IV Salón de Arte Joven FUGA- Fase Premiación
Programa Distrital de Estímulos
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Documentación de la convocatoria
Información básica
La Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA tiene como misión articular y gestionar la revitalización y transformación participativa del centro de Bogotá a través de su potencial creativo, el arte y la cultura. Por lo anterior abre la convocatoria IV “Salón de Arte Joven FUGA- Fase Premiación” que busca apoyar la circulación de la producción artística de los diez (10) creadores nacionales menores de 35 años que fueron seleccionados en la edición 2022 de esta convocatoria en una muestra colectiva de sus propuestas y premiar entre éstas las tres más destacadas.
Enfoque(s): Sin Enfoque
Línea(s) estratégica(s): Circulación
Área(s): Arte, ciencia y tecnología,Artes audiovisuales,Artes plásticas y visuales,Interdisciplinar / transdisciplinar
Número de estímulos: 3
Total de recursos: $ 60.000.000
Descripción general de los recursos a otorgar:
Se otorgarán 3 estímulos por valor de sesenta millones de pesos ($60.000.000) M/cte de la siguiente manera: Primer puesto: Treinta millones de pesos ($30.000.000) M/cte. Segundo puesto: Veinte millones de pesos ($20.000.000). Tercer puesto: Diez millones de pesos ($10.000.000). Los estímulos se otorgarán en un único desembolso.
Perfiles de los jurados
Perfil 1
IMPORTANTE: Sólo se podrán postular como jurados para esta convocatoria, aquellas personas que fueron seleccionadas como jurados de la convocatoria “Premio Salón de Arte Jovén - Fase Preselección” del año 2022 mediante resolución No 106 del 1 de julio de 2022. Lo anterior teniendo en cuenta por la naturaleza de la convocatoria (fases preselección -premiación) se requiere continuidad en la evaluación.
Curadores, investigadores en arte colombiano y profesionales afines, de reconocida trayectoria en el campo del arte local o internacional.
*El jurado que no viva en Bogotá debe estar dispuesto a viajar durante la muestra del Salón en Bogotá para realizar la evaluación durante la fase de premiación.
Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas
Campo de experiencia:
Experiencia mínima de diez (10) años debidamente soportada en las Artes Plásticas y Visuales, Curadurías e investigación.
Área perfil: Artes plásticas y visuales
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Maestría
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
---|---|---|
Fecha de publicación | 08/02/2023 | Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con tres (3) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: atencionalciudadano@fuga.gov.co |
Fecha de apertura | 14/02/2023 | Fecha a partir de la cual se habilita la plataforma para inscribir propuestas. |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 28/03/2023 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 31/03/2023 17:00:00 | |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 14/04/2023 | |
Publicación de resultados de evaluación | 13/10/2023 | |
Fecha máxima de ejecución | 02/11/2023 |
Justificación
La segunda emblematica convocatoria de la entidad ofertada desde el área de artes plásticas y visuales. Con esta convocatoria se busca apoyar la creación de obra de artistas jovenes (menores de 35 años) en su primera fase, y en esta la segunda fase apoyar la circulación y difusión de los proyectos realizados en la primera fase, aportando así al campo del arte nacional en todos sus aspectos desde la investigación, creación, circulación y difusión.
Objeto
La convocatoria IV Salón de Arte Joven FUGA- Fase Premiación de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA busca circular y difundir la producción artística nacional de los creadores jóvenes (menores de 35 años inclusive en la fase preselección) cuyo trabajo lleve a cabo un aporte al campo del arte nacional, fundamentalmente desde los siguientes aspectos: enfoque, desarrollo formal, conceptual y técnico; originalidad, perspectiva crítica y articulación oportuna de los anteriores aspectos. La convocatoria no tiene restricción de prácticas y medios.
Esta convocatoria se estructuró en dos fases. Una primera fase de “Preselección”, ejecutada en el marco del PDE 2022, en la cual se otorgaron (10) estímulos para la investigación, desarrollo y creación del mismo número de proyectos preseleccionados.
La segunda fase, “Premiación”, se realiza en el marco del PDE 2023, en ésta, los diez proyectos preseleccionados el año anterior pondrán en escena pública los resultados de sus investigaciones entre los meses de junio y noviembre de 2023, mediante una curaduría que se realizará entre la terna de jurados y el equipo del área de artes plásticas y visuales de la FUGA. Posteriormente, los jurados seleccionarán los tres ganadores que contempla esta fase de premiación (primero, segundo y tercer puesto).
Este premio apoyó la investigación y creación de las propuestas seleccionadas en su primera etapa y en ésta apoyará la circulación de las mismas, contribuyendo así a la visibilización de artistas de mediana trayectoria y aportando a la oferta artística y cultural de la ciudad por medio de actividades pedagógicas que involucran formación de públicos y la generación de memoria a través de la publicación de un catálogo.
De acuerdo a los requerimientos técnicos de montaje, ejecución y desmontaje particulares de las propuestas participantes, en caso de evidenciarse la posibilidad de riesgo de daño o afectación al lugar de exhibición; la FUGA podrá requerir al participante la(s) póliza(s) expedida(s) por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que garantice(n) la integridad del inmueble y establecer según sea el caso los amparos, cuantías y coberturas.
Notas
- Las propuestas planteadas deben estar acordes a las disposiciones tanto de la entidad como de las características de la Casa de la FUGA como Bien de Interés Cultural del ámbito Nacional y la normativa vigente definida por el Gobierno Nacional para las áreas de influencia de los Bienes de Interés Cultural del ámbito Nacional, donde prevalecerán sobre las establecidas para dichos sectores en el Plan de Ordenamiento Territorial (Artículo 313 del Decreto Distrital 190 de junio 22 de 2004). Cualquier intervención en el inmueble BIC deberá contar con el aval de la entidad y el respectivo permiso para dicho fin, emitido por el Ministerio de Cultura. Dicho trámite correrá por cuenta del participante y deberá hacer entrega del inmueble en iguales condiciones a las recibidas.
- Debe tenerse en cuenta que los costos de montaje, mantenimiento y desmonte de la intervención artística deberán serán asumidos por cada uno de los preseleccionados, así como la totalidad de los costos asociados a la presentación, desarrollo, ejecución del estímulo, adecuación y entrega del espacio de exposición, posterior a la muestra. De igual modo, el participante deberá contemplar dentro de su presupuesto, gastos asociados a reparaciones o mantenimientos que se requieran frente a los posibles daños que se generen al inmueble o lugar de realización de las actividades con ocasión al montaje y desmontaje de su propuesta artística.
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
---|---|
Persona Natural | Podrán participar únicamente los 10 participantes que fueron seleccionados en la fase de preselección de esta convocatoria mediante la resolución No. 136 del 16 de agosto de 2022. Se entiende por persona natural al ciudadano (a) colombiano (a) o extranjero (a) mayor de 18 años que de manera individual presenta una propuesta
|
Agrupación | Podrán participar únicamente los 10 participantes seleccionados en la fase de preselección de esta convocatoria mediante la resolución No. 136 del 16 de agosto de 2022. Se entiende por agrupación al conjunto de dos o más personas naturales mayores de 18 años, que presentan una propuesta en la cual participan activamente para su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, quien será el encargado de comunicarse con la entidad encargada de la convocatoria, en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo dado el caso que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y, de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor comprobados, asuma las responsabilidades del principal. Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la propuesta ganadora.Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores, y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. Durante la etapa comprendida entre el cierre de la inscripción de propuestas y la adjudicación de los estímulos, no se permitirá la renuncia o reemplazo de alguno de los integrantes de las agrupaciones. |
Quiénes no pueden participar
- Quienes NO hayan sido seleccionados en la convocatoria Premio IV Salón de Arte Joven FUGA - Fase Preselección del Programa Distrital de Estímulos 2022.
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Documento de identidad de la persona natural participante | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente. |
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5 MB |
2 | Documento de identidad del representante de la agrupación participante | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente. |
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5 MB |
3 | Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente. |
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5 MB |
4 | Certificado de residencia en Bogotá de la persona natural participante | Certificado de residencia en Bogotá o en otra ciudad/municipio/departamento de Colombia de cada uno de los miembros de la agrupación, expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno o por la autoridad competente, con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Nota. En caso de no ser posible la expedición del Certificado por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2023, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato.
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5 MB |
5 | Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante | Certificado de residencia en Bogotá o en otra ciudad/municipio/departamento de Colombia de cada uno de los miembros de la agrupación, expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno o por la autoridad competente, con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Nota. En caso de no ser posible la expedición del Certificado por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2023, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato.
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pdf |
5 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | DOCUMENTO EN PDF | CERTIFICADO DE GANADOR DEL IV SALÓN DE ARTE JOVEN FUGA- FASE PRESELECCIÓN Deberá ingresar a la plataforma SICON y descargar el certificado que lo acredita como ganador del IV SALÓN DE ARTE JOVEN FUGA- FASE PRESELECCIÓN 2022. Posteriormente deberá adjuntarlo en la plataforma en el campo destinado para tal fin, para efectos de la inscripción en esta segunda fase. |
pdf |
5 MB |
2 | DOCUMENTO EN PDF | INFORME DE DESARROLLO DEL PROYECTO Documento PDF que contenga el informe de ejecución del proyecto preseleccionado en la convocatoria del 2022 IV SALÓN DE ARTE JOVEN FUGA- FASE PRESELECCIÓN , deberá incluir fotografías, bocetos, montajes, etc. Nota : los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias.
|
pdf |
15 MB |
Criterios de evaluación
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Alcance de la exploración técnica y conceptual de la propuesta |
0 a 25 |
2 | Pertinencia de la propuesta |
0 a 25 |
3 | Aportes de la obra propuesta al campo artístico colombiano |
0 a 25 |
4 | Ejecución y puesta en escena de la propuesta |
0 a 25 |
SELECCIÓN DE LOS 3 PREMIOS A OTORGAR DE LAS OBRS ARTÍSTIAS PRESENTADA POR LOS 10 PRESELECCIONADOS DE LA CONVOCATORIA EN SU PRIMERA FASE. |
Derechos específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en el numeral 7.5 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2022, el ganador tendrá los siguientes derechos:
- Estará a cargo de la Fundación, el levantamiento del estado de conservación de la (s) obra (s) objeto del proyecto o proyectos ganadores que ingresen a las instalaciones de la FUGA. Este registro se deberá realizar para el ingreso de la (s) obra (s) y para la salida de las mismas. Para estos efectos se empleará el Formato de Ingreso de obra (s) de arte, el cual deberá incluir la (s) imagen (es) de la (s) obra que ingresa (n), el avalúo correspondiente y deberá estar firmado por el artista o responsable del proyecto.
- La entidad amparará de manera temporal la (s) obra (s) en el programa integral de seguros de la Fundación según la disponibilidad presupuestal y condiciones y coberturas del contrato de seguros de la FUGA.. En ningún caso, la entidad se hará responsable por los deterioros normales que surjan durante el tiempo de pre producción, producción, exhibición y/o postproducción, según corresponda. En caso de requerir seguros o pólizas específicas, estás deberán ser gestionadas y tramitadas a cargo del ganador.
- Recibir en un único desembolso del cien por ciento (100%) el estímulo económico, posterior al proceso de notificación de la resolución de asignación del estímulo y del cumplimiento de los requisitos y trámites solicitados por la FUGA para tal efecto.
Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC).
Nota 2: al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente.
A partir de la fecha y hora de notificación cuenta con diez (10) días hábiles para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del estímulo de acuerdo con numeral 7.2 de las Condiciones Generales de Participación. Para esta convocatoria debe presentar:
- Carta firmada y dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, en la que se manifiesta expresamente la aceptación del estímulo y se remiten los documentos requeridos. La carta debe estar suscrita por la persona natural o el representante de la agrupación según corresponda.
- Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación. La fecha de actualización del certificado debe ser del año 2019 en adelante, y su fecha de generación, de máximo treinta (30) días anteriores a su entrega.
- Certificación bancaria a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega.
- Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación, con fecha de expedición máximo de treinta (30) días antes de su entrega.
Deberes específicos de las y los ganadores
Deberes específicos de los ganadores
Además de los contemplados en el numeral 7.6 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2023, el ganador tendrá los siguientes deberes:
- Los participantes seleccionados deberán realizar una visita guiada y un conversatorio durante el tiempo de la exhibición.
- La Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA- prestará solo asesoría en el desarrollo del montaje por lo cual no ejecutará ninguna acción ni se verá obligada a suministrar elementos o equipos para la realización del mismo.
- Entregar a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA dos (2) copias en DVD (en alta resolución) con el registro - fotográfico, video gráfico y sonoro – de la pieza.
- Cumplir con los tiempos establecidos de montaje / desmontaje y presentar la propuesta seleccionada en las fechas, horarios y sitios designados por la Subdirección Artística y Cultural – FUGA.
- Hacer entrega de los espacios utilizados para la muestra en el mismo estado en que fueron recibidos.
- Acoger las observaciones que realice la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA- durante la ejecución de la propuesta.
- Responder por los daños o afectaciones que se generen al inmueble o el lugar de ejecución de las actividades con ocasión al desarrollo del proyecto.
- Hacerse responsable y cumplir con los aspectos relacionados con autoría y derechos patrimoniales y morales de la propuesta, así como con los trámites de derechos de autor, conexos y de imágen de acuerdo a lo contemplado en el numeral 7.6 de las condiciones generales de participación PDE 2023.
- De acuerdo a los requerimientos técnicos de montaje, ejecución y desmontaje particulares de las propuestas participantes, en caso de evidenciarse la posibilidad de riesgo de daño o afectación al lugar de exhibición; la FUGA podrá requerir al participante la(s) póliza(s) expedida(s) por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que garantice(n) la integridad del inmueble y establecer según sea el caso los amparos, cuantías y coberturas.
- Gestionar los permisos, certificaciones y/o autorizaciones que se requieran para el desarrollo de la propuesta en caso que aplique y haya lugar.
- Los demás que señale la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA-.
Nota: la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA no se hace responsable por los significados ni por las interpretaciones que puedan sugerir de las propuestas concursantes.
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Declaración juramentada de residencia 2023
(archivo Word o PDF) |
Declaración juramentada de residencia 2023 |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
RESOLUCIÓN No. 17 DE 2023
|
“Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - FUGA 2023 - a cargo de la Subdirección Artística y Cultural” |
2 |
RESOLUCIÓN No. 67 DE 2023
|
“Por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria “IV Salón de Arte Joven FUGA - Fase Premiación” del Programa Distrital de Estímulos FUGA 2023 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados.” |
3 |
RESOLUCIÓN No. 315 DE 17 DE MAYO DE 2023
|
“Por medio de la cual se modifican parcialmente las “CONDICIONES DEPARTICIPACIÓN BANCO DE EXPERTOS PARA EL SECTOR CULTURA” del ProgramaDistrital de Estímulos - PDE 2023 adoptados mediante Resolución 95 de 14 de febrero de2023” |
4 |
RESOLUCIÓN No. 316 DE 17 DE MAYO DE 2023
|
“Por medio de la cual se modifican parcialmente las “CONDICIONES GENERALES DEPARTICIPACIÓN” del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2023 adoptadas medianteResolución 94 de 14 de febrero de 2023”. |
5 |
RESOLUCIÓN No. 87 DE 2023
|
“Por la cual se adopta la modificación parcial de las Condiciones Generales de Participacióndel Programa Distrital de Estímulos y de las Condiciones Generales de Participación Bancode Expertos del Sector Cultura.” |
6 |
RESOLUCIÓN No. 202 DE 2023
|
“Por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado para seleccionar elganador de la convocatoria “IV Salón de Arte Joven FUGA - Fase Premiación” del ProgramaDistrital de Estímulos - FUGA - 2023 y se ordena el desembolso de los estímulos económicosasignados a los ganadores.” |
7 |
ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES - IV Salón de Arte Joven FUGA- Fase Premiación
|
Publicación de ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES - IV Salón de Arte Joven FUGA- Fase Premiación |
Listados
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Listado de participantes inscritos IV Salón de Arte Joven FUGA - Fase Premiación
|
Publicación del Listado de participantes inscritos IV Salón de Arte Joven FUGA - Fase Premiación |
2 |
Listado de participantes habilitados, rechazados y por subsanar del IV Salón de Arte Joven FUGA - Fase Premiación
|
Publicación del Listado de participantes habilitados, rechazados y por subsanar del IV Salón de Arte Joven FUGA - Fase Premiación |
3 |
Listado de participantes habilitados y rechazados del IV Salón de Arte Joven FUGA - Fase Premiación
|
Publicación del Listado de participantes habilitados y rechazados del IV Salón de Arte Joven FUGA - Fase Premiación |
4 |
Listado de participantes habilitados y rechazados del IV Salón de Arte Joven FUGA - Fase Premiación
|
Publicación del Listado aclarado de participantes habilitados y rechazados del IV Salón de Arte Joven FUGA - Fase Premiación |
Avisos modificatorios
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
AVISO ACLARATORIO
|
Se publica el AVISO ACLARATORIO de la convocatoria IV Salón de Arte Joven FUGA- Fase Premiación. |
Para participar inicia sesión en SICON y busca esta convocatoria