Convocatoria Publicada
FUGA

BECA CREACIÓN DE TERRITORIOS VIVOS

Programa Distrital de Estímulos

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RESOLUCIÓN No. 29 DE 2024

02/24

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RESOLUCIÓN No. 28 DE 2024

02/24

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DOCUMENTOS

Información básica

La Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA tiene como misión articular y gestionar la revitalización y transformación participativa del centro de Bogotá a través de su potencial creativo, el arte y la cultura. Por lo anterior, abre la convocatoria Beca Creación de Territorios Vivos, del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura- PDE 2024, que busca promover la creación de un montaje escénico en las áreas de teatro, danza, música, circo o performance que involucre población residente o flotante (no artistas) de una o varias de las localidades ubicadas en el centro de Bogotá, D.C.: Los Mártires, Santa Fe y La Candelaria.

 

Enfoque(s): Disciplinar

Línea(s) estratégica(s): Creación

Área(s): Arte dramático,Danza,Interdisciplinar / transdisciplinar,Música

Número de estímulos: 1

Total de recursos: $ 17.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

Se otorgará un (1) estímulo, por valor de diecisiete millones de pesos M/cte ($17.000.000). El estímulo se entregará en dos desembolsos.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Profesional en artes escénicas (teatro, danza, performance) y/o música, con experiencia demostrable (por lo menos 6 años) en la creación de espectáculos de artes escénicas y/o música, con maestría en las áreas de interés o afines de la convocatoria, y con experiencia en trabajo comunitario desde la formulación y realización de proyectos artísticos y culturales.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Educación

Campo de experiencia:

Circo, teatro, danza, performance, música, trabajo comunitario desde las artes y la cultura

Área perfil: Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Maestría

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 17/02/2024

Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: atencionalciudadano@fuga.gov.co

Fecha de apertura 26/02/2024

Fecha a partir de la cual se habilita la plataforma para inscribir propuestas.

Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 27/04/2024 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 30/04/2024 17:00:00

Fecha y hora hasta la cual estará habilitada la plataforma para inscribir propuestas.

Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 14/05/2024

A partir de esta fecha los participantes que deban subsanar documentos administrativos cuentan con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma los documentos solicitados.

Fecha máxima de publicación de resolución de ganadores 16/07/2024

A partir de esta fecha, los ganadores recibirán la notificación de la Resolución a través del correo electrónico registrado en la plataforma. Deben aceptar el estímulo y presentar los documentos solicitados.  

Fecha máxima de ejecución 29/11/2024

Esta fecha incluye la presentación del informe final de ejecución del estímulo y la aprobación del mismo por parte de la Entidad.

Justificación

La misionalidad de la FUGA está relacionada con mejorar la calidad de vida de la ciudadanía al ampliar el acceso a la práctica y el disfrute del arte y la cultura como parte de su cotidianidad en condiciones de equidad. Esta convocatoria convoca artistas de la ciudad a generar un proceso de creación que cuente con la participación de sectores sociales, étnicos, etarios y culturales, habitantes de las tres localidades del centro de Bogotá.

Objeto

La convocatoria “Beca Creación de Territorios Vivos”, del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura - PDE 2024, de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, busca promover la creación de montajes escénicos en las áreas de teatro, danza, música, circo o performance que involucren población residente o flotante (no artistas) de una o varias de las localidades ubicadas en el centro de Bogotá, D.C.: Los Mártires, Santa Fe y La Candelaria. De esta manera, se busca dinamizar el tejido social, los procesos creativos y culturales en los territorios del centro de Bogotá, promover el trabajo colaborativo y en red con agentes de los barrios de las localidades mencionadas, así como de los sectores cultural, artístico y social en estos territorios. En esta convocatoria es muy relevante el proceso que se genera durante la creación, teniendo en cuenta que la experiencia de las herramientas que ofrece el arte es lo que garantiza la resonancia en las personas del territorio que se vinculan a la propuesta. El espacio de creación como encuentro para distintos diálogos debe apuntar al desarrollo del ejercicio escénico propuesto pero también al disfrute de los participantes, al reconocimiento y respeto por el otro, en el que la práctica artística es la mediadora.

Para participar en la convocatoria los participantes deberán definir la población con la cual van a trabajar (sector social, poblacional, etario y/o étnico) y en caso de resultar ganadores, deberán adelantar las gestiones necesarias para convocar dicha población, así como los espacios e insumos logísticos y de producción requeridos y adecuados para llevar a cabo el proceso de creación.

La propuesta ganadora deberá realizar tres (3) presentaciones del resultado final del proceso, dos (2) de las cuales  deberán llevarse a cabo en las localidades del centro de la ciudad (La Candelaria, Los Mártires o Santa Fe) y una (1) en el escenario El Muelle de la FUGA. La fecha de presentación en el Muelle será concertada con el área de artes vivas y musicales de la FUGA. Se adjunta el rider técnico del Muelle a fin de tenerlo en cuenta para la presentación de la propuesta. Ver Anexo 1.

Al culminar el proceso de creación el ganador deberá realizar una (1) socialización, que puede llevarse a cabo de manera presencial o virtual. La intención de este evento es informar a un público más amplio sobre lo que fue la ejecución de la propuesta, cómo y por qué decidieron participar, cómo se configuró  la propuesta, los obstáculos y logros en la ejecución de la misma, entre otros.

En resumen, el ganador deberá realizar cuatro (4) eventos en total: tres(3) presentaciones y una (1) socialización.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Natural

Se entiende por persona natural al ciudadano(a) colombiano(a) o extranjero(a), mayor de 18 años, que de manera individual presenta una propuesta.

Para participar en esta convocatoria, la persona natural debe ser artista (con o sin formación profesional), residente en Bogotá, y contar con una trayectoria en la que pueda demostrar el desarrollo de mínimo tres (3) proyectos artísticos en las áreas de interés de la convocatoria (teatro, danza, música, circo o performance) relacionados con la población a la cual dirige la propuesta (sectores sociales, poblacionales, etarios y/o étnicos).

Agrupación

Conjunto de dos o más personas naturales (de acuerdo con lo definido en las condiciones específicas de participación) mayores de 18 años que presentan una propuesta en la cual participan activamente en su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, quien estará a cargo de la comunicación con la entidad encargada de la convocatoria en nombre de las y los integrantes de la agrupación, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo dado el caso que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor comprobados, asuma las responsabilidades del principal. Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la propuesta ganadora.

Todas las personas integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadoras y ganadores y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. Aquellos miembros que no se encuentren registrados en el certificado de inscripción en línea, no serán considerados como integrantes de la agrupación, lo cual podría generar que la propuesta no sea habilitada, cuando no se cumpla con lo establecido en las condiciones específicas de la convocatoria.

Durante la etapa comprendida entre el cierre de la inscripción de propuestas y la adjudicación de los estímulos, no se permitirá la renuncia o reemplazo de integrantes de las agrupaciones.

Para participar en esta convocatoria, las agrupaciones deben estar conformadas por mínimo dos (2) artistas (con o sin formación profesional), residentes en Bogotá. La agrupación debe contar con una trayectoria en la que pueda demostrar el desarrollo de mínimo tres (3) proyectos artísticos en las áreas de interés de la convocatoria (teatro, danza, música, circo o performance) relacionados con la población a la cual dirige la propuesta (sectores sociales, poblacionales, etarios y/o étnicos).

Persona Jurídica

Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente.

Para participar como persona jurídica debes ingresar en el formulario de inscripción los datos solicitados de la totalidad de miembros de la junta directiva o del órgano administrativo que corresponda, de acuerdo con el documento oficial aportado. Recuerda que, es tu deber verificar que las personas registradas en el certificado de inscripción correspondan exactamente con aquellas registradas en el certificado de existencia y representación legal o documento equivalente. Si se encuentra que la información no coincide, las entidades tendremos la facultad de hacer los ajustes en la plataforma.

Para participar en esta convocatoria, las personas jurídicas deberán acreditar, mediante certificado de existencia y representación legal, que su objeto social está relacionado con el desarrollo de proyectos artísticos en las áreas de interés de la convocatoria (teatro, danza, música, circo o performance). Adicionalmente, deberán acreditar la realización de mínimo tres (3) proyectos artísticos relacionados con la población a la cual dirige la propuesta (sectores sociales, poblacionales, etarios y/o étnicos).

Quiénes no pueden participar

Quienes se indiquen en el numeral 3.2 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura – PDE 2024.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

- Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación.

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 MB
2 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. con la matrícula mercantil renovada en la vigencia correspondiente, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012.

Si el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante presenta modificaciones o ajustes con posterioridad al cierre de la convocatoria en cualquier etapa del proceso, se deberá informar oportunamente a la entidad otorgante, la cual realizará los ajustes correspondientes en la plataforma SICON.

En el caso de grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos), deberán presentar una certificación sobre existencia y representación legal de la organización o comunidad con el aval de las instancias consultivas locales y mesas según corresponda. 

Dado el caso que el participante informe la existencia del documento en otra entidad, se procederá de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012.

Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente.

Nota: Los grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos) y las personas jurídicas en cuyos certificados de existencia y representación legal no se relacione el NIT, deberán presentar el Registro Único Tributario (RUT) al momento de la inscripción. Los demás participantes deben verificar en las condiciones específicas de la convocatoria sí también deben cumplir con este requisito o si requieren presentar la Matrícula Mercantil renovada para la inscripción.

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5 MB
3 Documento de identidad del representante de la agrupación participante.

- Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación.

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 MB
4 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante.

- Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación.

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 MB
5 Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación.

Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web:

https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia

Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o  interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2024, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato.

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5 MB
6 Registro Único Nacional de Agentes Culturales del representante de la agrupación.

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes del representante de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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5 MB
7 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación.

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de cada integrante de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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5 MB
8 Documento de identidad de persona natural participante.

- Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación.

El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 MB
9 Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de la persona natural participante.

Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web:

https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia

Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o  interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2024, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato.

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5 MB
10 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de la persona natural participante.

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de la  persona natural participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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5 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Formato de presentación de propuesta

Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura 2024, así como las condiciones específicas de esta convocatoria.

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta de la “Beca Creación de Territorios Vivos” el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

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15 MB
2 Hoja de vida del participante

Cargue en la plataforma de inscripción la hoja de vida artística  del participante (persona natural, persona jurídica o agrupación según el caso) en formato PDF.

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15 MB
3 Soportes de la experiencia y trayectoria del participante

Cargue en la plataforma de inscripción un único archivo PDF que contenga las certificaciones de experiencia y trayectoria artística. Estos documentos deberán dar cuenta del número mínimo de proyectos solicitados de acuerdo con el tipo de participante. (Ver perfil del participante)

Se podrá aportar cualquiera de los siguientes soportes como certificaciones de experiencia para la persona, jurídica  o  agrupación:

1. Certificaciones expedidas por entidades públicas o privadas donde se indique fecha (día, mes, año) y lugar, contrato con su respectiva acta de liquidación u órdenes de servicio con comprobantes de pago.

2. Soportes como:

Volantes (flyers).

Afiches.

Programas de mano.

Registro fotográfico o audiovisual.

Publicaciones propias.

Publicaciones en medios de comunicación (reseñas, artículos, entrevistas, etc., indicando el medio en el que fue publicado y la fecha).

Nota 1: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias.

Nota 2: El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o con restricción de acceso que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web o documentos digitales) o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada.

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15 MB
4 Formato de cronograma y presupuesto

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato Presupuesto-Cronograma-, el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria.

Guárdelo y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

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10 MB

Criterios de evaluación

Ronda: GANADORES
No. Criterio Puntaje
1

Propuesta metodológica para la ejecución de la propuesta

0 a 30
2

Beneficio/impacto que ofrece el desarrollo de la propuesta a la comunidad con la cual se propone llevar a cabo el proceso de creación

0 a 25
3

Experiencia del participante en trabajo con comunidad

0 a 20
4

Viabilidad y factibilidad de la propuesta (cronograma y presupuesto)

0 a 20
5

Si el participante (persona natural o jurídica) o al menos uno de los integrantes en el caso de agrupación, reside en las localidades de Santa Fe, Los Mártires o La Candelaria.

Nota 1: Este criterio responde a la misionalidad territorial de la FUGA, no es obligatorio que los participantes residan en el Centro de Bogotá, sin embargo a aquellos participantes que acrediten esta condición, se les otorgarán 5 ptos en la evaluación. En el caso de persona jurídica, se debe acreditar mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, que el domicilio principal sea en las localidades de Los Mártires, Santa Fe o La Candelaria.

Nota 2: En caso de obtener el puntaje correspondiente a este criterio, la persona o personas que se acrediten como residentes no podrán ser reemplazadas en ninguna etapa del proceso

0 a 5

Selección de ganadores

Derechos específicos de las y los ganadores

1. Notificación: Recibir mediante correo electrónico certificado la notificación de la Resolución por medio de la cual se designan los ganadores de la convocatoria y se solicitan los documentos para la legalización del estímulo.

2. Desembolsos: Una vez publicada la resolución de recomendación de los jurados evaluadores y selección de ganadores, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA, llevará a cabo los desembolsos así:

Primer desembolso: correspondiente al 80 % del valor total del estímulo, posterior a la notificación de la resolución por la cual se designa el ganador, entrega oportuna de los documentos requeridos para la legalización del estímulo por parte del ganador y aprobación de la póliza de cumplimiento de disposiciones legales, y la póliza de responsabilidad civil extracontractual.

Segundo y último desembolso: correspondiente al 20% del valor total del estímulo una vez realizadas las presentaciones, la socialización y cumplidas todas las obligaciones del ganador, incluida la entrega del informe final que dé cuenta del proceso de creación el cual deberá ser aprobado por la Subdirección Artística y Cultural – FUGA.

Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC).

Nota 2: al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente.

3. Divulgación: Gozar de las acciones de divulgación que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA- realice dentro del ámbito de sus funciones y conforme a la disponibilidad de recursos.

Deberes específicos de las y los ganadores

1. Responder oportunamente el correo electrónico certificado de notificación de la Resolución por medio de la cual se designa el ganador de la convocatoria. A partir de la fecha y hora de notificación el ganador cuenta con diez (10) días hábiles para aceptar de manera expresa el estímulo y hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo de acuerdo con numeral 7.2 de las Condiciones Generales de Participación. Para esta convocatoria debe presentar:

  • Carta firmada y dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, en la que se manifiesta expresamente la aceptación del estímulo y se remiten los documentos requeridos. La carta debe estar suscrita por la persona natural, persona jurídica o el representante de la agrupación según corresponda.
  • Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre de la persona natural, persona jurídica o del representante de la agrupación. La fecha de actualización del certificado debe ser del año 2019 en adelante, y su fecha de generación, de máximo treinta (30) días antes de su entrega.
  • Certificación bancaria a nombre de la persona natural, persona jurídica o representante de la agrupación en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega. Nota: No se aceptan Cuentas de Ahorro de Trámites Simplificados - CATS o billeteras virtuales (como Nequi y Daviplata, entre otras).
  • Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica, expedido por la Cámara de Comercio o por la entidad competente, dentro de los tres (3) meses anteriores a la expedición de la resolución por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado.
  • Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30 %) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más. Las pólizas deberán estar firmadas por el tomador o tomadora y acompañadas del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen. 
  • Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por 200 SMMLV y cobertura hasta la fecha máxima de ejecución del estímulo. Las pólizas deberán estar firmadas por el tomador o tomadora y acompañadas del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen. 
  • Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación, con fecha de expedición máximo de treinta (30) días antes de su entrega o Certificación de parafiscales, expedido por el revisor fiscal o por el representante legal de la persona jurídica, en donde se acredite que la entidad está al día en el pago de los aportes parafiscales y de seguridad social o que no está obligada a hacerlo, según sea el caso.

2. Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA, a través de la Subdirección Artística y Cultural.

3. Gestionar por su cuenta y riesgo los escenarios o espacios en los cuales se llevarán a cabo las dos presentaciones en las localidades, y asumir los gastos, trámites y permisos  que se generen en ese proceso.

4. Acatar los protocolos de funcionamiento, seguridad y bioseguridad del espacio destinado para la ejecución de la propuesta, la cual, en caso de ser necesario, deberá ser adaptada a las condiciones técnicas del lugar, o suplir bajo su cuenta y riesgo los requerimientos adicionales, en caso de que aplique.

5. Hacerse responsable y cumplir con los aspectos relacionados con autoría y derechos patrimoniales y morales de la propuesta, así como con los trámites de derechos de autor, conexos y de imagen de acuerdo a lo contemplado en los numerales 7.6.13., 7.6.18. y 7.6.19 de las condiciones generales de participación PDE 2024.

6. Tramitar y obtener las respectivas licencias, autorizaciones o permisos en materia de derechos de autor, conexos y de imagen, para su uso en la propuesta ganadora, si no es el titular de los derechos correspondientes. Lo anterior, previo al inicio formal de la ejecución de la propuesta, acreditando esta situación con los respectivos documentos.

7. Presentar un informe final que dé cuenta del proceso de creación para recibir el segundo desembolso, para lo cual la entidad enviará un formato al ganador. Como soportes, se deben adjuntar fotografías de la realización de cada una de las fases de ejecución, que deben estar debidamente rotuladas. Dichas imágenes no deben estar insertas en el documento del informe, sino entregarse como archivos adjuntos; en caso de incluir videos dentro de los soportes, estos se deberán entregar como archivos adjuntos, NO como links o vínculos a plataformas. Cuando superen los 99 MB de tamaño se deberán radicar en la oficina de correspondencia de la FUGA.

Anexos

No. Documento Descripción
1 Rider técnico del Muelle
Rider técnico del escenario El Muelle
2 Guía para la formulación del presupuesto de una propuesta
Guía para la formulación del presupuesto de una propuesta

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato para la presentación de propuestas

(archivo Word o PDF)

 
 

Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura 2024, así como las condiciones específicas de esta convocatoria.

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta de la “Beca Creación de Territorios Vivos” el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

2 Formato de cronograma y presupuesto

(archivo Word o PDF)

 
 

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato Presupuesto-Cronograma-, el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria.

Guárdelo y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

3 Formato de declaración lugar de residencia bajo la gravedad de juramento

(archivo Word o PDF)

 
 

En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o  interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2024, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación.

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 RESOLUCIÓN No. 28 DE 2024
“Por medio de la cual se ordena se ordena la apertura de las convocatorias del ProgramaDistrital de Estímulos - FUGA 2024, a cargo de la Subdirección Artística y Cultural de laFundación Gilberto Alzate Avendaño” 
2 RESOLUCIÓN No. 29 DE 2024
“Por medio de la cual se fija la tabla de reconocimientos económicos a otorgar al Banco dePersonas Expertas para el sector cultura en el marco del Programa Distrital de Estímulos dela Fundación Gilberto Alzate Avendaño-2024”

Listados

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Avisos modificatorios

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