Convocatoria Publicada
IDARTES

BECA DE PROGRAMACIÓN ARTÍSTICA EN LIBRERÍAS 2025

Programa Distrital de Estímulos

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Listado de propuestas Inscritas BECA DE PROGRAMACIÓN ARTÍSTICA EN LIBRERÍAS 2025

04/25

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RESOLUCIÓN No 133 (26 DE FEBRERO DE 2025)

03/25

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Acta y listado definición perfiles de Personas Expertas para el sector cultura convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - IDARTES 2025

02/25

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Resolución de Apertura No 97 del 17 de febrero de 2025

02/25

Descargar PDF
DOCUMENTOS

Información básica

Esta convocatoria apoya propuestas para la programación de eventos de circulación que involucren una o varias disciplinas artísticas, que se relacionen con el libro, la lectura o la literatura, y que se realicen en espacios virtuales o físicos de las librerías de Bogotá D.C.

Las propuestas que se inscriban deberán garantizar el pago de honorarios a artistas, autores(as), escritores(as), ilustradores(as), moderadores(as) y demás agentes del campo que participen en los eventos. Por lo tanto, al menos el cincuenta por ciento (50%) del total del estímulo, debe destinarse al pago de estos honorarios.

La Beca de programación artística en librerías es gestionada por la Gerencia de Literatura del Instituto Distrital de las Artes - Idartes

Enfoque(s): Disciplinar

Línea(s) estratégica(s): Circulación

Área(s): Literatura

Número de estímulos: 4

Total de recursos: $ 40.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

Se entregarán cuatro (4) estímulos de DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000) cada uno, para un total de CUARENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($40.000.000) M/CTE.

El valor de los recursos está sujeto a las retenciones de ley.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Expertos sin título universitario con al menos seis (6) años de experiencia en organización o ejecución de proyectos culturales o en procesos de promoción de lectura, o en actividades que tengan una relación directa y clara con el objeto de la Beca de programación artística en librerías.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia:

Mínimo 6 años de experiencia en áreas de Literatura y Ciencias sociales y humanas.

Nota 1: La experiencia se puede presentar a través de certificados laborales o certificaciones de ejecución de proyectos a través de becas u otras modalidades.

Nota 2: En caso de no presentarse ningún candidato para alguno de los dos perfiles se elegirá un jurado del perfil en el que haya candidatos.

Área perfil: Literatura

Formación profesional: No requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: null

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Expertos con título universitario, deben ser profesionales con título específico, con al menos cinco (5) años experiencia específica o más en organización o ejecución de proyectos culturales y/o en procesos de promoción de lectura, y/o en actividades que tengan una relación directa y clara con el objeto de la Beca de programación artística en librerías. Los expertos con título universitario pueden aplicar con cualquier nivel de posgrado siempre y cuando sea en Literatura, Lingüística y Afines, artes plásticas, artes audiovisuales, danza, música, Arte Dramático o en un área en la que sea directa y clara la relación con el objeto de la Beca de programación artística en bibliotecas comunitarias, de lo contrario, no se contará en la evaluación

Nota: El jurado debe tener formación universitaria y puede tener o no título de especialización, posgrado, maestría, doctorado, etc.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia:

Expertos con título universitario con mínimo 5 años de experiencia en áreas de Artes plásticas y visuales, Artes Audiovisuales, Danza, Literatura, Música, Arte Dramático, Lingüística y Afines; Antropología; Comunicación Social, Periodismo y Afines; Filosofía; Historia; Sociología; Derecho; Licenciatura en áreas relacionadas con las ciencias sociales y humanas.

Nota 1: La experiencia se puede presentar a través de certificados laborales o certificaciones de ejecución de proyectos a través de becas u otras modalidades. Si el participante tiene un pregrado que no corresponde a alguna de estas áreas, no se contará en su evaluación, por lo que deberá inscribirse como Experto sin título universitario y presentar la experiencia que corresponde a ese perfil.

Nota 2: En caso de no presentarse ningún candidato para alguno de los dos perfiles se elegirá un jurado del perfil en el que haya candidatos.

Área perfil: Literatura

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 19/02/2025

Desde la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con cinco días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@idartes.gov.co

Fecha de apertura 27/02/2025
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 07/04/2025 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 10/04/2025 17:00:00
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 09/05/2025
Fecha máxima de publicación de resolución de ganadores 22/07/2025

En esta fecha se publicará la Resolución de ganadores y se podrá consultar en la sección Tenga en cuenta/apartado Resoluciones

Fecha máxima de ejecución 01/12/2025

Tenga en cuenta que para esta fecha el proyecto debe estar ejecutado al 100% y el informe final (si aplica) deberá estar aprobado por parte del área misional del Instituto Distrital de las Artes - Idartes que realiza acompañamiento a la ejecución de la propuesta.

Justificación

Esta beca fortalece la programación artística en librerías de la ciudad, toda vez que estos espacios hacen parte del ecosistema del libro y la industria editorial.

La BECA DE PROGRAMACIÓN ARTÍSTICA EN LIBRERÍAS 2024 se enmarca en lo establecido en el Decreto 034 de 2023 “Por medio del cual se adopta la Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad, 2022-2040” , (en adelante PPLEO), que establece los lineamientos distritales para ampliar el acceso de la ciudadanía a los espacios y a las prácticas de la cultura escrita en la ciudad y orienta las acciones de los agentes institucionales, comunitarios y sociales involucrados en el sector del sistema del libro y la lectura, y de los actores distritales que a través de su competencia permiten intervenir las brechas que limitan la vinculación a la cultura escrita.

Así mismo, la PPLEO busca garantizar a la ciudadanía las oportunidades de acceso para que a lo largo de la vida participe de manera efectiva de los circuitos y prácticas de la cultura escrita en Bogotá, así como consolidar los procesos creativos y productivos de los actores del ecosistema del libro y la lectura en la ciudad.

Objeto

Apoyar propuestas para la programación de eventos de circulación que involucren una o varias disciplinas artísticas, que se relacionen con el libro, la lectura o la literatura, y que se realicen en espacios virtuales o físicos de las librerías de Bogotá.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Natural

Persona colombiana(o) o extranjera(o), mayor de 18 años con residencia en Bogotá.

Persona Jurídica

Sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, con domicilio en Bogotá.

Librerías o personas jurídicas cuyo objeto social se relacione con la realización de programas y proyectos de carácter cultural asociados al objeto de la presente convocatoria.

Tenga en cuenta que el Certificado de Existencia y Representación Legal de la persona jurídica debe haber sido expedido como máximo un (1) mes antes de la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

Agrupación

Agrupaciones conformadas únicamente por personas naturales, integradas por colombianos(as) o extranjeros(as), mayores de 18 años que residan en Bogotá o que hasta un 50% de sus integrantes resida en los municipios: Soacha, Facatativá, Zipaquirá, Chía, Mosquera, Madrid, Funza, Cajicá, Sibaté, Tocancipá, La Calera, Sopó, Tabio, Tenjo, Cota, Gachancipá o Bojacá.

Quiénes no pueden participar

Adicionalmente a las restricciones de participación establecidas en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025, en esta convocatoria no pueden participar:

  • Grupos artísticos empresariales, entidades sin ánimo de lucro, cajas de compensación, cámaras de comercio o entidades de carácter público.
  • Propuestas presentadas a nombre propio por universidades u otras instituciones educativas.
  • Personas naturales, personas jurídicas e integrantes de su junta directiva, agrupaciones o miembros de agrupaciones ganadores de la BECA DE PROGRAMACIÓN ARTÍSTICA EN LIBRERÍAS que hayan sido ganadores durante dos años consecutivos.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad de persona natural participante.

Adjunte el documento solicitado de acuerdo con las Condiciones Generales de Participación.

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5 MB
2 Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de la persona natural participante.

Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, firmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin (Consultar el apartado Formatos).

pdf
5 MB
3 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de la persona natural participante.

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de Cultura de la persona natural participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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5 MB
4 Documento de identidad del representante de la agrupación participante.

Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participació

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5 MB
5 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante.

Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participació

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10 MB
6 Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación.

Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin (Consultar el apartado Formatos).

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10 MB
7 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación.

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de Cultura de cada uno de los integrantes de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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10 MB
8 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

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5 MB
9 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

El Certificado de Existencia y Representación Legal de la persona jurídica participante no debe ser superior a un mes anterior a la fecha de cierre de la convocatoria.


 

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10 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Formato de presentación de propuesta

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta definido para esta convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección FORMATOS en el menú lateral de esta página. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

Nota 1. De acuerdo a las condiciones generales de participación, en la plataforma de inscripción sólo se aceptarán los documentos técnicos en los formatos aquí solicitados. Por lo tanto, no serán tenidos en cuenta enlaces que reúnan la documentación técnica en plataformas de almacenamiento como Google Drive, Dropbox, Microsoft OneDrive, Mega, WeTransfer, etc.

Nota 2. El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada. Asegúrese de presentar todos los documentos técnicos solicitados.

Nota 3. No incluir el formato para presentación de propuesta o cualquiera de los formatos diseñados específicamente para esta convocatoria será una causal de rechazo.

Para cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria comuníquese a las líneas 3057341963 o (601) 3795750 Ext. 3700, 3701, 3702,3704  de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:30 p.m.

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15 MB
2 Características del espacio presencial y virtual de la programación

Además del formato de presentación de propuesta, adjunte en la plataforma un sólo documento en PDF con lo indicado a continuación:

Si el espacio es virtual:

Indique en cuáles sitios web, plataformas de streaming, aplicaciones móviles, redes sociales, plataformas de chat, repositorios o plataformas educativas realizará la programación. Agregue enlaces y capturas de pantalla de los recursos digitales con los que cuenta para la realización de las actividades. Asimismo, explique, en no más de 500 palabras, cómo plantea el desarrollo de la propuesta en estas plataformas y aclare si se trata de una cuenta privada, abierta al público, con membresía o de carácter gratuito, etc.

 

Si el espacio es presencial:

 

1. Fotografías de buena calidad en las que se aprecien las características físicas del espacio: fachada, baños, equipos técnicos, en caso de que aplique.

2. Localidad en la que se desarrollará la propuesta.

3. En el caso de espacios gestionados: Adjunte carta de la librería en la que se va a desarrollar la propuesta de programación de circulación, que incluya:

a. Nombre del espacio.

b. Dirección.

c. Cronograma propuesto.

d. Datos de contacto.

e. Acuerdo respecto del cobro al público por ingreso a la programación (si aplica).

f. Firma de aceptación de la persona encargada del espacio y el(la) representante de la agrupación o persona natural.

 

*Recuerde que las propuestas que se presenten en esta convocatoria deben contener una programación de eventos de circulación que tomen lugar en espacios virtuales o físicos de las librerías de Bogotá.

Nota 1: Para el caso de propuestas que vinculen las artes audiovisuales, deberán presentarse las autorizaciones de uso expedidas por los titulares de los derechos patrimoniales de todas las obras incluidas en la programación para su proyección y exhibición.

 

Nota 2. En la plataforma de inscripción sólo se aceptarán los documentos técnicos en los formatos aquí solicitados. Por lo tanto, no serán tenidos en cuenta enlaces que reúnan la documentación técnica en plataformas de almacenamiento como Google Drive, Dropbox, Microsoft OneDrive, Mega, WeTransfer, etc.

 

Nota 3. El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada. Asegúrese de presentar todos los documentos técnicos solicitados.

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15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: Selección del proyecto ganador
No. Criterio Puntaje
1

Pertinencia y solidez de la propuesta de programación: coherencia general de la formulación, pertinencia de los artistas sugeridos(as) y de sus intervenciones, desde el punto de vista de las áreas artísticas específicas, y posibilidades de sostenibilidad y continuidad de la propuesta

0 a 35
2

Viabilidad de la propuesta de programación respecto del presupuesto y cronograma planteados.

0 a 35
3

Viabilidad de la propuesta de programación respecto al medio en el que se desarrolla la propuesta, tanto si se trata de una plataforma virtual como de las condiciones técnicas del espacio físico de la librería (infraestructura, recursos técnicos y tecnológicos y recurso humano).

0 a 20
4

Análisis del público al cual va dirigida la oferta del espacio, en relación con su funcionamiento general y la propuesta de programación presentada.

0 a 10

De conformidad, con lo establecido en el ítem Selección de Propuestas Ganadoras, de las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025, el puntaje mínimo para que una propuesta sea considerada como elegible debe ser igual o superior a 70 puntos ponderados. Las propuestas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado .

*Que una propuesta obtenga un puntaje asignado de 70 puntos o más, no implica su selección como ganadora

Derechos específicos de las y los ganadores

Adicionalmente a lo establecido en el apartado de derechos de los ganadores de las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025, los ganadores de esta convocatoria tienen derecho a:

1. Recibir el estímulo en las siguientes condiciones:

1.1. Un primer desembolso equivalente al noventa por ciento (90%) del valor total del estímulo económico, posteriormente al proceso de notificación de la resolución de ganadores y al cumplimiento de los requisitos y trámites solicitados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes para tal efecto.

1.2. Un segundo y último desembolso equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del estímulo económico, posterior al cumplimiento total de la propuesta y entrega del informe final de actividades, reporte de gastos (en los formatos proporcionados por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes) y registro fotográfico del proceso de ejecución.

Nota: Los desembolsos se harán previa aprobación por parte del área misional encargada de realizar el seguimiento a la ejecución del estímulo. Dichos desembolsos están sujetos a la disponibilidad de recursos, a la programación de pagos que realice la entidad y se les aplicarán las retenciones tributarias a las que haya lugar.

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los deberes contemplados en las Condiciones Generales de Participación, los ganadores deberán acatar los siguientes lineamientos:

  1. Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de ganadores: El Idartes enviará un correo electrónico certificado de notificación al correo suministrado por el ganador, quien tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha y hora de recibo del correo, para dar su respuesta manifestando la aceptación o no del estímulo de forma expresa y para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del estímulo. Si pasados diez (10) días hábiles la Entidad no recibe la aceptación o rechazo del estímulo y los documentos requeridos para la legalización del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, entenderemos que el ganador renuncia al estímulo, el cual le será asignado al suplente, si lo hubiere
  2. Constituir póliza de cumplimiento de disposiciones legales de acuerdo a lo establecido en el numeral 7.2.1. de las Condiciones Generales de Participación - PDE 2025   
  3. Aportar la póliza de Responsabilidad civil extracontractual de los espacios en los cuales se desarrollarán actividades con público de la siguiente forma: en caso de que las actividades se realicen en espacios del distrito, establecimientos educativos o espacios que tengan reconocimiento, el ganador deberá aportar una carta en la cual indica que se acoge a la póliza de responsabilidad civil extracontractual con la que cuenta el lugar. Si el espacio no cuenta con la garantía, el ganador deberá constituir a favor del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, la Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por el valor de doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV) con una vigencia que corresponda a la fecha límite de ejecución de la propuesta.
  4. Atender los requerimientos que la Entidad realice en virtud de presuntos incumplimientos que se llegaran a presentar  durante la ejecución de la propuesta, de acuerdo a los señalado en el numeral 7.7. de las Condiciones Generales de Participación – PDE 2025. 
  5. Gestionar los derechos de las imágenes, archivos sonoros, entre otras obras preexistentes utilizadas, si a ello hubiere lugar.
  6. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes - Idartes y de la Alcaldía de Bogotá, en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la propuesta, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes. Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del estímulo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del estímulo. Así mismo, el ganador se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la propuesta ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las propuestas.
  7. Si presentó su propuesta como agrupación y requiere solicitar un cambio de integrante, debe tener en cuenta lo establecido en el ítem Proceso para Ganadores PDE, de las Condiciones Generales de Participación del PDE 2024, así como la siguiente información acerca del número de cambios permitidos: 

    No. de integrantes

    No. de Cambios aceptados

    De 3 a 5

    1

    De 6 a 8

    2

    De 9 a 11

    3

    De 12 a 14

    4

    De 15 a 17

    5

  8. Desarrollar la programación presentada en la propuesta de conformidad con el presupuesto y el cronograma planteados, y dentro de los términos y plazos señalados en la Beca de programación artística en librerías.
  9. Garantizar que el espacio físico o virtual donde se ejecuta la propuesta cuenta con todos los permisos correspondientes y cumplen con la normatividad vigente y que se cumplen con los protocolos de bioseguridad en caso de ser necesaria. Así como que estará disponible para la ejecución de la propuesta, de acuerdo con el cronograma.
  10. Entregar, junto con el informe final, un reporte de gastos de los recursos entregados y evidencia de realización de las actividades.
  11. Una vez publicada la resolución de selección, asistir a la reunión de retroalimentación del proceso de evaluación, definición de acuerdos para la ejecución de las propuestas ganadoras, la entrega de informes y el seguimiento de la propuesta.
  12. Destinar la totalidad del estímulo económico únicamente al desarrollo de la programación artística.
  13. Entregar los informes que solicite la Gerencia de Literatura del Idartes antes de la fecha máxima de ejecución de esta convocatoria.

Anexos

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No. Documento Descripción

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato de Declaración juramentada del lugar de residencia

(archivo Word o PDF)

 
 

En caso de no ser posible la expedición del Certificado deresidencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residenciao por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos,descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar deResidencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúnteloen el campo destinado para tal fin.

2 Formato para la presentación de propuestas – Beca de Programación Artística en Librerías 2025

(archivo Word o PDF)

 
 

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para lapresentación de propuestas Programación artística en librerías 2025. Luegoguárdelo en PDF y adjúntelo en el campo habilitado para tal fin en laplataforma de inscripción.

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 Resolución de Apertura No 97 del 17 de febrero de 2025

«Por medio de la cual se da apertura al Programa Distrital de Estímulos 2025 para las convocatorias que incluyen acciones contempladas en los proyectos de inversión de la Subdirección de las Artes del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES»

2 Acta y listado definición perfiles de Personas Expertas para el sector cultura convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - IDARTES 2025
En este documento consulte los perfiles establecidos para participar en el Banco de Personas Expertas del sector cultura convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - IDARTES  2025.
3 RESOLUCIÓN No 133 (26 DE FEBRERO DE 2025)
Por medio de la cual se corrigen errores formales en la Resolución No. 97 del 17 de febrero de 2024 «Por medio de la cual se da apertura al Programa Distrital de Estímulos 2025 para las convocatorias que incluyen acciones contempladas en los proyectos de inversión de la Subdirección de las Artes del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES»

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado de propuestas Inscritas BECA DE PROGRAMACIÓN ARTÍSTICA EN LIBRERÍAS 2025
Listado de propuestas Inscritas BECA DE PROGRAMACIÓN ARTÍSTICA EN LIBRERÍAS 2025

Avisos modificatorios

No hay elementos

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