Convocatoria Publicada
IDARTES

BECA LEP DE CIRCULACIÓN Y PRODUCCIÓN PARA CIRCUITOS Y FESTIVALES DE DANZA EN BOGOTÁ 2023

Ley de espectáculos públicos

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AVISO MODIFICATORIO NO. 01 DE 2023 A LOS TÉRMINOS DE LAS CONVOCATORIAS DE LAS BECAS LEP 2023 DE LA SUBDIRECCIÓN DE LAS ARTES.

09/23

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Acta y listado definición perfiles jurados convocatorias LEP - 2023

09/23

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RESOLUCIÓN 1259 (01 DE SEPTIEMBRE DE 2023 )

09/23

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DOCUMENTOS

Información básica

La Gerencia de Danza desde sus apuestas de fomento realiza por primera vez esta beca con recursos de la LEP- Ley del Espectáculo Público, cuyo objeto es apoyar y fomentar la circulación y producción de puestas en escena y obras de danza a través de festivales, circuitos, encuentros o eventos de danza gestionados o creados desde diferentes géneros y sectores poblacionales de la danza como son la población de bailarines adultos mayores (sesenta años en adelante), el sector de las escuelas de salsa de Bogotá, el sector del ballet de Bogotá, y el sector de la población Queer y LGBTIQ+, de manera que puedan fortalecer circuitos de  circulación para sus propuestas de danza, Se espera poder fortalecer estas iniciativas independientes, que a su vez fortalecen la circulación de la danza a nivel local y distrital.  

Está dirigida a agrupaciones o personas jurídicas de cada uno de los sectores mencionados (salsa, ballet, danza adultos mayores y danza queer) que tengan una experiencia mínima de dos (2) eventos, festivales, encuentros o circuitos de circulación en estos estilos de danzas o enfoques poblacionales, realizados en los últimos cinco (5) años a nivel local en la ciudad de Bogotá. 

Las agrupaciones o personas jurídicas interesadas, deberán diligenciar los formatos 1, 2, 3 y 4: el formato 1 corresponde al formato de presentación de propuesta, el cual debe contener la información y soportes de la trayectoria, la justificación a favor del sector o población a la que se dirige, entre otros aspectos. Los formatos 2, 3 y 4 corresponden a los formatos para la presentación del presupuesto, el cronograma y el equipo de trabajo. Para el presupuesto se debe tener muy presente la tabla de gastos aceptables y no aceptables. 

Esta beca tiene cuatro categorías, a continuación, se relaciona el propósito de cada una:

Categoría 1. Circuito Interlocal de Ballet.  

Se propone fomentar la circulación de mínimo seis puestas en escena y obras de ballet y danza neoclásica de al menos tres localidades diferentes de la ciudad de Bogotá a través de la organización y producción de un circuito interlocal, que tenga una duración de mínimo un día y máximo tres días, y que involucren uno o más escenarios convencionales como salas y teatros, y uno o más espacios no convencionales.            

Categoría 2. Circuito Interlocal de Escuelas de Salsa. 

Tiene como propósito fomentar la circulación de mínimo seis puestas en escena de escuelas de salsa de al menos tres localidades diferentes de la ciudad de Bogotá a través de la organización y producción de un circuito interlocal, que tenga una duración de mínimo un día y máximo tres días, y que involucren uno o más escenarios convencionales como salas y teatros, y uno o más espacios no convencionales.                             

Categoría 3. Festival Interlocal Danza Mayor       

Se propone fomentar la circulación de mínimo seis puestas en escena de danza de la población de personas mayores (60 años en adelante) de al menos tres localidades diferentes de la ciudad de Bogotá a través de la organización y producción de un festival interlocal, que tenga una duración de mínimo un (1) día y máximo (3) tres días, y que involucren uno o más escenarios convencionales como salas y teatros, y uno o más espacios no convencionales.               

Categoría 4. Circuito de Danza Comunidades Queer en Bogotá   

Tiene como finalidad fomentar la circulación de mínimo (6) seis puestas en escena de bailarines y bailarinas Queer y de población LGBTIQ+ de al menos tres localidades diferentes de la ciudad de Bogotá a través de la organización y producción de un circuito interlocal, que tenga una duración de mínimo un día y máximo tres días, y que involucren uno o más escenarios convencionales como salas y teatros, y uno o más espacios no convencionales.    

Nota 1: Para cada una de las cuatro categorías, el proyecto debe incluir desde su diseño los nombres de los colectivos o compañías de danza que involucrará, así como las puestas en escena. En el caso de que las puestas en escena incluyan personas menores de edad, como en los casos de escuelas y academias, es importante que la agrupación o persona jurídica incluya dentro de las acciones de pre-producción de la propuesta, la verificación de los permisos escritos por parte de los acudientes para los menores de edad. La participación de menores será responsabilidad exclusiva de la agrupación o persona jurídica ganadora del estímulo. 

Nota 2: La proyección del festival, evento, encuentro o circuito de circulación en danza debe proyectarse en el cronograma entre Diciembre de 2023 y Marzo de 2024. 

Nota 3: Nota: Para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, la persona jurídica, o el representante legal de la agrupación deberán realizar el registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP. (https://pulepapp.mincultura.gov.co/cuenta/solicitudregistro)

Enfoque(s): Poblacional-diferencial

Línea(s) estratégica(s): Circulación, Producción

Área(s): Danza

Número de estímulos: 4

Total de recursos: $ 320.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

Se otorgarán cuatro (4) estímulos en cuatro categorías de la siguiente manera:

Categoría 1. Circuito Interlocal de Ballet    
Un (1) estímulo de OCHENTA MILLONES DE PESOS ($80´000.000) para el desarrollo de un circuito de mínimo seis puestas en escena de ballet con duración de uno a tres días máximo, que involucre a un mínimo de tres localidades, mínimo en un escenario convencional y en un escenario no convencional. 
           
Categoría 2. Circuito Interlocal de Escuelas de Salsa
Un (1) estímulo de OCHENTA MILLONES DE PESOS ($80´000.000) para el desarrollo de un circuito de mínimo seis puestas en escena de escuelas de salsa con duración de uno a tres días máximo, que involucre a un mínimo de tres localidades, mínimo en un escenario convencional y en un escenario no convencional.     

Categoría 3. Festival Interlocal Danza Mayor 
Un (1) estímulo de OCHENTA MILLONES DE PESOS ($80´000.000) para el desarrollo de un circuito de mínimo seis puestas en escena de danza de personas mayores (60 años en adelante) con duración de uno a tres días máximo, que involucre a un mínimo de tres localidades, mínimo en un escenario convencional y en un escenario no convencional.   
                  
Categoría  4. Circuito de Danza Comunidades Queer en Bogotá       
Un (1) estímulo de OCHENTA MILLONES DE PESOS ($80´000.000) para el desarrollo de un circuito de mínimo seis puestas en escena de danza de danzantes Queer y LGBTIQ+, con duración de uno a tres días máximo, que involucre a un mínimo de tres localidades, mínimo en un escenario convencional y en un escenario no convencional.  

El valor de los estímulos está sujeto a las retenciones de ley.

Categorias:

No. Categoria Descripción
1 Categoría 1. Circuito Interlocal de Ballet.

Propuesta de una agrupación o persona jurídica con una experiencia mínima de dos eventos, festivales, encuentros o circuitos de circulación de ballet realizados en los últimos cinco años a nivel local en la ciudad de Bogotá, para la circulación de mínimo seis puestas en escena y obras de ballet y danza neoclásica de al menos tres localidades diferentes de la ciudad de Bogotá a través de la organización y producción de un circuito interlocal, que tenga una duración de mínimo un día y máximo tres días, y que involucren uno o más escenarios convencionales como salas y teatros, y uno o más espacios no convencionales. 

Se otorga un (1) estímulo económico de OCHENTA MILLONES DE PESOS ($80.000.000).

2 Categoría 2. Circuito Interlocal de Escuelas de Salsa

Propuesta de una agrupación o persona jurídica con una experiencia mínima de dos eventos, festivales, encuentros o circuitos de circulación de salsa realizados en los últimos cinco años a nivel local en la ciudad de Bogotá, la circulación de mínimo seis puestas en escena de escuelas de salsa de al menos tres localidades diferentes de la ciudad de Bogotá a través de la organización y producción de un circuito interlocal, que tenga una duración de mínimo un día y máximo tres días, y que involucren uno o más escenarios convencionales como salas y teatros, y uno o más espacios no convencionales.

Se otorga un (1) estímulo económico de OCHENTA MILLONES DE PESOS ($80.000.000)

3 Categoría 3. Festival Interlocal Danza Mayor

Propuesta de una agrupación o persona jurídica con una experiencia mínima de dos eventos, festivales, encuentros o circuitos de circulación de danza con personas mayores realizados en los últimos cinco años a nivel local en la ciudad de Bogotá, para la circulación de mínimo seis puestas en escena de danza de la población de personas mayores (60 años en adelante) de al menos tres localidades diferentes de la ciudad de Bogotá a través de la organización y producción de un festival interlocal, que tenga una duración de mínimo un día y máximo tres días, y que involucren uno o más escenarios convencionales como salas y teatros, y uno o más espacios no convencionales. 

Se otorga un (1) estímulo económico de OCHENTA MILLONES ($80.000.000).

4 Categoría 4. Circuito de Danza Comunidades Queer en Bogotá

Propuesta de una agrupación o persona jurídica con una experiencia mínima de dos eventos, festivales, encuentros o circuitos de circulación de danza con población de danzantes Queer o LGBTIQ+, realizados en los últimos cinco años a nivel local en la ciudad de Bogotá, para la circulación de mínimo seis puestas en escena de bailarines y bailarinas Queer y de población LGBTIQ+ de al menos tres localidades diferentes de la ciudad de Bogotá a través de la organización y producción de un circuito interlocal, que tenga una duración de mínimo un día y máximo tres días, y que involucren uno o más escenarios convencionales como salas y teatros, y uno o más espacios no convencionales.

Se otorga un (1) estímulo económico de OCHENTA MILLONES ($80.000.000).

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Profesionales en danza y otras artes, educación artística, ciencias humanas, sociales, comunicación social, producción escénica con posgrado. Experiencia en docencia, gestión, creación o dirección en Danza, prácticas culturales de las artes escénicas o procesos de apropiación cultural.

Requisitos del Perfil:

A.El/La jurado debe tener formación universitaria.

B. Posgrado en Danza, Arte Dramático, Artes Escénicas, Educación Artística, Estudios Culturales, Artes Vivas, Ciencias Humanas, Gestión Cultural, o Producción Escénica.

C.Área de conocimiento: Danza, Arte Dramático, Artes Escénicas, Educación Artística, Estudios Culturales, Artes Vivas, Ciencias Humanas, Gestión Cultural, o Producción Escénica.

D.Campos de experiencia o trayectoria: Mínimo ocho (8) años en docencia, gestión, creación o dirección en Danza, prácticas culturales de las artes escénicas y procesos de apropiación cultural.

E. El/La jurado puede residir en Bogotá o fuera de ella.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia:

Mínimo ocho (8) años en docencia, gestión, creación o dirección en Danza, prácticas culturales de las artes escénicas y procesos de apropiación cultural.

Área perfil: Danza

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Programadores, productores o gestores culturales de la danza o las artes escénicas a nivel local, nacional o internacional con posgrado.

Requisitos del Perfil:

A.El/La jurado debe tener formación universitaria.

B.Posgrado en Danza, Arte Dramático, Artes Escénicas, Educación Artística, Estudios Culturales, Artes Vivas, Ciencias Humanas, Gestión Cultural, o Producción Escénica.

C.Área de conocimiento: Danza, Arte Dramático, Artes Escénicas, Educación Artística, Gestión Cultural , Producción Escénica, Comunicación Social, Ciencias Sociales y afines.

D.Campos de experiencia o trayectoria: Cuatro (4) años de experiencia en programación de festivales, encuentros y eventos de danza y/o artes escénicas y/o desarrollo de acciones en la gestión cultural.

E. El/La jurado puede residir en Bogotá o fuera de ella.

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia:

Cuatro (4) años de experiencia en programación de festivales, encuentros y eventos de danza y/o artes escénicas y/o desarrollo de acciones en la gestión cultural.

Área perfil: Danza

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 3

Bailarín, artista escénico, docente o director en Danza o Artes Escénicas con posgrado.

Requisitos del Perfil:

A. El/La jurado debe tener formación universitaria.

B. Posgrado en Danza, Arte Dramático, Artes Escénicas, Educación Artística, Estudios Culturales, Artes Vivas, Ciencias Humanas, Gestión Cultural, o Producción Escénica.

C. Área de Conocimiento:Danza, Arte Dramático, Artes Escénicas, Educación Artística, Estudios Culturales, Artes Vivas, Ciencias Humanas, Gestión Cultural, o Producción Escénica.

D. Campos de experiencia o trayectoria: Experiencia de mínimo diez (10) años como bailarín, artista escénico, docente o director en Danza o Artes Escénicas.

E. El/La jurado puede residir en Bogotá o fuera de ella.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Educación

Campo de experiencia:

Experiencia de mínimo diez (10) años como bailarín, artista escénico, docente o director en Danza o Artes Escénicas.

Área perfil: Danza

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 01/09/2023

Desde la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con tres días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@idartes.gov.co hasta las 17:00:00 horas del último día.

Fecha de apertura 06/09/2023
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Expertos para el Sector Cultura 23/09/2023 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 25/09/2023 17:00:00
Publicación listado de habilitados, rechazados y por subsanar 29/09/2023
Publicación de listado de elegibles 18/10/2023

Una vez finalizado el proceso de evaluación, las propuestas elegibles serán registradas en la plataforma PULEP y se podrán considerar como ganadoras una vez sean aprobadas por parte del Ministerio de Cultura.

Fecha máxima de ejecución 29/03/2024

Tenga en cuenta que para esta fecha el proyecto debe estar ejecutado al 100% y el informe final deberá estar aprobado por parte de la Gerencia de Danza del Instituto Distrital de las Artes -Idartes que realiza acompañamiento a la ejecución de la propuesta.

Justificación

La Ley 1493 de 2011, Ley de Espectáculos públicos “Por la cual se toman medidas para formalizar el sector del espectáculo público de las artes escénicas, se otorgan competencias de inspección, vigilancia y control sobre las sociedades de gestión colectiva y se dictan otras disposiciones”; en su Capítulo II, establece la creación de la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas (recursos LEP), la cual se genera de la boletería de los espectáculos públicos a nivel municipal o distrital y equivale al 10% del valor de las boletas, cuyo costo individual sea igual o superior a 3 UVTS ($127.236 para el año 2023).

Así mismo establece que el Ministerio de Cultura como entidad recaudadora de la contribución se encargará de entregar al municipio o distrito que generó el recaudo, los recursos de la contribución para que sean destinados exclusivamente al sector de las artes escénicas, específicamente en proyectos de infraestructura (construcción, reforzamiento, ampliación, mejoramiento, adecuación, etc., de escenarios de las artes escénicas) y, a partir del año 2021, según lo establecido en la Ley 2070 de 2020 y el Decreto Nacional 639 de 2021, en actividades o proyectos que incentiven la producción y circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas.

Este mismo decreto define las precitadas destinaciones de la contribución parafiscal en esta materia de la siguiente manera:

Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del Sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

Conforme a lo anterior, de acuerdo con lo señalado en el Artículo 3 del Decreto Distrital 321 del 8 de noviembre del 2022, que modifica el Artículo 4 del Decreto 081 de 2019, en lo relacionado con la administración y ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural (recursos LEP) del distrito capital:

“La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) será la entidad encargada de incorporar en su presupuesto de gastos e ingresos, los recursos de la contribución parafiscal cultural del distrito, y actuará como ordenadora del gasto.

También podrán participar de la ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural y, en tal sentido, ser ordenadores de gasto de los recursos de la contribución parafiscal cultural, el Instituto Distrital de las Artes -IDARTES, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño y la Orquesta Filarmónica de Bogotá, previa aprobación del Comité Distrital de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas, y previa suscripción del acto jurídico respectivo con la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte…”

Por su parte, en el Acuerdo 761 de 2020, por el cual se adopta el Plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas para Bogotá D.C. 2020-2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI”, se definió el programa No. 21 denominado "Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural", con el objetivo de superar las barreras culturales, económicas, físicas que dificultan la participación de la ciudadanía en la vida cultural de la ciudad, y obstaculizan la transformación cultural de los ciudadanos para reconocer a los otros, para, a través de procesos y actividades pertinentes y accesibles en las dimensiones de la creación, la formación, la circulación, la investigación y la apropiación, lograr que la ciudadanía incorpore las artes a su vida cotidiana, mediante la práctica y el acceso a la oferta cultural.

Así mismo, el Proyecto de inversión 7600 - Identificación, reconocimiento y valoración de las prácticas artísticas a través del fomento en Bogotá D.C. busca fortalecer los mecanismos de fomento con el fin de cualificar los procesos de participación ciudadana, disponer de los recursos necesarios para la ejecución de las acciones prioritarias en estos espacios priorizando los enfoques diferencial, poblacional, territorial y de género con con criterios de calidad, pertinencia, inclusión, participación y equidad.

En este marco normativo y de política pública, el Idartes a través de la Gerencia de Danza busca con esta beca activar proyectos de circulación y producción con un carácter interlocal que generen un impacto e integración significativa con los territorios. 

El sector de la danza en Bogotá, a través de la participación y comunicación constante que se ha generado con la Gerencia de Danza del Idartes a través del Consejo Distrital de Danza ha expresado que la principal necesidad que tiene el sector, y que es además fundamental para el desarrollo de sus capacidades, es el fomento a la circulación de las puestas en escena con un enfoque interlocal y promotor de los nichos específicos de la danza. Sectores como el ballet y la salsa sustentan que en gran medida su desarrollo y crecimiento está en la posibilidad de circular las puestas en escena de sus escuelas y academias, promoviendo la participación de las y los bailarines desde su infancia y juventud en la circulación. 

En relación con las poblaciones de personas mayores y la población Queer y LGBTIQ+ en la danza, se trata de poblaciones cuya atención están priorizadas en el marco del cumplimiento de sus derechos culturales como se expone a continuación: 

Personas Mayores: La Convención Interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas mayores (15 de junio de 2015), incorporada en el ordenamiento jurídico colombiano mediante la ley 2055 de 2020, plantea en su artículo dos, entre otras, las siguientes definiciones:

-“Envejecimiento activo y saludable”: Proceso por el cual se optimizan las oportunidades de bienestar físico, mental y social, de participar en actividades sociales, económicas, culturales, espirituales y cívicas, y de contar con protección, seguridad y atención, con el objetivo de ampliar la esperanza de vida saludable y la calidad de vida de todos los individuos en la vejez, y permitirles así seguir contribuyendo activamente a sus familias, amigos, comunidades y naciones. El concepto de envejecimiento activo y saludable se aplica tanto a individuos como a grupos de población. 

-“Persona mayor”: Aquella de 60 años o más, salvo que la ley interna determine una edad base menor o mayor, siempre que esta no sea superior a los 65 años. Este concepto incluye, entre otros, el de persona adulta mayor”.

Igualmente, es importante considerar los Objetivos de Desarrollo Sostenible-ODS en relación con la garantía de la inclusión, participación y reconocimiento de los derechos de las personas mayores (derecho 10) y la consecución de ciudades amigables para las personas mayores (objetivo 11). 

De otra parte, en correspondencia con la Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez – PPSEV – en el Distrito Capital 2010- 2025, el Instituto Distrital de las Artes-Idartes, abre a través de la Gerencia de Danza, un espacio con enfoque diferencial que visibiliza los procesos artísticos de la danza mayor, identificando prácticas y posibilidades que han construido las personas mayores en torno a los diferentes géneros y estilos dancísticos, reconociendo y reconociéndose como parte de las manifestaciones culturales de la ciudad.

El objetivo de  la Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez – PPSEV – es “Garantizar la promoción, protección, restablecimiento y ejercicio pleno de los derechos humanos de las personas mayores sin distingo alguno, que permita el desarrollo humano, social, económico, político, cultural y recreativo, promoviendo el envejecimiento activo para que las personas mayores de hoy y del futuro en el Distrito Capital vivan una vejez con dignidad, a partir de la responsabilidad que le compete al Estado y de acuerdo con los lineamientos nacionales e internacionales.

Población Queer y LGBTIQ+:

Históricamente la población LGBTIQ+ que habita entornos urbanos latinoamericanos, se ha visto enfrentada a distintas maneras de vulneración de sus derechos, incluyendo sus derechos culturales. Las prácticas artísticas se han configurado como una herramienta fundamental para accionar diálogos necesarios que por un lado denuncian, interpelan o muestran prácticas, estructuras y/o hegemonías que atentan contra estas personas y por el otro enriquecen, suman y renuevan las escenas culturales en las que se desarrollan.

El "Plan de acción - política pública LGBTI de Bogotá 2021-2032" al describir las problemáticas que aborda dicho documento, señala en su página 55, numeral 4.6 - Derecho a la cultura, la recreación y el deporte, párrafos 4 y 5: En el marco de la política pública el Derecho a la cultura: es entendido como acceso a la producción cultural y como oferta de productos culturales. (...) la producción cultural y las propuestas de transformación social LGBTI están invisibilizadas en los canales de circulación cultural y en los medios de comunicación. (Secretaría Distrital de Planeación, 2008, pág. 19) (Secretaría Distrital de Planeación, 2015, pág. 118).

Objeto

El Instituto Distrital de las Artes a través de la Subdirección de las Artes busca fomentar la circulación y producción de las puestas en escena y obras de danza a través de festivales, circuitos, encuentros o eventos de danza interlocales, dando visibilidad y oportunidad a la población de bailarines adultos mayores (sesenta años en adelante), al sector de las escuelas de salsa de Bogotá, el sector del ballet de Bogotá, y el sector de la población Queer y LGBTIQ+, para contribuir al desarrollo de sus capacidades en la danza y la garantía de sus derechos culturales.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Jurídica

Categoría 1. Circuito Interlocal de Ballet:

Persona jurídica con domicilio en Bogotá, que cuente con una experiencia mínima de dos (2) eventos, festivales, encuentros o circuitos de circulación de ballet realizados en los últimos cinco años a nivel local en la ciudad de Bogotá. 

Categoría 2. Circuito Interlocal de Escuelas de Salsa:

Persona jurídica con domicilio en Bogotá, que cuente con una experiencia mínima de dos (2) eventos, festivales, encuentros o circuitos de circulación de danza con el sector de la salsa realizados en los últimos cinco años a nivel local en la ciudad de Bogotá. 

Categoría 3. Festival Interlocal Danza Mayor:

Persona jurídica con domicilio en Bogotá, que cuente con una experiencia mínima de dos (2) eventos, festivales, encuentros o circuitos de circulación de danza con personas mayores (60 años en adelante) realizados en los últimos cinco años a nivel local en la ciudad de Bogotá. 

Categoría 4. Circuito de Danza Comunidades Queer en Bogotá: 

Persona jurídica con domicilio en Bogotá, que cuente con una experiencia mínima de dos (2) eventos, festivales, encuentros o circuitos de circulación de danza con población Queer y LGBTIQ+, realizados en los últimos cinco años a nivel local en la ciudad de Bogotá. 

Nota: Para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, la persona jurídica, deberá realizar el registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP. (https://pulepapp.mincultura.gov.co/cuenta/solicitudregistro)

Agrupación

Categoría 1. Circuito Interlocal de Ballet: 

Agrupación que cuente con una experiencia mínima de dos eventos, festivales, encuentros o circuitos de circulación de ballet realizados en los últimos cinco (5) años a nivel local en la ciudad de Bogotá. Sus integrantes deben residir en la ciudad de Bogotá.

Categoría 2. Circuito Interlocal de Escuelas de Salsa: 

Agrupación que cuente con una experiencia mínima de dos (2) eventos, festivales, encuentros o circuitos de circulación de danza con el sector de la salsa, realizados en los últimos cinco años a nivel local en la ciudad de Bogotá. Sus integrantes deben residir en la ciudad de Bogotá. 

Categoría 3. Festival Interlocal Danza Mayor:

Agrupación que cuente con una experiencia mínima de dos (2) eventos, festivales, encuentros o circuitos de circulación de danza con personas mayores (60 años en adelante), realizados en los últimos cinco años a nivel local en la ciudad de Bogotá. Sus integrantes deben residir en la ciudad de Bogotá. 

Categoría 4. Circuito de Danza Comunidades Queer en Bogotá:

Agrupación que cuente con una experiencia mínima de dos (2) eventos, festivales, encuentros o circuitos de circulación con población Queer y LGBTIQ+, realizados en los últimos cinco años a nivel local en la ciudad de Bogotá. Sus integrantes deben residir en la ciudad de Bogotá. 

Nota: Para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, el representante legal de la agrupación deberá realizar el registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP. (https://pulepapp.mincultura.gov.co/cuenta/solicitudregistro)

Quiénes no pueden participar

Adicionalmente a las restricciones de participación establecidas en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2023, en esta convocatoria no pueden participar:

  • Las personas jurídicas y sus representantes, ganadores de los apoyos concertados 2023. 
  • Los ganadores (agrupaciones, personas jurídicas y sus representantes legales) de la Beca de Fortalecimiento a Festivales Independientes de Danza 2023 de la Gerencia de Danza del Idartes. 
  • Agrupaciones o personas jurídicas, y sus representantes legales, ganadores y ejecutores de Causas Ciudadanas en el año 2023, con alguno de los sectores o poblaciones de las categorías de esta beca.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante de la agrupación participante

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

pdf
5 MB
2 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

pdf
15 MB
3 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin (Consultar el apartado Formatos).

pdf
15 MB
4 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

pdf
5 MB
5 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

pdf
15 MB
6 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de los integrantes de la Agrupación

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de Cultura de cada uno de los integrantes de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

pdf
15 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA

Descargue el formato para presentación de propuestas publicado en la sección Formatos. Una vez diligencie la totalidad de los ítems solicitados, guárdelo en archivo PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea - SICON. 

Nota 1. De acuerdo con lo establecido en las condiciones generales de participación, en la plataforma de inscripción sólo se aceptarán los documentos técnicos en los formatos aquí solicitados. Por lo tanto, no serán tenidos en cuenta enlaces que reúnan la documentación técnica en plataformas de almacenamiento como Google Drive, Dropbox, Microsoft OneDrive, Mega, WeTransfer, etc.

Nota 2. El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada. Asegúrese de presentar todos los documentos técnicos solicitados.

Nota 3. No incluir los formatos diseñados específicamente para esta convocatoria será una causal de rechazo.

Para cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria comuníquese al correo contactenos@idartes.gov.co, o través de la línea 3795750 Ext. 3700, 3701, 3702, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:30 p.m.

pdf
15 MB
2 DOCUMENTO EN PDF

FORMATO- PRESUPUESTO: Descargue y diligencie en su totalidad el Formato en excel para la presentación del presupuesto, definido para la convocatoria el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. Una vez diligenciado debe guardarse en PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea del Programa Distrital de Estímulos en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

Dado que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución parafiscal de los Espectáculos Públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto, los participantes deberán revisar el concepto del Ministerio de Cultura sobre gastos administrativos no aceptables, los cuales no podrán cargarse a los recursos solicitados al Idartes.

pdf
15 MB
3 DOCUMENTO EN PDF

FORMATO- CRONOGRAMA: Descargue y diligencie en su totalidad el Formato en excel para la presentación del cronograma definido para la convocatoria el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. Una vez diligenciado debe guardarse en PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea del Programa Distrital de Estímulos en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

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FORMATO EQUIPO DE TRABAJO: Descargue y diligencie en su totalidad el Formato en excel para la presentación del equipo de trabajo definido para la convocatoria el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. Una vez diligenciado debe guardarse en PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea del Programa Distrital de Estímulos en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

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Criterios de evaluación

Categoría: Categoría 1. Circuito Interlocal de Ballet.
Ronda: Selección
No. Criterio Puntaje
1

Solidez, coherencia, pertinencia con la población o sector de la categoría, y calidad artística del proyecto presentado de acuerdo a la parrilla de programación.

0 a 25
2

Trayectoria del participante en la organización de festivales, encuentros o muestras de danza en la ciudad de Bogotá, de acuerdo con los soportes aportados y con la población o sector objetivo.

0 a 20
3

Pertinencia y aporte al impacto artístico y población relacionada con la capacidad de autogestión (fomento artístico, circulación, producción, generación de oportunidades, gestión para garantizar el festival, evento, encuentros y circuitos).

0 a 20
4

Viabilidad de ejecución de acuerdo al presupuesto de financiación o co-financiación presentado.

0 a 20
5

Viabilidad de la propuesta de acuerdo al cronograma, estrategia de difusión y público objetivo.

0 a 15

De conformidad, con lo establecido en el ítem Selección de Propuestas Ganadoras, de las Condiciones Generales de Participación, el puntaje mínimo para que una propuesta sea considerada como elegible debe ser igual o superior a 70 puntos ponderados. Las propuestas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de evaluación.

*Que una propuesta obtenga un puntaje asignado de 70 puntos o más, no implica su selección como ganadora.

Categoría: Categoría 2. Circuito Interlocal de Escuelas de Salsa
Ronda: Selección
No. Criterio Puntaje
1

Solidez, coherencia, pertinencia con la población o sector de la categoría, y calidad artística del proyecto presentado de acuerdo a la parrilla de programación.

0 a 25
2

Trayectoria del participante en la organización de festivales, encuentros o muestras de danza en la ciudad de Bogotá, de acuerdo con los soportes aportados y con la población o sector objetivo.

0 a 20
3

Pertinencia y aporte al impacto artístico y población relacionada con la capacidad de autogestión (fomento artístico, circulación, producción, generación de oportunidades, gestión para garantizar el festival, evento, encuentros y circuitos).

0 a 20
4

Viabilidad de ejecución de acuerdo al presupuesto de financiación o co-financiación presentado.

0 a 20
5

Viabilidad de la propuesta de acuerdo al cronograma, estrategia de difusión y público objetivo.

0 a 15

De conformidad, con lo establecido en el ítem Selección de Propuestas Ganadoras, de las Condiciones Generales de Participación, el puntaje mínimo para que una propuesta sea considerada como elegible debe ser igual o superior a 70 puntos ponderados. Las propuestas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de evaluación.

*Que una propuesta obtenga un puntaje asignado de 70 puntos o más, no implica su selección como ganadora.

Categoría: Categoría 3. Festival Interlocal Danza Mayor
Ronda: Selección
No. Criterio Puntaje
1

Solidez, coherencia, pertinencia con la población o sector de la categoría, y calidad artística del proyecto presentado de acuerdo a la parrilla de programación.

0 a 25
2

Trayectoria del participante en la organización de festivales, encuentros o muestras de danza en la ciudad de Bogotá, de acuerdo con los soportes aportados y con la población o sector objetivo.

0 a 20
3

Pertinencia y aporte al impacto artístico y población relacionada con la capacidad de autogestión (fomento artístico, circulación, producción, generación de oportunidades, gestión para garantizar el festival, evento, encuentros y circuitos).

0 a 20
4

Viabilidad de ejecución de acuerdo al presupuesto de financiación o co-financiación presentado.

0 a 20
5

Viabilidad de la propuesta de acuerdo al cronograma, estrategia de difusión y público objetivo

0 a 15

De conformidad, con lo establecido en el ítem Selección de Propuestas Ganadoras, de las Condiciones Generales de Participación, el puntaje mínimo para que una propuesta sea considerada como elegible debe ser igual o superior a 70 puntos ponderados. Las propuestas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de evaluación.

*Que una propuesta obtenga un puntaje asignado de 70 puntos o más, no implica su selección como ganadora.

Categoría: Categoría 4. Circuito de Danza Comunidades Queer en Bogotá
Ronda: Selección
No. Criterio Puntaje
1

Solidez, coherencia, pertinencia con la población o sector de la categoría, y calidad artística del proyecto presentado de acuerdo a la parrilla de programación.

0 a 25
2

Trayectoria del participante en la organización de festivales, encuentros o muestras de danza en la ciudad de Bogotá, de acuerdo con los soportes aportados y con la población o sector objetivo.

0 a 20
3

Pertinencia y aporte al impacto artístico y población relacionada con la capacidad de autogestión (fomento artístico, circulación, producción, generación de oportunidades, gestión para garantizar el festival, evento, encuentros y circuitos).

0 a 20
4

Viabilidad de ejecución de acuerdo al presupuesto de financiación o co-financiación presentado.

0 a 20
5

Viabilidad de la propuesta de acuerdo al cronograma, estrategia de difusión y público objetivo.

0 a 15

De conformidad, con lo establecido en el ítem Selección de Propuestas Ganadoras, de las Condiciones Generales de Participación, el puntaje mínimo para que una propuesta sea considerada como elegible debe ser igual o superior a 70 puntos ponderados. Las propuestas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de evaluación.

*Que una propuesta obtenga un puntaje asignado de 70 puntos o más, no implica su selección como ganadora.

Derechos específicos de los ganadores

  1. Recibir el estímulo en las siguientes condiciones:

1.1. Un primer desembolso, equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor del estímulo, posterior al proceso de notificación de la resolución de ganadores y al cumplimiento de los requisitos y trámites solicitados por el Instituto Distrital de las Artes- Idartes para tal efecto.

  • Nota. Dado el origen de los recursos de la presente convocatoria, para dar trámite al primer desembolso el proyecto beneficiario deberá encontrarse avalado por el Ministerio de Cultura y contar con el número de registro en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP-, asimismo  para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, la persona jurídica, o los representantes legales de la agrupación deberán realizar el registro como productor de las artes escénicas y encontrarse registrados en la plataforma Soy Cultura del Ministerio de Cultura (únicamente para personas naturales y agrupaciones).

1.2. Un segundo desembolso, correspondiente al veinte por ciento (20%) del valor restante del estímulo, previa realización del festival, encuentro, evento circuito de circulación de danza en la categoría ganadora. El segundo desembolso se hará previa certificación de cumplimiento expedida por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes y previa aprobación de un informe final que contenga:

  • Descripción de las actividades realizadas e impacto alcanzado; escrito de mínimo tres (3) cuartillas en el que se dé cuenta de cómo esta experiencia aportó a su ejercicio artístico.
  • Nuevos contactos realizados o conocimiento de plataformas de circulación, reflexión y balance encontradas en la ejecución de la beca.
  • Registro audiovisual (video y fotografía) que dé cuenta del circuito de circulación realizado. Es necesario gestionar un escenario de socialización de la experiencia por parte de los ganadores que permita difundir la información del circuito de circulación a otros agentes del sector de la danza de la ciudad de Bogotá y compartir la experiencia vivida.
  • Un informe cuantitativo que permita reconocer el impacto del proyecto (número de artistas, número de público asistente, número de escenarios y actividades, entre otros).
  • Un informe final de gastos con soportes, que sustenten la inversión de los recursos entregados correspondientes al 100% de los aportes del Idartes.
  • Certificación expedida por parte de los espacios en donde conste que se realizó la actividad.

Nota 1: Los desembolsos se harán previa aprobación por parte del área misional encargada de realizar el seguimiento a la ejecución del estímulo. Dichos desembolsos están sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad. Se les aplicarán las retenciones tributarias a las que haya lugar.

Nota 2: Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC–. Al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el ganador, dependiendo de su calidad tributaria.

     2.Recibir un acompañamiento misional y administrativo por parte de la Gerencia de Danza:

2.1 La Gerencia de Danza del Idartes, a través de las personas que desempeñan roles misionales, acompañarán el proceso de realización de la propuesta orientando temas relacionados con la programación artística y la producción para las propuestas ganadoras. 

2.2 La Gerencia de Danza del Idartes, a través de las personas que realizan apoyos administrativos, acompañarán y harán seguimiento a las acciones y calidad de los soportes administrativos de las propuestas ganadoras. 

Deberes específicos de los ganadores

Además de los deberes contemplados en las Condiciones Generales de Participación, los ganadores deberán acatar los siguientes lineamientos:

  1. Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de ganadores. De acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación, la entidad enviará al ganador un correo electrónico certificado de notificación. El ganador contará con cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha y hora en que accede a la información, para responder manifestando la aceptación o no del estímulo de forma expresa. Si pasados estos cinco (5) días hábiles la entidad no ha recibido la aceptación, se procederá a enviar un nuevo correo electrónico certificado con la siguiente información: i) fecha, ii) fecha del acto que se está notificando iii) autoridad que lo expidió, iv) recursos que legalmente proceden, v) autoridades ante quienes deben interponerse, y vi) plazos respectivos para interponer los recursos. La notificación se considerará realizada al finalizar el día siguiente del envío del segundo correo electrónico. Así mismo, el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado queda en firme a los diez (10) días hábiles de haberse realizado la respectiva notificación vía correo electrónico. 
  2. Ejecutar la propuesta aprobada por el jurado, de acuerdo con las condiciones específicas de la convocatoria, una vez se cuente con la aprobación de las garantías constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, la expedición del Registro Presupuestal y la propuesta se encuentre registrada y aprobada por parte del Ministerio de Cultura en la plataforma PULEP(gestión realizada por la SCRD). Lo anterior implica que se debe dar inicio a la ejecución de la propuesta con una disposición transitoria de recursos propios mientras se realiza el primer desembolso, tal como lo indican las condiciones generales de participación del PDE 2023
  3. Adicional a la documentación solicitada en las Condiciones Generales de Participación, el ganador deberá constituir a favor del Instituto Distrital de las Artes - Idartes Garantía de Responsabilidad Civil Extracontractual por el valor de doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV) con una vigencia igual al periodo de ejecución de la propuesta, o en su defecto la póliza en mención del espacio en el cual se desarrollarán las actividades que hacen parte de la ejecución de la propuesta. 
  4. Presentar a la Gerencia de Danza un (1) informe parcial de acuerdo a la indicación dada por el área  y un (1) informe final con el contenido ya descrito en el punto 1.2, en las fechas especificadas por la entidad.
  5. Presentar una certificación expedida por las salas o equipamientos en los cuales se desarrolló el festival, circuito, evento o encuentro que dé cuenta de la asistencia y debido cumplimiento de la totalidad de las actividades. Esta debe estar firmada y dirigida al participante. 
  6. Realizar el trámite respectivo de permisos y gestionar la coproducción o producción con los escenarios elegidos para la programación. El Idartes no se hará responsable de los trámites de permisos y la solicitud de los mismos ni de contratos ante los escenarios gestionados.
  7. Realizar una socialización de la experiencia en los espacios y tiempos concertados con la Gerencia de Danza. 
  8. Cada ganador deberá cumplir con el desarrollo de la propuesta ganadora, según cronograma o circuito, festival, evento o encuentro de circulación de danza presentado, en los tiempos establecidos para esta convocatoria; en casos de fuerza mayor, en los cuales no sea posible cumplir con el cronograma presentado, el ganador deberá informar oportunamente a la Gerencia de Danza, que podrá aprobar o no los ajustes propuestos.
  9. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, de la Alcaldía de Bogotá y demás que le sean indicados por la entidad  en todas las piezas de comunicación relacionadas con el proyecto.
  10. La parrilla de programación aprobada dentro de la propuesta seleccionada como ganadora no se podrá cambiar en más de un 30%.  Los cambios en la programación presentada deben ser autorizados por la Gerencia de Danza mediante acta suscrita entre las partes.
  11. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios del Idartes donde se ejecutará la propuesta (si aplica), en caso de incumplimiento la entidad procederá al retiro del estímulo.
  12. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la convocatoria   algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la convocatoria, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del estímulo, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.
  13. Si presentó su propuesta como agrupación y requiere solicitar un cambio de integrante,  debe tener en cuenta lo establecido en el ítem Proceso para Ganadores PDE, de las Condiciones Generales de Participación, así como la siguiente información acerca del número de cambios permitidos:  

    No. de integrantes

    No. de Cambios aceptados

                De 3 a 5

                       1

                De 6 a 8

                       2

                De 9 a 11

                       3

                De 12 a 14

                       4

                De 15 a 17

                       5

Anexos

No. Documento Descripción
1 Guía de gastos permitidos y no permitidos
Guía de gastos permitidos y no permitidos

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato de Declaración juramentada del lugar de residencia

(archivo Word o PDF)

 
 
En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar deResidencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin. 
2 Formato de presentación de propuesta

(archivo Word o PDF)

 
 
Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuestas definido para la convocatoria, diligenciando la totalidad de los ítems solicitados. Una vez diligenciado guárdelo en formato PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea - SICON. Además, lea atentamente las condiciones de participación del Programa Distrital de Estímulos 2023, así como, las condiciones específicas de esta convocatoria.
3 Formato de Presupuesto

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato para la presentación del presupuesto para las becas LEP
4 Formato de Cronograma

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato para la presentación del cronograma para las becas LEP
5 Formato de Equipo de trabajo

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato para la presentación del equipo de trabajo para las becas LEP

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 RESOLUCIÓN 1259 (01 DE SEPTIEMBRE DE 2023 )
«Por medio de la cual se da apertura a unas convocatorias “Ley de Espectáculos Públicos LEP 2023” del Programa Distrital de Estímulos 2023 que incluyen acciones contempladas en los proyectos de inversión de la Subdirección de las Artes del Instituto Distrital de las Artes - Idartes» 
2 Acta y listado definición perfiles jurados convocatorias LEP - 2023

En este documento consulte acta y listado definición perfiles jurados convocatorias LEP - 2023

Listados

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Avisos modificatorios

No. Documento Descripción
1 AVISO MODIFICATORIO NO. 01 DE 2023 A LOS TÉRMINOS DE LAS CONVOCATORIAS DE LAS BECAS LEP 2023 DE LA SUBDIRECCIÓN DE LAS ARTES.

AVISO MODIFICATORIO NO. 01 DE 2023 A LOS TÉRMINOS DE LAS CONVOCATORIAS DE LAS BECAS LEP 2023 DE LA SUBDIRECCIÓN DE LAS ARTES.

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