Convocatoria Publicada
SCRD

BECA LEP CIRCULACIÓN Y PRODUCCIÓN DE LAS ARTES ESCÉNICAS EN EL ESPACIO PÚBLICO DE BOGOTÁ

Ley de espectáculos públicos

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REVISA AQUÍ AVISOS, LISTADOS Y RESOLUCIONES

Listado de propuestas habilitadas y no habilitadas

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Listado de habilitados, no habilitados y con documentos por subsanar

08/24

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Aviso Modificatorio N° 10

08/24

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Listado de participantes inscritos

07/24

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RESOLUCIÓN No. 474 DEL 12 DE JULIO DE 2024

07/24

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Aviso Modificatorio Nº 9

07/24

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Resolución 368 de 31 de mayo de 2024

06/24

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DOCUMENTOS

Información básica

Aportar al fortalecimiento de las expresiones artísticas y culturales en el Espacio Público de Bogotá que permitan posicionar este como un lugar de encuentro seguro, diverso y creativo, a través de la producción y circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas, contribuyendo a su resignificación cultural y social. Así mismo,  esta beca busca promover el trabajo colaborativo y en red de los(as) agentes del sector de las artes escénicas en Bogotá.

Enfoque(s): Territorial

Línea(s) estratégica(s): Circulación, Producción

Área(s): Interdisciplinar / transdisciplinar

Número de estímulos: 10

Total de recursos: $ 500.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

Diez (10) estímulos de $50.000.000 cada uno.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Profesional en cualquier área del conocimiento y experiencia mínima de cuatro (4) años en el montaje, creación, ejecución, circulación  o producción  de proyectos artísticos relacionados con las artes escénicas (danza, teatro, música, circo y magia).

Área conocimiento: Cualquier área del conocimiento

Campo de experiencia:

Mínimo cuatro (4) años de experiencia certificada en el montaje, creación, ejecución, circulación  o producción  de proyectos artísticos y culturales relacionados con las artes escénicas (danza, teatro, música, circo y magia).

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Profesional o licenciado en Bellas Artes o Ciencias Sociales y Humanas, con experiencia mínima de cuatro (4) años en la formulación, divulgación, implementación o evaluación de proyectos artísticos y culturales o gestión cultural. Residente en Bogotá.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación

Campo de experiencia:

Mínimo cuatro (4) años en la formulación, implementación o evaluación de proyectos artísticos y culturales o gestión cultural.

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá


Perfil 3

Experto sin título universitario que acredite experiencia mínima de cinco (5) años en creación, dirección, actuación, interpretación, circulación o producción de espectáculos de las artes escénicas (danza, teatro, circo, magia, música).

Área conocimiento: No aplica

Campo de experiencia:

Mínima de cinco (5) años en creación, dirección, actuación, interpretación, circulación o producción de espectáculos de las artes escénicas (danza, teatro, circo, magia, música).

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: null

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 11/06/2024

Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@scrd.gov.co.

Fecha de apertura 19/06/2024

Inicio proceso de inscripción de propuestas.

Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 22/07/2024 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 25/07/2024 17:00:00

Finalización del proceso de inscripción de propuestas.

Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 20/08/2024

A partir de este momento los participantes cuentan con tres (3) días hábiles para subsanar documentos solicitados o remitir solicitudes de aclaración sobre el proceso de verificación de documentos.

Publicación de listado de elegibles 02/10/2024

Una vez finalizado el proceso de evaluación, las propuestas elegibles serán registradas en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas-PULEP y se podrán considerar como ganadoras una vez sean aprobadas por parte del Ministerio de las  Culturas, las Artes y los Saberes.

Fecha máxima de ejecución 31/01/2025

Fecha máxima para la realización de las actividades y ejecución de estímulo.

Justificación

El Consejo Distrital de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES) 06.  En su POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE ESPACIO PÚBLICO 2019-2038, establece: 

El espacio público es el sistema físico – social que sirve de escenario social y económico e integra y constituye el paisaje que identifica a una ciudad. Es allí donde los(as) ciudadanos(as) tienen la posibilidad de encontrarse e interactuar. Es por lo tanto, el lugar de encuentro bajo condiciones de igualdad y equidad. Es un derecho colectivo y constituye un deber del Estado garantizar una óptima oferta cuantitativa y cualitativa para su uso, goce y disfrute por parte de la ciudadanía, reconociendo las necesidades diferenciales de cada grupo poblacional y diferencial. 

En este sentido, la Política Pública Distrital de Espacio Público la cual se posiciona como un instrumento que, desde la perspectiva de corresponsabilidad, permite articular las acciones del Estado y los sectores involucrados en materia de espacio público, a partir de procesos que promuevan la participación efectiva de los diversos actores y que fortalezcan el papel del espacio público como un elemento esencial de la ciudad, transversal a los intereses de la ciudadanía, con el propósito de mejorar su calidad como bien público y derecho colectivo, lo que la convierte en una estrategia de visión a largo plazo en beneficio del interés común. 

Por la anterior, desde la SCRD se busca aportar al fortalecimiento del espacio público desde estrategias que hagan de éste un espacio de encuentro seguro, diverso y creativo. En la búsqueda de este objetivo, la SCRD presenta la Beca LEP para la producción y circulación de espectáculos públicos de artes escénicas en el espacio público de Bogotá, mediante la cual invita a artistas, productores(as) y gestores(as) de las artes escénicas en Bogotá a participar en ésta convocatoria y a ser parte del enriquecimiento de la agenda cultural de la ciudad, la cual se espera siga consolidándose como el epicentro artístico, patrimonial y cultural del país.

La presente convocatoria busca ampliar las oportunidades de producción y circulación de las artes escénicas de la ciudad, es decir de la danza, el teatro, la magia, el circo sin animales, la música y las propuestas escénicas interdisciplinares (según lo dispuesto en la Ley 1493 de 2011 “Por la cual se toman medidas para formalizar el sector del espectáculo público de las artes escénicas, se otorgan competencias de inspección, vigilancia y control sobre las sociedades de gestión colectiva y se dictan otras disposiciones”). El objetivo es el de ofrecer a artistas, productores(as) y gestores(as) que cumplan con los requisitos acá establecidos, una alternativa para que desarrollen sus producciones artísticas en el espacio público de Bogotá.

Mediante la Ley 1493 de 2011 se crea la contribución parafiscal cultural de los espectáculos públicos de las artes escénicas para proyectos de infraestructura cultural y la Ley 2070 de 2020 “Por la cual se dictan medidas para la reactivación y fortalecimiento del sector cultura, se crea el Fondo para la Promoción del Patrimonio, la Cultura, las Artes y la Creatividad Foncultura y se dictan otras disposiciones” establece nuevas líneas de participación y amplía las opciones de inversión de los recursos LEP (por sus siglas Ley del Espectáculo Público) en donde se incluyen las líneas de producción y circulación y la financiación de propuestas de esta naturaleza.

Para definir el alcance de estos proyectos, el Decreto 1080 de 2015 en su artículo 2.9.2.4.2, establece que son actividades de:

Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del Sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011. 

En cumplimiento con lo señalado en el Artículo 3. del Decreto 321 de 2022 en lo que se refiere a la administración y ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) como entidad ordenadora del gasto y en línea con los propósitos y logros de ciudad y las metas establecidas en el Plan de Desarrollo; destinará estos recursos a la realización de actividades o proyectos que incentiven la producción y circulación de las artes escénicas a través convocatorias públicas. Contribuyendo así con el objetivo de incrementar las acciones para la cobertura contextualizada, equitativa e integral de los programas de fomento orientados al fortalecimiento de los(as) agentes culturales y la apropiación ciudadana de los procesos culturales, artísticos y patrimoniales de la ciudad, formulados en el proyecto de Inversión “7650 - Fortalecimiento de los procesos de fomento cultural para la gestión incluyente en Cultura para la vida cotidiana en Bogotá D.C.”

En consideración a lo expuesto, la Secretaría de Cultura Recreación y Deporte invita a artistas, productores(as) y gestores(as) de las artes escénicas, a artistas regulados(as) del espacio público y en general a los(as)artistas de la ciudad que cumplan con el perfil de participantes, a postularse a estos estímulos destinados al fomento de propuestas de producción y circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas con recursos provenientes de la contribución parafiscal (Recursos LEP).

Objeto

Aportar al fortalecimiento de las expresiones artísticas y culturales en el Espacio Público de Bogotá que permitan posicionar este como un lugar de encuentro seguro, diverso y creativo, a través de la producción y circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas, contribuyendo a su resignificación cultural y social. Así mismo,  esta beca busca promover el trabajo colaborativo y en red de los(as) agentes del sector de las artes escénicas en Bogotá.

Las agrupaciones y personas jurídicas ganadoras de esta beca, deberán realizar la producción y puesta en escena de tres (3) espectáculos de las artes escénicas en el espacio público, en formato de baja complejidad de acuerdo con las características establecidas en el Decreto Distrital 599 de 2013. 

Los(as) interesados(as) deberán presentar una propuesta de espectáculo escénico para ser ejecutada en los espacios, días y horarios acordados con la Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, con las siguientes características:

  • Garantizar la participación de mínimo cinco (5) y máximo doce (12) artistas por espectáculo.
  • Integrar al menos un (1) artista regulado(a) del espacio público (la SCRD aportará a los(as) ganadores el listado de artistas regulados(as) habilitados(as) para su revisión y selección) en al menos uno (1) de los tres (3) espectáculos públicos de artes escénicas.
  • Realizar en una (1) de las tres (3) presentaciones, una actividad que desde las artes escénicas, genere el diálogo con asistentes al evento o bien, con quienes habitan permanente u ocasionalmente el sector, sobre el cuidado y la convivencia armónica en el espacio público de Bogotá.

Las agrupaciones y personas jurídicas ganadoras serán responsables de la preproducción, producción y postproducción de los espectáculos públicos de artes escénicas, garantizando la totalidad de los permisos, los recursos técnicos y logísticos necesarios acorde al espacio(s) seleccionado(s), para ello se sugiere garantizar alianzas o articulación con organizaciones, establecimientos comerciales, entidades o gestores(as) con incidencia en la zona del espacio seleccionado para los espectáculos. 

Nota 1. En caso de ser requerido la Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, apoyará la gestión de los lugares específicos para la realización de los eventos, así como las consultas y trámites para el uso del espacio público, de acuerdo con la propuesta presentada por los(as) proponentes.

Nota 2. Las propuestas ofertadas con recursos de la contribución parafiscal cultural (recursos LEP), no podrán cubrir con estos recursos actividades relacionadas con el proceso de creación de espectáculos de las artes escénicas, actividades de formación, de carácter académico o gastos que no sean coherentes con la producción o circulación de espectáculos de las artes escénicas (ver documento Guía de gastos permitidos y no permitidos). De incluirse dentro de la propuesta, estas actividades deben ser cubiertas con recursos de terceros o propios del participante.

Nota 3. Las agrupaciones y personas jurídicas ganadoras deberán elaborar e implementar una estrategia de comunicaciones y de difusión en medios de comunicación y redes sociales de la programación de los espectáculos públicos de artes escénicas propuestos, garantizando la convocatoria y asistencia de público para cada una de las presentaciones y en articulación con la Oficina Asesora de Comunicaciones de la SCRD.

Nota 4. Los(as) ganadores(as) deberán realizar la evaluación de la complejidad del evento, en el clasificador dispuesto por el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático – Idiger - (https://app.sire.gov.co:8443/complejidades/). 

Nota 5. Desde la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@scrd.gov.co hasta las 17:00:00 horas del último día.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Jurídica

Personas jurídicas con o sin ánimo de lucro, cuyo objeto se relacione con el objeto de la presente convocatoria, con domicilio en la ciudad de Bogotá, a excepción de las localidades de Santa Fe, Los Mártires y La Candelaria, condición que será verificada en el certificado de existencia y representación legal. 

Las personas jurídicas deben contar con tres (3) o más años de constituidas. Adicionalmente, dentro de su trayectoria debe contar con la realización de al menos tres (3) actividades o proyectos de las artes escénicas ejecutados en el espacio público, los cuales deberán contar con sus respectivos soportes a nombre de la persona jurídica.

La persona jurídica debe realizar el registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP

Agrupación

Agrupaciones conformadas por mínimo tres (3) integrantes, residentes en la ciudad de Bogotá a excepción de las localidades de Santa Fe, Los Mártires y La Candelaria, que acrediten la realización de al menos tres (3) actividades o proyectos de las artes escénicas para la proyección, circulación o producción de espectáculos de las artes escénicas en el espacio público. En caso de que la agrupación no tenga experiencia como colectivo, cada uno(a) de los(as) integrantes debe acreditar la experiencia mínima aquí requerida.

La agrupación debe realizar el registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP, a nombre de su representante.

Quiénes no pueden participar

  • Personas Naturales
  • Personas jurídicas con domicilio en las localidades de Santa Fe, Los Mártires y La Candelaria.
  • Agrupaciones cuyo representante o integrantes residan en las localidades de Santa Fe, Los Mártires o La Candelaria
  • Todas las demás descritas en las Condiciones de Participación del Programa Distrital de Estímulos 2024.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante de la agrupación participante.

Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación 2024.

pdf
15 MB
2 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante.

Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación 2024.

pdf
15 MB
3 Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación.

Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación 2024.

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15 MB
4 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación.

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de Cultura de cada uno de los integrantes de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web: https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home.

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15 MB
5 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación 2024.

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15 MB
6 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Adjunte el (los) documento(s), de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Generales de Participación 2024.

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15 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Formato de presentación de propuesta

Descarga el formato para presentación de propuestas publicado en la sección Formatos. Una vez diligenciada la totalidad de los ítems solicitados, guárdalo en archivo PDF para que posteriormente puedas cargarlo en la plataforma de inscripción en línea - SICON. Además, lee atentamente las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos-PDE 2024, así como, las condiciones específicas de esta convocatoria.

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15 MB
2 Formato presupuesto/cronograma/equipo

Descarga y diligencia en su totalidad el Formato presupuesto/cronograma/equipo anexo a la convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. Asegúrate de diligenciar completamente las hojas correspondientes al equipo de trabajo, cronograma de actividades y presupuesto. El documento debe ser guardado y cargado en la plataforma en formato excel. 

Nota 6. El presupuesto debe incluir los requerimientos técnicos necesarios para la puesta en escena planteada en el formato de presentación de la propuesta.
Nota 7. Dado que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto los(as) participantes deberán revisar el documento Anexo. “Guia de gastos permitidos y no permitidos”

xlsx
15 MB
3 Soportes de experiencia o trayectoria

Presenta en un solo archivo en formato PDF, los soportes que acrediten la trayectoria de acuerdo con el perfil solicitado, tales como: certificaciones expedidas por entidades y organizaciones de carácter público, privado, comunitario, contratos o actas de liquidación, publicaciones, catálogos, portafolios, participación en exposiciones o eventos, programas de mano, flyers, notas de prensa, distinciones, resoluciones de ganadores de estímulos, entre otros. En cualquier caso, los soportes deben evidenciar de manera clara y visible el nombre de la persona jurídica, agrupación o sus integrantes, según corresponda y las fechas de la realización de dichas actividades, procesos o proyectos.

Nota 8. No se considerarán válidas las auto certificaciones, es decir, emitidas por los(as) mismos(as) participantes.

Nota 9.  En el caso de anexar soportes a nombre de la agrupación, no se tomarán en cuenta para la evaluación, los soportes que se aporten de manera individual por los(as) integrantes de la misma.

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15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: Selección
No. Criterio Puntaje
1

Viabilidad y coherencia de la propuesta

Se evaluará la factibilidad y consistencia de la propuesta en términos de objetivos, actividades, justificación, descripción de recursos y elementos técnicos,  propuesta escénica, propuesta pedagógica y cronograma.

0 a 30
2

Propuesta escénica de los espectáculos escénicos a producir y  circular:

Variedad, originalidad y pertinencia (entendida como la coherencia con el territorio propuesto y la población permanente o flotante).

0 a 30
3

Eficiencia en la destinación del presupuesto:

Se evaluará que el uso de los recursos destinados para la ejecución de la propuesta responda a los objetivos de la propuesta y a la planeación de la programación de las actividades proyectadas. (Se evaluará el reconocimiento económico a los(as) artistas y el recurso humano, así como la eficiencia y eficacia en la distribución de los recursos).

0 a 25
4

Socialización y comunicación: Se evaluarán las estrategias para la convocatoria de vinculación de públicos y beneficiarios, estrategia de comunicaciones y visibilización de la propuesta.

0 a 15

Nota 10. El puntaje mínimo de selección será de setenta (70) puntos.

Nota 11. En caso de presentarse un empate se seleccionará la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en el criterio de “Viabilidad y Coherencia de la Propuesta”. De persistir el empate se acudirá al criterio de “Propuesta escénica de los Espectáculos escénicos a producir y  circular”.

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2024,tendrán derecho a recibir el estímulo correspondiente, en los siguientes porcentajes:

  • Un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del estímulo, una vez notificada la resolución que otorga el estímulo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo y en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2024. 
  • Un segundo y último desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del estímulo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte de la agrupación o persona jurídica ganadora y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la SCRD.

Nota 12. Los desembolsos estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC–. Al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el ganador(a), dependiendo de su calidad tributaria.

 

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación PDE 2024:

  • Ejecutar la propuesta aprobada por el jurado, de acuerdo con las condiciones específicas de la convocatoria, que se debe empezar a desarrollar a partir de la fecha de aprobación de la garantía constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo o a la fecha de generación del Registro Presupuestal, lo último que suceda. Lo anterior implica que se debe dar inicio a la ejecución de la propuesta con una disposición transitoria de recursos propios mientras se realiza el primer desembolso, tal como lo indican las condiciones generales de participación del PDE 2024.
  • Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como, las que formule la SCRD, para lo cual deberá entregar el plan de mejora correspondiente.
  • Para recibir los recursos de la Contribución Parafiscal Cultural de los Espectáculos Públicos, la agrupación o persona jurídica participante deberá realizar el registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP y remitir a la SCRD una vez se le sea solicitado, en los tiempos establecidos. Los certificados deberán encontrarse a nombre de la Persona Jurídica y en el caso de las agrupaciones a nombre de la persona natural que la representa.
  • Realizar el registro de eventos que se realizarán en el desarrollo de la propuesta en la plataforma PULEP, e incluir en todas las piezas de difusión, el código PULEP asociado a la actividad registrada en la plataforma.
  • Entregar el cronograma de la ejecución de la propuesta a más tardar una (1) semana después de haber sido aprobada su póliza con fechas (día, mes y año) exactas para divulgación y participación de la ciudadanía en las mismas.
  • Asistir a las reuniones, encuentros y visitas convocadas por la entidad del sector encargada de financiar la propuesta
  • Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la beca, en caso de ser requeridos.
  • Acatar las disposiciones legales vigentes y lo contemplado en el Código Nacional de Policía y Convivencia.
  • Entregar los informes de ejecución de la propuesta que sean requeridos (avance y final) siguiendo el formato suministrado por la entidad, en donde se dé cuenta del desarrollo de las actividades realizadas durante el proceso, así como, los registros documentales correspondientes.
  • Entregar una memoria social y/o sistematización de la experiencia, bien sea en texto en formato PDF o audiovisual que dé cuenta del proceso realizado y de los aprendizajes producto de la ejecución de la propuesta.
  • Entregar el resultado final de la propuesta ejecutada.
  • Participar en las estrategias de socialización definidas por la entidad que acompaña la ejecución de la propuesta. 
  • Autorizar a la entidad correspondiente el uso del material desarrollado en la propuesta con fines de promoción, circulación y difusión del arte, la cultura y el patrimonio. Esta autorización no implica enajenación, cesión o traspaso de los derechos morales y patrimoniales de la creación.
  • Dar los créditos al Programa Distrital de Estímulos - PDE y la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte, en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación que se desarrollen en la ejecución de la propuesta ganadora y en las piezas comunicativas que se generen en torno a ella, según el manual de uso y previa aprobación por parte de la entidad que otorgó el estímulo.
  • Solicitar aprobación del área de comunicaciones de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte, con el fin de dar un adecuado uso de la imagen institucional Programa Distrital de Estímulos - PDE, para distribuir, publicar y socializar piezas de comunicación relacionadas con la ejecución de la propuesta ganadora. 
  • La agrupación o persona jurídica ganadora se compromete a garantizar la imagen reputacional del PDE y la SCRD, así como dar manejo adecuado y pertinente a esta; suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la propuesta ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos se requiera. La ganadora o ganador mantendrá indemne al PDE y la SCRD ante cualquier reclamación sobre el contenido de las propuestas.
  • Participar, cuando se les convoque, en el Programa de Fortalecimiento de los Agentes Culturales (PFAS), según las recomendaciones realizadas por jurados y profesionales de acompañamiento asignado a la ejecución de la propuesta.

Anexos

No. Documento Descripción
1 Guía de gastos permitidos y no permitidos
Guía de gastos permitidos y no permitidos. Documento para verificar los tipos de gastos que permite la Ley 1493 de 2011 de acuerdo con las líneas de circulación y producción.
2 Guía LEP para las convocatorias con recursos de la contribución parafiscal cultural
Documento para orientar el conocimiento de la Ley 1493 de 2011 para la formulación y ejecución de propuestas que buscan ejecutar recursos de la contribución parafiscal cultural.

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato de presentación de propuesta

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato 1. Presentación de propuesta
2 Formato Presupuesto/Cronograma/Equipo

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato 2. Presupuesto/Cronograma/Equipo
3 Formato declaración juramentada de residencia 2024

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato 3. Declaración juramentada de residencia 2024

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 Resolución 368 de 31 de mayo de 2024
“Por medio de la cual se ordena la apertura de convocatorias de la Fase II del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2024 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte” 
2 RESOLUCIÓN No. 474 DEL 12 DE JULIO DE 2024

Por la cual se ordena la expedición de los Certificados de Registro Presupuestal acada uno de los ganadores de las convocatorias del Programa Distrital de EstímulosPDE 2024 y de las invitaciones culturales con cargo a los Certificados de DisponibilidadPresupuestal que hayan quedado como proceso en curso, con ocasión al proceso dearmonización presupuestal de acuerdo a la entrada en vigencia del Plan Distrital deDesarrollo 2024-2027 "Bogotá Camina Segura"

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos
Listado de propuestas participantes inscritas - Beca LEP Circulación y Producción de las Artes Escénicas en el Espacio Público de Bogotá 
2 Listado de habilitados, no habilitados y con documentos por subsanar
Listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y con documentos por subsanar - Beca LEP Circulación y Producción de las Artes Escénicas en el Espacio Público de Bogotá 
3 Listado de propuestas habilitadas y no habilitadas
Listado de propuestas habilitadas y no habilitadas - Beca LEP Circulación y Producción de las Artes Escénicas en el Espacio Público de Bogotá

Avisos modificatorios

No. Documento Descripción
1 Aviso Modificatorio N° 10
Aviso Modificatorio N° 10

Al cronograma de las convocatorias: Beca LEP Comparte lo que Sabes, Beca LEP Circulación y Producción de las Artes Escénicas en el Espacio Público de Bogotá y Beca LEP para la Circulación de Agrupaciones Musicales en las Celebraciones de Bogotá


2 Aviso Modificatorio Nº 9

Al cronograma de las convocatorias:

Premio Vida y Obra; Beca para el fortalecimiento de proyectos en articulación entre los agentes bibliotecarios, comunitarios y del ecosistema del conocimiento; BecaLEP Bogotá a Ia Escena, Beca LEP Universos Navideños, Beca LEP Comparte lo que Sabes; BecaLEP Circulación y Producción de las Artes Escénicas en el Espacio Público de Bogotá; Beca LEP para la Circulación de Agrupaciones Musicales en las Celebraciones de Bogotá; EnRED: Beca para promover la sostenibilidad del ecosistema cultural y creativo; Beca de activaciones artísticas y culturales para la apropiación del espacio público de los Distritos Creativos de Bogotá; Beca para la circulación de bienes y servicios artísticos y culturales en los Distritos Creativos de Bogotá; Beca para promover el posicionamiento del ecosistema cultural de los Distritos Creativos de Bogotá; Beca de circulación "BOGOTÁ VIVE LA NOCHE 2024" y Beca Artistas de Clase del Programa Distrital deEstímulos 2024.

Para participar inicia sesión en SICON y busca esta convocatoria