Convocatoria Publicada
IDARTES

BECA MÁS CULTURA LOCAL PARA LA LOCALIDAD DE ANTONIO NARIÑO

Más Cultura Local

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Listado de habilitados y no habilitados BECA MÁS CULTURA LOCAL PARA LA LOCALIDAD DE ANTONIO NARIÑO

03/25

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Listado de habilitados, no habilitados y documentos para subsanar BECA MÁS CULTURA LOCAL PARA LA LOCALIDAD DE ANTONIO NARIÑO

03/25

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Listado Participantes Inscritos - BECA MÁS CULTURA LOCAL PARA LA LOCALIDAD DE ANTONIO NARIÑO

02/25

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Acta definición de perfiles Banco de personas expertas - Programa Más Cultura Local

01/25

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RESOLUCIÓN No. 27 ( 21 - enero - 2025 ) «Por medio de la cual se da apertura a las convocatorias que hacen parte del Programa Más Cultura Local»

01/25

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DOCUMENTOS

Información básica

Esta es una convocatoria ofertada por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes, en el marco del Programa Más Cultura Local, en alianza con la localidad de Antonio Nariño. A continuación, se mencionan algunos puntos claves de la convocatoria. 

 

Para presentarse en esta convocatoria, no olvide:

  1. Leer las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025. 
  2. Leer esta convocatoria completamente, revisar los formatos y anexos disponibles en el apartado “Tenga en cuenta”.
  3. Revisar la guía de producción de actividades para la realización de su propuesta, la cual se encuentra en el apartado “Anexos”.
  4. Alistar toda la documentación técnica y administrativa, asegúrese de cumplir con la totalidad de los requisitos. 
  5. Tener en cuenta los permisos necesarios -según la normativa vigente- para la realización de actividades o eventos en espacios privados o en el espacio público; es responsabilidad exclusiva de los ganadores lo siguiente: la gestión de permisos, el buen uso de los espacios y la garantía de las condiciones logísticas, técnicas y de seguridad para la ejecución de la propuesta ganadora.
  6. Leer atentamente los criterios de evaluación de la convocatoria. 

 

¡Importante!

Recuerde que el Registro Único Tributario - RUT del representante de la agrupación o persona jurídica, debe contener alguna de las actividades económicas relacionadas en el Anexo No. 1 - Actividades de la Economía Cultural y Creativa

Sobre el proceso de fortalecimiento a los agentes del sector cultural y creativo:

Los ganadores del Programa Más Cultura Local  participarán en un proceso de caracterización y diagnóstico, en el que se definirá, de acuerdo con lo establecido en la versión del programa, las prioridades de fortalecimiento en temas específicos para la ejecución, así como las rutas de aprendizaje focalizadas por propuesta. Con este mapa de necesidades priorizadas, se definirá un equipo de mentores(as) que, a través de talleres y asesorías personalizadas, acompañarán cada una de las propuestas ganadoras en sus necesidades, y establecerán una ruta de trabajo y recomendaciones en compañía de la Secretaría de Cultura Recreación y Deporte - SCRD.

Enfoque(s): Poblacional-diferencial, Territorial, Género, Cultura ciudadana, Disciplinar

Línea(s) estratégica(s): Apropiación, Circulación, Creación, Formación, Investigación, Gestión cultural, Producción, Distribución, Exhibición, Comercialización, Promoción o divulgación

Área(s): Actividades de la economía creativa y cultural,Arte dramático,Arte, ciencia y tecnología,Artes audiovisuales,Artes plásticas y visuales,Danza,Interdisciplinar / transdisciplinar,Literatura,Música

Número de estímulos: 13

Total de recursos: $ 130.439.998

Descripción general de los recursos a otorgar:

Se otorgarán trece (13) estímulos, cada uno por un valor de DIEZ MILLONES TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS MONEDA CORRIENTE ($10.033.846 m/cte).  

El valor del estímulo está sujeto a las retenciones de ley, las cuales deberán ser asumidas por los ganadores de la convocatoria. 

 

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Gestor cultural con mínimo cuatro (4) años de experiencia en la realización de proyectos culturales o creativos en el campo del arte, la cultura o el patrimonio, a nivel distrital, que certifique su trayectoria y experiencia a través de certificaciones de las entidades culturales de Bogotá o de la(s) alcaldía(s) local(es), las cuales deben contener la siguiente información: nombre de la persona postulante, proyecto o área, actividades realizadas, fecha de inicio y terminación (día, mes y año), datos de contacto de la institución o entidad que la expide y contar con firma digital o manuscrita.

Nota: La persona no debe residir o domiciliarse en la localidad a la que se postula. Esto se verificará según la información que reposa en el SICON.

Área conocimiento: No aplica

Campo de experiencia:

Jurado con mínimo cuatro (4) años de experiencia en la realización de proyectos culturales o creativos en el campo del arte, la cultura o el patrimonio.

 

Área perfil: Actividades de la economía creativa y cultural , Arte dramático , Arte, ciencia y tecnología , Artes audiovisuales , Artes plásticas y visuales , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar , Literatura , Música

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: null

¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá


Perfil 2

Profesional en cualquier área del conocimiento con mínimo cuatro (4) años de experiencia relacionada con alguna(s) de las siguientes líneas: emprendimiento cultural o creativo; Industrias culturales o creativas; o Economía cultural o creativa. Debe acreditar la experiencia mediante certificaciones, las cuales deben contener como minimo la siguiente información: nombre de la persona postulante, fecha de inicio y terminación (día, mes y año), datos de contacto de la institución o entidad que la expide y contar con firma digital o manuscrita.

Nota: La persona no debe residir o domiciliarse en la localidad a la que se postula. Esto se verificará según la información que reposa en el SICON.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Salud , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación , Economia, Administracion, Contaduria Y Afines , Matemáticas Y Ciencias Naturales , Ingeniería, Arquitectura, Urbanismo Y Afines , Agronomía Veterinaria Y Afines

Campo de experiencia:

Jurado con mínimo cuatro (4) años de experiencia relacionada con alguna de las siguientes líneas: emprendimiento cultural o creativo; Industrias culturales o creativas; o Economía cultural o creativa.

Área perfil: Actividades de la economía creativa y cultural , Arte dramático , Arte, ciencia y tecnología , Artes audiovisuales , Artes plásticas y visuales , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar , Literatura , Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 3

Profesional en áreas del conocimiento de las bellas artes o las ciencias sociales y humanas, con posgrado relacionado con arte y cultura y que cuente con mínimo cuatro (4) años de experiencia en el campo del arte, la cultura o el patrimonio relacionada con la realización de proyectos. Debe acreditar la experiencia mediante certificaciones, las cuales deben contener como mínimo la siguiente información: nombre de la persona postulante, fecha de inicio y terminación (día, mes y año), datos de contacto de la institución o entidad que la expide y contar con firma digital o manuscrita.

Nota: La persona no debe residir o domiciliarse en la localidad a la que se postula. Esto se verificará según la información que reposa en el SICON.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia:

Jurado con mínimo cuatro (4) años de experiencia en el campo del arte, la cultura o el patrimonio relacionada con la realización de proyectos, procesos o acciones en Bogotá D.C.

Área perfil: Actividades de la economía creativa y cultural , Arte dramático , Arte, ciencia y tecnología , Artes audiovisuales , Artes plásticas y visuales , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar , Literatura , Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Especialización , Maestría , Doctorado , Post Doctorado

¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 22/01/2025

A partir de esta fecha, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para realizar observaciones a las condiciones específicas de participación de esta convocatoria

Fecha de apertura 30/01/2025
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 21/02/2025 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 24/02/2025 17:00:00
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 04/03/2025

Luego de publicado el listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y con documentos por subsanar, los participantes cuyas propuestas tengan documentos por subsanar, contarán con un plazo de tres (3) días hábiles, a partir de la notificación, para cargar a través de la plataforma los documentos a subsanar. El cargue de los documentos podrá realizarse únicamente en la plataforma, que se encontrará habilitada hasta las 5:00 p.m. , hora legal colombiana, del último día de subsanación. No se recibirán subsanaciones en físico en las oficinas de la SCRD ni de las entidades adscritas,  tampoco se recibirán aquellas propuestas enviadas vía correo electrónico.

Fecha máxima de publicación de resolución de ganadores 14/04/2025

En esta fecha se publicará la Resolución de ganadores y se podrá consultar en la sección Tenga en cuenta/apartado Resoluciones.

Fecha máxima de ejecución 25/07/2025

La fecha máxima de ejecución incluye la entrega del informe final y la aprobación por parte del área misional que realiza el acompañamiento a la ejecución de la propuesta.

 

Justificación

La presente convocatoria se sustenta en el Convenio Interadministrativo No. 740  de 2024, celebrado entre la Secretaría Distrital De Cultura, Recreación y Deporte, Instituto Distrital De Las Artes - Idartes, Fondo De Desarrollo Local De Usaquén; Fondo De Desarrollo Local De Chapinero; Fondo De Desarrollo Local De San Cristóbal; Fondo De Desarrollo Local De Usme; Fondo De Desarrollo Local De Tunjuelito; Fondo De Desarrollo Local De Bosa; Fondo De Desarrollo Local De Kennedy; Fondo De Desarrollo Local De Fontibón; Fondo De Desarrollo Local De Engativá; Fondo De Desarrollo Local De Suba; Fondo De Desarrollo Local De Barrios Unidos; Fondo De Desarrollo Local De Teusaquillo; Fondo De Desarrollo Local Antonio Nariño; Fondo De Desarrollo Local De Puente Aranda; Fondo De Desarrollo Local Rafael Uribe Uribe; Fondo De Desarrollo Local De Ciudad Bolívar y Fondo De Desarrollo Local De Sumapaz. El cual tiene por objeto "Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros con el fin de desarrollar acciones articuladas entre la SCRD, el IDARTES y los Fondos de Desarrollo Local, orientadas a la estructuración, planeación y ejecución del programa Más Cultura Local 2024, con el propósito de fortalecer a los agentes artísticos y culturales e impulsar los procesos de transformación social y económica en las localidades de Bogotá”.

Objeto

En el marco del Programa Más Cultura Local, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes y el Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, aúnan esfuerzos en esta convocatoria con el propósito de apoyar propuestas dirigidas a la creación y circulación artística en la localidad de Antonio Nariño que, a través de circuitos locales, permitan el trabajo colaborativo con la comunidad, así como la apropiación del espacio público desde las diferentes expresiones artísticas. 

Los participantes deberán integrar al menos un área artística dentro de sus propuestas, vincular como mínimo uno de los eslabones de la cadena de valor de la Economía cultural y Creativa (investigación-creación, producción, promoción, divulgación, distribución, comercialización y exhibición), promover la economía local mediante la adquisición de bienes y servicios generados dentro de la localidad de Antonio Nariño, y programar todas las actividades dentro de la misma localidad; Además, deberán garantizar que el equipo encargado de la ejecución del proyecto sea idóneo y tenga pleno conocimiento de las condiciones de esta convocatoria, así como establecer un cronograma de trabajo acorde con las fechas aquí estipuladas.

Para esta convocatoria, se considerará Espacio Público como “aquellos lugares de propiedad pública o destinados al uso público, los cuales deben garantizar un acceso universal, seguro e inclusivo. Estos espacios incluyen calles, áreas abiertas e instalaciones públicas” (CEPAL, s.f.). Los trámites y autorizaciones del uso de cualquiera de estos espacios deberán ser gestionados por el eventual ganador de la convocatoria ante las entidades competentes.

 ¿Cuáles son los tiempos de ejecución de la propuesta?

Adicional a lo estipulado en el numeral 7.4, ¿En qué momento inicia la ejecución del estímulo? de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, se precisa que la fecha de inicio de ejecución de su propuesta será la correspondiente a la fecha de aprobación de las pólizas y del plan de mejoramiento por parte del equipo designado del Programa Más Cultura Local.  

La fecha máxima de ejecución será el 25 de julio de 2025, esto incluye la presentación y aval del informe final. 

Nota 1: Recuerde que antes de iniciar la ejecución de la propuesta, los ganadores deberán realizar un plan de mejoramiento, en el que acogerán las observaciones sugeridas por la terna de jurados para dicha ejecución. Este documento será la guía para el acompañamiento a la ejecución de su propuesta por parte del equipo de Más Cultura Local.

Nota 2: No se permitirán gastos y ejecución de actividades posteriores a la fecha máxima previamente indicada.

Tabla de aplicación del enfoque étnico, diferencial o poblacional

Del total de los estímulos dispuestos en la convocatoria, se destinarán seis (6) para la aplicación del enfoque étnico, diferencial o poblacional de la siguiente manera:

Grupo, sector o población

Cantidad de estímulos

Mujer

Uno (1)

Jóvenes

Uno (1)

LGBTI

Uno (1)

Víctimas de conflicto interno armado

Uno (1)

Personas con discapacidad y las personas cuidadoras de personas con discapacidad

Uno (1)

Personas mayores de 60 años

Uno (1)

Aclaraciones frente a la tabla de aplicación de enfoques: 

1. La destinación de los estímulos a los enfoques se realizará de acuerdo con la tabla anterior, a partir de las siguientes condiciones: 

  • Sólo podrán optar aquellos participantes que hayan cumplido con los requisitos establecidos en la convocatoria. 
  • En el proceso de evaluación deberán obtener un puntaje mínimo de setenta (70), siendo priorizados para la asignación de los estímulos, aún cuando haya propuestas con puntajes superiores, presentadas por participantes que no se encuentren dentro de los enfoques mencionados. 
  • Para la asignación de los estímulos priorizados, se tendrá en cuenta el orden descendente de los puntajes asignados por el jurado.

2. En caso que alguno de los estímulos destinados a los enfoques descritos anteriormente quede desierto, ya sea porque no se cuente con inscritos, las propuestas queden no habilitadas o en el proceso de evaluación no alcancen el puntaje mínimo para ser seleccionados, los estímulos se asignarán a los demás proyectos habilitados para evaluación, de acuerdo con el puntaje obtenido en orden descendente. Lo anterior con el fin de garantizar la entrega de los recursos en esta convocatoria.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Agrupación

Conformadas por dos (2) o más personas naturales colombianas o extranjeras mayores de 18 años, residentes en la ciudad de Bogotá, específicamente en la localidad de Antonio Nariño, y que cuenten con un proyecto o proceso artístico, cultural y creativo. Adicionalmente, deberán acreditar la realización de mínimo dos (2) actividades o eventos artísticos o culturales, relacionados con el objeto de la convocatoria, mediante los soportes de experiencia indicados en el apartado “Documentos técnicos para evaluación”. 

Nota 1: Las agrupaciones deberán estar conformadas mínimo en un 70% por residentes de la localidad de Antonio Nariño, y el 30% restante podrá residir en otras localidades de Bogotá D.C., con actividad económica desarrollada en Antonio Nariño. En este último caso, se deberá diligenciar el Anexo No. 3 - “Declaración de lugar en el que ejerce la actividad económica bajo la gravedad de juramento” y adjuntarlo en la plataforma.

Nota 2: Se permitirá la suma de experiencia de los integrantes de la agrupación.

Nota 3: Los integrantes de la agrupación son aquellos que se encuentren registrados en el certificado de inscripción de la plataforma y deben coincidir con el equipo relacionado en el formato de presentación de propuesta. 

Nota 4:  Al momento de inscribirse, cerciórese de la cantidad de integrantes que requiere su agrupación para la ejecución integral de su propuesta. 

Nota 5: Para la  verificación de restricciones contenidas en el apartado “¿Quiénes no pueden participar?”, se tendrá en cuenta la experiencia aportada a nombre de la agrupación, indistintamente de sus integrantes. 

Persona Natural

Personas colombianas o extranjeras, mayores de 18 años, residentes en la ciudad de Bogotá, específicamente en la localidad de Antonio Nariño y que cuenten con un proyecto o proceso artístico, cultural y creativo. Adicionalmente deberán acreditar la realización de mínimo dos (2) actividades o eventos artísticos o culturales relacionados con el objeto de la convocatoria, mediante los soportes de experiencia, indicados en el apartado “Documentos técnicos para evaluación”

Nota 1: Las personas naturales deberán informar sus alianzas o equipo de trabajo para el desarrollo de la propuesta en todas sus etapas, este punto se solicita en el formato de presentación de propuesta.

Persona Jurídica

Con o sin ánimo de lucro, cuya dirección de domicilio principal o la dirección de alguna de sus sedes esté ubicada en la localidad de Antonio Nariño, y que cuenten con un proyecto o proceso artístico, cultural y creativo. Adicionalmente, deberán acreditar la realización de mínimo dos (2) actividades o eventos artísticos o culturales relacionados con el objeto de la convocatoria, mediante los soportes de experiencia indicados en el apartado “Documentos técnicos para evaluación”. 

Nota 1: Las personas jurídicas deben garantizar la conformación de un equipo de trabajo base para el desarrollo de su propuesta, en el cual deberá priorizar la participación de personas que residan en la localidad.

Nota 2: La trayectoria debe acreditarse a nombre de la persona jurídica. No se tendrá en cuenta la sumatoria de la experiencia individual de los miembros de la junta directiva que la conforman.

Nota 3: La dirección de domicilio o de alguna de las sedes de la persona jurídica en la localidad de Antonio Nariño, se revisará según lo contenido en el Certificado de Existencia y Representación Legal aportado por el participante.

Nota 4: Relacione todos los miembros de la junta directiva de la persona jurídica, al momento de inscripción de su propuesta en la Plataforma, según lo contenido en el Certificado de Existencia y Representación Legal.

Quiénes no pueden participar

Adicional a lo establecido en el numeral 3.2 de las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2025, en esta convocatoria no pueden participar:

  • Aquellas personas naturales que hayan sido delegados del Componente A del Programa Más Cultura Local, ya sea como participante a nombre propio, como integrante de agrupación o como miembro de una persona jurídica.
  • Las y los servidores públicos o empleados oficiales que al momento de inscribirse en una convocatoria estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB, FUGA, los Fondos de Desarrollo Local con los que se suscriba el convenio o la Secretaría Distrital de Gobierno. 
  • Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB, FUGA,  los Fondos de Desarrollo Local con los que se suscriba el convenio o la Secretaría Distrital de Gobierno.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad de persona natural participante.

Adjunte el/los documento/s, de acuerdo con las Condiciones Generales de Programa Distrital de Estímulos 2025.

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15 MB
2 Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de la persona natural participante.

Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos 2025. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la alcaldía local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad de Juramento, fírmelo, guárdelo en formato PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin (consultar el apartado Formatos).

pdf
15 MB
3 Documento de identidad del representante de la agrupación participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos 2025.

pdf
15 MB
4 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos 2025.

pdf
15 MB
5 Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación.

Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos 2025. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la alcaldía local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad de Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin (consultar el apartado Formatos).

 

Nota: Tanto el certificado de residencia o la declaración juramentada del lugar de residencia deben tener fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.


Ahora bien, si en su agrupación hay algún(os) integrante(s) que no resida(n) en la localidad de Antonio Nariño, deben adjuntar, junto con el certificado de residencia o Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad de Juramento, el Anexo No. 3 - Declaración de lugar en el que ejerce la actividad económica bajo la gravedad de juramento y adjuntarlo en la plataforma. Teniendo en cuenta el porcentaje máximo permitido para la residencia en otras localidades.

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15 MB
6 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos 2025.

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15 MB
7 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C., con la matrícula mercantil renovada a 2024, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo treinta (30) días calendario de anterioridad al cierre de las inscripciones de la convocatoria en la cual participa. 

El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012.

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15 MB
8 RUT

Registro Único Tributario (RUT) de la persona natural, representante de la agrupación, o persona jurídica con fecha de generación en el año 2025,  con alguna de las actividades económicas relacionadas en el Anexo No. 1 - Actividades de la Economía Cultural y Creativa.


Nota: La actualización debe estar sujeta a la normativa vigente y según las obligaciones que como contribuyente sea acreedor.

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15 MB
9 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de la persona natural participante.

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - “Soy Cultura” del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de la persona natural participante, de acuerdo  con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro “Soy Cultura”, el cual se puede realizar en el sitio web: https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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15 MB
10 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación.

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - “Soy Cultura” del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de cada uno de los integrantes de la agrupación participante, de acuerdo  con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro “Soy Cultura”, el cual se puede realizar en el sitio web: https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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15 MB
11 Certificación sobre existencia y representación legal de la organización o comunidad con el aval de las instancias consultivas locales y mesas según corresponda.

Las interesadas en acceder a la destinación de estímulos priorizados para el sector poblacional denominado: Mujer de acuerdo con el tipo de participante, deberán gestionar el certificado por parte de organizaciones o ante las instancias participativas locales de procesos realizados con mujeres (Comités Operativos Locales de Mujer y Género - COLMYG o el  Consejo Local de Mujeres).


Las personas interesadas en participar en el estímulo priorizado para los sectores sociales LGBTI, el representante legal de la persona jurídica,  o la agrupación debe aportar un documento expedido por la Mesa Local LGBTI de la localidad de Antonio Nariño que avale la pertenencia a un colectivo, organización o proyecto que trabaja por la población LGBTI o aportar certificaciones de procesos enfocados a orientación sexual o identidad de género emitidas por organizaciones sociales o culturales.


Las personas interesadas en acceder a la destinación de estímulos priorizados para el sector poblacional denominado: Personas con discapacidad y las personas cuidadoras de personas con discapacidad deberán gestionar ante el Consejo Local de Personas con Discapacidad, la certificación de pertenencia al mismo.  Esta instancia de participación, es la encargada de validar los procesos o actividades en representación del sector al cual pertenece. De igual forma, podrá adjuntar el certificado de discapacidad o agregar el certificado de tutor(a)/cuidador(a) responsable.


Las personas interesadas en acceder a la destinación de estímulos priorizados para el enfoque poblacional denominado  Víctimas del conflicto armado interno deberán anexar el certificado de Registro Único de Víctimas - RUV, expedido por la Unidad para las Víctimas.


Las personas interesadas en acceder a la destinación de estímulos priorizados para los jóvenes deberán gestionar ante el Comité operativo local o ante el Consejo Local de Juventud, la certificación de pertenencia al mismo.  Esta instancia de participación, es la encargada de validar sus procesos o actividades en representación del sector al cual pertenece. Nota: En el caso de Consejeros locales de Juventud puede adjuntar copia de la credencial de la Registraduría Nacional del Estado Civil, que acredita la calidad del representante como consejero de Juventud o la copia de la certificación de la Alcaldía Local que acredite su calidad como Consejero Local o Distrital de juventud.  https://www.mininterior.gov.co/wp-content/uploads/2021/12/CIRCULAR-CONSEJOS-DE-JUVENTUD.pdf 


Los(as) interesados(as) en acceder a la destinación de estímulos priorizados para las personas mayores de 60 años deberán anexar el certificado expedido por el Consejo Local de Sabios y Sabias o por el Comité Operativo Local de Envejecimiento y Vejez o una organización social o cultural que avale sus procesos. 


En caso de que al momento de la inscripción, no cuente con el documento de reconocimiento de sectores sociales, anexe un documento indicando que éste se encuentra en trámite. El documento expedido por la instancia correspondiente será solicitado en el periodo de subsanación de documentos administrativos que indica la convocatoria.
Tenga en cuenta que el cupo solo se aplicará, si el certificado se adjunta en este apartado y cumple con los requisitos establecidos en la convocatoria.

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15 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Formato de presentación de propuesta

Diligencie completamente el Formato para la presentación de propuestas en la convocatoria BECA MÁS CULTURA LOCAL PARA LA LOCALIDAD DE ANTONIO NARIÑO, disponible en el apartado “Formatos”. Guárdelo en formato  PDF y adjúntelo en la plataforma de inscripción. 

Tenga en cuenta que no se aceptarán pagos a menores de edad en la ejecución de su propuesta. 

Nota 1: De acuerdo  con el numeral 4.2 de las Condiciones Generales de participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, en la plataforma de inscripción sólo se aceptarán los documentos técnicos en los formatos aquí solicitados; por lo tanto, no serán tenidos en cuenta enlaces que reúnan la documentación técnica en plataformas de almacenamiento como Google Drive, Dropbox, Microsoft OneDrive, Mega, WeTransfer, etc.

Nota 2: Las propuestas presentadas deben considerar todos los requerimientos logísticos y de gestión para su realización. Revise la guía de producción de actividades para la realización de su propuesta que se encuentra en el apartado “Anexos”.

Nota 3: El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta, presentarla en un formato diferente al estipulado a la presente convocatoria,  o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria al momento de la inscripción, implica que la propuesta no será habilitada.

Cualquier aclaración respecto  a los términos de la convocatoria, comuníquese a contactenos@idartes.gov.co de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

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15 MB
2 Soportes de experiencia o trayectoria

En un (1) solo PDF adjunte los soportes de experiencia y trayectoria. Los documentos aportados deben acreditar lo solicitado en el perfil del participante de la presente convocatoria, ya sea como persona natural, agrupación o persona jurídica.

Estos soportes pueden ser: certificaciones de contratos o actas de liquidación, publicaciones de libros, revistas o periódicos, catálogos de eventos, programas de mano, flyers, volantes, notas de prensa, distinciones, resoluciones de ganadores de estímulos o certificaciones emitidas por el Consejo Local de Arte, Cultura y Patrimonio - CLACP de la localidad de Antonio Nariño que evidencien de manera clara y visible, las fechas de realización, y nombre del participante (persona natural, agrupación o persona jurídica) tal y como aparece en el formulario de inscripción

Nota 1: No se considerarán válidas las certificaciones emitidas por los mismos participantes. Este documento no es subsanable; es decir, en caso de no presentarlo, su propuesta será inhabilitada.

Nota 2: Se permitirá la suma de experiencia de los integrantes de las agrupaciones.

Nota 3: No se permitirá la suma de experiencia de miembros de las juntas directivas para las personas jurídicas.

Nota 4:De acuerdo con el numeral 4.2 de las Condiciones Generales de participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, en la plataforma de inscripción sólo se aceptarán los documentos técnicos en los formatos aquí solicitados. Por lo tanto, no serán tenidos en cuenta enlaces que reúnan la documentación técnica en plataformas de almacenamiento como Google Drive, Dropbox, Microsoft OneDrive, Mega, WeTransfer, etc.

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15 MB
3 Certificado del Consejo Local de Arte, Cultura y Patrimonio de la localidad Antonio Nariño (opcional)

Los participantes podrán obtener cinco (5) puntos en la evaluación final, si aportan alguna certificación emitida por el Consejo Local de Arte, Cultura y Patrimonio - CLACP de la localidad de Antonio Nariño, con fecha de expedición posterior a enero de 2023

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15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: Selección de ganadores
No. Criterio Puntaje
1

Solidez y pertinencia: El proyecto será evaluado en su totalidad, considerando cada uno de sus componentes, con especial atención en los siguientes aspectos: a) La pertinencia del proyecto para la localidad, en virtud del objeto de la presente convocatoria. b) La coherencia del presupuesto, las actividades y los productos resultantes de la propuesta, de acuerdo con el cronograma planteado.

0 a 25
2

Viabilidad: Se evaluará la coherencia entre las actividades propuestas, los plazos establecidos y los costos previstos para alcanzar los objetivos de su propuesta

0 a 20
3

Aporte e impacto en el contexto local: Se evaluará cómo el proyecto aporta en la transformación económica y social de la localidad, a través de la generación de ingresos o la adquisición de productos y servicios de agentes locales durante el desarrollo de las actividades del proyecto y el alcance de sus actividades en los residentes de la localidad de Antonio Nariño.

0 a 23
4

Relación de la experiencia del participante frente a  la propuesta presentada: Se valorará la pertinencia del perfil del participante en relación con el objetivo de la convocatoria.

0 a 12
5

Integración de las artes: La propuesta vincula claramente una o varias disciplinas o áreas artísticas en el desarrollo de sus actividades.

0 a 15
6

Experiencia local: Certificación emitida por el Consejo Local de Arte, Cultura y Patrimonio - CLACP de la localidad de Antonio Nariño, con fecha de expedición posterior a enero de 2023

0 a 5

El puntaje mínimo que debe tener la propuesta seleccionada como ganadora es de 70 puntos, de conformidad con lo establecido en el numeral 6.1 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025. Las propuestas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de evaluación, previo a la asignación de estímulos según lo estipulado en la tabla de aplicación del enfoque étnico, diferencial o poblacional.

Derechos específicos de las y los ganadores

Adicional a lo establecido en el numeral 7.5. de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, los ganadores tienen derecho a:

1. Recibir el estímulo en las siguientes condiciones:

1.1. Un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del estímulo económico, posterior al proceso de notificación de la resolución de ganadores y al cumplimiento de los requisitos y trámites solicitados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes para tal efecto. Según las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025 en el numeral 7.2 ¿Cómo se realiza la legalización del estímulo?

1.2. Un segundo desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del estímulo económico, posterior al cumplimiento de los deberes del ganador, la aprobación del informe final con sus respectivos soportes y previo aval de cumplimiento de la entidad a cargo de la convocatoria.

  • Los desembolsos se harán posterior a la certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja.
  • Al valor del estímulo se le aplicarán los descuentos de ley a los que haya lugar, de acuerdo con la normatividad vigente, los cuales deberán ser asumidos por el eventual ganador. 

Nota: Los desembolsos se harán con previa aprobación por parte del área misional encargada de realizar el seguimiento a la ejecución del estímulo. Dichos desembolsos están sujetos a la disponibilidad de recursos, a la programación de pagos que realice la entidad y se les aplicarán las retenciones tributarias a las que haya lugar.

2. Contar con el acompañamiento del equipo designado por el Programa Más Cultura Local en el desarrollo de la propuesta, abarcando aspectos misionales, administrativos, de producción y relacionados con la estrategia de comunicaciones.

3. Disponer del proceso de fortalecimiento a ganadores por parte del Equipo Más Cultura Local. 

4. Solicitar espacios administrados por el Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, según disponibilidad y según procedimiento definido en la localidad.

5. Hacer uso del hashtag #MásCulturaLocal en las diferentes redes sociales.

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los deberes contemplados en el numeral 7.6 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, las personas ganadoras deberán acatar los siguientes lineamientos:

1. Responder oportunamente el correo electrónico certificado del Instituto Distrital de las Artes IDARTES enviado al correo que ha autorizado para recibir este tipo de información, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. El correo se enviará con la siguiente información: i) fecha, ii) fecha del acto que se está notificando, iii) autoridad que lo expidió, iv) recursos que legalmente proceden, v) autoridades ante quienes deben interponerse, y vi) plazos respectivos para interponer los recursos. Así las cosas, tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha y hora de notificación por medio del correo electrónico con la información enviada, para dar respuesta al mismo manifestando la aceptación o no del estímulo de forma expresa. En caso de que esté de acuerdo con el contenido del acto administrativo, le recomendamos manifestar expresamente su aceptación y entrega de los documentos de legalización del estímulo a la mayor brevedad.

2. Constituir garantía de cumplimiento de disposiciones legales a favor de la entidad otorgante del estímulo, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo de cumplimiento por el treinta por ciento (30%) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución  más cuatro (4) meses. 

3.Adicional a la documentación solicitada en el numeral 7.2 ¿Cómo se realiza la legalización del estímulo? de las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025 y si la propuesta lo requiere, el ganador deberá constituir a favor del Instituto Distrital de las Artes – Idartes una Garantía de Responsabilidad Civil Extracontractual por el valor de doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV) con una vigencia igual al periodo de ejecución de la propuesta, o en su defecto aportar la póliza en mención del espacio o escenario gestionado en el cual se desarrollarán las presentaciones artísticas o culturales con público asistente y requieran de este tipo de póliza. En el caso que aplique,  el participante deberá aportar está póliza en su informe de avance o final de su propuesta.

4.Gestionar los permisos necesarios amparados en la normativa vigente para la realización de actividades o eventos en espacios privados o en el espacio público, así como garantizar las condiciones logísticas, técnicas y de seguridad para su desarrollo. Se aclara que los ganadores serán los responsables de la gestión y el buen uso de los espacios que hagan parte de la ejecución de su propuesta, acatando las condiciones de préstamo. Nota: Durante la ejecución de la propuesta NO se podrán dejar estructuras o instalaciones instaladas o fijados en espacios públicos sin la autorización respectiva de la entidad responsable del espacio.  El ganador mantendrá indemne al Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño y al Idartes ante cualquier reclamación sobre las estructuras o instalaciones realizadas.

5.Asistir y participar de forma activa en las diferentes etapas del proceso de fortalecimiento desarrollado por SCRD, que sean informadas a los ganadores de la presente convocatoria.

6.Ejecutar la propuesta según lo contemplado en el plan de mejoramiento aprobado por el equipo del Programa Más Cultura Local. Ante eventuales modificaciones y previo a la realización de la acción o actividad, deberá reportar oportunamente al equipo del Programa Más Cultura Local del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, para su respectiva revisión y aprobación, según lo contemplado en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025

7.Mantener una comunicación asertiva y continua con el equipo de acompañamiento del Programa Más Cultura Local. Por lo que, de manera oportuna, el ganador reportará el estado de ejecución, ajustes de informes, cronogramas, visitas y otras acciones del proyecto, y responderá a las solicitudes del equipo designado desde el Programa Más Cultura Local, respecto del desarrollo de su propuesta. Nota: El Equipo del Programa Más Cultura Local se reserva la comunicación frente al desarrollo de la propuesta únicamente con los ganadores inscritos en la plataforma; para ganadores como personas jurídicas se establecerá comunicación con el representante legal o quien este designe por escrito. 

8. Asistir a las reuniones, encuentros o visitas convocadas por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes en articulación con el Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño. Indistintamente si son convocadas de manera virtual o presencial. 

9.Compartir con el Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño y el Instituto Distrital de las Artes - Idartes, la información correspondiente con las acciones de convocatoria que se realicen a la comunidad, especificando tiempos y enlaces de inscripción; lo anterior, para conocimiento y posible apoyo en difusión desde las instituciones.

10. Incluir según el manual de uso de imagen y lineamientos, los logos del Programa Más Cultura Local, Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la propuesta, con previa aprobación del equipo de comunicaciones del Programa Más Cultura Local. Recuerde que antes de su difusión o impresión este material debe tener la aprobación; así mismo, el ganador  se compromete a garantizar la imagen reputacional del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño y del Idartes; el manejo adecuado y pertinente de las imágenes de las Entidades, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la propuesta ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás, que para tales efectos requiera el Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño y el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño y al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las propuestas.

11. Enviar con mínimo diez (10) días calendario de anticipación, las piezas de difusión y promoción de las acciones a desarrollar en el marco de la propuesta ganadora; teniendo en cuenta el manual de uso de imagen y los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación relacionadas con el proyecto.

12. Participar en las actividades de articulación y socialización con ganadores que proponga el Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, cuando sea convocado. 

13. Organizar actividades de socialización de los resultados obtenidos con el estímulo donde pueda compartir los logros alcanzados con la comunidad. Estas actividades pueden incluir muestras finales de procesos o talleres, conferencias, conciertos, muestras, exposiciones, presentaciones u otras actividades, según la naturaleza del proceso realizado. En todo caso, es importante exponer y visibilizar el aporte que el Programa Más Cultura Local ha hecho al proceso o proyecto desarrollado.

14. Ejecutar las actividades propuestas en la localidad de Antonio Nariño, los gastos deben ser totalmente independientes a otras propuestas ganadoras del Programa Más Cultura Local o Programa Distrital de Estímulos, es decir, no podrán compartir o dividir gastos frente a rubros inicialmente propuestos, ni realizar actividades conjuntas.

15. Entregar un informe de avance de gestión junto con la relación de gastos y soportes correspondientes, a la mitad del tiempo de ejecución del proyecto, en los formatos aportados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes para tal fin, a través de los medios que le sean indicados para su entrega. Los soportes entregados deben dar cuenta de la ejecución, de acuerdo con la propuesta presentada y serán verificados por el equipo del Programa Más Cultura Local.

16. Entregar un informe final de gestión, junto con la relación de gastos y soportes correspondientes a la ejecución total del proyecto, por medio de correo electrónico. Es importante tener en cuenta que este informe final debe encontrarse aprobado por el equipo encargado de realizar el seguimiento a la beca y estar listo para radicación, antes del 25 de julio de 2025. Los soportes  entregados deben dar cuenta de la ejecución, de acuerdo con la propuesta presentada, estos serán verificados por el equipo del Programa Más Cultura Local.

17. Garantizar que los productos y servicios finales sean resultado de las actividades realizadas dentro de la ejecución de la propuesta ganadora del Programa Más Cultura Local. 

18. En cuanto a presuntos incumplimientos de las propuestas, la entidad aplicará el procedimiento determinado en el numeral 7.7. de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025. Nota: Ante una posible ejecución que no esté acorde con lo aprobado en el plan de mejoramiento, el equipo del Programa Más Cultura Local del Instituto Distrital de las Artes - Idartes,  citará al ganador para que suministre la información respectiva frente al desarrollo de su propuesta y el Idartes  tomará las medidas que haya lugar.

19.  Hacerse responsable de todas las obligaciones en lo que se refiere a derechos de autor o de propiedad intelectual, industrial o comercial, previo, durante y posterior a la ejecución del proyecto. En el acto de cualquier reclamación de terceros, será el ganador quien deba comparecer y aportar los soportes a los que haya lugar, ante las instancias que corresponda;en cualquier caso, se mantendrá indemne al Instituto Distrital de las Artes - Idartes.

20. Seguir las indicaciones proporcionadas por el equipo de acompañamiento del Programa Más Cultura Local, con relación a la presentación de los documentos, soportes de ejecución y de gastos requeridos para los informes parciales y finales.

21. Asegurar que, en el caso que haya variaciones en el equipo de trabajo relacionado en el formato de presentación de propuesta, quién reemplaza a la persona saliente cumplirá  el mismo rol y deberá contar con el mismo perfil, experiencia y residencia en la localidad. Este cambio deberá ser reportado al Instituto Distrital de las Artes – Idartes.

22. Si presentó su propuesta como agrupación, y en caso de solicitar un cambio de integrante debe tener en cuenta la siguiente información:

No. de integrantes

No. de cambios aceptados

De 3 a 5

1

De 6 a 8

2

De 9 a 11

3

De 12 a 14

4

De 15 a 17

5

23. Los demás señalados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025.

Anexos

No. Documento Descripción
1 Anexo No. 1 - Actividades de la economía cultural y creativa.
Actividades de la economía cultural y creativa.
2 Anexo No. 2 - Declaración juramentada del lugar de residencia

Descargue, diligencie, firme y adjunte en pdf el presente formato, únicamente si no logró gestionar el certificado de residencia de acuerdo con lo indicado en el numeral 4.2 de las CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS - PDE 2025

3 Anexo No. 3 - Declaración juramentada de ejercicio mercantil
Descargue, diligencie, firme y adjunte en pdf el presente formato, únicamente en el caso que un porcentaje de los integrantes de la agrupación no resida en la localidad objeto de esta convocatoria. Por favor, tenga en cuenta el porcentaje máximo permitido en el perfil del participante, específicamente para las agrupaciones
4 Anexo No 4. Guía para la formulación del presupuesto de una propuesta
Guía para la formulación del presupuesto de una propuesta
5 Anexo 5. Guía para Producción de Eventos Artísticos
Guía para Producción de Eventos Artísticos

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato de presentación de propuesta para la convocatoria BECA MÁS CULTURA LOCAL PARA LA LOCALIDAD DE ANTONIO NARIÑO

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato de propuesta para la convocatoria BECA MÁS CULTURA LOCAL PARA LA LOCALIDAD DE ANTONIO NARIÑO

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 RESOLUCIÓN No. 27 ( 21 - enero - 2025 ) «Por medio de la cual se da apertura a las convocatorias que hacen parte del Programa Más Cultura Local»
RESOLUCIÓN No. 27 ( 21 - enero - 2025 ) «Por medio de la cual se da apertura a las convocatorias que hacen parte del Programa Más Cultura Local»
2 Acta definición de perfiles Banco de personas expertas - Programa Más Cultura Local
Acta definición de perfiles Banco de personas expertas - Programa Más Cultura Local

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado Participantes Inscritos - BECA MÁS CULTURA LOCAL PARA LA LOCALIDAD DE ANTONIO NARIÑO
Listado Participantes Inscritos - BECA MÁS CULTURA LOCAL PARA LA LOCALIDAD DE ANTONIO NARIÑO 
2 Listado de habilitados, no habilitados y documentos para subsanar BECA MÁS CULTURA LOCAL PARA LA LOCALIDAD DE ANTONIO NARIÑO
Listado de habilitados, no habilitados y documentos para subsanar BECA MÁS CULTURA LOCAL PARA LA LOCALIDAD DE ANTONIO NARIÑO 
3 Listado de habilitados y no habilitados BECA MÁS CULTURA LOCAL PARA LA LOCALIDAD DE ANTONIO NARIÑO
Listado de habilitados y no habilitados BECA MÁS CULTURA LOCAL PARA LA LOCALIDAD DE ANTONIO NARIÑO

Avisos modificatorios

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