Convocatoria Adjudicada
IDARTES

BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023

Ley de espectáculos públicos

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RESOLUCIÓN 1764 (30 DE NOVIEMBRE DE 2023 )

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ACTA DE RECOMENDACIÓN DE ELEGIBLES BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023.

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LISTADO DE PROPUESTAS ELEGIBLES BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023

10/23

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Resolución No.1500 del 10 de octubre del 2023, Convocatoria BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023

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Acta selección jurados Convocatoria BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023

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Listado definitivo de propuestas habilitadas y rechazadas

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Listado de habilitados, rechazados y documentos por subsanar: BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023

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Listado de participantes inscritos

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AVISO MODIFICATORIO NO. 02 DE 2023 A LOS TÉRMINOS DE LA CONVOCATORIA BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023

09/23

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AVISO MODIFICATORIO NO. 01 DE 2023 A LOS TÉRMINOS DE LA CONVOCATORIA BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023

09/23

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Acta y listado definición perfiles jurados convocatorias LEP-2023

09/23

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RESOLUCIÓN 1250 (31 DE AGOSTO DE 2023 )

09/23

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DOCUMENTOS

Información básica

El Instituto Distrital de las Artes a través de la Subdirección de Formación Artística busca fortalecer las prácticas artísticas, mediante la producción y circulación de obras o contenidos de los espectáculos públicos de las artes escénicas (música, danza, teatro, magia y circo) de artistas comunitarios y colectivos domiciliados en la ciudad de Bogotá. Se apoyará la producción de un (1) evento de mediano formato y un día de duración, denominado Verbenas Escénicas de las culturas en común con las siguientes características:

1) Circulación de artistas u organizaciones de las artes escénicas (teatro, música, danza, magia y circo sin animales) de tres (3) localidades de Bogotá, con la participación de al menos dos (2) agrupaciones o artistas por cada una de las localidades, para un total de mínimo seis (6) agrupaciones por Verbena. 

Estos artistas y organizaciones comunitarias o de base comunitaria son aquellos que desarrollan una acción cultural popular, asociada a un determinado territorio, con carácter permanente y de impacto social, no directamente vinculada al ámbito estatal o al mercado de bienes, productos y servicios culturales (Decreto distrital 019 de 2023, art. 4, numeral 1

2) La verbena deberá realizarse en un espacio convencional o no convencional, ubicado en alguna de las tres localidades participantes en el proyecto. El organizador o beneficiario de esta beca deberá garantizar las condiciones técnicas y logísticas para la realización del evento.

3) Se deberá organizar un evento de baja o media complejidad, según lo establecido en el Decreto 599 de 2013, caso en el cual el organizador o beneficiario de esta beca será responsable de tramitar la autorización respectiva ante la Secretaría Distrital de Gobierno, mediante la plataforma Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital -SUGA (https://www.sire.gov.co/suga), cumpliendo con todos los requisitos allí previstos.  

4) Todos los artistas participantes deberán tener un reconocimiento económico o participación en la Verbena, cada presentación artística deberá tener una duración mínima de 40 minutos en escena.

5) El beneficiario de esta beca deberá contemplar las acciones de divulgación y convocatoria requeridas para vincular a las comunidades de las tres localidades participantes.

Nota: Para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, la persona jurídica, o el representante legal de la agrupación deberán realizar el registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP. (https://pulepapp.mincultura.gov.co/cuenta/solicitudregistro)

Enfoque(s): Territorial

Línea(s) estratégica(s): Circulación, Producción

Área(s): Interdisciplinar / transdisciplinar

Número de estímulos: 3

Total de recursos: $ 270.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

Se otorgarán tres (3) estímulos de NOVENTA MILLONES DE PESOS ($90.000.000) cada uno.

El valor de los recursos está sujeto a las retenciones de ley.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Productor de artes escénicas con experiencia certificada en organización y producción de espectáculos públicos de artes escénicas (teatro, música, danza, magia, circo sin animales)

Requisitos del Perfil:

A.El/La jurado no necesita contar con formación universitaria.

B. Área de conocimiento: Artes escénicas

C.Campos de experiencia o trayectoria: Mínimo cinco (5) años de experiencia en organización y producción de espectáculos públicos de artes escénicas (teatro, música, danza, magia, circo sin animales).

D. El/La jurado debe residir en Bogotá.

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia:

Mínimo cinco (5) años de experiencia en organización y producción de espectáculos públicos de artes escénicas (teatro, música, danza, magia, circo sin animales).

Área perfil: Arte dramático , Danza , Música , Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: null

¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá


Perfil 2

Profesional en gestión cultural o artes escénicas con experiencia certificada en gestión cultural o desarrollo de proyectos de las artes escénicas en los sectores público o privado.

Requisitos del Perfil:

A. El/La jurado debe tener formación universitaria en ciencias sociales, artes o humanidades.

B. Área de conocimiento: Gestión cultural , Artes escénicas.

C.Campos de experiencia o trayectoria: Mínimo cinco (5) años de experiencia en gestión cultural o desarrollo de proyectos de las artes escénicas en los sectores público o privado.

D. El/La jurado debe residir en Bogotá.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia:

Mínimo cinco (5) años de experiencia en gestión cultural o desarrollo de proyectos de las artes escénicas en los sectores público o privado.

Área perfil: Arte dramático , Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá


Perfil 3

Profesional en gestion cultural o artística con experiencia certificada en gestión cultural o desarrollo de proyectos artísticos en espacios comunitarios.

Requisitos del Perfil:

A. El/La jurado debe tener formación universitaria en ciencias sociales, artes o humanidades.

B. Área de Conocimiento:Gestión cultural , Artes.

C. Campos de experiencia o trayectoria:Mínimo cinco (5) años de experiencia en gestión cultural o desarrollo de proyectos artísticos en espacios comunitarios.

D. El/La jurado debe residir en Bogotá.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia:

Mínimo cinco (5) años de experiencia en gestión cultural o desarrollo de proyectos artísticos en espacios comunitarios.

Área perfil: Arte dramático , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 01/09/2023

Desde la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con tres días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@idartes.gov.co hasta las 17:00:00 horas del último día.

Fecha de apertura 06/09/2023
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 22/09/2023 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 25/09/2023 17:00:00
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 29/09/2023
Publicación de listado de elegibles 18/10/2023

Una vez finalizado el proceso de evaluación, las propuestas elegibles serán registradas en la plataforma PULEP y se podrán considerar como ganadoras una vez sean aprobadas por parte del Ministerio de Cultura.

Fecha máxima de ejecución 28/02/2024

Tenga en cuenta que para esta fecha el proyecto debe estar ejecutado al 100% y el informe final deberá estar aprobado por parte de la Subdirección de Formación Artística del Instituto Distrital de las Artes - Idartes que realiza acompañamiento a la ejecución de la propuesta.

Justificación

La Ley 1493 de 2011, Ley de Espectáculos públicos “Por la cual se toman medidas para formalizar el sector del espectáculo público de las artes escénicas, se otorgan competencias de inspección, vigilancia y control sobre las sociedades de gestión colectiva y se dictan otras disposiciones”; en su Capítulo II, establece la creación de la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas (recursos LEP), la cual se genera de la boletería de los espectáculos públicos a nivel municipal o distrital y equivale al 10% del valor de las boletas, cuyo costo individual sea igual o superior a 3 UVTS ($127.236 para el año 2023).

Así mismo establece que el Ministerio de Cultura como entidad recaudadora de la contribución se encargará de entregar al municipio o distrito que generó el recaudo, los recursos de la contribución para que sean destinados exclusivamente al sector de las artes escénicas, específicamente en proyectos de infraestructura (construcción, reforzamiento, ampliación, mejoramiento, adecuación, etc., de escenarios de las artes escénicas) y, a partir del año 2021, según lo establecido en la Ley 2070 de 2020 y el Decreto Nacional 639 de 2021 , en actividades o proyectos que incentiven la producción y circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas. 

Este mismo decreto define las precitadas destinaciones de la contribución parafiscal en esta materia de la siguiente manera:

Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del Sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

Conforme a lo anterior, de acuerdo con lo señalado en el Artículo 3 del Decreto Distrital 321 del 8 de noviembre del 2022, que modifica el Artículo 4 del Decreto 081 de 2019, en lo relacionado con la administración y ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural (recursos LEP) del distrito capital:

“La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) será la entidad encargada de incorporar en su presupuesto de gastos e ingresos, los recursos de la contribución parafiscal cultural del distrito, y actuará como ordenadora del gasto.

También podrán participar de la ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural y, en tal sentido, ser ordenadores de gasto de los recursos de la contribución parafiscal cultural, el Instituto Distrital de las Artes -IDARTES, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño y la Orquesta Filarmónica de Bogotá, previa aprobación del Comité Distrital de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas, y previa suscripción del acto jurídico respectivo con la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte…”

Por su parte, en el Acuerdo 761 de 2020, por el cual se adopta el Plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas para Bogotá D.C. 2020-2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI”, se definió el programa No. 21 denominado "Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural", con el objetivo de superar las barreras culturales, económicas, físicas que dificultan la participación de la ciudadanía en la vida cultural de la ciudad, y obstaculizan la transformación cultural de los ciudadanos para reconocer a los otros, para, a través de procesos y actividades pertinentes y accesibles en las dimensiones de la creación, la formación, la circulación, la investigación y la apropiación, lograr que la ciudadanía incorpore las artes a su vida cotidiana, mediante la práctica y el acceso a la oferta cultural.

Así mismo, el proyecto de inversión 7909 - Fortalecimiento de las culturas y procesos comunitarios artísticos en los territorios de Bogotá D.C. busca fomentar procesos de formación, creación, apropiación, circulación e investigación del arte y la cultura, con y para la ciudadanía en espacios territoriales de participación y concertación, promoviendo los derechos culturales y la asociatividad.

En este marco normativo y de política pública, el Idartes a través de la Subdirección de Formación Artística mediante el programa Culturas en Común, busca la visibilización, el reconocimiento, la promoción y la apropiación de los derechos culturales, a través del fortalecimiento de los procesos socio - culturales y comunitarios que utilizan el arte como mediador para la transformación social desde los diversos territorios de la ciudad de Bogotá. El componente de Gestión Artística del programa busca incrementar la oferta artística y cultural en los territorios, así como su apropiación por parte de la comunidad, mediante procesos participativos de creación, cocreación y circulación con enfoque poblacional - diferencial.  Es así como esta nueva beca promueve la circulación escénica y la asociatividad de artistas y colectivos de base comunitaria, de modo que se fortalezca el tejido social de los territorios, para la consolidación de procesos artísticos y culturales locales. 

Objeto

El Instituto Distrital de las Artes a través de la Subdirección de Formación Artística busca  fortalecer las prácticas artísticas mediante la producción y circulación de obras o contenidos de los espectáculos públicos de las artes escénicas (música, danza, teatro, magia y circo) de artistas comunitarios y colectivos domiciliados en la ciudad de Bogotá. Esta beca busca, además, promover la asociatividad y el fortalecimiento del tejido comunitario entre las organizaciones y colectivos de las distintas localidades del Distrito Capital.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Agrupación

Agrupaciones conformadas únicamente por personas naturales, integradas por colombianos(as) o extranjeros(as), mayores de 18 años, que residan en Bogotá.

Las agrupaciones deben acreditar una experiencia de mínimo tres (3) años en la circulación y producción de obras escénicas.

Nota: Para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, el representante legal de la agrupación deberá realizar el registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP. (https://pulepapp.mincultura.gov.co/cuenta/solicitudregistro

Persona Jurídica

Entidades con o sin ánimo de lucro, con domicilio en Bogotá que acrediten una experiencia de mínimo de dos (2) años en la circulación y producción de obras escénicas.

Nota: Para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, la persona jurídica, deberá realizar el registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP. (https://pulepapp.mincultura.gov.co/cuenta/solicitudregistro)

Quiénes no pueden participar

Adicionalmente a las restricciones de participación establecidas en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2023, en esta convocatoria no pueden participar.

  • Personas naturales.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante de la agrupación participante

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

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5 MB
2 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

pdf
15 MB
3 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin (Consultar el apartado Formatos).

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15 MB
4 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

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5 MB
5 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

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10 MB
6 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de los integrantes de la Agrupación

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de Cultura de cada uno de los integrantes de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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15 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA

Descargue el formato para presentación de propuestas publicado en la sección Formatos. Una vez diligencie la totalidad de los ítems solicitados, guárdelo en archivo PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea - SICON. 

Nota 1. De acuerdo con lo establecido en las condiciones generales de participación, en la plataforma de inscripción sólo se aceptarán los documentos técnicos en los formatos aquí solicitados. Por lo tanto, no serán tenidos en cuenta enlaces que reúnan la documentación técnica en plataformas de almacenamiento como Google Drive, Dropbox, Microsoft OneDrive, Mega, WeTransfer, etc.

Nota 2. El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada. Asegúrese de presentar todos los documentos técnicos solicitados.

Nota 3. No incluir los formatos diseñados específicamente para esta convocatoria será una causal de rechazo.

Para cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria comuníquese al correo contactenos@idartes.gov.co, o través de la línea 3795750 Ext. 3700, 3701, 3702, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:30 p.m.

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15 MB
2 DOCUMENTO EN PDF

FORMATO- PRESUPUESTO: Descargue y diligencie en su totalidad el Formato en excel para la presentación del presupuesto, definido para la convocatoria el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. Una vez diligenciado debe guardarse en PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea del Programa Distrital de Estímulos en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

Dado que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución parafiscal de los Espectáculos Públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto, los participantes deberán revisar el concepto del Ministerio de Cultura sobre gastos administrativos no aceptables, los cuales no podrán cargarse a los recursos solicitados al Idartes.

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15 MB
3 DOCUMENTO EN PDF

FORMATO- CRONOGRAMA: Descargue y diligencie en su totalidad el Formato en excel para la presentación del cronograma definido para la convocatoria el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. Una vez diligenciado debe guardarse en PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea del Programa Distrital de Estímulos en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

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15 MB
4 SOPORTES

FORMATO EQUIPO DE TRABAJO: Descargue y diligencie en su totalidad el Formato en excel para la presentación del equipo de trabajo definido para la convocatoria el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. Una vez diligenciado debe guardarse en PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea del Programa Distrital de Estímulos en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

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15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: Selección
No. Criterio Puntaje
1

Viabilidad y factibilidad del proyecto, justificación, cronograma,  presupuesto y equipo de trabajo.

0 a 30
2

Trayectoria del (los) proponente (s) debidamente soportada en actividades de producción o circulación de espectáculos públicos en artes escénicas con enfoque comunitario.

0 a 25
3

Aportes de la propuesta en la construcción de redes y trabajo colaborativo en artes escénicas entre procesos comunitarios de diferentes localidades de la ciudad de Bogotá, teniendo en cuenta diferentes enfoques como: poblacional, etario, de interculturalidad, interdisciplinario, entre otros.

0 a 25
4

Estrategia de participación, vinculación y relacionamiento con las comunidades, asistentes o públicos a movilizar.

0 a 20

De conformidad, con lo establecido en el ítem Selección de Propuestas Ganadoras, de las Condiciones Generales de Participación, el puntaje mínimo para que una propuesta sea considerada como elegible debe ser igual o superior a 70 puntos ponderados. Las propuestas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de evaluación.

*Que una propuesta obtenga un puntaje asignado de 70 puntos o más, no implica su selección como ganadora.

Derechos específicos de las y los ganadores

Adicionalmente a lo establecido en el apartado de derechos de los ganadores de las Condiciones Generales de Participación del PDE 2023, los ganadores de esta convocatoria tienen derecho a:

1. Recibir el estímulo en las siguientes condiciones:

1.1. Un primer desembolso equivalente al noventa por ciento (90%) del valor total del estímulo económico, posterior al proceso de notificación de la resolución de ganadores y al cumplimiento de los requisitos y trámites solicitados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes para tal efecto.

  • Nota. Dado el origen de los recursos de la presente convocatoria, para dar trámite al primer desembolso el proyecto beneficiario deberá encontrarse avalado por el Ministerio de Cultura y contar con el número de registro en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP-, asimismo  para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, la persona jurídica, o los representantes legales de la agrupación deberán realizar el registro como productor de las artes escénicas y encontrarse registrados en la plataforma Soy Cultura del Ministerio de Cultura (únicamente para personas naturales y agrupaciones). 

1.2. Un segundo desembolso equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del estímulo económico, previa entrega de informe final de actividades, que incluyan todos los requisitos legales requeridos por el Idartes (pago de derechos de autor y conexos, autorización del evento por parte de secretaría de Gobierno, entre otros), registro fotográfico o audiovisual del evento, constancia de participación de los artistas y sus respectivos pagos.

Nota 2: Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC–. Al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el ganador, dependiendo de su calidad tributaria.

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los deberes contemplados en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2023, los ganadores deberán acatar los siguientes lineamientos:

  1. Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de ganadores. De acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación, la entidad enviará al ganador un correo electrónico certificado de notificación. El ganador contará con cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha y hora en que accede a la información, para responder manifestando la aceptación o no del estímulo de forma expresa. Si pasados estos cinco (5) días hábiles la entidad no ha recibido la aceptación, se procederá a enviar un nuevo correo electrónico certificado con la siguiente información: i) fecha, ii) fecha del acto que se está notificando iii) autoridad que lo expidió, iv) recursos que legalmente proceden, v) autoridades ante quienes deben interponerse, y vi) plazos respectivos para interponer los recursos. La notificación se considerará realizada al finalizar el día siguiente del envío del segundo correo electrónico. Así mismo, el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado queda en firme a los diez (10) días hábiles de haberse realizado la respectiva notificación vía correo electrónico.
  2. Adicional a la documentación solicitada en de las Condiciones Generales de Participación, el ganador deberá constituir a favor del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, Garantía de Responsabilidad Civil Extracontractual por el valor de doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV) con una vigencia igual al periodo de ejecución de la propuesta, o en su defecto aportar la póliza en mención del espacio o escenario gestionado en el cual se desarrollarán la socialización.
  3. Ejecutar la propuesta aprobada por el jurado, de acuerdo con las condiciones específicas de la convocatoria, una vez se cuente con la aprobación de la garantía constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, la expedición del Registro Presupuestal y la propuesta se encuentre registrada y aprobada por parte del Ministerio de Cultura en la plataforma PULEP(gestión realizada por la SCRD). Lo anterior implica que se debe dar inicio a la ejecución de la propuesta con una disposición transitoria de recursos propios mientras se realiza el primer desembolso, tal como lo indican las condiciones generales de participación del PDE 2023
  4. Para la entrega del primer desembolso equivalente al noventa por ciento (90%) del valor total del estímulo económico, el ganador deberá hacer la entrega de:
  • Ajustes a la propuesta de acuerdo a las observaciones hechas por los jurados, así como las que formule la Subdirección de Formación Artística del Idartes, para lo cual el ganador deberá entregar el plan de mejora y la documentación subsanada correspondiente, si aplica.
  • Documento que dé cuenta del estado de la preproducción o avance de la gestión, que incluya el cronograma definitivo según plan de ejecución del estímulo.
  • Parrilla de programación que incluya el detalle en horarios finales de las Verbenas escénicas.

5. Asistir y participar de forma activa de las acciones en el marco de la ejecución, así como cumplir con las reuniones y actividades programadas por el Instituto Distrital de las Artes -IDARTES para el desarrollo, seguimiento, divulgación y finalización del proyecto.

6. Gestionar los escenarios y la producción técnica, escénica y logística necesaria para el desarrollo de su propuesta.

7. Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución del estímulo, en caso de ser requeridos, acatando las disposiciones legales vigentes, en general y específicamente relacionadas con la autorización del evento, en el marco del decreto 599 de 2013.

8. Gestionar los derechos de las imágenes, archivos sonoros, entre otras obras preexistentes utilizadas.

9. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, de la Alcaldía de Bogotá y demás que le sean indicados por la entidad en todas las piezas de comunicación relacionadas con el proyecto.

10. En caso de requerir algún cambio de las agrupaciones o artistas programados, deberá garantizarse que los nuevos cuenten con la idoneidad y las condiciones aprobadas dentro de la propuesta seleccionada como ganadora.  Estos cambios deberán ser autorizados por la Subdirección de Formación Artística mediante acta suscrita entre las partes.

11. Garantizar la debida remuneración a los artistas participantes en la “Verbena escénica de las culturas en común”, conforme al presupuesto presentado.

12. Participar en los siguientes dos talleres, en las fechas y horarios que defina la Subdirección de Formación Artística del Idartes: 1. Trámite de autorización de eventos de artes escénicas en el marco del SUGA (decreto 599 de 2013).  2. Producción técnica y logística de espectáculos públicos de las artes escénicas.

13. Entregar el informe final antes de la fecha máxima de ejecución de esta convocatoria para el segundo desembolso, equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del estímulo económico. El ganador deberá entregar:

  • Informe de ejecución de actividades y reporte de gastos según los requerimientos, indicaciones y formatos suministrados por la Subdirección de Formación Artística del Idartes.
  • Escrito reflexivo del proceso de circulación donde incluya la experiencia en la(s) localidad(es), proceso de gestión, implementación de la estrategia de comunicación utilizada, observaciones, sugerencias y demás resultados del desarrollo de la beca.
  • Registro fotográfico de buena calidad de las funciones realizadas. En este registro se debe evidenciar las obras o espectáculos, el espacio, escenario o lugar de la presentación y el público asistente en cada una de las verbenas.
  • Video memoria del festival, resultado final de la beca de mínimo 15 minutos en Alta Calidad.

14. Entregar una memoria social y/o sistematización de la experiencia, bien sea en texto en formato PDF o audiovisual que dé cuenta del proceso realizado y de los aprendizajes producto de la ejecución del proyecto.

15. Autorizar a la entidad correspondiente el uso del material desarrollado en la propuesta con fines de promoción, circulación y difusión del arte, la cultura y el patrimonio. Esta autorización no implica enajenación, cesión o traspaso de los derechos morales y patrimoniales de la creación.

16. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios del Idartes donde se ejecutará la propuesta (si aplica), en caso de incumplimiento la entidad procederá al retiro del estímulo.

17. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la convocatoria algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la convocatoria, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del estímulo, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.

18. Si presentó su propuesta como agrupación y requiere solicitar un cambio de integrante, debe tener en cuenta lo establecido en el ítem Proceso para Ganadores PDE, de las Condiciones Generales de Participación, así como la siguiente información acerca del número de cambios permitidos: 

No. de integrantes

No. de Cambios aceptados

De 3 a 5

                  1

De 6 a 8

                  2

De 9 a 11

                  3

De 12 a 14

                  4

De 15 a 17

                  5

Anexos

No. Documento Descripción
1 Guía de gastos permitidos y no permitidos
Guía de gastos permitidos y no permitidos

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato de Declaración juramentada del lugar de residencia

(archivo Word o PDF)

 
 
En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar deResidencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin.
2 Formato de presentación de propuesta

(archivo Word o PDF)

 
 
Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuestas definido para la convocatoria, diligenciando la totalidad de los ítems solicitados. Una vez diligenciado guárdelo en formato PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea - SICON. Además, lea atentamente las condiciones de participación del Programa Distrital de Estímulos 2023, así como, las condiciones específicas de esta convocatoria.
3 Formato de Presupuesto

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato para la presentación del presupuesto para las becas LEP
4 Formato de Cronograma

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato para la presentación del cronograma para las becas LEP
5 Formato de Equipo de trabajo

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato para la presentación del equipo de trabajo para las becas LEP

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 RESOLUCIÓN 1250 (31 DE AGOSTO DE 2023 )

«Por medio de la cual se da apertura a la BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023 del Programa Distrital de Estímulos que incluye

acciones contempladas en los proyectos de inversión de la Subdirección de

Formación Artística»

2 Acta y listado definición perfiles jurados convocatorias LEP-2023

En este documento consulte acta y listado definición perfiles jurados convocatorias LEP-2023

3 Acta selección jurados Convocatoria BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023

Se publica acta por medio de la cual fueron seleccionados los jurados que evaluarán las propuestas de la Convocatoria BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023

4 Resolución No.1500 del 10 de octubre del 2023, Convocatoria BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023

Se publica Resolución No.1500 del 10 de octubre del 2023,  “«Por medio de la cual se acoge el acta de selección del comité que designa a losjurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023.” 

5 ACTA DE RECOMENDACIÓN DE ELEGIBLES BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023.

ACTA DE RECOMENDACIÓN DE ELEGIBLES BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023.


6 RESOLUCIÓN 1764 (30 DE NOVIEMBRE DE 2023 )

«Por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado para seleccionar las propuestas de la convocatoria BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023, se disponen los desembolsos de los estímulos económicos a los ganadores y se precisan unas disposiciones»

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos
Listado de participantes inscritos, BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023
2 Listado de habilitados, rechazados y documentos por subsanar: BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023
Listado de habilitados, rechazados y documentos por subsanar: BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023
3 Listado definitivo de propuestas habilitadas y rechazadas
Listado definitivo de propuestas habilitadas y rechazadas: BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023 
4 LISTADO DE PROPUESTAS ELEGIBLES BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023
LISTADO DE PROPUESTAS ELEGIBLES BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023.

Avisos modificatorios

No. Documento Descripción
1 AVISO MODIFICATORIO NO. 02 DE 2023 A LOS TÉRMINOS DE LA CONVOCATORIA BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023

AVISO MODIFICATORIO NO. 02 DE 2023 A LOS TÉRMINOS DE LA CONVOCATORIA BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023.

2 AVISO MODIFICATORIO NO. 01 DE 2023 A LOS TÉRMINOS DE LA CONVOCATORIA BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023

AVISO MODIFICATORIO NO. 01 DE 2023 A LOS TÉRMINOS DE LA CONVOCATORIA BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023

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