BECA DE ACTIVACIÓN DE ESPACIOS DE LA GALERÍA SANTA FE 2025
Programa Distrital de Estímulos
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Documentación de la convocatoria
Información básica
El Instituto Distrital de las Artes invita a presentar proyectos de activación de los espacios de la Galería Santa Fe, diferentes a las salas de exposición, que promuevan y fortalezcan los espacios físicos de la Galería Santa Fe y las comunidades que los rodean mediante el diseño de un proyecto artístico de activación y apropiación de la plazoleta exterior, el muro norte de la fachada de la Galería Santa Fe y la conexión vertical que vincula la Galería con la Plaza de mercado La Concordia.
La propuesta ganadora deberá plantear el desarrollo de intervenciones efímeras en artes plásticas, arte sonoro, artes vivas e instalaciones interactivas concebidas para vincular física y conceptualmente la fachada norte, la Plazoleta y la conexión vertical de la Galería Santa Fe con las comunidades y el entorno inmediato del equipamiento.
La propuesta debe contemplar la realización de tres (3) eventos para poner en escena los últimos viernes de cada mes, entre las 12 m. y las 6 p.m., durante tres meses consecutivos. Es decir, cada evento se presenta una vez al mes. En caso de que la Noche de Museos 2025 coincida con los tiempos de ejecución de la beca, el ganador deberá realizar una de sus activaciones durante esa noche.
Es importante tener en cuenta que:
- Los tres eventos deben activar la plazoleta de la Galería Santa Fe, el muro norte de la fachada y la conexión vertical que la vincula con la Plaza de mercado La Concordia.
- Una de las tres activaciones de la Plazoleta deberá complementarse con el desarrollo de una intervención artística sobre el muro norte de la fachada de la Galería Santa Fe (Ver anexo 2). Esta intervención podrá tener la naturaleza que decida el participante (cartelismo, proyecciones, mapping, entre otras). Independientemente del medio seleccionado por el ganador, una vez finalice el tiempo de ejecución deberá desmontar las intervenciones y entregar los espacios (plazoleta y muro norte) como los recibió. El ganador debe aportar los materiales para el desarrollo de su intervención y en caso de seleccionar cartelismo deberá utilizar un engrudo a base de componentes naturales con el fin de no deteriorar el muro exterior (se recomienda utilizar un engrudo a base de yuca).
- Una de las tres activaciones de la plazoleta deberá complementarse con el desarrollo de una actividad en la conexión vertical que vincule la Galería Santa Fe y la Plaza de Mercado La Concordia. Esta actividad podrá tener la naturaleza que decida el participante (conferencia, charla, performance, taller, entre otras). Independientemente del tipo de actividad seleccionada por el ganador, una vez finalice deberá entregar el espacio como lo recibió. El ganador debe aportar los materiales para el desarrollo de su actividad.
La propuesta ganadora de la Beca de Activación de Espacios de la Galería Santa Fe 2025 podrá desarrollar y orientar su propuesta en el marco del concepto curatorial de la primera Bienal de Bogotá BOG25: Ensayos sobre la felicidad que tendrá lugar entre el 20 de septiembre y el 7 de noviembre de 2025. BOG25 invita a reflexionar sobre el vínculo entre la ciudad y la búsqueda de bienestar. El concepto revela tensiones latentes entre la necesidad de disfrutar y el imperativo de ser feliz, abordado desde una perspectiva crítica. Al ser convertida en un objetivo cuantificable y alcanzable mediante fórmulas preestablecidas, se corre el riesgo de despojar el concepto de felicidad de su dimensión más profunda y subjetiva, reduciéndola a un producto más del mercado de auto-ayuda. El proyecto curatorial ahonda en múltiples posibilidades del concepto: Goce y Ocio se centra en la acción colectiva, el carnaval y el juego; Ritual y Naturaleza examina los paraísos artificiales, los estados alterados y los procesos de sanación; Estratigrafías aborda la segregación y la endogamia en una ciudad donde se divide la población en estratos; Tierra Fría se centra en Bogotá como una de las pocas ciudades de clima frío en un país tropical, y examina su ecosistema; La Promesa aborda esta expansiva metrópolis como un lugar de acogida y la aspiración a una vida mejor y Optimismo Tóxico trata críticamente el auge de la literatura de autoayuda y el negocio ligado a la búsqueda de la felicidad.
Enfoque(s): Disciplinar
Línea(s) estratégica(s): Circulación
Área(s): Artes plásticas y visuales
Número de estímulos: 1
Total de recursos: $ 19.950.000
Descripción general de los recursos a otorgar:
Se otorgará un (1) estímulo por DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($19.950.000).
El valor de los estímulos está sujeto a las retenciones de ley.
Perfiles de los jurados
Perfil 1
Profesional con título de posgrado en las áreas de las Artes Plásticas y Visuales o gestión cultural; que cuente con experiencia de cinco (5) años en el área de las Artes Plásticas, Artes Visuales, o gestión cultural.
Debe contar con la realización de cuatro (4) proyectos de creación o circulación en Artes Plásticas y/o Artes Visuales y con posgrado en Artes Plásticas y Visuales o gestión cultural. El jurado debe residir en la ciudad de Bogotá.
Requisitos del Perfil:
A. El/La jurado debe tener formación universitaria en Artes Plásticas y/o Artes Visuales.
B. El/La jurado debe tener experiencia de cinco (5) años en el área de las Artes Plásticas, Artes Visuales, o gestión cultural. Debe contar con la realización de cuatro (4) proyectos de creación o circulación en Artes Plásticas y/o Artes Visuales
C. El / La jurado debe contar con un posgrado en artes plásticas y visuales o gestión cultural.
D. El/La jurado debe residir en la ciudad de Bogotá.
Nota: el perfl del jurado 1 no puede haber sido jurado de la Beca activación de espacios de la Galería Santa Fe de la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales del Idartes en el Programa Distrital de Estímulos (PDE) 2024, y solamente puede ser jurado de un (1) estímulo de esta gerencia en el PDE 2025.
Área conocimiento: Bellas Artes
Campo de experiencia:
Cinco (5) años de experiencia en el área de las Artes Plásticas y Visuales o Gestión Cultural; y con la realización de cuatro (4) proyectos de creación o circulación en Artes Plásticas o Artes Visuales.
Nota 1: En caso de que no se postule una persona con el puntaje suficiente para el perfil tres y no se encuentre en el banco de expertos a una persona con el tercer perfil, se elegirá a la persona del perfil 1 o 2 que tenga el puntaje más alto.
Área perfil: Artes plásticas y visuales
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Especialización , Maestría , Doctorado
¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá
Perfil 2
Profesional del área de las Artes Plásticas y Visuales, Humanidades o Historia del Arte, que cuente con experiencia de cinco (5) años en las áreas de las Artes Plásticas y Visuales, Humanidades o Historia del Arte, como también con la realización de cuatro (4) proyectos de creación o circulación en Artes Plásticas o Artes Visuales. El jurado debe residir en la ciudad de Bogotá.
Requisitos del Perfil:
A. El/La jurado debe tener formación universitaria en el área de las Artes Plásticas y Visuales, Humanidades o Historia del Arte.
B. Experiencia de cinco (5) años en las áreas de las Artes Plásticas y Visuales, Humanidades o Historia del Arte como también la realización de cuatro (4) proyectos de creación o circulación en Artes Plásticas o Artes Visuales.
C. El/La jurado debe residir en la ciudad de Bogotá.
Nota: El perfl del jurado 2 no puede haber sido jurado de la Beca activación de espacios de la Galería Santa Fe de la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales del Idartes en el Programa Distrital de Estímulos (PDE) 2024, y solamente puede ser jurado de un (1) estímulo de esta gerencia en el PDE 2025.
Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas
Campo de experiencia:
Cinco (5) años de experiencia en el área de las Artes Plásticas y Visuales, Humanidades o Historia del Arte; y con la realización de cuatro (4) proyectos de creación, circulación o investigación en Artes Plásticas o Artes Visuales.
Área perfil: Artes plásticas y visuales
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Universitaria
¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá
Perfil 3
Artista empírico/a con experiencia certificada de ocho (8) años en las áreas de las Artes Plásticas y Visuales o Gestión Cultural. Debe contar con la realización de cinco (5) proyectos de creación o circulación en Artes Plásticas o Artes Visuales. El/La jurado debe residir en Bogotá.
Requisitos del Perfil:
A. El/La jurado no necesita contar con formación universitaria.
B. Campos de experiencia o trayectoria: creación o circulación en las áreas de las Artes Plásticas y Visuales o Gestión Cultural.
C. Experiencia certificada de ocho (8) años en las áreas de las Artes Plásticas y Visuales o Gestión Cultural. Debe contar con la realización de cinco (5) proyectos de creación o circulación en Artes Plásticas o Artes Visuales.
C. El/La jurado debe residir en Bogotá.
Nota: El/La jurado del perfil 3 no puede haber sido jurado de la Beca activación de espacios de la Galería Santa Fe de la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales del Idartes en el Programa Distrital de Estímulos (PDE) 2024, y solamente puede ser jurado de un (1) estímulo de esta gerencia en el PDE 2025.
Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas
Campo de experiencia:
Ocho (8) años de experiencia certificada en el área de las Artes Plásticas y Visuales, Gestión Cultural. Debe contar con la realización de cinco (5) proyectos de creación o circulación en Artes Plásticas o Artes Visuales.
Nota 1: En caso de que no se postule una persona con el puntaje suficiente para el perfil tres y no se encuentre en el banco de expertos a una persona que requiera con el tercer perfil, se elegirá a la persona del perfil 1 o 2 que tenga el puntaje más alto.
Área perfil: Artes plásticas y visuales
Formación profesional: No requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: null
¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
---|---|---|
Fecha de publicación | 19/02/2025 | Desde la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con cinco días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@idartes.gov.co |
Fecha de apertura | 27/02/2025 | |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 18/03/2025 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 21/03/2025 17:00:00 | |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 09/04/2025 | |
Fecha máxima de publicación de resolución de ganadores | 03/06/2025 | En esta fecha se publicará la Resolución de ganadores y se podrá consultar en la sección Tenga en cuenta/apartado Resoluciones. |
Fecha máxima de ejecución | 17/11/2025 | Tenga en cuenta que para esta fecha el proyecto debe estar ejecutado al 100% y el informe final (si aplica) deberá estar aprobado por parte del área misional del Instituto Distrital de las Artes - Idartes que realiza acompañamiento a la ejecución de la propuesta. |
Justificación
La BECA DE ACTIVACIÓN DE ESPACIOS DE LA GALERÍA SANTA FE 2025 tiene como fin responder a las necesidades de circulación de propuestas de intervención in situ generadas a partir de acciones conceptuales, formales, arquitectónicas, geográficas, políticas, entre otras, y que están vinculadas a las prácticas propias de las artes plásticas y visuales. Su principal meta consiste en impulsar estrategias que integren el espacio público con las dinámicas particulares de la Galería Santa Fe y activar nuevas relaciones espaciales que de alguna manera permitan dar nuevos significados al entorno de este espacio expositivo.
Objeto
Activar los espacios de la Galería, diferentes a las salas de exposición. El propósito de esta convocatoria es apoyar el desarrollo de proyectos de circulación, creación y formación en artes plásticas y visuales, que promuevan y fortalezcan los espacios físicos de la Galería Santa Fe y las comunidades que los rodean.
Los espacios que se activarán por medio de esta beca son la plazoleta exterior de la Galería Santa Fe y el muro de la fachada norte de la Galería Santa Fe.
Nota: Para más detalles sobre la activación de cada espacio, consulte la información básica de la presente beca.
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
---|---|
Agrupación | Agrupaciones conformadas únicamente por personas naturales, mayores de 18 años que residan en Bogotá o que hasta un 50% de sus integrantes resida en los municipios: Soacha, Facatativá, Zipaquirá, Chía, Mosquera, Madrid, Funza, Cajicá, Sibaté, Tocancipá, La Calera, Sopó, Tabio, Tenjo, Cota, Gachancipá o Bojacá y que acrediten la participación en el desarrollo, implementación y finalización de mínimo dos (2) proyectos de creación o circulación en artes plásticas y visuales, artes digitales o interactivas, diseño o prácticas afines a cualquiera de estas disciplinas. Esta experiencia podrá certificarse como agrupación o a partir de la suma de la experiencia de sus integrantes. |
Persona Natural | Ciudadano(a) colombiano(a) o extranjero(a), mayor de 18 años, con residencia en Bogotá, que de manera individual presente una propuesta y que acredite la participación en el desarrollo, implementación y finalización de mínimo dos (2) proyectos de creación o circulación en artes plásticas y visuales, artes digitales o interactivas, diseño o prácticas afines a cualquiera de estas disciplinas. |
Quiénes no pueden participar
Adicionalmente a las restricciones de participación establecidas en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025, en esta convocatoria no pueden participar:
- Personas jurídicas.
- Los ganadores de la convocatoria BECA DE ACTIVACIÓN DE ESPACIOS DE LA GALERÍA SANTA FE 2024 (incluidos los integrantes de las agrupaciones ganadoras).
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Documento de identidad de persona natural participante. | Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación. |
pdf |
5 MB |
2 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de la persona natural participante. | Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin (Consultar el apartado Formatos). |
pdf |
5 MB |
3 | Documento de identidad del representante de la agrupación participante. | Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación. |
pdf |
5 MB |
4 | Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante. | Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación. |
pdf |
10 MB |
5 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación. | Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin (Consultar el apartado Formatos). |
pdf |
10 MB |
6 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de la persona natural participante. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de la persona natural participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
pdf |
10 MB |
7 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de cada uno de los integrantes de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
pdf |
10 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Formato para la presentación de propuesta_BECA DE ACTIVACIÓN DE ESPACIOS DE LA GSF 2025 | Descargue y diligencie en su totalidad el formato para la presentación de la propuesta, definido para esta convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección FORMATOS en el menú lateral de esta página. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. Nota 1. De acuerdo a las condiciones generales de participación, en la plataforma de inscripción sólo se aceptarán los documentos técnicos en los formatos aquí solicitados. Por lo tanto, no serán tenidos en cuenta enlaces que reúnan la documentación técnica en plataformas de almacenamiento como Google Drive, Dropbox, Microsoft OneDrive, Mega, WeTransfer, etc. Nota 2. El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será inhabilitada. Asegúrese de presentar todos los documentos técnicos solicitados. Nota 3. No incluir el formato para presentación de propuesta o cualquiera de los formatos diseñados específicamente para esta convocatoria será una causal de inhabilitación. Para cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria comuníquese al correo contactenos@idartes.gov.co, o a través de la línea (601) 3795750 Ext. 3700, 3701, 3702, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:30 p.m. |
pdf |
15 MB |
2 | Formato de Presupuesto - BECA DE ACTIVACIÓN DE ESPACIOS DE LA GSF 2025 | Descargue y diligencie en su totalidad el Formato de presupuesto definido para esta convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección FORMATOS en el menú lateral de esta página. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. Tenga en cuenta las recomendaciones dentro del formato. |
pdf |
15 MB |
3 | Formato de Cronograma - BECA DE ACTIVACIÓN DE ESPACIOS DE LA GSF 2025 | Descargue y diligencie en su totalidad el Formato de cronograma definido para esta convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección FORMATOS en el menú lateral de esta página. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción. destinado para tal fin. Tenga en cuenta las recomendaciones dentro del formato. |
pdf |
15 MB |
4 | Carta de compromiso de cofinanciación con firma manuscrita por el representante de la agrupación, persona natural, o la persona que cofinanciará la propuesta | Carta en la cual se especifiquen las condiciones de la cofinanciación. Esta carta es necesaria si la propuesta va a recibir algún aporte de cofinanciación, conforme con lo contenido en el presupuesto. Así mismo, aplica en caso de que la propuesta supere el monto de DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($19.950.000) establecido como valor de la beca. (si aplica). |
pdf |
5 MB |
5 | Soportes de la experiencia y trayectoria del participante | Adjunte en la plataforma en un solo PDF los soportes de experiencia y trayectoria de la persona natural, o de la agrupación participante o de sus integrantes, conforme con lo indicado en la sección ‘Tipo de participante’. (Por ejemplo: catálogos de exposición, reseñas, artículos de prensa, etc). Tenga en cuenta que los soportes deben contener el nombre claro de la persona natural, de la agrupación o de sus integrantes, según corresponda. |
pdf |
15 MB |
Criterios de evaluación
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Solidez conceptual y formal de la propuesta. |
0 a 30 |
2 | Relación formal y conceptual del proyecto con el entorno de la Galería Santa Fe. |
0 a 30 |
3 | Viabilidad técnica y económica de la propuesta. |
0 a 25 |
4 | Trayectoria de la agrupación o persona natural. |
0 a 15 |
De conformidad, con lo establecido en el ítem Selección de Propuestas Ganadoras, de las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025, el puntaje mínimo para que una propuesta sea considerada como elegible debe ser igual o superior a 70 puntos ponderados. Las propuestas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de evaluación. *Que una propuesta obtenga un puntaje asignado de 70 puntos o más, no implica su selección como ganadora. |
Derechos específicos de las y los ganadores
Adicionalmente a lo establecido en el apartado de derechos de los ganadores de las Condiciones generales de participación del PDE 2025, los ganadores tienen derecho a:
1. Recibir el estímulo de acuerdo con las siguientes condiciones:
1.1 Un primer desembolso: equivalente al setenta por ciento (70%) del valor del estímulo económico, una vez el ganador entregue a estas dependencias del Idartes los siguientes documentos:
- Área de convocatorias del Instituto Distrital de las Artes - Idartes: documentos señalados en las Condiciones generales de participación para la legalización del estímulo, en las fechas indicadas.
- Gerencia de Artes Plásticas del Instituto Distrital de las Artes - Idartes:
A. Cronograma detallado de trabajo para el logro de las actividades propuestas y del proyecto ganador.
B. Presupuesto detallado de trabajo para el logro de las actividades propuestas y del proyecto ganador.
C. Bocetos o imágenes en alta calidad de la conceptualización del proyecto.
D. Documento PDF del proyecto para consulta pública y apoyo de divulgación de la propuesta en la página de la Galería Santa Fe (http://galeriasantafe.gov.co). Este PDF debe ser diagramado con la identidad visual propia del proyecto y debe contener la siguiente información:
* Nombre de la convocatoria
* Nombre del proyecto
* Nombre del participante
* Un proyecto de extensión máxima de dos mil (2000) palabras que incluya todos los elementos de la siguiente lista:
- Descripción y lineamientos conceptuales del proyecto.
- Objetivo General
- Metas o Productos del proyecto
- Metodología
- Propuesta de socialización
- Reseña de la agrupación o persona natural participante. (redes sociales o página web de la agrupación o persona natural)
- Referentes visuales, imágenes, bocetos, planos o propuesta museográfica del proyecto.
- Bibliografía completa, es decir, si usted cita textualmente autores y obras, indíquelo usando el sistema de referencia bibliográfica que prefiera en el texto y en una sección de referencias bibliográficas al final del documento.
1.2 Recibir un segundo y último desembolso: correspondiente al treinta por ciento (30%) del valor del estímulo, previa entrega de:
A. Informe de ejecución de actividades diligenciado en el formato entregado por la Gerencia de Artes Plásticas del Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
B. Reporte de gastos diligenciado en el formato entregado por la Gerencia de Artes Plásticas del Instituto Distrital de las Artes - Idartes. Los soportes de los gastos podrán ser solicitados en el marco de la ejecución de la beca.
C. Listados de asistencia diligenciados en el formato entregado por la Gerencia de Artes Plásticas del Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
D. Documento en Word que recopile los textos curatoriales por actividad realizada en el proyecto, relacionando los nombres de las personas que hicieron parte de ésta junto con una breve reseña de su trayectoria.
E. Formato de informe cuantitativo poblacional en el formato entregado.
F. Formato de licencia de uso de imagen entregado por la Gerencia de Artes Plásticas del Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
G. Registro fotográfico, videográfico o sonoro de todas las actividades realizadas en el marco del proyecto (en alta y baja resolución).
H. Formato de registro de imágenes para catálogo entregado por la Gerencia de Artes Plásticas del Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
Nota: Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad.
Al 100% del valor del estímulo económico se le aplicarán las retenciones tributarias a las que haya lugar.
2. Recibir apoyo de la Gerencia de Artes Plásticas y la Galería Santa Fe en las tareas de divulgación, mediación para la apropiación social y acompañamiento técnico y conceptual para el desarrollo de los proyectos.
Nota: Tenga en cuenta que el apoyo en la divulgación por parte de la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales, se realizará según el tráfico de programación de las redes sociales de la Galería Santa Fe y del Idartes. Los participantes deben contar con un plan de comunicaciones y divulgación. Adicionalmente deben garantizar la realización de registro fotográfico y/o audiovisual que se complementará con el registro para catálogo que realizará la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales.
Deberes específicos de las y los ganadores
Además de los deberes contemplados en las Condiciones generales de participación del PDE 2025, las personas ganadoras deberán acatar los siguientes lineamientos:
1. Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de ganadores: El Idartes enviará un correo electrónico certificado de notificación al correo suministrado por el ganador, quien tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha y hora de recibo del correo, para dar su respuesta manifestando la aceptación o no del estímulo de forma expresa y para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del estímulo. Si pasados diez (10) días hábiles la Entidad no recibe la aceptación o rechazo del estímulo y los documentos requeridos para la legalización del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, entenderemos que el ganador renuncia el estímulo, el cual le será asignado al suplente, si lo hubiere.
2. Constituir póliza de cumplimiento de disposiciones legales de acuerdo a lo establecido en el numeral 7.2.1. de las Condiciones Generales de Participación - PDE 2025.
3. Entregar a la Gerencia de Artes Plásticas del Instituto Distrital de las Artes – Idartes los archivos para aprobación de las piezas de divulgación, el cronograma y demás información que se le solicite sobre las actividades de formación y circulación, mínimo un (1) mes antes de su realización, así como cualquier otro material que le sea requerido para efectos de registro y divulgación. La persona natural, o la agrupación ganadora debe entregar el diseño de piezas que corresponden a la divulgación de las exposiciones que se desarrollan en la Galería Santa Fe: pendón, pieza digital para home de la página de la Galería Santa Fe, y pieza digital en formato cuadrado para divulgación en redes sociales.
4. En lo relacionado con la producción de imagen y piezas gráficas del proyecto los participantes deberán:
* Incluir, de manera obligatoria, los logotipos del Instituto Distrital de las Artes - Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación relacionadas con la propuesta, tales como impresos, menciones, anuncios, entre otros, conforme a las indicaciones que se proporcionen por la Oficina Asesora de Comunicaciones (OAC). Además, podrán incluirse otros logotipos que se sugieran por la OAC, siempre con la aprobación previa del equipo encargado de la unidad de gestión correspondiente, en coordinación con el área de Comunicaciones del Idartes.
* Todas las piezas de divulgación que se generen en el marco de la ejecución del estímulo deberán contar con el visto bueno de la Unidad de Gestión encargada del seguimiento del proyecto y la Oficina Asesora de Comunicaciones del Idartes, antes de su difusión. Ningún contenido podrá ser publicado sin la aprobación formal de dichas instancias.
* El ganador del estímulo se compromete a garantizar la correcta utilización de la imagen institucional del Idartes, manteniendo siempre un manejo adecuado y respetuoso de su reputación. Asimismo, deberá suscribir los documentos correspondientes que autoricen la reproducción de las obras incluidas en la propuesta ganadora, así como el uso de dichas obras con fines de divulgación, conforme a lo que el Idartes determine. El participante ganador será responsable de mantener indemne al Idartes ante cualquier reclamación relacionada con el contenido de las propuestas presentadas.
* Normas éticas y legales: Las piezas de comunicación y divulgación deberán cumplir estrictamente con los principios de veracidad, legalidad, ética y el respeto a los derechos de propiedad intelectual, y deberán estar alineadas con la imagen y los valores institucionales del Idartes, evitando en todo momento cualquier forma de discriminación, difamación o contenido inapropiado.
* Gestionar los derechos de las imágenes, archivos sonoros, entre otras obras preexistentes utilizadas, si a ello hubiere lugar.
* Bajo ninguna circunstancia se podrá divulgar material sin la aprobación previa de la Oficina Asesora de Comunicaciones y el equipo encargado del seguimiento y gestión del estímulo.
5. Reportar a la Gerencia de Artes Plásticas del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, el número de beneficiarios que asistieron a las actividades realizadas en el marco de la beca.
6. Cumplir con los protocolos de uso de los espacios gestionados por la Gerencia de Artes Plásticas del Instituto Distrital de las Artes - Idartes y las condiciones de préstamo, entregando el lugar al final de la actividad en las mismas condiciones en que lo recibió.
7. Los espacios de la Galería Santa Fe cuentan con personal de mantenimiento y vigilancia permanente para el cuidado de las obras, pero no existe un compromiso de seguros adicionales vigente, por tanto, el participante de la muestra es libre de asegurar sus obras si así lo desea. Durante el ingreso de obras se realizará un acta con el estado de conservación de la pieza al momento de recepción.
8. Cumplir con todas las reuniones y actividades programadas por el Instituto para el desarrollo, seguimiento y finalización del proyecto.
9. Entregar a la Gerencia de Artes Plásticas del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, dos semanas antes de la fecha máxima de ejecución, todos los documentos solicitados que conforman el informe final; con el fin de tramitar el último desembolso.
TENGA EN CUENTA QUE: El material producto del estímulo hará parte de la colección bibliográfica de la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales del Idartes, por lo que podrá ser editado, publicado y circulado libremente a través de impresiones, reimpresiones o reediciones, en formato impreso o digital de cualquier tipo u otros mecanismos para su circulación y uso en soportes tecnológicos para el acceso y la descarga libres. También, se alojará de forma digital en la página web de la Galería Santa Fe: www.galeriasantafe.gov.co con el objetivo de conformar un histórico del estímulo, por lo que será editado, publicado y circulado libremente en formato digital en mecanismos para su circulación y uso en soportes tecnológicos, tales como computadores, tabletas, lectores digitales, teléfonos inteligentes y similares. El uso del material por parte del Idartes no generará ningún recaudo de tipo económico. Todas las decisiones editoriales de las publicaciones que le competen al Idartes serán tomadas por la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales del Idartes, de acuerdo con su política editorial. Ni la participación en esta convocatoria, ni el estímulo obtenido, significan una cesión a la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales ni al Instituto Distrital de las Artes de los derechos de autor de los participantes o del ganador(a), quienes son los únicos titulares de los derechos patrimoniales y morales de sus obras. Tampoco se harán modificaciones ni ediciones en las obras de los artistas sin previa aprobación de los mismos.
10. No se permiten cambios en los proyectos, durante la ejecución de las propuestas. Las modificaciones en el cronograma o presupuesto solamente serán aprobadas por la Gerencia de Artes Plásticas, si están debidamente justificadas. En caso de que, por motivos de fuerza mayor, sea necesario efectuar un cambio en la propuesta, estos deben presentarse bajo lo establecido en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos 2025.
11. Utilizar la totalidad del estímulo otorgado para la ejecución del proyecto seleccionado y para cubrir todos los costos que deriven del proyecto, además de aquellos que no estén contemplados en la propuesta.
12. Desarrollar la totalidad del estímulo dentro del respeto y buen trato a todas las personas e instituciones vinculadas en el proyecto y su ejecución. La Galería Santa Fe es un espacio libre de maltrato físico, verbal o psicológico.
13. Cumplir con los protocolos de uso y las condiciones de préstamo de los espacios de la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, entregando el espacio en las mismas condiciones en que los recibió.
14. Atender los requerimientos que la Entidad realice en virtud de presuntos incumplimientos que se llegaran a presentar durante la ejecución de la propuesta, de acuerdo a lo señalado en el numeral 7.7. de las Condiciones Generales de Participación – PDE 2025.
15. Si presentó su propuesta como agrupación y requiere solicitar un cambio de integrante, debe tener en cuenta lo establecido en el ítem Proceso para Ganadores PDE, de las Condiciones Generales de Participación, así como la siguiente información acerca del número de cambios permitidos:
No. de integrantes |
No. de Cambios aceptados |
De 3 a 5 |
1 |
De 6 a 8 |
2 |
De 9 a 11 |
3 |
De 12 a 14 |
4 |
De 15 a 17 |
5 |
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Plano de la Plazoleta de la Galería Santa Fe
|
Plano de la Plazoleta de la Galería Santa Fe.( ACTIVACIÓN DE LA PLAZOLETA DE LA GALERÍA SANTA FE). Anexo 1_Plano Plazoleta Galería Santa Fe.pdf Los equipos de la Galería Santa Fe están disponibles para uso de cada uno de los proyectos, sin embargo están sujetos a disponibilidad. Cada artista / agrupación debe contemplar el alquiler de equipos y elementos en su presupuesto de manera obligatoria. |
2 |
Plano de la fachada de la Galería Santa Fe y medidas de los muros que rodean la Conexión vertical
|
Plano de la fachada de la Galería Santa Fe. (MURO NORTE DE LA FACHADA DE LA GALERÍA SANTA FE Y LOS MUROS QUE RODEAN LA CONEXIÓN VERTICAL). Anexo 2. Plano fachada Galería Santa Fe.pdf Los equipos de la Galería Santa Fe están disponibles para uso de cada uno de los proyectos, sin embargo están sujetos a disponibilidad. Cada artista / agrupación debe contemplar el alquiler de equipos y elementos en su presupuesto de manera obligatoria. |
3 |
Concepto curatorial BOG25: Bienal de Arte y Ciudad
|
Para contribuir a la formulación de propuestas que quieran orientarse en el marco de la Bienal. |
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Formato Presentación del proyecto - Beca de activación de espacios de la Galería Santa Fe 2025
(archivo Word o PDF) |
Este formato es requerido para esta convocatoria, por lo que deberá descargarlo, diligenciarlo en su totalidad, guardarlo en PDF y adjuntarlo en el campo destinado para tal fin. |
2 |
Formato cronograma - Beca de activación de espacios de la Galería Santa Fe 2025
(archivo Word o PDF) |
Este formato es requerido para esta convocatoria, por lo que deberá descargarlo, diligenciarlo en su totalidad, guardarlo en PDF y adjuntarlo en el campo destinado para tal fin. |
3 |
Formato presupuesto -- Beca de activación de espacios de la Galería Santa Fe 2025
(archivo Word o PDF) |
Este formato es requerido para esta convocatoria, por lo que deberá descargarlo, diligenciarlo en su totalidad, guardarlo en PDF y adjuntarlo en el campo destinado para tal fin. |
4 |
Formato de Declaración juramentada del lugar de residencia
(archivo Word o PDF) |
En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, firmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin. |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Resolución de Apertura No. 97 de 17 de febrero de 2025
|
«Por medio de la cual se da apertura al Programa Distrital de Estímulos 2025 para las convocatorias que incluyen acciones contempladas en los proyectos de inversión de la Subdirección de las Artes del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES» |
2 |
Acta y listado definición perfiles de Personas Expertas para el sector cultura convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - IDARTES 2025
|
En este documento consulte los perfiles establecidos para participar en el Banco de Personas Expertas del sector cultura convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - IDARTES 2025. |
3 |
Resolución Aclaratoria No. 133 de 26 de febrero de 2025
|
Por medio de la cual se corrigen errores formales en la Resolución No. 97 del 17 de febrero de 2024 «Por medio de la cual se da apertura al Programa Distrital de Estímulos 2025 para las convocatorias que incluyen acciones contempladas en los proyectos de inversión de la Subdirección de las Artes del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES» |
Listados
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Listado de participantes inscritos
|
Listado de participantes inscritos BECA DE ACTIVACIÓN DE ESPACIOS DE LA GALERÍA SANTA FE 2025. |
2 |
Listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar
|
Listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar BECA DE ACTIVACIÓN DE ESPACIOS DE LA GALERÍA SANTA FE 2025. |
3 |
Listado definitivo de habilitados y no habilitados
|
Listado definitivo de habilitados y no habilitados BECA DE ACTIVACIÓN DE ESPACIOS DE LA GALERÍA SANTA FE 2025. |
Avisos modificatorios

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