Convocatoria Publicada
IDARTES

BECA LEP - CIRCULACIÓN EN TERRITORIOS - CULTURAS EN COMÚN 2025

Ley de espectáculos públicos

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Listado definitivo de Habilitados y No Habilitados en la BECA LEP - CIRCULACIÓN EN TERRITORIOS - CULTURAS EN COMÚN 2025

04/25

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Listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y documentos por subsanar en la BECA LEP - CIRCULACIÓN EN TERRITORIOS - CULTURAS EN COMÚN 2025

04/25

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Listado de participantes inscritos BECA LEP - CIRCULACIÓN EN TERRITORIOS - CULTURAS EN COMÚN 2025

03/25

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Acta y listado definición perfiles de Personas Expertas para el sector cultura convocatorias BECAS LEP Subdirección de Equipamientos Culturales - IDARTES 2025

02/25

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RESOLUCIÓN No 96 (17 DE FEBRERO DE 2025)

02/25

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DOCUMENTOS

Información básica

La Subdirección de Equipamientos Culturales del IDARTES, a través del Programa Culturas en Común, busca incentivar la producción y circulación de obras o espectáculos de las artes escénicas a nivel territorial, ampliando las nuevas apuestas de fomento que contribuyen al fortalecimiento de las prácticas artísticas en los diversos territorios de Bogotá. Esta iniciativa está dirigida a agrupaciones y personas jurídicas que realicen propuestas de carácter comunitario y artístico en la ciudad.

Se apoyará la producción para la circulación de obras o espectáculos que contemple la realización de cinco (5) funciones de la misma obra o espectáculo en espacios convencionales o no convencionales de carácter institucional, independiente o comunitario, en donde las propuestas sean pertinentes en cuanto a las características socioculturales del entorno. Esta estrategia se denomina Circulación en Territorios Culturas en Común, que harán parte de las actividades artísticas del Programa Culturas en Común, y deberá contar con las siguientes características:

  • Las obras o espectáculos que se presenten deberán ser acordes con los criterios técnicos del pequeño formato. Al respecto, tener en cuenta que se entiende por pequeño formato a un tipo de escenario teatral que se encuentra en espacios más íntimos, como teatros de cámara, salas pequeñas o incluso espacios no convencionales. Estos escenarios pueden albergar producciones escénicas de menor escala, con un enfoque en la cercanía y la conexión directa entre los actores y el público.
  • Producción y circulación de artistas u organizaciones de las artes escénicas (teatro, música, danza, magia y circo sin animales) de carácter comunitario en diferentes espacios (convencionales o no convencionales de carácter institucional, independiente o comunitario) de la ciudad, preferiblemente coherentes y pertinentes con las características socioculturales de los diferentes entornos.
  • La definición de espacios y fechas, y la disposición de las condiciones técnicas y logísticas para la realización de las funciones se realizará de la mano del Programa Culturas en Común de la Subdirección de Equipamientos Culturales, posterior a la definición de ganadores. Los que resulten   ganadores de la beca serán responsables de tramitar las autorizaciones respectivas ante la Secretaría Distrital de Gobierno, mediante la plataforma Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital - SUGA (https://www.sire.gov.co/suga), cumpliendo con todos los requisitos allí previstos.
  • Las agrupaciones o personas jurídicas interesadas en participar deben tener experiencia en la implementación de proyectos comunitarios o con enfoque territorial a través de los lenguajes artísticos, reconociendo el valor de la acción cultural popular y su impacto social en las comunidades. 
  • Las funciones deberán desarrollarse en al menos tres (3) localidades distintas que no presenten sobreoferta artística y cultural. Para ello, las agrupaciones o personas jurídicas interesadas deberán proponer espacios acordes con las características de su propuesta escénica y las características de la convocatoria, los cuales serán definidos en conjunto con la Subdirección de Equipamientos Culturales. De esta manera, se busca que la propuesta de circulación contemple estrategias de abordaje de diferentes zonas de la ciudad, tales como los barrios, veredas y espacios semiurbanos y rurales.

Nota 1: No es obligatorio que se abarquen todos los tipos de zonas mencionadas anteriormente para el desarrollo de las cinco (5) funciones.   

Las propuestas que se postulen deberán acreditar la circulación de mínimo tres (3) funciones de la obra propuesta previamente a la apertura de la convocatoria. Únicamente para las propuestas de música, estas deberán acreditar la participación en eventos o festivales locales, nacionales o internacionales al menos dos (2) veces y demostrar actividad artística vigente (entendida como lanzamientos digitales, producciones discográficas, conciertos digitales o presentaciones en vivo), entre enero de 2021 y diciembre de 2024.

Para la ejecución de los estímulos previstos, el participante deberá diligenciar los formatos dispuestos para la presentación de las propuestas de las artes escénicas, incluyendo la descripción de la propuesta artística, la justificación, la ficha técnica del equipo, la experiencia o trayectoria de la propuesta, la descripción de las líneas narrativas, dirección escénica, áreas o riders técnicos, autorizaciones (si aplican), el plan de difusión y divulgación, entre otros.

Las propuestas deben contemplar un plan de difusión que facilite el acercamiento del público objetivo del espectáculo, integrando múltiples acciones de gestión de públicos que permitan garantizar el éxito de las presentaciones dispuestas en la convocatoria, promoviendo con ello la proximidad con la diversidad de los públicos de la ciudad e incentivando el disfrute de sus derechos culturales.

De acuerdo con esto, las asignaciones de los estímulos valorarán la integración de los componentes respectivos, aclarando que sólo se podrán legalizar actividades correspondientes a la circulación del espectáculo artístico, alineado con los criterios establecidos en la Guía de gastos permitidos y no permitidos para las becas con recursos LEP, en donde destacan: recurso humano necesario para las presentaciones (artístico, técnico y logístico), gastos de transporte, alimentación e hidratación para el recurso humano relacionado con las presentaciones, alquiler de requerimientos técnicos requeridos en el espacio (Backline, luces, microfonería, etc), escenografía o vestuario, y actividades de divulgación asociadas a la circulación de las funciones. La Subdirección de Equipamientos Culturales asumirá los recursos logísticos para la realización de los espectáculos.

Las propuestas presentadas para ejecutar recursos de la contribución parafiscal cultural (recursos LEP), no podrán cubrir con estos recursos actividades relacionadas con la creación de espectáculos de las artes escénicas, procesos de formación de carácter académico, o gastos que no sean coherentes con la producción o circulación de espectáculos de las artes escénicas (ver Guía de gastos permitidos y no permitidos para las becas con recursos LEP). De incluirse dentro de la propuesta, estas actividades deben ser cubiertas con recursos de terceros o propios de los participantes.

Nota 2: En ningún caso estos recursos podrán ser destinados para la construcción, adecuación, mejoramiento ni dotación de los escenarios o equipamientos donde se realice la actividad de circulación.

Enfoque(s): Territorial, Disciplinar

Línea(s) estratégica(s): Circulación

Área(s): Interdisciplinar / transdisciplinar

Número de estímulos: 10

Total de recursos: $ 430.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

Se entregarán DIEZ (10) estímulos de CUARENTA Y TRES MILLONES DE PESOS ($43.000.000) cada uno.

El valor de los estímulos está sujeto a las retenciones de ley. Los recursos a otorgar serán para actividades correspondientes a la circulación del espectáculo artístico, alineado con los criterios establecidos en la Guía de gastos permitidos y no permitidos para las becas con recursos LEP.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Profesional con posgrado en alguna de las diferentes disciplinas artísticas de música, danza, teatro, circo, educación artística, ciencias humanas, sociales y comunicación social, producción escénica; y experiencia mínima de cinco (5) años en gestión cultural, creación, producción y circulación de las diferentes áreas artísticas en casas de la cultura, espacios no convencionales, comunitarios y veredales.

A: Formación de posgrado en Artes Escénicas, Ciencias Humanas, Gestión Cultural o áreas relacionadas.

Área perfil: Interdisciplinar/Transdisciplinar; Arte Dramático; Danza; Música; Gestión cultural.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas , Economia, Administracion, Contaduria Y Afines

Campo de experiencia:

Experiencia mínima de cinco (5) años relacionada en alguno de los siguientes ámbitos:  docencia, gestión, creación, circulación y producción de las artes escénicas y prácticas culturales en los diferentes territorios de la ciudad de Bogotá.

Área perfil: Arte dramático , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar , Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Especialización , Maestría

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Profesional en artes escénicas y gestión cultural, y experiencia mínima de cuatro (4) años como gestores culturales, programadores, productores o gestores culturales de las artes escénicas a nivel local, nacional o internacional, con enfoque en procesos de circulación en casas de la cultura, espacios no convencionales, comunitarios y veredales.

Área perfil: Interdisciplinar/Transdisciplinar; Arte Dramático; Danza; Música; Gestión cultural.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas , Economia, Administracion, Contaduria Y Afines

Campo de experiencia:

Experiencia mínima de cuatro (4) años en gestión cultural, circulación y producción de festivales, eventos, circuitos y franjas de programación en artes escénicas y prácticas culturales a nivel territorial.

Área perfil: Arte dramático , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar , Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 3

Profesional con posgrado en artes escénicas y/o gestión cultural, y experiencia mínima de siete (7) años relacionados con dirección, creación, montaje, producción e interpretación en montajes y espectáculos relacionados con las artes escénicas.

A. Formación de posgrado en Artes Escénicas, Gestión Cultural o áreas relacionadas.

Área perfil: Interdisciplinar/Transdisciplinar; Arte Dramático; Danza; Música; Gestión cultural.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas , Economia, Administracion, Contaduria Y Afines

Campo de experiencia:

Experiencia de mínimo siete (7) años en la dirección, creación, producción e interpretación  de montajes o espectáculos relacionados con las artes escénicas.

Área perfil: Arte dramático , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar , Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Especialización , Maestría

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 19/02/2025

Desde la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con cinco días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@idartes.gov.co

Fecha de apertura 27/02/2025
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 25/03/2025 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 28/03/2025 17:00:00
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 07/04/2025
Publicación de listado de elegibles 19/05/2025

Una vez finalizado el proceso de evaluación, las propuestas elegibles serán presentadas al Comité Distrital de la Contribución Parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas para su aprobación; posteriormente, la SCRD las inscribirá en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas-PULEP y se podrán considerar como ganadoras luego de que el Ministerio de las  Culturas, las Artes y los Saberes realice la respectiva aprobación y registro

Fecha máxima de ejecución 12/12/2025

Tenga en cuenta que para esta fecha el proyecto debe estar ejecutado al 100% y el informe final (si aplica) deberá estar aprobado por parte del área misional del Instituto Distrital de las Artes - Idartes que realiza acompañamiento a la ejecución de la propuesta.

Justificación

La Ley 1493 de 2011, Ley de Espectáculos Públicos “Por la cual se toman medidas para formalizar el sector del espectáculo público de las artes escénicas, se otorgan competencias de inspección, vigilancia y control sobre las sociedades de gestión colectiva y se dictan otras disposiciones”; en su Capítulo II, establece la creación de la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas (recursos LEP), la cual se genera de la boletería de los espectáculos públicos a nivel municipal o distrital y equivale al 10% del valor de las boletas o derechos de asistencia, cuyo costo individual sea igual o superior a 3 UVT ($149.397 para el año 2025).

Así mismo, establece que el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, como entidad recaudadora de la contribución, se encargará de entregar los recursos de la contribución al municipio o distrito que generó el recaudo, para que sean destinados exclusivamente al sector de las artes escénicas, específicamente en proyectos de infraestructura (construcción, reforzamiento, ampliación, mejoramiento, adecuación, etc., de escenarios de las artes escénicas), y, a partir del año 2020, según lo establecido en la Ley 2070 de 2020 y el Decreto Nacional 639 de 2021, en actividades o proyectos que incentiven la producción y circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas.

Este mismo decreto define las precitadas destinaciones de la contribución parafiscal en esta materia de la siguiente manera:

Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del Sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

Conforme a lo anterior, de acuerdo con lo señalado en el Artículo 3 del Decreto Distrital 321 del 8 de agosto del 2022, que modifica el Artículo 4 del Decreto 081 de 2019, en lo relacionado con la administración y ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural (recursos LEP) del distrito capital:

“La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) será la entidad encargada de incorporar en su presupuesto de gastos e ingresos, los recursos de la contribución parafiscal cultural del distrito, y actuará como ordenadora del gasto.

También podrán participar de la ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural y, en tal sentido, ser ordenadores de gasto de los recursos de la contribución parafiscal cultural, el Instituto Distrital de las Artes -IDARTES, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño y la Orquesta Filarmónica de Bogotá, previa aprobación del Comité Distrital de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas, y previa suscripción del acto jurídico respectivo con la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (…)”

Esto, en el marco de lo establecido en el Acuerdo 927 de 2024, “Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2024-2028 ´Bogotá Camina Segura´”, en el cual se definió el programa No. 14 denominado "Bogotá deportiva, recreativa, artística, patrimonial e intercultural", con el objetivo de contribuir a la salud mental y física de la ciudadanía en su ciclo de vida mediante el incentivo de la práctica deportiva, recreativa, artística, cultural y patrimonial en los barrios, comunidades y en la Bogotá Región, apropiándose de las diferentes disciplinas deportivas que oferta el distrito e invitando a conocer cada una de ellas, aprovechando los espacios públicos accesibles y seguros, haciendo uso de diversas plataformas en beneficio de la salud tanto física como mental y promoviendo hábitos de vida saludable, con ejercicios que buscan relaciones interculturales.

Así mismo, el proyecto de inversión 8002 - Consolidación de la Red de Escenarios Culturales en Bogotá D.C. busca proporcionar una oferta artística y científica con contenidos pertinentes para la ciudadanía en los escenarios culturales de la ciudad, que responda a los criterios vocacionales de los diferentes escenarios culturales, las características de oferta y consumo cultural de las diferentes comunidades objeto de la atención de la Red, y las tendencias artísticas y científicas nacionales e internacionales. De esta manera, la Red de Escenarios de Bogotá promoverá el acceso equitativo y de calidad a los servicios y prácticas culturales por parte de la ciudadanía, contribuyendo a la salud mental y física de la ciudadanía, al tiempo que se promueve el arte y la cultura como parte fundamental del desarrollo humano, enmarcadas en enfoques diferencial, de género y territorial, contribuyendo a reducir la brecha en el ejercicio de derechos culturales de la ciudadanía.

La Subdirección de Equipamientos Culturales y la Gerencia de Escenarios del Idartes, reconocen la promoción y la apropiación de las prácticas artísticas por parte de la ciudadanía, de forma tal que se garantice el disfrute y goce del arte para potencializar la sensibilidad de los habitantes de la ciudad. Así mismo, se espera avanzar en la desconcentración y descentralización de la oferta artística de la entidad y se resalte el papel del arte como mediador de los procesos socio-culturales que consolidan escenarios de transformación de Bogotá. Es así como, esta beca promueve la circulación de agrupaciones artísticas y la asociatividad de las agrupaciones, de modo que se fortalezca el tejido social generando oportunidades para el sector cultural y artístico.

Objeto

Incentivar la circulación de obras o espectáculos de pequeño formato de las artes escénicas que contemplen contenidos inmersivos y transdisciplinares en entornos comunitarios, casas de la cultura y lugares de encuentro de las comunidades, que permitan ofrecer a la ciudadanía una programación artística de alta calidad y gran impacto en el marco del Programa Culturas en Común.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Jurídica

Sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, con domicilio en Bogotá.

Con o sin ánimo de lucro, con trayectoria mínima de tres (3) años en el desarrollo de actividades o proyectos artísticos y culturales asociados a las artes escénicas.

Los soportes de trayectoria deberán estar a nombre de la persona jurídica participante, no se validará la trayectoria de sus integrantes.

Tenga en cuenta que el Certificado de Existencia y Representación Legal de la persona jurídica debe haber sido expedido como máximo un (1) mes antes de la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

Agrupación

Conjunto de dos o más personas naturales mayores de 18 años que presentan una propuesta en la cual participan activamente en su ejecución, que residan en Bogotá

Agrupaciones conformadas únicamente por personas naturales, integradas por colombianos(as) o extranjeros(as), mayores de 18 años, con trayectoria mínima de tres (3) años en el desarrollo de actividades o proyectos artísticos y culturales asociados a las artes escénicas. 

Los soportes de trayectoria deberán estar a nombre de la agrupación participante, no se validará la trayectoria de sus integrantes.

Quiénes no pueden participar

Adicionalmente a las restricciones de participación establecidas en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025, en esta convocatoria no pueden participar:

  • Las personas jurídicas y agrupaciones ganadoras de la BECA LEP - VERBENAS ESCÉNICAS DE LAS CULTURAS EN COMÚN 2023 y BECA LEP - CIRCULACIÓN EN TERRITORIOS - CULTURAS EN COMÚN 2024. Esta restricción se hace extensiva a los integrantes de las agrupaciones y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
  • Personas naturales.
  • No podrán ser ganadores de las convocatorias LEP del Programa Distrital de Estímulos 2025, aquellas personas naturales, jurídicas y agrupaciones, que hayan sido ganadoras del recurso LEP del Programa Distrital de Apoyos Concertados 2024 en la línea 2 - Procesos de producción y circulación de espectáculos de las artes escénicas. Recursos Ley de Espectáculos Públicos-LEP.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante de la agrupación participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

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5 MB
2 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

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10 MB
3 Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación.

Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin (Consultar el apartado Formatos)

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10 MB
4 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación.

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de Cultura de cada uno de los integrantes de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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10 MB
5 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

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5 MB
6 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

Tenga en cuenta que el Certificado de Existencia y Representación Legal de la persona jurídica debe haber sido expedido como máximo un (1) mes antes de la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

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5 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Formato de presentación de propuesta

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta definido para esta convocatoria, de acuerdo con la categoría a la que se postula, el cual se encuentra publicado en la sección FORMATOS en el menú lateral de esta página. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

Nota 1. De acuerdo con  las condiciones generales de participación, en la plataforma de inscripción sólo se aceptarán los documentos técnicos en los formatos aquí solicitados. Por lo tanto, no serán tenidos en cuenta enlaces que reúnan la documentación técnica en plataformas de almacenamiento como Google Drive, Dropbox, Microsoft OneDrive, Mega, WeTransfer, etc

Nota 2. El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será inhabilitada. Asegúrese de presentar todos los documentos técnicos solicitados

Nota 3. No incluir el formato para presentación de propuesta o cualquiera de los formatos diseñados específicamente para  esta convocatoria será una causal de inhabilidad.

Para cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria comuníquese al correo contactenos@idartes.gov.co, o a través de la línea (601) 3795750 Ext. 3700, 3701, 3702, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:30 p.m

pdf
15 MB
2 DOCUMENTO EN EXCEL - Formato Presupuesto- Cronograma- Equipo de trabajo

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato en excel para la presentación del Presupuesto- Cronograma - Equipo de trabajo *, definido para la convocatoria el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. 

Guárdelo y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

  • Recuerde que cada sección (Presupuesto- Cronograma - Equipo de trabajo) se encuentra en una hoja excel individual,  y deben ser diligenciadas en su totalidad 

Dado que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución parafiscal de los Espectáculos Públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto, los participantes deberán revisar la Guía LEP de gastos permitidos y no permitidos para las convocatorias de las líneas de circulación y producción con recursos de la contribución parafiscal Becas LEP.

xlsx
15 MB
3 DOCUMENTO EN PDF

Presente en un solo archivo en formato PDF el Rider Técnico de la obra postulada.

Tenga en cuenta los siguientes ítems:

  • Medidas del escenario requerido para la obra o espectáculo. 
  • Escenografía. Especifique el material escenográfico y de utilería, así como las particularidades requeridas: elementos, distribución, dimensiones y formas de traslado de su escenografía. 
  • Sonido. Describa el sistema de amplificación que requiere la obra o espectáculo, elementos, número de canales, micrófonos, entre otros, y haga las claridades con relación al montaje de su obra. 
  • Iluminación. Relacione todos los elementos que requiere su obra o espectáculo, en materia: ubicación de luminarias y observaciones que crea conveniente con relación a su obra.
  • Tiempo de montaje y desmontaje.


Nota: Tenga en cuenta que la beca contempla el desarrollo de funciones en espacios convencionales y no convencionales para las artes escénicas, por lo que sus condiciones deberán contemplar esta situación.

pdf
15 MB
4 DOCUMENTO EN PDF

Dosier o Brochure de la propuesta:

En un único archivo en PDF, adjunte los soportes que evidencien la circulación de cada una de las obras o espectáculos postulados en la propuesta. Deberá cargarlo en la plataforma de inscripción en línea - SICON. 

pdf
15 MB
5 Soportes de experiencia o trayectoria

Presente en un solo archivo en formato PDF, los soportes que acrediten la trayectoria del participante (agrupación o persona jurídica) de acuerdo con el perfil solicitado y lo relacionado en el Formato 1, tales como: certificaciones expedidas por entidades y organizaciones de carácter público, privado, comunitario, contratos o actas de liquidación, publicaciones, catálogos, portafolios, participación en exposiciones y/o eventos, programas de mano, flyers, notas de prensa, distinciones, resoluciones de ganadores de estímulos, entre otros. 

En cualquier caso, los soportes aportados deben evidenciar de manera clara y visible el nombre del participante (personas jurídicas o agrupación según corresponda), y las fechas de la realización de dichas actividades, procesos o proyectos.

Nota: No se considerarán válidas las autocertificaciones, es decir, emitidas por los mismos participantes.

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15 MB
6 FOTOGRAFÍAS

Adjunte mínimo 3 y máximo 5 fotografías de cada una de las obras o espectáculos postulados en formato digital, con buena resolución y calidad de imagen.

pdf
15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: Selección
No. Criterio Puntaje
1

Solidez y coherencia de la propuesta. Se valorará de manera integral: 

  • La claridad y consistencia de la estructura, estilo, metodología o lenguaje(s) escénico(s) a representar.
  • La versatilidad y adaptabilidad de la propuesta escénica para acomodarse a las características técnicas y de infraestructura de los posibles espacios convencionales o no convencionales de carácter institucional, independiente y/o comunitario en los que podrá circular la propuesta.
  • La calidad artística e interpretativa (el vestuario, las luces, la puesta en escena, la capacidad interpretativa y creativa, y demás elementos que alimenten el espectáculo, darán fortaleza al proyecto presentado).
0 a 40
2

Trayectoria del (los) proponente (s) debidamente soportada en actividades de producción o circulación de espectáculos públicos en artes escénicas con enfoque comunitario.

0 a 20
3

La pertinencia de la propuesta con las características, intereses y necesidades de los diversos públicos y entornos proyectados para circular.

0 a 20
4
  • Plan de difusión y divulgación
  • Viabilidad y factibilidad del proyecto, justificación, cronograma,  presupuesto y equipo de trabajo
0 a 20

De conformidad, con lo establecido en el ítem Selección de Propuestas Ganadoras, de las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025, el puntaje mínimo para que una propuesta sea considerada como elegible debe ser igual o superior a 70 puntos ponderados. Las propuestas serán preseleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de preselección.

*Que una propuesta obtenga un puntaje asignado de 70 puntos o más, no implica su selección como preseleccionada.

Derechos específicos de las y los ganadores

Adicionalmente a lo establecido en el apartado de derechos de los ganadores de las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025, los ganadores de esta convocatoria tienen derecho a:

1. Recibir el estímulo en las siguientes condiciones:

1.1. Un primer desembolso equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) del valor total del estímulo económico, posterior al proceso de notificación de la resolución de ganadores y al cumplimiento de los requisitos y trámites solicitados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes para tal efecto.

Nota 1. Teniendo en cuenta el origen de los recursos de la presente convocatoria, para dar trámite al primer desembolso el proyecto beneficiario deberá encontrarse avalado por el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, y contar con el código de registro en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP

1.2. Un segundo desembolso equivalente al veinticinco por ciento (25%) del valor total del estímulo económico, posterior a la entrega de:

  • Informe de ejecución de la propuesta.
  • Registro consolidado de las presentaciones realizadas (fotografías, videos, publicaciones, etc.), de acuerdo con el cronograma aprobado.
  • Relación de gastos con soportes, en donde se evidencie la ejecución de los recursos del estímulo otorgado.

Nota: Los desembolsos se harán previa aprobación por parte del área misional encargada de realizar el seguimiento a la ejecución del estímulo. Dichos desembolsos están sujetos a la disponibilidad de recursos, a la programación de pagos que realice la entidad y se les aplicarán las retenciones tributarias a las que haya lugar.

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los deberes contemplados en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025, los ganadores deberán acatar los siguientes lineamientos:

  1. Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de ganadores: El Idartes enviará un correo electrónico certificado de notificación dentro de los 5 días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo, al correo suministrado por el ganador, quien tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha y hora de recibo del correo, para dar su respuesta manifestando la aceptación o no del estímulo de forma expresa y para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo. Si pasados estos diez (10) días hábiles la Entidad no recibe la aceptación o rechazo del estímulo y los documentos requeridos para la legalización del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, entenderemos que el ganador renuncia el estímulo, el cual le será asignado al suplente, si lo hubiere.
  2. Adicionalmente a la documentación solicitada las Condiciones generales de participación, el ganador deberá aportar la póliza de Responsabilidad civil extracontractual de los espacios en los cuales se desarrollarán actividades con público de la siguiente forma: el ganador deberá aportar un documento tramitado por dicho espacio en el cual se evidencia la vigencia del contrato con la aseguradora y la posibilidad de hacer extensivo el cubrimiento hacia las actividades desarrolladas como parte de la ejecución de la propuesta presentada al Programa Distrital de Estímulos 2025. Si el espacio no cuenta con esta garantía, el ganador deberá constituir a favor del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, la Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por el valor de doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV) con una vigencia que corresponda a la fecha límite de ejecución de la propuesta, de acuerdo con el lugar de realización de las actividades.
  3. Ejecutar la propuesta aprobada por el jurado de acuerdo con las condiciones específicas de la convocatoria, una vez se cuente con la aprobación de la garantía constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, la expedición del Registro Presupuestal y la propuesta se encuentre registrada y aprobada por parte del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes en la plataforma PULEP (gestión realizada por la SCRD). Lo anterior implica que se debe dar inicio a la ejecución de la propuesta con una disposición transitoria de recursos propios mientras se realiza el primer desembolso, tal como lo indican las condiciones generales de participación del PDE 2025.
  4. Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados y las que formule el Idartes, para lo cual el ganador deberá entregar el plan de mejora o ajuste correspondiente (si aplica).
  5. Realizar la cantidad de funciones señaladas en la presente convocatoria en las fechas y los espacios programados por el Idartes. 
  6. Entregar el informe final y sus respectivos soportes antes de la fecha máxima de ejecución definida en la convocatoria. 
  7. Cumplir con todas las reuniones y actividades programadas por el Idartes para el desarrollo, seguimiento y finalización del proyecto.
  8. Tramitar los insumos técnicos, logísticos, de producción que se requieran para la puesta en escena de la obra seleccionada, así como los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la beca, en caso de ser requeridos.
  9. Participar en las estrategias de socialización definidas por el Idartes.
  10. Autorizar a la entidad correspondiente el uso del material desarrollado en la propuesta con fines de promoción, circulación y difusión del arte, la cultura y el patrimonio. Esta autorización no implica enajenación, cesión o traspaso de los derechos morales y patrimoniales de la creación.
  11. Gestionar los derechos de las imágenes, archivos sonoros, entre otras obras preexistentes utilizadas, si a ello hubiere lugar.
  12. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes - Idartes y de la Alcaldía de Bogotá, en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la propuesta, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes.  Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del estímulo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del estímulo. Así mismo, el ganador  se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la propuesta ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las propuestas.
  13. Registrar en el PULEP los eventos (o afectaciones) que se realizarán durante el desarrollo de la propuesta, e incluir en todas las piezas de difusión el código PULEP generado por la plataforma. Para realizar este proceso consulte: https://pulep.mincultura.gov.co/Paginas/instructivos.aspx
  14. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios del Idartes donde se ejecutará la propuesta.
  15. Si presentó su propuesta como agrupación y requiere solicitar un cambio de integrante, debe tener en cuenta lo establecido en el ítem Proceso para Ganadores PDE, de las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025, así como la siguiente información acerca del número de cambios permitidos: 

No. de integrantes

No. de Cambios aceptados

De 3 a 5

1

De 6 a 8

2

De 9 a 11

3

De 12 a 14

4

De 15 a 17

5

Anexos

No. Documento Descripción
1 GUIA LEP DE GASTOS PERMITIDOS Y NO PERMITIDOS
Guía LEP Gastos Permitidos y No Permitidos para las convocatorias en las líneas de producción y circulación.
2 GUÍA LEP PARA LAS CONVOCATORIAS CON RECURSOS DE LA CONTRIBUCIÓN PARAFISCAL CULTURAL
Documento para orientar el conocimiento de la Ley 1493 de 2011 y la consecuente formulación de propuestas que buscan ejecutar recursos de la contribución parafiscal cultural.

Formatos

No. Documento Descripción
1 FORMATO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTA BECA LEP BECA LEP - CIRCULACIÓN EN TERRITORIOS - CULTURAS EN COMÚN 20

(archivo Word o PDF)

 
 
Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuestas definido para la convocatoria, diligenciando la totalidad de los ítems solicitados. Una vez diligenciado guárdelo en formato PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea - SICON. Además, lea atentamente las condiciones de participación del Programa Distrital de Estímulos 2025, así como, las condiciones específicas de esta convocatoria
2 Formato Presupuesto y Cronograma Equipo de trabajo

(archivo Word o PDF)

 
 

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato Presupuesto-Cronograma- Equipo de trabajo.

Guárdelo y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

Nota 1: Tenga en cuenta que el archivo consta de tres (3) hojas excel, las cuales deben ser totalmente diligenciadas.

Nota 2: Este formato debe cargarlo en la plataforma SICON en formato Excel.

Dado que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución parafiscal de los Espectáculos Públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto, los participantes deberán revisar el concepto del Ministerio de Cultura sobre gastos administrativos no aceptables, los cuales no podrán cargarse a los recursos solicitados al Idartes. Consulte el anexo: Guía de gastos permitidos y no permitidos

3 Formato de Declaración juramentada del lugar de residencia

(archivo Word o PDF)

 
 
En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin.

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 RESOLUCIÓN No 96 (17 DE FEBRERO DE 2025)
«Por medio de la cual se da apertura a las convocatorias de la “Ley de Espectáculos Públicos LEP 2025” del Programa Distrital de Estímulos 2025, que incluyen acciones contempladas en los proyectos de inversión de la Subdirección de Equipamientos Culturales del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES»
2 Acta y listado definición perfiles de Personas Expertas para el sector cultura convocatorias BECAS LEP Subdirección de Equipamientos Culturales - IDARTES 2025
En este documento consulte los perfiles establecidos para participar en el Banco de Personas Expertas del sector cultura convocatorias BECAS LEP Subdirección de Equipamientos Culturales - IDARTES 2025

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos BECA LEP - CIRCULACIÓN EN TERRITORIOS - CULTURAS EN COMÚN 2025
Listado de participantes inscritos BECA LEP - CIRCULACIÓN EN TERRITORIOS - CULTURAS EN COMÚN 2025
2 Listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y documentos por subsanar en la BECA LEP - CIRCULACIÓN EN TERRITORIOS - CULTURAS EN COMÚN 2025
Listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y documentos por subsanar en la BECA LEP - CIRCULACIÓN EN TERRITORIOS - CULTURAS EN COMÚN 2025
3 Listado definitivo de Habilitados y No Habilitados en la BECA LEP - CIRCULACIÓN EN TERRITORIOS - CULTURAS EN COMÚN 2025
Listado definitivo de Habilitados y No Habilitados en la BECA LEP - CIRCULACIÓN EN TERRITORIOS - CULTURAS EN COMÚN 2025

Avisos modificatorios

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