BECA LEP BOGOTÁ A LA ESCENA
Ley de espectáculos públicos
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Documentación de la convocatoria
Información básica
Apoyar a través de los recursos de la contribución parafiscal cultural, a personas jurídicas o agrupaciones que desarrollen producción y circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas que además de fortalecer el ecosistema cultural de la ciudad, aporten a la activación de la programación de espacios para las artes escénicas y escenarios alternativos en los barrios de Bogotá.
Enfoque(s): Territorial
Línea(s) estratégica(s): Circulación, Producción
Área(s): Interdisciplinar / transdisciplinar
Número de estímulos: 10
Total de recursos: $ 1.053.734.410
Descripción general de los recursos a otorgar:
Diez (10) estímulos de ciento cinco millones trescientos setenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y un pesos mcte ($105.373.441) cada uno.
Perfiles de los jurados
Perfil 1
Profesional en cualquier área del conocimiento con título de posgrado y experiencia mínima de cinco (5) años en el montaje, creación, ejecución, circulación o producción de espectáculos de las artes escénicas (danza,teatro,música,circo y magia).
Área conocimiento: Cualquier área del conocimiento
Campo de experiencia:
Mínimo cinco (5) años de experiencia certificada en el montaje, creación, ejecución, circulación o producción de espectáculos de las artes escénicas (danza,teatro,música,circo y magia).
Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Especialización
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Perfil 2
Experto sin título universitario que acredite experiencia mínima de cinco (5) años en creación, dirección, actuación, interpretación, circulación o producción de espectáculos de las artes escénicas (danza, teatro, circo, magia, música).
Área conocimiento: No aplica
Campo de experiencia:
Mínima de cinco (5) años en creación, dirección, actuación, interpretación, circulación o producción de espectáculos de las artes escénicas (danza, teatro, circo, magia, música).
Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar
Formación profesional: No requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: null
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Perfil 3
Profesional o licenciado en Bellas Artes o Ciencias Sociales y Humanas, con experiencia mínima de cinco (5) años en la formulación, implementación o evaluación de proyectos artísticos y culturales o gestión cultural.
Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación
Campo de experiencia:
Mínimo cinco (5) años en la formulación, implementación o evaluación de proyectos artísticos y culturales o gestión cultural.
Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Universitaria
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
---|---|---|
Fecha de publicación | 11/06/2024 | Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con cinco(5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@scrd.gov.co hasta las 17:00:00 horas del último día. |
Fecha de apertura | 19/06/2024 | Inicio proceso de inscripción de propuestas. |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 22/07/2024 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 25/07/2024 17:00:00 | Finalización del proceso de inscripción de propuestas. |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 06/08/2024 | A partir de este momento las y los participantes cuentan con tres (3) días hábiles para subsanar documentos solicitados o remitir solicitudes de aclaración sobre el proceso de verificación de documentos. |
Publicación de listado de elegibles | 25/09/2024 | Una vez finalizado el proceso de evaluación, las propuestas elegibles serán registradas en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas-PULEP y se podrán considerar como ganadoras una vez sean aprobadas por parte del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes. |
Fecha máxima de ejecución | 28/02/2025 | Fecha máxima para la realización de las actividades y ejecución de estímulo. |
Justificación
En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1493 de 2011, fue creada la contribución parafiscal cultural de los espectáculos públicos de las artes escénicas para proyectos de infraestructura cultural, sin embargo, con el fin de vincular nuevas líneas de participación, mediante la Ley 2070 de 2020 se amplió la posibilidad de inversión de estos recursos incluyendo las líneas de producción y circulación en la financiación de proyectos de esta naturaleza.
Para definir el alcance de estos proyectos, el Decreto 1080 de 2015 en su artículo 2.9.2.4.2, establece que son actividades de:
Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del Sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.
Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.
En cumplimiento con lo señalado en el Artículo 3. del Decreto Distrital 321 de 2022 en lo que se refiere a la administración y ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) como entidad ordenadora del gasto y en línea con los propósitos y logros de ciudad y las metas establecidas en el Plan de Desarrollo, destinará estos recursos a la realización de actividades o proyectos que incentiven la producción y circulación de las artes escénicas a través convocatorias públicas. Contribuyendo así con el objetivo de incrementar las acciones para la cobertura contextualizada, equitativa e integral de los programas de fomento orientados al fortalecimiento de los(as) agentes culturales y la apropiación ciudadana de los procesos culturales, artísticos y patrimoniales de la ciudad, formulados en el proyecto de Inversión “7650 - Fortalecimiento de los procesos de fomento cultural para la gestión incluyente en Cultura para la vida cotidiana en Bogotá D.C.”
De acuerdo con lo anterior, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte considera de suma importancia apoyar, a través de los recursos de la contribución parafiscal cultural, a personas jurídicas o agrupaciones que desarrollen producción y circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas que además de fortalecer el ecosistema cultural de la ciudad, aporten a la activación de la programación de espacios para las artes escénicas y escenarios alternativos en los barrios de Bogotá.
Objeto
Apoyar procesos de producción y circulación de espectáculos de las artes escénicas desarrollados por personas jurídicas o agrupaciones que no cuenten con un espacio de circulación, que contribuyan a la activación y programación de espacios para las artes escénicas y escenarios alternativos en las localidades de Bogotá; esto con el propósito de potenciar los tejidos artísticos barriales a través de la descentralización y diversificación la oferta.
Se apoyarán aquellos agentes independientes que faciliten la cohesión barrial y garanticen los derechos culturales de la ciudadanía en el marco de acciones artísticas que fortalezcan capacidades y propendan por el trabajo colaborativo.
Para efectos de esta convocatoria, se entiende como espacios alternativos, aquellos lugares que no necesariamente se encuentran destinados a la presentación de espectáculos públicos de las artes escénicas, pero que cuentan con la posibilidad de congregar públicos fuera del ámbito doméstico y pueden garantizar el ensamble técnico necesario para la producción y circulación del producto artístico.
Las propuestas deben tener en cuenta los siguientes aspectos:
- En cumplimiento de la ley, esta convocatoria, apoyará propuestas de producción y circulación de las artes escénicas que se encuentren orientadas a la materialización del espectáculo y ya hayan superado la etapa de creación.
- El espectáculo o evento a producir y circular, debe incluir dentro de su programación mínimo ocho (8), presentaciones o funciones que tengan una duración no menor a 45 minutos cada una.
- La producción de espectáculos de las artes escénicas incluye actividades de montaje, construcción de escenografía, confección de vestuario, montaje técnico de iluminación, montaje técnico de sonido, adecuación de escenarios, utilería, artistas, ensayos previos para actualizar el producto artístico, más no para su etapa de montaje, etc.
- La circulación del espectáculo deberá realizarse en por lo menos tres (3) espacios independientes o alternativos de Bogotá, que el ganador(a) deberá gestionar y garantizar a través de una carta de compromiso firmada por la persona encargada del espacio, donde se manifieste la intención y la disponibilidad del espacio para realizar las funciones. Los escenarios seleccionados no podrán ser salas o espacios que sean beneficiarios del Programa Distrital de Salas Concertadas.
- En la formulación del cronograma se deben contemplar los tiempos correspondientes a la disponibilidad de los espacios gestionados, trámites de permisos, registro en plataforma PULEP y todas aquellas acciones externas que puedan alterar la programación para el desarrollo de la propuesta.
- La propuesta debe contar con una estrategia de comunicación y divulgación, que permita que las actividades organizadas lleguen a la comunidad y público general de la ciudad.
- Los permisos relacionados con la ejecución de la propuesta deberán ser gestionados por la agrupación o persona jurídica participante. En caso de que el evento, espectáculo o festival se realice en espacios públicos, el/la participante será el/la responsable de la gestión y consecución de los permisos necesarios para realizar las actividades propuestas.
- La propuesta deberá contener requerimientos técnicos.
Nota 1. Las propuestas ofertadas con recursos de la contribución parafiscal cultural (recursos LEP), no podrán cubrir con estos recursos actividades relacionadas con el proceso de creación de espectáculos de las artes escénicas, actividades de formación, de carácter académico o gastos que no sean coherentes con la producción o circulación de espectáculos de las artes escénicas (ver documento Guía de gastos permitidos y no permitidos). De incluirse dentro de la propuesta, estas actividades deben ser cubiertas con recursos de terceros o propios del participante.
Nota 2. Las propuestas deberán estar a paz y salvo por concepto de SAYCO y ACINPRO, y garantizar el cumplimiento de derechos de autor y los derechos conexos de acuerdo a la Ley 23 de 1982 y la Decisión Andina 351 de 1993.
Nota 3. Para los eventos públicos, las agrupaciones o personas jurídicas ganadoras deberán realizar la evaluación de la complejidad del evento, en el clasificador dispuesto por el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático – Idiger https://app.sire.gov.co:8443/complejidades/. Los eventos que por sus características sean clasificados como de media complejidad, deberán contar con la autorización correspondiente ante la Secretaria Distrital de Gobierno, a través de la plataforma del Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital -SUGA (https://www.sire.gov.co/suga), según lo establecido en los Decretos 599 de 2013 y 470 de 2021.
Nota 4. Desde la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@scrd.gov.co hasta las 17:00:00 horas del último día.
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
---|---|
Persona Jurídica | Personas Jurídicas con o Sin Ánimo de Lucro, cuyo objeto social se encuentre relacionado con la producción y circulación de espectáculos de las artes escénicas y cuente con mínimo cinco (5) años de trayectoria en la realización de proyectos artísticos y culturales asociados con las artes escénicas (danza, música, teatro, circo, magia, etc), que deberá ser debidamente soportada. La persona jurídica deberá contar con domicilio en Bogotá y garantizar la conformación de un equipo de trabajo de mínimo seis (6) integrantes. La Persona Juridica debe realizar el registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP. Nota 5. Ten presente que el equipo de trabajo, se refiere a las personas que ejecutarán la propuesta de acuerdo con las necesidades y roles establecidos, más no a los(as) artistas en escena. |
Agrupación | Agrupaciones conformadas por mínimo seis (6) integrantes, residentes en la ciudad de Bogotá, que acrediten como agrupación, mínimo cinco (5) años de trayectoria en la realización de proyectos artísticos y culturales asociados con la producción y circulación de espectáculos o eventos de las artes escénicas (danza, música, teatro, circo, magia, etc), que deberá ser debidamente soportada. La experiencia relacionada debe corresponder a la agrupación y los soportes deben encontrarse a nombre de la misma. No se tendrán en cuenta soportes que de manera individual presenten las personas que integran la agrupación. La agrupación debe realizar el registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP, a nombre de su representante. Nota 6. Ten presente que los(as) integrantes de la agrupación son quienes conforman el equipo de trabajo, es decir las personas que ejecutarán la propuesta de acuerdo con las necesidades y roles establecidos -que además deberán registrarse en el formulario de la plataforma SICON, más no a los(as) artistas en escena. Sin que esto signifique que los(as) integrantes de la agrupación no puedan hacer parte de la puesta en escena. |
Quiénes no pueden participar
- No podrán presentarse proyectos con recursos asignados del Programa Distrital de Apoyos Concertados 2024 en la línea de Procesos de producción y circulación de espectáculos de las artes escénicas. Recursos Ley de Espectáculos Públicos - LEP.
- Personas Jurídicas ganadoras de la convocatoria del Programa Distrital de Salas Concertadas 2024.
- Todas las demás descritas en las Condiciones de Participación del Programa Distrital de Estímulos 2024.
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Documento de identidad del representante de la agrupación participante. | Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación 2024. |
pdf |
15 MB |
2 | Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante. | Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación 2024. |
pdf |
15 MB |
3 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación. | Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación 2024. |
pdf |
15 MB |
4 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de Cultura de cada uno de los integrantes de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web: https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home. |
pdf |
15 MB |
5 | Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante. | Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación 2024. |
pdf |
15 MB |
6 | Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante. | Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación 2024. |
pdf |
15 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Formato de presentación de propuesta | Descarga el formato para presentación de propuestas publicado en la sección Formatos. Una vez diligenciada la totalidad de los ítems solicitados, guárdalo en archivo PDF para que posteriormente puedas cargarlo en la plataforma de inscripción en línea - SICON. Además, lee atentamente las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos-PDE 2024, así como, las condiciones específicas de esta convocatoria. |
pdf |
15 MB |
2 | Formato presupuesto/cronograma/equipo | Descarga y diligencia en su totalidad el Formato presupuesto/cronograma/equipo anexo a la convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. Asegúrate de diligenciar completamente las hojas correspondientes al equipo de trabajo, cronograma de actividades y presupuesto. El documento debe ser guardado y cargado en la plataforma en formato excel. Nota 7. El presupuesto debe incluir los requerimientos técnicos necesarios para la puesta en escena planteada en la propuesta diligenciada en el formato de presentación de la propuesta. Nota 8. Dado que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto los(as) participantes deberán revisar el documento Anexo. “Guia de gastos permitidos y no permitidos” |
xlsx |
15 MB |
3 | Soportes de experiencia o trayectoria | Presenta en un solo archivo en formato PDF, los soportes que acrediten la trayectoria de acuerdo con el perfil solicitado, tales como: certificaciones expedidas por entidades y organizaciones de carácter público, privado, comunitario, contratos o actas de liquidación, publicaciones, catálogos, portafolios, participación en exposiciones o eventos, programas de mano, flyers, notas de prensa, distinciones, resoluciones de ganadores de estímulos, entre otros. En cualquier caso, los soportes deben evidenciar de manera clara y visible el nombre de la persona jurídica o agrupación participante y las fechas de la realización de dichas actividades, procesos o proyectos. Nota 9. No se considerarán válidas las auto certificaciones, es decir, emitidas por los(as) mismos(as) participantes. |
pdf |
15 MB |
4 | Cartas de compromiso | Anexa las cartas de compromiso de gestión y disponibilidad de los espacios (mínimo 3 espacios) en los que se realizarán las presentaciones. Las cartas deberán contener como mínimo la siguiente información:
|
pdf |
15 MB |
Criterios de evaluación
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Coherencia temática y metodológica: Se evaluará la congruencia entre los componentes de la propuesta: justificación, objetivos, metodología, puesta en escena y diseño técnico de sus estrategias. |
0 a 25 |
2 | Creatividad, especificaciones técnicas y artísticas de la propuesta, impacto barrial: Se evaluarán los aspectos creativos de la propuesta y el planteamiento técnico de la producción o circulación de la misma, así como su correspondencia con el impacto barrial proyectado |
0 a 25 |
3 | Eficiencia en la destinación del presupuesto: Se evaluará que el uso de los recursos destinados para la ejecución de la propuesta, responda al objeto de la convocatoria, a los objetivos de la propuesta y a la planeación de las actividades proyectadas en el cronograma. |
0 a 20 |
4 | Recurso humano: definición de roles de los miembros del equipo de trabajo y equilibrio de estos en relación con las necesidades operativas, creativas, logísticas y administrativas de la propuesta. Se valorará la vinculación y alianzas estratégicas en red con otras organizaciones y/o agentes del sector. |
0 a 15 |
5 | Comunicación y divulgación: Se evaluarán las estrategias para la convocatoria de vinculación de públicos y beneficiarios, plan de comunicaciones y visibilización de la propuesta. |
0 a 15 |
Nota 10. El puntaje mínimo de selección será de setenta (70) puntos. Nota 11. En caso de presentarse un empate se seleccionará la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en el criterio de “Coherencia temática y metodológica”. De persistir el empate se acudirá al criterio de “Creatividad, especificaciones técnicas y artísticas de la propuesta, impacto barrial” |
Derechos específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2024, el ganador(a) tendrá derecho a recibir el estímulo correspondiente, en los siguientes porcentajes:
- Un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del estímulo, una vez notificada la resolución que otorga el estímulo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo y en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2024.
- Un segundo y último desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del estímulo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte del ganador(a) y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la SCRD.
Nota 12. Los desembolsos estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC–. Al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el ganador(a), dependiendo de su calidad tributaria.
Deberes específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación PDE 2024:
- Ejecutar la propuesta aprobada por el jurado, de acuerdo con las condiciones específicas de la convocatoria, que se debe empezar a desarrollar a partir de la fecha de aprobación de la garantía constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo o a la fecha de generación del Registro Presupuestal, lo último que suceda. Lo anterior implica que se debe dar inicio a la ejecución de la propuesta con una disposición transitoria de recursos propios mientras se realiza el primer desembolso, tal como lo indican las condiciones generales de participación del PDE 2024.
- Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como, las que formule la SCRD, para lo cual la agrupación o persona jurídica ganadora deberá entregar el Plan de Mejora correspondiente.
- Para recibir los recursos de la Contribución Parafiscal Cultural de los Espectáculos Públicos, la agrupación o persona jurídica participante deberá realizar el registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP y remitir a la SCRD una vez se le sea solicitado, en los tiempos establecidos. Los certificados deberán encontrarse a nombre de la Persona Jurídica y en el caso de las agrupaciones a nombre de la persona natural que la representa.
- Realizar el registro de eventos que se realizarán en el desarrollo de la propuesta en la plataforma PULEP, e incluir en todas las piezas de difusión, el código PULEP asociado a la actividad registrada en la plataforma.
- Entregar el cronograma de la ejecución de la propuesta a más tardar una (1) semana después de haber sido aprobada su póliza como propuesta ganadora de la beca con fechas (día, mes y año) exactas para divulgación y participación de la ciudadanía en las mismas.
- Asistir a las reuniones, encuentros y visitas convocadas por la entidad del sector encargada de financiar la propuesta
- Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la beca, en caso de ser requeridos.
- Acatar las disposiciones legales vigentes y lo contemplado en el Código Nacional de Policía y Convivencia.
- Entregar los informes de ejecución de la propuesta que sean requeridos (avance y final) siguiendo el formato suministrado por la entidad, en donde se dé cuenta del desarrollo de las actividades realizadas durante el proceso, así como, los registros documentales correspondientes.
- Entregar una memoria social y/o sistematización de la experiencia, bien sea en texto en formato PDF o audiovisual que dé cuenta del proceso realizado y de los aprendizajes producto de la ejecución de la propuesta
- Participar en las estrategias de socialización definidas por la entidad que acompaña la ejecución de la propuesta.
- Autorizar a la entidad correspondiente el uso del material desarrollado en la propuesta con fines de promoción, circulación y difusión del arte, la cultura y el patrimonio. Esta autorización no implica enajenación, cesión o traspaso de los derechos morales y patrimoniales de la creación.
- Dar los créditos al Programa Distrital de Estímulos - PDE y la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte, en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación que se desarrollen en la ejecución de la propuesta ganadora y en las piezas comunicativas que se generen en torno a ella, según el manual de uso y previa aprobación por parte de la entidad que otorgó el estímulo.
- Solicitar aprobación del área de comunicaciones de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte, con el fin de dar un adecuado uso de la imagen institucional Programa Distrital de Estímulos - PDE, para distribuir, publicar y socializar piezas de comunicación relacionadas con la ejecución de la propuesta ganadora.
- La agrupación o persona jurídica ganadora se compromete a garantizar la imagen reputacional del PDE y la SCRD, así como dar manejo adecuado y pertinente a esta; suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la propuesta ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos se requiera. La ganadora o ganador mantendrá indemne al PDE y la SCRD ante cualquier reclamación sobre el contenido de las propuestas.
- Participar, cuando se les convoque, en el Programa de Fortalecimiento de los Agentes Culturales (PFAS), según las recomendaciones realizadas por jurados y profesionales de acompañamiento asignado a la ejecución de la propuesta.
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Guía de gastos permitidos y no permitidos
|
Documento para verificar los tipos de gastos que permite la Ley 1493 de 2011 de acuerdo con las líneas de circulación y producción. |
2 |
Guía LEP para las convocatorias con recursos de la contribución parafiscal cultural
|
Documento para orientar el conocimiento de la Ley 1493 de 2011 para la formulación y ejecución de propuestas que buscan ejecutar recursos de la contribución parafiscal cultural. |
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Formato de presentación de propuesta
(archivo Word o PDF) |
Formato 1. Presentación de propuesta |
2 |
Formato Presupuesto/Cronograma/Equipo
(archivo Word o PDF) |
Formato 2. Presupuesto/Cronograma/Equipo |
3 |
Formato declaración juramentada de residencia 2024
(archivo Word o PDF) |
Formato 3. Declaración juramentada de residencia 2024 |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Resolución 368 de 31 de mayo de 2024
|
“Por medio de la cual se ordena la apertura de convocatorias de la Fase IIdel Programa Distrital de Estímulos - PDE 2024 de la Secretaría Distrital deCultura, Recreación y Deporte” |
2 |
RESOLUCIÓN No. 474 DEL 12 DE JULIO DE 2024
|
Por la cual se ordena la expedición de los Certificados de Registro Presupuestal acada uno de los ganadores de las convocatorias del Programa Distrital de EstímulosPDE 2024 y de las invitaciones culturales con cargo a los Certificados de DisponibilidadPresupuestal que hayan quedado como proceso en curso, con ocasión al proceso dearmonización presupuestal de acuerdo a la entrada en vigencia del Plan Distrital deDesarrollo 2024-2027 "Bogotá Camina Segura" |
3 |
Resolución No. 589 del 05 de septiembre de 2024
|
“Por la cual se acoge la recomendación del Comité que definió los perfiles y se designan los jurados que tendrán a cargo la evaluación de las propuestas habilitadas para la convocatoria “BECA LEP BOGOTÁ A LA ESCENA”, del Programa Distrital de Estímulos 2024, se ordena el desembolso de los reconocimientos económicos y se precisan unas disposiciones” |
4 |
Acta de selección de Jurados
|
Acta de selección de jurados - Beca LEP Bogotá a la Escena |
5 |
Acta de recomendación de ganadores
|
Acta de recomendación de ganadores - Beca LEP Bogotá a la Escena |
6 |
Resolución Nº 801 del 18 de noviembre de 2024
|
Por la cual se acoge la recomendación de los jurados designados para seleccionar a los ganadores de la convocatoria: “Beca LEP Bogotá a la Escena” del Programa Distrital de Estímulos 2024 de la Secretaría Distrital deCultura, Recreación y Deporte, se ordena el desembolso de los estímulos. económicos a las propuestas seleccionadas como ganadoras, y se dictan otras disposiciones” |
Listados
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Listado de participantes inscritos
|
Listado de propuestas participantes inscritas - Beca LEP Bogotá a la Escena |
2 |
Listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y por subsanar
|
Listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y por subsanar - Beca LEP Bogotá a la Escena |
3 |
Listado de propuestas habilitadas y no habilitadas
|
Listado de propuestas habilitadas y no habilitadas - Beca LEP Bogotá a la Escena |
4 |
Listado de elegibles
|
Listado de elegibles - Beca LEP Bogotá a la Escena |
Avisos modificatorios
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Aviso Modificatorio Nº 13
|
Al cronograma de la convocatoria: BECA LEP BOGOTÁ A LA ESCENA |
2 |
Aviso Modificatorio N° 9
|
Al cronograma de las convocatorias: Premio Vida y Obra; Beca para el fortalecimiento de proyectos en articulación entre los agentes bibliotecarios, comunitarios y del ecosistema del conocimiento; BecaLEP Bogotá a Ia Escena, Beca LEP Universos Navideños, Beca LEP Comparte lo que Sabes; BecaLEP Circulación y Producción de las Artes Escénicas en el Espacio Público de Bogotá; Beca LEP para la Circulación de Agrupaciones Musicales en las Celebraciones de Bogotá; EnRED: Beca para promover la sostenibilidad del ecosistema cultural y creativo; Beca de activaciones artísticas y culturales para la apropiación del espacio público de los Distritos Creativos de Bogotá; Beca para la circulación de bienes y servicios artísticos y culturales en los Distritos Creativos de Bogotá; Beca para promover el posicionamiento del ecosistema cultural de los Distritos Creativos de Bogotá; Beca de circulación "BOGOTÁ VIVE LA NOCHE 2024" y Beca Artistas de Clase del Programa Distrital deEstímulos 2024. |
Para participar inicia sesión en SICON y busca esta convocatoria