Convocatoria Adjudicada
IDARTES

BECA LEP OBRAS DE REPERTORIO TEATRAL - BOGOTÁ CIUDAD ESCENARIO 2023

Ley de espectáculos públicos

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¡IMPORTANTE!

REVISA AQUÍ AVISOS, LISTADOS Y RESOLUCIONES

Resolución No. 1774 del 1 de Diciembre de 2023

12/23

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ACTA DE RECOMENDACIÓN DE ELEGIBLES. BECA LEP OBRAS DE REPERTORIO TEATRAL - BOGOTÁ CIUDAD ESCENARIO 2023

10/23

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LISTADO DE ELEGIBLES BECA LEP OBRAS DE REPERTORIO TEATRAL – BOGOTÁ CIUDAD ESCENARIO 2023

10/23

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Resolución No.1476 del 09 de octubre del 2023,BECA LEP OBRAS DE REPERTORIO TEATRAL - BOGOTÁ CIUDAD ESCENARIO 2023

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Acta selección jurados Convocatoria BECA LEP OBRAS DE REPERTORIO TEATRAL - BOGOTÁ CIUDAD ESCENARIO 2023

10/23

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Listado definitivo de propuestas habilitadas y rechazadas

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Listado de habilitados, rechazados y documentos por subsanar

09/23

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Listado de participantes inscritos

09/23

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AVISO MODIFICATORIO NO. 01 DE 2023 A LOS TÉRMINOS DE LAS CONVOCATORIAS DE LAS BECAS LEP 2023 DE LA SUBDIRECCIÓN DE LAS ARTES.

09/23

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Acta y listado definición perfiles jurados convocatorias LEP 2023

09/23

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RESOLUCIÓN No 1259 DEL 1 DE SEPTIEMBRE DE 2023

09/23

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DOCUMENTOS

Información básica

El instituto Distrital de Las Artes a través  de La Gerencia de Arte Dramático a través del Plan Bogotá Teatral y Circense invita a los colectivos o agrupaciones teatrales de mínimo ocho (8) años de trayectoria a presentar dos (2)  obras de su repertorio para la  realización de tres (3) funciones de cada una de ellas, en diferentes  salas o espacios para la circulación de obras teatrales, permitiendo que distintos escenarios y espacios reciban parte de la oferta teatral de Bogotá, y que los espectadores tengan la oportunidad de disfrutar de una variedad de propuestas artísticas de calidad.

Esta es una nueva oportunidad para que las agrupaciones teatrales de Bogotá circulen dos (2) de sus producciones artísticas con la realización de seis (6) funciones en total, distribuidas en tres (3)  funciones  de cada una de las obras seleccionadas. El participante deberá gestionar los espacios que harán parte del circuito y garantizar las funciones, su viabilidad técnica, producción y logística, así como los permisos y condiciones de seguridad requeridas para la realización de los espectáculos a presentar.

Esta nueva beca entrega recursos por NOVENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($90.000.000) divididos en dos (2) estímulos de CUARENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE ($45.000.000) cada uno,. La fecha de ejecución será hasta marzo de 2024.

Enfoque(s): Sin Enfoque

Línea(s) estratégica(s): Circulación, Producción

Área(s): Arte dramático

Número de estímulos: 2

Total de recursos: $ 90.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

Se otorgarán dos (2) estímulos económicos de CUARENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($45.000.000) cada uno.    

El valor de los recursos está sujeto a las retenciones de ley

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Profesionales en Arte Dramático o Artes Escénicas con trayectoria en dirección, actuación, programación, producción teatral o docencia, gestión cultural para espectáculos de teatro con experiencia como evaluador o jurado. 

Requisitos del Perfil:
A.El/La jurado debe tener formación universitaria en Arte Dramático o Artes Escénicas.
B.Área de conocimiento: Área de conocimiento:  Arte Dramatico, Gestión Cultural.
C.Campos de experiencia o trayectoria: Mínimo diez (10) años de experiencia en procesos de creación, investigación, docencia, producción, programación o gestión cultural para espectáculos de teatro.
D. El/La jurado debe residir en Bogotá .

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia:

Mínimo diez (10) años de experiencia en procesos de creación, investigación, docencia, producción, programación o gestión cultural para espectáculos de teatro.

Área perfil: Arte dramático

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: null

¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá


Perfil 2

Gestores, directores, actores o productores teatrales que cuenten con trayectoria mínima de quince (15) años en creación o puesta en escena de obras teatrales a nivel profesional. 

Requisitos del Perfil:
A.El/La jurado no necesita contar con formación universitaria.
B.Área de conocimiento:  Arte Dramático, Gestión Cultural .
C.Campos de experiencia o trayectoria: Quince (15) años de experiencia.
D. El/La jurado debe residir en Bogotá .

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia:

Quince (15) años de experiencia.

Área perfil: Arte dramático

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: null

¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 01/09/2023

Desde la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con tres días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@idartes.gov.co hasta las 17:00:00 horas del último día

Fecha de apertura 06/09/2023
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 22/09/2023 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 25/09/2023 17:00:00
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 29/09/2023
Publicación de listado de elegibles 18/10/2023

Una vez finalizado el proceso de evaluación, las propuestas elegibles serán registradas en la plataforma PULEP y se podrán considerar como ganadoras una vez sean aprobadas por parte del Ministerio de Cultura.

Fecha máxima de ejecución 29/03/2024

Tenga en cuenta que para esta fecha el proyecto debe estar ejecutado al 100% y el informe final deberá estar aprobado por parte de la Subdirección de Las Artes del Instituto Distrital de las Artes - Idartes que realiza acompañamiento a la ejecución de la propuesta.

Justificación

La Ley 1493 de 2011, Ley de Espectáculos públicos “Por la cual se toman medidas para formalizar el sector del espectáculo público de las artes escénicas, se otorgan competencias de inspección, vigilancia y control sobre las sociedades de gestión colectiva y se dictan otras disposiciones”; en su Capítulo II, establece la creación de la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas (recursos LEP), la cual se genera de la boletería de los espectáculos públicos a nivel municipal o distrital y equivale al 10% del valor de las boletas, cuyo costo individual sea igual o superior a 3 UVTS ($127.236 para el año 2023).

Así mismo establece que el Ministerio de Cultura como entidad recaudadora de la contribución se encargará de entregar al municipio o distrito que generó el recaudo, los recursos de la contribución para que sean destinados exclusivamente al sector de las artes escénicas, específicamente en proyectos de infraestructura (construcción, reforzamiento, ampliación, mejoramiento, adecuación, etc., de escenarios de las artes escénicas) y, a partir del año 2021, según lo establecido en la Ley 2070 de 2020 y el Decreto Nacional 639 de 2021 , en actividades o proyectos que incentiven la producción y circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas.

Este mismo decreto define las precitadas destinaciones de la contribución parafiscal en esta materia de la siguiente manera:

Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del Sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

Conforme a lo anterior, de acuerdo con lo señalado en el Artículo 3 del Decreto Distrital 321 del 8 de noviembre del 2022, que modifica el Artículo 4 del Decreto 081 de 2019, en lo relacionado con la  administración y ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural (recursos LEP) del distrito capital:

La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) será la entidad encargada de incorporar en su presupuesto de gastos e ingresos, los recursos de la contribución parafiscal cultural del distrito, y actuará como ordenadora del gasto.

También podrán participar de la ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural y, en tal sentido, ser ordenadores de gasto de los recursos de la contribución parafiscal cultural, el Instituto Distrital de las Artes -IDARTES, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño y la Orquesta Filarmónica de Bogotá, previa aprobación del Comité Distrital de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas, y previa suscripción del acto jurídico respectivo con la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte…

Por su parte, en el Acuerdo 761 de 2020, por el cual se adopta el Plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas para Bogotá D.C. 2020-2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI”, se definió el programa No. 21 denominado "Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural", con el objetivo de superar las barreras culturales, económicas, físicas que dificultan la participación de la ciudadanía en la vida cultural de la ciudad, y obstaculizan la transformación cultural de los ciudadanos para reconocer a los otros, para, a través de procesos y actividades pertinentes y accesibles en las dimensiones de la creación, la formación, la circulación, la investigación y la apropiación, lograr que la ciudadanía incorpore las artes a su vida cotidiana, mediante la práctica y el acceso a la oferta cultural.

Así mismo, el Proyecto de inversión 7600 - Identificación, reconocimiento y valoración de las prácticas artísticas a través del fomento en Bogotá D.C. busca fortalecer los mecanismos de fomento con el fin de cualificar los procesos de participación ciudadana, disponer de los recursos necesarios para la ejecución de las acciones prioritarias en estos espacios priorizando los enfoques diferencial, poblacional, territorial y de género con con criterios de calidad, pertinencia, inclusión, participación y equidad.

En este marco normativo y de política pública, y con el fin de impulsar el crecimiento de la oferta artística cultural en la ciudad, el Idartes a través de la Gerencia de Arte Dramático brinda a las agrupaciones teatrales de mínimo ocho (8) años de trayectoria, una nueva posibilidad para  ampliar su audiencia y llegar a nuevos públicos en diversos espacios, salas, teatros y territorios de la ciudad, posibilitando que una mayor cantidad de personas tengan la oportunidad de disfrutar de obras de teatro de calidad en cualquiera de las disciplinas, géneros, modalidades o especialidades, permitiendo así la descentralización de la oferta cultural y la democratización del acceso a la cultura con el fin de fortalecer la dimensión de circulación, en desarrollo del plan Bogotá Teatral y Circense en la línea Ciudad Escenario.

Objeto

Apoyar las propuestas de circulación de agrupaciones teatrales que contribuyan al fortalecimiento de los procesos artísticos en cualquiera de las disciplinas, géneros, modalidades o especialidades del teatro realizado en salas o espacios escénicos, permitiendo que los distintos escenarios y espacios de ciudad reciban parte de la oferta artística como aporte fundamental para el fomento y la difusión de la cultura teatral en Bogotá

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Jurídica

Entidades con o sin ánimo de lucro, con domicilio en Bogotá cuya trayectoria artística sea de mínimo 8 años.

 

Nota: Para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, la persona jurídica, deberá realizar el registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP.                                                                   ( https://pulepapp.mincultura.gov.co/cuenta/solicitudregistro )

Agrupación

Agrupaciones conformadas y representadas únicamente por personas naturales, integradas por colombianos(as) o extranjeros(as), mayores de 18 años, con domicilio principal en Bogotá, cuya trayectoria artística sea de mínimo 8 años.

 

Nota: Para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, el representante de la agrupación, deberá realizar el registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP.                                                                  (https://pulepapp.mincultura.gov.co/cuenta/solicitudregistro )

Quiénes no pueden participar

Adicionalmente a las restricciones de participación establecidas en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2023, en esta convocatoria no pueden participar:

  1. Personas naturales.
  2. Obras seleccionadas como ganadoras en las convocatorias:
  • BECA BOGOTÁ TEATRAL Y CIRCENSE - CIRCULACIÓN NACIONAL 2023
  • BECA DE CIRCULACIÓN DISTRITAL BOGOTÁ, CIUDAD ESCENARIO 2023

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante de la agrupación participante

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación

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5 MB
2 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación

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5 MB
3 Certificado de residencia en Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación participante

Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin (Consultar el apartado Formatos).

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5 MB
4 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

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5 MB
5 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

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5 MB
6 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de los integrantes de la Agrupación

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de Cultura de cada uno de los integrantes de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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5 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA

Descargue el formato para presentación de propuestas publicado en la sección Formatos. Una vez diligencie la totalidad de los ítems solicitados, guárdelo en archivo PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea - SICON. 

Nota 1. De acuerdo con lo establecido en las condiciones generales de participación, en la plataforma de inscripción sólo se aceptarán los documentos técnicos en los formatos aquí solicitados. Por lo tanto, no serán tenidos en cuenta enlaces que reúnan la documentación técnica en plataformas de almacenamiento como Google Drive, Dropbox, Microsoft OneDrive, Mega, WeTransfer, etc.

Nota 2. El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada. Asegúrese de presentar todos los documentos técnicos solicitados.

Nota 3. No incluir los formatos diseñados específicamente para esta convocatoria será una causal de rechazo.

Para cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria comuníquese al correo contactenos@idartes.gov.co, o través de la línea 3795750 Ext. 3700, 3701, 3702, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:30 p.m.

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15 MB
2 DOCUMENTO EN PDF

En un solo archivo PDF  presente:

  1. Soportes de la obra. En un único archivo en PDF, adjunte los soportes que evidencien la circulación de cada una de las obras  postuladas en la propuesta.
  2. Soportes de participante. Presente en un solo archivo en formato PDF, los soportes que acrediten la trayectoria  del participante de acuerdo con el perfil solicitado y lo relacionado en el Formato 1 , tales como: certificaciones expedidas por entidades y organizaciones de carácter público, privado, comunitario, contratos o actas de liquidación, publicaciones, catálogos, portafolios, participación en exposiciones y/o eventos, programas de mano, flyers, notas de prensa, distinciones, resoluciones de ganadores de estímulos, entre otros. En cualquier caso, los soportes aportados deben evidenciar de manera clara y visible el nombre del participante (personas jurídicas, agrupación y/o sus integrantes según corresponda) y las fechas de la realización de dichas actividades, procesos o proyectos.

 

Nota: No se considerarán válidas las autocertificaciones, es decir, emitidas por los mismos participantes.

 

3. Rider Técnico de cada una de las obras postuladas.                                                               

Tenga en cuenta los siguientes ítems:

Medidas del escenario  requerido para la obra.

Escenografía. Especifique el material escenográfico y de utilería, así como las particularidades requeridas: elementos, distribución, dimensiones y formas de traslado de su escenografía.

Sonido. Describa el sistema de amplificación que requiere la obra, elementos, número de  canales,  micrófonos, entre otros, y haga las claridades con relación al montaje de su obra.

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15 MB
3 DOCUMENTO EN PDF

FORMATO- PRESUPUESTO: Descargue y diligencie en su totalidad el Formato en excel para la presentación del presupuesto, definido para la convocatoria el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. Una vez diligenciado debe guardarse en PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea del Programa Distrital de Estímulos en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

Dado que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución parafiscal de los Espectáculos Públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto, los participantes deberán revisar el concepto del Ministerio de Cultura sobre gastos administrativos no aceptables, los cuales no podrán cargarse a los recursos solicitados al Idartes.

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15 MB
4 DOCUMENTO EN PDF

FORMATO- CRONOGRAMA: Descargue y diligencie en su totalidad el Formato en excel para la presentación del cronograma definido para la convocatoria el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. Una vez diligenciado debe guardarse en PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea del Programa Distrital de Estímulos en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

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15 MB
5 DOCUMENTO EN PDF

FORMATO EQUIPO DE TRABAJO: Descargue y diligencie en su totalidad el Formato en excel para la presentación del equipo de trabajo definido para la convocatoria el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. Una vez diligenciado debe guardarse en PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea del Programa Distrital de Estímulos en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

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15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: Selección
No. Criterio Puntaje
1

Calidad, solidez de la puesta en escena , interpretación y dramaturgia de las dos obras postuladas.

0 a 60
2

Trayectoria de circulación de las obras postuladas.

0 a 20
3

Propuesta de espacios escénicos para la circulación de las obras propuestas.

0 a 10
4

Propuesta de ejecución presupuestal 

0 a 10

El puntaje mínimo que debe tener la propuesta seleccionada como ganadora es de 70 puntos, de conformidad con lo establecido en las Condiciones generales de participación. Las propuestas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de selección.

 

*Que una propuesta obtenga un puntaje asignado de 70 puntos o más, no implica su selección como ganadora..

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos-PDE 2023, el ganador tendrá derecho a:

Recibir el estímulo correspondiente, en los siguientes porcentajes:

  • Un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del estímulo, una vez notificada la resolución que otorga el estímulo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo y en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos-PDE 2023.

 

  • Un segundo y último desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del estímulo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte del ganador y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte del Idartes.

 

Nota 1:  Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC–. Al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el ganador, dependiendo de su calidad tributaria

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los deberes contemplados en las Condiciones Generales de Participación, los ganadores deberán acatar los siguientes lineamientos:

  1. Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de ganadores. De acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación, la entidad enviará al ganador un correo electrónico certificado de notificación. El ganador contará con cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha y hora en que accede a la información, para responder manifestando la aceptación o no del estímulo de forma expresa. Si pasados estos cinco (5) días hábiles la entidad no ha recibido la aceptación, se procederá a enviar un nuevo correo electrónico certificado con la siguiente información: i) fecha, ii) fecha del acto que se está notificando iii) autoridad que lo expidió, iv) recursos que legalmente proceden, v) autoridades ante quienes deben interponerse, y vi) plazos respectivos para interponer los recursos. La notificación se considerará realizada al finalizar el día siguiente del envío del segundo correo electrónico. Así mismo, el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado queda en firme a los diez (10) días hábiles de haberse realizado la respectiva notificación vía correo electrónico.
  2. Adicional a la documentación solicitada en el apartado de Proceso para Ganadores, de las Condiciones Generales de Participación, el ganador deberá constituir a favor del Instituto Distrital de las Artes - Idartes Garantía de Responsabilidad Civil Extracontractual por el valor de doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV) con una vigencia igual al periodo de ejecución de la propuesta, o en su defecto aportar la póliza en mención del espacio o escenario en el cual se realizarán las presentaciones en los espacios gestionados por los participantes.
  3. Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados y las que formule el Idartes, para lo cual el ganador deberá entregar el plan de mejora o ajuste correspondiente (si aplica).
  4. Ejecutar la propuesta aprobada por el jurado, de acuerdo con las condiciones específicas de la convocatoria, una vez se cuente con la aprobación de las garantías constituidas a favor del IDARTES, la expedición del Registro Presupuestal y la propuesta se encuentre registrada y aprobada por parte del Ministerio de Cultura en la plataforma PULEP (gestión realizada por la SCRD). Lo anterior implica que se debe dar inicio a la ejecución de la propuesta con una disposición transitoria de recursos propios mientras se realiza el primer desembolso, tal como lo indican las condiciones generales de participación del PDE 2023.
  5. Entregar el cronograma de la ejecución de la propuesta detallado después de haber sido aprobada su póliza como ganador de la beca y para el primer desembolso, en el que se incluya fechas (día, mes y año) exactas para divulgación y participación de la ciudadanía en las mismas.
  6. Realizar tres funciones por cada una de las obras seleccionadas en las fechas y los espacios gestionados por el ganador, de acuerdo con la propuesta presentada como se estipula en las condiciones de la convocatoria.
  7. Asistir a las reuniones, encuentros y visitas convocadas por el Idartes.
  8. Garantizar los insumos técnicos, logísticos, de producción que se requieran para la puesta en escena de las obras seleccionadas, así como los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la beca, en caso de ser requeridos.
  9. Entregar los informes de ejecución de la propuesta que sean requeridos en el formato suministrado por la entidad, en donde se dé cuenta del desarrollo de las actividades realizadas durante el proceso, así como, los registros documentales correspondientes.
  10. Entregar una memoria social y/o sistematización de la experiencia, bien sea en texto en formato PDF o audiovisual que dé cuenta del proceso realizado y de los aprendizajes e impacto producto de la ejecución de la propuesta.
  11. Participar en las estrategias de socialización definidas por el Idartes en el marco del Plan Bogotá teatral y Circense.
  12. Autorizar a la entidad correspondiente el uso del material desarrollado en la propuesta con fines de promoción, circulación y difusión del arte, la cultura y el patrimonio. Esta autorización no implica enajenación, cesión o traspaso de los derechos morales y patrimoniales de la creación.
  13. Contar con el visto bueno de la Gerencia de Arte Dramático y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre la difusión en redes sociales y divulgación que se realice en el marco de la ejecución del estímulo.
  14. Gestionar los derechos de las imágenes, archivos sonoros, entre otras obras preexistentes utilizadas.
  15. . Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios del Idartes donde se ejecutará la propuesta (si aplica), en caso de incumplimiento la entidad procederá al retiro del estímulo.
  16. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del reconocimiento monetario, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.
  17. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, de la Alcaldía de Bogotá y demás que le sean indicados por la entidad  en todas las piezas de comunicación relacionadas con el proyecto.
  18. Si presentó su propuesta como agrupación y requiere solicitar un cambio de integrante, debe tener en cuenta lo establecido en el ítem Proceso para Ganadores PDE, de las Condiciones Generales de Participación, así como la siguiente información acerca del número de cambios permitidos

No. de integrantes

No. de Cambios aceptados

De 3 a 5

1

De 6 a 8

2

De 9 a 11

3

De 12 a 14

4

De 15 a 17

5

Anexos

No. Documento Descripción
1 Guía de gastos permitidos y no permitidos
Guía de gastos permitidos y no permitidos

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato de Declaración juramentada del lugar de residencia

(archivo Word o PDF)

 
 
En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos,descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin. 
2 Formato de presentación de propuesta

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato de presentación de propuesta para los proyectos para las becas LEP
3 Formato de Presupuesto

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato de presentación de presupuesto para las becas LEP
4 Formato de Cronograma

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato para la presentación del cronograma para las becas LEP
5 Formato de Equipo de trabajo

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato para la presentación del equipo de trabajo para las becas LEP

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 RESOLUCIÓN No 1259 DEL 1 DE SEPTIEMBRE DE 2023
«Por medio de la cual se da apertura a unas convocatorias “Ley de Espectáculos Públicos LEP 2023” del Programa Distrital de Estímulos 2023 que incluyen acciones contempladas en los proyectos de inversión de la Subdirección de las Artes del  Instituto Distrital de las Artes - Idartes»
2 Acta y listado definición perfiles jurados convocatorias LEP 2023
En este documento consulte acta y listado  definición  perfiles  jurados  convocatorias LEP - 2023 
3 Acta selección jurados Convocatoria BECA LEP OBRAS DE REPERTORIO TEATRAL - BOGOTÁ CIUDAD ESCENARIO 2023
Acta selección jurados Convocatoria BECA LEP OBRAS DE REPERTORIO TEATRAL - BOGOTÁ CIUDAD ESCENARIO 2023
4 Resolución No.1476 del 09 de octubre del 2023,BECA LEP OBRAS DE REPERTORIO TEATRAL - BOGOTÁ CIUDAD ESCENARIO 2023
Se publica Resolución No.1476 del 09 de octubre  del 2023 «Por medio de la cual se acoge el acta de selección del comité que designa a los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria BECA LEP OBRAS DE REPERTORIO TEATRAL - BOGOTÁ CIUDAD ESCENARIO 2023».
5 ACTA DE RECOMENDACIÓN DE ELEGIBLES. BECA LEP OBRAS DE REPERTORIO TEATRAL - BOGOTÁ CIUDAD ESCENARIO 2023
ACTA DE RECOMENDACIÓN DE ELEGIBLES.   BECA LEP OBRAS DE REPERTORIO TEATRAL - BOGOTÁ CIUDAD ESCENARIO 2023
6 Resolución No. 1774 del 1 de Diciembre de 2023

«Por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado para seleccionar las propuestas de la convocatoria BECA LEP OBRAS DE REPERTORIO TEATRAL - BOGOTÁ CIUDAD ESCENARIO 2023, se disponen los desembolsos de los estímulos económicos a los ganadores y se precisan unas disposiciones»

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos
Listado de participantes inscritos, BECA LEP OBRAS DE REPERTORIO TEATRAL – BOGOTÁ CIUDAD ESCENARIO 2023
2 Listado de habilitados, rechazados y documentos por subsanar
Listado de habilitados, rechazados y documentos por subsanar
3 Listado definitivo de propuestas habilitadas y rechazadas
Listado definitivo de propuestas habilitadas y rechazadas BECA LEP OBRAS DE REPERTORIO TEATRAL – BOGOTÁ CIUDAD ESCENARIO 2023 
4 LISTADO DE ELEGIBLES BECA LEP OBRAS DE REPERTORIO TEATRAL – BOGOTÁ CIUDAD ESCENARIO 2023
LISTADO DE ELEGIBLES BECA LEP OBRAS DE REPERTORIO TEATRAL – BOGOTÁ CIUDAD ESCENARIO 2023 

Avisos modificatorios

No. Documento Descripción
1 AVISO MODIFICATORIO NO. 01 DE 2023 A LOS TÉRMINOS DE LAS CONVOCATORIAS DE LAS BECAS LEP 2023 DE LA SUBDIRECCIÓN DE LAS ARTES.

AVISO MODIFICATORIO NO. 01 DE 2023 A LOS TÉRMINOS DE LAS CONVOCATORIAS DE LAS BECAS LEP 2023 DE LA SUBDIRECCIÓN DE LAS ARTES.

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