Convocatoria Adjudicada
FUGA

BECA LEP - PRODUCCIÓN FRANJA INDEPENDIENTE FESTIVAL CENTRO 2024

Ley de espectáculos públicos

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ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES BECA LEP "PRODUCCIÓN FRANJA INDEPENDIENTE FESTIVAL CENTRO 2024"

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RESOLUCIÓN Nº228 DE 2023

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Listado Elegibles Beca LEP "Producción Franja Independiente Festival Centro 2024"

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RESOLUCIÓN No. 187 DE 2023

09/23

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Listado Participantes Habilitados y Rechazados Beca LEP "Producción Franja Independiente Festival Centro 2024"

09/23

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Listado Participantes Habilitados, Rechazados y por Subsanar Beca LEP "Producción Independiente Festival Centro 2024"

09/23

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Listado Participantes Inscritos Beca LEP "Producción Franja Independiente Festival Centro 2024"

09/23

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Aviso Modificatorio 1

08/23

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Resolución No.144 de 2023

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DOCUMENTOS

Información básica

La convocatoria Beca LEP- Producción Franja Independiente Festival Centro 2024 de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño busca promover y apoyar la producción de  conciertos de cualquier género y formato musical a desarrollarse en teatros, auditorios, espacios culturales independientes o escenarios de música en vivo, ubicados en las localidades de Santa Fe y La Candelaria (Centro de Bogotá). Dichos conciertos conformarán la programación de la nueva "Franja Independiente" del Festival Centro 2024. *El Festival tendrá lugar entre el 1 y 4 de febrero de 2024, la franja independiente se desarrollará específicamente los días 2 y 3 de febrero.

Enfoque(s): Sin Enfoque

Línea(s) estratégica(s): Circulación, Producción

Área(s): Música

Número de estímulos: 10

Total de recursos: $ 500.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

Se otorgarán diez (10) estímulos por valor de cincuenta millones de pesos ($50.000.000) cada uno. El estímulo se entregará en dos desembolsos.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Músico, compositor(a), arreglista, formador(a) o intérprete de géneros musicales académicos, tradicionales, populares o urbanos con mínimo cinco (5) años de experiencia o trayectoria.

 

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia:

Música, Composición, interpretación.

Área perfil: Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Gestor(a), programador(a), representante artístico(a) o promotor(a) cultural con experiencia mínima de cinco (5) años en proyectos de circulación o promoción de productos musicales.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia:

Gestión, promoción, música.

Área perfil: Música

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Básica Secundaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 3

Productor de eventos con experiencia mínima de cinco (5) años en la producción de festivales, conciertos o eventos musicales.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia:

Gestión, promoción, música.

Área perfil: Música

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Básica Secundaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 02/08/2023

Desde la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con tres días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: atencionalciudadano@fuga.gov.co hasta las 17:00:00 horas del último día.

Fecha de apertura 08/08/2023

A partir de esta fecha, se habilitará la plataforma para la inscripción de propuestas.

Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 01/09/2023 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 04/09/2023 17:00:00

Fecha y hora límite para la inscripción de propuestas.

Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 12/09/2023

A partir de esta fecha, los participantes que deban subsanar documentos administrativos, contarán  con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma la documentación requerida. Es responsabilidad del participante consultar los listados y verificar el estado en el que se encuentra su propuesta.

Publicación de listado de elegibles 17/10/2023

Una vez finalizado el proceso de evaluación, las propuestas elegibles serán registradas en la plataforma PULEP y se sólo se podrán considerar como ganadoras una vez sean aprobadas por parte del Ministerio de Cultura.

Fecha máxima de ejecución 29/02/2024

Justificación

CONTEXTO

En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1493 de 2011, fue creada la contribución parafiscal cultural de los espectáculos públicos de las artes escénicas para proyectos de infraestructura cultural, sin embargo, con el fin de vincular nuevas líneas de participación, mediante la Ley 2070 de 2020 se amplió la posibilidad de inversión de estos recursos incluyendo las líneas de circulación y producción en la financiación de proyectos de esta naturaleza.

Para definir el alcance de estos proyectos, el Decreto 1080 de 2015 en su artículo 2.9.2.4.2, establece que son actividades de:

Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del Sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

Es importante precisar que el Decreto Distrital 321 del 8 de noviembre del 2022 facultó al Instituto Distrital de las Artes -IDARTES, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño y la Orquesta Filarmónica de Bogotá para participar de la ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural de los espectáculos públicos de las artes escénicas en las líneas antes descritas.

Con el fin de desarrollar las Convocatorias en las líneas de producción y circulación, entre la Secretaría de Cultura, recreación y Deporte y el Instituto Distrital de las Artes -IDARTES, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño y la Orquesta Filarmónica de Bogotá se suscribieron convenios interadministrativos con el fin de aunar esfuerzos entre las entidades adscritas y la Secretaría  para desarrollar acciones articuladas orientadas a fomentar procesos de Circulación y Producción de las artes escénicas en el Distrito Capital, a partir de la ejecución de los recursos de la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas, conforme lo establecido en la Ley 1493 de 2011 y la reglamentación específica para la asignación y ejecución de los recursos LEP.

La Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA tiene como misión articular y gestionar la revitalización y transformación participativa del centro de Bogotá a través de su potencial creativo, el arte y la cultura. En armonía con los propósitos y logros de ciudad y las metas establecidas en el Plan de Desarrollo, formuló el proyecto de Inversión  “7682  Desarrollo y Fomento a las Prácticas Artísticas y Culturales para Dinamizar el Centro de Bogotá” cuyo objetivo se centra en “Disminuir las barreras culturales, físicas y económicas para el acceso a la expresión artística y cultural”, el cual cuenta con la meta para la presente administración “Entregar estímulos para fortalecer a los agentes del sector, así como los procesos culturales y artísticos”.

SOBRE ESTA CONVOCATORIA

A través de esta nueva convocatoria, la FUGA, en el marco de la Ley de Espectáculos Públicos (LEP), busca fortalecer a los diferentes agentes del ecosistema musical, mediante el apoyo a la producción de conciertos a realizarse en las localidades de Santa Fe y La Candelaria, aportando así a la activación de espacios culturales, la circulación de artistas y la expansión de la oferta cultural en el centro de Bogotá. 

El Festival Centro es un evento de gran reconocimiento en la ciudad, que cuenta ya con 14 versiones. Históricamente se ha caracterizado por ser un evento ecléctico cuya programación artística es muy diversa, así como el público que convoca. Este festival se ha convertido en un referente de producción y en una plataforma importante de circulación y promoción de artistas. Es por esto que la articulación que se propicia con espacios, productores, promotores y artistas independientes mediante esta nueva convocatoria, constituye una oportunidad para potenciar el trabajo de los diferentes agentes del ecosistema y aportar a la generación y fortalecimiento de redes en el sector.

Objeto

Esta convocatoria busca promover y apoyar la producción de conciertos de cualquier género y formato musical a desarrollarse en teatros, auditorios, espacios independientes o demás escenarios de música en vivo ubicados en las localidades de Santa Fe y La Candelaria (Centro de Bogotá). Dichos conciertos conformarán la programación de la nueva "Franja Independiente" del Festival Centro 2024. *El Festival Centro 2024 tendrá lugar entre los días 1 y 4 de febrero de 2024, la Franja Independiente, se desarrollará específicamente los días 2 y 3 de febrero.

Se convoca a personas naturales y personas jurídicas, con experiencia en organización, producción y/o programación de espectáculos musicales. El participante deberá proponer la producción y realización de un (1) evento musical  que cumpla con las siguientes características:

  • El evento debe incluir la realización de un concierto con dos (2) artistas (solista y/o agrupación), ambos de mediana trayectoria: (mínimo 5 años de trayectoria y al menos cinco (5) temas musicales originales grabados y publicados en plataformas digitales como Spotify, Deezer, SoundCloud, Youtube, Vimeo, etc). Los artistas propuestos pueden ser distritales, nacionales o internacionales.
  • El concierto de cada artista  deberá tener una duración de entre 45 y 60 minutos.
  • El concierto deberá llevarse a cabo en un escenario, teatro, espacio cultural independiente o escenario de música en vivo ubicado en las localidades de Santa Fe o La Candelaria. El espacio deberá contar con un aforo mínimo de 100 asistentes.
  • Con los recursos otorgados se deberán cubrir todos los costos asociados a la realización del concierto (honorarios artísticos, producción técnica y logística, permisos, etc.). Estos deberán estar reflejados en el presupuesto del proyecto presentado por el participante.
  • El concierto debe ser de acceso libre y gratuito para la ciudadanía.

Nota 1. El participante deberá tener en cuenta la lista de gastos permitidos y no permitidos anexo a esta convocatoria.

Nota 2: La Franja Independiente Festival Centro se desarrollará los días 2 y 3 de febrero, de manera que cinco (5) espacios ganadores desarrollarán su concierto el día viernes 2 de febrero y los otros cinco (5) espacios ganadores el día sábado 3 de febrero. La asignación del día y horario que le corresponderá a cada espacio será definido por la FUGA de manera que los participantes deben contar con disponibilidad de ejecutar su propuesta en cualquiera de esas dos fechas en caso de resultar ganadores.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Jurídica

Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente.

Pueden participar en esta convocatoria, las personas jurídicas con o sin ánimo de lucro, cuyo objeto social esté orientado a la producción de representación, promoción y circulación de artistas musicales y eventos, y/o espacios que se desempeñen como *EMV (Escenario de Música en Vivo) con su domicilio principal en la ciudad de Bogotá.

Adicionalmente, deben demostrar mediante soportes, la organización, producción o co-producción de mínimo cinco (5) conciertos en los últimos cinco (5) años.

*Para efectos de esta beca, se consideran “Escenarios de Música en Vivo o EMV”, aquellos establecimientos que programan presentaciones de música en vivo de manera frecuente, que cuentan con una infraestructura adecuada para la realización de conciertos de música en vivo, y, que tienen una identidad o curaduría definida de sus contenidos musicales . Los EMV suelen alternar su actividad musical con otro tipo de actividades comerciales o culturales. Lugares como bares, restaurantes y centros culturales son considerados EMV para el programa DC en Vivo,  siempre y cuando tengan una vocación cultural y cumplan con las condiciones descritas anteriormente”.

Nota. En caso de resultar ganador, la persona jurídica deberá realizar su registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP.

Persona Natural

Persona colombiana(o) o extranjera(o), mayor de 18 años con residencia en Bogotá.

Para participar en esta convocatoria, las personas naturales deben tener su domicilio principal en la ciudad de Bogotá, y demostrar mediante soportes, la organización, producción o co-producción de mínimo cinco (5) conciertos en los últimos cinco (5) años.


Nota. En caso de resultar ganador, el participante debe realizar su registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP.

Quiénes no pueden participar

Adicionalmente a las restricciones de participación establecidas en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2023, en esta convocatoria no pueden participar:

  1. Agrupaciones.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros se debe aportar copia legible, por ambas caras, de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente al momento de la inscripción, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, acompañado del pasaporte o del documento nacional de identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano.

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5 MB
2 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Expedido por la Cámara de Comercio, con la matrícula mercantil renovada, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica, con máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa y en el que conste que el término de duración de la persona jurídica no es inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un (1) año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente.

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3 Documento de identidad de la persona natural participante

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros se debe aportar copia legible, por ambas caras, de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente al momento de la inscripción, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, acompañado del pasaporte o del documento nacional de identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano.

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5 MB
4 Certificado de residencia en Bogotá de la persona natural participante

Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web:

http://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/solicitud-certificado-residencia

Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación.

Ver formato: Declaración lugar de residencia bajo la gravedad del juramento

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5 MB
5 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de la Persona Natural

Registro Único Nacional de Agentes Culturales - Soy Cultura Tipo de participante: aplica para persona natural. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2070 de 2020 quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y la entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web   https://soycultura.mincultura.gov.co

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5 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA

Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura 2023, así como las condiciones específicas de esta convocatoria.

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta BECA LEP- PRODUCCIÓN FRANJA INDEPENDIENTE FESTIVAL CENTRO 2024  el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. 

Guárdelo en formato PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

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10 MB
2 SOPORTES DE LA EXPERIENCIA Y TRAYECTORIA DEL PARTICIPANTE

Cargue en la plataforma de inscripción un (1) solo PDF que contenga certificaciones de experiencia DEL PARTICIPANTE que den cuenta de  la organización, producción o co-producción de mínimo cinco (5) conciertos en los últimos cinco (5) años.

Se deberá aportar como soportes de la trayectoria del participante los siguientes: Certificaciones expedidas por entidades públicas o privadas donde se indique fecha (día, mes, año) y lugar, contrato, acta de liquidación u órdenes de servicio con comprobantes de pago y/o soportes como:

  • Volantes (flyers).
  • Afiches.
  • Programas de mano.
  • Registro fotográfico o audiovisual.
  • Publicaciones propias.
  • Publicaciones en medios de comunicación (reseñas, artículos, entrevistas, etc., indicando el medio en el que fue publicado y la fecha).

Nota 1: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias.

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10 MB
3 Soportes

SOPORTES DE TRAYECTORIA DE LAS AGRUPACIONES PROPUESTAS

Cargue en la plataforma de inscripción un (1) solo PDF que contenga certificaciones de trayectoria de los dos (2) ARTISTAS PROPUESTOS para el evento musical, que den cuenta de mínimo cinco (5) años de trayectoria.

 1. Certificaciones expedidas por entidades públicas o privadas donde se indique fecha (día, mes, año) y lugar, contrato, acta de liquidación u órdenes de servicio con comprobantes de pago.

2.Soportes como:

Volantes (flyers).

Afiches.

Programas de mano.

Registro fotográfico o audiovisual.

Publicaciones propias.

Publicaciones en medios de comunicación (reseñas, artículos, entrevistas, etc., indicando el medio en el que fue publicado y la fecha).

Nota: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias.

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10 MB
4 CARTA DE COMPROMISO

CARTAS DE COMPROMISO DE LOS ARTISTAS PROPUESTOS

Cargue en la plataforma de inscripción un (1) solo PDF que contenga las cartas de compromiso de los dos (2) artistas propuestos.

Las cartas  deben especificar el nombre del artista (solista o agrupación), su compromiso y disponibilidad para participar del evento propuesto en caso de que la propuesta resulte ganadora (entre el 2 y 3 de febrero de 2024 en el horario que indique la FUGA).

Las cartas deben estar firmadas por el representante y contener datos de contacto. 

Las cartas que no contengan la información anteriormente solicitada, se considerarán inválidas y generarán el rechazo de la propuesta.

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10 MB
5 FORMATO DE PRESUPUESTO

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato Presupuesto-Cronograma- Equipo  el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. 

Guárdelo y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

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6 DOCUMENTO EN PDF

RIDER TÉCNICO DE CADA UNA DE  LOS SOLISTAS O  AGRUPACIONES PROPUESTAS

Cargue en la plataforma de inscripción un (1) solo PDF que contenga los riders técnicos de los dos (2) artistas propuestos.

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10 MB
7 DOCUMENTO EN PDF

RIDER TÉCNICO DEL  escenario, teatro, espacio cultural independiente o escenario de música en vivo en el que se desarrollará el concierto.

Cargue en la plataforma de inscripción un (1) solo PDF que contenga el rider técnico del escenario, teatro, espacio cultural independiente o escenario de música en vivo en el que se desarrollará el concierto. 

 

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10 MB

Criterios de evaluación

Ronda: GANADORES
No. Criterio Puntaje
1

Trayectoria del participante en relación con la organización, producción o coproducción de eventos musicales.

0 a 25
2

Calidad musical de los artistas propuestos

0 a 30
3

Viabilidad técnica de la propuesta: Viabilidad relacionada con las condiciones y características del escenario, teatro, espacio cultural independiente o escenario de música en vivo en el que se desarrollará el concierto así como con los requerimientos técnicos de las agrupaciones propuestas.

0 a 15
4

Viabilidad presupuestal de la propuesta: Coherencia entre las actividades, los tiempos y costos propuestos para el cumplimiento de los objetivos, expresados mediante el presupuesto y el cronograma. Este criterio será evaluado de cara al estricto cumplimiento de la guía de gastos permitidos y no permitidos anexo a esta convocatoria.

0 a 20
5

Relación de la propuesta con el objeto del Festival Centro

0 a 10

SELECCIÓN DE GANADORES

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en las “Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura - PDE 2023”, el ganador tendrá derecho a recibir el estímulo correspondiente, en los siguientes porcentajes:

Un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del estímulo, una vez notificada la resolución que otorga el estímulo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo y en las Condiciones Generales de Participación PDE 2023.

Tenga en cuenta. Dado el origen de los recursos de la presente convocatoria, para dar trámite al primer desembolso el proyecto beneficiario deberá encontrarse avalado por el Ministerio de Cultura y contar con el número de registro en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP-, asimismo  para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, la persona natural o persona jurídica, deberá realizar el registro como productor de las artes escénicas. Se estima que el primer desembolso será efectivo en el mes de enero de 2024.

Adicionalmente, en el caso de persona natural, el participante debe encontrarse registrado en la plataforma Soy Cultura del Ministerio de Cultura.

Un segundo y último desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del estímulo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte del ganador y la presentación de un informe final de actividades en el formato definido por la entidad, con sus respectivos soportes, y  con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la FUGA.

Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la persona designada por el(a) ordenador(a) del gasto, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC).

Nota 2: al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente.

A partir de la fecha de envío del correo electrónico, el ganador del estímulo cuenta con cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa su aceptación o no. En caso de aceptar, deberá aportar los siguientes documentos por medio de correo electrónico, para lo cual cuenta con cinco (5) días hábiles adicionales:

  • Carta dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, en la que se remiten los documentos requeridos para la ejecución del estímulo. La misma debe manifestar expresamente la aceptación del estímulo y estar suscrita por la persona natural o por el representante legal de la persona jurídica, según el caso.
  • Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre de la persona natural o persona jurídica. La fecha de actualización del certificado debe ser del año 2019 en adelante, y su fecha de generación, de máximo treinta (30) días anteriores a su entrega.
  • Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica, expedido por la Cámara de Comercio o por la entidad competente, dentro de los tres (3) meses anteriores a la expedición de la resolución por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado.
  • Certificación bancaria a nombre de la persona natural o  persona jurídica en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega. 
  • Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud de la persona natural. En el caso de las personas jurídicas, se deberá presentar un certificado expedido por el revisor fiscal o por el representante legal en donde se acredite que la entidad está al día en el pago de los aportes parafiscales y de seguridad social o que no está obligada a hacerlo, según sea el caso.
  • Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30%) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más. Las pólizas deberán estar acompañadas del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen.
  • Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual. Para la realización de espectáculos públicos, se deberá constituir una Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por 200 SMMLV hasta la fecha de ejecución del estímulo.

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.6 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura - PDE 2023, el ganador tendrá los siguientes deberes:

  • Ejecutar la propuesta aprobada por el jurado, de acuerdo con las condiciones específicas de la convocatoria, una vez se cuente con la aprobación de la garantía constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, la expedición del Registro Presupuestal y la propuesta se encuentre registrada y aprobada por parte del Ministerio de Cultura en la plataforma PULEP (gestión realizada por la SCRD). Lo anterior implica que se debe dar inicio a la ejecución de la propuesta con una disposición transitoria de recursos propios mientras se realiza el primer desembolso, tal como lo indican las Condiciones Generales de Participación del PDE 2023.
  • Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como las que formule la Fundación Gilberto Alzate Avendaño en cuyo caso deberá entregar el plan de mejora correspondiente.
  • Para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, la persona jurídica, o persona natural según sea el caso, deberá realizar su registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP.
  • Para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos la persona natural debe encontrarse registrada en la plataforma Soy Cultura del Ministerio de Cultura https://soycultura.mincultura.gov.co/ 
  • Asistir a las reuniones, encuentros y visitas convocadas por la entidad.
  • Gestionar por su cuenta y riesgo el escenario o espacio en el cual se llevará a cabo el concierto, así como los elementos, certificados u otros que se requieran para el desarrollo de la propuesta asumiendo la totalidad de los gastos que se generen.
  • Acatar los protocolos de funcionamiento, seguridad y bioseguridad del escenario o espacio en el cual se llevará a cabo la ejecución del concierto.
  • Asumir el trámite y costo de los permisos, autorizaciones, licencias que se requieran para la ejecución de la propuesta.
  • Contar con el visto bueno del equipo de Comunicaciones de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, cuando se generen piezas de comunicación, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación adelantadas por el ganador en la ejecución de la propuesta, con el fin de dar un adecuado uso a la imagen institucional del Distrito y de la entidad.
  • Acoger las indicaciones y solicitudes que haga la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA en lo relacionado con la estrategia de comunicaciones a implementar en el marco del Festival Centro 2024.
  • Entregar los informes de ejecución de la propuesta que sean requeridos siguiendo el formato suministrado por la entidad, en donde se dé cuenta del desarrollo de las actividades realizadas durante el proceso, así como, los registros documentales correspondientes.
  • Entregar los reportes de gastos y soportes que le sean requeridos, siguiendo el formato suministrado por la entidad.
  • Participar de las estrategias de comunicación y socialización definidas por la entidad.
  • Autorizar a la entidad correspondiente el uso del material desarrollado en la propuesta con fines de promoción, circulación y difusión del arte, la cultura y el patrimonio. Esta autorización no implica enajenación, cesión o traspaso de los derechos morales y patrimoniales de la creación.
  • En caso que las propuestas ganadoras requieran permisos o autorizaciones de Sayco y/o Acinpro o de cualquier otra sociedad de gestión colectiva, así como permisos de espectáculos públicos de las artes escénicas u otros, deben ser asumidos por el ganador.
  • Gestionar las obligaciones en cuanto a derechos de autor o de propiedad intelectual, industrial o comercial, previo, durante y posterior a la ejecución de la propuesta. Ante cualquier reclamación de terceros, serán los ganadores quienes tomarán la responsabilidad y aportarán los soportes a los que haya lugar, ante las instancias que corresponda. En cualquier caso, se mantendrá indemne a la SCRD y a sus entidades adscritas y vinculadas.
  • Hacerse responsable y cumplir con los aspectos relacionados con autoría y derechos patrimoniales y morales de la propuesta, así como con los trámites de derechos de autor, de acuerdo a lo contemplado en el numeral 7.6 de las condiciones generales de participación PDE 2023.
  • Tramitar y entregar la póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30 %) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más. La póliza deberá estar firmada y acompañada del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen.
  • Tramitar y entregar la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por 200 SMMLV y cobertura hasta la fecha máxima de ejecución del estímulo.

Anexos

No. Documento Descripción
1 Guía de gastos permitidos y no permitidos

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato de presentación de propuesta

(archivo Word o PDF)

 
 
2 Formato presupuesto - cronograma - equipo

(archivo Word o PDF)

 
 
3 FORMATO DE DECLARACIÓN LUGAR DE RESIDENCIA BAJO LA GRAVEDAD DEL JURAMENTO

(archivo Word o PDF)

 
 

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 Resolución No.144 de 2023
“Por medio del cual se ordena la apertura de la convocatoria -BECA LEP - PRODUCCIÓNFRANJA INDEPENDIENTE FESTIVAL CENTRO 2024- de la “Ley de Espectáculos PúblicosLEP 2023” a cargo de la Subdirección Artística y Cultural de la Fundación Gilberto AlzateAvendaño
2 RESOLUCIÓN No. 187 DE 2023
Publicación de la Resolución Nº 187 de 2023 "“Por la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de la-convocatoria “BecaLEP Producción Franja Independiente Festival Centro 2024“ del Programa Distrital deEstímulos FUGA 2023 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados.””
3 RESOLUCIÓN Nº228 DE 2023
Publicación de la Resolución 228 de 2023 "Por la cual se acoge la recomendación de los jurados designados para seleccionar a losganadores de la convocatoria: Beca LEP - Producción Franja Independiente Festival Centro2024 de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño y se ordena el desembolso de los estímuloseconómicos a las propuestas seleccionadas como ganadoras"
4 ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES BECA LEP "PRODUCCIÓN FRANJA INDEPENDIENTE FESTIVAL CENTRO 2024"
Publicación del Acta de recomendación de ganadores de la Beca LEP "Producción Franja Independiente Festival Centro 2024"

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado Participantes Inscritos Beca LEP "Producción Franja Independiente Festival Centro 2024"
Publicación del Listado Participantes Inscritos Beca LEP "Producción Franja Independiente Festival Centro 2024"
2 Listado Participantes Habilitados, Rechazados y por Subsanar Beca LEP "Producción Independiente Festival Centro 2024"
Publicación del Listado de Participantes Habilitados, Rechazados y por Subsanar Beca LEP "Producción Independiente Festival Centro 2024"
3 Listado Participantes Habilitados y Rechazados Beca LEP "Producción Franja Independiente Festival Centro 2024"
Publicación del Listado de Listado Participantes Habilitados y Rechazados  Beca LEP "Producción Franja Independiente Festival Centro 2024"
4 Listado Elegibles Beca LEP "Producción Franja Independiente Festival Centro 2024"
Publicación del Listado Elegibles de la Beca LEP "Producción Franja Independiente Festival Centro 2024"

Avisos modificatorios

No. Documento Descripción
1 Aviso Modificatorio 1
Aviso mediante el cual se modifica el Cronograma de la Convocatoria

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