BECA LEP FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO Y DE CIRCO 2025
Ley de espectáculos públicos
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Documentación de la convocatoria
Información básica
Esta beca tiene como propósito fomentar la producción y circulación de festivales independientes de teatro y circo, llevados a cabo en diversos territorios de la ciudad. Estas iniciativas promueven la integración comunitaria, el intercambio cultural, la creación de redes de colaboración y la formación de nuevos públicos, destacando su impacto en el desarrollo artístico, social y cultural de Bogotá. A través de este apoyo, se busca garantizar la realización de un festival independiente de teatro y otro de circo.
Para participar tenga en cuenta que:
- La beca está dirigida a personas jurídicas o agrupaciones con experiencia en la producción y realización de festivales con énfasis en teatro o circo. El festival propuesto debe haber realizado al menos dos (2) versiones hasta la fecha de cierre de esta convocatoria y haberse llevado a cabo en los últimos cinco (5) años.
- Los festivales deben desarrollarse en la ciudad de Bogotá, ofreciendo a la ciudadanía la oportunidad de conocer y disfrutar de una oferta teatral y circense, diversa y de calidad en diferentes territorios de la ciudad.
En cumplimiento de la ley, esta convocatoria, apoyará propuestas de producción y circulación de las artes escénicas que se encuentren orientadas a la materialización del espectáculo y ya hayan superado la etapa de creación
- “Las líneas estratégicas deben ser circulación y/o producción que, de acuerdo con lo establecido en Decreto 639 de 2021, se definen de la siguiente manera:
Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas.
Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas.” La producción de espectáculos de las artes escénicas incluye actividades de montaje, construcción de escenografía, confección de vestuario, montaje técnico de iluminación, montaje técnico de sonido, adecuación de escenarios, utilería, artistas, ensayos previos para actualizar el producto artístico, más no para su etapa de montaje, etc.
- Para ser beneficiario de los recursos de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos, la persona jurídica, o el representante legal de la agrupación deberán realizar el registro como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP. (https://pulepapp.mincultura.gov.co/cuenta/solicitudregistro )
En la formulación del cronograma se deben contemplar los tiempos correspondientes a la disponibilidad de los espacios gestionados, trámites de permisos, registro en plataforma PULEP y todas aquellas acciones externas que puedan alterar la programación para el desarrollo de la propuesta.
La propuesta debe contar con una estrategia de comunicación y divulgación, que permita que las actividades organizadas lleguen a la comunidad y público general de la ciudad.
Los permisos relacionados con la ejecución de la propuesta deberán ser gestionados por la agrupación o persona jurídica participante. En caso de que el evento, espectáculo o festival se realice en espacios públicos, el/la participante será el/la responsable de la gestión y consecución de los permisos necesarios para realizar las actividades propuestas.
Nota 1. Las propuestas presentadas para ejecutar recursos de la contribución parafiscal cultural (recursos LEP), no podrán cubrir con estos recursos actividades relacionadas con el proceso de creación de espectáculos de las artes escénicas, actividades de formación, de carácter académico o gastos que no sean coherentes con la producción o circulación de espectáculos de las artes escénicas (ver documento GUÍA LEP de gastos permitidos y no permitidos). De incluirse dentro de la propuesta, estas actividades deben ser cubiertas con recursos de terceros o propios del participante.
Nota 2. Las propuestas deberán estar a paz y salvo por concepto de SAYCO y ACINPRO, y garantizar el cumplimiento de derechos de autor y los derechos conexos de acuerdo a la Ley 23 de 1982 y la Decisión Andina 351 de 1993.
Nota 3 : En ningún caso estos recursos podrán ser destinados para la construcción, adecuación, mejoramiento ni dotación de los escenarios o equipamientos donde se realice la actividad de circulación.
Enfoque(s): Disciplinar
Línea(s) estratégica(s): Circulación, Producción
Área(s): Arte dramático
Número de estímulos: 2
Total de recursos: $ 160.000.000
Descripción general de los recursos a otorgar:
Se entregará un (1) estímulo por valor de OCHENTA MILLONES DE PESOS ($80.000.000) para un festival de teatro y un (1) estímulo por valor de OCHENTA MILLONES DE PESOS ($80.000.000) para un festival de circo.
El valor de los recursos está sujeto a las retenciones de ley.
Categorias:
No. | Categoria | Descripción |
---|---|---|
1 | CATEGORÍA 1: FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO | Festivales independientes de teatro desarrollados en diversos territorios de la ciudad, que aportan a la integración de la comunidad, el intercambio cultural, la construcción de redes de colaboración y la formación de nuevos públicos a través del teatro en sus diferentes géneros, formatos, disciplinas y especialidades. |
2 | CATEGORÍA 2: FESTIVALES INDEPENDIENTES DE CIRCO | Festivales independientes de circo desarrollados en diversos territorios de la ciudad, que aportan a la integración de la comunidad, el intercambio cultural, la construcción de redes de colaboración y la formación de nuevos públicos a través de las múltiples prácticas de circo. |
Perfiles de los jurados
Perfil 1
Profesional con formación en Arte Dramático, Artes Escénicas o afines a la producción escénica, con experiencia en dirección, actuación, programación, producción o gestión cultural, centrada en la práctica teatral o circense. Debe contar con experiencia previa como evaluador o jurado.
Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas
Campo de experiencia:
Mínimo diez (10) años de experiencia en procesos de creación, investigación, docencia, producción, programación o gestión cultural para espectáculos de teatro o circo.
Nota 1: Si su título profesional o posgrado no pertenece a las áreas descritas en el perfil, inscríbase bajo el perfil Sin Título Profesional.
Nota 2: La Gerencia de Arte Dramático se reserva la potestad de seleccionar las personas expertas de un mismo perfil en caso de que se requiera, para así garantizar la idoneidad de los expertos evaluadores en los términos de la convocatoria.
Área perfil: Arte dramático
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Universitaria
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Perfil 2
Gestores, directores, actores, productores o artistas de teatro o circo con una trayectoria mínima de quince (15) años en la creación, producción, gestión, programación de obras teatrales o circenses. Debe contar con experiencia previa como evaluador o jurado.
Área conocimiento: No aplica
Campo de experiencia:
Mínimo quince (15) años de experiencia en procesos de creación, producción, programación o gestión cultural para espectáculos de teatro o circo.
Nota 1: Si su título profesional o posgrado no pertenece a las áreas descritas en el perfil, inscríbase bajo el perfil Sin Título Profesional.
Nota 2: La Gerencia de Arte Dramático se reserva la potestad de seleccionar las personas expertas de un mismo perfil en caso de que se requiera, para así garantizar la idoneidad de los expertos evaluadores en los términos de la convocatoria.
Área perfil: Arte dramático
Formación profesional: No requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: null
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
---|---|---|
Fecha de publicación | 19/02/2025 | Desde la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con cinco días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@idartes.gov.co |
Fecha de apertura | 27/02/2025 | |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 25/03/2025 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 28/03/2025 17:00:00 | |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 07/04/2025 | |
Publicación de listado de elegibles | 19/05/2025 | Una vez finalizado el proceso de evaluación, las propuestas elegibles serán presentadas al Comité Distrital de la Contribución Parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas para su aprobación; posteriormente, la SCRD las inscribirá en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas-PULEP y se podrán considerar como ganadoras luego de que el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes realice la respectiva aprobación y registro. |
Fecha máxima de ejecución | 12/12/2025 | Tenga en cuenta que para esta fecha el proyecto debe estar ejecutado al 100% y el informe final (si aplica) deberá estar aprobado por parte del área misional del Instituto Distrital de las Artes - Idartes que realiza acompañamiento a la ejecución de la propuesta. |
Justificación
La Ley 1493 de 2011, Ley de Espectáculos Públicos “Por la cual se toman medidas para formalizar el sector del espectáculo público de las artes escénicas, se otorgan competencias de inspección, vigilancia y control sobre las sociedades de gestión colectiva y se dictan otras disposiciones”; en su Capítulo II, establece la creación de la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas (recursos LEP), la cual se genera de la boletería de los espectáculos públicos a nivel municipal o distrital y equivale al 10% del valor de las boletas o derechos de asistencia, cuyo costo individual sea igual o superior a 3 UVT ($149.397 para el año 2025).
Este mismo decreto define las precitadas destinaciones de la contribución parafiscal en esta materia de la siguiente manera:
Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del Sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.
Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.
Así mismo, establece que el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, como entidad recaudadora de la contribución, se encargará de entregar los recursos de la contribución al municipio o distrito que generó el recaudo, para que sean destinados exclusivamente al sector de las artes escénicas, específicamente en proyectos de infraestructura (construcción, reforzamiento, ampliación, mejoramiento, adecuación, etc., de escenarios de las artes escénicas), y, a partir del año 2020, según lo establecido en la Ley 2070 de 2020 y el Decreto Nacional 639 de 2021, en actividades o proyectos que incentiven la producción y circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas
En respuesta a la riqueza cultural escénica representada en los festivales que se realizan en la ciudad y a la alta demanda de los agentes de teatro y circo que se organizan para dar continuidad a estas expresiones artísticas, se requiere de acciones que contribuyan a la producción y la circulación de festivales independientes de teatro y circo. Estos festivales son fundamentales para el desarrollo de la diversidad cultural, la integración social y la formación de nuevos públicos en torno a estas prácticas.
Los festivales independientes ofrecen la oportunidad para que diversos grupos sociales se integren y compartan experiencias artísticas dentro de su comunidad, fomentando la creación de redes de apoyo entre artistas, organizaciones culturales y el público. De esta manera, los festivales independientes se convierten en una puerta de entrada para que nuevos públicos se interesen por el teatro y el circo en la ciudad, generando oportunidades de empleo en este sector y promoviendo el arte y la cultura.
En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1493 de 2011, fue creada la contribución parafiscal cultural de los espectáculos públicos de las artes escénicas para proyectos de infraestructura cultural, sin embargo, con el fin de vincular nuevas líneas de participación, mediante la Ley 2070 de 2020 se amplió la posibilidad de inversión de estos recursos incluyendo las líneas de producción y circulación en la financiación de proyectos de esta naturaleza.
Esto, responde a lo establecido en el Acuerdo 927 de 2024, “Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2024-2027 ´Bogotá Camina Segura´”, en el cual se definió el programa No. 14 denominado "Bogotá deportiva, recreativa, artística, patrimonial e intercultural", con el objetivo de contribuir a la salud mental y física de la ciudadanía en su ciclo de vida mediante el incentivo de la práctica deportiva, recreativa, artística, cultural y patrimonial en los barrios, comunidades y en la Bogotá Región, apropiándose de las diferentes disciplinas deportivas que oferta el distrito e invitando a conocer cada una de ellas, aprovechando los espacios públicos accesibles y seguros, haciendo uso de diversas plataformas en beneficio de la salud tanto física como mental y promoviendo hábitos de vida saludable, con ejercicios que buscan relaciones interculturales.
Objeto
Apoyar la producción y circulación de festivales independientes de teatro y de circo desarrollados en las distintas localidades de Bogotá, dedicados a la visibilización del teatro y las prácticas circenses, aportando al fortalecimiento y su impacto territorial, así como al desarrollo de la diversidad cultural, la integración social y la formación de nuevos públicos alrededor de este campo escénico.
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
---|---|
Persona Jurídica | CATEGORÍA 1: FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO: Sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, con domicilio en Bogotá. Que acrediten experiencia en la producción y circulación de festivales en cualquiera de las disciplinas del teatro, que cuenten con mínimo dos (2) versiones anteriores realizadas en los últimos cinco (5) años. La persona jurídica debe encontrarse registrada como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas-PULEP. Tenga en cuenta que el Certificado de Existencia y Representación Legal de la persona jurídica debe haber sido expedido como máximo un (1) mes antes de la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. CATEGORÍA 2: FESTIVALES INDEPENDIENTES DE CIRCO: Sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, con domicilio en Bogotá. Que acrediten experiencia en la producción y circulación de festivales en cualquiera de las disciplinas del circo, que cuenten con mínimo dos (2) versiones anteriores realizadas en los últimos cinco (5) años. La persona jurídica debe encontrarse registrada como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas-PULEP. Tenga en cuenta que el Certificado de Existencia y Representación Legal de la persona jurídica debe haber sido expedido como máximo un (1) mes antes de la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. |
Agrupación | CATEGORÍA 1: FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO: Conjunto de dos o más personas naturales mayores de 18 años que presentan una propuesta en la cual participan activamente en su ejecución, que residan en Bogotá Que acrediten experiencia en la producción y circulación de festivales en cualquiera de las disciplinas del teatro, que cuenten con mínimo dos (2) versiones anteriores realizadas en los últimos cinco (5) años. Para cada categoría el registro de productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas-PULEP, debe estar a nombre del representante de la agrupación. CATEGORÍA 2: FESTIVALES INDEPENDIENTES DE CIRCO: Conjunto de dos o más personas naturales mayores de 18 años que presentan una propuesta en la cual participan activamente en su ejecución, que residan en Bogotá Que acrediten experiencia en la producción y circulación de festivales en cualquiera de las disciplinas del circo, que cuenten con mínimo dos (2) versiones anteriores realizadas en los últimos cinco (5) años Para cada categoría la agrupación debe estar registrada como productor en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas-PULEP; el registro lo debe realizar el representante de la agrupación. |
Quiénes no pueden participar
Adicionalmente a las restricciones de participación establecidas en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025, en esta convocatoria no pueden participar:
- Personas naturales
- No podrán ser ganadores de las convocatorias LEP del Programa Distrital de Estímulos 2025, aquellas personas naturales, jurídicas y agrupaciones, que hayan sido ganadoras del recurso LEP del Programa Distrital de Apoyos Concertados 2024.
- Agrupaciones o personas jurídicas que hayan sido ganadores de la BECA LEP FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO Y DE CIRCO, CIUDAD ESCENARIO 2024, , Aplica para las agrupaciones y sus integrantes, así como para las personas jurídicas y los integrantes de la junta directiva del ganador.
- No podrán ser ganadores de las convocatorias LEP del Programa Distrital de Estímulos 2025, aquellas personas naturales, jurídicas y agrupaciones, que hayan sido ganadoras del recurso LEP del Programa Distrital de Apoyos Concertados 2024 en la línea 2 - Procesos de producción y circulación de espectáculos de las artes escénicas. Recursos Ley de Espectáculos Públicos-LEP
Nota: Las becas de circulación de la línea Ciudad Escenario del Plan Bogotá teatral y circense, priorizan la diversidad en la circulación artística, por lo tanto, un mismo participante sólo podrá aceptar un estímulo entre las siguientes becas: BECA LEP FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO Y DE CIRCO, CIUDAD ESCENARIO 2025; BECA DE CIRCULACIÓN DISTRITAL, CIUDAD ESCENARIO 2025; BECA LEP CIRCULACIÓN TEATRAL EN ESPACIO ABIERTO, CIUDAD ESCENARIO 2025; BECA LEP DE CIRCO, CIUDAD ESCENARIO 2025.
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Documento de identidad del representante de la agrupación participante. | Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación. |
pdf |
5 MB |
2 | Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante. | Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación. |
pdf |
10 MB |
3 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación. | Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin (Consultar el apartado Formatos). |
pdf |
10 MB |
4 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de Cultura de cada uno de los integrantes de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
pdf |
10 MB |
5 | Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante. | Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación. |
pdf |
5 MB |
6 | Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante. | Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación. El Certificado de Existencia y Representación Legal de la persona jurídica participante no debe ser superior a un mes anterior a la fecha de cierre de la convocatoria. |
pdf |
5 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Formato de presentación de propuesta | Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta definido para esta convocatoria, de acuerdo con la categoría a la que se postula, el cual se encuentra publicado en la sección FORMATOS en el menú lateral de esta página. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. Nota 1. De acuerdo con las condiciones generales de participación, en la plataforma de inscripción sólo se aceptarán los documentos técnicos en los formatos aquí solicitados. Por lo tanto, no serán tenidos en cuenta enlaces que reúnan la documentación técnica en plataformas de almacenamiento como Google Drive, Dropbox, Microsoft OneDrive, Mega, WeTransfer, etc Nota 2. El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será inhabilitada. Asegúrese de presentar todos los documentos técnicos solicitados Nota 3. No incluir el formato para presentación de propuesta o cualquiera de los formatos diseñados específicamente para esta convocatoria será una causal de inhabilidad. Para cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria comuníquese al correo contactenos@idartes.gov.co, o a través de la línea (601) 3795750 Ext. 3700, 3701, 3702, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:30 p.m |
pdf |
15 MB |
2 | DOCUMENTO EN EXCEL - Formato Presupuesto- Cronograma- Equipo de trabajo | Descargue y diligencie en su totalidad el Formato en excel para la presentación del Presupuesto- Cronograma - Equipo de trabajo *, definido para la convocatoria el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. Guárdelo y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. Recuerde que cada sección (Presupuesto- Cronograma - Equipo de trabajo) se encuentra en una hoja excel individual, y deben ser diligenciadas en su totalidad . Dado que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución parafiscal de los Espectáculos Públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto, los participantes deberán revisar la Guía LEP de gastos permitidos y no permitidos para las convocatorias de las líneas de circulación y producción con recursos de la contribución parafiscal Becas LEP. |
xlsx |
15 MB |
3 | Soportes de experiencia o trayectoria | Presente en un solo archivo en formato PDF, los soportes que acrediten la trayectoria de acuerdo con el perfil solicitado, tales como: certificaciones expedidas por entidades y organizaciones de carácter público o privado, contratos o actas de liquidación, publicaciones, catálogos, portafolios, participación en exposiciones y/o eventos, programas de mano, flyers, notas de prensa, distinciones, resoluciones de ganadores de estímulos, entre otros. En cualquier caso, los soportes aportados deben evidenciar de manera clara y visible el nombre del participante (personas jurídicas, agrupación según corresponda) y las fechas de la realización de dichas actividades, procesos o proyectos. |
pdf |
15 MB |
Criterios de evaluación
Ronda: Selección
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Solidez del proyecto y coherencia entre todos los componentes y actividades (programación, temática del festival, planificación técnica y logística, estrategia de comunicación y promoción, gestión, calidad artística, entre otros) |
0 a 35 |
2 | Impacto de la propuesta de acuerdo con los objetivos, las actividades, y la población beneficiaria y su contribución a la construcción de redes de colaboración. |
0 a 25 |
3 | Viabilidad del proyecto frente al presupuesto: pertinencia entre las actividades planteadas y su distribución presupuestal (Producción técnica y logística, equipo de trabajo, pago a artistas, permisos, entre otros) |
0 a 25 |
4 | Diversidad, variedad e inclusión de artistas, grupos y/o colectivos beneficiarios que participan en el desarrollo del festival. |
0 a 15 |
De conformidad, con lo establecido en el ítem Selección de Propuestas Ganadoras, de las Condiciones Generales de Participación, el puntaje mínimo para que una propuesta sea considerada como elegible debe ser igual o superior a 70 puntos ponderados. Las propuestas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de evaluación. *Que una propuesta obtenga un puntaje asignado de 70 puntos o más, no implica su selección como ganadora. |
Ronda: Selección
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Solidez del proyecto y coherencia entre todos los componentes y actividades (programación, temática del festival, planificación técnica y logística, estrategia de comunicación y promoción, gestión, calidad artística, entre otros) |
0 a 35 |
2 | Impacto de la propuesta de acuerdo con los objetivos, las actividades, y la población beneficiaria y su contribución a la construcción de redes de colaboración. |
0 a 25 |
3 | Viabilidad del proyecto frente al presupuesto: pertinencia entre las actividades planteadas y su distribución presupuestal (Producción técnica y logística, equipo de trabajo, pago a artistas, permisos, entre otros) |
0 a 25 |
4 | Diversidad, variedad e inclusión de artistas, grupos y/o colectivos beneficiarios que participan en el desarrollo del festival. |
0 a 15 |
De conformidad, con lo establecido en el ítem Selección de Propuestas Ganadoras, de las Condiciones Generales de Participación, el puntaje mínimo para que una propuesta sea considerada como elegible debe ser igual o superior a 70 puntos ponderados. Las propuestas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de evaluación. *Que una propuesta obtenga un puntaje asignado de 70 puntos o más, no implica su selección como ganadora. |
Derechos específicos de las y los ganadores
Adicionalmente a lo establecido en el apartado de derechos de los ganadores de las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025, los ganadores de esta convocatoria tienen derecho a:
1. Recibir el estímulo en las siguientes condiciones:
1.1. Un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del estímulo económico, posteriormente al proceso de notificación de la resolución de ganadores y al cumplimiento de los requisitos y trámites solicitados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes para tal efecto.
1.2. Un segundo desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del estímulo económico posteriormente al cumplimiento de los requisitos y trámites solicitados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes para tal efecto.
2. Recibir el acompañamiento misional por parte de la Gerencia de Arte Dramático, durante el desarrollo de la beca.
Nota: Los desembolsos se harán previa aprobación por parte del área misional encargada de realizar el seguimiento a la ejecución del estímulo. Dichos desembolsos están sujetos a la disponibilidad de recursos, a la programación de pagos que realice la entidad y se les aplicarán las retenciones tributarias a las que haya lugar.
Deberes específicos de las y los ganadores
Además de los deberes contemplados en las Condiciones Generales de Participación, los ganadores deberán acatar los siguientes lineamientos:
- Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de ganadores: El Idartes enviará un correo electrónico certificado de notificación dentro de los 5 días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo, al correo suministrado por el ganador, quien tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha y hora de recibo del correo, para dar su respuesta manifestando la aceptación o no del estímulo de forma expresa y para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo. Si pasados estos diez (10) días hábiles la Entidad no recibe la aceptación o rechazo del estímulo y los documentos requeridos para la legalización del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, entenderemos que el ganador renuncia el estímulo, el cual le será asignado al suplente, si lo hubiere.
- Constituir póliza de cumplimiento de disposiciones legales de acuerdo a lo establecido en el numeral 7.2.1. de las Condiciones Generales de Participación - PDE 2025.
- Adicionalmente a la documentación solicitada las Condiciones generales de participación, el ganador deberá aportar la póliza de Responsabilidad civil extracontractual de los espacios en los cuales se desarrollarán actividades con público de la siguiente forma: el ganador deberá aportar un documento tramitado por dicho espacio en el cual se evidencia la vigencia del contrato con la aseguradora y la posibilidad de hacer extensivo el cubrimiento hacia las actividades desarrolladas como parte de la ejecución de la propuesta presentada al Programa Distrital de Estímulos 2025. Si el espacio no cuenta con esta garantía, el ganador deberá constituir a favor del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, la Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por el valor de doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV) con una vigencia que corresponda a la fecha límite de ejecución de la propuesta, de acuerdo con el lugar de realización de las actividades.
- Atender los requerimientos que la Entidad realice en virtud de presuntos incumplimientos que se llegaran a presentar durante la ejecución de la propuesta, de acuerdo a los señalado en el numeral 7.7. de las Condiciones Generales de Participación – PDE 2025.
- Registrar en el PULEP los eventos (o afectaciones) que se realizarán durante el desarrollo de la propuesta, e incluir en todas las piezas de difusión el código PULEP generado por la plataforma. Para realizar este proceso consulte: https://pulep.mincultura.gov.co/Paginas/instructivos.aspx
- Ejecutar la propuesta aprobada por el jurado, de acuerdo con las condiciones específicas de la convocatoria, una vez se cuente con la aprobación de la garantía constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, la expedición del Registro Presupuestal y la propuesta se encuentre registrada y aprobada por parte del Ministerio de las culturas, los artes y los saberes. en la plataforma PULEP (gestión realizada por la SCRD). Lo anterior implica que se debe dar inicio a la ejecución de la propuesta con una disposición transitoria de recursos propios mientras se realiza el primer desembolso, tal como lo indican las condiciones generales de participación del PDE 2025.
- Para la entrega del primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del estímulo económico, el ganador deberá hacer la entrega de:
- a) Ajustes a la propuesta de acuerdo a las observaciones hechas por los jurados. Si aplica.
- b) Documento que dé cuenta del estado de la preproducción o avance de la gestión del festival.
- c) Cronograma definitivo según plan de ejecución del estímulo.
- d) Estrategia de divulgación, de acuerdo con los requerimientos solicitados por la Gerencia de Arte Dramático.
- Para la entrega del segundo desembolso, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del estímulo económico. El ganador deberá entregar:
- a) Informe de ejecución de actividades según los requerimientos, indicaciones y formatos suministrados por la Gerencia de Arte Dramático.
- b) Informe financiero según los requerimientos, indicaciones y formatos suministrados por la Gerencia de Arte Dramático.
- c) Programación ejecutada del festival.
- d) Escrito reflexivo del proceso de circulación donde incluya la experiencia en la(s) localidad(es), proceso de gestión, resultado de la implementación de la estrategia de comunicación utilizada, observaciones, sugerencias y demás resultados del desarrollo de la beca. Este texto podría ser susceptible de publicación en medios digitales del IDARTES.
- e) Registro fotográfico de buena calidad de las funciones realizadas. En este registro se debe evidenciar la obra o espectáculo, el espacio, escenario o sala de la presentación y el público asistente en cada una de las presentaciones.
- f) Video memoria del festival, resultado final de la beca (En calidad HD).
- Gestionar los derechos de las imágenes, archivos sonoros, entre otras obras preexistentes utilizadas, si a ello hubiere lugar.
- Diligenciar periódicamente el informe poblacional de acuerdo con las indicaciones de la Gerencia de Arte Dramático.
- Asistir y participar de forma activa de las acciones en el marco de la ejecución, así como cumplir con las reuniones y actividades programadas por el Instituto Distrital de las Artes -IDARTES para el desarrollo, seguimiento y finalización del proyecto.
- Gestionar los espacios, permisos y autorizaciones, así como el apoyo técnico, logístico y asistencial que requiera la circulación del festival.
- Para los eventos públicos, las agrupaciones o personas jurídicas ganadoras deberán realizar la evaluación de la complejidad del evento, en el clasificador dispuesto por el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático – Idige rhttps://app.sire.gov.co:8443/complejidades/. Los eventos que por sus características sean clasificados como de media complejidad, deberán contar con la autorización correspondiente ante la Secretaria Distrital de Gobierno, a través de la plataforma del Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital -SUGA (https://www.sire.gov.co/suga), según lo establecido en los Decretos 599 de 2013 y 470 de 2021.
- Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecutará la propuesta.
- Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes - Idartes y de la Alcaldía de Bogotá, en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la propuesta, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes. Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del estímulo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del estímulo. Así mismo, el ganador se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la propuesta ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las propuestas.
- Si presentó su propuesta como agrupación y requiere solicitar un cambio de integrante, debe tener en cuenta lo establecido en el ítem Proceso para Ganadores PDE, de las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025, así como la siguiente información acerca del número de cambios permitidos:
No. de integrantes |
No. de Cambios aceptados |
De 3 a 5 |
1 |
De 6 a 8 |
2 |
De 9 a 11 |
3 |
De 12 a 14 |
4 |
De 15 a 17 |
5 |
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
GUIA LEP DE GASTOS PERMITIDOS Y NO PERMITIDOS
|
Guía LEP Gastos Permitidos y No Permitidos para las convocatorias en las líneas de producción y circulación. |
2 |
GUÍA LEP PARA LAS CONVOCATORIAS CON RECURSOS DE LA CONTRIBUCIÓN PARAFISCAL CULTURAL
|
Documento para orientar el conocimiento de la Ley 1493 de 2011 y la consecuente formulación de propuestas que buscan ejecutar recursos de la contribución parafiscal cultural. |
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
FORMATO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTA BECA LEP FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO Y DE CIRCO 2025
(archivo Word o PDF) |
Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuestas definido para la convocatoria, diligenciando la totalidad de los ítems solicitados. Una vez diligenciado guárdelo en formato PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea - SICON. Además, lea atentamente las condiciones de participación del Programa Distrital de Estímulos 2025, así como, las condiciones específicas de esta convocatoria. |
2 |
Formato Presupuesto y Cronograma Equipo de trabajo
(archivo Word o PDF) |
Descargue y diligencie en su totalidad el Formato Presupuesto-Cronograma- Equipo de trabajo. Guárdelo y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. Nota 1: Tenga en cuenta que el archivo consta de tres (3) hojas excel, las cuales deben ser totalmente diligenciadas. Nota 2: Este formato debe cargarlo en la plataforma SICON en formato Excel. Dado que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución parafiscal de los Espectáculos Públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto, los participantes deberán revisar el concepto del Ministerio de Cultura sobre gastos administrativos no aceptables, los cuales no podrán cargarse a los recursos solicitados al Idartes. Consulte el anexo: Guía de gastos permitidos y no permitidos |
3 |
Formato de Declaración juramentada del lugar de residencia
(archivo Word o PDF) |
En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, firmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin. |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
RESOLUCIÓN No 99 (17 DE FEBRERO DE 2025)
|
«Por medio de la cual se da apertura a las convocatorias de la “Ley de Espectáculos Públicos LEP 2025” del Programa Distrital de Estímulos 2025, que incluyen acciones contempladas en los proyectos de inversión de la Subdirección de las Artes del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES» |
2 |
Acta y listado definición perfiles de Personas Expertas para el sector cultura convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - IDARTES 2025
|
En este documento consulte los perfiles establecidos para participar en el Banco de Personas Expertas del sector cultura convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - IDARTES 2025 |
Listados
Categoría: CATEGORÍA 1: FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRONo. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Listado de participantes inscritos BECA LEP FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO Y DE CIRCO 2025
|
Listado de participantes inscritos BECA LEP FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO Y DE CIRCO 2025_CATEGORÍA 1: FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO |
2 |
Listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y documentos por subsanar en la BECA LEP FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO Y DE CIRCO 2025
|
Listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y documentos por subsanar en la BECA LEP FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO Y DE CIRCO 2025_CATEGORÍA 1: FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO |
3 |
Listado definitivo de Habilitados y No Habilitados en la BECA LEP FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO Y DE CIRCO 2025_CATEGORÍA 1: FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO
|
Listado definitivo de Habilitados y No Habilitados en la BECA LEP FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO Y DE CIRCO 2025_CATEGORÍA 1: FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO |
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Listado de participantes inscritos BECA LEP FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO Y DE CIRCO 2025
|
Listado de participantes inscritos BECA LEP FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO Y DE CIRCO 2025_CATEGORÍA 2: FESTIVALES INDEPENDIENTES DE CIRCO |
2 |
Listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y documentos por subsanar en la BECA LEP FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO Y DE CIRCO 2025
|
Listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y documentos por subsanar en la BECA LEP FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO Y DE CIRCO 2025_CATEGORÍA 2: FESTIVALES INDEPENDIENTES DE CIRCO |
3 |
Listado definitivo de Habilitados y No Habilitados en la BECA LEP FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO Y DE CIRCO 2025_CATEGORÍA 2: FESTIVALES INDEPENDIENTES DE CIRCO
|
Listado definitivo de Habilitados y No Habilitados en la BECA LEP FESTIVALES INDEPENDIENTES DE TEATRO Y DE CIRCO 2025_CATEGORÍA 2: FESTIVALES INDEPENDIENTES DE CIRCO |
Avisos modificatorios

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