Convocatoria Adjudicada
SCRD

BECA ARTISTAS DE CLASE

Programa Distrital de Estímulos

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¡IMPORTANTE!

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Acta de Recomendación de Ganadores

09/23

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Resolución No. 626 de 25 de agosto de 2023

08/23

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Resolución No. 561 de 03 de agosto de 2023

08/23

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Listado de habilitados y rechazados - Categoría 2.

07/23

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Listado de habilitados y rechazados - Categoría 1.

07/23

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Listado de habilitados, rechazados y por subsanar - Categoría 2.

07/23

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Listado de habilitados, rechazados y por subsanar - Categoría 1.

07/23

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Listado de participantes inscritos - Categoría 2.

06/23

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Listado de participantes inscritos - Categoría 1.

06/23

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Resolución Apertura No. 320 de 19 mayo de 2023

05/23

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DOCUMENTOS

Información básica

Fomentar acciones de mejora y cuidado del espacio público, a través del desarrollo de propuestas artísticas y culturales, presentadas por los artistas regulados que inviten a la ciudadanía a disfrutar los lugares donde usualmente desarrollan su práctica artística, generando relaciones de trabajo colaborativas que permitan compartir su conocimiento.

 

Enfoque(s): Poblacional-diferencial

Línea(s) estratégica(s): Apropiación

Área(s): Interdisciplinar / transdisciplinar

Número de estímulos: 10

Total de recursos: $ 80.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

El valor individual del estímulo es de $ 8.000.000

Categorias:

No. Categoria Descripción
1 Categoría 1

Cuatro (4) estímulos para artistas de espacio público regulados de 51 años o mayores al momento del cierre de la convocatoria.

2 Categoría 2

Seis (6) estímulos para artistas de espacio público regulados de 50 años o menores al momento del cierre de la convocatoria.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Profesional en Ciencias Sociales o Humanas con título de posgrado y experiencia mínima de cuatro (4) años en creación, investigación, formación, producción y/o gestión de proyectos artísticos, culturales o sociales.

Área conocimiento: Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia:

Experiencia mínima de cuatro (4) años en creación, investigación, formación, producción y/o gestión de proyectos artísticos, culturales o sociales.

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Especialización

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Profesional en Ciencias de la Educación o Bellas Artes con experiencia mínima de cuatro (4) años en creación, investigación, formación, producción y/o gestión de proyectos artísticos, culturales sociales o comunitarios.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Educación

Campo de experiencia:

Experiencia mínima de cuatro (4) años en creación, investigación, formación, producción y/o gestión de proyectos artísticos, culturales sociales o comunitarios.

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 3

Experto sin título universitario con experiencia mínima de seis  (6) años en creación, investigación, formación, producción y/o gestión de proyectos artísticos, culturales o patrimoniales.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Salud , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación , Economia, Administracion, Contaduria Y Afines , Matemáticas Y Ciencias Naturales , Ingeniería, Arquitectura, Urbanismo Y Afines , Agronomía Veterinaria Y Afines

Campo de experiencia:

Experiencia mínima de seis  (6) años en creación, investigación, formación, producción y/o gestión de proyectos artísticos, culturales o patrimoniales.

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: null

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 15/05/2023
Fecha de apertura 19/05/2023
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 27/06/2023 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 30/06/2023 17:00:00
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 11/07/2023
Publicación de resultados de evaluación 25/08/2023
Fecha máxima de ejecución 24/11/2023

Justificación

Una de las apuestas de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD es la “Implementación de una estrategia de arte en espacio público en Bogotá”*, la cual tiene el objetivo de propiciar e integrar acciones artísticas y culturales tendientes a la apropiación, uso y disfrute del espacio público, capaces de construir comunidad y transformar entornos sociales y culturales. Para ello, es necesario trabajar por los actores que tienen como actividad principal la realización de actividades artísticas en el espacio público.

Los actores a los que se dirige esta estrategia son los artistas del espacio público regulados que, en el día a día, desarrollan su actividad en las plazas, plazoletas, parques y andenes de la ciudad, dinamizando y revitalizando cada uno de los lugares en los que se presentan. Como una manera para acompañar estos actores, la SCRD y el IDARTES, en cumplimiento del Decreto Distrital 552 de 2018 "Por medio del cual se establece el Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público en el Distrito Capital de Bogotá y se dictan otras disposiciones", implementaron la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público, en donde los artistas pueden registrarse y obtener un permiso para realizar sus prácticas artísticas en el espacio público de la ciudad.

Durante el año 2021 y 2022 se realizó la beca “Artistas de Clase”, con el objetivo de trabajar en un proceso de formación informal con artistas del espacio público del campo de las artes escénicas y las artes plásticas y visuales. Para darle continuidad al proceso, en el año 2023 la SCRD tiene previsto la realización de la tercera versión de la beca, dándole prioridad a los artistas del espacio público regulados que, a través de los conocimientos adquiridos y su experiencia, generarán procesos de cuidado, apropiación y sostenibilidad del espacio público. 

Es así que la presente convocatoria se sumará a la estrategia de atención a los artistas que hagan parte de la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público, buscando generar valor a su escenario principal, así como también enriqueciendo y dignificando su labor y la circulación de las artes en el espacio público.


* Proyecto de inversión 7887 de la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. 

 

Objeto

Fomentar acciones de mejora y cuidado del espacio público, a través del desarrollo de propuestas artísticas y culturales, presentadas por los artistas regulados que inviten a la ciudadanía a disfrutar los lugares donde usualmente desarrollan su práctica artística, generando relaciones de trabajo colaborativas que permitan compartir su conocimiento.

La propuesta planteada debe reconocer las dinámicas existentes en el espacio público en el que se realizan actividades artísticas, así como también otras actividades que cohabitan en el mismo lugar, buscando entregar un espacio apropiado para el uso, goce y disfrute de la ciudadanía, resaltando los valores estéticos, artísticos y culturales de las disciplinas artísticas que desarrollen. 

Adicionalmente, como resultado se deberá plantear la realización de una actividad (galería, puesta en escena, presentación, etc.) que debe ser desarrollada en alguna de las zonas autorizadas por la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público, es decir las siguientes:  

Localidad de La Candelaria.

  • Plazoleta del Chorro de Quevedo. Carrera 2 entre Calles 12B y 12C.
  • Carrera Séptima. Tramo 1: desde la Calle 11 hasta la Av. Jiménez.

Localidad de Santa Fe.

  • Carrera Séptima. Tramo 2: desde la Avenida Jiménez hasta la Calle 19.
  • Carrera Séptima. Tramo 3: desde la Calle 19 hasta la Calle 24.
  • Parque de los Periodistas Gabriel García Márquez. entre calles 13 y 17 y Carreras 3 y 4.
  • Parque Santander. Carrera 7 con Calle 16.

Localidad de Chapinero. 

  • Plazoleta de Lourdes. Carrera 13 entre Calles 63 y 63A

Con el fin de garantizar la participación de las personas mayores que hacen parte de la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público, se plantean dos categorías; en ese orden de ideas los participantes deberán escoger una de las siguientes categorías:

  • Categoría 1: Cuatro (4) estímulos para artistas de espacio público regulados de 51 años o mayores al momento del cierre de la convocatoria.
  • Categoría 2: Seis (6) estímulos para artistas de espacio público regulados de 50 años o menores al momento del cierre de la convocatoria.

 

Nota 1: En caso de ser necesario, los ganadores deberán gestionar todo lo relacionado con permisos, conceptos y requerimientos técnicos y logísticos para la realización de la actividad en espacio público en el marco de la convocatoria. Este deberá presentarse por escrito al iniciar la ejecución de la propuesta ganadora. 

Nota 2: Dada la calamidad pública, con ocasión de la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID-19) en Bogotá D.C., y en aras de establecer estrategias de prevención y cuidado, se invita a los participantes a considerar opciones flexibles que permitan que las propuestas postuladas respondan a los retos de esta contingencia, estableciendo protocolos de bioseguridad y distanciamiento social de acuerdo con las medidas que progresivamente se vayan formulando desde el gobierno distrital y nacional frente a las restricciones para la realización de actividades que impliquen reunión o aglomeración de personas al momento de la ejecución. En caso de restricción o nuevas disposiciones frente a lo señalado, se deberá privilegiar el uso de herramientas digitales y de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), desarrollando estrategias creativas e innovadoras para su implementación.

Nota 3: A partir de la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con tres días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@scrd.gov.co hasta las 17:00 horas del último día.

 

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Agrupación

Agrupaciones conformadas por máximo tres (3) integrantes, de los cuales mínimo dos (2) deben cumplir con los requisitos de edad de la categoría a la que se postulan. Todos los integrantes deberán estar registrados y haber sido aprobados en la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público durante el periodo comprendido entre el 15 de noviembre de 2019 y el 30 de abril de 2023. Además, cada integrante deberá contar con al menos un permiso de la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público otorgado por el Instituto Distrital de las Artes - IDARTES en el mismo periodo de tiempo.

 

Nota 4: Tenga en cuenta que el representante de la agrupación debe contar con Registro Único Tributario - RUT actualizado y cuenta vigente en alguna entidad financiera colombiana.

 

Quiénes no pueden participar

Quienes establezcan las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos-PDE 2023.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante de la agrupación participante

Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación.

pdf
15 MB
2 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación.

pdf
15 MB
3 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación.

pdf
15 MB
4 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de los integrantes de la Agrupación

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de Cultura de cada uno de los integrantes de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

pdf
15 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 PROYECTO DILIGENCIADO EN EL FORMATO ANEXO 1

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuestas definido para la convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección “Formatos” diligenciando la totalidad de los ítems solicitados. Una vez diligenciado guárdelo en formato PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea - SICON. Además, lea atentamente las condiciones de participación del Programa Distrital de Estímulos 2023, así como, las condiciones específicas de esta convocatoria. 

 

Nota 5: Tenga en cuenta que el presupuesto debe incluir los requerimientos técnicos necesarios para la propuesta planteada en el Formato Anexo 1

Nota 6: Los participantes deberán cargar un video de máximo cinco (5) minutos en el que detallen la propuesta que tienen y cuenten desde su propia voz la idea que van a desarrollar.En el video deberán aparecer todos los artistas de la agrupación, quienes deben cumplir con los requisitos del Perfil del participante.  

El participante debe asegurarse de que el link del video sea público y pueda ser consultado por los jurados en el momento de la evaluación.

 

pdf
15 MB

Criterios de evaluación

Categoría: Categoría 1
Ronda: Selección
No. Criterio Puntaje
1

Número de permisos de la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público otorgados por el Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, a los participantes de la agrupación. 

Se verificará el número de permisos de la agrupación y se contrastará con la información registrada en www.paes.gov.co.

Los permisos se contarán desde el 15 de noviembre de 2019 y hasta el 30 de abril de 2023 y el puntaje asignado será el siguiente: 1 permiso 10 puntos, 2 permisos 20 puntos, 3 permisos 30 puntos, 4 permisos en adelante 40 puntos.

 

 

0 a 40
2

Viabilidad – factibilidad del proyecto, entre los diferentes componentes: justificación, cronograma y presupuesto.

0 a 30
3

Impacto esperado en las estrategias de mejora, cuidado y apropiación de los espacios en los que desarrollan su actividad artística.

0 a 20
4

Reconocimiento de las otras actividades presentes en el espacio público. 

0 a 10

Nota 7. El puntaje mínimo de selección será de setenta (70) puntos. 

Nota 8. En caso de presentarse un empate se seleccionará la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en el criterio 1. Número de permisos de la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público. De persistir el empate se acudirá al criterio, Viabilidad – factibilidad del proyecto .

Nota 9. En caso de que no hayan propuestas habilitadas para evaluación en alguna de las categorías o las propuestas presentadas no alcancen el puntaje mínimo establecido (70 puntos), los jurados podrán recomendar la asignación del estímulo a una propuesta de otra categoría atendiendo el orden de elegibilidad y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal de la convocatoria.

 

Categoría: Categoría 2
Ronda: Selección
No. Criterio Puntaje
1

Número de permisos de la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público otorgados por el Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, a los participantes de la agrupación. 

Se verificará el número de permisos de la agrupación y se contrastará con la información registrada en www.paes.gov.co.

Los permisos se contarán desde el 15 de noviembre de 2019 y hasta el 30 de abril de 2023 y el puntaje asignado será el siguiente: 1 permiso 10 puntos, 2 permisos 20 puntos, 3 permisos 30 puntos, 4 permisos en adelante 40 puntos.

 

0 a 40
2

Viabilidad – factibilidad del proyecto, entre los diferentes componentes: justificación, cronograma y presupuesto.

0 a 30
3

Impacto esperado en las estrategias de mejora, cuidado y apropiación de los espacios en los que desarrollan su actividad artística

0 a 20
4

Reconocimiento de las otras actividades presentes en el espacio público.

0 a 10

Nota 7. El puntaje mínimo de selección será de setenta (70) puntos. 

Nota 8. En caso de presentarse un empate se seleccionará la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en el criterio 1. Número de permisos de la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público. De persistir el empate se acudirá al criterio, Viabilidad – factibilidad del proyecto .

Nota 9. En caso de que no hayan propuestas habilitadas para evaluación en alguna de las categorías o las propuestas presentadas no alcancen el puntaje mínimo establecido (70 puntos), los jurados podrán recomendar la asignación del estímulo a una propuesta de otra categoría atendiendo el orden de elegibilidad y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal de la convocatoria.

 

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en las “Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos 2023”, el ganador tendrá derecho a:

  • Un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del estímulo, una vez notificada la resolución que otorga el estímulo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo y en las “Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos 2023”.

  • Un segundo y último desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del estímulo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte del ganador y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.

 

Nota 10. Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja - PAC. Al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el ganador, dependiendo de su calidad tributaria.

 

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en las Condiciones de Participación del Programa Distrital de Estímulos 2023, las siguientes:

  1. Realizar como mínimo una actividad (galería, puesta en escena, presentación, etc) dirigida a la ciudadanía en cualquiera de las zonas autorizadas por la Regulación de Actividades Artísticas en el Espacio Público y en las condiciones de la convocatoria. 

  2. Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como las que formule la SCRD, para lo cual el ganador deberá entregar el plan de mejora correspondiente.

  3. Entregar el cronograma de la ejecución de la propuesta a más tardar una (1) semana después de haber sido aprobada su póliza como ganador de la beca con fechas exactas (día, mes y año) para divulgación y participación de la ciudadanía en las mismas.

  4. Asistir a las reuniones, encuentros y visitas convocadas por la entidad del sector encargada de financiar el proyecto.

  5. Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la beca, en caso de ser requeridos.

  6. Entregar el cuadro de presupuesto dando cuenta de la ejecución del proyecto.

  7. Gestionar los escenarios y la producción técnica, escénica y logística necesaria para el desarrollo de su propuesta.

  8. Acatar las disposiciones legales vigentes, en general y específicamente las relacionadas con la situación sanitaria, además de lo contemplado en el Código Nacional de Policía y Convivencia.

  9. Entregar el informe final de ejecución de la propuesta que sea requerido por la SCRD siguiendo el formato suministrado por la entidad, en donde se dé cuenta del desarrollo de las actividades realizadas durante el proceso, así como los registros documentales y audiovisuales correspondientes.

  10. Entregar una memoria social y/o sistematización de la experiencia, bien sea en texto en formato PDF o audiovisual que dé cuenta del proceso realizado y de los aprendizajes producto de la ejecución del proyecto.

  11. Participar en las estrategias de socialización definidas por la entidad que acompaña la ejecución de la propuesta.

  12. Autorizar a la entidad correspondiente el uso del material desarrollado en la propuesta con fines de promoción, circulación y difusión del arte, la cultura y el patrimonio. Esta autorización no implica enajenación, cesión o traspaso de los derechos morales y patrimoniales de la creación.

  13. Participar, cuando sean convocados, en el Programa de Fortalecimiento de los Agentes Culturales - PFAS, según las recomendaciones realizadas por jurados y profesionales de acompañamiento asignado a la ejecución de la propuesta.

Anexos

No. Documento Descripción
1 Guía para la elaboración del presupuesto de una propuesta del PDE
Guía para la elaboración del  presupuesto de una propuesta del PDE 

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato Presentación de Propuestas

(archivo Word o PDF)

 
 
 Formato Anexo 1 Presentación de Propuestas
2 Formato Declaración Juramentada

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato Declaración Juramentada

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 Resolución Apertura No. 320 de 19 mayo de 2023
“Por medio de la cual se ordena la apertura de convocatorias del Programa Distrital deEstímulos - PDE 2023 Fase II, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
2 Resolución No. 561 de 03 de agosto de 2023
Por la cual se designan los jurados que tendrán a cargo la evaluación de las propuestashabilitadas para la convocatoria “Beca Artistas de Clase” del Programa Distrital deEstímulos 2023 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos.
3 Resolución No. 626 de 25 de agosto de 2023
Por la cual se acoge la recomendación de los jurados designados para seleccionar a los ganadores de la convocatoria: “Beca Artistas de Clase” del Programa Distrital de Estímulos 2023 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se ordena el desembolso de los estímulos económicos a las propuestas seleccionadas como ganadoras.
4 Acta de Recomendación de Ganadores
Acta de Recomendación de Ganadores de la Beca Artistas de Clase

Listados

Categoría: Categoría 1
No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos - Categoría 1.
Listado de participantes inscritos - Categoría 1. 
2 Listado de habilitados, rechazados y por subsanar - Categoría 1.
Listado de habilitados, rechazados y por subsanar - Categoría 1.
3 Listado de habilitados y rechazados - Categoría 1.
Listado de habilitados y rechazados - Categoría 1.
Categoría: Categoría 2
No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos - Categoría 2.
Listado de participantes inscritos - Categoría 2.
2 Listado de habilitados, rechazados y por subsanar - Categoría 2.
Listado de habilitados, rechazados y por subsanar - Categoría 2.
3 Listado de habilitados y rechazados - Categoría 2.
Listado de habilitados y rechazados - Categoría 2.

Avisos modificatorios

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