Convocatoria Publicada
FUGA

BECA LEP "TARDEANDO EL CENTRO HISTÓRICO INTERNACIONAL"

Ley de espectáculos públicos

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RESOLUCIÓN No. 25 DE 2025

02/25

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RESOLUCIÓN No. 17 DE 2025

02/25

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RESOLUCIÓN No. 22 DE 2025

02/25

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DOCUMENTOS

Información básica

La Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA es la entidad pública del sector Cultura Recreación y Deporte del Distrito Capital, que lidera, articula y fomenta, de manera incluyente y participativa, la actividad artística, la gestión cultural, y las industrias culturales y creativas, potenciando la transformación cultural, social, económica y patrimonial del centro de Bogotá, para avanzar en la garantía de los derechos culturales de la ciudadanía y en la sostenibilidad de los agentes culturales y creativos. Por lo anterior, abre la convocatoria Beca LEP "Tardeando el centro histórico e Internacional"

La convocatoria busca promover y apoyar la producción de eventos de artes escénicas de cualquier género (teatro, danza, música, circo) y en pequeño formato, que se realicen en espacios de circulación y producción de artes escénicas en vivo, ubicados en el Centro Histórico y el Centro Internacional de Bogotá. Estos eventos deberán programarse en centros culturales independientes, establecimiento de comercio con programación cultural periódica demostrable (cafés, restaurantes, bares, gastrobares, librerías, teatros, galerías) que cuenten con un aforo mínimo de 40 personas, ubicados en las localidades de Santa Fe y La Candelaria. Los eventos formarán parte de la programación de la Franja "Tardeando el Centro" 2025, que se realizará el último viernes de cada mes a partir de julio de 2025. 

Pueden participar personas naturales y jurídicas con experiencia en la producción de espectáculos, proponiendo seis (6) eventos con al menos dos (2) presentaciones de artistas emergentes y/o de corta o mediana trayectoria, cada una con una duración de 40 a 50 minutos. Las propuestas deben alinearse con una idea curatorial relacionada con efemérides o temáticas específicas, y los recursos cubrirán todos los costos del evento, que debe ser gratuito y con aforo controlado. Los proponentes deben contar con un operador logístico certificado y asumir los costos de permisos necesarios.

Enfoque(s): Disciplinar

Línea(s) estratégica(s): Circulación, Producción

Área(s): Interdisciplinar / transdisciplinar

Número de estímulos: 5

Total de recursos: $ 200.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

Se otorgarán cinco (5) estímulos de cuarenta millones de pesos ($40.000.000) cada uno, distribuidos en dos desembolsos. 

Tres (3) estímulos estarán destinados a la categoría de Escenarios de Artes Escénicas en Vivo y dos (2) a la categoría de Productores de Artes Escénicas

En caso de que una de las categorías se declare desierta, el jurado podrá recomendar el otorgamiento del premio al siguiente mejor puntaje entre las otra categoría, siempre y cuando cumpla con el puntaje mínimo exigido. (70 puntos).

Categorias:

No. Categoria Descripción
1 Escenarios de las artes escénicas en vivo

Dirigida a personas jurídicas o personas naturales con establecimientos de comercio como centros culturales independientes, cafés, restaurantes, bares, gastrobares, librerías, galerías y teatros que desarrollen franjas de programación artística relacionadas con las artes escénicas (música, danza, teatro y circo) y que puedan demostrar experiencia en organización, producción o co-producción de mínimo cinco (5) eventos de las artes escénicas entre los años 2019 y 2024 a través de flyers, afiches, certificados u otros documentos pertinentes. Estos establecimientos deben estar ubicados en las localidades de Santa Fe o La Candelaria, condición que será verificada en el RUT y/o el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio.

2 Productores de las artes escénicas

Dirigida a personas jurídicas con o sin ánimo de lucro, cuyo objeto social esté orientado a la producción, representación, promoción y circulación de artistas de las artes escénicas y eventos; y a personas naturales con experiencia comprobable en la producción de eventos de artes escénicas.  Dicha experiencia en programación debe ser soportada mediante flyers, afiches, certificados u otros documentos pertinentes que den cuenta de organización, producción o co-producción de mínimo cinco (5) eventos de las artes escénicas entre los años 2019 y 2024. Para postularse en esta categoría, es necesario indicar el espacio en el cual va a desarrollar su propuesta, el cual se debe ajustar a las condiciones de la convocatoria, es decir, espacios culturales de las artes escénicas en vivo, establecimiento de comercio (cafés, restaurantes, bares, gastrobares, librerías, teatros, galerías) que cuenten con programación de las artes en vivo de forma periódica y demostrable.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Profesional en cualquier área del conocimiento con experiencia específica de mínimo seis (6) años en la producción de eventos artísticos y/o culturales. Debe acreditar la experiencia mediante certificaciones, las cuales deben contener la siguiente información: nombre del proyecto o área, actividades realizadas, fecha de inicio y terminación (día, mes y año), datos de contacto de la institución o entidad que la expide y contar con firma digital u original.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Salud , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación , Economia, Administracion, Contaduria Y Afines , Cualquier área del conocimiento

Campo de experiencia:

Profesional en cualquier área del conocimiento, experto en la producción de eventos artísticos y/o culturales y/o de la economía creativa, con mínimo seis (6) años de experiencia certificada.

Área perfil: Arte dramático , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar , Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá


Perfil 2

Profesional en artes escénicas con  mínimo siete (7) años de experiencia en el desarrollo de proyectos artísticos relacionados con las áreas de teatro, danza, circo  y/o  música.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Salud , Ciencias Sociales Y Humanas , Ciencias De La Educación

Campo de experiencia:

Arte dramático, danza, circo, música

Área perfil: Arte dramático , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar , Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 19/02/2025

Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: atencionalciudadano@fuga.gov.co

En caso de presentar fallas técnicas con la plataforma SICON que impidan su consulta, la entidad realizará la publicación de avisos informativos, modificatorios o documentos, a través de la página web de la entidad: https://www.fuga.gov.co/

 

Fecha de apertura 27/02/2025

Fecha a partir de la cual se habilita la plataforma para inscribir propuestas.

 

Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 31/03/2025 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 03/04/2025 17:00:00

Tenga en cuenta que la inscripción como participante a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.

Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 21/04/2025

A partir de esta fecha los participantes que deban subsanar documentos administrativos cuentan con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma los documentos solicitados

Publicación de listado de elegibles 21/05/2025

Una vez finalizado el proceso de evaluación, las propuestas elegibles serán presentadas al Comité Distrital de la Contribución Parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas para su aprobación; posteriormente, la SCRD las inscribirá en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas-PULEP y se podrán considerar como ganadoras luego de que el Ministerio de las  Culturas, las Artes y los Saberes realice la respectiva aprobación y registro.

Fecha máxima de ejecución 30/01/2026

Esta fecha incluye la presentación del informe final de ejecución del estímulo y la aprobación del mismo por parte de la Entidad.

Justificación

CONTEXTO

En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1493 de 2011, fue creada la contribución parafiscal cultural de los espectáculos públicos de las artes escénicas para proyectos de infraestructura cultural, sin embargo, con el fin de vincular nuevas líneas de participación, mediante la Ley 2070 de 2020 se amplió la posibilidad de inversión de estos recursos incluyendo las líneas de circulación y producción en la financiación de proyectos de esta naturaleza.

Para definir el alcance de estos proyectos, el Decreto 1080 de 2015 en su artículo 2.9.2.4.2, establece que son actividades de:

Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del Sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

La Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA tiene como misión articular y gestionar la revitalización y transformación participativa del centro de Bogotá a través de su potencial creativo, el arte y la cultura. En armonía con los propósitos y logros de ciudad y las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Bogotá Camina Segura 2024-2027, formuló el proyecto de Inversión  “7925 - Fortalecimiento de espacios de transformación cultural, memoria, valoración social y participación incidente en el Centro de la Ciudad. Bogotá D.C.” cuyo objetivo se centra en “Ampliar la oferta cultural y artística del Centro de la ciudad, mediante actividades, acciones y estrategias, que permitan fortalecer espacios de transformación cultural, memoria, valoración social y participación incidente con enfoque diferencial”. En concordancia con el mencionado Plan de desarrollo, en su objetivo estratégico “Bogotá confía en su bien-estar”, para fortalecer  espacios de transformación cultural, memoria, valoración social y participación incidente en el Centro de la Ciudad. 

En este contexto, y como aporte a la estrategia Bogotá 24/7, la Secretaría de Cultura Recreación y Deporte - SCRD, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA y el Instituto Distrital de las Artes - IDARTES promueven un ejercicio articulado de fomento que apuesta por el reconocimiento de la diversidad de expresiones artísticas, creativas y culturales, mediante la creación estímulos que aporten a la consolidación de circuitos locales de arte, creatividad y cultura de acuerdo con la misionalidad de cada Entidad; el reconocimiento de territorios artísticos y el fortalecimiento de la programación de espacios y escenarios culturales independientes, que en conjunto invitan a la ciudadanía a vivir el arte, la creatividad y la cultura en horarios no convencionales y a fortalecer el ecosistema creativo de la ciudad, además de dinamizar la economía nocturna y de los agentes que posibilitan la consolidación de la oferta artística de la ciudad

SOBRE ESTA CONVOCATORIA

A través de esta convocatoria, la FUGA, en el marco de la Ley de Espectáculos Públicos (LEP), busca fortalecer a los diferentes agentes de la  Economía cultural y creativa  mediante el apoyo a la producción de eventos de artes escénicas en las localidades de Santa Fe y La Candelaria. Esta iniciativa contribuye a la activación de espacios culturales y establecimientos de comercio con apuestas culturales , la circulación de artistas, y la diversificación de la oferta cultural en el centro de Bogotá, dinamizando la vida artística de la ciudad.

El proyecto Tardeando el Centro nació en 2024 como una estrategia para revitalizar el centro de Bogotá a través del arte, la cultura y la creatividad. Su propósito es dinamizar tanto la actividad cultural como la economía del centro histórico y el centro internacional, fomentando la confianza entre los agentes culturales y creativos para el desarrollo de proyectos colaborativos. Además, busca visibilizar la riqueza cultural de los barrios de las localidades del centro, incentivar la participación activa de artistas, productores y comunidades locales con oportunidades de ingresos, y consolidar el centro como un referente de innovación artística y cultural.

La estrategia se lleva a cabo el último viernes de cada mes, desde la 1:00 p.m. hasta la medianoche. Durante este tiempo, espacios y establecimientos del centro abren sus puertas al público, ofreciendo una variada programación de actividades culturales y artísticas, como presentaciones musicales, obras de teatro, tertulias, intercambio de libros, exposiciones y catas de café, entre otras. Además, los asistentes pueden disfrutar de descuentos y promociones especiales. Tardeando el Centro reconoce y potencia el valor de las expresiones culturales y artísticas en el territorio, fortaleciendo no solo su red de equipamientos culturales, sino también sectores estratégicos como el turismo y la gastronomía. Con ello, contribuye a la transformación de Bogotá en una ciudad vibrante y activa las 24 horas.

Tras un año de implementación de la estrategia, se identificó la necesidad de fortalecer la oferta cultural de los aliados del centro y de ampliar la vinculación de los artistas locales, con el fin de enriquecer la programación y fomentar una mayor participación ciudadana. En respuesta a esta necesidad, en 2025 la Fundación Gilberto Alzate Avendaño diseña y  lanza la Beca LEP “Tardeando el Centro Histórico e Internacional”, una apuesta clave dentro del Portafolio de Estímulos, diseñada para consolidar la estrategia y articular a sus actores en torno a la creación de franjas de programación y circulación de las artes escénicas en el centro de Bogotá. Esta beca representa un paso fundamental en la consolidación de Tardeando el Centro, al ofrecer un incentivo directo para la sostenibilidad y expansión del proyecto, garantizando así su impacto en la escena cultural y en la vida de quienes hacen del arte su oficio y su pasión.

Objeto

Esta convocatoria busca promover y apoyar la producción de presentaciones o eventos de las artes escénicas (teatro, danza, música, circo) de cualquier género y de pequeño formato a desarrollarse en centros culturales independientes, establecimientos de comercio  con programación cultural periódica demostrable (cafés, restaurantes, bares, gastrobares, librerías, teatros, galerías, entre otros) con un aforo de mínimo 40 personas, en las localidades de Santa Fe y La Candelaria. Dichos escenarios y eventos harán parte de la estrategia “Tardeando el Centro” que se programará el último viernes de los meses del segundo semestre de 2025.

Se convoca a personas naturales y personas jurídicas, con experiencia en organización, producción y/o programación de espectáculos de las artes escénicas, las cuales se pueden postular en alguna de las dos categorías diseñadas:

Categoría 1: Escenarios de las artes escénicas en vivo

Dirigida a personas jurídicas o personas naturales con establecimientos de comercio como centros culturales independientes, cafés, restaurantes, bares, gastrobares, librerías, galerías y teatros que desarrollen franjas de programación artística relacionadas con las artes escénicas (música, danza, teatro y circo) y que puedan demostrar experiencia en organización, producción o co-producción de mínimo cinco (5) eventos de las artes escénicas entre los años 2019 y 2024 a través de flyers, afiches, certificados u otros documentos pertinentes. Estos establecimientos deben estar ubicados en las localidades de Santa Fe o La Candelaria, condición que será verificada en el RUT y/o el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio.

Categoría 2: Productores de las artes escénicas 

Dirigida a personas jurídicas con o sin ánimo de lucro, cuyo objeto social esté orientado a la producción, representación, promoción y circulación de artistas de las artes escénicas y eventos; y a personas naturales con experiencia comprobable en la producción de eventos de artes escénicas.  Dicha experiencia en programación debe ser soportada mediante flyers, afiches, certificados u otros documentos pertinentes que den cuenta de organización, producción o co-producción de mínimo cinco (5) eventos de las artes escénicas entre los años 2019 y 2024. Para postularse en esta categoría, es necesario indicar el espacio en el cual va a desarrollar su propuesta, el cual se debe ajustar a las condiciones de la convocatoria, es decir, espacios culturales de las artes escénicas en vivo, establecimiento de comercio (cafés, restaurantes, bares, gastrobares, librerías, teatros, galerías) que cuenten con programación de las artes en vivo de forma periódica y demostrable.

Para participar en cualquiera de las dos categorías, el proponente deberá diseñar la producción y realización de seis (6) eventos de las artes escénicas a partir del mes de julio de 2025 que cumpla con las siguientes características:

  • La programación de artistas debe articularse con una línea curatorial previamente definida, por parte del proponente, relacionada con las efemérides, celebraciones o temáticas específicas de cada fecha. Para el caso se sugieren algunas:

Julio: mes mundial de Rock, mes del padre. 

Agosto: conmemoración de cumpleaños de Bogotá

Septiembre: Amor y amistad, Mes del circuito de Jazz

Octubre: Niños, Halloween.

Noviembre: conmemoración del 25N (​​Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer), programación de artistas LGBTIQ+

Diciembre: inicio de la navidad de Bogotá

  • Cada uno de los seis (6) eventos debe incluir la realización mínimo dos (2) presentaciones de las artes escénicas, con artistas emergentes, de corta o mediana trayectoria (es decir, con mínimo 3 años de experiencia y al menos 5 presentaciones en los últimos 2 años, 2023 y 2024), cada uno con una duración de 40 a 50 minutos. 
  • Al mencionar propuestas de las artes escénicas de pequeño formato, se hace referencia a lo siguiente:

Teatro:

Monólogos: Presentaciones unipersonales que abordan temáticas diversas. 

Teatro de Cámara: Obras con elencos reducidos, diseñadas para espacios íntimos.

Danza:

Dúos o Tríos: Pequeñas compañías de danza de cualquier género que exploran temas diversos a través de coreografías íntimas.

Danza Teatro: Propuestas híbridas que combinan movimientos dancísticos con elementos teatrales.

Música:

Dúos Acústicos: Parejas de músicos que interpretan música folclórica o contemporánea, como un dúo de guitarra y voz que rescata canciones tradicionales.

Cantautores: un solo artista en escenario que se acompaña de un instrumento rítmico armónico y canta diversos géneros musicales.

Pequeños Ensambles: Grupos de cámara que interpretan piezas clásicas o modernas en formatos reducidos, como un cuarteto de cuerdas, un trío de jazz o de rock.

Circo:

Circo Contemporáneo: Espectáculos minimalistas con pocos artistas, centrados en habilidades específicas como acrobacia o malabarismo, acompañados de narrativas visuales.

Formatos interdisciplinarios:

Cuentacuentos: Presentaciones de las artes escénicas individuales o en pequeños grupos que narran historias locales, mitos o leyendas, a menudo con acompañamiento musical.

Intervenciones Urbanas: Actuaciones de las artes escénicas de pequeño formato en espacios públicos que abordan temas sociales o históricos, como performances en plazas o calles.

Arte en Vivo: Pequeñas presentaciones de las artes escénicas que combinan elementos de teatro, danza y música en tiempo real, adaptadas a diferentes públicos y contextos.

Teatro de Títeres de Mesa: Propuestas que utilizan títeres en escenarios reducidos, contando historias para públicos infantiles o adultos.

Marionetas Contemporáneas: Espectáculos de las artes escénicas que mezclan técnicas tradicionales con narrativas modernas, presentadas por uno o dos titiriteros.

  • La presentación de cada artista propuesto,  deberá tener una duración de entre 40 y 50 minutos.
  • Con los recursos otorgados se deberán cubrir todos los costos asociados a la realización del concierto o evento de las artes escénicas (honorarios artísticos, producción técnica y logística, etc.) Estos deberán estar reflejados en el formato de presupuesto del proyecto.
  • La entrada al evento debe ser gratuita, sin reserva previa y con aforo controlado. 
  • El proponente debe contar con el servicio de un operador logístico certificado que se encargue de garantizar el buen desarrollo del concierto, de acuerdo al aforo del espacio seleccionado y conforme a la normativa vigente y de acuerdo al aforo que plantea en su propuesta. Se sugiere consultar los detalles en el siguiente link:  https://www.sire.gov.co/suga
  • El proponente que resulte ganador deberá gestionar y asumir los costos de permisos, SAYCO, PULEP, Policía y los demás trámites necesarios para la realización del concierto.

Nota 1. El participante deberá tener en cuenta la "Guía LEP de gastos permitidos y no permitidos"  la cual se encuentra en la sección "Anexos" de esta convocatoria.

Nota 2. El participante en caso de resultar ganador deberá asumir la gestión y costo de permisos, SAYCO, PULEP, Policía y demás trámites requeridos para la realización de los eventos.

Nota 3. En ningún caso los recursos LEP de la presente beca, podrán ser destinados para la construcción, adecuación, mejoramiento ni dotación de los escenarios o equipamientos donde se realice la actividad de circulación.

Nota 4: Las franjas de Tardeando el Centro, se realizarán en las siguientes fechas:

  • Julio 25
  • Agosto 29
  • Septiembre 26
  • Octubre 31 
  • Noviembre 28
  • Diciembre 5

**Debe tener en cuenta que las fechas podrán ser modificadas. En tal caso se informarán las nuevas fechas a los ganadores.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Natural

Se entiende por persona natural al ciudadano(a) colombiano(a) o extranjero(a), mayor de 18 años, que de manera individual presenta una propuesta.

Para participar en esta convocatoria, las personas naturales deben tener su domicilio principal en la ciudad de Bogotá, y demostrar mediante soportes, la organización, producción o co-producción de mínimo cinco (5) eventos de las artes escénicas entre los años 2019 y 2024. Los soportes pueden ser flyers, certificaciones, acta de finalización de contratos o cartas que relacionen en nombre de la persona natural en el rol de productores de eventos de las artes escénicas programados entre 2019 y 2024.

Nota 1. En caso de resultar ganador, el participante debe realizar su registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP.

Nota 2. Para la categoría “Escenarios de las artes escénicas en vivo” es necesario que las personas naturales cuenten con establecimiento de comercio, aporten el RUT que permita verificar el domicilio del establecimiento en la localidad de La Candelaria o Santa Fe.

Nota 3. Para efectos de la presente Beca, los establecimientos de comercio que lleguen a estar interesados en participar de la beca, deben inscribirse al programa Tardeando el Centro de forma mensual, de acuerdo con los tiempos definidos por la FUGA.

Persona Jurídica

Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente.

Para participar como persona jurídica debe ingresar en el formulario de inscripción los datos solicitados de la totalidad de miembros de la junta directiva o del órgano administrativo que corresponda, de acuerdo con el documento oficial aportado. Recuerde que es su deber verificar que las personas registradas en el certificado de inscripción correspondan exactamente con aquellas registradas en el certificado de existencia y representación legal o documento equivalente. Si se encuentra que la información no coincide, la entidad tendrá la facultad de hacer los ajustes en la plataforma

Nota 1. Para la Categoría 1 “Escenarios de las artes escénicas en vivo” pueden participar las personas jurídicas con o sin ánimo de lucro, cuyo objeto social esté orientado a la producción, representación, promoción y circulación de artistas de las artes escénicas y eventos, y que cuenten espacios que se desempeñen como Espacios culturales de las artes escénicas en vivo, establecimiento de comercio (cafés, restaurantes, bares, gastrobares, librerías, teatros, galerías) que tengan programación de las artes en vivo de forma periódica y demostrable, con su domicilio principal en la ciudad de Bogotá, específicamente en las localidades de La Candelaria o Santa Fe y que cuenten con una actividad de programación cultural permanente demostrable. Adicionalmente, deben demostrar mediante soportes, la organización, producción o co-producción de mínimo cinco (5) eventos de las artes escénicas entre los años 2019 y 2024.

Nota 2. Para participar en la Categoría 2 “Productores de las artes escénicas” pueden presentarse personas jurídicas con o sin ánimo de lucro, cuyo objeto social esté orientado a la producción, representación, promoción y circulación de artistas de las artes escénicas y eventos, con su domicilio principal en la ciudad de Bogotá. Deberá proponer la realización de su propuesta en un espacio que se desempeñe como Espacio cultural de las artes escénicas en vivo, establecimiento de comercio (cafés, restaurantes, bares, gastrobares, librerías, teatros, galerías) que tengan programación de las artes en vivo de forma periódica y demostrable, con su domicilio principal en la ciudad de Bogotá, específicamente en las localidades de La Candelaria o Santa Fe. Adicionalmente, deben demostrar mediante soportes, la organización, producción o co-producción de mínimo cinco (5) eventos de las artes escénicas entre los años 2019 y 2024 y contar con una carta firmada por el propietario o administrador del espacio en el cual va desarrollar su propuesta.

Nota 3. Para efectos de la presente Beca, los establecimientos de comercio que lleguen a estar interesados en participar de la beca, deben inscribirse al programa Tardeando el Centro de forma mensual, de acuerdo a los tiempos definidos por la FUGA.

Nota 4. En caso de resultar ganador, la persona jurídica deberá realizar su registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP.

Quiénes no pueden participar

  • Quienes se indiquen en el numeral 3.2 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2025. Consultar el siguiente enlace: https://drive.google.com/file/d/19kYPEWxLzfIsygex4jDQ55rCmES918IO/view
  • No podrán ser ganadores de las convocatorias LEP del Programa Distrital de Estímulos 2025, aquellas personas naturales, jurídicas y agrupaciones, que hayan sido ganadoras del recurso LEP del Programa Distrital de Apoyos Concertados 2024 en la línea 2 - Procesos de producción y circulación de espectáculos de las artes escénicas. Recursos Ley de Espectáculos Públicos-LEP. Esta restricción se amplía a todos los integrantes de las agrupaciones y miembros de la junta directiva de las Personas jurídicas.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

- Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación.

- El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

- No se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 MB
2 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. con la matrícula mercantil renovada en la vigencia correspondiente, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo Un (1) mes de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012.

Si el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante presenta modificaciones o ajustes con posterioridad al cierre de la convocatoria en cualquier etapa del proceso, se deberá informar oportunamente a la entidad otorgante mediante correo electrónico, la cual realizará los ajustes correspondientes en la plataforma.

En el caso de grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos), deberán presentar una certificación sobre existencia y representación legal de la organización o comunidad con el aval de las instancias consultivas locales y mesas según corresponda. 

Dado el caso que el participante informe la existencia del documento en otra entidad, se procederá de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012.

Nota. Los grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos) y las personas jurídicas en cuyos certificados de existencia y representación legal no se relacione el NIT, deberán presentar el Registro Único Tributario (RUT) al momento de la inscripción. Los demás participantes deben verificar en las condiciones específicas de la convocatoria sí también deben cumplir con este requisito o si requieren presentar la Matrícula Mercantil renovada para la inscripción.

Para esta convocatoria, al menos uno (1)  de los establecimientos de la persona jurídica debe ubicarse en la localidad de La Candelaria o Santa Fe, condición que será verificada en el Certificado de existencia y representación legal.

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5 MB
3 RUT

Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre de la persona natural o persona jurídica. La fecha de generación del certificado debe ser de máximo treinta (30) días antes de su entrega. No se aceptan documentos “En trámite” o “En borrador”, por lo que es importante verificar que el documento se encuentre expedido de la forma correcta.

Para esta convocatoria, el establecimiento de comercio de la persona natural debe ubicarse en la localidad de La Candelaria o Santa Fe, condición que será verificada en el RUT.

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5 MB
4 Documento de identidad de persona natural participante.

- Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

 - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

 - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. 

- El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria.

- No se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.

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5 Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de la persona natural participante.

Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web:

https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia

Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, la interesada o  interesado podrá presentar en documento debidamente firmado y completamente diligenciado, la Declaración de Lugar de Residencia Bajo Gravedad de Juramento, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2025, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación.Ver formato.

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6 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de la persona natural participante.

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de la persona natural participante. Quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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5 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Formato de presentación de propuesta

Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2025, así como las condiciones específicas de esta convocatoria.

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta BECA LEP- TARDEANDO EL CENTRO INTERNACIONAL E HISTÓRICO  el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. 

Guárdelo en formato PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. 

Inclusión de poblaciones diferenciales en la propuesta: Para relacionar los integrantes dentro de la propuesta que hagan parte de una de las poblaciones diferenciales, adjunte a su propuesta un (1) solo PDF que contenga los certificados del caso, para poder verificar la condición de discapacidad, puede acceder al siguiente link: https://www1.funcionpublica.gov.co/web/inclusion-publica/categor%C3%ADas-de-discapacidad

En el caso de las personas víctimas del conflicto armado, pueden descargar el certificado siguiente link: https://www.unidadvictimas.gov.co/registro-unico-de-victimas-ruv

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15 MB
2 Soportes de experiencia o trayectoria

Cargue en la plataforma de inscripción  un (1) solo PDF que contenga certificaciones de experiencia del participante que den cuenta de  la organización, producción o co-producción de mínimo cinco (5) eventos de las artes escénicas entre los años 2019 y 2024.

Se deberá aportar como soportes de la trayectoria del participante los siguientes: Certificaciones expedidas por entidades públicas o privadas donde se indique fecha (día, mes, año) y lugar, contrato, acta de liquidación u órdenes de servicio con comprobantes de pago y/o soportes como:

  • Volantes (flyers).
  • Afiches.
  • Programas de mano.
  • Publicaciones propias.
  • Publicaciones en medios de comunicación (reseñas, artículos, entrevistas, etc., indicando el medio en el que fue publicado y la fecha).

Nota 1: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias.

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10 MB
3 Soportes de trayectoria de los artistas a programar en los eventos

Cargue en la plataforma de inscripción  un (1) solo PDF que contenga certificaciones de trayectoria de la totalidad de ARTISTAS PROPUESTOS para los 6 eventos de las artes escénicas que piensa programar, que den cuenta de mínimo tres (3) años de trayectoria y al menos 5 presentaciones en los últimos 2 años, 2023 y 2024.

 1. Certificaciones expedidas por entidades públicas o privadas donde se indique fecha (día, mes, año) y lugar, contrato, acta de liquidación u órdenes de servicio con comprobantes de pago.

2.Soportes como:

  • Volantes (flyers).
  • Afiches.
  • Programas de mano.
  • Publicaciones propias.
  • Publicaciones en medios de comunicación (reseñas, artículos, entrevistas, etc., indicando el medio en el que fue publicado y la fecha).

Nota: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias.

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10 MB
4 Cartas de compromiso de los artistas propuestos

Cargue en la plataforma de inscripción  un (1) solo PDF que contenga las cartas de compromiso de la totalidad de  artistas propuestos.

Las cartas  deben especificar el nombre del artista, su compromiso y disponibilidad para participar del evento al cual se ha programado, de acuerdo a la línea temática de programación definida

Las cartas deben estar firmadas por el representante o el artista y contener datos de contacto. 

Las cartas que no contengan la información anteriormente solicitada, se considerarán inválidas y la propuesta no será habilitada.

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10 MB
5 Carta de compromiso del Espacio cultural de las artes escénicas en vivo o establecimiento de comercio (cafés, restaurantes, bares, gastrobares, librerías, teatros, galerías, entre otros) en el cual se va a implementar el proyecto

Cargue en la plataforma de inscripción  un (1) solo PDF que contenga la carta de compromiso del Espacio cultural de las artes escénicas en vivo, espacio comercial (cafés, restaurantes, bares, gastrobares, librerías, teatros, galerías) que cuente con programación de las artes en vivo de forma periódica y demostrable, ubicado en las localidades de Santa fe o La Candelaria

La carta debe estar firmada por el representante legal y/o el propietario del espacio propuesto y contener datos de contacto. En ella se debe especificar el aforo del espacio de mínimo 40 personas,  el nombre de la propuesta y/o proponente del evento, así como el compromiso para  disponer de las fechas específicas a las que hace referencia la convocatoria 

Nota. En caso de no contener la información anteriormente solicitada, la carta se considerará inválida y la propuesta no será habilitada.

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10 MB
6 Soportes de programación permanente de las artes escénicas en los escenarios propuestos de mínimo cinco (5) eventos de las artes escénicas entre los años 2019 y 2024

Cargue en la plataforma de inscripción  un (1) solo PDF que contenga soportes de programación de eventos de las artes escénicas realizados en el escenario propuesto que den cuenta de  la programación permanente de eventos de las artes escénicas entre los años 2019 y 2024.

Se deberá aportar como soportes de la trayectoria del escenario propuesto los siguientes: 

  • Volantes (flyers).
  • Afiches.
  • Programas de mano.
  • Publicaciones propias.

Publicaciones en medios de comunicación (reseñas, artículos, entrevistas, etc., indicando el medio en el que fue publicado y la fecha).

Nota 1: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias.

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10 MB
7 Formato de presupuesto-cronograma-equipo

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato Presupuesto-Cronograma- Equipo  el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. 

Guárdelo y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. 

Nota 1: tenga en cuenta que el archivo consta de tres (3) hojas excel, las cuales deben ser totalmente diligenciadas.

Nota 2: este formato debe cargarlo en la plataforma SICON en formato Excel.

Nota 3. En ningún caso los recursos LEP de la presente beca, podrán ser destinados para la construcción, adecuación, mejoramiento ni dotación de los escenarios o equipamientos donde se realice la actividad de circulación.

Nota 4. Tenga en cuenta la Guía para la formulación del presupuesto en el ítem de gastos permitidos y no permitidos a la hora de calcular su presupuesto.

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xlsx
5 MB
8 Rider técnico de la totalidad de los artistas propuestos

Cargue en la plataforma de inscripción  un (1) solo PDF que contenga los riders técnicos de la totalidad de artistas propuestos.

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10 MB
9 Rider técnico del Espacio cultural de las artes escénicas en vivo, espacio comercial (cafés, restaurantes, bares, gastrobares, librerías, teatros, galerías) en el que se desarrollará la programación de los eventos

Cargue en la plataforma de inscripción  un (1) solo PDF que contenga el rider técnico del Espacio cultural de las artes escénicas en vivo, espacio comercial (cafés, restaurantes, bares, gastrobares, librerías, teatros, galerías) en el que se desarrollará la programación de los eventos. 

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10 MB

Criterios de evaluación

Categoría: Escenarios de las artes escénicas en vivo
Ronda: Ganadores
No. Criterio Puntaje
1

Trayectoria del participante: Experiencia comprobada en la organización, producción o coproducción de eventos de artes escénicas. Periodicidad y calidad de la programación habitual de los escenarios

0 a 25
2

Calidad artística: Nivel artístico de los artistas propuestos para la programación.

0 a 30
3

Viabilidad técnica de la propuesta: Factibilidad de la propuesta en función de las condiciones y características del espacio cultural o comercial seleccionado (cafés, restaurantes, bares, gastrobares, librerías, teatros, galerías) y su capacidad para cumplir con los requerimientos técnicos de las propuestas artísticas.

0 a 15
4

Viabilidad presupuestal: Coherencia entre las actividades, tiempos y costos propuestos, expresados a través del presupuesto y el cronograma. Este criterio se evaluará considerando el cumplimiento estricto de los gastos aceptables y no aceptables detallados en los anexos de la convocatoria.

0 a 15
5

Relación con el objetivo de la estrategia "Tardeando el Centro": Afinidad de la propuesta con los objetivos de la estrategia y su plan para la divulgación y convocatoria de públicos a los eventos.

0 a 8
6

Inclusión de poblaciones diferenciales en la propuesta: Se otorgará puntaje a las propuestas que incluyan, dentro de sus equipos de trabajo o artistas registrados dentro de la programación artística, a personas con discapacidad o a personas que sean víctimas del conflicto armado.

  • Las personas víctimas del conflicto armado debe aportar el certificado del Registro Único de Víctimas (RUV)

https://www.unidadvictimas.gov.co/registro-unico-de-victimas-ruv/

  • Para la persona con discapacidad, se debe adjuntar el certificado correspondiente emitido por la entidad de salud competente en el que se indique nombre y número de identificación y datos de la entidad que la emite (*).

(*) Nota. el certificado de discapacidad, según el artículo 3 de la Resolución 113 de 2020 por la cual, se establece el Registro de Caracterización y Localización de personas con discapacidad - RLCPCD; “es el documento personal e intransferible que se entrega después de la valoración clínica multidisciplinaria, en los casos en que se identifique la existencia de discapacidad -  Únicamente podrá ser expedido por las Instituciones prestadoras de servicios de Salud-IPS”.

https://www1.funcionpublica.gov.co/web/inclusion-publica/categor%C3%ADas-de-discapacidad

 

0 a 7

Selección de ganadores

Categoría: Productores de las artes escénicas
Ronda: Ganadores
No. Criterio Puntaje
1

Trayectoria del participante: Experiencia comprobada en la organización, producción o coproducción de eventos de artes escénicas. Periodicidad y calidad de la programación habitual de los escenarios

0 a 25
2

Calidad artística: Nivel artístico de los artistas propuestos para la programación.

0 a 30
3

Viabilidad técnica de la propuesta: Factibilidad de la propuesta en función de las condiciones y características del espacio cultural o comercial seleccionado (cafés, restaurantes, bares, gastrobares, librerías, teatros, galerías) y su capacidad para cumplir con los requerimientos técnicos de las propuestas artísticas.

0 a 15
4

Viabilidad presupuestal: Coherencia entre las actividades, tiempos y costos propuestos, expresados a través del presupuesto y el cronograma. Este criterio se evaluará considerando el cumplimiento estricto de los gastos aceptables y no aceptables detallados en los anexos de la convocatoria.

0 a 15
5

Relación con el objetivo de la estrategia "Tardeando el Centro": Afinidad de la propuesta con los objetivos de la estrategia y su plan para la divulgación y convocatoria de públicos a los eventos.

0 a 8
6

Inclusión de poblaciones diferenciales en la propuesta: Se otorgará puntaje a las propuestas que incluyan, dentro de sus equipos de trabajo o artistas registrados dentro de la programación artística, a personas con discapacidad o a personas que sean víctimas del conflicto armado.

  • Las personas víctimas del conflicto armado debe aportar el certificado del Registro Único de Víctimas (RUV)

https://www.unidadvictimas.gov.co/registro-unico-de-victimas-ruv/

  • Para la persona con discapacidad, se debe adjuntar el certificado correspondiente emitido por la entidad de salud competente en el que se indique nombre y número de identificación y datos de la entidad que la emite (*).

(*) Nota. el certificado de discapacidad, según el artículo 3 de la Resolución 113 de 2020 por la cual, se establece el Registro de Caracterización y Localización de personas con discapacidad - RLCPCD; “es el documento personal e intransferible que se entrega después de la valoración clínica multidisciplinaria, en los casos en que se identifique la existencia de discapacidad -  Únicamente podrá ser expedido por las Instituciones prestadoras de servicios de Salud-IPS”.

https://www1.funcionpublica.gov.co/web/inclusion-publica/categor%C3%ADas-de-discapacidad

 

0 a 7

Selección de ganadores

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.5 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, el ganador tendrá los siguientes derechos:

1. Notificación: Recibir mediante correo electrónico certificado la notificación de la Resolución por medio de la cual se designan los ganadores de la convocatoria y se solicitan los documentos para la legalización del estímulo. 

2. Desembolsos: Una vez publicada la resolución de recomendación de los jurados evaluadores y selección de ganadores, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA entregará el estímulo en dos  desembolsos, así:

  • Un primer desembolso: correspondiente al 80 % del valor total del estímulo, posterior a la notificación de la resolución por la cual se designa el ganador, entrega oportuna de los documentos requeridos para la legalización del estímulo por parte del ganador y aprobación de la Póliza de cumplimiento de disposiciones legales y la Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual.

Tenga en cuenta que, dado el origen de los recursos de la presente convocatoria, para dar trámite al primer desembolso el proyecto beneficiario deberá encontrarse avalado por el Ministerio de las Culturas, los artes y los saberes y contar con el código de registro en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas - PULEP, asimismo para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, la Persona Jurídica o Persona Natural deberá realizar el registro como productor de las artes escénicas. 

  • Un segundo y último desembolso: correspondiente al 20 % del valor total del estímulo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte del ganador y la presentación de un informe final de actividades realizadas con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la FUGA.

Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC).

Nota 2: al estímulo económico se le realizarán descuentos relacionados con la retención en la fuente de acuerdo con lo que indique el RUT del ganador y la normatividad vigente.  

3. Divulgación: Gozar de las acciones de divulgación que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA- realice dentro del ámbito de sus funciones y conforme a la disponibilidad de recursos.

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en el numeral 7.6 las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, los ganadores tendrán los siguientes deberes:

1. Responder oportunamente el correo electrónico certificado de notificación de la Resolución por medio de la cual se designan los ganadores de la convocatoria. A partir de la fecha y hora de notificación el ganador cuenta con diez (10) días hábiles para aceptar de manera expresa el estímulo y hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo, de acuerdo con el numeral 7.2.1 de las Condiciones Generales de Participación. Para esta convocatoria debe presentar:

  • Carta firmada y dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, en la que se manifiesta expresamente la aceptación del estímulo y se remiten los documentos requeridos. La carta debe estar suscrita por la persona jurídica o persona natural según corresponda.
  • Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre de la persona natural o persona jurídica. La fecha de generación del certificado debe ser de máximo treinta (30) días antes de su entrega. No se aceptan documentos “En trámite” o “En borrador”, por lo que es importante verificar que el documento se encuentre expedido de la forma correcta.
  • Certificación bancaria a nombre de la persona jurídica o persona natural según corresponda, en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega. 

Nota: No se aceptan Cuentas de Ahorro de Trámites Simplificados - CATS o billeteras virtuales (como Nequi y Daviplata, entre otras). Es responsabilidad del participante verificar que las Cuentas Bancarias aportadas no presenten novedades como embargos, retenciones, cuentas por cobrar, etc. 

  • Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica, expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. o por la entidad competente, dentro de un (1) mes anterior a la expedición de la resolución por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado.
  • Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a nombre de la persona natural, con fecha de expedición máximo de treinta (30) días antes de su entrega o Certificación de parafiscales, expedido por el revisor fiscal o por el representante legal de la persona jurídica, en donde se acredite que la entidad está al día en el pago de los aportes parafiscales y de seguridad social o que no está obligada a hacerlo, según sea el caso.
  • Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30 %) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más. La póliza deberá estar firmada por el tomador o tomadora y acompañada del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen. Recuerde que el costo de la póliza no es un gasto permitido dentro del presupuesto del proyecto y no podrá ser descontado del estímulo.
  • Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por 200 SMMLV (salarios mínimos mensuales legales vigentes) y cobertura hasta la fecha máxima de ejecución del estímulo. La póliza deberá estar firmada por el tomador o tomadora y acompañada del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen. Recuerde que el costo de la póliza no es un gasto permitido dentro del presupuesto del proyecto y no podrá ser descontado del estímulo.

2. Posterior a la revisión de los documentos de legalización del estímulo, en caso de requerirse ajuste, subsanación o actualización de alguno de los documentos, el ganador cuenta con cinco (5) días hábiles posteriores al correo de solicitud de subsanación para presentar en debida forma la documentación solicitada.

3. Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA, a través de la Subdirección para la Gestión del  Centro de Bogotá.

4. Acatar los protocolos de funcionamiento, seguridad y bioseguridad de los espacios en los cuales se llevará a cabo la ejecución de la propuesta.

5. Presentar un informe final que dé cuenta de la realización de los eventos y la presentación de los artistas propuestos, para lo cual la entidad enviará el formato respectivo a los ganadores. Este debe estar acompañado de fotos, videos y demás soportes de ejecución, que den cuenta del cumplimiento a estos eventos.

6. Presentar un Informe financiero que dé cuenta de la ejecución del presupuesto del proyecto,  para lo cual la entidad enviará el formato respectivo a los ganadores. Además, debe estar acompañado de comprobantes de pago, facturas, cuentas de cobro, RUT, copia de documento de identidad, comprobantes de egreso y demás documentos que soporte la ejecución del recurso..

7. Hacerse responsable y cumplir con los aspectos relacionados con autoría y derechos patrimoniales y morales de la propuesta, así como con los trámites de derechos de autor, de acuerdo con lo contemplado en el numeral 7.6.18 y 7.6.19 de las condiciones generales de participación PDE 2025.

8. Incluir según manual de uso, los logos de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la propuesta, previa aprobación del equipo de Comunicaciones de la FUGA.  Se debe contar con el visto bueno de la oficina Comunicaciones de la FUGA, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del estímulo. Así mismo, el ganador  se compromete a garantizar la imagen reputacional de la FUGA y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad. El ganador mantendrá indemne a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA ante cualquier tipo de reclamación sobre el contenido de las propuestas.

9. Para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, la persona jurídica, o persona natural según sea el caso, deberá realizar su registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP.

10. Para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos la persona natural debe encontrarse registrada en la plataforma Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, los artes y los saberes https://soycultura.mincultura.gov.co/ 

11. Gestionar por su cuenta y riesgo el espacio cultural de las artes escénicas en vivo, espacio comercial (cafés, restaurantes, bares, gastrobares, librerías, teatros, galerías) que cuenten con programación de las artes en vivo de forma periódica y demostrable en el cual se llevará a cabo el concierto, así como los elementos, certificados u otros que se requieran para el desarrollo de la propuesta asumiendo la totalidad de los gastos que se generen.

12. En caso que las propuestas ganadoras requieran permisos o autorizaciones de Sayco y/o Acinpro o de cualquier otra sociedad de gestión colectiva, así como permisos de espectáculos públicos de las artes escénicas u otros, deben ser asumidos por el ganador.

13. Cada ganador deberá producir un pendón vertical tipo araña con medidas de 100 x 200 cm, el cual deberá estar presente en cada una de las fechas de los eventos. El diseño del pendón se realizará bajo las indicaciones de la oficina de comunicaciones de la FUGA y será requisito contar con su aprobación antes de enviarlo a producción.

14. Registrar en el PULEP los eventos (o afectaciones) que se realizarán durante el desarrollo de la propuesta, e incluir en todas las piezas de difusión el código PULEP generado por la plataforma. Para realizar este proceso consulte: https://pulep.mincultura.gov.co/Paginas/instructivos.aspx

Anexos

No. Documento Descripción
1 Guía de gastos permitidos y no permitidos
Guía de Gastos Permitidos y no permitidos para convocatorias en las líneas de producción y circulación de los recursos LEP
2 Guía LEP - Líneas de circulación y producción
Guía LEP - Líneas de circulación y producción: un ABC para que pueda acceder a los recursos LEP

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato de presentación de propuesta Beca LEP _Tardeando el Centro_

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato de presentación de propuesta Beca LEP "Tardeando el Centro"
2 Formato Presupuesto_Cronograma_Equipo

(archivo Word o PDF)

 
 
Formato Presupuesto_Cronograma_Equipo de trabajo
3 Declaración juramentada de Residencia 2025

(archivo Word o PDF)

 
 
Declaración juramentada de Residencia 2025

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 RESOLUCIÓN No. 17 DE 2025

Por la cual se ordena la apertura de una convocatoria de la “LEY DE ESPECTÁCULOSPÚBLICOS -LEP- 2025” a cargo de la Subdirección de Gestión del Centro de la Fundación- Gilberto Álzate Avendaño de conformidad con lo dispuesto en la resolución 463 del 10 de- Julio de 2024, expedida por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte

2 RESOLUCIÓN No. 25 DE 2025

Por la cual se modifica el artículo primero de la Resolución No. 17 del 17 de febrero de 2025 que ordena la apertura de una convocatoria de la “LEY DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS - LEP- 2025” a cargo de la Subdirección para la Gestión del Centro de Bogotá de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño de conformidad con lo dispuesto en la resolución 463 del 10 de Julio de 2024, expedida por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.

3 RESOLUCIÓN No. 22 DE 2025

Por la cual se modifica el artículo primero de la Resolución No. 17 del 17 de febrero de 2025 que ordena la apertura de una convocatoria de la “LEY DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS - LEP- 2025” a cargo de la Subdirección para la Gestión del Centro de Bogotá de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño de conformidad con lo dispuesto en la resolución 463 del 10 de Julio de 2024, expedida por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.

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Avisos modificatorios

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