PREMIO PEÑA DE MUJERES
Programa Distrital de Estímulos
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REVISA AQUÍ AVISOS, LISTADOS Y RESOLUCIONES
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Documentación de la convocatoria
Información básica
La Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA tiene como misión articular y gestionar la revitalización y transformación participativa del centro de Bogotá a través de su potencial creativo, el arte y la cultura. Por lo anterior, presenta la convocatoria Premio Peña de Mujeres, del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura - PDE 2024, que invita a los creadores y creadoras en áreas de música, danza, teatro, poesía, narración oral, performance o circo a postular propuestas artísticas que desarrollen temáticas relacionadas con lo femenino, desde sus múltiples significados, concepciones, transformaciones y reflexiones a nivel cultural, social, artístico y expresivo.
Enfoque(s): Género
Línea(s) estratégica(s): Circulación
Área(s): Arte dramático,Danza,Interdisciplinar / transdisciplinar,Música
Número de estímulos: 5
Total de recursos: $ 22.500.000
Descripción general de los recursos a otorgar:
Se otorgarán cinco (5) estímulos, cada uno por valor de cuatro millones quinientos mil pesos M/cte. ($4.500.000) Cada estímulo se entregará en un único desembolso.
Perfiles de los jurados
Perfil 1
Profesional en artes escénicas (teatro, danza, performance) y/o música, con experiencia demostrable de, por lo menos, seis (6) años en la creación de espectáculos de artes escénicas (teatro, danza, performance) y/o música y/o en la producción y/o programación de eventos de esas mismas disciplinas, bien sea en giras, eventos o festivales de nivel nacional y/o internacional.
Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Educación
Campo de experiencia:
Artes escénicas (música, arte dramático, danza, performance), creaciones interdisciplinares, producción de eventos/festivales de artes escénicas
Área perfil: Arte dramático , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar , Música
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Universitaria
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
---|---|---|
Fecha de publicación | 17/02/2024 | Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: atencionalciudadano@fuga.gov.co |
Fecha de apertura | 26/02/2024 | Fecha a partir de la cual se habilita la plataforma para inscribir propuestas |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 13/04/2024 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 16/04/2024 17:00:00 | Fecha y hora hasta la cual estará habilitada la plataforma para inscribir propuestas. |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 03/05/2024 | A partir de esta fecha los participantes que deban subsanar documentos administrativos cuentan con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma los documentos solicitados. |
Fecha máxima de publicación de resolución de ganadores | 28/06/2024 | A partir de esta fecha, los ganadores recibirán la notificación de la Resolución a través del correo electrónico registrado en la plataforma. Deben aceptar el estímulo y presentar los documentos solicitados. |
Fecha máxima de ejecución | 29/11/2024 | Esta fecha incluye la presentación del informe final de ejecución del estímulo y la aprobación del mismo por parte de la Entidad. |
Justificación
Participar en la reflexión sobre los diversos universos de lo femenino y, desde las artes escénicas y lo simbólico, en la construcción individual y colectiva de la perspectiva de género, un tema siempre vigente y central en las temáticas relacionadas con la diversidad y la inclusión.
Objeto
Mediante la convocatoria Premio Peña de Mujeres, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, busca mantener un espacio que se generó hace alrededor de 10 años para reflexionar sobre las múltiples interpretaciones, significados y concepciones de lo femenino, a través del reconocimiento y puesta en escena de propuestas artísticas creativas que generen impacto en los habitantes de Bogotá y propicien reflexiones, cuestionamientos, hábitos y conciencia en la construcción cultural de lo femenino, así como transformaciones de los imaginarios, prejuicios y estereotipos relacionados con la mujer, lo femenino y su diversidad.
Se recibirán propuestas creativas en las áreas de música, danza, teatro, poesía, narración oral, performance o circo que visibilicen y exalten lo femenino como dispositivo creativo y creador.
Las propuestas ganadoras de este estímulo realizarán una (1) presentación en El Muelle, escenario de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA, o en caso de fuerza mayor, en el espacio que la Fundación determine para tal fin. Se debe tener en cuenta que para presentarse en El Muelle, las propuestas deberán adaptarse al espacio y a las condiciones técnicas de dicho escenario. Para ello se adjunta el rider técnico del espacio (Ver Anexo 1) con el fin de tenerlo en cuenta para la participación en la presente convocatoria.
Las propuestas ganadoras deberán acatar para su presentación las condiciones de uso del espacio y los protocolos de bioseguridad en cumplimiento de la normatividad vigente, establecida por el Ministerio de Salud y la Alcaldía de Mayor Bogotá.
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
---|---|
Persona Natural | Se entiende por persona natural al ciudadano(a) colombiano(a) o extranjero(a), mayor de 18 años, que de manera individual presenta una propuesta. La persona natural que participe en esta convocatoria se asume como solista, es decir, una persona que de manera individual presenta y ejecuta la totalidad de la propuesta artística. Un solista puede participar con el apoyo de personas que cumplan roles como ingeniero de sonido, un VJ u otro tipo de apoyos (máximo dos (2), pero la ejecución artística en el escenario de la propuesta de manera integral estará a cargo de una sola persona. Para participar en esta convocatoria la persona natural debe residir en Bogotá, ser artista (con o sin formación profesional) y contar con una trayectoria en la que pueda demostrar el desarrollo de mínimo tres (3) proyectos artísticos en las áreas de interés de la convocatoria durante los últimos cinco (5) años. Nota: Se debe aportar la hoja de vida de la persona natural y certificaciones de experiencia. tal como se indica en el ítem “Documentos técnicos para evaluación”. |
Persona Jurídica | Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente. Para participar como persona jurídica debes ingresar en el formulario de inscripción los datos solicitados de la totalidad de miembros de la junta directiva o del órgano administrativo que corresponda, de acuerdo con el documento oficial aportado. Recuerda que es tu deber verificar que las personas registradas en el certificado de inscripción correspondan exactamente con aquellas registradas en el certificado de existencia y representación legal o documento equivalente. Si se encuentra que la información no coincide, las entidades tendremos la facultad de hacer los ajustes en la plataforma Para participar en esta convocatoria, las personas jurídicas deben tener su domicilio principal en la ciudad de Bogotá, acreditar mediante certificado de existencia y representación legal que su objeto social está relacionado con el desarrollo de proyectos artísticos. Adicionalmente, deben demostrar la realización de mínimo tres (3) proyectos artísticos en las áreas de interés de esta convocatoria durante los últimos cinco (5) años. Nota: Se debe aportar la hoja de vida de la persona jurídica y certificaciones de experiencia tal como se indica en el ítem “Documentos técnicos para evaluación”. |
Agrupación | Conjunto de dos o más personas naturales (de acuerdo con lo definido en las condiciones específicas de participación) mayores de 18 años que presentan una propuesta en la cual participan activamente en su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, quien estará a cargo de la comunicación con la entidad encargada de la convocatoria en nombre de las y los integrantes de la agrupación, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo dado el caso que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor comprobados, asuma las responsabilidades del principal. Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la propuesta ganadora. Todas las personas integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadoras y ganadores y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. Aquellos miembros que no se encuentren registrados en el certificado de inscripción en línea, no serán considerados como integrantes de la agrupación, lo cual podría generar que la propuesta no sea habilitada, cuando no se cumpla con lo establecido en las condiciones específicas de la convocatoria. Durante la etapa comprendida entre el cierre de la inscripción de propuestas y la adjudicación de los estímulos, no se permitirá la renuncia o reemplazo de integrantes de las agrupaciones. Para participar en esta convocatoria las agrupaciones deben estar conformadas por mínimo dos (2) artistas (con o sin formación profesional), residentes en Bogotá. La agrupación debe contar con una trayectoria en la que pueda demostrar el desarrollo de mínimo tres (3) proyectos artísticos en las áreas de interés de la convocatoria durante los últimos cinco (5) años. Se deberá inscribir en la plataforma a la totalidad de los integrantes que desempeñen un rol artístico en la escena. Nota 1: Se deberá aportar hoja de vida de la agrupación y certificaciones de experiencia tal como se indica en el ítem “Documentos técnicos para evaluación”. |
Quiénes no pueden participar
Quienes se indiquen en el numeral 3.2 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura – PDE 2024.
Los ganadores de la convocatoria Premio Peña de Mujeres del Programa Distrital de Estímulos 2023.
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente. |
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5 MB |
2 | Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante. | Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. con la matrícula mercantil renovada en la vigencia correspondiente, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012. Si el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante presenta modificaciones o ajustes con posterioridad al cierre de la convocatoria en cualquier etapa del proceso, se deberá informar oportunamente a la entidad otorgante, la cual realizará los ajustes correspondientes en la plataforma SICON. En el caso de grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos), deberán presentar una certificación sobre existencia y representación legal de la organización o comunidad con el aval de las instancias consultivas locales y mesas según corresponda. Dado el caso que el participante informe la existencia del documento en otra entidad, se procederá de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012. Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente. Nota. Los grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos) y las personas jurídicas en cuyos certificados de existencia y representación legal no se relacione el NIT, deberán presentar el Registro Único Tributario (RUT) al momento de la inscripción. Los demás participantes deben verificar en las condiciones específicas de la convocatoria sí también deben cumplir con este requisito o si requieren presentar la Matrícula Mercantil renovada para la inscripción. |
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5 MB |
3 | Documento de identidad del representante de la agrupación participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente. |
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5 MB |
4 | Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente. |
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5 MB |
5 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación. | Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web: https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2024, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato. |
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5 MB |
6 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales del representante de la agrupación. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes del representante de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
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5 MB |
7 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de cada integrante de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
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5 MB |
8 | Documento de identidad de persona natural participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente. |
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5 MB |
9 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de la persona natural participante. | Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web: https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2024, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato. |
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5 MB |
10 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de la persona natural participante. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de la persona natural participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
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5 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Formato de presentación de propuesta | Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura 2024, así como las condiciones específicas de esta convocatoria. Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta del Premio Peña de Mujeres el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. Tenga en cuenta que los enlaces incluidos deben estar activos, sin restricción de acceso y NO son subsanables. En caso de que se trate de un video privado, se debe suministrar la clave. |
pdf |
15 MB |
2 | Hoja de vida artística del participante | Cargue en la plataforma de inscripción la hoja de vida artística del participante (persona natural, persona jurídica o agrupación según el caso) en formato PDF. |
pdf |
15 MB |
3 | Soportes de experiencia y trayectoria artística del participante | Certificaciones de experiencia y trayectoria artística. Estos documentos deberán dar cuenta de la realización del número mínimo de proyectos solicitados de acuerdo con el tipo de participante. (Ver perfil del participante) Se podrá aportar cualquiera de los siguientes soportes como certificaciones de experiencia para la persona natural, jurídica o agrupación: 1. Certificaciones expedidas por entidades públicas o privadas donde se indique fecha (día, mes, año) y lugar, contrato con su respectiva acta de liquidación u órdenes de servicio con comprobantes de pago. 2. Soportes como: Volantes (flyers). Afiches. Programas de mano. Registro fotográfico o audiovisual. Publicaciones propias. Publicaciones en medios de comunicación (reseñas, artículos, entrevistas, etc., indicando el medio en el que fue publicado y la fecha). Nota 1: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias. Nota 2: El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o con restricción de acceso que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web o documentos digitales) o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada. |
pdf |
15 MB |
4 | Formato de repertorio y derechos de autor | Descargue y diligencie la totalidad de los ítems solicitados en el “Formato de derechos de autor” el cual se encuentra en la sección formatos de esta convocatoria. Una vez diligenciado y firmado guárdelo en formato PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. |
pdf |
5 MB |
Criterios de evaluación
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Solidez interpretativa y artística de la propuesta Para las propuestas de teatro, danza, circo, narración oral y performance se tendrán en cuenta: dramaturgia (texto) o coreografía, dirección, recursos escénicos, recursos interpretativos, entre otros. Para las propuestas de música se tendrán en cuenta afinación, ritmo, calidad interpretativa, entre otros. |
0 a 30 |
2 | Tratamiento estético y recursos técnicos de la propuesta Para las propuestas de teatro, danza, circo y performance se tendrán en cuenta escenografía, iluminación, sonido, vestuario, utilería, entre otros Para las propuestas de música se tendrán en cuenta calidad del sonido, relación con el público, elementos escénicos, puesta en escena, entre otros |
0 a 25 |
3 | Pertinencia de la propuesta en relación con el objeto de la convocatoria |
0 a 20 |
4 | Trayectoria del participante |
0 a 20 |
5 | Si el participante (persona natural o jurídica) o al menos uno de los integrantes en el caso de agrupación, reside en las localidades de Santa Fe, Los Mártires o La Candelaria. Nota 1: Este criterio responde a la misionalidad territorial de la FUGA, no es obligatorio que los participantes residan en el Centro de Bogotá, sin embargo a aquellos participantes que acrediten esta condición, se les otorgarán 5 puntos en la evaluación. En el caso de persona jurídica, se debe acreditar mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, que el domicilio principal sea en las localidades de Los Mártires, Santa Fe o La Candelaria. Nota 2: En caso de obtener el puntaje correspondiente a este criterio, la persona o personas que se acredite(n) como residentes en el centro de Bogotá no podrán ser reemplazadas en ninguna etapa del proceso. |
0 a 5 |
Selección de ganadores |
Derechos específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en el numeral 7.5 las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2024, los ganadores tendrán los siguientes derechos:
- Notificación: Recibir mediante correo electrónico certificado la notificación de la Resolución por medio de la cual se designan los ganadores de la convocatoria y se solicitan los documentos para la legalización del estímulo.
- Divulgación: Gozar de las acciones de divulgación que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA- realice dentro del ámbito de sus funciones y conforme a la disponibilidad de recursos.
- Desembolso: Recibir el estímulo en un único desembolso, después de realizada la presentación de su obra o concierto, previa firma del paz y salvo del espacio donde se haya llevado a cabo la presentación y entrega de informe final de ejecución aprobado por la Subdirección Artística y Cultural.
Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC).
Nota 2: al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente.
Deberes específicos de las y los ganadores
1. Responder oportunamente el correo electrónico certificado de notificación de la Resolución por medio de la cual se designan los ganadores de la convocatoria. A partir de la fecha y hora de notificación el ganador cuenta con diez (10) días hábiles para aceptar de manera expresa el estímulo y hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo de acuerdo con numeral 7.2 de las Condiciones Generales de Participación. Para esta convocatoria debe presentar:
- Carta firmada y dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, en la que se manifiesta expresamente la aceptación del estímulo y se remiten los documentos requeridos. La carta debe estar suscrita por la persona natural, persona jurídica o el representante de la agrupación según corresponda.
- Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre de la persona natural, persona jurídica o del representante de la agrupación. La fecha de actualización del certificado debe ser del año 2019 en adelante, y su fecha de generación, de máximo treinta (30) días antes de su entrega.
- Certificación bancaria a nombre de la persona natural, persona jurídica o representante de la agrupación en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega. Nota: No se aceptan Cuentas de Ahorro de Trámites Simplificados - CATS o billeteras virtuales (como Nequi y Daviplata, entre otras).
- Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica, expedido por la Cámara de Comercio o por la entidad competente, dentro de los tres (3) meses anteriores a la expedición de la resolución por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado.
- Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación, con fecha de expedición máximo de treinta (30) días antes de su entrega o Certificación de parafiscales, expedido por el revisor fiscal o por el representante legal de la persona jurídica, en donde se acredite que la entidad está al día en el pago de los aportes parafiscales y de seguridad social o que no está obligada a hacerlo, según sea el caso.
2. Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA, a través de la Subdirección Artística y Cultural.
3. Cumplir con las condiciones previstas por la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA para la entrega del estímulo.
4. Acatar los protocolos de funcionamiento, seguridad y bioseguridad de los espacios destinados para la ejecución de la propuesta, la cual, en caso de ser necesario, deberá ser adaptada a las condiciones técnicas del lugar, o suplir bajo su cuenta y riesgo los requerimientos adicionales, en caso de que aplique.
5. Tener en cuenta que, para la presentación de la propuesta, el espacio de El Muelle estará sujeto a las fechas y horas que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA y su equipo de producción dispongan.
6. Asistir a la visita técnica programada en la fecha y hora establecidas por la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
7. En caso de que la presentación se realice en las instalaciones de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, se deberán retirar los insumos y elementos utilizados una vez finalizado el evento, dentro del plazo señalado por la entidad. Vencido este plazo, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA no se hará responsable por los materiales no retirados. En caso de que el(la) ganador(a) no pueda reclamar personalmente los productos, podrá delegar en un tercero la responsabilidad mediante comunicación escrita firmada por la persona natural o el representante principal de la agrupación.
8. Aportar o suministrar cualquier equipo adicional que se necesite para la presentación de la propuesta.
9. Hacerse responsable y cumplir con los aspectos relacionados con autoría y derechos patrimoniales y morales de la propuesta, así como con los trámites de derechos de autor, de acuerdo a lo contemplado en los numerales 7.6.13., 7.6.18., y 7.6.19. de las condiciones generales de participación PDE 2024.
10. Presentar un informe final que dé cuenta de la presentación realizada, para lo cual la entidad enviará un formato al ganador. Como soportes, se deben adjuntar fotografías de la realización de la presentación, que deben estar debidamente rotuladas. Dichas imágenes no deben estar insertas en el documento del informe, sino entregarse como archivos adjuntos.
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Rider técnico del Muelle
|
Rider técnico del escenario El Muelle |
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
FORMATO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
(archivo Word o PDF) |
Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura 2024, así como las condiciones específicas de esta convocatoria. Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta del Premio Peña de Mujeres el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. |
2 |
Formato de repertorio y derechos de autor
(archivo Word o PDF) |
Descargue y diligencie la totalidad de los ítems solicitados en el “Formato de derechos de autor” el cual se encuentra en la sección formatos de esta convocatoria. Una vez diligenciado y firmado guárdelo en formato PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. |
3 |
Formato de declaración lugar de residencia bajo la gravedad de juramento
(archivo Word o PDF) |
En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2024, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
RESOLUCIÓN No. 28 DE 2024
|
“Por medio de la cual se ordena se ordena la apertura de las convocatorias del ProgramaDistrital de Estímulos - FUGA 2024, a cargo de la Subdirección Artística y Cultural de laFundación Gilberto Alzate Avendaño” |
2 |
RESOLUCIÓN No. 29 DE 2024
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“Por medio de la cual se fija la tabla de reconocimientos económicos a otorgar al Banco dePersonas Expertas para el sector cultura en el marco del Programa Distrital de Estímulos dela Fundación Gilberto Alzate Avendaño-2024” |
3 |
RESOLUCIÓN No. 71 DE 2024
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“Por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de laconvocatoria “Premio Peña de Mujeres”, del Programa Distrital de Estímulos de la FundaciónGilberto Álzate Avendaño y se ordena el desembolso de los reconocimientos económicosasignados.” |
4 |
RESOLUCIÓN No. 85 DE 2024
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“Por medio de la cual se aclara y modifica parcialmente el considerando de la Resolución No 71 del 2024, en laque se designan los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria “Premio Peña de Mujeres”, delPrograma Distrital de Estímulos de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño y se ordena el desembolso de losreconocimientos económicos asignados.” |
5 |
RESOLUCIÓN No. 97 DE 2024
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“Por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado para seleccionar losganadores de la convocatoria “Premio Peña de Mujeres” del Programa Distrital de Estímulos- FUGA - 2024 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados a losganadores”. |
6 |
ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES Premio Peña de Mujeres
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ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES Premio Peña de Mujeres |
7 |
RESOLUCIÓN No. 116 DE 2024
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"Por medio de la cual se modifica el artículo tercero de la Resolución No 97 de 2024 “Pormedio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado para seleccionar losganadores de la convocatoria “Premio Peña de Mujeres” del Programa Distrital de Estímulos- FUGA - 2024 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados a losganadores" |
8 |
RESOLUCIÓN No. 118 DE 2024
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“Por medio de la cual se aclara y modifica parcialmente el considerando de la Resolución No 71 del 2024, en la que se designan los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria “Premio Peña de Mujeres”, del Programa Distrital de Estímulos de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño y se ordena el desembolso de los reconocimientos económicos asignados.” |
Listados
No. | Documento | Descripción |
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1 |
Listado de participantes inscritos Premio Peña de Mujeres
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Publicación del listado de participantes inscritos Premio Peña de Mujeres |
2 |
Listado de participantes habilitados, no habilitados y por subsanar Premio Peña de Mujeres
|
Publñicación de listado de participantes habilitados, no habilitados y por subsanar Premio Peña de Mujeres |
3 |
Listado de participantes habilitados y no habilitados Premio Peña de Mujeres
|
Publicación de listado de participantes habilitados y no habilitados Premio Peña de Mujeres |
Avisos modificatorios
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