Convocatoria Publicada
IDARTES

BECA PARA LA CIRCULACIÓN “BOGOTÁ VIVE LA NOCHE 2024” - SEGUNDA FASE

Programa Distrital de Estímulos

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RESOLUCIÓN No. 910 (30 – Ago - 2024) (apertura)

09/24

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DOCUMENTOS

Información básica

El Plan Distrital de Desarrollo 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”, en uno de sus objetivos estratégicos “Bogotá confía en su potencial” plantea, además de otros aspectos centrales para la formación artística, impulsar las economías locales y el encadenamiento de nuevos agentes al ciclo productivo. Para contribuir al cumplimiento de este objetivo, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) lanzó durante el mes de junio la “Beca para la circulación Bogotá Vive la Noche 2024” con el propósito de activar la economía de la noche y abonar el camino hacia la construcción de una ciudad que oferte servicios artísticos 24 horas. En ese contexto, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes, se suma a esta apuesta sectorial en una segunda fase que busca promover el trabajo colaborativo entre los diferentes agentes de la ciudad, la sostenibilidad del ecosistema musical bogotano y la dinamización de los escenarios como espacios fundamentales que promueven la diversidad de expresiones musicales para el consumo y la apropiación de la noche por parte de la ciudadanía.

En este orden de ideas, esta convocatoria busca fortalecer la creación, desarrollo y posicionamiento de circuitos locales con programación musical, ejecutados en una misma localidad o Distrito Creativo, en los cuales, artistas y escenarios culturales de la ciudad puedan articularse para construir una propuesta de programación nocturna conjunta. Estos circuitos deben proponer una oferta musical en red que genere ecosistemas y públicos cruzados entre escenarios cercanos geográficamente, con una línea o concepto curatorial claro y que a su vez active a otros subsectores de la economía de la noche.

En este entendido, las actividades del circuito deben realizarse en el período comprendido entre la fecha de aprobación de la póliza, y hasta el 28 de marzo de 2025.

Características de los circuitos de música en vivo:

  • Se entiende como un circuito de música en vivo, a una programación musical diseñada y ejecutada por agrupaciones o solistas articulados con mínimo dos (2) escenarios culturales para desarrollar una propuesta musical en vivo, en el marco de un concepto curatorial definido.
  • Los circuitos deben ser desarrollados en un mínimo de dos (2) escenarios ubicados en un mismo distrito creativo o localidad de Bogotá y realizar un mínimo de tres (3) fechas en cada escenario.
  • En cada fecha de la programación circularán como mínimo dos (2) artistas o agrupaciones en presentaciones que tengan una duración no menor de 45 minutos cada una.
  • Como es una estrategia de activación cultural nocturna, la programación propuesta por los circuitos locales deberá desarrollarse entre las 10:00 p.m y las 4:00 a.m. 
  • La propuesta debe contar con una estrategia de comunicación y divulgación que permita que las actividades organizadas lleguen a la comunidad y público general de la ciudad.
  • Como mínimo, el 50% del valor del estímulo deberá destinarse al pago de honorarios de los artistas o agrupaciones. El 50% adicional podrá ser destinado para cubrir otros rubros como recurso humano de los escenarios, producción de los eventos, recursos técnicos (backline) y/o actividades de promoción y divulgación.
  • Esta beca fomenta el consumo cultural pago y por ello está permitido el ingreso por cobro de boletería. La distribución de este recaudo será a discreción del espacio cultural, sin embargo, se valorará de manera positiva aquellas propuestas que incluyan una propuesta de distribución de ingresos para los artistas.

Nota 1: Para efectos de esta convocatoria, se consideran como “Escenarios Culturales”, aquellos establecimientos que programan presentaciones artísticas y culturales de manera frecuente, que cuentan con una infraestructura adecuada para su realización y que tienen una identidad o curaduría definida en su programación. Lugares como bares, restaurantes, salas y centros culturales pueden estar dentro de este tipo, siempre y cuando tengan una vocación cultural y cumplan con las condiciones descritas anteriormente.

Nota 2: De acuerdo con las disposiciones del Decreto 280 de 2020 y el Decreto 539 del 2023, actualmente en Bogotá se declaran, reconocen y delimitan 15 distritos creativos: 1. Usaquén. 2. Parque de la 93. 3. San Felipe. 4. La 85. 5. Chapinero. 6. Diverso La Playa. 7. Teusaquillo. 8. Centro Internacional. 9. La Candelaria - Santa Fe (Centro). 10. Bronx DC. 11. Fontibón. 12. Ciencia, tecnología e innovación (CTeI). 13. Zona Industrial de Bogotá (ZiBO). 14. Campín. 15. La Castellana.

Nota 3: Para el desarrollo de las actividades nocturnas se debe tener en cuenta las disposiciones del Decreto 667 de 2017, el Decreto 447 de 2021 y las disposiciones adicionales que dan alcance en materia de funcionamiento de establecimientos comerciales.

Nota 4: Para definir el alcance de las propuestas, el Decreto 1080 de 2015 en su artículo 2.9.2.4.2, establece que son actividades de:

  • Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del Sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.
  • Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011

Enfoque(s): Disciplinar

Línea(s) estratégica(s): Circulación

Área(s): Música

Número de estímulos: 5

Total de recursos: $ 200.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

Se otorgarán cinco (5) estímulos por un valor de cuarenta millones de pesos M/CTE ($40.000.000), cada uno, para un total de doscientos millones de pesos M/CTE ($200.000.000)

El valor de los estímulos está sujeto a las retenciones de ley.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Profesional en artes, humanidades, ciencias sociales, económicas o administrativas con experiencia específica de 5 años o más en programación de agendas artísticas culturales y estrategias de circulación para el sector artístico.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas , Economia, Administracion, Contaduria Y Afines

Campo de experiencia:

Programación de agendas artísticas y culturales y estrategias de circulación para el sector artístico.

Nota: La terna de jurados de esta convocatoria estará conformada por los tres (3) puntajes más altos alcanzados entre los cinco perfiles definidos, teniendo en cuenta la relación y pertinencia con el objeto de la convocatoria; en ese sentido, se tendrá en cuenta la validez de los soportes tanto de formación como de trayectoria de las personas expertas postuladas para otorgar la puntuación correspondiente.

Área perfil: Actividades de la economía creativa y cultural , Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: null

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Experto en gestión y formación cultural con título universitario y experiencia específica de 5 años o más en procesos de formación artística, gestión cultural de proyectos relacionados con el sector artístico y cultural.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia:

Procesos de formación artística, gestión cultural de proyectos relacionados con el sector artístico y cultural.

Nota: La terna de jurados de esta convocatoria estará conformada por los tres (3) puntajes más altos alcanzados entre los cinco perfiles definidos, teniendo en cuenta la relación y pertinencia con el objeto de la convocatoria; en ese sentido, se tendrá en cuenta la validez de los soportes tanto de formación como de trayectoria de las personas expertas postuladas para otorgar la puntuación correspondiente.

Área perfil: Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: null

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 3

Gestor(a) o promotor(a) musical con experiencia mínima de cinco (5) años en proyectos de circulación de productos musicales.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia:

Gestión, circulación de productos musicales.

Nota: La terna de jurados de esta convocatoria estará conformada por los tres (3) puntajes más altos alcanzados entre los cinco perfiles definidos, teniendo en cuenta la relación y pertinencia con el objeto de la convocatoria; en ese sentido, se tendrá en cuenta la validez de los soportes tanto de formación como de trayectoria de las personas expertas postuladas para otorgar la puntuación correspondiente.

Área perfil: Actividades de la economía creativa y cultural , Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: null

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 4

Comunicador(a), periodista, publicista o experto(a) en marketing con experiencia mínima de cinco años (5) en su área y que haya desarrollado contenidos relacionados con música a través de medios convencionales o digitales.

Área conocimiento: Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia:

Comunicación, periodismo, publicidad, mercadeo de productos musicales.

Nota: La terna de jurados de esta convocatoria estará conformada por los tres (3) puntajes más altos alcanzados entre los cinco perfiles definidos, teniendo en cuenta la relación y pertinencia con el objeto de la convocatoria; en ese sentido, se tendrá en cuenta la validez de los soportes tanto de formación como de trayectoria de las personas expertas postuladas para otorgar la puntuación correspondiente.

Área perfil: Actividades de la economía creativa y cultural

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: null

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de apertura 02/09/2024
Fecha de publicación 02/09/2024
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 01/10/2024 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 04/10/2024 17:00:00
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 15/10/2024
Fecha máxima de publicación de resolución de ganadores 27/11/2024

En esta fecha se publicará la Resolución de ganadores y se podrá consultar en la sección Tenga en cuenta/apartado Resoluciones

Fecha máxima de ejecución 30/04/2025

Tenga en cuenta que para esta fecha el proyecto debe estar ejecutado al cien por ciento (100%) y el informe final (si aplica) deberá estar aprobado por parte del área misional del Instituto Distrital de las Artes - Idartes que realiza acompañamiento a la ejecución de la propuesta.

Justificación

Esta beca tiene como base el objetivo estratégico número tres (3) “Bogotá confía en su potencial” de las nuevas apuestas del Sector Cultura en el marco del  Plan Distrital de Desarrollo 2024 - 2027, el cual reza “se promoverá el posicionamiento de los distritos creativos y los barrios culturales, en articulación con el sector público y privado, como estrategias para impulsar las economías locales y el encadenamiento de nuevos agentes al ciclo productivo, marco en el cual la identificación de necesidades de formación técnica, tecnológica para el trabajo y profesional de los agentes del sector cultural es de la máxima importancia, además de, posicionar a Bogotá como un destino turístico, cultural y recreodeportivo destacado a nivel nacional e internacional. Este esfuerzo se realizará mediante una colaboración estrecha entre emprendedores de diversos sectores, comunidades étnicas y poblaciones de los territorios, proyectos artísticos, culturales, creativos, recreativos y deportivos con el fin de generar un impacto económico, social y cultural significativo.”

Para contribuir al cumplimiento de estos objetivos, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes, busca estimular los procesos de gestión entre artistas y escenarios culturales como agentes relevantes del sector mediante una programación artística nocturna (entre 10:00 p.m y 4:00 a.m). Además, los escenarios culturales asumen un papel fundamental en la conformación de la oferta artística y cultural de la ciudad de Bogotá, promoviendo y garantizando la diversidad de expresiones artísticas para el consumo y la apropiación de la noche por parte de la ciudadanía. En este orden de ideas, es pertinente la creación de mecanismos que permitan activar la economía de la noche y abonar el camino hacia la construcción de una ciudad que oferte servicios artísticos 24 horas, con índices de seguridad y garantía de derechos culturales.

Objeto

Fortalecer y dinamizar circuitos locales con programación musical nocturna (entre las 10:00 p.m y las 4:00 a.m) en Bogotá, promoviendo el trabajo colaborativo entre los proyectos musicales de la ciudad y los escenarios culturales, contribuyendo de esta forma a la sostenibilidad del ecosistema creativo de Bogotá.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Jurídica

Sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, con domicilio en Bogotá, cuyo objeto se relacione con el objeto de la presente convocatoria, adicionalmente, las personas jurídicas deben garantizar la conformación de una agrupación para el desarrollo del circuito.

La persona jurídica debe contar con una sede física que cuente con programación de actividades artísticas y culturales de manera frecuente (con mínimo un (1) año de existencia a la fecha de cierre de esta convocatoria) adicionalmente debe contar con experiencia en la programación de por lo menos diez (10) conciertos entre los años 2023 y 2024.

Agrupación

Conjunto de dos o más personas naturales mayores de 18 años que presentan una propuesta en la cual participan activamente en su creación o ejecución, que residan en Bogotá o hasta en un 50% en los municipios: Soacha, Facatativá, Zipaquirá, Chía, Mosquera, Madrid, Funza, Cajicá, Sibaté, Tocancipá, La Calera, Sopó, Tabio, Tenjo, Cota, Gachancipá o Bojacá.

La agrupación debe contar con una sede física que cuente con programación de actividades artísticas y culturales de manera frecuente (con mínimo un (1) año de existencia a la fecha de cierre de esta convocatoria)  adicionalmente debe contar con experiencia en la realización de por lo menos diez (10) conciertos entre los años 2023 y 2024.

Quiénes no pueden participar

Adicionalmente a las restricciones de participación establecidas en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2024, en esta convocatoria no pueden participar:

  • Personas Naturales
  • Las propuestas ganadoras de la BECA RED DE ESPACIOS INDEPENDIENTES - REI 2024
  • Las propuestas ganadoras de la BECA PARA LA CIRCULACIÓN BOGOTÁ VIVE LA NOCHE 2024 de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante de la agrupación participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con las Condiciones Generales de Participación

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5 MB
2 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con las Condiciones Generales de Participación

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15 MB
3 Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación.

Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento que se encuentra publicado en la página de la convocatoria, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin (Consultar el apartado Formatos).

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15 MB
4 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación.

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los  Saberes de cada uno de los integrantes de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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15 MB
5 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con las Condiciones Generales de Participación

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10 MB
6 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con las Condiciones Generales de Participación

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15 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Formato de presentación de propuesta

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta definido para esta convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección FORMATOS en el menú lateral de esta página. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

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15 MB
2 Soportes de trayectoria de los escenarios culturales

Adjunte en la plataforma de inscripción, un documento en formato PDF, con los soportes que demuestren la realización de por lo menos diez (10) conciertos en cada uno de los escenarios que componen el circuito y que evidencien mínimo un (1) año de existencia a la fecha de cierre de esta convocatoria. Solamente deberá incluir soportes de actividad de los años 2023 y 2024.

Los soportes deben contener el nombre del escenario cultural, fecha de presentación (mes y año) y datos de quien certifica (si aplica). No serán aceptados certificados emitidos por los mismos participantes.

Nota 1: Como soportes se podrán aportar imágenes de reseñas periodísticas, entrevistas, crónicas, artículos, programas de mano, flyers, afiches, entre otros. Estos soportes podrán provenir de medios digitales o impresos. No se aceptan fotos que no contengan la información anteriormente solicitada.

Nota 2: Recuerde que es responsabilidad del participante garantizar el acceso a los soportes tanto para el proceso de verificación como para la evaluación por parte de las personas expertas.

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15 MB
3 Carta de compromiso y Conformación del circuito

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato Carta de compromiso y Conformación del circuito definido para esta convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección FORMATOS en el menú lateral de esta página. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

Estas cartas deberán estar diligenciadas y firmadas por la totalidad de los artistas, representantes de las agrupaciones y representantes de los escenarios vinculados al circuito, y deberán coincidir con la información reportada en el Formato de presentación de propuesta en los apartados: “Nombre y descripción de los escenarios culturales vinculados al circuito” y “Listado de artistas o agrupaciones a circular en la propuesta”

Nota 1. De acuerdo a las condiciones generales de participación, en la plataforma de inscripción sólo se aceptarán los documentos técnicos en los formatos aquí solicitados. Por lo tanto, no serán tenidos en cuenta enlaces que reúnan la documentación técnica en plataformas de almacenamiento como Google Drive, Dropbox, Microsoft OneDrive, Mega, WeTransfer, etc.

Nota 2. El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada. Asegúrese de presentar todos los documentos técnicos solicitados.

Nota 3. No incluir el formato para presentación de propuesta o cualquiera de los formatos diseñados específicamente para esta convocatoria será una causal de rechazo.

Para cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria comuníquese al correo contactenos@idartes.gov.co, o a través de las líneas 3057341963 o (601) 3795750 Ext. 3700, 3701, 3702, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:30 p.m.

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15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: Selección de Ganadores
No. Criterio Puntaje
1

Coherencia de la programación con la línea curatorial definida y su aporte al desarrollo de una agenda cultural nocturna en la escena de música en vivo de la localidad o el distrito creativo.

0 a 30
2

Experiencia de los escenarios culturales que hacen parte de la propuesta, su vocación cultural y artística, su infraestructura y capacidad para el cumplimiento de la propuesta.

0 a 15
3

Calidad musical y potencial de circulación de las agrupaciones o solistas musicales vinculados al circuito.

0 a 15
4

Viabilidad de la programación respecto al presupuesto y cronograma planteados.

0 a 20
5

Viabilidad de la estrategia de divulgación y alcance para visibilizar la programación.

0 a 15
6

Propuesta de distribución de ingresos por boletería

0 a 5

De conformidad, con lo establecido en el ítem Selección de Propuestas Ganadoras, de las Condiciones Generales de Participación, el puntaje mínimo para que una propuesta sea considerada como elegible en esta convocatoria, debe ser igual o superior a 80 puntos. Las propuestas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de evaluación.

*Que una propuesta obtenga un puntaje asignado de 80 puntos o más, no implica su selección como ganadora.

Derechos específicos de las y los ganadores

Adicionalmente a lo establecido en el apartado de derechos de los ganadores de las Condiciones Generales de Participación del PDE 2024, los ganadores de esta convocatoria tienen derecho a:

1. Recibir el estímulo en las siguientes condiciones:

1.1. Un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del estímulo económico, posteriormente al proceso de notificación de la resolución de ganadores y al cumplimiento de los requisitos y trámites solicitados por el Instituto Distrital de las Artes (Idartes) para tal efecto.

1.2. Un segundo desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del estímulo económico, posterior al cumplimiento de los deberes, requisitos y trámites solicitados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes para tales efectos y la presentación y aprobación por el área misional, del informe de ejecución de actividades y la relación de gastos, con sus respectivos soportes, de acuerdo con las especificaciones solicitadas por la entidad.

Nota: Los desembolsos se harán previa aprobación por parte del área misional encargada de realizar el seguimiento a la ejecución del estímulo. Dichos desembolsos están sujetos a la disponibilidad de recursos, a la programación de pagos que realice la entidad y se les aplicarán las retenciones tributarias a las que haya lugar.

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los deberes contemplados en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2024, los ganadores deberán acatar los siguientes lineamientos:

  1. Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de ganadores: El Idartes enviará un correo electrónico certificado de notificación dentro de los 5 días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo, al correo suministrado por el ganador, quien tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha y hora de recibo del correo, para dar su respuesta manifestando la aceptación o no del estímulo de forma expresa y para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo. Si pasados estos diez (10) días hábiles la Entidad no recibe la aceptación o rechazo del estímulo y los documentos requeridos para la legalización del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, entenderemos que el ganador renuncia el estímulo, el cual le será asignado al suplente, si lo hubiere.
  2. Constituir a favor del Instituto Distrital de las Artes – Idartes una póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por valor de doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV) con una vigencia que corresponda a la fecha límite de ejecución de la propuesta, o en su defecto la póliza en mención de los espacios en el cual se desarrollarán las actividades que hacen parte de la ejecución de la propuesta.
  3. Asistir y cumplir con todas las reuniones y actividades programadas por la entidad para el desarrollo, seguimiento y finalización de la propuesta.
  4. Gestionar los derechos de las imágenes, archivos sonoros, entre otras obras preexistentes utilizadas, si a ello hubiere lugar.
  5. Entregar, en las fechas acordadas con la unidad misional que gestionan la convocatoria, un (1) documento en formato libre que contenga la siguiente información:
    • Avance del circuito: Presentaciones artísticas realizadas, descripción breve, número de asistentes y registro fotográfico o audiovisual.
    • Descripción de la gestión: texto breve que dé cuenta de la gestión adelantada para el desarrollo de las presentaciones artísticas, las alianzas realizadas, medios de comunicación, proveedores de servicios, entre otros.
  6. Entregar el informe final de ejecución de actividades y la relación de gastos, con sus respectivos soportes, de acuerdo con las especificaciones solicitadas por la unidad misional, antes de la fecha máxima de ejecución definida en la convocatoria, y la plantilla de declaración juramentada que respalde la entrega de los recursos económicos del estímulo y de los ingresos por boletería de acuerdo con lo presentado en la propuesta. Adicionalmente, un (1) documento en formato libre que contenga una descripción de las actividades realizadas, presentaciones artísticas, beneficiarios directos (número de artistas y agrupaciones), beneficiarios indirectos (asistentes a las presentaciones), logros de la gestión, piezas de divulgación, fortalezas y debilidades encontradas tanto en el planteamiento como en la ejecución de la beca, relación con otros  subsectores de la economía de la noche y registro fotográfico o audiovisual.
  7. La parrilla de programación aprobada dentro de la propuesta seleccionada como ganadora, no podrá cambiar en más del 35% de la programación presentada.  Los cambios en la programación presentada deben ser autorizados por la unidad de gestión encargada del seguimiento de la beca mediante acta suscrita entre las partes.
  8. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la propuesta, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes.  Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del estímulo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del estímulo. Así mismo, el ganador  se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la propuesta ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las propuestas.
  9. Si presentó su propuesta como agrupación y requiere solicitar un cambio de integrante, debe tener en cuenta lo establecido en el ítem Proceso para Ganadores PDE, de las Condiciones Generales de Participación del PDE 2024, así como la siguiente información acerca del número de cambios permitidos:

No. de integrantes

No. de Cambios aceptados

De 3 a 5

1

De 6 a 8

2

De 9 a 11

3

De 12 a 14

4

De 15 a 17

5

Anexos

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No. Documento Descripción

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato de Declaración juramentada del lugar de residencia.

(archivo Word o PDF)

 
 
En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin.
2 Formato de presentación de propuesta

(archivo Word o PDF)

 
 
Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta definido para esta convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección FORMATOS en el menú lateral de esta página. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.
3 Formato Carta de compromiso y Conformación del circuito_“BOGOTÁ VIVE LA NOCHE 2024

(archivo Word o PDF)

 
 
Descargue y diligencie en su totalidad el Formato Carta de compromiso y Conformación del circuito definido para esta convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección FORMATOS en el menú lateral de esta página. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 RESOLUCIÓN No. 910 (30 – Ago - 2024) (apertura)

«Por medio de la cual se da apertura a las convocatorias BECA PARA LA CIRCULACIÓN “BOGOTÁ VIVE LA NOCHE 2024” - SEGUNDA FASE y REAPERTURA-PREMIO DISTRITAL DE CUENTO CIUDAD DE BOGOTÁ 2024 del Programa Distrital de Estímulos 2024»

Listados

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Avisos modificatorios

No hay elementos

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