Convocatoria Adjudicada
FUGA

BECA PUBLICACIÓN AUTOEDITADA

Programa Distrital de Estímulos

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¡IMPORTANTE!

REVISA AQUÍ AVISOS, LISTADOS Y RESOLUCIONES

ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES

06/23

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RESOLUCIÓN No. 111 DE 2023

06/23

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RESOLUCIÓN No. 315 DE 17 DE MAYO DE 2023

05/23

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RESOLUCIÓN No. 316 DE 17 DE MAYO DE 2023

05/23

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RESOLUCIÓN No. 87 DE 2023

05/23

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RESOLUCIÓN No. 70 DE 2023

05/23

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Listado de participantes habilitados y rechazados Beca Publicación Autoeditada

04/23

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Listado de participantes habilitados, rechazados y por subsanar Beca Publicación Autoeditada

04/23

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Listado de participantes inscritos

03/23

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RESOLUCIÓN No. 17 DE 2023

02/23

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DOCUMENTOS

Información básica

La Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA tiene como misión articular y gestionar la revitalización y transformación participativa del centro de Bogotá a través de su potencial creativo, el arte y la cultura. Por lo anterior, abre la convocatoria “Beca Publicación Autoeditada” que busca fomentar la creación de publicaciones impresas autoeditadas que aborden y exploren los imaginarios relacionados con mitos, leyendas e historias del Centro de Bogotá. 

Enfoque(s): Territorial

Línea(s) estratégica(s): Creación

Área(s): Patrimonio cultural inmaterial,Patrimonio cultural material,Artes plásticas y visuales,Interdisciplinar / transdisciplinar,Literatura,Oficios culturales y artesanías

Número de estímulos: 2

Total de recursos: $ 20.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

Se otorgarán dos (2) estímulos por valor de diez millones de pesos ($10.000.000) M/cte. cada uno. Los estímulos se entregarán en dos (2) desembolsos.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

 Profesional  en artes plásticas y visuales o diseño gráfico.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Educación

Campo de experiencia:

Experiencia en creación y/o edición de libros, revistas, publicaciones. Con mínimo tres (3) años de experiencia comprobable.

Área perfil: Artes plásticas y visuales , Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Profesional en literatura o estudios literarios.

Área conocimiento: Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación

Campo de experiencia:

Mínimo tres (3) años de experiencia comprobable en ilustración o edición.

Área perfil: Literatura , Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 08/02/2023

Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con tres (3) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: atencionalciudadano@fuga.gov.co

Fecha de apertura 14/02/2023

Fecha a partir de la cual se habilita la plataforma para inscribir propuestas.

Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 27/03/2023 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 30/03/2023 17:00:00
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 17/04/2023
Publicación de resultados de evaluación 22/06/2023
Fecha máxima de ejecución 30/11/2023

Justificación

Apoyar los procesos de autogestión e impresión de proyectos  de publicaciones autoeditadas seriadas (periódicas o fanzines, novela gráfica, fotolibro, libro de artista y otras) creadas con la participación de la comunidad procurando la apropiación y reconocimiento del centro de Bogotá, donde juntos somos, creamos y habitamos este lugar emblemático de la ciudad, 

Objeto

La convocatoria Beca Publicación Autoeditada de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño busca promover y fortalecer la creación de publicaciones autoeditadas seriadas (periódicos o fanzines, novela gráfica, fotolibro, libro de artista y otras) que aborden y exploren las siguientes temáticas: 

a. Mitos y leyendas: Los imaginarios relacionados con espantos, apariciones, casas embrujadas y mitos urbanos del Centro de Bogotá. 

b. Arquitectura y patrimonio: Historias sobre el desarrollo urbano de las tres localidades que conforman el centro (Santa fe, Los Mártires y La Candelaria) en cuanto a su conservación, desarrollo, memoria u olvido. 

c. Personajes del centro: Historias sobre habitantes del centro. 

Para el desarrollo del proyecto se debe escoger al menos una temática y garantizar un tiraje mínimo de 100 ejemplares. 

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Natural

Se entiende por persona natural al ciudadano (a) colombiano (a) o extranjero (a) mayor de 18 años que de manera individual presenta una propuesta. 

Para participar en esta convocatoria, la persona natural debe residir en Bogotá.

Agrupación

Conjunto de dos o más personas naturales mayores de 18 años, que presentan una propuesta en la cual participan activamente para su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, quien será el encargado de comunicarse con la entidad encargada de la convocatoria, en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo dado el caso que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y, de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor comprobados, asuma las responsabilidades del principal. Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la propuesta ganadora. Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores, y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. 

Durante la etapa comprendida entre el cierre de la inscripción de propuestas y la adjudicación de los estímulos, no se permitirá la renuncia o reemplazo de alguno de los integrantes de las agrupaciones.

Para participar en esta convocatoria, los integrantes de la agrupación deben ser residentes en Bogotá.

Quiénes no pueden participar

  • Quienes que se indiquen en el numeral 3.2 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2023.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad de la persona natural participante

 - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. 

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 MB
2 Documento de identidad del representante de la agrupación participante

 - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. 

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 MB
3 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante

 - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. 

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 MB
4 Certificado de residencia en Bogotá de la persona natural participante

Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web:

http://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/solicitud-certificado-residencia

Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2023, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato.


 

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5 MB
5 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web:

http://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/solicitud-certificado-residencia

Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2023, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato.


 

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5 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 PROPUESTA

PROPUESTA DETALLADA EN FORMATO PDF:

Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2023 del sector cultura, recreación y deporte, así como las condiciones específicas de esta convocatoria.

Adjunte en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin, un único documento PDF que contenga:

1.  Reseña biográfica (extensión máxima: 500 palabras) con vínculo a portafolio en línea. 

2. Nombre, descripción conceptual y justificación del proyecto, ubicándolo en una de las temáticas indicadas en el objeto de la convocatoria (extensión máxima: 1.000 palabras). Debe incluir características técnicas.

3.  Presupuesto 

4. Cronograma

5. Estrategia y plan de distribución de los ejemplares a producir, especificando la cantidad que se imprimirán. 

6.  Estrategia de socialización de los resultados de la beca.

7. Boceto o acercamiento visual. 

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15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: GANADORES
No. Criterio Puntaje
1

Pertinencia de la publicación propuesta según la(s) temática(s) seleccionada(s).

0 a 35
2

Factibilidad de la propuesta a partir del presupuesto presentado, cronograma y actividades.

0 a 30
3

Propuesta de interacción y saldo pedagógico para los habitantes del centro de Bogotá.

0 a 30
4

Si el participante (persona natural  o al menos uno de los integrantes en el caso de agrupación), reside en las localidades de Santa Fe, Los Mártires o La Candelaria.

Nota 1: Este criterio responde a la misionalidad territorial de la FUGA, no es obligatorio que los participantes residan en el Centro de Bogotá, sin embargo a aquellos participantes que acrediten esta condición, se les otorgarán 5 ptos en la evaluación.

Nota 2: En caso de obtener el puntaje correspondiente a este criterio, la persona o personas que se acrediten como residentes no podrán ser reemplazadas en ninguna etapa del proceso.

0 a 5

SELECCIÓN DE GANADORES 

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.5 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2023, el ganador tendrá los siguientes derechos:

Desembolsos

Una vez publicada la resolución de recomendaciones de los jurados evaluadores y la selección de ganadores, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, llevará a cabo los desembolsos, así:

  • Primer desembolso correspondiente al 80 % del valor total del estímulo, posterior a la publicación de la resolución por la cual se designa el ganador, entrega oportuna de los documentos requeridos para la ejecución del estímulo por parte del ganador y aprobación de la garantía única de cumplimiento de disposiciones legales. 
  • Segundo y último desembolso correspondiente al 20 % del valor total del estímulo, contra entrega de un informe final de actividades, relación de gastos, soportes de los mismos y aprobación por parte de la Subdirección Artística y Cultural - FUGA posterior al desarrollo de la actividad de socialización pública (taller, conversatorio, conferencia) y la entrega del 100% del tiraje de ejemplares.

 Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC). 

Nota 2: al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente.

A partir de la fecha y hora de notificación cuenta con diez (10) días hábiles para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del estímulo de acuerdo con numeral 7.2 de las Condiciones Generales de Participación. Para esta convocatoria debe presentar:

  • Carta firmada y dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, en la que se manifiesta expresamente la aceptación del estímulo y se remiten los documentos requeridos. La carta debe estar suscrita por la persona natural o el representante de la agrupación según corresponda.
  • Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación. La fecha de actualización del certificado debe ser del año 2019 en adelante, y su fecha de generación, de máximo treinta (30) días anteriores a su entrega.
  • Certificación bancaria a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega.
  • Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación, con fecha de expedición máximo de treinta (30) días antes de su entrega.
  • Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30 %) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más. La póliza deberá estar firmada y acompañada del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen.

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.6 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2023, el ganador tendrá los siguientes deberes:

  1. Atender las recomendaciones para la estrategia de comunicación que realice la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
  2. Llevar a cabo una conferencia, conversatorio o charla sobre el proyecto, como parte de las actividades de socialización, antes de la fecha límite de ejecución de la beca, que debe ser propuesta por el participante y consensuada con la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
  3. Presentar un informe final, tal como se indica en el numeral referido a desembolsos donde se dé cuenta de la ejecución del estímulo tanto en su aspecto artístico como presupuestal.
  4. Garantizar un tiraje mínimo de 100 ejemplares. 
  5. Entregar a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, el 70% del tiraje de la publicación según el número de publicaciones planteada en el proyecto.
  6. Entregar a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, el material de manera virtual para ser ingresado en la página de la entidad para descarga y consulta. 
  7. Acoger las observaciones que realice la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, durante la ejecución de la propuesta.
  8. Hacerse responsable y cumplir con los aspectos relacionados con autoría y derechos patrimoniales y morales de la propuesta, así como con los trámites de derechos de autor, conexos y de imágen  de acuerdo a lo contemplado en el numeral 7.6 de las condiciones generales de participación PDE 2023.
  9. Tramitar y obtener las respectivas licencias, autorizaciones o permisos en materia de derechos de autor, conexos y de imagen, para su uso en la propuesta ganadora, si no eres el titular de los derechos correspondientes. Lo anterior, previo al inicio formal de la ejecución de la propuesta, acreditando esta situación con los respectivos documentos.
  10. Los demás que señale la Subdirección Artística y Cultural de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA.

Anexos

No. Documento Descripción
1 Guía para la formulación del presupuesto de una propuesta

Este es un documentoorientativo que puede ser de su utilidad al momento de formular el presupuestode su propuesta.

Formatos

No. Documento Descripción
1 Declaración juramentada de residencia 2023

(archivo Word o PDF)

 
 
Declaración juramentada de residencia 2023

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 RESOLUCIÓN No. 17 DE 2023
“Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - FUGA 2023 - a cargo de la Subdirección Artística y Cultural”
2 RESOLUCIÓN No. 70 DE 2023

“Por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria “Beca Publicación Autoeditada ” del Programa Distrital de Estímulos FUGA 2023 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados.”

3 RESOLUCIÓN No. 87 DE 2023
“Por la cual se adopta la modificación parcial de las Condiciones Generales de Participacióndel Programa Distrital de Estímulos y de las Condiciones Generales de Participación Bancode Expertos del Sector Cultura.”
4 RESOLUCIÓN No. 316 DE 17 DE MAYO DE 2023
“Por medio de la cual se modifican parcialmente las “CONDICIONES GENERALES DEPARTICIPACIÓN” del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2023 adoptadas medianteResolución 94 de 14 de febrero de 2023”. 
5 RESOLUCIÓN No. 315 DE 17 DE MAYO DE 2023
“Por medio de la cual se modifican parcialmente las “CONDICIONES DEPARTICIPACIÓN BANCO DE EXPERTOS PARA EL SECTOR CULTURA” del ProgramaDistrital de Estímulos - PDE 2023 adoptados mediante Resolución 95 de 14 de febrero de2023”
6 RESOLUCIÓN No. 111 DE 2023
“Por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado para Programa Distrital deEstímulos FUGA 2023 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados alos ganadores.” 
7 ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES
Se publica el Acta de Recomendación de Ganadores de la convocatoria Beca Publicación Autoeditada

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos
Publicación del listado de participantes inscritos Beca Publicación Autoeditada
2 Listado de participantes habilitados, rechazados y por subsanar Beca Publicación Autoeditada
Publicación del listado de participantes habilitados, rechazados y por subsanar Beca Publicación Autoeditada
3 Listado de participantes habilitados y rechazados Beca Publicación Autoeditada
Publicación del listado de participantes habilitados y rechazados Beca Publicación Autoeditada

Avisos modificatorios

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