Convocatoria Adjudicada
SCRD

BECA LEP COMPARTE LO QUE SABES (BEPS)

Ley de espectáculos públicos

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¡IMPORTANTE!

REVISA AQUÍ AVISOS, LISTADOS Y RESOLUCIONES

RESOLUCIÓN No. 926 DE 13 DE DICIEMBRE DE 2023

12/23

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RESOLUCIÓN No. 857 DE 16 DE NOVIEMBRE DE 2023

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Listado de elegibles

09/23

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Listado de elegibles

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Aviso Modificatorio N° 13 de 2023

09/23

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RESOLUCIÓN No. 650 DE 01 DE SEPTIEMBRE DE 2023

09/23

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Alcance de listado de habilitados y rechazados

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Listado de habilitados y rechazados

08/23

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Listado de habilitados y rechazados

08/23

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Listados de habilitados, rechazados y documentos por subsanar

08/23

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Listado de habilitados, rechazados y por subsanar

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Listado de participantes inscritos. Categoría 2. Producción y circulación de propuestas artísticas interdisciplinarias de agrupaciones

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Listado de participantes inscritos. Categoria 1. Producción y circulación de propuestas artísticas de solistas

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Aviso Modificatorio 007 de 2023

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RESOLUCIÓN No. 477 DE 05 DE JULIO DE 2023

07/23

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DOCUMENTOS

Información básica

Fortalecer las prácticas artísticas a través de la producción y circulación de obras o contenidos de los espectáculos públicos de las artes escénicas (música, danza, teatro, magia y circo) de artistas residentes en la ciudad de Bogotá. La convocatoria desea reconocer la labor de los artistas beneficiarios del Decreto 2012 de 2017 (BEPS), que han dedicado su vida a las artes escénicas y promover el ejercicio cultural, la reactivación y la generación de oportunidades de creación, producción y circulación artística.

Enfoque(s): Poblacional-diferencial

Línea(s) estratégica(s): Circulación, Producción

Área(s): Interdisciplinar / transdisciplinar

Total de recursos: $ 503.929.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

Total de 8 estímulos distribuidos de la siguiente forma:

 

Categorias:

No. Categoria Descripción
1 Categoría 1. PRODUCCIÓN Y CIRCULACIÓN DE PROPUESTAS ARTÍSTICAS DE SOLISTAS

Cuatro (4) estímulos de $45.982.250 cada uno, para un total de $183.929.000

 

2 Categoría 2. PRODUCCIÓN Y CIRCULACIÓN DE PROPUESTAS ARTÍSTICAS INTERDISCIPLINARES DE AGRUPACIONES

Cuatro (4) estímulos de $80.000.000 cada uno, para un total de $320.000.000

 

 

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Experto sin título universitario con experiencia mínima de cinco (5) años en procesos pedagógicos, producción y/o creación en artes escénicas

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia:

Experiencia mínima de cinco (5) años en procesos pedagógicos, de producción y/o creación en artes escénicas.

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: null

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Profesionales o licenciados en artes escénicas, arte dramático, bellas artes o afines  y experiencia mínima de cuatro (4) años en procesos de formación, creación, coordinación, gestión y/o dirección en  el sector cultural de las artes escénicas.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Educación

Campo de experiencia:

Experiencia mínima de cuatro (4) años en procesos de formación, creación, coordinación, gestión y/o dirección en artes escénicas

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: null

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 3

Profesionales en Ciencias de la Educación, Ciencias Sociales y Humanas, Administración, Bellas Artes  y afines con título de posgrado y experiencia mínima de cuatro (4) años en el acompañamiento, coordinación, gestión y/o implementación de proyectos pertenecientes a los  ámbitos de la creación artística, la  gestión cultural y/o la pedagogía cultural y creativa.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación

Campo de experiencia:

Experiencia de mínimo 4 años en acompañamiento, coordinación, gestión y/o implementación de proyectos pertenecientes al ámbito de la creación artística, la  gestión cultural y/o la economía cultural y creativa.

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Especialización

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 28/06/2023

Desde la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con tres días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@scrd.gov.co hasta las 17:00:00 horas del último día.

Fecha de apertura 05/07/2023
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 29/07/2023 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 01/08/2023 17:00:00
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 09/08/2023
Publicación de listado de elegibles 25/09/2023

Una vez finalizado el proceso de evaluación, las propuestas elegibles serán registradas en la plataforma PULEP y se podrán considerar como ganadoras una vez sean aprobadas por parte del Ministerio de Cultura.

Fecha máxima de ejecución 31/01/2024

Justificación

En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1493 de 2011, fue creada la contribución parafiscal cultural de los espectáculos públicos de las artes escénicas para proyectos de infraestructura cultural, sin embargo, con el fin de vincular nuevas líneas de participación, mediante la Ley 2070 de 2020 se amplió la posibilidad de inversión de estos recursos incluyendo las líneas de circulación y producción en la financiación de proyectos de esta naturaleza.

Para definir el alcance de estos proyectos, el Decreto 1080 de 2015 en su artículo 2.9.2.4.2, establece que son actividades de:

Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del Sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

En el marco del Plan de Desarrollo Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI se cuenta con el proyecto de inversión “Aportes para los creadores y gestores culturales de Bogotá, a través del cual, desde la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, se reconoce la labor de las maestras y los maestros que han dedicado su vida a la creación artística y /o a la gestión cultural. Los aportes para los creadores y / o gestores culturales se otorgan en el marco de la implementación de los Decretos 2012 de 2017 y 823 de 2021 (Ministerio de Cultura, Trabajo y Hacienda) y las Resoluciones 2260 de 2018 y 3153 del 2019 (Ministerio de Cultura). Los Beneficios Económicos Periódicos para creadores y gestores culturales se vienen otorgando desde el año 2020; la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte ha otorgado 913 beneficios a ciudadanos de las 20 localidades de la ciudad. 

La presente convocatoria tiene como propósito ampliar las oportunidades de producción y circulación de las artes escénicas: música, danza, teatro, circo y magia, ofreciendo a los artistas que cumplan requisitos, una alternativa para que puedan desarrollar sus propuestas artísticas en escenarios de la ciudad.

En consideración a lo expuesto, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte invita a los Beneficiarios del Decreto 2012 de 2017 (Resoluciones 191,353, 924 de 2020, 502,907 de 2021, 060,339,603 , 981 de 2022 y 143 de 2023) y a los artistas de la ciudad que cumplan con el perfil de participantes, a postularse a una de las categorías de estos estímulos destinados al fomento de proyectos de  circulación y producción , con recursos provenientes de la contribución parafiscal LEP.

 

Objeto

Fortalecer las prácticas artísticas a través de la producción y circulación de obras o contenidos de los espectáculos públicos de las artes escénicas (música, danza, teatro, magia y circo) de artistas residentes en la ciudad de Bogotá. La convocatoria desea reconocer la labor de los artistas beneficiarios del Decreto 2012 de 2017 (BEPS), que han dedicado su vida a las artes escénicas y promover el ejercicio cultural, la reactivación y la generación de oportunidades de creación, producción y circulación artística.

Los interesados en participar de la convocatoria deberán aplicar solamente a una de las siguientes categorías: 

Categoría 1. PRODUCCIÓN Y CIRCULACIÓN  DE PROPUESTAS ARTÍSTICAS DE SOLISTAS

Esta categoría tiene como propósito ampliar las posibilidades de producción y  circulación de los Beneficiarios de los BEPS (Decreto 2012 de 2017) de las siguientes Resoluciones: 191,353, 924 de 2020, 502,907 de 2021. 060, 339, 603 ,981 de 2022 y 143 de 2023.

Los participantes deberán realizar mínimo cuatro (4) funciones en escenarios o espacios de la ciudad de Bogotá. De igual forma, deberán realizar una actividad presencial de transmisión de saberes, en la cual el maestro/a ganador/a de la convocatoria comparta su saber y campo de experticia con un grupo de mínimo 10 jóvenes ( entre 18 y 28 años).

En caso de que la propuesta lo requiera, los solistas que se presenten a esta categoría podrán estar apoyados en escena por máximo 3 acompañantes, siempre y cuando el rol protagónico del proponente sea claro.

Los participantes deberán estar en capacidad de gestionar lo relacionado con la circulación y producción de su propuesta, para lo cual deberán tramitar el alquiler o préstamo de los espacios, requerimientos técnicos.

Categoría 2. PRODUCCIÓN Y CIRCULACIÓN DE PROPUESTAS ARTÍSTICAS INTERDISCIPLINARES DE AGRUPACIONES

Esta categoría tiene como propósito ampliar las posibilidades de producción y circulación de agrupaciones conformadas por mínimo dos (2) integrantes, con propuestas interdisciplinares que incluyan mínimo dos de las siguientes disciplinas: música, danza, teatro, circo y magia, y realicen tres (3) funciones en escenarios o espacios de la ciudad de Bogotá. 

El representante y suplente de la agrupación deben ser beneficiarios de los BEPS (Decreto 2012 de 2017) de las siguientes Resoluciones: 191,353, 924 de 2020, 502,907 de 2021. 060, 339, 603,981 de 2022 y 143 de 2023.

Los ganadores de esta convocatoria deberán estar en capacidad de gestionar los espacios, requerimientos técnicos.

*BEPS : Beneficios Económicos Periódicos.

Decreto 2012 de 2017 Establece operatividad de los recursos provenientes del 10 % del Recaudo de la Estampilla Procultura destinados al Servicio Social Complementario de creadores y gestores culturales.

Nota 1. Desde la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con tres días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@scrd.gov.co hasta las 17:00:00 horas del último día.

 

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Natural

Persona natural: Artistas de las artes escénicas ( música, danza, teatro, circo o magia), residentes en la ciudad de Bogotá, reconocidos mediante alguna de las resoluciones relacionadas con los Beneficios Económicos Periódicos para creadores y gestores culturales, emitidas por la ciudad de Bogotá en el marco del Decreto 2012 de 2017 (Resoluciones 191,353, 924 de 2020, 502,907 de 2021. 060, 339, 603 ,981 de 2022 y 143 de 2023, en cualquiera de sus dos modalidades : Anualidad vitalicia o motivación al ahorro), que acrediten la realización de al menos tres (3) actividades o proyectos de las artes escénicas ( música, danza, teatro, circo o magia).

Nota 2. Los participantes definirán y gestionarán los espacios convencionales o no convencionales para el desarrollo de su proyecto que consideren pertinentes y garantizarán los recursos técnicos y logísticos necesarios acorde al espacio(s) seleccionados.

Agrupación

Agrupación: Agrupaciones conformadas por mínimo dos (2) integrantes, residentes en la ciudad de Bogotá que acrediten la realización de al menos tres actividades o proyectos en el campo de las artes escénicas (música, danza, teatro, circo o magia). En caso de que la agrupación no cuente con experiencia como colectivo, la trayectoria del representante principal y el suplente se puede sumar para completar el requisito establecido de al menos tres (3) actividades o proyectos artísticos de las artes escénicas ( música, danza, teatro, circo o magia).

Para las agrupaciones que se postulen en esta categoría, el representante principal y el representante suplente de la agrupación, deben deben ser reconocidos mediante alguna de las siguientes Resoluciones  de la SCRD relacionadas con los Beneficios Económicos Periódicos: 191,353, 924 de 2020,502,907 de 2021,60, 339,603,981 de 2022 y 143 de 2023, en cualquiera de sus dos modalidades: Anualidad vitalicia o motivación al ahorro.

Nota 3. Se invita a los participantes a consolidar grupos de trabajo que incluyan dentro de sus equipos: director, productor, libretista, guionista, actores, músicos, bailarines, artistas circenses, magos, diseñadores de sonido e iluminación, vestuaristas etc., que no sean beneficiarios de los BEPS.

Nota 4. Los participantes definirán y gestionarán los espacios convencionales o no convencionales para el desarrollo de su proyecto que consideren pertinentes y garantizarán los recursos técnicos y logísticos necesarios acorde al espacio(s) seleccionados.

Quiénes no pueden participar

 

  • Todas las demás descritas en las Condiciones de Participación del Programa Distrital de Estímulos 2023.
  • Personas naturales o agrupaciones cuyo representante y suplente ante la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte No esté reconocido como beneficiario de las Resoluciones 191,353, 924 de 2020, 502,907 de 2021, 60, 339,603, 981 de 2022 y 143 de 2023, en cualquiera de sus dos modalidades: Anualidad vitalicia o motivación al ahorro. 

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad de la persona natural participante

Adjunte el(los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación.

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15 MB
2 Certificado de residencia en Bogotá de la persona natural participante

Adjunte el(los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación.

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15 MB
3 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de la Persona Natural

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de Cultura de la persona natural participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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15 MB
4 Documento de identidad del representante de la agrupación participante

Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación.

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15 MB
5 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación.

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15 MB
6 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación.

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15 MB
7 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de los integrantes de la Agrupación

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de Cultura de cada uno de los integrantes de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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15 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuestas definido para la convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección “Formatos” diligenciando la totalidad de los ítems solicitados. Una vez diligenciado guárdelo en formato PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea - SICON. Además, lea atentamente las condiciones de participación del Programa Distrital de Estímulos 2023, así como, las condiciones específicas de esta convocatoria.

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15 MB
2 FORMATO PRESUPUESTO - CRONOGRAMA - EQUIPO

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato presupuesto/cronograma/equipo anexo a la convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. Asegúrese de diligenciar completamente las hojas correspondientes al equipo de trabajo, cronograma de actividades y presupuesto. El documento debe ser guardado y cargado en la plataforma en formato excel.

Nota 5. El presupuesto debe incluir los requerimientos técnicos necesarios para la puesta en escena planteada en el Formato de Presentación de  Propuesta Anexo 1.


Nota 6. Dado que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto los participantes deberán revisar el documento Anexo. “Guia de gastos permitidos y no permitidos” .

xls
xlsx
15 MB
3 SOPORTES

Los participantes deberán aportar soportes que acrediten la trayectoria de acuerdo con el perfil solicitado y la categoría a la que se inscribe, tales como: certificaciones expedidas por entidades y organizaciones de carácter público, privado, comunitario, contratos o actas de liquidación, publicaciones, catálogos, portafolios, participación en exposiciones y/o eventos, programas de mano, flyers, notas de prensa, distinciones, resoluciones de ganadores de estímulos, entre otros. En cualquier caso, los soportes aportados deben evidenciar de manera clara y visible el nombre del participante (Persona natural, agrupación o el representante principal o el representante suplente de la agrupación), y las fechas de la realización de dichas actividades, procesos o proyectos.

Nota 7. No se considerarán válidas las auto certificaciones, es decir, emitidas por los mismos participantes.

Nota 8. Se recomienda revisar que todos los soportes sean legibles y evidencian claramente a quien corresponden.

Nota 9. Se invita a los participantes a presentar los soportes de trayectoria organizados en un solo documento en formato PDF indicando de manera clara a quien corresponden.

Nota 10. En caso de anexar links de plataformas (YouTube, vimeo etc) el participante debe asegurarse de que el link sea público y pueda ser consultado por los jurados en el momento de la evaluación. Links que no abran o ya no existan no serán tenidos en cuenta en la evaluación

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15 MB
4 SOPORTES

Copia (s) de la (s) Resolución (es) de beneficiarios Decreto 2012 de 2017, en la(s) cual (es) se subraye el (los) nombre(s) del (los) postulado(s). (opcional) Estas resoluciones las pueden encontrar en los Anexos,  Anexo No. 2 de los documentos adjuntos.

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15 MB

Criterios de evaluación

Categoría: Categoría 1. PRODUCCIÓN Y CIRCULACIÓN DE PROPUESTAS ARTÍSTICAS DE SOLISTAS
Ronda: Selección
No. Criterio Puntaje
1

Coherencia y consistencia del proyecto: viabilidad, factibilidad en el logro de Objetivos, actividades; justificación, descripción técnica, logística y de comunicación; cronograma y presupuesto

0 a 30
2

Creatividad, innovación y calidad artística de la propuesta:

Se evaluarán los aspectos diferenciadores de la propuesta  y el planteamiento técnico  de la producción o circulación de la misma

 

0 a 20
3

Socialización y comunicación. Se evaluarán las estrategias para la convocatoria de vinculación de públicos y beneficiarios, estrategia de comunicaciones y visibilización de la propuesta.

0 a 15
4

Espacio (s) seleccionado (s) para la circulación del Proyecto

0 a 15
5

Impacto esperado

- Beneficiarios equipo del proyecto y público esperado a las funciones, conciertos o equivalente 

- Propuesta de transmisión de saberes 

NOTA: Mínimo 150 personas asistentes a las 4 funciones, conciertos, recitales y demás puestas en escena para la categoría “Circulación y producción de propuestas artísticas de solistas“
Mínimo 200 personas asistentes a las 3 funciones, conciertos, recitales y demás puestas en escena para la categoría “Circulación y producción de propuestas artísticas interdisciplinares de agrupaciones”

0 a 20

Nota 11. El puntaje mínimo de selección será de setenta (70) puntos.

Nota 12: En caso de presentarse un empate se seleccionará la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en el criterio de Coherencia y consistencia del proyecto . De persistir el empate se acudirá al criterio de Impacto esperado.”

 

Categoría: Categoría 2. PRODUCCIÓN Y CIRCULACIÓN DE PROPUESTAS ARTÍSTICAS INTERDISCIPLINARES DE AGRUPACIONES
Ronda: Selección
No. Criterio Puntaje
1

Coherencia y consistencia del proyecto: viabilidad, factibilidad en el logro de Objetivos, actividades; justificación, descripción técnica, logística y de comunicación; cronograma y presupuesto

0 a 30
2

Creatividad, innovación y calidad artística de la propuesta:

Se evaluarán los aspectos diferenciadores de la propuesta  y el planteamiento técnico  de la producción o circulación de la misma

 

0 a 20
3

Socialización y comunicación. Se evaluarán las estrategias para la convocatoria de vinculación de públicos y beneficiarios, estrategia de comunicaciones y visibilización de la propuesta

0 a 15
4

Espacio (s) seleccionado (s) para la circulación del Proyecto

0 a 15
5

Impacto esperado

- Beneficiarios equipo del proyecto y público esperado a las funciones, conciertos o equivalente 

- Propuesta de transmisión de saberes 

NOTA: Mínimo 150 personas asistentes a las 4 funciones, conciertos, recitales y demás puestas en escena para la categoría “Circulación y producción de propuestas artísticas de solistas“
Mínimo 200 personas asistentes a las 3 funciones, conciertos, recitales y demás puestas en escena para la categoría “Circulación y producción de propuestas artísticas interdisciplinares de agrupaciones”

0 a 20

Nota 13. El puntaje mínimo de selección será de setenta (70) puntos.

Nota 14: En caso de presentarse un empate se seleccionará la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en el criterio de Coherencia y consistencia del proyecto . De persistir el empate se acudirá al criterio de Impacto esperado”.

 

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2023, el ganador tendrá derecho a recibir el estímulo correspondiente, en los siguientes porcentajes:

Un primer desembolso equivalente al setenta por ciento (70%) del valor total del estímulo, una vez notificada la resolución de ganadores, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo y en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2022. 

Un segundo y último desembolso equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del estímulo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte del ganador y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes y la certificación de cumplimiento por parte de la SCRD.

Nota 15. Los desembolsos estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC–. Al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el ganador, dependiendo de su calidad tributaria.

 

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en las “Condiciones Generales de Participación del PDE 2023”:

  • Ejecutar la propuesta aprobada por el jurado, de acuerdo con las condiciones específicas de la convocatoria, una vez se cuente con la aprobación de la garantía constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, la expedición del Registro Presupuestal y la propuesta se encuentre registrada y aprobada por parte del Ministerio de Cultura en la plataforma PULEP(gestión realizada por la SCRD). Lo anterior implica que se debe dar inicio a la ejecución de la propuesta con una disposición transitoria de recursos propios mientras se realiza el primer desembolso, tal como lo indican las condiciones generales de participación del PDE 2023.
  • Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como, las que formule la SCRD, para lo cual el ganador deberá entregar el plan de mejora correspondiente. 
  • Para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, la persona jurídica, o los representantes legales de la agrupación deberán realizar el registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP.
  • Las personas naturales y miembros de las agrupaciones ganadoras deben encontrarse registrados en la plataforma Soy Cultura del Ministerio de Cultura https://soycultura.mincultura.gov.co/ 
  • Realizar el registro de eventos que se realizarán en el desarrollo de la propuesta en la plataforma PULEP. 
  • Entregar el cronograma de la ejecución de la propuesta a más tardar una (1) semana después de haber sido aprobada su póliza como ganador de la beca con fechas (día, mes y año) exactas para divulgación y participación de la ciudadanía en las mismas.
  • Asistir a las reuniones, encuentros y visitas convocadas por la entidad del sector encargada de financiar el proyecto.
  • Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la beca, en caso de ser requeridos.
  • Acatar las disposiciones legales vigentes, en general y específicamente las relacionadas con la situación sanitaria, además de lo contemplado en el Código Nacional de Policía y Convivencia.
  • Entregar los informes de ejecución de la propuesta que sean requeridos (avance y final)  siguiendo el formato suministrado por la entidad, en donde se dé cuenta del desarrollo de las actividades realizadas durante el proceso, así como, los registros documentales correspondientes.
  • Entregar una memoria social y/o sistematización de la experiencia, bien sea en texto en formato PDF o audiovisual que dé cuenta del proceso realizado y de los aprendizajes producto de la ejecución del proyecto.
  • Entregar el resultado final del proyecto ejecutado.
  • Participar en las estrategias de socialización definidas por la entidad que acompaña la ejecución de la propuesta.
  • Autorizar a la entidad correspondiente el uso del material desarrollado en la propuesta con fines de promoción, circulación y difusión del arte, la cultura y el patrimonio. Esta autorización no implica enajenación, cesión o traspaso de los derechos morales y patrimoniales de la creación.
  • Participar, cuando sean convocados, en el Programa de Fortalecimiento de los Agentes Culturales (PFAS), según las recomendaciones realizadas por jurados y profesionales de acompañamiento asignado a la ejecución de la propuesta.

Anexos

No. Documento Descripción
1 Guía de gastos permitidos y no permitidos
Anexo.Guía de gastos permitidos y no permitidos
2 Res. 191 de 2020, Res. 353 de 2020, Res. 924 de 2020, Res. 502 de 2021, Res. 907 de 2021, Res. 060 de 2022, Res. 339 de 2022, Res. 603 de 2022, Res. 981 de 2022 Y Res.143 de 2023
Copia (s) de la (s) Resolución (es) de beneficiarios Decreto 2012 de 2017,

Formatos

No. Documento Descripción
1 FORMATO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTA

(archivo Word o PDF)

 
 
Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuestas definido para la convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección “Formatos” diligenciando la totalidad de los ítems solicitados. Una vez diligenciado guárdelo en formato PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea - SICON. Además, lea atentamente las condiciones de participación del Programa Distrital de Estímulos 2023, así como, las condiciones específicas de esta convocatoria
2 Formato -Presupuesto/Cronograma/Equipo de trabajo

(archivo Word o PDF)

 
 
Descargue y diligencie en su totalidad el Formato presupuesto/cronograma/equipo anexo a la convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. Asegúrese de diligenciar completamente las hojas correspondientes al equipo de trabajo, cronograma de actividades y presupuesto. El documento debe ser guardado y cargado en la plataforma en formato excel.

Nota 5. El presupuesto debe incluir los requerimientos técnicos necesarios para la puesta en escena planteada en el Formato de Presentación de  Propuesta Anexo 1.

Nota 6. Dado que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto los participantes deberán revisar el documento Anexo. “Guia de gastos permitidos y no permitidos” .
3 DECLARACIÓN JURAMENTADA DE RESIDENCIA

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato de declaración juramentada de residencia

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 RESOLUCIÓN No. 477 DE 05 DE JULIO DE 2023
“Por medio del cual se ordena la apertura de las convocatorias “Ley de EspectáculosPúblicos LEP 2023” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
2 RESOLUCIÓN No. 650 DE 01 DE SEPTIEMBRE DE 2023
“Por la cual se designan los jurados que tendrán a cargo la evaluación de las propuestashabilitadas para la convocatoria “Beca LEP comparte lo que sabes (BEPS)”, delPrograma Distrital de Estímulos 2023 y se ordena el desembolso de los estímuloseconómicos” 
3 RESOLUCIÓN No. 857 DE 16 DE NOVIEMBRE DE 2023
“Por la cual se acoge la recomendación de los jurados designados para seleccionar a los ganadores de la convocatoria “BECA LEP COMPARTE LO QUE SABES (BEPS)” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se ordena el desembolso de los estímulos económicos a las propuestas seleccionadas como ganadoras”
4 RESOLUCIÓN No. 926 DE 13 DE DICIEMBRE DE 2023
“Por la cual se acepta una renuncia y se designa como ganadora una propuesta suplente”

Listados

Categoría: Categoría 1. PRODUCCIÓN Y CIRCULACIÓN DE PROPUESTAS ARTÍSTICAS DE SOLISTAS
No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos. Categoria 1. Producción y circulación de propuestas artísticas de solistas
Listado de participantes inscritos. Categoría 1. Producción y circulación de propuestas artísticas de solistas
2 Listado de habilitados, rechazados y por subsanar
Listado de habilitados,  rechazados y por subsanar. Categoria 1 PRODUCCIÓN Y CIRCULACIÓN DE PROPUESTAS ARTÍSTICAS DE SOLISTAS  
3 Listado de habilitados y rechazados
Listado de habilitados y rechazados. Categoría 1. PRODUCCIÓN Y CIRCULACIÓN

DE PROPUESTAS ARTÍSTICAS DE SOLISTAS

4 Alcance de listado de habilitados y rechazados
La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte publica el alcance del listado de habilitados y  rechazados  en atención a la aclaración en la observación de la propuesta 2148-022  de la Categoría 1.
5 Listado de elegibles
Listado de elegibles .Categoría 1. PRODUCCIÓN Y CIRCULACIÓN DE PROPUESTAS ARTÍSTICAS DE SOLISTAS
Categoría: Categoría 2. PRODUCCIÓN Y CIRCULACIÓN DE PROPUESTAS ARTÍSTICAS INTERDISCIPLINARES DE AGRUPACIONES
No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos. Categoría 2. Producción y circulación de propuestas artísticas interdisciplinarias de agrupaciones
Listado de participantes inscritos. Categoría 2. Producción y circulación de propuestas artísticas interdisciplinarias de agrupaciones
2 Listados de habilitados, rechazados y documentos por subsanar
Listados de habilitados, rechazados y documentos por subsanar. Categoria 2. PRODUCCIÓN Y CIRCULACIÓN DE PROPUESTAS ARTISTICAS INTERDISCIPLINARES  DE AGRUPACIONES
3 Listado de habilitados y rechazados
Categoría 2. PRODUCCIÓN Y CIRCULACIÓNDE PROPUESTAS ARTÍSTICASINTERDISCIPLINARES DE AGRUPACIONES
4 Listado de elegibles
Listado de elegibles Categoría 2. PRODUCCIÓN Y CIRCULACIÓN DE PROPUESTASARTÍSTICAS INTERDISCIPLINARES DE AGRUPACIONES

Avisos modificatorios

No. Documento Descripción
1 Aviso Modificatorio N° 13 de 2023
Aviso Modificatorio N° 13 de 2023. Al cronograma de las convocatorias: “Beca LEP Bogotá a Ia escena”, “Beca LEP -Circulación y Producción de Artes Escénicas en el espacio público del Centro Históricode Bogotá” y “Beca LEP comparte lo que sabes (BEPS)” del Programa Distrital deEstímulos 2023.  
2 Aviso Modificatorio 007 de 2023
Al cronograma de las convocatorias: “Beca LEP El Ensueño a la escena”, “Beca LEPBogotá a la escena”, “Beca LEP comparte lo que sabes (BEPS)” y “Beca LEP Bogotácirculación y Producción de las Artes Escénicas en el espacio público del CentroHistórico de Bogotá” del Programa Distrital de Estímulos 2023

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