Convocatoria Adjudicada
FUGA

PREMIO FESTIVAL CENTRO 2024

Programa Distrital de Estímulos

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ACTA ACLARATORIA RECOMENDACIÓN DE GANADORES

11/23

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ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES

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RESOLUCIÓN No. 205 DE 2023

10/23

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RESOLUCIÓN No. 171 DE 2023

09/23

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Listado de participantes habilitados, rechazados del Premio Festival Centro 2024

08/23

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Listado de participantes habilitados, rechazados y por subsanar del Premio Festival Centro 2024

08/23

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Listado de participantes inscritos Premio Festival Centro 2024

08/23

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Resolución No 117 del 29 de junio de 2023

06/23

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DOCUMENTOS

Información básica

La Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA tiene como misión articular y gestionar la revitalización y transformación participativa del centro de Bogotá a través de su potencial creativo, el arte y la cultura. Por lo anterior, abre la convocatoria Premio Festival Centro 2024 - que busca resaltar la diversidad sonora y cultural de la ciudad, fomentando la circulación de solistas y agrupaciones musicales bogotanas, aportando a su reconocimiento a nivel local, distrital, nacional e internacional, como parte de la estrategia para el fortalecimiento de Bogotá como ciudad creativa de la música. Los ganadores serán parte de la programación del XV Festival Centro, el cual se desarrollará en el primer bimestre del año 2024.

Enfoque(s): Sin Enfoque

Línea(s) estratégica(s): Circulación

Área(s): Música

Número de estímulos: 10

Total de recursos: $ 46.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

se otorgarán diez (10) estímulos en bolsa concursable, es decir, los jurados decidirán el monto a otorgar a cada ganador de acuerdo con la propuesta presentada. Para cada estímulo se realizará un único desembolso.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Expertos en música con mínimo 8 (ocho) años de experiencia en creación, circulación, curaduría de espectáculos musicales, a nivel nacional e internacional.

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia:

Música, creación y circulación de espectáculos de música, evaluación de convocatorias de música, educación artística con énfasis en música, curaduría de programación recurrente o en festivales de música

Área perfil: Música

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Básica Secundaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Profesional en música con mínimo 8 años de experiencia en interpretación, composición, circulación, producción de propuestas musicales a nivel nacional e internacional. Con especialización o maestría en el área de Música. 

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Educación

Campo de experiencia:

Música, creación y circulación de propuestas musicales, evaluación de convocatorias de música, educación musical.

Área perfil: Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Especialización , Maestría

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de apertura 04/07/2023
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 30/07/2023 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 02/08/2023 17:00:00
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 23/08/2023
Publicación de resultados de evaluación 20/10/2023
Fecha máxima de ejecución 29/02/2024

Justificación

La Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA tiene como misión articular y gestionar la revitalización y transformación participativa del centro de Bogotá a través de su potencial creativo, el arte y la cultura. Por lo anterior, abre la convocatoria Premio Festival Centro 2024 - que busca resaltar la diversidad sonora y cultural de la ciudad, fomentando la circulación de solistas y agrupaciones musicales bogotanas, aportando a su reconocimiento a nivel local, distrital, nacional e internacional, como parte de la estrategia para el fortalecimiento de Bogotá como ciudad creativa de la música. Los ganadores serán parte de la programación del XV Festival Centro, el cual se desarrollará en el primer bimestre del año 2024.

Objeto

Resaltar la diversidad sonora y cultural de la ciudad, fomentando la circulación de solistas y agrupaciones bogotanas de cualquier estilo, género o práctica musical, aportando a su reconocimiento a nivel local, distrital, nacional e internacional, como parte de la estrategia para el fortalecimiento de Bogotá como ciudad creativa de la música. Los ganadores serán parte de la programación del XV Festival Centro, el cual se desarrollará en el primer bimestre del año 2024.

 

El Festival Centro es un evento que reúne agrupaciones musicales y solistas vinculados a diferentes géneros musicales como el rock, el hip hop, la música tradicional colombiana y latinoamericana, el punk, los ritmos urbanos, la música popular, de plancha y de fusión, entre otros. Se caracteriza por ser un evento ecléctico en el que su programación artística es muy diversa, así como el público que convoca, con lo cual invita al encuentro de artistas y de públicos. El Festival tiene, además, una franja académica que busca generar espacios de fortalecimiento de los agentes del sector musical, así como de reflexión sobre temáticas asociadas a la práctica musical, como las lógicas de circulación, los mercados emergentes, las temáticas sociales, etc. Se trata, además, de un evento que se ha convertido en una plataforma reconocida para los artistas emergentes.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Natural

Se entiende por persona natural al ciudadano(a) colombiano(a) o extranjero(a), mayor de 18 años, que de manera individual presenta una propuesta.

 

Para participar en esta convocatoria la persona natural debe residir en la ciudad de Bogotá.

La persona natural que participe en esta convocatoria se asume como solista, es decir, una persona que de manera autónoma desarrolla y ejecuta la totalidad de la propuesta artística. Un solista puede participar con el apoyo de personas que cumplan roles como ingeniero de sonido, un VJ u otro tipo de apoyos (máximo dos (2)), pero la ejecución artística de la propuesta de manera integral estará a cargo de una sola persona.

Las personas de apoyo (en caso de tenerlas) no deberán inscribirse en la plataforma pero sí deberán estar relacionadas en el formato para la presentación de la propuesta.

Agrupación

Conjunto de dos o más personas naturales mayores de 18 años, que presentan una propuesta en la cual participan activamente para su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, quien será el encargado de comunicarse con la entidad encargada de la convocatoria, en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo dado el caso que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y, de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor comprobados, asuma las responsabilidades del principal. Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la propuesta ganadora.Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores, y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento.

 

Durante la etapa comprendida entre el cierre de la inscripción de propuestas y la adjudicación de los estímulos, no se permitirá la renuncia o reemplazo de alguno de los integrantes de las agrupaciones. Todos los integrantes de la agrupación deberán ser residentes o estar domiciliados en Bogotá D.C

 

Las agrupaciones deberán estar conformadas por mínimo dos (2) integrantes. Podrán incluir hasta tres (3) personas adicionales que cumplan roles de apoyo, como ingeniero de sonido, VJ, entre otros. Las personas de apoyo (en caso de tenerlas) no deberán inscribirse en la plataforma pero sí deberán estar relacionadas en el formato para la presentación de la propuesta.

Quiénes no pueden participar

Quienes se indiquen en el numeral 3.2 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura – PDE 2023.

Ganadores de la convocatoria Premio Festival Centro 2023

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad de la persona natural participante

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano.

La persona natural deberá contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia.

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

No se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 MB
2 Certificado de residencia en Bogotá de la persona natural participante

Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web:

http://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/solicitud-certificado-residencia

Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2023, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato.

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5 MB
3 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de la Persona Natural

Registro Único Nacional de Agentes Culturales - Soy Cultura, de la persona natural.

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2070 de 2020 quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y la entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web:  https://soycultura.mincultura.gov.co

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5 MB
4 Documento de identidad del representante de la agrupación participante

Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano.

Los representantes de la agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia.

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

No se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 MB
5 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano.

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

No se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 MB
6 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web:

http://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/solicitud-certificado-residencia

Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2023, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato.

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5 MB
7 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de los integrantes de la Agrupación

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2070 de 2020 quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y la entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web:  https://soycultura.mincultura.gov.co

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5 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA

Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura 2023, así como las condiciones específicas de esta convocatoria.

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta del  Premio Festival Centro 2024 el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

 

Recuerde que los documentos técnicos NO son subsanables y no presentarlos, presentarlos incompletos o con restricción de acceso que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web o documentos digitales), o presentarlos sin el cumplimiento de la condiciones específicas previstas en la convocatoria, implica que la propuesta será rechazada.

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15 MB
2 DOCUMENTO EN PDF

Descargue el Formato para de repertorio y derechos de autor  del Premio Festival Centro 2024

Diligencie la totalidad de los ítems solicitados en el formato y fírmelo. Una vez diligenciado y firmado debe guardarse en formato PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea del Portafolio Distrital de Estímulos.

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15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: GANADORES
No. Criterio Puntaje
1

Aspectos técnicos musicales (afinación, ritmo, fraseo, dinámica, equilibrio sonoro, dicción, articulación).

0 a 35
2

Calidad interpretativa (comunicación, emoción, expresión, presencia y puesta en escena)

0 a 35
3

Aporte creativo (repertorio, adaptaciones, arreglos, instrumentación o inclusión de composiciones propias)

0 a 25
4

Si el participante (persona natural) o al menos uno de los integrantes en el caso de agrupación, reside en las localidades de Santa Fe, Los Mártires o La Candelaria.

Nota 1: El criterio No 4 responde a la misionalidad territorial de la FUGA, no es obligatorio que los participantes residan en el Centro de Bogotá, sin embargo a aquellos participantes que acrediten esta condición, se les otorgarán 5 ptos en la evaluación. En el caso de persona jurídica, se debe acreditar mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, que el domicilio principal sea en las localidades de Los Mártires, Santa Fe o La Candelaria.

Nota 2: En caso de obtener el puntaje correspondiente al criterio número 4, la persona o personas que se acrediten como residentes no podrán ser reemplazadas en ninguna etapa del proceso.

0 a 5

Selección de ganadores

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2023, el ganador tendrá los siguientes derechos:

Desembolso: Recibir el estímulo en un único desembolso, después de realizada la presentación o concierto, previa presentación de un informe final que dé cuenta de la ejecución de la propuesta.

Gozar de las acciones de divulgación que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA- realice dentro del ámbito de sus funciones y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuentan las entidades otorgantes para tal efecto.

Gozar del reconocimiento de derechos de autor, de conformidad con el numeral 7.5.2 de las Condiciones Generales de Participación del PDE 2023.

Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC).

Nota 2: al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente.

A partir de la fecha y hora de notificación cuenta con cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa la aceptación o no del mismo. En caso de aceptar, deberá aportar los documentos requeridos para la legalización del estímulo de acuerdo con numeral 7.2 de las Condiciones Generales de Participación, para lo cual cuenta con cinco (5) días hábiles adicionales.

Para esta convocatoria debe presentar:

  • Carta firmada y dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, en la que se remiten los documentos requeridos para la ejecución del estímulo. En la misma se debe manifestar expresamente la aceptación del estímulo y estar suscrita por la persona natural que lo recibirá.
  • Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre de la persona natural, persona jurídica o del representante de la agrupación. La fecha de actualización del certificado debe ser del año 2019 en adelante, y su fecha de generación, de máximo treinta (30) días antes del desembolso.
  • Certificación bancaria a nombre de la persona natural, persona jurídica o del representante de la agrupación en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega.
  • Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación, con fecha de expedición máximo de treinta (30) días antes de su entrega.

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.6  las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2023, el ganador tendrá los siguientes deberes:

  • Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA, a través de la Subdirección Artística y Cultural.
  • Cumplir con las condiciones previstas por la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA para la entrega del estímulo.
  • Acatar los protocolos de funcionamiento, seguridad y bioseguridad de los espacios destinados para la ejecución de la propuesta, la cual, en caso de ser necesario, deberá ser adaptada a las condiciones técnicas del lugar, o suplir bajo su cuenta y riesgo los requerimientos adicionales, en caso de que aplique.
  • Asistir a la visita técnica programada en la fecha y hora establecidas por la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
  • Asistir al evento programado en la fecha y hora establecidas por la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
  • En caso de que la presentación se realice en las instalaciones de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, se deberán retirar los insumos y elementos utilizados una vez finalizado el evento, dentro del plazo señalado por la entidad. Vencido este plazo, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA no se hará responsable por los materiales no retirados. En caso de que el(la) ganador(a) no pueda reclamar personalmente los productos, podrá delegar en un tercero la responsabilidad mediante comunicación escrita firmada por la persona natural o el representante principal de la agrupación.
  • Hacerse responsable y cumplir con los aspectos relacionados con autoría y derechos patrimoniales según lo estipulado en el numeral 7.6.18 de las condiciones generales de participación PDE 2023.
  • Hacerse responsable y cumplir con los aspectos relacionados con  los trámites de derechos de autor según lo estipulado en el numeral  7.6.19 de las condiciones generales de participación PDE 2023.

Anexos

No hay elementos

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No. Documento Descripción

Formatos

No. Documento Descripción
1 FORMATO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

(archivo Word o PDF)

 
 

Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura 2023, así como las condiciones específicas de esta convocatoria.

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta del  Premio Festival Centro 2024 el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

 

Recuerde que los documentos técnicos NO son subsanables y no presentarlos, presentarlos incompletos o con restricción de acceso que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web o documentos digitales), o presentarlos sin el cumplimiento de la condiciones específicas previstas en la convocatoria, implica que la propuesta será rechazada.
2 FORMATO DE REPERTORIO Y DERECHOS DE AUTOR

(archivo Word o PDF)

 
 

Descargue el Formato para de repertorio y derechos de autor  del Premio Festival Centro 2024

Diligencie la totalidad de los ítems solicitados en el formato y fírmelo. Una vez diligenciado y firmado debe guardarse en formato PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea del Portafolio Distrital de Estímulos.

3 FORMATO DECLARACIÓN JURAMENTADA LUGAR DE RESIDENCIA

(archivo Word o PDF)

 
 

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 Resolución No 117 del 29 de junio de 2023
“Por la cual se apertura la convocatoria -Premio Festival Centro 2024- del Programa distritalde estímulos 2023, a cargo de la Subdirección Artística y Cultural de la Fundación GilbertoÁlzate Avendaño"
2 RESOLUCIÓN No. 171 DE 2023
“Por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de laconvocatoria “Premio Festival Centro 2024” del Programa Distrital de Estímulos FUGA 2023y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados.” 
3 RESOLUCIÓN No. 205 DE 2023
“Por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado para seleccionar elganador de la convocatoria “Premio Festival Centro 2024” del Programa Distrital deEstímulos - FUGA - 2023 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignadosa los ganadores.”
4 ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES
ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES - PREMIO FESTIVAL CENTRO 2024
5 ACTA ACLARATORIA RECOMENDACIÓN DE GANADORES
Acta aclaratoria recomendación de ganadores

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos Premio Festival Centro 2024
Publicación del Listado de participantes inscritos Premio Festival Centro 2024
2 Listado de participantes habilitados, rechazados y por subsanar del Premio Festival Centro 2024
Publicación del Listado de participantes habilitados, rechazados y por subsanar del  Premio Festival Centro 2024
3 Listado de participantes habilitados, rechazados del Premio Festival Centro 2024
Publicación del Listado de participantes habilitados, rechazados del  Premio Festival Centro 2024

Avisos modificatorios

No hay elementos

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