Convocatoria Adjudicada
IDARTES

BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓN ES CULTURA LOCAL FASE 2

Es Cultura Local

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Acta de recomendación de ganadores BECA PARA ESPACIOS CULTURALES YCREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓNES CULTURA LOCAL FASE 2

07/23

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RESOLUCION N° 1085 BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓN ES CULTURA LOCAL FASE 2

07/23

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ACTA DE SELECCIÓN DE JURADOS BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓN ES CULTURA LOCAL FASE 2

07/23

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RESOLUCIÓN No (950) del 5 de julio de 2023«Por medio de la cual se acoge el acta de selección del comité que designa los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓN ES CULTURA LOCAL FASE 2»

07/23

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Listado de habilitados y rechazados - BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓN ES CULTURA LOCAL FASE 2

06/23

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Listado aclarado de habilitados, rechazados y por subsanar - BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓN ES CULTURA LOCAL FASE 2

06/23

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Listados de habilitados, rechazados y por subsanar BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓN ES CULTURA LOCAL FASE 2

06/23

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Listado de inscritos BECA ES CULTURA LOCAL PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - SEGUNDA FASE

06/23

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Acta y listado definición perfiles jurados convocatorias Programa Es Cultura Local Tercera Versión Fase 2

05/23

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RESOLUCIÓN No. (596 ) del 12 de mayo de 2023 «Por medio de la cual se da apertura a las convocatorias que hacen parte de la segunda fase de la tercera versión del Programa Es Cultura Local»

05/23

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DOCUMENTOS

Información básica

Esta es una convocatoria ofertada por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes, en el marco de la segunda fase de la tercera versión del Programa Es Cultura Local, con el fin de entregar la totalidad de los estímulos proyectados para la localidad de Kennedy, que no se lograron otorgar en la primera fase de la tercera versión.

Recuerde leer completamente las condiciones generales de participación y lo solicitado en esta convocatoria.

A la hora de redactar su propuesta, tenga en cuenta los permisos necesarios -según la normativa vigente- para la realización de actividades o eventos en espacios privados o en el espacio público, debido a que es responsabilidad exclusiva de los ganadores lo siguiente: la gestión de permisos, el buen uso de los espacios y la garantía de las condiciones logísticas, técnicas y de seguridad para la ejecución de la propuesta ganadora. 

Además, recuerde que el Registro Único Tributario - RUT del representante de la agrupación o persona jurídica debe contener alguna de las actividades económicas relacionadas en las condiciones generales de participación del Programa Es Cultura Local en el apartado Actividades de la economía cultural y creativa en el marco del PECL del numeral 2.3. ¿Cuáles son los ámbitos de implementación del PECL?

Adicional al monto del estímulo, los ganadores recibirán un proceso de cualificación con el propósito de acoger las recomendaciones de las ternas de jurados que evalúen los proyectos postulados, fortaleciendo la formulación de los proyectos y planeando una ejecución efectiva de la propuesta, de acuerdo con los términos de referencia de la convocatoria.

Este proceso tiene una metodología de acompañamiento individual, cuya duración es de dos (2) semanas y contempla:

    - Dos (2) sesiones de trabajo sincrónico con el profesional de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD asignado.
    - Trabajo autónomo del ganador(a) para el desarrollo del plan de mejoramiento. 

Esta etapa es de obligatorio cumplimiento y cada ganador deberá tener el aval técnico del profesional asignado para iniciar la ejecución del proyecto respectivo.

 

Enfoque(s): Territorial

Línea(s) estratégica(s): Apropiación, Circulación, Creación, Formación, Investigación, Gestión cultural, Producción, Distribución, Exhibición, Comercialización, Promoción o divulgación, Activación del patrimonio cultural

Área(s): Interdisciplinar / transdisciplinar

Número de estímulos: 4

Total de recursos: $ 120.690.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

Se otorgarán cuatro (4) estímulos cada uno por un valor de treinta millones ciento setenta y dos mil quinientos pesos moneda corriente ($30.172.500 m/cte).

El valor del estímulo está sujeto a las retenciones de ley, las cuales deberán ser asumidas por los ganadores de la convocatoria. 

Perfiles de los jurados

Perfil 1

 

Profesional en cualquier área del conocimiento, con experiencia específica de mínimo cuatro (4) años, relacionada con la gestión cultural, o en el emprendimiento e industrias creativas, enfocado en la comercialización de productos y servicios artísticos y culturales. Debe acreditar la experiencia mediante certificaciones, las cuales deben contener la siguiente información: nombre de la persona postulante, proyecto o área, actividades realizadas, fecha de inicio y terminación (día, mes y año), datos de contacto de la institución o entidad que la expide y contar con firma digital u original.

Requisitos del perfil:

a. El/La jurado debe contar con formación universitaria.
b. Área de conocimiento: Artes, humanidades, ciencias sociales, económicas o administrativas.
c. Campos de experiencia o trayectoria: Mínimo cuatro (4) años relacionada con la gestión cultural, o en el emprendimiento e industrias creativas, enfocado en la comercialización de productos y servicios artísticos y culturales.
d. El jurado debe residir o domiciliarse en Bogotá, sin embargo no debe residir o domiciliarse en la localidad a la que se postula para evaluar.

Nota: La persona no debe residir o domiciliarse en la localidad a la que se postula. Esto se verificará según la información que reposa en el SICON.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas , Economia, Administracion, Contaduria Y Afines

Campo de experiencia:

Mínimo cuatro (4) años relacionada con la gestión cultural, o en el emprendimiento e industrias creativas, enfocado en la comercialización de productos y servicios artísticos y culturales.

Área perfil: Arte dramático , Artes plásticas y visuales , Artes audiovisuales , Danza , Literatura , Música , Interdisciplinar / transdisciplinar , Actividades de la economía creativa y cultural

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá


Perfil 2

Profesional en cualquier área del conocimiento, con experiencia específica de cuatro (4) años en procesos de gestión cultural enfocados en actividades de programación, diseño y desarrollo de agendas culturales y estrategias de circulación de productos y servicios artísticos para el sector cultural. Debe acreditar la experiencia mediante certificaciones, las cuales deben contener la siguiente información: nombre de la persona postulante, proyecto o área, actividades realizadas, fecha de inicio y terminación (día, mes y año), datos de contacto de la institución o entidad que la expide y contar con firma digital u original.

Requisitos del perfil:

a. El/La jurado debe tener formación universitaria.
b. Área de conocimiento: Gestión cultural.
c. Campos de experiencia o trayectoria: Mínimo cuatro (4) años en procesos de gestión cultural enfocados en actividades de programación, diseño y desarrollo de agendas culturales y estrategias de circulación de productos y servicios artísticos para el sector cultural.
d. El jurado debe residir o domiciliarse en Bogotá, sin embargo no debe residir o domiciliarse en la localidad a la que se postula para evaluar.

Nota: La persona no debe residir o domiciliarse en la localidad a la que se postula. Esto se verificará según la información que reposa en el SICON.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Salud , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación , Economia, Administracion, Contaduria Y Afines , Matemáticas Y Ciencias Naturales , Ingeniería, Arquitectura, Urbanismo Y Afines , Agronomía Veterinaria Y Afines

Campo de experiencia:

Mínimo cuatro (4) años en procesos de gestión cultural enfocados en actividades de programación, diseño y desarrollo de agendas culturales y estrategias de circulación de productos y servicios artísticos para el sector cultural.

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 15/05/2023

Desde la fecha de publicación, la ciudadanía cuenta con tres (3) días hábiles para hacer comentarios a la convocatoria. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico esculturalocal@idartes.gov.co

Fecha de apertura 19/05/2023
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 06/06/2023 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 09/06/2023 17:00:00
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 20/06/2023

Tenga en cuenta que, posterior a la publicación de este listado, cuenta con tres días hábiles para realizar la subsanación en caso de que aplique.

Publicación de resultados de evaluación 28/07/2023

En esta fecha se publicará la Resolución de ganadores y se podrá consultar en la sección Tenga en cuenta/apartado Resoluciones

Fecha máxima de ejecución 11/11/2023

La fecha máxima de ejecución incluye la entrega del informe final aprobado por parte del área misional que realiza el acompañamiento a la ejecución de la propuesta.

 

Justificación

La presente convocatoria se sustenta en el Convenio Interadministrativo No. 447 de 2022, celebrado entre la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes y Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño; Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos; Fondo de Desarrollo Local de Bosa; Fondo de Desarrollo Local de Chapinero; Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar; Fondo de Desarrollo Local de Engativá; Fondo de Desarrollo Local de Fontibón; Fondo de Desarrollo Local de Kennedy; Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda; Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe; Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal; Fondo de Desarrollo Local De Suba; Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz; Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo; Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito; Fondo de Desarrollo Local de Usaquén y Fondo de Desarrollo Local de Usme, el cual tiene por objeto “Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros con el fin de desarrollar acciones articuladas entre la SCRD, el IDARTES y los Fondos de Desarrollo Local, orientadas a fomentar procesos de formación, cualificación, fortalecimiento de los agentes culturales territoriales del Distrito Capital, en el marco de la generación y circulación de bienes y servicios culturales, artísticos y patrimoniales, de conformidad con las iniciativas priorizadas y concertadas en la estrategia Distrital "Presupuestos Participativos" y/o de las concertaciones con los grupos de interés de las localidades y a las acciones adelantadas en el “Proceso Misional de Fomento”, de acuerdo con los proyectos a ejecutar asociados a las metas de cada localidad en el programa "Es Cultura Local 2022"; este convenio interadministrativo respalda la tercera versión del Programa Es Cultura Local.

Objeto

En el marco de la tercera versión del Programa Es Cultura Local, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes y el Fondo de Desarrollo Local de Kennedy, aúnan esfuerzos en esta convocatoria con el propósito de fortalecer y aportar a la sostenibilidad de espacios artísticos, culturales y creativos independientes, de naturaleza privada ubicados en la localidad de Kennedy. Esto con el fin de entregar la totalidad de los estímulos proyectados que no se lograron otorgar en  la primera fase de la tercera versión del Programa.

Estos espacios pueden entenderse como infraestructuras o equipamientos culturales convencionales o multifuncionales, cuya vocación se orienta a actividades artísticas, culturales o creativas, también pueden combinar actividades comerciales asociadas a la economía cultural y creativa, contenidas en las condiciones generales de participación del Programa Es Cultura Local en el apartado Actividades de la economía cultural y creativa en el marco del PECL del numeral 2.3. ¿Cuáles son los ámbitos de implementación del PECL? 

Es por ello que, los interesados en participar deberán:

  • Tener una sede física ubicada en la localidad de Kennedy. Los espacios pueden ser inmuebles concebidos o construidos para distintos fines, pero deben estar habilitados y acondicionados con unas características técnicas y físicas que permitan el desarrollo de las actividades propuestas.
  • Garantizar las condiciones logísticas y técnicas, así como los protocolos de bioseguridad y gestión de permisos establecidos por la normatividad vigente para la realización de las actividades propuestas. 
  • Proponer una programación continua orientada a procesos de formación, circulación/exhibición o comercialización de productos artísticos o culturales durante dos (2) meses. Dentro del presupuesto se podrá destinar máximo hasta el  40% del valor del estímulo, a gastos de adecuación, dotación de insumos o equipos que sean coherentes con las características del espacio con el que participa y que demuestren un aporte claro a su sostenibilidad. 
  • Contemplar encuentros de saberes y actividades de intercambio de experiencias, dentro de la programación, que permitan generar conexiones y articulaciones entre los artistas, gestores, emprendedores o creadores que hagan parte del proyecto, vinculando como parte de sus grupos de interés o beneficiarios iniciativas de agentes emergentes.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Jurídica

Persona jurídica con o sin ánimo de lucro, cuya dirección de domicilio principal o la dirección de alguna de sus sedes esté ubicada en la localidad de Kennedy, que cuente con un espacio independiente ubicado en la localidad de Kennedy y que esté bajo su gestión. 

El espacio debe tener una trayectoria de mínimo ocho (8) procesos, proyectos o eventos certificados en el desarrollo de actividades relacionadas con el objetivo de la presente convocatoria. 

Nota 1: Las personas jurídicas deben garantizar la conformación de un equipo de trabajo base para el desarrollo de su propuesta, en el cual deberá priorizar la participación de personas que residan en la localidad.

Nota 2: La trayectoria debe acreditarse a nombre de la persona jurídica. No se tendrá en cuenta la sumatoria de la experiencia individual de los miembros de la junta directiva que la conforman.

Nota 3: La dirección de domicilio o de alguna de sus sedes en la localidad de Kennedy, se revisará según lo contenido en el Certificado de Existencia y Representación Legal aportado.

Agrupación

Conformadas por dos (2) o más personas naturales colombianas o extranjeras mayores de 18 años, residentes en la ciudad de Bogotá D.C., y que cuenten con un espacio independiente ubicado en la localidad de Kennedy y que esté bajo su gestión. 

El espacio debe tener una trayectoria de mínimo ocho (8) procesos, proyectos o eventos certificados en el desarrollo de actividades relacionadas con el objetivo de la presente convocatoria. 

Nota 1: Las agrupaciones deberán estar conformadas, mínimo en un 70%, por residentes en la localidad de Kennedy y el 30% restante podrán residir en otras localidades, con actividad económica desarrollada en Kennedy. En este último caso, se deberá diligenciar el Anexo No. 2 - Declaración de lugar en el que ejerce la actividad económica bajo la gravedad de juramento y adjuntarlo en la plataforma.

Nota 2: La trayectoria debe acreditarse a nombre de la agrupación. No se tendrá en cuenta la sumatoria de la experiencia individual de los integrantes que la conforman.

Nota 3: Los integrantes de la agrupación son aquellos que se encuentren registrados en el certificado de inscripción de la plataforma SICON.

 

Quiénes no pueden participar

Adicional a lo establecido en el numeral 3.2 de las condiciones generales de participación del Programa Es Cultura Local, en esta convocatoria no pueden participar:

  • Aquellas personas naturales que hayan sido beneficiarios o constructores del Componente A del Programa Es Cultura Local en el año 2022; ya sea como participante a nombre propio, como integrante de agrupación o como miembro de una persona jurídica.
  • Aquellas personas naturales que sean servidores públicos (contratistas o funcionarios) de la Secretaría Distrital de Gobierno; ya sea como participante a nombre propio, como integrante de agrupación o como miembro de la persona jurídica.
  • Las personas naturales, personas naturales que realizan actividades mercantiles o comerciales, personas jurídicas(incluyendo sus miembros)  o agrupaciones (incluidos sus integrantes) ganadores de estímulos en cualquiera de las convocatorias ofertadas en el marco del Programa Es Cultura Local 2021 y el primer semestre del 2022.
  • Las personas naturales, agrupaciones (incluyendo sus integrantes) y personas jurídicas (incluyendo sus miembros) que hayan sido designadas como ganadoras en la convocatoria BECA ES CULTURA LOCAL PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY 2022. 
  • Las personas naturales, agrupaciones (incluyendo sus integrantes) y personas jurídicas (incluyendo sus miembros)  que hayan sido designadas como ganadoras en alguna de las convocatorias que hacen parte de la Tercera Versión del Programa Es Cultura Local, es decir, aquellas que se hayan aperturado en cualquiera de los siguientes actos administrativos:
  1. Resolución No. 1008 de 25 de agosto de 2022 del Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
  2. Resolución No. 1298 del 18 de octubre del 2022 del Instituto Distrital de las Artes - Idartes.  
  3. Resolución No. 620 de 25 de agosto de 2022 de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD.
  4. Resolución No. 142 del 25 de agosto de 2022 de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante de la agrupación participante

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

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15 MB
2 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

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15 MB
3 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación. 

 

En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá, específicamente en la localidad de la convocatoria, por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin (Consultar el apartado Formatos).


Ahora bien, si en su agrupación hay algún(os) integrante(s) que no resida(n) en la localidad de Kennedy, deben adjuntar, junto con el certificado de residencia o declaración lugar de residencia bajo la gravedad de juramento, el Anexo No. 2 - Declaración de lugar en el que ejerce la actividad económica bajo la gravedad de juramento y adjuntarlo en la plataforma. Teniendo en cuenta el porcentaje máximo permitido para la residencia en otras localidades.

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15 MB
4 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

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15 MB
5 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

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15 MB
6 Registro Único Tributario (RUT).

Registro único tributario RUT del representante de la agrupación o persona jurídica con actualización posterior a enero de 2019, con alguna de las actividades económicas relacionadas en las condiciones generales de participación.

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15 MB
7 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de los integrantes de la Agrupación

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de Cultura de cada uno de los integrantes de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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15 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 PROYECTO DILIGENCIADO EN EL FORMATO ANEXO 1

Diligencie completamente el Formato de presentación de propuestas para la convocatoria BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓN ES CULTURA LOCAL FASE 2, disponible en el apartado “Formatos”. Guárdelo en PDF y adjúntelo en la plataforma de inscripción.  

Tenga en cuenta que no aceptarán pagos a menores de edad en la ejecución de su propuesta. 

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Nota 1. De acuerdo al numeral 4.2 de las CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA ES CULTURA LOCAL - PECL 2023 , en la plataforma de inscripción sólo se aceptarán los documentos técnicos en los formatos aquí solicitados. Por lo tanto, no serán tenidos en cuenta enlaces que reúnan la documentación técnica en plataformas de almacenamiento como Google Drive, Dropbox, Microsoft OneDrive, Mega, WeTransfer, etc.

Nota 2. Las propuestas presentadas deben considerar los protocolos de bioseguridad en cumplimiento de la normatividad vigente, establecida por el Ministerio de Salud y la Alcaldía Mayor de Bogotá. En caso de ser necesario, el proyecto deberá adaptarse para llevar a cabo su correcto desarrollo teniendo en cuenta las posibles medidas de bioseguridad dispuestas por el Ministerio de Salud y la Alcaldía Mayor de Bogotá.

Nota 3. El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada.

Nota 4. No incluir el Formato para presentación de propuesta diseñado específicamente para  esta convocatoria será una causal de rechazo.

Cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria, comuníquese a contactenos@idartes.gov.co de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

 

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15 MB
2 SOPORTES DE LA EXPERIENCIA Y TRAYECTORIA DEL PARTICIPANTE

En un (1) solo PDF adjunte los soportes de experiencia y trayectoria. Los documentos aportados deben acreditar lo solicitado en el perfil del participante de la presente convocatoria, ya sea agrupación o persona jurídica. 

Estos soportes pueden ser: certificaciones de contratos o actas de liquidación, publicaciones de libros, revistas o periódicos, catálogos de eventos, programas de mano, flyers, volantes, notas de prensa, distinciones o resoluciones de ganadores de estímulos, que evidencien de manera clara y visible, las fechas de realización, y nombre del participante (agrupación o persona jurídica) tal y como aparece en el formulario de inscripción

Nota 1: No se considerarán válidas las certificaciones emitidas por los mismos participantes. Este documento no es subsanable. Es decir, en caso de no presentarlo su propuesta será inhabilitada.

Nota 2: No se permitirá la suma de experiencia de integrantes para las agrupaciones. 

Nota 3: No se permitirá la suma de experiencia de miembros de las juntas directivas para las personas jurídicas.

 

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15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: Selección de ganadores
No. Criterio Puntaje
1

Solidez y pertinencia: se valorará el proyecto en general y la integralidad de cada uno de sus componentes, teniendo en cuenta: a. Coherencia de la programación propuesta en relación con los procesos de formación, circulación, distribución, exhibición o comercialización de productos o servicios culturales y creativos, que harán parte del proyecto. b. Propuesta de actividades de encuentro e intercambio potenciando conexiones, articulaciones o trabajo colaborativo entre los agentes emergentes y consolidados de la localidad.

0 a 30
2

Aporte al contexto local: en el desarrollo de las actividades del proyecto, se evidencia el aporte a la dinamización económica y social de la localidad, mediante la generación de ingresos o adquisición de productos o servicios de agentes locales.

0 a 20
3

Viabilidad técnica y económica: relación entre las actividades, los tiempos y costos propuestos para el cumplimiento de los objetivos del proyecto, definidos en el presupuesto y el cronograma. Así mismo, para aquellos espacios que incluyan la adecuación, compra de insumos o equipos de dotación, se valorará la pertinencia de los mismos en relación con las características del espacio y su aporte a la sostenibilidad del mismo.

0 a 30
4

Trayectoria del espacio y perfil de equipo de trabajo: se valorará la experiencia acreditada del espacio independiente de acuerdo con lo solicitado en el perfil del participante. Así como, la pertinencia de los perfiles del equipo de trabajo que hará parte del desarrollo del proyecto.

 

0 a 20

El puntaje mínimo que debe tener la propuesta seleccionada como ganadora es de 70 puntos, de conformidad con lo establecido en el numeral 6.1 de las CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA ES CULTURA LOCAL - PECL 2023. Las propuestas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de preselección.

Derechos específicos de las y los ganadores

Adicionalmente a lo establecido en el numeral 7.6 de las CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA ES CULTURA LOCAL - PECL 2023, los ganadores tienen derecho a:

1. Recibir el estímulo en las siguientes condiciones:

1.1. Un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del estímulo económico, posterior al proceso de notificación de la resolución de ganadores y al cumplimiento de los requisitos y trámites solicitados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes para tal efecto.

1.2. Un segundo desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del estímulo económico, una vez sea aprobado el informe final con sus respectivos soportes y previo aval de cumplimiento de la entidad a cargo de la convocatoria.

  • Los desembolsos se harán posterior a la certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja.
  • Al valor del estímulo se le aplicarán los descuentos de ley a los que haya lugar, de acuerdo con la normatividad vigente.

Deberes específicos de las y los ganadores

Adicional a lo indicado en las CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA ES CULTURA LOCAL - PECL 2023, a continuación se encuentran los deberes de los ganadores en el marco de esta convocatoria:

  1. Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de ganadores. De acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación del Programa Es Cultura Local, la entidad enviará al ganador un correo electrónico certificado de notificación. El ganador contará con cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha y hora en que accede a la información, para responder manifestando la aceptación o no del estímulo de forma expresa. Si pasados estos cinco (5) días hábiles la entidad no ha recibido la aceptación, se procederá a enviar un nuevo correo electrónico certificado con la siguiente información: i) fecha, ii) fecha del acto que se está notificando iii) autoridad que lo expidió, iv) recursos que legalmente proceden, v) autoridades ante quienes deben interponerse, y vi) plazos respectivos para interponer los recursos. La notificación se considerará realizada al finalizar el día siguiente del envío del segundo correo electrónico. Así mismo, el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado queda en firme a los diez (10) días hábiles de haberse realizado la respectiva notificación vía correo electrónico.
  2. Constituir garantía de cumplimiento de disposiciones legales a favor de la entidad otorgante del estímulo, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo de cumplimiento por el treinta por ciento (30%) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más.
  3. Realizar y cumplir con el proceso de formación, el cual se llevará a cabo mediante la elaboración del plan de mejoramiento de su propuesta ganadora, en compañía del equipo de profesionales asignados por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), dicho plan de mejoramiento deberá ser avalado y aprobado por este equipo para dar inicio a la ejecución de su propuesta. Este proceso de formación y de acompañamiento será de carácter obligatorio y deberá ser desarrollado por el ganador, representante de la agrupación o representante de la persona jurídica.
  4. Ejecutar la propuesta según lo contemplado en el plan de mejoramiento aprobado de la propuesta ganadora, ante eventuales modificaciones, reportar oportunamente al equipo del Programa Es Cultura Local del Instituto Distrital de las Artes - Idartes para su respectiva revisión y aprobación, según lo contemplado en las Condiciones Generales de Participación del PECL. 
  5. Gestionar los permisos necesarios amparados en la normativa vigente para la realización de actividades o eventos en espacios privados o en el espacio público, garantizando las condiciones logísticas, técnicas y de seguridad para su desarrollo. Asimismo, se aclara que los ganadores serán los responsables de la gestión y el buen uso de los espacios que hagan parte de la ejecución de su propuesta, acatando las condiciones de préstamo.
  6. Asistir a las reuniones, encuentros o visitas convocadas por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes en articulación con el Fondo de Desarrollo Local de Kennedy.
  7. Realizar actividades de socialización de los resultados obtenidos con el estímulo, a través de talleres, conferencias, conciertos, muestras, exposiciones, presentaciones, entre otras, según la naturaleza del proceso adelantado
  8. En el caso que haya variaciones en el equipo de trabajo, el ganador deberá asegurar que quien reemplaza a la persona saliente cumpla el mismo rol y cuente con el mismo perfil, experiencia y residencia en la localidad. Este cambio deberá ser reportado al Instituto Distrital de las Artes – Idartes. 
  9. Si presentó su propuesta como agrupación y en caso de requerir un cambio de integrante, debe tener en cuenta lo establecido en el numeral 7.2 de las CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA ES CULTURA LOCAL - PECL 2023 , así como la siguiente información:                                       

     

    No. de integrantes

    No. de cambios aceptados

    De 3 a 5

    1

    De 6 a 8

    2

    De 9 a 11

    3

    De 12 a 14

    4

    De 15 a 17

    5

     

  10. Participar en las actividades de articulación con ganadores que proponga el Fondo de Desarrollo Local de Kennedy.
  11. Acatar el manual de uso de imagen del Programa Es Cultura Local, para la realización de piezas gráficas, audiovisuales o productos de difusión o memoria del proyecto.

  12. Entregar un informe de avance de gestión junto con la relación de gastos y soportes correspondientes, a la mitad del tiempo de ejecución del proyecto, en los formatos aportados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes para tal fin, a través de los medios que le sean indicados para su entrega. Los soportes aportados deben dar cuenta de la ejecución, de acuerdo con la propuesta presentada y serán verificados por el equipo del Programa Es Cultura Local.

  13. Entregar un informe final de gestión junto con la relación de gastos y soportes correspondientes a la ejecución total del proyecto. Es importante tener en cuenta que este informe final debe encontrarse aprobado por el equipo encargado de realizar el seguimiento a la beca y estar listo para radicación, antes del 03 de noviembre 2023. Los soportes aportados deben dar cuenta de la ejecución, de acuerdo con la propuesta presentada y serán verificados por el equipo del Programa Es Cultura Local.

  14. En cuanto a presuntos incumplimientos de las propuestas, la entidad aplicará el procedimiento determinado en el numeral 7.8. de las CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA ES CULTURA LOCAL - PECL 2023.

  15. Hacerse responsable de todas las obligaciones en lo que se refiere a derechos de autor o de propiedad intelectual, industrial o comercial, previo, durante y posterior a la ejecución del proyecto. En el acto de cualquier reclamación de terceros, será el ganador quien deba comparecer y aportar los soportes a los que haya lugar, ante las instancias que corresponda. En cualquier caso, se mantendrá indemne al Instituto Distrital de las Artes - Idartes.

  16. Los demás señalados en las CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA ES CULTURA LOCAL - PECL 2023

Anexos

No. Documento Descripción
1 ANEXO No. 1 DECLARACIÓN LUGAR DE RESIDENCIA BAJO LA GRAVEDAD DEL JURAMENTO

Descargue, diligencie, firme y adjunte en pdf el presente formato, únicamente si no logró gestionar el certificado de residencia de acuerdo con lo indicado en el numeral 4.2 de las CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA ES CULTURA LOCAL - PECL 2023

2 Anexo No. 2 - Declaración juramentada de lugar en el que se ejerce la actividad económica
Descargue, diligencie, firme y adjunte en pdf el presente formato, únicamente en los casos en que aplique el porcentaje de integrantes de la agrupación que no residan en la localidad, de acuerdo con lo indicado en el apartado ¿Quién puede participar?

Formatos

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1 Formato de presentación de propuestas - BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓN ES CULTURA LOCAL FASE 2

(archivo Word o PDF)

 
 

Formato de presentación de propuestas para la convocatoria BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓN ES CULTURA LOCAL FASE 2.

Resoluciones

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1 RESOLUCIÓN No. (596 ) del 12 de mayo de 2023 «Por medio de la cual se da apertura a las convocatorias que hacen parte de la segunda fase de la tercera versión del Programa Es Cultura Local»
RESOLUCIÓN No. (596 ) del 12 de mayo de 2023 «Por medio de la cual se da apertura a las convocatorias que hacen parte de la segunda fase de la tercera versión del Programa Es Cultura Local»
2 Acta y listado definición perfiles jurados convocatorias Programa Es Cultura Local Tercera Versión Fase 2
 En este documento consulte acta y listado definición perfiles jurados convocatorias Programa Es Cultura Local Tercera Versión Fase 2
3 RESOLUCIÓN No (950) del 5 de julio de 2023«Por medio de la cual se acoge el acta de selección del comité que designa los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓN ES CULTURA LOCAL FASE 2»
RESOLUCIÓN No (950) del 5 de julio de 2023«Por medio de la cual se acoge el acta de selección del comité que designa los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓN ES CULTURA LOCAL FASE 2» 
4 ACTA DE SELECCIÓN DE JURADOS BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓN ES CULTURA LOCAL FASE 2
ACTA DE SELECCIÓN DE JURADOS  BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓN ES CULTURA LOCAL FASE 2
5 Acta de recomendación de ganadores BECA PARA ESPACIOS CULTURALES YCREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓNES CULTURA LOCAL FASE 2
Acta de recomendación de ganadores BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓNES CULTURA LOCAL FASE 2
6 RESOLUCION N° 1085 BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓN ES CULTURA LOCAL FASE 2
RESOLUCION N° 1085 BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓN ES CULTURA LOCAL FASE 2. «Por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado paraseleccionar los ganadores de la convocatoria BECA PARA ESPACIOS CULTURALES YCREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓNES CULTURA LOCAL FASE 2, se ordena el desembolso del estímulo a las propuestasseleccionadas como ganadoras y se precisan unas disposiciones»

Listados

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1 Listado de inscritos BECA ES CULTURA LOCAL PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - SEGUNDA FASE
Listado de inscritos BECA ES CULTURA LOCAL PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - SEGUNDA FASE
2 Listados de habilitados, rechazados y por subsanar BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓN ES CULTURA LOCAL FASE 2
Listados de habilitados, rechazados y por subsanar BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓN ES CULTURA LOCAL FASE 2. Recuerde que tiene hasta el día: 23 de junio de 2023 hasta las 5:00 p.m., según las Condiciones Generales de Participación del Programa Es Cultura Local.
3 Listado aclarado de habilitados, rechazados y por subsanar - BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓN ES CULTURA LOCAL FASE 2
Listado aclarado de habilitados, rechazados y por subsanar - BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓN ES CULTURA LOCAL FASE 2


Se publica con la causal de subsanación correspondiente a las propuestas "Por subsanar". 

4 Listado de habilitados y rechazados - BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓN ES CULTURA LOCAL FASE 2
Listado de habilitados y rechazados - BECA PARA ESPACIOS CULTURALES Y CREATIVOS INDEPENDIENTES DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY - TERCERA VERSIÓN ES CULTURA LOCAL FASE 2. 


Una vez realizada una segunda verificación, la propuesta No. 2090-005 incluyó soportes correspondientes y se habilita para evaluación del jurado, según lo estipulado en la convocatoria.

Avisos modificatorios

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