BECA FILARMÓNICA DE CIRCULACIÓN MÚSICA CONTEMPORÁNEA
Programa Distrital de Estímulos
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04/25
02/25
Documentación de la convocatoria
Información básica
La Orquesta Filarmónica de Bogotá convoca a personas jurídicas y agrupaciones con domicilio en Bogotá a presentar sus propuestas para circular con un repertorio enfocado en música contemporánea. Las agrupaciones a circular deben estar compuestas por mínimo 3 y máximo 10 integrantes.
La puesta en escena debe durar entre 45 y 50 minutos. En este caso, entiéndase "Música Contemporánea" como el periodo que comenzó en 1915 tras la primera guerra mundial y que se desarrolló en todas las tendencias de atonalismo, dodecafonismo y música de vanguardia hasta el presente. Deberá estar enmarcada en la misionalidad de la Filarmónica de Bogotá (música académica, sinfónica) y evidenciar, tanto el uso de las técnicas contemporáneas de creación, como las lógicas propias de las prácticas musicales de esta época.
El ganador realizará un concierto en un espacio acordado previamente con la Filarmónica de Bogotá y deberá hacerse cargo de los requerimientos de producción de este.
Enfoque(s): Disciplinar
Línea(s) estratégica(s): Circulación
Área(s): Música
Número de estímulos: 2
Total de recursos: $ 20.000.000
Descripción general de los recursos a otorgar:
La Orquesta Filarmónica de Bogotá entregará dos estímulos de diez millones de pesos ($10.000.000) cada uno
Perfiles de los jurados
Perfil 1
Experta(o) con título profesional como maestra (o) en música, licenciada(o) en música o pedagoga(o) musical con énfasis en dirección de agrupaciones sinfónicas, composición o interpretación, con experiencia profesional mínimo de ocho (8) años en el campo de la interpretación, dirección de agrupaciones sinfónicas, composición o arreglo de obras.
Área conocimiento: Bellas Artes
Campo de experiencia:
Experiencia profesional mínimo de ocho (8) años en el campo de la interpretación, dirección de agrupaciones sinfónicas, composición o arreglo de obras.
Área perfil: Música
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Universitaria
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Perfil 2
Experta(o) con título profesional en áreas de las humanidades. Experiencia mínima de diez (10) años en el campo de la gestión cultural o la programación y/o ejecución de espectáculos de música académica, sinfónica y canto lírico.
Área conocimiento: Ciencias Sociales Y Humanas
Campo de experiencia:
Experiencia mínima de diez (10) años en el campo de la gestión cultural o la programación y/o ejecución de espectáculos de música académica, sinfónica y canto lírico.
Área perfil: Actividades de la economía creativa y cultural
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Universitaria
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
---|---|---|
Fecha de publicación | 19/02/2025 | A partir de esta fecha, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la convocatoria, se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@ofb.gov.co |
Fecha de apertura | 27/02/2025 | A partir de esta fecha se permite acceder a la plataforma para realizar la inscripción de las propuestas. |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 22/04/2025 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 25/04/2025 17:00:00 | Hasta esta fecha a la hora indicada en las condiciones generales de participación, se podrá realizar la inscripción de las propuestas. Es responsabilidad del participante consultar los listados que se publicarán de la convocatoria y verificar el estado en el que se encuentra su propuesta presentada. |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 29/04/2025 | Listado de las propuestas que están habilitadas, no habilitadas y las propuestas que deben subsanar documentación formal. A partir de esta fecha, contarás con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma la documentación subsanable requerida. |
Fecha máxima de publicación de resolución de ganadores | 20/06/2025 | Publicación de la resolución que designa las propuestas ganadoras. A partir de esta fecha, contarás con diez (10) días hábiles para aceptar el estímulo y entregar la documentación requerida para los trámites administrativos. |
Fecha máxima de ejecución | 30/06/2026 | Ten en cuenta que para esta fecha ya deberán haber realizado su concierto de circulación, en el escenario acordado con la Filarmónica de Bogotá y haber presentado el informe final de ejecución. |
Justificación
La Orquesta Filarmónica de Bogotá, en la búsqueda de promover la formación e impulsar la circulación de la música sinfónica y académica, convoca a agrupaciones y personas jurídicas, a presentar sus propuestas de circulación enmarcadas en música contemporánea, con el fin de contribuir a la circulación y al fortalecimiento de procesos, iniciativas y proyectos que divulguen y apropien la música sinfónica y académica en el mundo, sirviendo al mismo tiempo, como plataforma de difusión y proyección de los grupos participantes.
Objeto
Apoyar la circulación de agrupaciones de música contemporánea con domicilio en Bogotá cuya práctica artística esté enfocada en la música sinfónica y académica.
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
---|---|
Agrupación | Se entiende por agrupación un conjunto de personas mayores de 18 años, que presentan una propuesta en la que participan activamente en su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante, quien será el encargado de comunicarse con el Programa Distrital de Estímulos (PDE) en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo en caso de que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y de realizar todos los trámites ante el PDE requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores y tener residencia permanente en Bogotá |
Persona Jurídica | Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, cuyo domicilio principal sea la ciudad de Bogotá. A esta convocatoria podrán aplicar personas jurídicas con domicilio en Bogotá con o sin ánimo de lucro y que represente una agrupación conformada por colombianos, o extranjeros hasta en un 40%, que residan de manera permanente en Bogotá. |
Quiénes no pueden participar
Adicionalmente a lo establecido en las Condiciones generales de participación, en esta convocatoria no pueden participar:
- Personas menores de 18 años.
- No podrás participar si tu residencia permanente no es en Bogotá
- Ganadores de esta misma convocatoria en la versión 2023 Y 2024
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante. | Persona Jurídica |
pdf |
15 MB |
2 | Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante. | Persona Jurídica Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. con la matrícula mercantil renovada en la vigencia correspondiente, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012 Ten presente que, si el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante presenta modificaciones o ajustes con posterioridad al cierre de la convocatoria en cualquier etapa del proceso, deberás informar oportunamente a la entidad otorgante, la cual realizará los ajustes correspondientes en la plataforma SICON. En el caso de grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos), deberán presentar una certificación sobre existencia y representación legal de la organización o comunidad con el aval de las instancias consultivas locales y mesas según corresponda. Dado el caso que el participante informe la existencia del documento en otra entidad, se procederá de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012. Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente. |
pdf |
15 MB |
3 | Documento de identidad del representante de la agrupación participante. | Agrupación: |
pdf |
15 MB |
4 | Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante. | Agrupación: Cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. En el caso de extranjeros, deben aportar copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. |
pdf |
15 MB |
5 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación. | Agrupación: Para obtener información sobre la expedición del certificado en Bogotá, consulta el siguiente sitio web: https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia |
pdf |
15 MB |
6 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación. | Aplica para personas jurídicas y agrupaciones De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
pdf |
15 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Formato de presentación de propuesta | Para participar, descargue y diligencie en su totalidad el Formato presentación de propuesta, el cual se encuentra en el apartado ‘formatos’ (parte inferior izquierda de la convocatoria). Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. La Orquesta Filarmónica de Bogotá no se responsabilizará por el transporte de instrumentos ni requerimientos de producción, técnicos o logísticos, para de desarrollo de su propuesta en escena.
|
pdf |
15 MB |
2 | Soportes de experiencia o trayectoria | Soportes de la experiencia artística de los concusantes (premios, distinciones, participación en eventos, certificaciones, programas de mano que incluya el año del concierto, diplomas, entre otros). Los programas de mano que no especifiquen el año en que ocurrió la presentación, no serán tenidos en cuenta. |
pdf |
15 MB |
3 | Link de Video | Video - Link: Debe incluir un (1) link (dirección o vínculo) de video que muestre la puesta en escena en vivo de la agrupación, previamente cargado en plataformas como: youtube, vimeo entre otros. Este debe ser un (1) video de mínimo diez (10) minutos del grupo interpretando una parte del repertorio a circular. El video debe haber sido grabado dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de cierre de la convocatoria y la fecha de cierre de ésta y debe ser un solo video que cumpla con la duración anteriormente establecida. No se aceptarán varios enlaces con diferentes videoclips. Nota 1: Para la grabación de su video le recomendamos que se realice en alta definición y que la captura de audio se haga con un micrófono que asegure la calidad de este. Nota 2: Se rechazarán aquellas propuestas cuyos videos no hayan sido grabados dentro de los 12 meses previos al cierre de la convocatoria. Nota 3: Los videos deben incluir la Fecha y Lugar de grabación del video. Cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria, puede comunicarse al 601 2889988 ext 4111 o escribirnos al correo convocatorias@ofb.gov.co de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5:00 p.m. |
pdf |
15 MB |
Criterios de evaluación
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Propuesta artística: coherencia, creatividad, pertinencia y trayectoria de la agrupación |
0 a 35 |
2 | Trayectoria |
0 a 20 |
3 | Interpretación Ensamble (articulación, fraseo, calidad del sonido, dinámicas, etc.) |
0 a 45 |
Ronda de vídeo: El jurado evaluará los videos enviados por los participantes. Aquellos participantes con un puntaje igual o superior a 80 puntos después de esta primera evaluación serán citados a audiciones presenciales. |
Derechos específicos de las y los ganadores
Adicional a lo establecido en el numeral 7.5. de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, los ganadores tienen derecho a:
1. Recibir el pago del estímulo, que se realizará en dos desembolsos como se indica a continuación:
- Un primer desembolso, equivalente al 80% del valor de la beca, una vez se le comunique la resolución que otorga el premio a los ganadores y éstos cumplan con la entrega y aprobación de la garantía de cumplimiento mencionada en las Condiciones Generales de Participación a nombre de la Filarmónica de Bogotá, la autorización (para agrupaciones) o carta de responsabilidad (para personas jurídicas) para la participación de menores de edad en la propuesta (en caso de que aplique) y los demás deberes, requisitos, documentos y trámites solicitados por la Filarmónica de Bogotá.
- Un segundo y último desembolso, equivalente al 20% del valor de la beca, posterior a la entrega del informe final con sus respectivos soportes y los demás trámites y/o documentos solicitados por la Filarmónica de Bogotá.
- Los desembolsos se harán posterior a la certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja.
- Al valor del estímulo se le aplicarán los descuentos de ley a los que haya lugar, de acuerdo con la normatividad vigente, los cuales deberán ser asumidos por el eventual ganador.
Nota 4: Los desembolsos se harán con previa aprobación por parte del área misional encargada de realizar el seguimiento a la ejecución del estímulo. Dichos desembolsos están sujetos a la disponibilidad de recursos, a la programación de pagos que realice la entidad y se les aplicarán las retenciones tributarias a las que haya lugar.
2. Ser contactado oportunamente con los escenarios que le sean asignados por la Filarmónica de Bogotá para adelantar las visitas y preparativos técnicos pertinentes para la función.
3. Contar con el acompañamiento del equipo designado por el Programa de Fomento en el desarrollo de la propuesta, abarcando aspectos misionales, administrativos, de producción y relacionados con la estrategia de comunicaciones.
4. Hacer uso del hashtag #UnidosATravésDeLaMúsica en las diferentes redes sociales.
Deberes específicos de las y los ganadores
Además de los deberes contemplados en el numeral 7.6 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, las personas ganadoras deberán acatar los siguientes lineamientos:
1. Responder oportunamente el correo electrónico de la Orquesta Filarmónica de Bogotá enviado al correo que ha autorizado para recibir este tipo de información, tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha y hora de notificación por medio del correo electrónico con la información enviada, para dar respuesta al mismo manifestando la aceptación o no del estímulo de forma expresa. En caso de que esté de acuerdo con el contenido del acto administrativo, le recomendamos manifestar expresamente su aceptación y entrega de los documentos de legalización del estímulo a la mayor brevedad.
2. Mantener una comunicación asertiva y continua con el equipo de acompañamiento del Programa de Fomento de la Orquesta Filarmónica de Bogotá. Por lo que, de manera oportuna, el ganador reportará el estado de ejecución y otras acciones del proyecto, y responderá a las solicitudes del equipo designado, respecto del desarrollo de su propuesta.
3. Deberás acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como las que formule la Filarmónica de Bogotá.
4. Deberás realizar un concierto en un espacio acordado con la Filarmónica de Bogotá.
Nota 4: El concierto podrá ser programado en algún escenario con boletería. El recaudo correspondiente será únicamente a título de la Orquesta Filarmónica de Bogotá.
5. Deberás asumir todos los requerimientos de producción técnicos y logísticos que conlleve la realización de su propuesta, incluyendo los elementos fungibles que el montaje demande y no estén disponibles en el escenario que la Filarmónica de Bogotá asigne para la función (gelatinas, cintas de linóleo, alquiler de equipos, entre otros)
6. Deberás ejecutar la propuesta en su totalidad de acuerdo al proyecto, cronograma y presupuesto establecidos en los documentos técnicos presentados a la convocatoria.
7. Deberás tramitar una póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo (es decir, que el beneficiario de la Póliza es La ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ)
8. Deberás tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la beca, en caso de ser requeridos.
9. Deberás asistir puntualmente a las reuniones, ensayos, audiciones, conciertos, actividades de divulgación, prensa, presentaciones públicas o privadas que sean acordadas con la Filarmónica de Bogotá y aportar la documentación requerida por la Filarmónica de Bogotá para efectos de divulgación (textos explicativos de la propuesta, imágenes, fichas técnicas), en las fechas señaladas por la entidad.
10. Incluir según manual de comunicaciones y lineamientos, los logos Institucionales en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la propuesta. Recuerde que antes de su difusión o impresión este material debe tener la aprobación del equipo de comunicaciones de la Orquesta Filarmónica de Bogotá. Así mismo, el ganador se compromete a garantizar la imagen reputacional; el manejo adecuado y pertinente de las imágenes de las Entidades.
11. Deberás suscribir los documentos que autorizan la reproducción de la(s) obra(s) y el uso de la(s) misma(s) con fines de divulgación en todas las plataformas, así como los demás que para tales efectos requiera la Filarmónica de Bogotá y las alianzas que para tal fin se suscriban. Deberás diligenciar el formato de derechos de autor que te enviará la persona responsable de seguimiento desde la Filarmónica de Bogotá.
12. Es tu deber hacerte responsable de todas las obligaciones en cuanto a derechos de autor o de propiedad intelectual, industrial o comercial, previo, durante y posterior a la ejecución de la propuesta. Ante cualquier reclamación de terceros, serán los ganadores quienes tomarán la responsabilidad y aportarán los soportes a los que haya lugar, ante las instancias que corresponda.
13. Es tu deber comprometerte a tramitar y obtener las respectivas licencias, autorizaciones o permisos en materia de derechos de autor, conexos y de imagen, para su uso en la propuesta ganadora, si no eres el titular de los derechos correspondientes.
14. Deberás seguir las indicaciones proporcionadas por el equipo de acompañamiento del Programa de Fomento de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, con relación a la presentación de los documentos, soportes de ejecución y de gastos requeridos para los informes parciales y finales.
15. En caso de requerir el cambio de un integrante de una agrupación ganadora, el representante principal debe solicitarlo a través de la plataforma SICON, dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de ganadores, adjuntando una carta de solicitud y los documentos administrativos y la hoja de vida del nuevo integrante. Vencido este plazo, el cambio de integrante sólo podrá solicitarse por causas debidamente justificadas o motivadas, las cuales serán estudiadas, y aprobadas o no, por la entidad que oferta la convocatoria.
16. Podrás ser invitado a hacer parte de la Programación de conciertos adicionales de La Orquesta Filarmónica de Bogotá.
17. Los demás señalados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025.
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Formato de Presentación de Propuesta Artística
(archivo Word o PDF) |
Para participar en la convocatoria, diligencia el siguiente formato |
2 |
Formato de Declaración Juramentada
(archivo Word o PDF) |
Diligencia este documento en caso de no ser posible la expedición por parte de la entidad competente. |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Resolución No 022 del 19 de febrero de 2025
|
“Por la cual se ordena la apertura y publicación de las Convocatorias de la Orquesta Filarmónica Bogotá para la vigencia 2025, en el marco del Programa Distrital de Estímulos de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte” |
Listados
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Listado de participantes inscritos
|
Listado de participantes inscritos |
Avisos modificatorios

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