Convocatoria Adjudicada
OFB

CONVOCATORIA LEP - BECA DE CIRCULACIÓN FILARMÓNICA POR LA PAZ

Ley de espectáculos públicos

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¡IMPORTANTE!

REVISA AQUÍ AVISOS, LISTADOS Y RESOLUCIONES

Resolución No 425 del 1 de diciembre de 2023

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Acta de categoría desierta

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Listado de Elegibles

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Aviso Modificatorio no 20

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Resolución No 368 del 27 de octubre de 2023

10/23

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Resolución no 344 del 11 de octubre de 2023

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Aviso Informativo No 8

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Listado de Habilitados y Rechazados

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Listado de Habilitados y Rechazados

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Listado de Participantes Inscritos

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Listado de participantes inscritos

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Resolución no 282 del 31 de agosto de 2023

08/23

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DOCUMENTOS

Información básica

la Orquesta Filarmónica de Bogotá crea la convocatoria “CONVOCATORIA LEP  - BECA DE CIRCULACIÓN FILARMÓNICA POR LA PAZ”, que busca apoyar la circulación de agrupaciones de música sinfónica y académica de mediano y gran formato, a nivel Distrital, Nacional e Internacional, fortaleciendo la conexión entre el arte y la transformación social que propicien escenarios de reconciliación y transformación hacia una cultura de paz dentro y fuera de nuestro país, convocando coros, agrupaciones de cámara, orquestas y bandas que interpreten instrumentos sinfónicos, a presentar propuestas de circulación centradas en la interpretación de repertorios  de música clásica o contemporánea, música académica de tradición estética occidental, repertorios de música tradicional colombiana, latinoamericana o músicas del mundo. 

 

Enfoque(s): Sin Enfoque

Línea(s) estratégica(s): Circulación

Área(s): Música

Número de estímulos: 13

Total de recursos: $ 1.000.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

La Orquesta Filarmónica de Bogotá entregará mil millones de pesos divididos en trece estímulos, distribuidos así:

- Categoría Gran Formato: Ocho estímulos de cien millones de pesos m/cte ($100.000.000) cada uno

-Categoría Mediano Formato: Cinco estímulos de cuarenta millones de pesos m/cte ($40.000.000) cada uno

Categorias:

No. Categoria Descripción
1 Categoría 1 - Agrupaciones de Gran Formato

Agrupaciones de más de 20 integrantes cuya práctica esté enfocada en la música sinfónica, académica y coral, bandas, orquestas y estudiantinas en diferentes formatos musicales, que interpretan instrumentos sinfónicos; violín, viola, violonchelo, contrabajo, flauta, oboe, clarinete, fagot, saxofón, trompeta, tuba, trombón, corno, percusión sinfónica e instrumentos de cuerdas pulsadas y coros.

Cada agrupación deberá nombrar a un Representante Principal, quien será el encargado de comunicarse directamente con la entidad en nombre de todos los integrantes. Asímismo, deberá aportar los docmentos para el desembolso del estímulo en caso de resultar seleccionados como ganadores. A su vez, deberán designar a un Representante Suplente, para que en casos de fuerza mayor comprobable, asuma las funciones del Principal

2 Categoría 2 - Agrupaciones de Mediano Formato

Agrupaciones de mínimo 10 y máximo 20 integrantes cuya práctica esté enfocada en la música sinfónica, académica y coral, bandas, orquestas y estudiantinas en diferentes formatos musicales, que interpretan instrumentos sinfónicos; violín, viola, violonchelo, contrabajo, flauta, oboe, clarinete, fagot, saxofón, trompeta, tuba, trombón, corno, percusión sinfónica e instrumentos de cuerdas pulsadas y coros.

Estas personas deberán nombrar a un Representante Principal, quien será el encargado de comunicarse con la Entidad en nombre de todos los integrantes.Igualmente, deberá aportar todos los documentos para el desembolso del estímulo en caso de que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y de realizar todos los trámites requeridos. Igualmente, deberán nombrar a un Representante Suplente, quien en casos de fuerza mayor comprobados asumirá las responsabilidades del Principal.

 

 

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Maestro en música, licenciado en música, o pedagogo musical con énfasis en interpretación instrumental, dirección orquestal o composición, con experiencia profesional y/o trayectoria mínima de cinco (5) años en el campo de la interpretación, dirección o composición de música académica. Los jurados de esta convocatoria pueden residir fuera de Bogotá, sin embargo deben tener completa disponibilidad en el día en que se llevarán a cabo las entrevistas presenciales de la convocatoria en cuestión, asímismo deben cubrir sus costos de transporte y alojamiento en caso de ser necesarios. 

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia:

Experiencia de mínimo cinco años en interpretación, dirección o composición de música académica.

Área perfil: Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Experiencia mínima de diez años en los campos de la  interpretación instrumental, dirección orquestal o composición, dirección o composición de música académica. Los jurados de esta convocatoria no deben residir en Bogotá, sin embargo deben tener completa disponibilidad en el día en que se llevarán a cabo las entrevistas presenciales de la convocatoria en cuestión. Igualmente, deben cubrir sus gastos de transporte y alojamiento en caso de ser necesario.

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia:

Experiencia mínima de diez años en los campos de la  interpretación instrumental, dirección orquestal o composición, dirección o composición de música académica.

Área perfil: Música

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Técnica

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 31/08/2023

Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con tres (3) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@ofb.gov.co hasta las 17:00:00 horas del último día.

Fecha de apertura 06/09/2023

A partir de esta fecha se permite acceder a la plataforma SICON para realizar la inscripción de las propuestas.

Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 29/09/2023 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 02/10/2023 17:00:00

Hasta esta fecha a la hora indicada en las condiciones generales de participación, se podrá realizar la inscripción de las propuestas. Es responsabilidad del participante consultar los listados que se publicarán de la convocatoria y verificar el estado en el que se encuentra su propuesta presentada

Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 05/10/2023

Listado de las propuestas que están habilitadas, rechazadas y las propuestas que deben subsanar documentación formal. A partir de esta fecha, el participante contará con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma la documentación subsanable requerida

Publicación de listado de elegibles 03/11/2023

Una vez finalizado el proceso de evaluación, las propuestas elegibles deben ser registradas en la plataforma PULEP. Sólo se podrán considerar como ganadoras una vez sean aprobadas por el Ministerio de Cultura.

Fecha máxima de ejecución 29/03/2024

Justificación

La Orquesta Filarmónica de Bogotá en armonía con los propósitos, logros de ciudad y las metas establecidas en el Plan de Desarrollo, formuló el proyecto de Inversión “7693 -Implementación del Proyecto de Estímulos de la OFB en Bogotá, con el objetivo de optimizar la capacidad de atención a iniciativas culturales de la ciudad y la Región Metropolitana con énfasis en  música sinfónica, académica y canto lírico, a través de la entrega de estímulos y apoyos concertados que aporten al fortalecimiento sectorial y lleguen a diferentes tipos de poblaciones y sectores sociales. 

Todo lo anterior en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1493 de 2011, donde fue creada la contribución parafiscal cultural de los espectáculos públicos de las artes escénicas para proyectos de infraestructura cultural. Con el fin de vincular nuevas líneas de participación, mediante la Ley 2070 de 2020 se amplió la posibilidad de inversión de estos recursos incluyendo las líneas de circulación y producción en la financiación de proyectos de esta naturaleza.

Para definir el alcance de estos proyectos, el Decreto 1080 de 2015 en su artículo 2.9.2.4.2, establece que son actividades de:

Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del Sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

Es importante precisar que el Decreto Distrital 321 del 8 de noviembre del 2022 facultó al Instituto Distrital de las Artes -IDARTES, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño y la Orquesta Filarmónica de Bogotá para participar de la ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural de los espectáculos públicos de las artes escénicas en las líneas antes descritas.

Con el fin de desarrollar las Convocatorias en las líneas de producción y circulación, entre la Secretaría de Cultura, recreación y Deporte y el Instituto Distrital de las Artes -IDARTES, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño y la Orquesta Filarmónica de Bogotá se suscribieron convenios interadministrativos aunando esfuerzos entre las entidades adscritas y la Secretaría  para desarrollar acciones articuladas orientadas a fomentar procesos de Circulación y Producción de las artes escénicas en el Distrito Capital, a partir de la ejecución de los recursos de la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas, conforme lo establecido en la Ley 1493 de 2011 y la reglamentación específica para la asignación y ejecución de los recursos LEP.

 

Objeto

Apoyar la circulación de agrupaciones y personas jurídicas, de mediano y gran formato, cuya práctica esté enfocada en la música de cámara, sinfónica, académica y coral, a nivel distrital, nacional e internacional, con el fin de contribuir al fortalecimiento de procesos, iniciativas y proyectos que divulguen y apropien la música sinfónica y académica en el mundo y  fortalezcan la conexión entre el arte y la transformación social propiciando escenarios de reconciliación y transformación hacia una cultura de paz dentro y fuera de nuestro país. 

 

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Agrupación

Agrupaciones de mínimo 10 (diez) personas, de acuerdo con las condiciones de cada una de las categorías, conformadas por colombianos mayores de 18 años y que residan de manera permanente en Bogotá, que acrediten la trayectoria de tres (3) años en el desarrollo de actividades o proyectos enfocados en música sinfónica, académica y canto lírico. En caso de que la agrupación no cuente con la trayectoria requerida, la misma se podrá acreditar con la sumatoria de la trayectoria de cada uno de los integrantes de la agrupación.

Recuerde que todos los integrantes de la agrupación deben encontrarse registrados en la Plataforma "Soy Cultura" del Ministerio de Cultura (https://soycultura.mincultura.gov.co/#/auth/crear-cuenta)

En caso de resultar ganador, el representante de la agrupación deberá realizar su registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas - PULEP.

Persona Jurídica

Se entiende por persona jurídica, el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, cuyo domicilio principal sea la ciudad de Bogotá. Podrán aplicar personas jurídicas, cuyo objeto se relacione con el objeto de la presente convocatoria, con o sin ánimo de lucro y que represente una agrupación de mínimo 10 (diez) personas, de acuerdo con las condiciones de cada una de las categorías, conformada por colombianos mayores de 18 años que residan de manera permanente en Bogotá.

Tenga en cuenta que, en caso de resultar ganador, la persona jurídica deberá realizar su registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas - PULEP.

Quiénes no pueden participar

Adicionalmente a lo establecido en el numeral 3.2 de las Condiciones Generales de Participación:

-Personas cuya residencia permanente no sea la Ciudad de Bogotá

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Copia legible, por ambas caras, del documento de identificación del representante legal (cédula amarilla con hologramas, cédula de extranjería o comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil que se presume auténtico).

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5 MB
2 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. con la matrícula mercantil renovada en la vigencia correspondiente, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un (1) año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente[1].
Nota. En el caso de grupos étnicos (pueblos indígenas, comunidades negras o afrodescendientes, raizales, gitanos-Rrom y palenqueros), deberán presentar una certificación emitida por el Ministerio del Interior, sobre la existencia y representación legal de la organización o comunidad.[2]
Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente.

[1] Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012.
[2] Dado el caso  que el participante informe la existencia del documento en otra entidad el PDE procederá de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012.

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5 MB
3 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Copia legible, por ambas caras, del documento de identidad de cada uno de los integrantes de la agrupación.

Cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 

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10 MB
4 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Certificado de residencia expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria o formato diligenciado de declaración juramentada (Ver sección Formatos)

Para obtener información sobre la expedición del certificado en Bogotá, consulta el siguiente sitio web:

https://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/solicitud-certificado-residencia

De no ser posible la expedición del certificado, diligencia el formato de declaración juramentada (Ver sección “Formatos”)

 

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10 MB
5 Documento de identidad del representante de la agrupación participante

Se debe adjuntar también el Documento de identidad del representante suplente.

Copia legible, por ambas caras, del documento de identidad del representante y el representante suplente  de la agrupación participante (cédula amarilla con hologramas, cédula de extranjería o comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil que se presume auténtico)

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10 MB
6 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de la Persona Natural

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de Cultura. Adjuntar el certificado de registro en la plataforma de cada uno de los integrantes de la agrupación participante.

De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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10 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA

Descargue el "Formato para  la Presentación de la Propuesta" publicado en la sección Formatos. Una vez diligencie la totalidad de los ítems solicitados, guárdelo en archivo PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea - SICON. Además, lea atentamente las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos-PDE 2023, así como, las condiciones específicas de esta convocatoria.

La puesta en escena no debe ser menor a 40 minutos. Los espacios para la ejecución de la propuesta deben ser gestionados por el participante, con carta de invitación que indique fecha, hora y lugar en el que realizará su circulación. La propuesta debe contar con una estrategia de comunicación y divulgación, articulada a la oficina de comunicaciones de la entidad. Igualmente, deben contar con el código PULEP del escenario en el cual se vaya a circular

Los espacios para la ejecución de la propuesta deben ser gestionados por el participante. En caso de que el evento, espectáculo o festival se realice en espacios públicos, el participante es el responsable de la gestión y consecución de los permisos necesarios para realizar las actividades propuestas.

Cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria, comunícate a través del correo electrónico convocatorias@ofb.gov.co.

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15 MB
2 PRESUPUESTO EN FORMATO ANEXO

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato de Presupuesto anexo a la convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. El documento debe ser guardado y cargado en la plataforma en formato excel. 

Recuerde que el presupuesto debe incluir los requerimientos técnicos necesarios para la puesta en escena planteada en el Formato de Presentación de Propuesta

Dado que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto los participantes deberán revisar el documento Anexo. “Guia de gastos permitidos y no permitidos".

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15 MB
3 CRONOGRAMA EN FORMATO ANEXO

Descargue y diligencie en su totalidad el "Formato de Cronograma" el cual se encuentra publicado en la sección Formatos.  El documento debe ser guardado y cargado en la plataforma en formato excel. 

El  cronograma debe coincidir con lo planteado en el Formato de Presentación de la Propuesta.

 

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15 MB
4 RELACIÓN EQUIPO DE TRABAJO EN FORMATO ANEXO

Descargue y diligencie en su totalidad el "Formato de Equipo de Trabajo" anexo a la convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. El documento debe ser guardado y cargado en la plataforma en formato excel. 

El  Equipo de Trabajo debe coincidir con lo planteado en el Formato de Presentación de la Propuesta.

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15 MB
5 ENLACE URL

Video - Link.

Debe incluir un (1) link (dirección o vínculo) de video que muestre la puesta en escena en vivo de la agrupación, previamente cargado en plataformas como: youtube, vimeo entre otros. Este debe ser un (1) video de mínimo quince (15) minutos del grupo interpretando una parte del repertorio inscrito en la convocatoria.


El video debe haber sido grabado dentro de los 6 meses anteriores a la fecha de cierre de la convocatoria y debe ser un solo video que cumpla con la duración anteriormente establecida. No se aceptarán varios enlaces con diferentes videoclips.

 Para la grabación de su video le recomendamos que se realice en alta definición y que la captura de audio se haga con un micrófono que asegure la calidad de este.

Se rechazarán aquellas propuestas cuyos videos no hayan sido grabados dentro de los 6 meses previos al cierre de la convocatoria.

Los videos deben incluir la fecha y lugar de grabación del video.

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15 MB
6 SOPORTES DE LA EXPERIENCIA Y TRAYECTORIA DEL PARTICIPANTE

Presente en un solo archivo en formato PDF, los soportes que acrediten la trayectoria de acuerdo con el perfil solicitado, tales como: certificaciones expedidas por entidades y organizaciones de carácter público, privado, comunitario, contratos o actas de liquidación, publicaciones, catálogos, portafolios, participación en exposiciones y/o eventos, programas de mano, flyers, notas de prensa, distinciones, resoluciones de ganadores de estímulos, entre otros.  

Los soportes aportados deben evidenciar de manera clara y visible el nombre del participante (personas jurídicas, agrupación y/o sus integrantes según corresponda) y las fechas de la realización de dichas actividades, procesos o proyectos.

No se considerarán válidas las autocertificaciones, es decir, emitidas por los mismos participantes.

Para el caso de personas jurídicas, los certificados deben ser expedidos a nombre de la organización.

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15 MB

Criterios de evaluación

Categoría: Categoría 1 - Agrupaciones de Gran Formato
Ronda: Ronda de Pre-selección
No. Criterio Puntaje
1

Propuesta artística: coherencia, creatividad, pertinencia, descripción del proyecto, justificación, objetivos

0 a 35
2

Propuesta Técnica: cronograma, presupuesto, equipo de trabajo, impacto

0 a 20
3

Interpretación Ensamble: articulación, fraseo, calidad del sonido, dinámicas, afinación, ritmo, destreza

0 a 45

Ronda de pre-selección: el jurado evaluará los videos enviados por los participantes. Las propuestas ganadoras deben tener un puntaje igual o superior 80 puntos. Las propuestas elegidas después de esta ronda pasarán a la ronda de entrevista con el Director de la Agrupación

Las obras a interpretar deben ser de dominio público, si no lo son, los participantes deben contar con los derechos de autor

Categoría: Categoría 1 - Agrupaciones de Gran Formato
Ronda: Ronda de Selección de Ganadores
No. Criterio Puntaje
1

Pertinencia de la propuesta 

 

0 a 40
2

Trayectoria de la entidad/agrupación proponente

0 a 40
3

Viabilidad técnica del proyecto, contribución e impacto

0 a 20

Ronda de Entrevistas Presenciales: Las propuestas que obtengan el puntaje mínimo establecido en la Ronda de video, serán citados a entrevistas.

Para ser adjudicataria del estímulo, la propuesta ganadora deberá alcanzar un mínimo de 80 puntos.

 El puntaje expresado en la tabla anterior corresponde al máximo que podrá otorgar el jurado a cada criterio. 

 

Categoría: Categoría 2 - Agrupaciones de Mediano Formato
Ronda: Ronda de Pre-selección
No. Criterio Puntaje
1

Propuesta artística: coherencia, creatividad, pertinencia, descripción del proyecto, justificación, objetivos

0 a 35
2

Propuesta Técnica: cronograma, presupuesto, equipo de trabajo, impacto

0 a 20
3

Interpretación Ensamble: articulación, fraseo, calidad del sonido, dinámicas, afinación, ritmo, destreza

0 a 45

Ronda de pre-selección: el jurado evaluará los videos enviados por los participantes. Las propuestas ganadoras deben tener un puntaje igual o superior 80 puntos. Las propuestas elegidas después de esta ronda pasarán a la ronda de entrevista con el Director de la Agrupación

Las obras a interpretar deben ser de dominio público, si no lo son, los participantes deben contar con los derechos de autor

Categoría: Categoría 2 - Agrupaciones de Mediano Formato
Ronda: Ronda de Selección de Ganadores
No. Criterio Puntaje
1

Pertinencia de la propuesta

0 a 40
2

Trayectoria de la entidad/agrupación proponente

0 a 40
3

Viabilidad técnica del proyecto, contribución e impacto

0 a 20

Ronda de Entrevistas Presenciales: Las propuestas que obtengan el puntaje mínimo establecido en la Ronda de video, serán citados a entrevistas.

Para ser adjudicataria del estímulo, la propuesta ganadora deberá alcanzar un mínimo de 80 puntos.

 El puntaje expresado en la tabla anterior corresponde al máximo que podrá otorgar el jurado a cada criterio. 

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos-PDE 2023, el ganador tendrá derecho a:

Recibir el estímulo correspondiente, en los siguientes porcentajes:

  • Un primer desembolso equivalente al noventa por ciento (90%) del valor total del estímulo, una vez notificada la resolución que otorga el estímulo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo y en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos-PDE 2023. El primer pago se encuentra sujeto a la aprobación y registro del proyecto en PULEP por parte del Ministerio de Cultura
     
  • Dado el origen de los recursos de la presente convocatoria, para dar trámite al primer desembolso el proyecto beneficiario deberá encontrarse avalado por el Ministerio de Cultura y contar con el número de registro en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP-, asimismo  para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, la persona jurídica, o los representantes legales de la agrupación deberán realizar el registro como productor de las artes escénicas y encontrarse registrados en la plataforma Soy Cultura del Ministerio de Cultura (únicamente para agrupaciones). 
  • Un segundo y último desembolso equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del estímulo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte del ganador y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la SCRD.

 Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC–. Al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el ganador, dependiendo de su calidad tributaria.

 

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos-PDE 2023:

  1. Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados y las que formule la OFB, para lo cual el ganador deberá entregar el plan de mejora correspondiente. 
  2. Para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, la persona jurídica, o los representantes legales de la agrupación deberán realizar el registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP.
  3. Las personas naturales y miembros de las agrupaciones ganadoras deben encontrarse registrados en la plataforma Soy Cultura del Ministerio de Cultura https://soycultura.mincultura.gov.co/ 
  4. Entregar el cronograma de la ejecución de la propuesta a más tardar una (1) semana después de haber sido aprobada su póliza como ganador de la beca con fechas (día, mes y año) exactas para divulgación y participación de la ciudadanía en las mismas.
  5. Asistir a las reuniones, encuentros y visitas convocadas por la OFB, encargada de financiar la propuesta.
  6. Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la beca, en caso de ser requeridos.
  7. Acatar las disposiciones legales vigentes, en general y específicamente las relacionadas con la situación sanitaria, además de lo contemplado en el Código Nacional de Policía y Convivencia.
  8. Entregar los informes de ejecución de la propuesta que sean requeridos (avance y final) en el formato suministrado por la entidad, en donde se dé cuenta del desarrollo de las actividades realizadas durante el proceso, así como, los registros documentales correspondientes.
  9. Entregar una memoria social y/o sistematización de la experiencia, bien sea en texto en formato PDF o audiovisual que dé cuenta del proceso realizado y de los aprendizajes producto de la ejecución de la propuesta.
  10. Entregar el resultado final de la propuesta ejecutada.
  11. Participar en las estrategias de socialización definidas por la OFB, entidad que acompaña la ejecución de la propuesta.
  12. Autorizar a la entidad correspondiente el uso del material desarrollado en la propuesta con fines de promoción, circulación y difusión del arte, la cultura y el patrimonio. Esta autorización no implica enajenación, cesión o traspaso de los derechos morales y patrimoniales de la creación.
  13. Participar, cuando sean convocados, en el Programa de Fortalecimiento de los Agentes del Sector (PFAS), según las recomendaciones realizadas por jurados y profesionales de acompañamiento asignado a la ejecución de la propuesta.

Recuerde que:

-El Ministerio de Cultura adelantará la revisión de los documentos de soporte aportados.

- El Ministerio podrá generar observaciones y/o solicitudes de subsanación.

- Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos, el Ministerio de Cultura procederá al respectivo registro del proyecto.

- Una vez el proyecto es aprobado y registrado por el Ministerio de Cultura se podrá realizar el primer desembolso, de lo contrario NO SE PODRÁ realizar ningún tipo de desembolso.

Anexos

No. Documento Descripción
1 Guía de Gastos Permitidos y no Permitidos
Tenga en cuenta esta guía para las convocatorias de las Líneas de Circulación y Producción con recursos de la Contribución Parafiscal.

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato de Presupuesto

(archivo Word o PDF)

 
 
Diligencie el formato de presupuesto para esta convocatoria. Recuerde revisar la "Guía de Gastos permitidos y no Permitidos" 
2 Formato de Cronograma

(archivo Word o PDF)

 
 
Recuerde diligenciar el formato de cronograma para esta convocatoria
3 Formato Equipo de Trabajo

(archivo Word o PDF)

 
 
Recuerde diligenciar el Formato de Equipo de Trabajo para esta convocatoria
4 Formato de Declaración Juramentada - Lugar de Residencia

(archivo Word o PDF)

 
 
En caso de no ser posible la expedición del certificado por la entidad responsable, diligencie el Formato.
5 Formato de Presentación de la Propuesta

(archivo Word o PDF)

 
 
Diligencie el formato en su totalidad. Recuerda que este contenido NO es subsanable

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 Resolución no 282 del 31 de agosto de 2023

Por intermedio de la convocatoria “Ley de Espectáculos Públicos LEP 2023” para la Orquesta Filarmónica de Bogotá se ordena la apertura de las convocatorias “Beca de circulación filarmónica por la paz”, “Beca de circulación de ópera inesperada”, del programa Distrital de Estímulos 2023”.

2 Resolución no 344 del 11 de octubre de 2023

Por la cual se acoge la decisión final del Comité de Evaluación, Selección, Designación y Reconocimiento económico de los Jurados de las convocatorias "CONVOCATORIA LEP - BECA DE CIRCULACIÓN FILARMÓNICA POR LA PAZ" y "CONVOCATORIA LEP- BECA DE CIRCULACIÓN ÓPERA INESPERADA"


3 Resolución No 368 del 27 de octubre de 2023
Por la cual se corrige el artículo primero de la Resolución No 344 del 11 de octubre de 2023"
4 Resolución No 425 del 1 de diciembre de 2023

Por la cual se acoge la recomendación efectuada por los jurados de la “CONVOCATORIA LEP - BECA DE CIRCULACIÓN FILARMÓNICA POR LA PAZ” del Programa Distrital de Estímulos 2023 de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, en consecuencia, se promulgan las propuestas ganadoras, se ordena la entrega y desembolso de los estímulos económicos y se declara desierta una categoría de la misma Convocatoria.

Listados

Categoría: Categoría 1 - Agrupaciones de Gran Formato
No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos
Listado de Participantes Inscritos Categoría 1 - Agrupaciones de Gran Formato
2 Listado de Habilitados y Rechazados
Al no haber propuestas con documentación administrativa por subsanar, se adjunta el listado de propuestas habilitadas y rechazadas
3 Listado de Elegibles
Listado de proyectos elegibles como ganadores. Estos proyectos serán enviados al Ministerio de Cultura para aprobación.
Categoría: Categoría 2 - Agrupaciones de Mediano Formato
No. Documento Descripción
1 Listado de Participantes Inscritos
Listado de Participantes Inscritos a la Categoría 2 - Agrupaciones de Mediano Formato
2 Listado de Habilitados y Rechazados
Al no haber propuestas con documentación administrativa por subsanar, se adjunta el listado de propuestas habilitadas y rechazadas
3 Acta de categoría desierta
Acta de categoría desierta 

Avisos modificatorios

No. Documento Descripción
1 Aviso Modificatorio no 20
Por medio del cual se modifica la fecha de publicación de elegibles para el 1 de noviembre de 2023
2 Aviso Informativo No 8
Por medio del cual se dan a conocer las propuestas citadas a entrevistas y los horarios de citación

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