Convocatoria Publicada
OFB

CONVOCATORIA LEP - BECA DE CIRCULACIÓN ÓPERA INESPERADA

Ley de espectáculos públicos

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Resolución no 282 del 31 de agosto de 2023

08/23

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DOCUMENTOS

Información básica

La Orquesta Filarmónica de Bogotá crea la convocatoria “CONVOCATORIA LEP - BECA DE CIRCULACIÓN DE ÓPERA INESPERADA” que busca aportar a la circulación de puestas en escena de óperas, zarzuelas, operetas y teatro musical de mediano y gran formato, que hagan parte de la programación del Festival Ópera  al Parque, que se realizará en el mes de Octubre, en espacios inesperados, no convencionales de las diferentes localidades de Bogotá. 

 

Enfoque(s): Sin Enfoque

Línea(s) estratégica(s): Circulación

Área(s): Música

Número de estímulos: 3

Total de recursos: $ 300.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

La Orquesta Filarmónica de Bogotá entregará tres estímulos de cien millones de pesos m/cte (100.000.000) cada uno.

 

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Título profesional como maestro en música, licenciado en música y/o régisseur, con énfasis en dirección orquestal, interpretación. Experiencia mínima de siete (7) años en el campo de la dirección orquestal en montajes relevantes a la Beca.  Los jurados de esta convocatoria pueden residir fuera de Bogotá, sin embargo deben tener completa disponibilidad en el día en que se llevarán a cabo las entrevistas presenciales de la convocatoria en cuestión, asímismo deben cubrir sus costos de transporte y alojamiento en caso de ser necesarios. 

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia:

Siete (7) años en el campo de la dirección orquestal en montajes relevantes a la Beca Ópera, Zarzuela y Opereta. 

Área perfil: Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Título profesional en áreas de las humanidades. Experiencia mínima de siete (7) años en el campo de las artes escénicas y/o la gestión cultural o la programación y ejecución de espectáculos de música académica o artes escénicas.  Los jurados de esta convocatoria pueden residir fuera de Bogotá, sin embargo deben tener completa disponibilidad en el día en que se llevarán a cabo las entrevistas presenciales de la convocatoria en cuestión, asímismo deben cubrir sus costos de transporte y alojamiento en caso de ser necesarios. 

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia:

Siete (7) años en el campo de las artes escénicas y/o la gestión cultural o la programación y ejecución de espectáculos de música académica o artes escénicas.

Área perfil: Danza

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 3

Experiencia mínima de doce (12) años en el campo de la dirección orquestal, las artes escénicas y/o la gestión cultural o la programación y ejecución de espectáculos de música académica o montajes relevantes a la Beca.  Los jurados de esta convocatoria pueden residir fuera de Bogotá, sin embargo deben tener completa disponibilidad en el día en que se llevarán a cabo las entrevistas presenciales de la convocatoria en cuestión, asímismo deben cubrir sus costos de transporte y alojamiento en caso de ser necesarios. 

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia:

Doce (12) años en montajes relevantes a la Beca.

Área perfil: Música

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 31/08/2023

Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con tres (3) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@ofb.gov.co hasta las 17:00:00 horas del último día.

Fecha de apertura 06/09/2023

A partir de esta fecha se permite acceder a la plataforma SICON para realizar la inscripción de las propuestas.

Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Expertos para el Sector Cultura 30/09/2023 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 02/10/2023 17:00:00

Hasta esta fecha a la hora indicada en las condiciones generales de participación, se podrá realizar la inscripción de las propuestas. Es responsabilidad del participante consultar los listados que se publicarán de la convocatoria y verificar el estado en el que se encuentra su propuesta presentada

Publicación listado de habilitados, rechazados y por subsanar 05/10/2023

Listado de las propuestas que están habilitadas, rechazadas y las propuestas que deben subsanar documentación formal. A partir de esta fecha, el participante contará con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma la documentación subsanable requerida

Publicación de listado de elegibles 03/11/2023

Una vez finalizado el proceso de evaluación, las propuestas elegibles deben ser registradas en la plataforma PULEP. Sólo se podrán considerar como ganadoras una vez sean aprobadas por el Ministerio de Cultura.

Fecha máxima de ejecución 29/03/2024

Justificación

La Orquesta Filarmónica de Bogotá, en armonía con los propósitos y logros de ciudad y las metas establecidas en el Plan de Desarrollo, formuló el proyecto de Inversión “7693 -Implementación del Proyecto de Estímulos de la OFB en Bogotá.” con el objetivo de optimizar la capacidad de atención a iniciativas culturales de la ciudad y la Región Metropolitana con énfasis en  música sinfónica, académica y canto lírico, a través de estímulos y apoyos concertados, que aporten al fortalecimiento sectorial y lleguen a diferentes tipos de poblaciones y sectores sociales. 

 

Teniendo en cuenta lo anterior, la Orquesta Filarmónica de Bogotá crea la convocatoria “CONVOCATORIA LEP - BECA DE CIRCULACIÓN DE ÓPERA INESPERADA” que busca aportar a la circulación de puestas en escena de óperas, zarzuelas, operetas y teatro musical de mediano y gran formato, que hagan parte de la programación del Festival Ópera  al Parque, que se realizará en el mes de Octubre, en espacios inesperados, no convencionales de las diferentes localidades de Bogotá. 

El festival Ópera al Parque es un festival que se ha consolidado como escenario de orquestas, agrupaciones profesionales, productores, realizadores, instituciones de formación superior, figuras consagradas y jóvenes cantantes; que suman esfuerzos para fortalecer la práctica lírica en la ciudad de Bogotá y enriquecer la escena cultural, con una programación que abarca diferentes localidades y escenarios no convencionales. 


 

Dicho Festival se realiza en el mes de octubre, ya que es el mes de la ópera; en los principales escenarios de la ciudad, se ponen en escena los títulos más relevantes de este género y la Orquesta Filarmónica de Bogotá se suma a esta programación; tanto en estos escenarios, como con el Festival.
Actualmente la Filarmónica de Bogotá tiene abierta una convocatoria que premiarán duetos, tercetos y cuartetos, de una ópera, zarzuela, opereta y teatro musical, dirigida a niños y niñas de diferentes edades. 

La nueva convocatoria con recursos LEP le abre la oportunidad de circulación a agrupaciones de mediano y gran formato, que enriquecerán la programación del festival y acercarán a la ciudadanía al mundo de la ópera, llevando espectáculos de diferentes formatos, a varias localidades de la Bogotá. 

Por otra parte, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1493 de 2011, fue creada la contribución parafiscal cultural de los espectáculos públicos de las artes escénicas para proyectos de infraestructura cultural, sin embargo, con el fin de vincular nuevas líneas de participación, mediante la Ley 2070 de 2020 se amplió la posibilidad de inversión de estos recursos incluyendo las líneas de circulación y producción en la financiación de proyectos de esta naturaleza.

Para definir el alcance de estos proyectos, el Decreto 1080 de 2015 en su artículo 2.9.2.4.2, establece que son actividades de:

Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del Sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

 

Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

Es importante precisar que el Decreto Distrital 321 del 8 de noviembre del 2022 facultó al Instituto Distrital de las Artes -IDARTES, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño y la Orquesta Filarmónica de Bogotá para participar de la ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural de los espectáculos públicos de las artes escénicas en las líneas antes descritas.

Con el fin de desarrollar las Convocatorias en las líneas de producción y circulación, entre la Secretaría de Cultura, recreación y Deporte y el Instituto Distrital de las Artes -IDARTES, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño y la Orquesta Filarmónica de Bogotá se suscribieron convenios interadministrativos aunando esfuerzos entre las entidades adscritas y la Secretaría  para desarrollar acciones articuladas orientadas a fomentar procesos de Circulación y Producción de las artes escénicas en el Distrito Capital, a partir de la ejecución de los recursos de la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas, conforme lo establecido en la Ley 1493 de 2011 y la reglamentación específica para la asignación y ejecución de los recursos LEP.

 

 

Objeto

Aportar a la circulación de puestas en escena de óperas, zarzuelas, operetas y teatro musical de mediano y gran formato, que hagan parte de la programación del Festival Ópera al Parque, que se realizará en el mes de octubre, en espacios inesperados, no convencionales de las diferentes localidades de Bogotá.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Jurídica

Se entiende por persona jurídica, el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, cuyo domicilio principal sea la ciudad de Bogotá. Podrán aplicar personas jurídicas, cuyo objeto se relacione con el objeto de la presente convocatoria, con o sin ánimo de lucro y que represente una agrupación conformada por colombianos, mayores de 18 años que residan de manera permanente en Bogotá, que acrediten la trayectoria de tres (3) años en el desarrollo de actividades o proyectos enfocados en música sinfónica, académica y canto lírico. En caso de que la agrupación no cuente con la trayectoria requerida, la misma se podrá acreditar con la sumatoria de la trayectoria de cada uno de los integrantes de la agrupación

Agrupación

Agrupaciones de mínimo 10 (diez) personas, conformadas por colombianos, o extranjeros hasta en un 30%, mayores de 18 años y que residan de manera permanente en Bogotá, que acrediten la trayectoria de tres (3) años en el desarrollo de actividades o proyectos enfocados en música sinfónica, académica y canto lírico. En caso de que la agrupación no cuente con la trayectoria requerida, la misma se podrá acreditar con la sumatoria de la trayectoria de cada uno de los integrantes de la agrupación.

Quiénes no pueden participar

Además de quienes se indican en el numeral 3.2 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura - PDE 2023, no pueden participar:

-Personas Naturales.
- Personas cuyo domicilio fiscal no sea la ciudad de Bogotá D.C
 

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Copia legible, por ambas caras, del documento de identificación del representante legal (cédula amarilla con hologramas, cédula de extranjería o comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil que se presume auténtico).

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5 MB
2 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. con la matrícula mercantil renovada en la vigencia correspondiente, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un (1) año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente[1].
Nota. En el caso de grupos étnicos (pueblos indígenas, comunidades negras o afrodescendientes, raizales, gitanos-Rrom y palenqueros), deberán presentar una certificación emitida por el Ministerio del Interior, sobre la existencia y representación legal de la organización o comunidad.[2]
Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente.

[1] Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012.
[2] Dado el caso  que el participante informe la existencia del documento en otra entidad el PDE procederá de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012.

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5 MB
3 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Copia legible, por ambas caras, del documento de identidad de cada uno de los integrantes de la agrupación.

Cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico

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10 MB
4 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Certificado de residencia expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria o formato diligenciado de declaración juramentada (Ver sección Formatos)

Para obtener información sobre la expedición del certificado en Bogotá, consulta el siguiente sitio web:

https://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/solicitud-certificado-residencia

De no ser posible la expedición del certificado, diligencia el formato de declaración juramentada (Ver sección “Formatos”)

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5 MB
5 Documento de identidad del representante de la agrupación participante

Se debe adjuntar también el Documento de identidad del representante suplente.

Copia legible, por ambas caras, del documento de identidad del representante y el representante suplente  de la agrupación participante (cédula amarilla con hologramas, cédula de extranjería o comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil que se presume auténtico)

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5 MB
6 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de los integrantes de la Agrupación

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de Cultura. Adjuntar el certificado de registro en la plataforma de cada uno de los integrantes de la agrupación participante.

De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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10 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA

Descargue el "Formato para  la Presentación de la Propuesta" publicado en la sección Formatos. Una vez diligencie la totalidad de los ítems solicitados, guárdelo en archivo PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea - SICON. Además, lea atentamente las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos-PDE 2023, así como, las condiciones específicas de esta convocatoria.

Para presentar su propuesta artística, tenga en cuenta los siguientes lineamientos:

Deben ser puestas en escena de mediano y gran formato de óperas, operetas, zarzuelas y teatro musical con una duración máxima de 90 minutos. 
La propuesta debe incluir vestuario y escenografía 
La propuesta no puede requerir foso, ni ser para teatros o grandes escenarios, debe ser adaptable a espacios no convencionales.
La propuesta puede plantear un escenario no convencional para su realización. 
La propuesta puede contar con acompañamiento instrumental (orquesta, orquesta de cámara y/o ensamble de cámara). Se permitirá el uso de secuencias o pistas cuando éstas sustituyan el acompañamiento instrumental.
La Filarmónica de Bogotá, no proveerá a la orquesta ni músicos para la ejecución de la propuesta.
La beca debe destinarse en su totalidad a cubrir los costos que implique la circulación del montaje y la realización de la función, debe especificar el número de funciones que propone realizar. 
La propuesta debe contar con la autorización de los autores o las editoriales para la presentación de la obra seleccionada. La Filarmónica de Bogotá no se responsabiliza por el pago de los derechos de autor o alquiler de partituras.
Las propuestas seleccionadas serán ejecutadas en el marco del XXVI Festival Ópera al Parque, de acuerdo con la programación del Festival, el cual se realizará durante el mes de octubre de forma presencial, en escenarios no convencionales .de las diferentes localidades de Bogotá; escenarios pequeños, auditorios, salas de conciertos, espacios al aire libre, escenario móvil, entre otros. 
 

Cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria, comunícate a través del correo electrónico convocatorias@ofb.gov.co.

Nota 3: Los participantes deben realizar el registro como productores en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP-.

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15 MB
2 PRESUPUESTO EN FORMATO ANEXO

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato de Presupuesto anexo a la convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. El documento debe ser guardado y cargado en la plataforma en formato excel. 

Recuerde que el presupuesto debe incluir los requerimientos técnicos necesarios para la puesta en escena planteada en el Formato de Presentación de Propuesta

Dado que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto los participantes deberán revisar el documento Anexo. “Guia de gastos permitidos y no permitidos".

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15 MB
3 CRONOGRAMA EN FORMATO ANEXO

Descargue y diligencie en su totalidad el "Formato de Cronograma" el cual se encuentra publicado en la sección Formatos.  El documento debe ser guardado y cargado en la plataforma en formato excel. 

El  cronograma debe coincidir con lo planteado en el Formato de Presentación de la Propuesta.

 

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15 MB
4 PORTAFOLIO

Portafolio en formato PDF, donde acrediten experiencia en la circulación o difusión de procesos artísticos y formativos que fomenten el fortalecimiento de la música académica y el canto lírico. Este portafolio debe contener una presentación de la agrupación o la persona jurídica concursante de máximo 2 páginas, descripción de sus principales proyectos con sus respectivos soportes y certificaciones (si se incluyen programas de mano, estos sólo serán válidos si contienen el año en que se realizaron las presentaciones) con una extensión máxima de 10 páginas, las muestras de trabajo audiovisual no deben sobrepasar diez (10) minutos cada una. Las muestras audiovisuales pueden estar alojadas en plataformas virtuales como Vimeo o YouTube (incluir los enlaces en el PDF del Portafolio).

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15 MB
5 RELACIÓN EQUIPO DE TRABAJO EN FORMATO ANEXO

Descargue y diligencie en su totalidad el "Formato de Equipo de Trabajo" anexo a la convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. El documento debe ser guardado y cargado en la plataforma en formato excel. 

El  Equipo de Trabajo debe coincidir con lo planteado en el Formato de Presentación de la Propuesta.

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10 MB

Criterios de evaluación

Ronda: Ronda de Pre-selección
No. Criterio Puntaje
1

Propuesta artística: coherencia, creatividad, pertinencia, descripción del proyecto, justificación, objetivos

0 a 45
2

Propuesta Técnica: cronograma, presupuesto, equipo de trabajo, impacto

0 a 20
3

Trayectoria de la entidad/agrupación proponente

0 a 35

Ronda de preselección: El jurado evaluará los proyectos enviados por los participantes. Las propuestas ganadoras deben tener un puntaje igual o superior a 80 puntos. Las propuestas elegidas después de esta ronda, pasarán a la ronda de entrevista con el director de la agrupación.

Las obras a interpretar pueden ser de dominio público, si no lo son, los participantes deben contar con los derechos de autor.

Ronda: Ronda de Selección de Ganadores
No. Criterio Puntaje
1

Pertinencia de la propuesta

0 a 40
2

Coherencia e innovación en la conceptualización de vestuario, escenografía y lugar inesperado propuesto para circular

0 a 40
3

Viabilidad técnica del proyecto, contribución e impacto

0 a 20

Ronda de entrevistas presenciales: Las propuestas que obtengan el puntaje mínimo establecido en la ronda de preselección, serán citados a entrevistas. 

Para ser adjudicataria del estímulo, la propuesta ganadora deberá alcanzar un mínimo de 80 puntos 

El puntaje expresado en la tabla anterior corresponde al máximo que podrá otorgar el jurado a cada criterio.

Derechos específicos de los ganadores

Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos-PDE 2023, el ganador tendrá derecho a:

Recibir el estímulo correspondiente, en los siguientes porcentajes:

Un primer desembolso equivalente al noventa por ciento (90%) del valor total del estímulo, una vez notificada la resolución que otorga el estímulo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo y en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos-PDE 2023. El primer pago se encuentra sujeto a la aprobación y registro del proyecto en PULEP por parte del Ministerio de Cultura
 
Dado el origen de los recursos de la presente convocatoria, para dar trámite al primer desembolso el proyecto beneficiario deberá encontrarse avalado por el Ministerio de Cultura y contar con el número de registro en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP-, asimismo  para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, la persona jurídica, o los representantes legales de la agrupación deberán realizar el registro como productor de las artes escénicas y encontrarse registrados en la plataforma Soy Cultura del Ministerio de Cultura (únicamente para agrupaciones). 


Un segundo y último desembolso equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del estímulo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte del ganador y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la SCRD.
 Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC–. Al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el ganador, dependiendo de su calidad tributaria.

Deberes específicos de los ganadores

Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos-PDE 2023:

Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados y las que formule la OFB, para lo cual el ganador deberá entregar el plan de mejora correspondiente. 
Para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, la persona jurídica, o los representantes legales de la agrupación deberán realizar el registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP.
Las personas naturales y miembros de las agrupaciones ganadoras deben encontrarse registrados en la plataforma Soy Cultura del Ministerio de Cultura https://soycultura.mincultura.gov.co/ 
Entregar el cronograma de la ejecución de la propuesta a más tardar una (1) semana después de haber sido aprobada su póliza como ganador de la beca con fechas (día, mes y año) exactas para divulgación y participación de la ciudadanía en las mismas.
Asistir a las reuniones, encuentros y visitas convocadas por la OFB, encargada de financiar la propuesta.
Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la beca, en caso de ser requeridos.
Acatar las disposiciones legales vigentes, en general y específicamente las relacionadas con la situación sanitaria, además de lo contemplado en el Código Nacional de Policía y Convivencia.
Entregar los informes de ejecución de la propuesta que sean requeridos (avance y final) en el formato suministrado por la entidad, en donde se dé cuenta del desarrollo de las actividades realizadas durante el proceso, así como, los registros documentales correspondientes.
Entregar una memoria social y/o sistematización de la experiencia, bien sea en texto en formato PDF o audiovisual que dé cuenta del proceso realizado y de los aprendizajes producto de la ejecución de la propuesta.
Entregar el resultado final de la propuesta ejecutada.
Participar en las estrategias de socialización definidas por la OFB, entidad que acompaña la ejecución de la propuesta.
Autorizar a la entidad correspondiente el uso del material desarrollado en la propuesta con fines de promoción, circulación y difusión del arte, la cultura y el patrimonio. Esta autorización no implica enajenación, cesión o traspaso de los derechos morales y patrimoniales de la creación.
Participar, cuando sean convocados, en el Programa de Fortalecimiento de los Agentes del Sector (PFAS), según las recomendaciones realizadas por jurados y profesionales de acompañamiento asignado a la ejecución de la propuesta.
Recuerde que:

-El Ministerio de Cultura adelantará la revisión de los documentos de soporte aportados.

- El Ministerio podrá generar observaciones y/o solicitudes de subsanación.

- Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos, el Ministerio de Cultura procederá al respectivo registro del proyecto.

- Una vez el proyecto es aprobado y registrado por el Ministerio de Cultura se podrá realizar el primer desembolso, de lo contrario NO SE PODRÁ realizar ningún tipo de desembolso.

Anexos

No. Documento Descripción
1 Guía de Gastos Permitidos y no Permitidos
Tenga en cuenta esta guía para las convocatorias de las Líneas de Circulación y Producción con recursos de la Contribución Parafiscal.

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato de Presentación de la Propuesta

(archivo Word o PDF)

 
 
Diligencie el formato en su totalidad. Recuerda que este contenido NO es subsanable
2 Formato de Presupuesto

(archivo Word o PDF)

 
 
Diligencie el formato de presupuesto para esta convocatoria. Recuerde revisar la "Guía de Gastos permitidos y no Permitidos" 
3 Formato de Cronograma

(archivo Word o PDF)

 
 
Recuerde diligenciar el formato de cronograma para esta convocatoria
4 Formato Equipo de Trabajo

(archivo Word o PDF)

 
 
Recuerde diligenciar el Formato de Equipo de Trabajo para esta convocatoria
5 Formato de Declaración Juramentada - Lugar de Residencia

(archivo Word o PDF)

 
 
En caso de no ser posible la expedición del certificado por la entidad responsable, diligencie el Formato.

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 Resolución no 282 del 31 de agosto de 2023

Por intermedio de la convocatoria “Ley de Espectáculos Públicos LEP 2023” para la Orquesta Filarmónica de Bogotá se ordena la apertura de las convocatorias “Beca de circulación Filarmónica por la paz”, “Beca de circulación de ópera Inesperada”, del programa Distrital de Estímulos 2023”.

Listados

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Avisos modificatorios

No hay elementos

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