BECA INVESTIGACIÓN HISTÓRICA EN ARTE CONTEMPORÁNEO
Programa Distrital de Estímulos
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Documentación de la convocatoria
Información básica
La Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA tiene como misión articular y gestionar la revitalización y transformación participativa del centro de Bogotá a través de su potencial creativo, el arte y la cultura. Por lo anterior, presenta la convocatoria Beca de Investigación Histórica en Arte Contemporáneo del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura - PDE 2024, que busca fomentar la producción de conocimiento a través de una investigación histórica sobre arte contemporáneo colombiano.
Enfoque(s): Disciplinar
Línea(s) estratégica(s): Investigación
Área(s): Artes plásticas y visuales
Número de estímulos: 1
Total de recursos: $ 26.000.000
Descripción general de los recursos a otorgar:
Un único estímulo por valor de veintiséis millones de pesos M/cte ($26.000.000), el cual se otorgará al ganador en tres (3) desembolsos.
Perfiles de los jurados
Perfil 1
Curadores, investigadores en arte colombiano y profesionales afines, como Bellas Artes, Historia, Periodismo , Comunicación Social, Literatura, Ciencias, Sociales, Ciencias Humanas, con trayectoria en el campo del arte local o internacional, y experiencia relacionada de mínimo diez (10) años, debidamente soportada.
Área conocimiento: Bellas Artes
Campo de experiencia:
Bellas artes Ciencias Sociales y humanas
Área perfil: Artes plásticas y visuales
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Maestría
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
---|---|---|
Fecha de publicación | 17/02/2024 | Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: atencionalciudadano@fuga.gov.co |
Fecha de apertura | 26/02/2024 | Fecha a partir de la cual se habilita la plataforma para inscribir propuestas. |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 13/04/2024 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 16/04/2024 17:00:00 | Fecha y hora hasta la cual estará habilitada la plataforma para inscribir propuestas. |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 03/05/2024 | A partir de esta fecha los participantes que deban subsanar documentos administrativos cuentan con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma los documentos solicitados. |
Fecha máxima de publicación de resolución de ganadores | 28/06/2024 | A partir de esta fecha, los ganadores recibirán la notificación de la Resolución a través del correo electrónico registrado en la plataforma. Deben aceptar el estímulo y presentar los documentos solicitados. |
Fecha máxima de ejecución | 29/11/2024 | Esta fecha incluye la presentación del informe final de ejecución del estímulo y la aprobación del mismo por parte de la Entidad. |
Justificación
La convocatoria Beca Investigación en arte contemporáneo de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA busca fomentar la producción de conocimiento a través de una investigación histórica sobre arte contemporáneo colombiano. Se esperan propuestas que desarrollen y exploren una perspectiva que aporte a la construcción y fortalecimiento de los campos de la curaduría y la investigación del arte en Colombia.
Con el desarrollo de este tipo de proyectos se busca fortalecer los procesos de investigación con miras a la creación de memoria histórica, dejando registro de los procesos artísticos en la plástica local y nacional. Esto se verá reflejado en la producción de una publicación y su socialización a la ciudadanía.
Objeto
La convocatoria Beca de Investigación en Arte Contemporáneo de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA busca fomentar la producción de conocimiento a través de una investigación histórica sobre arte contemporáneo colombiano.
El arte contemporáneo abarca las formas de arte de nuestra era, producidas e interpretadas como un reflejo de la sociedad actual. Las investigaciones pueden estar orientadas a aspectos como la creación, circulación, curaduría e historia de las distintas manifestaciones artísticas contemporáneas desarrolladas en Colombia.
Se espera que la investigación fomente la producción de conocimiento y que desarrolle una perspectiva que aporte a la construcción y fortalecimiento de los campos de la curaduría y la investigación del arte en Colombia dejando registro de los procesos artísticos en la plástica local y nacional.
Como resultado de la investigación el ganador deberá hacer entrega de un documento en formato digital editable acompañado de los correspondientes, anexos, imágenes, créditos etc, tal como se especifíca en la sección “Deberes de los ganadores” de la presente convocatoria.
Notas:
- El proyecto de investigación debe ser inédito en su totalidad. En ningún caso se aceptan proyectos de actualizaciones o recapitulaciones de investigaciones ya finalizadas.
- El texto producto de la investigación final, deberá tener una extensión mínima de cincuenta páginas (90.000 caracteres con espacios).
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
---|---|
Persona Natural | Se entiende por persona natural al ciudadano (a) colombiano (a) o extranjero (a) mayor de 18 años que de manera individual presenta una propuesta Para participar en esta convocatoria, la persona natural deberá contar con título universitario en áreas afines a las artes plásticas y visuales, historia, periodismo, comunicación social, literatura, ciencias sociales, ciencias humanas y afines, y con mínimo un (1) proyecto curatorial o de investigación en temáticas asociadas a arte y cultura. Nota: la experiencia exigida para las personas naturales deberá estar soportada por certificados contractuales, liquidaciones de contratos, certificados laborales, documentos administrativos que den cuenta de la ejecución exitosa de becas o premios recibidos relacionados con la materia de la presente convocatoria, la entrega de créditos museográficos o en galerías de arte, catálogos de exposición, aparición en bandera de publicaciones, artículos, premios o piezas gráficas publicadas en medios de comunicación.
|
Agrupación | Conjunto de dos o más personas naturales (de acuerdo con lo definido en las condiciones específicas de participación) mayores de 18 años que presentan una propuesta en la cual participan activamente en su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, quien estará a cargo de la comunicación con la entidad encargada de la convocatoria en nombre de las y los integrantes de la agrupación, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo dado el caso que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor comprobados, asuma las responsabilidades del principal. Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la propuesta ganadora. Todas las personas integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadoras y ganadores y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. Aquellos miembros que no se encuentren registrados en el certificado de inscripción en línea, no serán considerados como integrantes de la agrupación, lo cual podría generar que la propuesta no sea habilitada, cuando no se cumpla con lo establecido en las condiciones específicas de la convocatoria. Durante la etapa comprendida entre el cierre de la inscripción de propuestas y la adjudicación de los estímulos, no se permitirá la renuncia o reemplazo de integrantes de las agrupaciones. Para participar en esta convocatoria, las agrupaciones deberán estar conformadas por mínimo dos personas mayores de 18 años. Al menos uno de los integrantes deberá contar con título universitario en áreas afines a las artes plásticas y visuales, historia, periodismo, comunicación social, literatura, ciencias sociales, ciencias humanas y afines. La agrupación deberá contar con trayectoria en el desarrollo de mínimo dos (2) proyectos curatoriales o de investigación en temáticas asociadas a arte y cultura. Esta trayectoria puede ser certificada por uno o más de los integrantes de la agrupación. Nota 1: la experiencia exigida para las agrupaciones deberá estar soportada por la entrega de certificados contractuales, liquidaciones de contratos, certificados laborales, documentos administrativos que den cuenta de la ejecución exitosa de becas o premios recibidos relacionados con la materia de la presente convocatoria créditos museográficos o en galerías de arte, catálogos de exposición, aparición en bandera de publicaciones, artículos, premios o piezas gráficas publicadas en medios de comunicación, Volantes (flyers), Afiches, Programas de mano, reels, Registro fotográfico o audiovisual o Publicaciones propias. |
Quiénes no pueden participar
Quienes se indiquen en el numeral 7.2 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2024.
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
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1 | Documento de identidad del representante de la agrupación participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente. |
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5 MB |
2 | Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.
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5 MB |
3 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación. | Para residentes en Bogotá D.C.: Certificado expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web: https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C.o en Colombia por la Alcaldía del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, con fecha máxima de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2024, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato.
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5 MB |
4 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales del representante de la agrupación. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de la persona natural participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
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5 MB |
5 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de la persona natural participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
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5 MB |
6 | Documento de identidad de persona natural participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.
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5 MB |
7 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de la persona natural participante. | Para residentes en Bogotá D.C.: Certificado expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web: https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C.o en Colombia por la Alcaldía del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, con fecha máxima de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2024, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato. |
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5 MB |
8 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de la persona natural participante. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de la persona natural participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
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5 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
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1 | PROYECTO DETALLADO EN FORMATO PDF | Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2024 así como las condiciones específicas de esta convocatoria. Adjunte en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin, un único documento PDF que contenga: 1. Título de la Investigación 2. Descripción (tema específico) 3. Antecedentes de la investigación (si aplica) 4. Planteamiento del problema 5. Postulado de la investigación (Si aplica) 6. Justificación 7. Objetivos 8. Marco teórico 9. Cronograma del proceso de investigación 10. Presupuesto detallado 11. Bibliografía
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pdf |
15 MB |
2 | PORTAFOLIO | Portafolio de la persona natural o de cada uno de los integrantes de la agrupación, según sea el caso, que dé cuenta de su perfil y trayectoria artística, cultural o investigativa. |
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15 MB |
3 | SOPORTES DE EXPERIENCIA | Cargue en la plataforma de inscripción un (1) solo documento en PDF que contenga los soportes de experiencia y trayectoria del participante. Estos deben dar cuenta como mínimo de lo requerido en el perfil del participante: Para persona natural: mínimo un (1) proyecto curatorial o de investigación en temáticas asociadas a arte y cultura. Para agrupaciones: mínimo dos (2) proyectos curatoriales o de investigación en temáticas asociadas a arte y cultura. Esta trayectoria puede ser certificada entre los integrantes de la agrupación. Se podrán aportar cualquiera de los siguientes soportes como certificaciones de experiencia para la persona natural o la agrupación: 1. Soportes como:
2. Certificaciones expedidas por entidades públicas o privadas donde se indique fecha (día, mes, año) y lugar, contrato con su respectiva acta de liquidación u órdenes de servicio con comprobantes de pago. Nota 1: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias. Nota 2: El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o con restricción de acceso que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web o documentos digitales)o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada.
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15 MB |
4 | TITULO UNIVERSITARIO | Para persona natural: Título universitario de la persona natural, en áreas afines a las artes plásticas y visuales, historia, periodismo, comunicación social, literatura, ciencias sociales, ciencias humanas y afines. Para agrupaciones: Título universitario de al menos uno de los integrantes de la agrupación, en áreas afines a las artes plásticas y visuales, historia, periodismo, comunicación social, literatura, ciencias sociales, ciencias humanas y afines. |
pdf |
5 MB |
Criterios de evaluación
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Aporte al campo artístico en términos de la investigación en arte contemporáneo. |
0 a 20 |
2 | Solidez formal, conceptual de la propuesta de investigación. |
0 a 40 |
3 | Viabilidad de la propuesta de investigación en términos de cronograma y presupuesto. |
0 a 25 |
4 | Portafolio / Trayectoria del (los) proponente(s). |
0 a 15 |
Selección del ganador |
Derechos específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en el numeral 7.5 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2024, el ganador tendrá los siguientes derechos:
- Notificación: Recibir mediante correo electrónico certificado la notificación de la Resolución por medio de la cual se designan los ganadores de la convocatoria y se solicitan los documentos para la legalización del estímulo.
- Desembolsos: Una vez publicada la resolución de recomendación de los jurados evaluadores y selección de ganadores, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA, llevará a cabo los desembolsos así:
● Primer desembolso correspondiente al 60 % del valor total del estímulo, posterior a la publicación de la resolución por la cual se designa el ganador, entrega oportuna de los documentos requeridos para la ejecución del estímulo por parte del ganador y aprobación de la garantía única de cumplimiento de disposiciones legales.
● Segundo desembolso correspondiente al 30 % del valor total del estímulo, a la entrega de un primer informe parcial del proceso llevado a cabo, que incluya el postulado de la investigación, así como por lo menos el 70% del contenido de la publicación, previa aprobación de la Subdirección Artística y Cultural – FUGA.
● Tercer y último desembolso correspondiente al 10 % del valor total del estímulo,una vez realizadas el documento de investigación, la socialización y cumplidas todas las obligaciones del ganador, incluida la entrega del informe final que dé cuenta del proceso de investigación el cual deberá ser aprobado por la Subdirección Artística y Cultural – FUGA.
Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC).
Nota 2: al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente.
3. Divulgación: Gozar de las acciones de divulgación que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA- realice dentro del ámbito de sus funciones y conforme a la disponibilidad de recursos.
Deberes específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en el numeral 7.6 las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2024, el ganador tendrá los siguientes deberes:
- Responder oportunamente el correo electrónico certificado de notificación de la Resolución por medio de la cual se designa el ganador de la convocatoria. A partir de la fecha y hora de notificación el ganador cuenta con diez (10) días hábiles para aceptar de manera expresa el estímulo y hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo de acuerdo con numeral 7.2 de las Condiciones Generales de Participación. Para esta convocatoria debe presentar:
- Carta firmada y dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, en la que se manifiesta expresamente la aceptación del estímulo y se remiten los documentos requeridos. La carta debe estar suscrita por la persona natural o el representante de la agrupación según corresponda.
- Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación. La fecha de actualización del certificado debe ser del año 2019 en adelante, y su fecha de generación, de máximo treinta (30) días antes de su entrega.
- Certificación bancaria a nombre de la persona natural o representante de la agrupación en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega. Nota: No se aceptan Cuentas de Ahorro de Trámites Simplificados - CATS o billeteras virtuales (como Nequi y Daviplata, entre otras).
- Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30 %) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más. Las pólizas deberán estar firmadas por el tomador o tomadora y acompañadas del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen.
- Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación, con fecha de expedición máximo de treinta (30) días antes de su entrega.
2. Presentar un primer informe parcial del proceso llevado a cabo, que incluya el postulado de la investigación, el índice, objetivos, marco teórico, así como por lo menos el 60% del contenido de la publicación. Se deben presentar las imágenes con las que se acompañará la investigación y la gestión de sus derechos para ser publicadas.
3. Presentar un informe final que contenga:
- El producto final terminado en medio digital (en los formatos PDF y Word editable, tamaño carta, márgenes de 3 cm por cada lado y estar escrito en fuente Times New Roman 12 puntos e interlineado doble) .El documento deberá tener una extensión mínima de cincuenta páginas (90.000 caracteres con espacios
- Material fotográfico (alta resolución mínimo 300 dpi (sin forzar) con sus respectivos pie de fotos) que acompaña la publicación.
- Incluir un Formato de Registro de Imágenes en el cual se relacione la imágen y la gestión de derechos de autor.
- La ubicación de las imágenes debe estar debidamente señalada en el texto del archivo Word o PDF con el nombre de la imagen (esta identificación debe corresponder a la información relacionada en el Formato de Registro de Imágenes).
- Solicitar los permisos y dar los créditos correspondientes, en caso de usar textos, piezas visuales, sonoras y o videográficas que no sean de la autoría del ganador del presente estímulo.
- Entregar la(s) licencia(s) de uso firmada(s) por el(los) autor(es).
4. Escribir la investigación en español, que debe ser inédita en su totalidad, no haber sido publicada en medio digital o impreso ni premiada en otros concursos, o estar participando en otras convocatorias. Tampoco podrá tener compromisos con instituciones, empresas o editoriales.
5. Asumir la responsabilidad sobre los contenidos y opiniones expresadas en los resultados del proceso de investigación desarrollado con el presente estímulo.
6. Hacerse responsable y cumplir con los aspectos relacionados con autoría y derechos patrimoniales y morales de la propuesta, así como con los trámites de derechos de autor, conexos y de imagen de acuerdo a lo contemplado en los numerales 7.6.13., 7.6.18. y 7.6.19 de las condiciones generales de participación PDE 2024.
7. El ganador debe dar una charla o conversatorio como socialización en la FUGA, del proceso de investigación adelantado para dicha publicación.
8. Acoger las observaciones que realice la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA durante la ejecución de la investigación.
9. Asistir puntualmente a las reuniones, actividades de divulgación, prensa, presentaciones públicas o privadas que sean acordadas con la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA.
10. Participar en las actividades de seguimiento que solicite la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA
11. Los demás que señale la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA.
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Guía para la formulación del presupuesto de una propuesta
|
Guía para la formulación del presupuesto de una propuesta |
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Declaración juramentada de residencia
(archivo Word o PDF) |
La interesada o interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, con fecha máxima de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2024, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato. |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
RESOLUCIÓN No. 28 DE 2024
|
“Por medio de la cual se ordena se ordena la apertura de las convocatorias del ProgramaDistrital de Estímulos - FUGA 2024, a cargo de la Subdirección Artística y Cultural de laFundación Gilberto Alzate Avendaño” |
2 |
RESOLUCIÓN No. 29 DE 2024
|
“Por medio de la cual se fija la tabla de reconocimientos económicos a otorgar al Banco dePersonas Expertas para el sector cultura en el marco del Programa Distrital de Estímulos dela Fundación Gilberto Alzate Avendaño-2024” |
3 |
RESOLUCIÓN No. 70 DE 2024
|
“Por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de laconvocatoria “Beca de Investigación Histórica en Arte Contemporáneo”, del ProgramaDistrital de Estímulos de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño y se ordena el desembolsode los reconocimientos económicos asignados.” |
4 |
RESOLUCIÓN No. 98 DE 2024
|
“Por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado para seleccionar losganadores de la convocatoria “Beca de Investigación Histórica en Arte Contemporáneo” delPrograma Distrital de Estímulos - FUGA - 2024 y se ordena el desembolso de los estímuloseconómicos asignados a los ganadores.” |
5 |
ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES - Beca de Investigación Histórica en Arte Contemporáneo
|
ACTA DE RECOMENDACIÓN DE GANADORES - Beca de Investigación Histórica en Arte Contemporáneo |
6 |
RESOLUCIÓN No. 115 DE 2024
|
“Por medio de la cual se modifica el artículo tercero de la Resolución No 98 de 2024 “Pormedio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado para seleccionar losganadores de la convocatoria “Beca de Investigación Histórica en Arte Contemporáneo” del Programa Distrital de Estímulos - FUGA - 2024 y se ordena el desembolso de los estímuloseconómicos asignados a los ganadores.“” |
Listados
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Listado de participantes inscritos Beca de Investigación Histórica en Arte Contemporáneo
|
Publicación de listado de participantes inscritos Beca de Investigación Histórica en Arte Contemporáneo |
2 |
Listado de participantes habilitados, no habilitados y por subsanar Beca de Investigación Histórica en Arte Contemporáneo
|
Publicación de listado de participantes habilitados, no habilitados y por subsanar Beca de Investigación Histórica en Arte Contemporáneo |
3 |
Listado de participantes habilitados y no habilitados Beca de Investigación Histórica en Arte Contemporáneo
|
Listado de participantes habilitados y no habilitados Beca de Investigación Histórica en Arte Contemporáneo |
Avisos modificatorios
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