Beca LEP “El Escenario es el Centro”
Ley de espectáculos públicos
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Documentación de la convocatoria
Información básica
La convocatoria Beca LEP - “El Escenario es el Centro” de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA busca incentivar, potenciar y dinamizar la producción de eventos de las artes escénicas (música, circo, teatro y danza), de pequeño y mediano formato en el espacio público de las localidades de Santa Fe, Los Mártires, y La Candelaria, que contribuya a la apropiación de estos lugares por parte de la ciudadanía.
Con estos eventos, la FUGA propende por la visibilización y la circulación de productos de las artes escénicas ya creados, al llevar la oferta artística a las comunidades con bajo acceso a este tipo de eventos y al acercar las manifestaciones de las artes escénicas del centro de Bogotá a la toda la población.
Esta convocatoria busca además, reconocer las características, necesidades y contextos de los diferentes grupos poblacionales que habitan en el centro de Bogotá, vinculándolos al desarrollo de las propuestas de producción y circulación bien sea desde el componente artístico, de producción o como público objetivo.
Enfoque(s): Territorial
Línea(s) estratégica(s): Circulación, Producción
Área(s): Arte dramático,Danza,Música
Número de estímulos: 8
Total de recursos: $ 400.000.000
Descripción general de los recursos a otorgar:
Se otorgarán ocho (8) estímulos por valor de cincuenta millones de pesos ($50.000.000) cada uno, en dos (2) desembolsos.
Perfiles de los jurados
Perfil 1
Profesional en cualquier área del conocimiento con experiencia específica de mínimo cuatro (4) años en la producción de eventos artísticos y/o culturales. Debe acreditar la experiencia mediante certificaciones, las cuales deben contener la siguiente información: nombre del proyecto o área, actividades realizadas, fecha de inicio y terminación (día, mes y año), datos de contacto de la institución o entidad que la expide y contar con firma digital u original.
Área conocimiento: Cualquier área del conocimiento
Campo de experiencia:
profesional en cualquier área del conocimiento, experto en la producción de eventos artísticos y/o culturales y/o de la economía creativa, con mínimo cuatro (4) años de experiencia certificada.
Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: null
¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá
Perfil 2
Profesional en artes escénicas con mínimo seis (6) años de experiencia en el desarollo de proyectos artísticos relacionados con las áreas de teatro, danza, circo y/o música.
Área conocimiento: Bellas Artes
Campo de experiencia:
Arte dramático, danza, circo, música
Área perfil: Arte dramático
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: null
¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
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Fecha de publicación | 29/07/2024 | Desde la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: atencionalciudadano@fuga.gov.co hasta las 17:00:00 horas del último día. |
Fecha de apertura | 06/08/2024 | A partir de esta fecha, se habilitará la plataforma para la inscripción de propuestas. |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 30/08/2024 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 02/09/2024 17:00:00 | Fecha y hora límite para la inscripción de propuestas. |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 16/09/2024 | A partir de esta fecha, los participantes que deban subsanar documentos administrativos, contarán con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma la documentación requerida. Es responsabilidad del participante consultar los listados y verificar el estado en el que se encuentra su propuesta. |
Publicación de listado de elegibles | 21/10/2024 | Una vez finalizado el proceso de evaluación, las propuestas elegibles serán registradas en la plataforma PULEP y se sólo se podrán considerar como ganadoras una vez sean aprobadas por parte del Ministerio de las Culturas, las artes y los saberes. |
Fecha máxima de ejecución | 28/02/2025 |
Justificación
CONTEXTO
En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1493 de 2011, fue creada la contribución parafiscal cultural de los espectáculos públicos de las artes escénicas para proyectos de infraestructura cultural, sin embargo, con el fin de vincular nuevas líneas de participación, mediante la Ley 2070 de 2020 se amplió la posibilidad de inversión de estos recursos incluyendo las líneas de circulación y producción en la financiación de proyectos de esta naturaleza.
Para definir el alcance de estos proyectos, el Decreto 1080 de 2015 en su artículo 2.9.2.4.2, establece que son actividades de:
Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del Sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.
Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.
De igual forma, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA tiene como misión articular y gestionar la revitalización y transformación participativa del centro de Bogotá a través de su potencial creativo, el arte y la cultura. En armonía con los propósitos, logros de ciudad y las metas establecidas en el Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Camina Segura 2024-2027”, se formuló el proyecto de inversión “7925-Fortalecimiento de espacios de transformación cultural, memoria, valoración social y participación incidente en el Centro de la Ciudad” el cual tiene como Objetivo General; Ampliar la oferta de cultural y artística del Centro de la ciudad, mediante actividades, acciones y estrategias, que permitan fortalecer espacios de transformación cultural, memoria, valoración social y participación incidente con enfoque diferencial. Este Objetivo se cumplirá por medio de los siguientes Objetivos específicos;
- Incrementar el número de actividades culturales y artísticas que aporten a la apropiación y resignificación del espacio público del Centro de Bogotá.
- Consolidar espacios comunitarios incluyentes en el Centro de Bogotá, para el desarrollo cultural y la identidad territorial.
- Fortalecer las estrategias y acciones para promover el reconocimiento, apropiación, intercambio de saberes, prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de grupos poblacionales, sociales y étnicos .
Así mismo, la apuesta de la FUGA para este 2024 será la de realizar actividades culturales y artísticas en barrios y veredas de Bogotá D.C., orientadas a fortalecer "al barrio" como lugar de encuentro y creación. A través de la Beca LEP - “El Escenario es el Centro” , el espacio público de los barrios será el eje articulador para que los sectores comunitarios participen y construyan la vida cultural del barrio, resignificando y potenciando el rol de liderazgo e incidencia de artistas, gestores culturales y del patrimonio en los entornos barriales.
SOBRE ESTA CONVOCATORIA
Como parte de su misionalidad, la FUGA tiene como objetivo la transformación cultural del centro de Bogotá, para lo cual busca apoyar, fortalecer y circular proyectos culturales que promuevan la participación de la ciudadanía en la revitalización del centro de Bogotá, resaltando sus valores y propiciando su apropiación y cuidado.
El espacio público es esencial para que las personas se reúnan, socialicen, creen identidades colectivas y participen en actividades comunitarias, pues permite la promoción del bienestar y la calidad de vida de la ciudadanía. Así, desde hace más de 9 años, la FUGA ha evidenciado que la cultura es una herramienta de transformación de imaginarios en el espacio público, que fomenta la participación ciudadana, el diálogo intercultural, la recuperación y resignificación de espacios, permitiendo que los residentes de la ciudad tengan un papel activo en la toma de decisiones y la resolución de conflictos en sus comunidades locales.
A través de esta convocatoria en el marco de la Ley de Espectáculos Públicos (LEP), la FUGA busca activar espacios públicos para la presentación de obras de las artes escénicas para atender las necesidades de circulación de los artistas, el encuentro con diferentes públicos y extender la oferta cultural en el centro de la ciudad.
De acuerdo con lo anterior, la convocatoria Beca LEP - “El Escenario es el Centro” posibilita las herramientas necesarias para que el arte y la cultura continúen generando escenarios y espacios públicos que transformen la cotidianidad del centro de la ciudad.
ACCIONES CON ENFOQUES DIFERENCIALES
Los enfoques diferenciales se refieren a la consideración de las necesidades, características y contextos específicos de los diversos grupos poblacionales, los cuales podrán ser tenidos en cuenta para el diseño e implementación de los proyectos de circulación y producción que se propongan para la Beca LEP “El escenario es El Centro”. Estos enfoques reconocen que diferentes grupos poblacionales pueden enfrentar desafíos únicos debido a factores como la edad, el género, la etnia, la discapacidad, el estatus socioeconómico, entre otros, y buscan abordar estas disparidades de manera equitativa y efectiva.
Para el caso de la presente beca, la inclusión de acciones con enfoques diferenciales podrá darse desde una o varias de las siguientes dimensiones:
- Desde el equipo de trabajo: el proponente podrá incluir en su equipo a personas que pertenezcan a alguno de los grupos poblacionales , indicando sus roles y el grupo al cual pertenecen.
- Desde la propuesta artística: el proponente podrá incluir colectivos artísticos o agrupaciones musicales, de teatro, danza, música o circo, indicando el grupo poblacional al que pertenecen .
- Desde la convocatoria de públicos: el proponente podrá dirigir la propuesta a un grupo poblacional específico detallando las acciones de convocatoria, las cantidades de público esperado y las adecuaciones logísticas y espaciales necesarias.
En la implementación de la beca se podrá hacer énfasis en alguno o algunos de los siguientes grupos poblacionales :
- Adultos Mayores: promover la inclusión activa de personas mayores en todos los aspectos de los proyectos artísticos, valorando sus experiencias y garantizando espacios accesibles y atractivos para su participación plena.
- Población con Discapacidad: asegurar la accesibilidad integral en los proyectos, incluyendo espacios, materiales y tecnologías asistivas (es decir, que se brinden ayudas de asistencia con tecnología y elementos mecánicos), y fomentar la participación inclusiva de personas con discapacidad.
- Mujeres y Género: garantizar la equidad de género y la representación diversa en todos los niveles del proyecto, creando espacios seguros y apoyando la expresión y liderazgo de mujeres y personas de género diverso.
- Población LGBTIQ+: desarrollar proyectos que visibilicen y celebren la diversidad sexual y de género, asegurando espacios inclusivos y seguros para todos los participantes y promoviendo el respeto y la sensibilización.
- Comunidades Rurales: vincular proyectos artísticos que surjan de las comunidades rurales, promoviendo la descentralización de las actividades culturales y el desarrollo sostenible que respete y valore las tradiciones locales.
- Pueblos y comunidades indígenas, Rrom, negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras: incluir proyectos que valoren y rescaten las prácticas y tradiciones culturales de las comunidades étnicas, garantizando su autodeterminación y liderazgo en los mismos..
- Juventud: fomentar la participación de jóvenes en proyectos artísticos, promoviendo su liderazgo y creatividad, ofreciendo oportunidades de cualificación y desarrollo artístico.
- Población en situación de calle: asociar proyectos artísticos que permitan incluir personas en situación de calle dentro de la propuesta, ya sea desde el equipo de logística, los colectivos artísticos o la convocatoria de públicos.
- Víctimas del conflicto armado: proyectos que visibilicen y apoyen a las víctimas del conflicto armado, promoviendo la recuperación emocional y social a través de expresiones artísticas que narren sus historias y experiencias, y fomentando su participación activa en los procesos creativos.
Si decide involucrar algún enfoque diferencial específico en su propuesta, deberá desagregar las acciones que implementará de acuerdo con la dimensión o dimensiones seleccionadas, así como los resultados esperados. Estos deben reflejarse en el objetivo, presupuesto, cronograma y equipo de trabajo propuestos.
Nota: al referir ayuda de tecnologías asistivas, se hace referencia a una herramienta tecnológica que sirve para dotar de accesibilidad a algún material o a un dispositivo digital para brindar ayuda a alguna población con cierto tipo de discapacidad.
Objeto
La convocatoria Beca LEP - “El Escenario es el Centro” de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA busca incentivar, potenciar y dinamizar la producción de eventos de las artes escénicas (música, circo, teatro y danza), de pequeño y mediano formato en el espacio público de las localidades de Santa Fe, Los Mártires, y La Candelaria, que contribuya a la apropiación de estos lugares por parte de la ciudadanía.
Se convoca a personas jurídicas y agrupaciones, con experiencia en producción y/o realización de eventos de las artes escénicas, de las disciplinas de música, circo, teatro y danza, quienes deberán proponer la realización de un (1) evento que cumpla con las siguientes características:
- El evento debe tener una duración mínima de 3 horas y máxima de 4 horas.
- En el evento se deben programar mínimo tres (3) presentaciones alrededor de las artes escénicas especificadas en esta convocatoria: música, circo, teatro y/o danza.
- El evento debe ser de acceso libre y gratuito para la ciudadanía.
- El evento deberá contar con una estrategia de comunicaciones liderada por el participante. En caso de ser ganador, deberá acogerse a las especificaciones y al manual de imagen de la FUGA.
- El ganador debe cumplir con los mínimos de producción y logística para el desarrollo de actividades en espacio público que se establezcan, de acuerdo a la propuesta artística a circular, el espacio y la cantidad de espectadores esperados.
- Con los recursos otorgados se deberán cubrir todos los costos asociados a la realización del evento (honorarios artísticos, producción técnica y logística, gestión de permisos, etc.). Estos deberán estar reflejados en el presupuesto del proyecto presentado por el participante.
Nota.El participante deberá tener en cuenta la lista de gastos permitidos y no permitidos anexo a esta convocatoria.
Los participantes deben elegir uno (1) de los siguientes espacios públicos para la realización del evento:
Localidad de Santa Fe:
Barrio Alameda - UPZ 93 Las Nieves- Parque Bicentenario
Barrio Las Nieves - UPZ 93 Las Nieves -Plazoleta de las Nieves
Barrio Las Nieves - UPZ 93 Las Nieves -Parque Santander
Barrio Atanasio Girardot - UPZ 96 Lourdes - Media Torta Girardot
Barrio Santa Inés - UPZ 93 Las Nieves - Parque Tercer Milenio
Localidad de Los Mártires:
Barrio Voto Nacional - UPZ 102 La Sabana - Plazoleta del Voto Nacional
Barrio Voto Nacional - UPZ La Sabana 102 - Plaza España
Barrio Samper Mendoza - UPZ 102 La Sabana- Parque Renacimiento
Barrio Eduardo Santos - UPZ 37 Santa Isabel - Polideportivo Eduardo Santos
Barrio Santa Isabel - UPZ 37 Santa Isabel - Parque El Cubo - La Rabida
Localidad de La Candelaria:
Barrio La Concordia . UPZ 94 - Parque de la Concordia
Barrio La Concordia . UPZ 94 - Plaza de Mercado de la Concordia
Barrio Egipto - UPZ 94 - Plazoleta de la Iglesia Egipto
Barrio Santa Bárbara - UPZ 94 - Plazoleta del Archivo Distrital -
Nota 1. El participante deberá tener en cuenta la "Guía LEP de gastos permitidos y no permitidos" la cual se encuentra en la sección "Anexos" de esta convocatoria.
Nota 2. En caso de presentarse la duplicidad de espacios seleccionados por los ganadores, la reasignación de nuevos espacios y fechas, serán concertadas entre el ganador y el equipo de programación de la FUGA.
Nota 3. La gestión de los permisos de uso de los espacios, Sayco, PULEP y pólizas para la realización del evento está a cargo y costo de los ganadores.
Nota 4. El proyecto deberá realizarse entre el 15 de diciembre de 2024 y el 28 de febrero de 2025, lo cual deberá verse reflejado en el cronograma. Se recomienda a los ganadores, NO programar sus eventos entre el 23 y el 26 de enero de 2025, con el fin de no generar cruces con la programación del Festival Centro 2025.
Para el caso de la presente beca, la inclusión de acciones con enfoques diferenciales podrá darse desde una o varias de las siguientes dimensiones:
- Desde el equipo de trabajo: el proponente podrá incluir en su equipo a personas que pertenezcan a alguno de los grupos poblacionales , indicando sus roles y el grupo al cual pertenecen.
- Desde la propuesta artística: el proponente podrá incluir colectivos artísticos o agrupaciones musicales, de teatro, danza, música o circo, indicando el grupo poblacional al que pertenecen
- Desde la convocatoria de públicos: el proponente podrá dirigir la propuesta a un grupo poblacional específico detallando las acciones de convocatoria, las cantidades de público esperado y las adecuaciones logísticas y espaciales necesarias.
En la implementación de la beca se podrá hacer énfasis en alguno o algunos de los siguientes grupos poblacionales :
- Adultos Mayores: promover la inclusión activa de personas mayores en todos los aspectos de los proyectos artísticos, valorando sus experiencias y garantizando espacios accesibles y atractivos para su participación plena.
- Población con Discapacidad: asegurar la accesibilidad integral en los proyectos, incluyendo espacios, materiales y tecnologías asistivas (es decir, que se brinden ayudas de asistencia con tecnología y elementos mecánicos), y fomentar la participación inclusiva de personas con discapacidad.
- Mujeres y Género: garantizar la equidad de género y la representación diversa en todos los niveles del proyecto, creando espacios seguros y apoyando la expresión y liderazgo de mujeres y personas de género diverso.
- Población LGBTIQ+: desarrollar proyectos que visibilicen y celebren la diversidad sexual y de género, asegurando espacios inclusivos y seguros para todos los participantes y promoviendo el respeto y la sensibilización.
- Comunidades Rurales: vincular proyectos artísticos que surjan de las comunidades rurales, promoviendo la descentralización de las actividades culturales y el desarrollo sostenible que respete y valore las tradiciones locales.
- Pueblos y comunidades indígenas, Rrom, negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras: incluir proyectos que valoren y rescaten las prácticas y tradiciones culturales de las comunidades étnicas, garantizando su autodeterminación y liderazgo en los mismos..
- Juventud: fomentar la participación de jóvenes en proyectos artísticos, promoviendo su liderazgo y creatividad, ofreciendo oportunidades de cualificación y desarrollo artístico.
- Población en situación de calle: asociar proyectos artísticos que permitan incluir personas en situación de calle dentro de la propuesta, ya sea desde el equipo de logística, los colectivos artísticos o la convocatoria de públicos.
- Víctimas del conflicto armado: proyectos que visibilicen y apoyen a las víctimas del conflicto armado, promoviendo la recuperación emocional y social a través de expresiones artísticas que narren sus historias y experiencias, y fomentando su participación activa en los procesos creativos.
Si decide involucrar algún enfoque diferencial específico en su propuesta, deberá desagregar las acciones que implementará de acuerdo con la dimensión o dimensiones seleccionadas, así como los resultados esperados. Estos deben reflejarse en el objetivo, presupuesto, cronograma y equipo de trabajo propuestos.
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
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Persona Jurídica | Sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente. Nota. En caso de resultar ganador, la persona jurídica deberá realizar su registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP. |
Agrupación | Conjunto de dos o más personas naturales mayores de 18 años, que presentan una propuesta en la cual participan activamente para su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, quien será el encargado de comunicarse con la Entidad encargada de la convocatoria, en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo dado el caso que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y, de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor comprobados, asuma las responsabilidades del principal. Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la propuesta ganadora. Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores, y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. Para participar en esta convocatoria, todos los integrantes de la agrupación deberán ser residentes de la ciudad de Bogotá, específicamente, de alguna de las tres localidades del centro: Santa Fe, Los Mártires y La Candelaria, condición que será verificada en el certificado de residencia. Las agrupaciones que pueden participar en esta convocatoria son aquellas donde al menos dos de sus miembros sumen una experiencia a título personal mínima certificada de cinco (5) proyectos en la producción y/o realización de eventos para las artes escénicas (música, circo, teatro y danza), que deberá ser evidenciado contra los soportes de experiencia en la documentación técnica. Nota. En caso de resultar ganador, el representante de la agrupación deberá realizar su registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP |
Quiénes no pueden participar
Además de quienes se indican en el numeral 3.2 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura - PDE 2024:
- Personas Naturales.
- Los ganadores de la Beca LEP “La Escena en el Centro” 2023. Esta inhabilidad se extiende a todos los miembros de la junta directiva de las Personas jurídicas ganadoras y a todos los integrantes de las agrupaciones ganadoras de la convocatoria mencionada.
- Los ganadores de las convocatorias LEP del Programa Distrital de Apoyos Concertados 2024 sean personas naturales, jurídicas o agrupaciones. Esta inhabilidad se extiende a todos los miembros de la junta directiva de las personas jurídicas ganadoras y a todos los integrantes de las agrupaciones ganadoras de las mencionadas convocatorias.
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
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1 | Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. Recuerde que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.
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pdf |
5 MB |
2 | Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante. | Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. con la matrícula mercantil renovada en la vigencia correspondiente, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012. Si el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante presenta modificaciones o ajustes con posterioridad al cierre de la convocatoria en cualquier etapa del proceso, se deberá informar oportunamente a la entidad otorgante, la cual realizará los ajustes correspondientes en la plataforma SICON. En el caso de grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos), deberán presentar una certificación sobre existencia y representación legal de la organización o comunidad con el aval de las instancias consultivas locales y mesas según corresponda. Dado el caso que el participante informe la existencia del documento en otra entidad, se procederá de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012. Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente. Nota: Los grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos) y las personas jurídicas en cuyos certificados de existencia y representación legal no se relacione el NIT, deberán presentar el Registro Único Tributario (RUT) al momento de la inscripción. Los demás participantes deben verificar en las condiciones específicas de la convocatoria sí también deben cumplir con este requisito o si requieren presentar la Matrícula Mercantil renovada para la inscripción. Para esta convocatoria, al menos uno (1) de los establecimientos de la persona jurídica debe ubicarse en alguna de las tres (3) localidades del centro de Bogotá: La Candelaria, Santa Fe o los Mártires, condición que será verificada en el Certificado de existencia y representación legal.
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5 MB |
3 | RUT | Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre del representante de la agrupación o la persona jurídica. La fecha de actualización del certificado debe ser del año 2019 en adelante, y su fecha de generación, de máximo treinta (30) días antes de su entrega. |
pdf |
5 MB |
4 | Documento de identidad del representante de la agrupación participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. |
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5 MB |
5 | Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente. |
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5 MB |
6 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación. | Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web: Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2024, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato.
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5 MB |
7 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes del representante y de cada uno de los integrantes de la agrupación. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de las Culturas, los artes y los saberes y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home
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5 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
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1 | Formato de presentación de propuesta | Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos para la Cultura 2024, así como las condiciones específicas de esta convocatoria. Descargue y diligencie en su totalidad el “Formato de presentación de Beca LEP El Escenario es el Centro»”, el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin |
pdf |
15 MB |
2 | Formato Presupuesto-Cronograma- Equipo | Descargue y diligencie en su totalidad el Formato Presupuesto-Cronograma- Equipo el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. Guárdelo y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. Nota 1: tenga en cuenta que el archivo consta de tres (3) hojas excel, las cuales deben ser totalmente diligenciadas. Nota 2: este formato debe cargarlo en la plataforma SICON en formato Excel. |
xlsx |
15 MB |
3 | Soportes de experiencia o trayectoria | Cargue en la plataforma de inscripción un (1) solo PDF que contenga soportes de experiencia de la persona jurídica o de la agrupación, tal como se indica en el numeral 3 del formato de presentación de la propuesta. (experiencia mínima certificada de cinco (5) proyectos en la realización y/o producción de eventos para las artes escénicas). Tenga en cuenta que se podrán aportar como soportes: certificaciones expedidas por entidades públicas o privadas donde se indique fecha (día, mes, año) de suscripción del contrato y expedición de la certificación y lugar, a nombre del representante o integrante de la Agrupación y/o de la Persona Jurídica, según sea el caso. Nota 1: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias |
pdf |
15 MB |
4 | Formato Producción y logística BECA LEP - “El Escenario es el Centro” | Descargue y diligencie en su totalidad el “Formato Producción y logística BECA LEP - “El Escenario es el Centro”, el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. Nota 1. Especifique en el Formato el número de unidades y las medidas que tendrán cada uno de los elementos requeridos en su propuesta. Nota 2. En caso de que su propuesta NO requiera de ALGUNO(S) de los ítems relacionados en el Formato, explique las razones técnicas y artísticas para no hacer uso de ellos. Nota 3. Tenga en cuenta que si el rider técnico no cuenta con los apartados mínimos ya mencionados o su justificación explicada en la Nota 2 su propuesta no será habilitada. |
pdf |
15 MB |
5 | Formato de derechos de autor | Descargue y diligencie la totalidad de los ítems solicitados en el “Formato de derechos de autor” el cual se encuentra en la sección formatos de esta convocatoria. Una vez diligenciado y firmado guárdelo en formato PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.
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pdf |
5 MB |
Criterios de evaluación
No. | Criterio | Puntaje |
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1 | Pertinencia de la propuesta en relación con el evento a realizar y su contribución a la apropiación del espacio público del barrio seleccionado en el centro de la ciudad |
0 a 25 |
2 | Calidad de la propuesta artística (relacionada con las presentaciones artísticas propuestas). |
0 a 24 |
3 | Viabilidad técnica y de producción de la propuesta |
0 a 20 |
4 | Viabilidad presupuestal de la propuesta: coherencia entre las actividades, los tiempos y costos propuestos para el cumplimiento de los objetivos, expresados mediante el presupuesto y el cronograma. Este criterio será evaluado de cara al estricto cumplimiento de los gastos aceptables y no aceptables anexo a esta convocatoria. |
0 a 15 |
5 | Trayectoria del participante en la realización de eventos en espacio público, evaluado a través de las certificaciones de experiencia presentadas:
|
0 a 10 |
6 | Inclusión de acciones afirmativas de enfoque diferencial poblacional:
|
0 a 6 |
Selección de propuestas elegibles |
Derechos específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en el numeral 7.5 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2024, el ganador tendrá los siguientes derechos:
1. Notificación: Recibir mediante correo electrónico certificado la notificación de la Resolución por medio de la cual se designan los ganadores de la convocatoria y se solicitan los documentos para la legalización del estímulo.
2. Desembolsos: Una vez publicada la resolución de recomendación de los jurados evaluadores y selección de ganadores, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA entregará el estímulo en dos desembolsos, así:
- Un primer desembolso: correspondiente al 80 % del valor total del estímulo, una vez notificada la resolución que otorga el estímulo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo y en las Condiciones Generales de Participación PDE 2024.
Tenga en cuenta: dado el origen de los recursos de la presente convocatoria, para dar trámite al primer desembolso el proyecto beneficiario deberá encontrarse avalado por el Ministerio de las Culturas, los artes y los saberes y contar con el número de registro en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas - PULEP, asimismo para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, la Persona Jurídica o el representante legal de la Agrupación deberá realizar el registro como productor de las artes escénicas. Se estima que el primer desembolso será efectivo en el mes de enero de 2025.
Adicionalmente en el caso de las agrupaciones, todos los integrantes deben encontrarse registrados en la plataforma Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, los artes y los saberes.
- Un segundo y último desembolso: correspondiente al 20 % del valor total del estímulo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte del ganador y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la FUGA.
Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC).
Nota 2: al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente.
3. Divulgación: Gozar de las acciones de divulgación que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA- realice dentro del ámbito de sus funciones y conforme a la disponibilidad de recursos.
Deberes específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en el numeral 7.6 las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2024, los ganadores tendrán los siguientes deberes:
1. Responder oportunamente el correo electrónico certificado de notificación de la Resolución por medio de la cual se designan los ganadores de la convocatoria. A partir de la fecha y hora de notificación el ganador cuenta con diez (10) días hábiles para aceptar de manera expresa el estímulo y hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo de acuerdo con numeral 7.2 de las Condiciones Generales de Participación. Para esta convocatoria debe presentar:
- Carta firmada y dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, en la que se manifiesta expresamente la aceptación del estímulo y se remiten los documentos requeridos. La carta debe estar suscrita por la persona jurídica o el representante de la agrupación según corresponda.
- Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre de la persona jurídica o del representante de la agrupación. La fecha de actualización del certificado debe ser del año 2019 en adelante, y su fecha de generación, de máximo treinta (30) días antes de su entrega.
- Certificación bancaria a nombre de la persona jurídica o representante de la agrupación en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega. Nota: No se aceptan Cuentas de Ahorro de Trámites Simplificados - CATS o billeteras virtuales (como Nequi, Daviplata, entre otras).
- Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica, expedido por la Cámara de Comercio o por la entidad competente, dentro de los tres (3) meses anteriores a la expedición de la resolución por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado.
- Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a nombre del representante de la agrupación, con fecha de expedición máximo de treinta (30) días antes de su entrega o Certificación de parafiscales, expedido por el revisor fiscal o por el representante legal de la persona jurídica, en donde se acredite que la entidad está al día en el pago de los aportes parafiscales y de seguridad social o que no está obligada a hacerlo, según sea el caso.
2. Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA, a través de la Subdirección para la Gestión del Centro.
3. Acatar los protocolos de funcionamiento, seguridad y bioseguridad de los espacios en los cuales se llevará a cabo la ejecución de la propuesta.
4. Presentar un informe final que dé cuenta de la presentación de la Actividad artística programada, para lo cual la entidad enviará el formato respectivo a los ganadores. Este debe estar acompañado de fotos, videos y demás soportes de ejecución.
5. Presentar un Informe financiero que dé cuenta de la ejecución del presupuesto del proyecto de para lo cual la entidad enviará el formato respectivo a los ganadores. Además debe estar acompañado de comprobantes de pago, facturas, cuentas de cobro, RUT, copia de documento de identidad, comprobantes de egreso, cuentas de cobro y demás documentos que soporte la ejecución del recurso.
5. Hacerse responsable y cumplir con los aspectos relacionados con autoría y derechos patrimoniales y morales de la propuesta, así como con los trámites de derechos de autor, de acuerdo a lo contemplado en el numeral 7.6.13., 7.6.18. y 7.6.19. de las condiciones generales de participación PDE 2024.
6. Tramitar la póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30 %) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más. La póliza deberá estar firmada y acompañada del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen.
7. Tramitar la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por 200 SMMLV y cobertura hasta la fecha máxima de ejecución del estímulo, una vez se adelanten las respectivas gestiones de uso del Espacio Público seleccionado, de acuerdo a los requerimientos que cada uno de los administradores exija para tal fin.
8. Incluir según manual de uso, los logos de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la propuesta, previa aprobación del equipo de Comunicaciones de la FUGA. Se debe contar con el visto bueno de la oficina Comunicaciones de la FUGA, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del estímulo. Así mismo, el ganador se compromete a garantizar la imagen reputacional de la FUGA y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad. El ganador mantendrá indemne a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA ante cualquier reclamación sobre el contenido de las propuestas.
9. Para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, la persona jurídica, o persona natural según sea el caso, deberá realizar su registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP.
10. Para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos la persona natural debe encontrarse registrada en la plataforma Soy Cultura del Ministerio de las Culturas las Artes y los Saberes https://soycultura.mincultura.gov.co/
11. Gestionar por su cuenta y riesgo el escenario o espacio en el cual se llevará a cabo el concierto, así como los elementos, certificados u otros que se requieran para el desarrollo de la propuesta asumiendo la totalidad de los gastos que se generen.
12. En caso que las propuestas ganadoras requieran permisos o autorizaciones de Sayco y/o Acinpro o de cualquier otra sociedad de gestión colectiva, así como permisos de espectáculos públicos de las artes escénicas u otros, deben ser asumidos por el ganador.
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
GUIA LEP de Gastos Permitidos y No Permitidos
|
Guia LEP Gastos Permitidos y No Permitidos para las convocatorias en las lineas de producción y circulación. |
2 |
Guía LEP para las convocatorias con recursos de la contribución parafiscal cultural
|
Guía LEP para las convocatorias con recursos de la contribución parafiscal cultural |
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Formato 1 - Formato para la presentación de la Propuesta - BECA LEP _El escenario es el centro_.docx
(archivo Word o PDF) |
Formato 1 - Formato para la presentación de la Propuesta - BECA LEP "El escenario es el centro" |
2 |
Formato 2- Presupuesto_Cronograma_Equipo
(archivo Word o PDF) |
Formato 2- Presupuesto-Cronograma-Equipo |
3 |
Formato 3_ Formato Producción y logística BECA LEP - “El Escenario es el Centro”
(archivo Word o PDF) |
Formato 3 Formato Producción y logística BECA LEP - “El Escenario es el Centro” |
4 |
Formato 4 - Declaración de lugar de residencia bajo la gravedad de juramento
(archivo Word o PDF) |
Formato 4 - Declaración de lugar de residencia bajo la gravedad de juramento |
5 |
Formato 5 - Formato de derechos de autor_Beca LEP El Escenario es el centro
(archivo Word o PDF) |
Formato 5 - Formato de derechos de autor_Beca LEP El Escenario es el centro |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Resolución No. 124 de 2024
|
“Por la cual se ordena la apertura de la convocatoria la “LEY DE ESPECTÁCULOSPÚBLICOS -LEP- 2024” a cargo de la Subdirección de Gestión del Centro de la FundaciónGilberto Álzate Avendaño de conformidad con lo dispuesto en la resolución 463 del 10 deJulio de 2024, expedida por la secretaria de Cultura, Recreación y Deporte.” |
2 |
Resolución 166 de 2024
|
"Por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria Beca LEP “El Escenario es el Centro”, del Programa Distrital de Estímulos de laFundación Gilberto Álzate Avendaño y se ordena el desembolso de los reconocimientoseconómicos asignados.” |
3 |
Resolución 204 de 2024
|
Por la cual se acoge la recomendación de los jurados designados para seleccionar a los ganadores de la convocatoria “Beca LEP El Escenario es el Centro” de la FundaciónGilberto-Alzate Avendaño y se ordena el desembolso de los estímulos económicos a laspropuestas-seleccionadas como ganadoras |
Listados
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Listado de participantes inscritos Beca LEP "El escenario es el Centro"
|
Listado de participantes inscritos Beca LEP "El escenario es el Centro" |
2 |
Listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar Beca LEP "El escenario es el Centro"
|
Listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar Beca LEP "El escenario es el Centro" |
3 |
Listado de habilitados y no habilitados Beca LEP "El escenario es el Centro"
|
Listado de habilitados y no habilitados Beca LEP "El escenario es el Centro" |
4 |
Listado Elegibles Beca LEP "El escenario es el Centro"
|
Listado de Propuestas Elegibles Beca LEP "El escenario es el Centro" |
Avisos modificatorios
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