PREMIO AL EMPRENDIMIENTO Y LA GESTIÓN CULTURAL Y CREATIVA DEL CENTRO DE BOGOTÁ
Programa Distrital de Estímulos
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Documentación de la convocatoria
Información básica
La Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA tiene como misión articular y gestionar la revitalización y transformación participativa del centro de Bogotá a través de su potencial creativo, el arte y la cultura. Por lo anterior, presenta la convocatoria “Premio al Emprendimiento y la Gestión Cultural y Creativa del Centro de Bogotá” que busca visibilizar, potenciar y documentar los emprendimientos innovadores, así como el trabajo destacado de organizaciones y agentes relacionados con la Economía cultural y creativa de las localidades de Los Mártires, La Candelaria y Santa Fe.
Enfoque(s): Territorial
Línea(s) estratégica(s): Gestión cultural
Área(s): Actividades de la economía creativa y cultural
Número de estímulos: 3
Total de recursos: $ 75.000.000
Descripción general de los recursos a otorgar:
Se otorgarán tres (3) estímulos de veinticinco millones de pesos ($25.000.000) M/cte., uno (1) para la categoría “Premio al emprendimiento cultural y creativo del centro de Bogotá”, y dos (2) para la categoría “Premio a la Gestión cultural y creativa del centro de Bogotá”. Para cada estímulo se realizan dos desembolsos.
Categorias:
No. | Categoria | Descripción |
---|---|---|
1 | Premio al emprendimiento cultural y creativo del centro de Bogotá | Busca premiar el modelo de gestión, negocio o proyecto innovador implementado, por emprendedores de la economía cultural y creativa del centro de Bogotá. No podrán presentarse ideas de negocios o proyectos que estén en fases tempranas de implementación, es decir, en las que hasta el momento solo se haya diseñado un producto, servicio o proyecto sin haberlo probado en un mercado y donde no se puedan evidenciar resultados reflejados en ventas o ingresos. |
2 | Premio a la Gestión cultural y creativa del centro de Bogotá | Busca premiar a una organización o agente de la economía cultural y creativa del centro de Bogotá, que haya logrado una sostenibilidad económica, haya generado empleo y haya tenido impacto en la economía cultural y creativa de la ciudad. |
Perfiles de los jurados
Perfil 1
Perfil 1 Profesional en cualquier área del conocimiento con mínimo cuatro (4) años de experiencia en emprendimiento cultural y/o creativo, Industrias culturales y creativas, Economía cultural y creativa, Economía de la cultura, Economía naranja, evaluación de proyectos de emprendimiento cultural y/o creativo. Debe acreditar la experiencia mediante certificaciones, las cuales deben contener la siguiente información: nombre del proyecto o área, actividades realizadas, fecha de inicio y terminación (día, mes y año), datos de contacto de la institución o entidad que la expide y contar con firma digital u original.
Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Salud , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación , Economia, Administracion, Contaduria Y Afines , Matemáticas Y Ciencias Naturales , Ingeniería, Arquitectura, Urbanismo Y Afines , Agronomía Veterinaria Y Afines , Cualquier área del conocimiento
Campo de experiencia:
Mínimo cuatro (4) años de experiencia en emprendimiento cultural y/o creativo, Industrias culturales y creativas, Economía cultural y creativa, Economía de la cultura, Economía naranja, evaluación de proyectos de emprendimiento cultural y/o creativo
Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Universitaria
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Perfil 2
Perfil 2 Profesional en cualquier área del conocimiento con mínimo seis (6) años de experiencia en gestión cultural, formulación, evaluación o seguimiento de proyectos culturales, docencia en gestión cultural. Debe acreditar la experiencia mediante certificaciones, las cuales deben contener la siguiente información: nombre del proyecto o área, actividades realizadas, fecha de inicio y terminación (día, mes y año), datos de contacto de la institución o entidad que la expide y contar con firma digital u original.
Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Salud , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación , Economia, Administracion, Contaduria Y Afines , Matemáticas Y Ciencias Naturales , Ingeniería, Arquitectura, Urbanismo Y Afines , Agronomía Veterinaria Y Afines , Cualquier área del conocimiento
Campo de experiencia:
Mínimo seis (6) años de experiencia en gestión cultural, formulación, evaluación o seguimiento de proyectos culturales, docencia en gestión cultural.
Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Universitaria
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
---|---|---|
Fecha de publicación | 17/02/2024 | Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: atencionalciudadano@fuga.gov.co |
Fecha de apertura | 26/02/2024 | Fecha a partir de la cual se habilita la plataforma para inscribir propuestas. |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 15/03/2024 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 18/03/2024 17:00:00 | Fecha y hora hasta la cual estará habilitada la plataforma para inscribir propuestas. |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 10/04/2024 | A partir de esta fecha los participantes que deban subsanar documentos administrativos cuentan con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma los documentos solicitados. |
Fecha máxima de publicación de resolución de ganadores | 12/06/2024 | A partir de esta fecha, los ganadores recibirán la notificación de la Resolución a través del correo electrónico registrado en la plataforma. Deben aceptar el estímulo y presentar los documentos solicitados. |
Fecha máxima de ejecución | 31/10/2024 | Esta fecha incluye la presentación del informe final de ejecución del estímulo y la aprobación del mismo por parte de la Entidad. |
Justificación
Esta convocatoria nace en el año 2020 como respuesta a la falta de incentivos y la dificultad de las organizaciones y emprendimientos culturales del Centro de Bogotá para acceder a fuentes de financiación. Es así como la FUGA desde entonces ha dado continuidad al «Premio a la Gestión Cultural y Creativa del Centro de Bogotá» reconociendo el trabajo continuo de organizaciones que durante varios años han desarrollado sus acciones en las localidades del centro. Los ganadores de las distintas ediciones han generado procesos de transferencia de conocimiento en gestión y emprendimiento, que han sido de gran valor para los agentes del centro, de la ciudad e incluso a nivel nacional e internacional.
En 2024, este estímulo continúa reconociendo la necesidad de reactivación económica, premiando tanto a organizaciones que ejecutan tanto proyectos de gestión cultural como proyectos de la economía cultural y creativa, de importancia para el ecosistema cultural y creativo del centro de la ciudad
Objeto
El “Premio al emprendimiento y la gestión cultural y creativa del centro de Bogotá”, del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2024 de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA, busca visibilizar, potenciar y documentar los emprendimientos innovadores así como el trabajo destacado de organizaciones y agentes relacionadas con la economía cultural y creativa de las localidades de Los Mártires, La Candelaria y Santa Fe, con el fin de apoyar la sostenibilidad del ecosistema cultural y creativo del centro de Bogotá.
Este premio se ha otorgado desde el año 2020, con resultados satisfactorios, reconociendo organizaciones y agentes que han impactado positivamente el territorio del Centro de Bogotá desde la Gestión cultural y los productos y servicios de la Economía Cultural y Creativa.
Se entiende por Economía Cultural y Creativa el conjunto de actividades del campo cultural, creativo, patrimonial y artístico que se plasman en bienes o servicios y que son generadores de valor social, cultural y económico. La economía cultural y creativa implica un proceso de transformación de las ideas y valores culturales, tanto individuales como colectivos, hacia un bien o servicio, lo que se define como cadena de valor (creación, producción, promoción, exhibición, distribución y comercialización). La Economía cultural y creativa abarca los sectores de artes y patrimonio; industrias culturales convencionales, así como creaciones funcionales y nuevos medios y software, de acuerdo con los sectores abarcados por la Cuenta Satélite de Cultura de Bogotá, disponible en
Se otorgarán tres (3) premios: uno (1) para la categoría 1, y dos (2) para la categoría 2:
Categoría 1. Premio al emprendimiento cultural y creativo del centro de Bogotá: Busca premiar el modelo de gestión, negocio o proyecto innovador implementado por emprendedores de la economía cultural y creativa del centro de Bogotá. No podrán presentarse ideas de negocios o proyectos que estén en fases tempranas de implementación, es decir, en las que hasta el momento solo se haya diseñado un producto, servicio o proyecto sin haberlo probado en un mercado y donde no se puedan evidenciar resultados reflejados en ventas o ingresos.
Categoría 2. Premio a la Gestión cultural y creativa del centro de Bogotá: Busca premiar a una organización o agente de la economía cultural y creativa del centro de Bogotá, que haya logrado una sostenibilidad económica, haya generado empleo y haya tenido impacto en la economía cultural y creativa de la ciudad.
Los ganadores deberán realizar una actividad de formación dirigida a mínimo 15 gestores, emprendedores, agrupaciones, organizaciones y/o empresas culturales y creativas de la ciudad, en la que compartan el aprendizaje logrado a partir de los años de gestión o emprendimiento (retos, dificultades, logros, resultados, oportunidades, etc). El cronograma y la metodología de la actividad así como la convocatoria del público objetivo deberá ser definida por el participante.
Nota 1: en caso de que una de las categorías se declare desierta, el jurado podrá recomendar el otorgamiento del premio al siguiente mejor puntaje en la otra categoría, siempre y cuando cumpla con el puntaje mínimo exigido (70 puntos).
Nota 2: el proponente solo puede postularse en una de las dos categorías.
Nota 3: se debe revisar muy bien la categoría a la cual se está aplicando dentro de la Plataforma SICON. De acuerdo con las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura - PDE 2024, apartado “¿Por qué causales una propuesta puede no ser habilitada?”, numeral 5.2.5., es causal de no habilitación si “El participante presenta una propuesta que no corresponde a la convocatoria o a la categoría a la cual se inscribió”.
Nota 4: el material resultante de este premio podrá ser circulado a través de las plataformas virtuales de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño –FUGA-, o aquellas que la entidad determine para tales efectos.
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
---|---|
Persona Jurídica | Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente. Para participar como persona jurídica debes ingresar en el formulario de inscripción los datos solicitados de la totalidad de miembros de la junta directiva o del órgano administrativo que corresponda, de acuerdo con el documento oficial aportado. Recuerda que es tu deber verificar que las personas registradas en el certificado de inscripción correspondan exactamente con aquellas registradas en el certificado de existencia y representación legal o documento equivalente. Si se encuentra que la información no coincide, las entidades tendremos la facultad de hacer los ajustes en la plataforma. Para participar en esta convocatoria la persona jurídica con o sin ánimo de lucro, debe tener su domicilio en la ciudad de Bogotá y contar con al menos un establecimiento o sede ubicado en una de las localidades del Centro de Bogotá (La Candelaria, Los Mártires o Santa Fe). Adicionalmente, al menos una de las cuatro actividades económicas de la persona jurídica debe coincidir con alguno de los códigos CIIU del Anexo 1 (Listado de códigos CIIU del sector cultural y creativo susceptibles a esta convocatoria). Para participar en la categoría 1. “Premio al emprendimiento cultural y creativo del centro de Bogotá” la persona jurídica debe tener fecha de constitución no menor a un año ni mayor a 42 meses a la fecha de cierre de la convocatoria. Debe contar con una experiencia comprobable de mínimo cuatro (4) proyectos realizados entre los 12 y 42 meses de constitución, relacionados con actividades en alguno de los eslabones de creación, producción, promoción, distribución, exhibición o comercialización de bienes y servicios culturales y/o creativos. Para participar en la categoría 2. “Premio a la gestión cultural y creativa del centro de Bogotá”, la persona jurídica debe tener más de 43 meses de constituida a la fecha de cierre de esta convocatoria. Debe contar con una experiencia comprobable de mínimo ocho (8) proyectos relacionados con actividades de creación, producción, promoción, distribución, exhibición o comercialización de bienes y servicios culturales y/o creativos. |
Persona Natural | Se entiende por persona natural al ciudadano(a) colombiano(a) o extranjero(a), mayor de 18 años, que de manera individual presenta una propuesta. Para participar en esta convocatoria la persona natural debe residir en Bogotá, y su actividad económica debe desarrollarse específicamente en una de las localidades del Centro de Bogotá (La Candelaria, Santa fe o Los Mártires), condición que será verificada en el RUT. Adicionalmente, al menos una de las cuatro actividades económicas debe coincidir con alguno de los códigos CIIU del Anexo 1, acreditado mediante el Registro Único Tributario (RUT). Para participar en la categoría 1. “Premio al emprendimiento cultural y creativo del centro de Bogotá”, la persona natural, debe contar con una experiencia comprobable de mínimo cuatro (4) proyectos realizados entre septiembre de 2020 y diciembre de 2023 relacionados con actividades en alguno de los eslabones de creación, producción, promoción, distribución, exhibición o comercialización de bienes y servicios culturales y/o creativos. Para participar en la categoría 2. “Premio a la Gestión cultural y creativa del centro de Bogotá”, la persona natural debe contar con una experiencia comprobable de mínimo ocho (8) proyectos relacionados con actividades en alguno de los eslabones de creación, producción, promoción, distribución, exhibición o comercialización de bienes y servicios culturales y/o creativos. |
Quiénes no pueden participar
- Quienes se indican en el numeral 3.2 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura - PDE 2024.
- Los ganadores del “Premio a la Gestión Cultural y Creativa del Centro de Bogotá”, de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, en los años 2020, 2021 y 2022, y los ganadores del “Premio al Emprendimiento y la Gestión Cultural y Creativa del Centro de Bogotá”, de la FUGA, del año 2023.
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente. |
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5 MB |
2 | Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante. | Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. con la matrícula mercantil renovada en la vigencia correspondiente, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012. Si el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante presenta modificaciones o ajustes con posterioridad al cierre de la convocatoria en cualquier etapa del proceso, se deberá informar oportunamente a la entidad otorgante, la cual realizará los ajustes correspondientes en la plataforma SICON. En el caso de grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos), deberán presentar una certificación sobre existencia y representación legal de la organización o comunidad con el aval de las instancias consultivas locales y mesas según corresponda. Dado el caso que el participante informe la existencia del documento en otra entidad, se procederá de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012. Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente. Nota. Los grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos) y las personas jurídicas en cuyos certificados de existencia y representación legal no se relacione el NIT, deberán presentar el Registro Único Tributario (RUT) al momento de la inscripción. Los demás participantes deben verificar en las condiciones específicas de la convocatoria sí también deben cumplir con este requisito o si requieren presentar la Matrícula Mercantil renovada para la inscripción. |
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5 MB |
3 | RUT | Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible. La fecha de actualización del certificado debe ser del año 2019 en adelante, y su fecha de generación, de máximo treinta (30) días antes de su entrega. RUT PARA LA PERSONA JURÍDICA. Para persona jurídica debe tener su domicilio en la ciudad de Bogotá y contar con al menos un establecimiento o sede ubicado en una de las localidades del Centro de Bogotá (La Candelaria, Los Mártires o Santa Fe). Adicionalmente, al menos una de las cuatro actividades económicas de la persona jurídica debe coincidir con alguno de los códigos CIIU del Anexo 1 (Listado de códigos CIIU del sector cultural y creativo susceptibles a esta convocatoria). RUT PARA LA PERSONA NATURAL. Para persona natural su actividad económica debe desarrollarse específicamente en una de las localidades del Centro de Bogotá (La Candelaria, Santa fe o Los Mártires), condición que será verificada en el RUT. Adicionalmente, al menos una de las cuatro actividades económicas debe coincidir con alguno de los códigos CIIU Anexo 1 (Listado de códigos CIIU del sector cultural y creativo susceptibles a esta convocatoria). |
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5 MB |
4 | Documento de identidad de persona natural participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente. |
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5 MB |
5 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de la persona natural participante. | Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web: https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2024, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato. |
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5 MB |
6 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de la persona natural participante. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de la persona natural. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
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5 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Formato de presentación de propuesta | Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura 2024, así como las condiciones específicas de esta convocatoria. Descargue y diligencie en su totalidad el “Formato de presentación de propuesta” de acuerdo con la categoría a la cual aplique: Categoría 1: Premio al emprendimiento cultural y creativo del centro de Bogotá” o el “Formato de presentación de propuesta Categoría 2: Premio a la Gestión cultural y creativa del centro de Bogotá”. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. Nota: Los formatos se encuentran publicados en la sección “Formatos” de esta convocatoria. |
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15 MB |
2 | Soportes de experiencia o trayectoria | Cargue en la plataforma de inscripción en un (1) solo PDF que contenga soportes de experiencia de la persona jurídica, o la persona natural tal como se indica en el numeral 2.2 del formato de presentación de la propuesta. Tenga en cuenta que se podrán aportar como soportes: 1. Certificaciones expedidas por entidades públicas o privadas donde se indique fecha (día, mes, año) de suscripción del contrato y expedición de la certificación y lugar. 2. Soportes como:
Nota 1: Los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias. Nota 2: El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta, con restricción de acceso, que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web o documentos digitales) o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada. |
pdf |
15 MB |
Criterios de evaluación
Ronda: Deliberación
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Innovación: novedad del emprendimiento u organización en un proceso, bien, servicio, canal o modelo de negocio dentro de las Industrias culturales y creativas. |
0 a 25 |
2 | Conocimiento del mercado: el emprendimiento o la organización responde a una oportunidad alrededor del sector cultural o creativo, o cubre una necesidad del público, cliente o audiencia al cual se dirige. |
0 a 25 |
3 | Resultados del modelo innovador implementado: capacidad del emprendimiento o la organización para generar identidad local, distrital o nacional, valor simbólico, sentido de pertenencia y un impacto social, económico, ambiental y/o cultural. |
0 a 25 |
4 | Propuesta de Formación : calidad de la propuesta de formación, su metodología, la convocatoria de difusión y el público al cual está dirigida |
0 a 25 |
Selección de ganadores |
Ronda: Deliberación
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Trayectoria: desarrollo de actividades culturales o creativas a lo largo de la historia de la organización o emprendimiento, y evolución en coherencia con su misionalidad. |
0 a 25 |
2 | Gestión: capacidad para liderar la articulación de recursos (físicos, humanos, económicos, talentos, conocimiento, propiedad intelectual, territorio, aliados) a lo largo de su trayectoria para cumplir su propósito y objetivos. |
0 a 25 |
3 | Contribución al desarrollo cultural y creativo de Bogotá: Impacto generado por el participante a través de su gestión en términos de generación de empleo, redes y/o el desarrollo de su sector, identidad territorial, valor simbólico, sentido de pertenencia, impacto social, ambiental y/o cultural, trabajo con comunidad, negocios inclusivos o en el mismo desarrollo del ecosistema de la economía cultural y creativa de Bogotá. |
0 a 25 |
4 | Propuesta de Formación: calidad de la propuesta de formación, su metodología, la convocatoria de difusión y el público al cual está dirigida. |
0 a 25 |
Selección de ganadores |
Derechos específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en el numeral 7.5 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2024, el ganador tendrá los siguientes derechos:
- Notificación: Recibir mediante correo electrónico certificado la notificación de la Resolución por medio de la cual se designan los ganadores de la convocatoria y se solicitan los documentos para la legalización del estímulo.
- Desembolsos: Una vez publicada la resolución de recomendación de los jurados evaluadores y selección de ganadores y previa la entrega oportuna de los documentos requeridos para la ejecución del estímulo por parte del ganador, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA hará un primer desembolso correspondiente al 80 % del valor total del estímulo y un segundo desembolso correspondiente al 20 % del valor total del estímulo, posterior a la entrega de un informe donde se evidencie la realización de la actividad de formación (virtual, presencial o mixta) y sus correspondientes anexos.
Deberes específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en el numeral 7.6 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura - PDE 2024, los ganadores tendrán los siguientes deberes:
1. Responder oportunamente el correo electrónico certificado de notificación de la Resolución por medio de la cual se designan los ganadores de la convocatoria. A partir de la fecha y hora de notificación el ganador cuenta con diez (10) días hábiles para aceptar de manera expresa el estímulo y hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo de acuerdo con numeral 7.2 de las Condiciones Generales de Participación. Para esta convocatoria debe presentar:
- Carta firmada y dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, en la que se manifiesta expresamente la aceptación del estímulo y se remiten los documentos requeridos. La carta debe estar suscrita por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda.
- Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre de la persona natural o persona jurídica. La fecha de actualización del certificado debe ser del año 2019 en adelante, y su fecha de generación, de máximo treinta (30) días antes de su entrega.
- Certificación bancaria a nombre de la persona natural o persona jurídica en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega. Nota: No se aceptan Cuentas de Ahorro de Trámites Simplificados - CATS o billeteras virtuales (como Nequi y Daviplata, entre otras).
- Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica, expedido por la Cámara de Comercio o por la entidad competente, dentro de los tres (3) meses anteriores a la expedición de la resolución por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado.
- Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a nombre de la persona natural, con fecha de expedición máximo de treinta (30) días antes de su entrega o Certificación de parafiscales, expedido por el revisor fiscal o por el representante legal de la persona jurídica, en donde se acredite que la entidad está al día en el pago de los aportes parafiscales y de seguridad social o que no está obligada a hacerlo, según sea el caso.
2. Ejecutar íntegramente la actividad de formación propuesta.
3. Presentar un informe final que dé cuenta de la realización de la actividad de formación (virtual, presencial o mixta) y sus correspondientes anexos, para lo cual la entidad enviará el formato respectivo a los ganadores.
4. Acoger las observaciones y/o requerimientos que realice la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA en relación con la actividad de formación.
5. Hacerse responsable y cumplir con los aspectos relacionados con autoría y derechos patrimoniales y morales de la propuesta, así como con los trámites de derechos de autor, conexos y de imagen de acuerdo a lo contemplado en el numeral 7.6 de las condiciones generales de participación PDE 2024.
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Anexo 1: Listado de códigos CIIU del sector cultural y creativo susceptibles a esta convocatoria
|
Listado de códigos CIIU del sector cultural y creativo susceptibles a esta convocatoria |
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Formato de presentación de propuesta categoría 1: Premio al emprendimiento cultural y creativo del centro de Bogotá
(archivo Word o PDF) |
Formato de presentación de propuesta categoría 1: Premio al emprendimiento cultural y creativo del centro de Bogotá |
2 |
Formato de presentación de propuesta categoría 2: Premio a la Gestión cultural y creativa del centro de Bogotá
(archivo Word o PDF) |
Formato de presentación de propuesta categoría 2: Premio a la Gestión cultural y creativa del centro de Bogotá |
3 |
Formato Declaración juramentada de residencia
(archivo Word o PDF) |
En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C.o en Colombia por la Alcaldía del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, con fecha máxima de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2024, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
RESOLUCIÓN No. 30 DE 2024
|
“Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria del Programa Distrital deEstímulos FUGA 2024 a cargo de la Subdirección para la Gestión del Centro de Bogotá dela Fundación Gilberto Alzate Avendaño” |
2 |
RESOLUCIÓN No. 29 DE 2024
|
“Por medio de la cual se fija la tabla de reconocimientos económicos a otorgar al Banco dePersonas Expertas para el sector cultura en el marco del Programa Distrital de Estímulos dela Fundación Gilberto Alzate Avendaño-2024” |
3 |
RESOLUCIÓN No. 63 DE 2024
|
“Por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de laconvocatoria “Premio al Emprendimiento y la Gestión Cultural y Creativa del Centro deBogotá”, del Programa Distrital de Estímulos de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño y seordena el desembolso de los reconocimientos económicos asignados” |
4 |
ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES - PREMIO AL EMPRENDIMIENTO Y LA GESTIÓN CULTURAL Y CREATIVA DEL CENTRO DE BOGOTÁ – Categoría Premio al emprendimiento cultural y creativo del centro de Bogotá
|
ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES - PREMIO AL EMPRENDIMIENTO Y LA GESTIÓN CULTURAL Y CREATIVA DEL CENTRO DE BOGOTÁ – Categoría Premio al emprendimiento cultural y creativo del centro de Bogotá |
5 |
ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES - PREMIO AL EMPRENDIMIENTO Y LA GESTIÓN CULTURAL Y CREATIVA DEL CENTRO DE BOGOTÁ – Categoría Premio a la Gestión cultural y creativa del centro de Bogotá
|
ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES - PREMIO AL EMPRENDIMIENTO Y LA GESTIÓN CULTURAL Y CREATIVA DEL CENTRO DE BOGOTÁ – Categoría Premio a la Gestión cultural y creativa del centro de Bogotá |
6 |
RESOLUCIÓN No. 87 DE 2024
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“Por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado para seleccionar losganadores de la convocatoria “Premio al Emprendimiento y la Gestión Cultural y Creativa delCentro de Bogotá” del Programa Distrital de Estímulos - FUGA - 2024 y se ordena eldesembolso de los estímulos económicos asignados a los ganadores.” |
7 |
RESOLUCIÓN No. 99 DE2024
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“Por la cual de la cual se modifica el artículo tercero de la Resolución 87 de 2024, “Por lacual se acoge la recomendación del jurado designado para seleccionar los ganadores de laconvocatoria “Premio al Emprendimiento y la Gestión Cultural y Creativa del Centro deBogotá” del Programa Distrital de Estímulos - FUGA - 2024 y se ordena el desembolso de losestímulos económicos asignados a los ganadores” |
Listados
Categoría: Premio al emprendimiento cultural y creativo del centro de BogotáNo. | Documento | Descripción |
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1 |
Listado de participantes inscritos Premio al Emprendimiento y la Gestión Cultural y Creativa del Centro de Bogotá
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Listado de participantes inscritos Categoría 1. Premio al emprendimiento cultural y creativo del centro de Bogotá |
2 |
Listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar - Premio al emprendimiento cultural y creativo del centro de Bogotá
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Publicación del Listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar - Premio al emprendimiento cultural y creativo del centro de Bogotá |
3 |
Listado de participantes habilitados y no habilitados Premio al emprendimiento cultural y creativo del centro de Bogotá
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Publicación de listado de participantes habilitados y no habilitados Premio al emprendimiento cultural y creativo del centro de Bogotá |
No. | Documento | Descripción |
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1 |
Listado de participantes inscritos Premio al Emprendimiento y la Gestión Cultural y Creativa del Centro de Bogotá
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Listado de participantes inscritos Categoría 2. Premio a la Gestión Cultural y Creativa del Centro de Bogotá |
2 |
Listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar - Premio a la Gestión cultural y creativa del centro de Bogotá
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Publicación del Listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar - Premio a la Gestión cultural y creativa del centro de Bogotá |
3 |
Listado de participantes habilitados y no habilitados Premio a la Gestión cultural y creativa del centro de Bogotá
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Publicación de listado de participantes habilitados y no habilitados Premio a la Gestión cultural y creativa del centro de Bogotá |
Avisos modificatorios
No. | Documento | Descripción |
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1 |
AVISO MODIFICATORIO No 1
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Aviso del día 10 de abril por medio del cual se modifica el cronograma de la convocatoria “PREMIO ALEMPRENDIMIENTO Y LA GESTIÓN CULTURAL Y CREATIVA DEL CENTRO DE BOGOTÁ 2024”. |
2 |
Aviso Informativo No. 1
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Aviso mediante el cual se anuncia la suspensión de los términos de las convocatorias “PREMIO VAMOS A LA ESCENA” y “PREMIO CIRCULACIÓN EN ARTES VIVAS Y MUSICALES” de Subdirección Artística y Cultural y de la convocatoria "PREMIO AL EMPRENDIMIENTO Y LA GESTIÓN CULTURAL Y CREATIVA DEL CENTRO DE BOGOTÁ 2024" de la Subdirección para la Gestión del Centro de Bogotá, hasta que se cuente con la disponibilidad y estabilización del cien por ciento (100%) de la plataforma SICON, momento en el cual se publicarán los avisos modificatorios con los ajustes a los cronogramas de las mencionadas convocatorias. |
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