Convocatoria Publicada
OFB

BECA LEP DE CIRCULACIÓN ÓPERA AL BARRIO

Ley de espectáculos públicos

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Aviso Informativo No 10

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Resolución No 256 del 13 de Agosto de 2024

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DOCUMENTOS

Información básica

La Orquesta Filarmónica de Bogotá crea la convocatoria “ BECA LEP ÓPERA AL BARRIO” que busca aportar a la circulación de puestas en escena de óperas, zarzuelas, operetas y teatro musical de mediano y gran formato, que hagan parte de la programación del Festival Ópera  al Parque, que se realizará en el mes de Octubre, en espacios inesperados, no convencionales de las diferentes localidades de Bogotá. 

Enfoque(s): Disciplinar

Línea(s) estratégica(s): Circulación

Área(s): Música

Número de estímulos: 2

Total de recursos: $ 200.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

La Orquesta Filarmónica de Bogotá entregará dos estímulos de cien millones de pesos m/cte (100.000.000) cada uno.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Perfil 1: Título profesional como maestro en música, cantante lírico, licenciado en música y/o régisseur, con énfasis en dirección orquestal, interpretación. Experiencia mínima de siete (7) años en el campo de la dirección orquestal en montajes relevantes a la Beca.  Los jurados de esta convocatoria pueden residir fuera de Bogotá 

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia: Siete (7) años en el campo de la dirección orquestal en montajes relevantes a la Beca Ópera, Zarzuela y Opereta. 

Área perfil: Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia:

Área perfil: Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Título profesional en áreas de las humanidades. Experiencia mínima de siete (7) años en el campo de las artes escénicas y/o la gestión cultural o la programación y ejecución de espectáculos de música sinfónica, académica, canto lírico o artes escénicas.  Los jurados de esta convocatoria pueden residir fuera de Bogotá, 

Área conocimiento: Bellas Artes y humanidades

Campo de experiencia: Siete (7) años en el campo de las artes escénicas y/o la gestión cultural o la programación y ejecución de espectáculos de música académica o artes escénicas.

Área perfil: Danza, música, teatro, producción, gestión

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

 

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia:

Área perfil: Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 3

Experiencia mínima de doce (12) años en el campo de la dirección orquestal, las artes escénicas y/o la gestión cultural o la programación y ejecución de espectáculos de música académica o montajes relevantes a la Beca.  Los jurados de esta convocatoria pueden residir fuera de Bogotá, sin embargo, deben tener completa disponibilidad en el día en que se llevarán a cabo las entrevistas presenciales de la convocatoria en cuestión, así mismo deben cubrir sus costos de transporte y alojamiento en caso de ser necesarios. 

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia: Doce (12) años en montajes relevantes a la Beca.

Área perfil: Danza, música, teatro, producción, gestión

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

 

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia:

Área perfil: Música

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: null

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 13/08/2024

Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@ofb.gov.co

Fecha de apertura 21/08/2024

Inicio proceso de inscripción de propuestas

Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 20/09/2024 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 23/09/2024 17:00:00

Finalización del proceso de inscripción de propuestas

Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 26/09/2024

A partir de este momento los participantes cuentan con tres (3) días hábiles para subsanar documentos solicitados o remitir solicitudes de aclaración sobre el proceso de verificación de documentos.

Publicación de listado de elegibles 24/10/2024

Una vez finalizado el proceso de evaluación, las propuestas elegibles serán registradas en la plataforma PULEP y se podrán considerar como ganadoras una vez sean aprobadas por parte del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes.

Fecha máxima de ejecución 31/03/2025

Justificación

La Orquesta Filarmónica de Bogotá, en armonía con los propósitos y logros de ciudad y las metas establecidas en el Plan de Desarrollo, formuló el proyecto de Inversión “8137 -Implementación programa de fomento de la Orquesta Filarmónica Bogotá D.C.” con el objetivo de Optimizar la capacidad de atención a iniciativas culturales de la ciudad con énfasis en música sinfónica, académica, canto lírico y su cadena de valor, a través de estímulos, reconocimientos, apoyos e incentivos, que aporten al fortalecimiento sectorial y lleguen a diferentes tipos de poblaciones y sectores sociales. 

Teniendo en cuenta lo anterior, la Orquesta Filarmónica de Bogotá crea la “CONVOCATORIA BECA LEP DE CIRCULACIÓN ÓPERA AL BARRIO” que busca aportar a la circulación de puestas en escena de óperas, zarzuelas, operetas y teatro musical de mediano y gran formato, en espacios convencionales y no convencionales de los diferentes barrios de Bogotá.

Esta convocatoria con recursos LEP le abre la oportunidad de circulación a agrupaciones de mediano y gran formato, que enriquecerán la oferta cultural y acercarán a la ciudadanía al mundo de la ópera, llevando espectáculos de diferentes formatos, a varios barrios de la ciudad de Bogotá.    

Por otra parte, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1493 de 2011, donde fue creada la contribución parafiscal cultural de los espectáculos públicos de las artes escénicas, con el fin de vincular nuevas líneas de participación, mediante la Ley 2070 de 2020 se amplió la posibilidad de inversión de estos recursos incluyendo las líneas de circulación y producción en la financiación de proyectos. 

 Para definir el alcance de estos proyectos, el Decreto 1080 de 2015 en su artículo 2.9.2.4.2, establece que son actividades de:

 Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del Sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

Es importante precisar que el Decreto Distrital 321 del 8 de agosto del 2022 facultó al Instituto Distrital de las Artes -IDARTES, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño y la Orquesta Filarmónica de Bogotá para participar de la ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural de los espectáculos públicos de las artes escénicas en las líneas antes descritas.

Con el fin de desarrollar las Convocatorias en las líneas de producción y circulación, entre la Secretaría de Cultura, recreación y Deporte y el Instituto Distrital de las Artes -IDARTES, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño y la Orquesta Filarmónica de Bogotá, se expide la resolución 463 del 10 de julio de 2024, “Por la cual se establecen los mecanismos a través de los cuales se atienden los lineamientos para la administración, asignación y ejecución de los recursos de la Contribución de los Espectáculos Públicos en las líneas de circulación y producción para las artes escénicas de Bogotá”, aunando esfuerzos entre las entidades adscritas y la Secretaría  para desarrollar acciones articuladas orientadas a fomentar procesos de Circulación y Producción de las artes escénicas en el Distrito Capital, a partir de la ejecución de los recursos de la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas, conforme lo establecido en la Ley 1493 de 2011 y la reglamentación específica para la asignación y ejecución de los recursos LEP.

 

Objeto

Aportar a la circulación de puestas en escena de óperas, zarzuelas, operetas y teatro musical de mediano y gran formato, que hagan parte de la oferta cultural de la ciudad en espacios autogestionados en los diferentes barrios de Bogotá, que podrán ser convencionales y no convencionales. 

Las propuestas deben tener en cuenta los siguientes aspectos: 

  • La puesta en escena no debe ser menor a 40 minutos. Se realizarán mínimo dos funciones, de las cuales una debe ser de entrada libre, en diferentes barrios de Bogotá. Los espacios para la ejecución de la propuesta deben ser gestionados por el participante, con carta de invitación por parte del escenario que indique fecha, hora y lugar en el que realizará su circulación. 
     
  • Los espacios  gestionados podrán ser convencionales o no convencionales. En caso de que el evento o espectáculo se realice en espacios públicos, el participante es el responsable de la gestión y consecución de los permisos necesarios para realizar las actividades propuestas.
     
  • En cumplimiento de la ley, esta convocatoria, en sus líneas de producción y circulación, apoyará aquellas acciones que sean orientadas a la materialización del espectáculo de las artes escénicas y ya hayan surtido la etapa de creación. 
     
  • La producción y circulación de espectáculos de las artes escénicas incluye entre otras actividades de montaje in situ, escenografía, vestuario, iluminación, sonido, escenarios, artistas y puesta en escena. 
     
  • Las actividades propuestas deben contemplar los tiempos correspondientes a la programación de los espacios gestionados, trámites de permisos, registro en plataforma PULEP y todas aquellas acciones externas que puedan alterar los cronogramas. 
     
  • La propuesta debe contar con una estrategia de comunicación y divulgación, que permita que las actividades organizadas lleguen a la comunidad y público general de la ciudad.  Todas las piezas de divulgación debrerán ser enviadas, revisadas y aprobadas por el equipo de prensa de la OFB
     
  • En el caso de que las propuestas sean interdisciplinares y/o transdisciplinares, los recursos de la contribución parafiscal cultural, solamente podrán ser invertidos en artes escénicas: teatro, música, danza, circo sin animales y magia. 

Nota 1. Las propuestas ofertadas con recursos de la contribución parafiscal cultural (recursos LEP), no podrán cubrir con estos recursos actividades relacionadas con la creación de espectáculos de las artes escénicas, procesos de formación, de carácter académico o gastos que no sean coherentes con la producción o circulación de espectáculos de las artes escénicas (ver guía de gastos permitidos y no permitidos). De incluirse dentro de la propuesta, estas actividades deben ser cubiertas con recursos de terceros o propios del participante.

Nota 2. Desde la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@ofb.gov.co hasta las 17:00:00 horas del último día.

Nota 3. Para los eventos públicos, los ganadores deberán realizar la evaluación de la complejidad del evento, en el clasificador dispuesto por el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático – Idiger https://app.sire.gov.co:8443/complejidades/. Los eventos que por sus características sean clasificados como de media complejidad, deberán contar con la autorización correspondiente ante la Secretaría Distrital de Gobierno, a través de la plataforma del Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital -SUGA (https://www.sire.gov.co/suga), según lo establecido en los Decretos 599 de 2013 y 470 de 2021.

Nota 4. Las propuestas deberán estar a paz y salvo por concepto de SAYCO y ACINPRO, y garantizar el cumplimiento de derechos de autor y los derechos conexos de acuerdo a la Ley 23 de 1982 y la Decisión Andina 351 de 1993.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Agrupación

Agrupaciones de mínimo 3 (tres) personas, conformadas por colombianos, o extranjeros hasta en un 30%, mayores de 18 años y que residan de manera permanente en Bogotá, que acrediten la trayectoria de tres (3) años en el desarrollo de actividades o proyectos enfocados en música sinfónica, académica y canto lírico. En caso de que la agrupación no cuente con la trayectoria requerida, la misma se podrá acreditar con la sumatoria de la trayectoria de cada uno de los integrantes de la agrupación.

Persona Jurídica

Se entiende por persona jurídica, el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, cuyo domicilio principal sea la ciudad de Bogotá. Podrán aplicar personas jurídicas, cuyo objeto se relacione con el objeto de la presente convocatoria, con o sin ánimo de lucro y que represente una agrupación conformada por colombianos, mayores de 18 años que residan de manera permanente en Bogotá, que acrediten la trayectoria de tres (3) años en el desarrollo de actividades o proyectos enfocados en música sinfónica, académica y canto lírico.

Quiénes no pueden participar

  • No podrán ser ganadores de las convocatorias LEP del Programa Distrital de Estímulos 2024, aquellas personas naturales, jurídicas y agrupaciones, que hayan sido ganadoras del recurso LEP del Programa Distrital de Apoyos Concertados 2024.
  • Todas las demás descritas en las Condiciones generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos 2024.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Copia legible, por ambas caras, del documento de identificación del representante legal (cédula amarilla con hologramas, cédula digital, cédula de extranjería o comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil que se presume auténtico).

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15 MB
2 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Certificado de existencia y representación legal

Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. con la matrícula mercantil renovada en la vigencia correspondiente, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente[1].

Nota 14. En el caso de grupos étnicos (pueblos indígenas, comunidades negras o afrodescendientes, raizales, gitanos-Rrom y palenqueros), deberán presentar una certificación emitida por el Ministerio del Interior, sobre la existencia y representación legal de la organización o comunidad.[2]

Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente.

 


[1] Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012.

[2] Dado el caso que el participante informe la existencia del documento en otra entidad el PDE procederá de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012.

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15 MB
3 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante.

Copia legible, por ambas caras, del documento de identidad de cada uno de los integrantes de la agrupación:

Cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros, se debe aportar copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, se deberá aportar el Permiso por Protección Temporal (PPT) o Registro Único de Migrantes venezolanos (RUMV), vigente al momento de la inscripción, en compañía del Pasaporte o del Documento Nacional de Identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano.

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15 MB
4 Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación.

Certificado de residencia expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria o formato diligenciado de declaración juramentada (Ver sección Formatos)

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15 MB
5 Documento de identidad del representante de la agrupación participante.

Copia legible, por ambas caras, del documento de identidad del representante de la agrupación participante (cédula amarilla con hologramas, cédula de extranjería o comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil que se presume auténtico).

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15 MB
6 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación.

Adjuntar el certificado que se genera al inscribirse al Registro Único de Agentes Nacionales Culturales - SOY CULTURA. 

 

El formulario de registro se encuentra en español, Lengua de Señas Colombiana, Krioul, Rromanés y 8 lenguas nativas.

 

Para realizar el registro, ingresar a https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home 

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15 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Formato de presentación de propuesta

Descargue el formato para presentación de propuestas publicado en la sección Formatos. Una vez diligencie la totalidad de los ítems solicitados, guárdelo en archivo PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea - SICON. Además, lea atentamente las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos-PDE 2024, así como, las condiciones específicas de esta convocatoria.

Nota 7. Las obras por interpretar pueden ser de dominio público, si no lo son, los participantes deben contar con los derechos de autor.

Nota 8. Para más información puede consultar la GUIA LEP para las convocatorias con recursos de la contribución parafiscal cultural.

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15 MB
2 Formato Presupuesto /Cronograma / Equipo

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato presupuesto anexo a la convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. Asegúrese de diligenciar completamente. El documento debe ser guardado y cargado en la plataforma en formato excel. 

 

Nota 9. El presupuesto debe incluir los requerimientos técnicos necesarios para la puesta en escena planteada en el Proyecto diligenciado en el formato propuesta. Para la elaboración del cronograma, le recomendamos revisar la fecha máxima de ejecución de la convocatoria. El formato del equipo de trabajo debe incluir a todas las personas que harán parte de ejecución de la propuesta, producción, artistas, logística, etc.


Nota 10. Dado que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto los participantes deberán revisar la GUIA LEP de gastos permitidos y no permitidos.

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15 MB
3 Soportes de experiencia o trayectoria

Presente, en un solo archivo en formato PDF, los soportes que acrediten la trayectoria de acuerdo con el perfil solicitado, tales como: certificaciones expedidas por entidades y organizaciones de carácter público, privado, comunitario, contratos o actas de liquidación, publicaciones, catálogos, portafolios, participación en exposiciones y/o eventos, programas de mano, flyers, notas de prensa, distinciones, resoluciones de ganadores de estímulos, entre otros. En cualquier caso, los soportes deben evidenciar de manera clara y visible el nombre del participante (agrupación o persona jurídica) y las fechas de la realización de dichas actividades, procesos o proyectos.

Nota 11. No se considerarán válidas las auto certificaciones, es decir, emitidas por los mismos participantes.

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15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: Ronda de Selección de Ganadores
No. Criterio Puntaje
1

Propuesta artística: coherencia, creatividad, pertinencia, conceptualización, descripción del proyecto e impacto.

0 a 45
2

Propuesta Técnica: cronograma, presupuesto, equipo de trabajo, viabilidad técnica del proyecto.

0 a 35
3

Trayectoria de la entidad/agrupación proponente

0 a 20

Nota 15: Para ser adjudicataria del estímulo, la propuesta ganadora deberá alcanzar un mínimo de 80 puntos. El puntaje expresado en la tabla anterior corresponde al máximo que podrá otorgar el jurado a cada criterio. 

Nota 16. En caso de presentarse un empate se seleccionará la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en el criterio de propuesta artística. De persistir el empate se acudirá al criterio de propuesta técnica.

Derechos específicos de las y los ganadores

  • Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2024, el ganador tendrá derecho a recibir el estímulo correspondiente, en los siguientes porcentajes:
  • Un primer desembolso equivalente al NOVENTA por ciento (90%) del valor total del estímulo, una vez notificada la resolución que otorga el estímulo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo y en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2024. 

Nota 17. Dado el origen de los recursos de la presente convocatoria, para dar trámite al primer desembolso el proyecto beneficiario deberá encontrarse avalado por el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y contar con el número de registro en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP-, asimismo  para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, la persona jurídica, o los representantes legales de la agrupación deberán realizar el registro como productor de las artes escénicas y todos los miembros del equipo deben encontrarse registrados en la plataforma Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes.  

  • Un segundo y último desembolso equivalente al DIEZ por ciento (10%) del valor total del estímulo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte del ganador y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la Orquesta Filarmónica de Bogotá.

Nota 18. Los desembolsos estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC–. Al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el ganador, dependiendo de su calidad tributaria.

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación PDE 2024:

 

  • Ejecutar la propuesta aprobada por el jurado, de acuerdo con las condiciones específicas de la convocatoria, que se debe empezar a desarrollar a partir de la fecha de aprobación de la garantía constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo o a la fecha de generación del Registro Presupuestal, lo último que suceda. Lo anterior implica que se debe iniciar la ejecución de la propuesta con una disposición transitoria de recursos propios mientras se realiza el primer desembolso, tal como lo indican las condiciones generales de participación del PDE 2024.
  • Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como, las que formule la Orquesta Filarmónica de Bogotá, para lo cual el ganador deberá entregar el plan de mejora correspondiente. 
  • Para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal Cultural de los Espectáculos Públicos, la persona jurídica, deberá realizar el registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP y remitir a la OFB una vez se le sea solicitado, en los tiempos establecidos. 
  • Realizar el registro de eventos que se realizarán en el desarrollo de la propuesta en la plataforma Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas - PULEP. e incluir en todas las piezas de difusión, el código PULEP asociado a la actividad registrada en la plataforma.  
  • Entregar el cronograma de la ejecución de la propuesta a más tardar una (1) semana después de haber sido aprobada su póliza como ganador de la beca con fechas (día, mes y año) exactas para divulgación y participación de la ciudadanía en las mismas y las cartas de invitación que indique fecha, hora y lugar en el que realizará su circulación.
  • Asistir a las reuniones, encuentros y visitas convocadas por la entidad del sector encargada de financiar el proyecto.
  • Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la beca, en caso de ser requeridos.
  • Acatar las disposiciones legales vigentes, en general además de lo contemplado en el Código Nacional de Policía y Convivencia.
  • Entregar los informes de ejecución de la propuesta que sean requeridos (avance y final) siguiendo el formato suministrado por la entidad, en donde se dé cuenta del desarrollo de las actividades realizadas durante el proceso, así como, los registros documentales correspondientes.
  • Participar en las estrategias de socialización definidas por la entidad que acompaña la ejecución de la propuesta.
  • Autorizar a la entidad correspondiente el uso del material desarrollado en la propuesta con fines de promoción, circulación y difusión del arte, la cultura y el patrimonio. Esta autorización no implica enajenación, cesión o traspaso de los derechos morales y patrimoniales de la creación.
  • Dar créditos a la Orquesta Filarmónica de Bogotá de acuerdo con el manual de imagen.

Anexos

No. Documento Descripción
1 Guía de gastos permitidos y no permitidos
Documento para verificar el tipo de gasto que permite la Ley de acuerdo con las líneas de circulación y producción
2 Guía LEP para las convocatorias con recursos de la contribución parafiscal cultural
Documento para orientar el conocimiento de la Ley 1493 de 2011 y la consecuente formulación de propuestas que buscan ejecutar recursos de la contribución parafiscal cultural.

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato 1. Presentación de propuesta

(archivo Word o PDF)

 
 
Presentación de propuestas Beca LEP DE CIRCULACIÓN ÓPERA AL BARRIO
2 Formato Presupuesto, Cronograma, Equipo de trabajo

(archivo Word o PDF)

 
 

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuestas definido para la convocatoria, diligenciando la totalidad de los ítems solicitados. Una vez diligenciado guárdelo en formato PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea - SICON. Además, lea atentamente las condiciones de participación del Programa Distrital de Estímulos 2024, así como, las condiciones específicas de esta convocatoria


Nota 1. De acuerdo a las condiciones generales de participación, en la plataforma de inscripción sólo se aceptarán los documentos técnicos en los formatos aquí solicitados. Por lo tanto, no serán tenidos en cuenta enlaces que reúnan la documentación técnica en plataformas de almacenamiento como Google Drive, Dropbox, Microsoft OneDrive, Mega, WeTransfer, etc.


Nota 2. El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada. Asegúrese de presentar todos los documentos técnicos solicitados.


Nota 3.No incluir el formato para presentación de propuesta o cualquiera de los formatos diseñados específicamente para esta convocatoria será una causal de rechazo. 

3 Formato 3. Declaración juramentada de residencia 2024

(archivo Word o PDF)

 
 
Declaración juramentada de residencia 2024

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 Resolución No 256 del 13 de Agosto de 2024
"Por la cual se ordena la apertura y publicación de las Convocatorias "Beca LEP de Circulación Filarmónica Gran Formato", "Beca LEP de Circulación Filarmónica Grupos de Cámara" y "Beca LEP de Circulación Ópera al Barrio" del Programa Distrital de Estímulos de la Orquesta Filarmónica de Bogotá para la vigencia 2024.

Listados

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Avisos modificatorios

No. Documento Descripción
1 Aviso Informativo No 10
Por medio delpresente aviso se aclaran las condiciones de inscripción de los participantes de las Becas LEP, en lo referente al númeromínimo de personas que deben conformar la agrupación.

Para participar inicia sesión en SICON y busca esta convocatoria