una visita guiada y un conversatorio durante la exhibición.
  11. Entregar a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, los permisos por un año de muestra de la exposición de manera digital en redes, portal y/o donde la FUGA lo disponga.
  12. Entregar a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, dos copias en DVD (en alta resolución) con el registro fotográfico, videográfico y sonoro de la muestra, así como registro en video o audio de las actividades realizadas. 
  13. Acoger las observaciones que realice la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, durante la ejecución de la propuesta.
  14. Atender las recomendaciones para la estrategia de comunicación que realice la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
  15. Responder por los daños o afectaciones que se generen al inmueble o el lugar de ejecución de las actividades con ocasión al desarrollo del proyecto.
  16. Hacerse responsable y cumplir con los aspectos relacionados con autoría y derechos patrimoniales y morales de la propuesta, así como con los trámites de derechos de autor, conexos y de imágen  de acuerdo a lo contemplado en el numeral 7.6 de las condiciones generales de participación PDE 2023.
  17. Los demás que señale la Subdirección Artística y Cultural de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.

Anexos

No. Documento Descripción
1 Guía para la formulación del presupuesto de una propuesta

Este es un documentoorientativo que puede ser de su utilidad al momento de formular el presupuestode su propuesta.

Formatos

No. Documento Descripción
1 Declaración juramentada de residencia 2023

(archivo Word o PDF)

 
 
Declaración juramentada de residencia 2023

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 RESOLUCIÓN No. 17 DE 2023
“Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - FUGA 2023 - a cargo de la Subdirección Artística y Cultural”
2 RESOLUCIÓN No. 87 DE 2023
“Por la cual se adopta la modificación parcial de las Condiciones Generales de Participacióndel Programa Distrital de Estímulos y de las Condiciones Generales de Participación Bancode Expertos del Sector Cultura.”
3 RESOLUCIÓN No. 316 DE 17 DE MAYO DE 2023
“Por medio de la cual se modifican parcialmente las “CONDICIONES GENERALES DEPARTICIPACIÓN” del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2023 adoptadas medianteResolución 94 de 14 de febrero de 2023”. 
4 RESOLUCIÓN No. 315 DE 17 DE MAYO DE 2023
“Por medio de la cual se modifican parcialmente las “CONDICIONES DEPARTICIPACIÓN BANCO DE EXPERTOS PARA EL SECTOR CULTURA” del ProgramaDistrital de Estímulos - PDE 2023 adoptados mediante Resolución 95 de 14 de febrero de2023”
5 RESOLUCIÓN No. 127 DE 2023
“Por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de laconvocatoria “Beca Producción Curatorial” del Programa Distrital de Estímulos FUGA 2023 yse ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados.” 
6 ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES
ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES - “Beca Producción Curatorial”
7 RESOLUCIÓN No. 149 DE 2023
“Por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado para seleccionar losganadores de la convocatoria “Beca Producción Curatorial” del Programa Distrital deEstímulos - FUGA - 2023 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignadosa los ganadores.”

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos Beca Producción Curatorial
Publicación del Listado de participantes inscritos Beca Producción Curatorial
2 Listado de participantes habilitados, rechazados y por subsanar de la Beca Producción Curatorial
Publicación del Listado de participantes habilitados, rechazados y por subsanar de la Beca Producción Curatorial
3 Listado de participantes habilitados y rechazados de la Beca Producción Curatorial
Publicación del Listado de participantes habilitados y rechazados de la Beca Producción Curatorial

Avisos modificatorios

No hay elementos

No se encontró contenido en esta sección

Para participar inicia sesión en SICON y busca esta convocatoria