Convocatoria Publicada
IDARTES

BECA LEP DE CIRCULACIÓN Y PRODUCCIÓN PARA CIRCUITOS Y FESTIVALES DE DANZA 2025

Ley de espectáculos públicos

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REVISA AQUÍ AVISOS, LISTADOS Y RESOLUCIONES

Listado definitivo de Habilitados y No Habilitados en la BECA LEP DE CIRCULACIÓN Y PRODUCCIÓN PARA CIRCUITOS Y FESTIVALES DE DANZA 2025

04/25

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Listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y documentos por subsanar en la BECA LEP DE CIRCULACIÓN Y PRODUCCIÓN PARA CIRCUITOS Y FESTIVALES DE DANZA 2025

04/25

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Listado de participantes inscritos BECA LEP DE CIRCULACIÓN Y PRODUCCIÓN PARA CIRCUITOS Y FESTIVALES DE DANZA 2025

03/25

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Acta y listado definición perfiles de Personas Expertas para el sector cultura convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - IDARTES 2025

03/25

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RESOLUCIÓN No 99 (17 DE FEBRERO DE 2025)

02/25

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DOCUMENTOS

Información básica

El Instituto Distrital de las Artes-IDARTES, a través de la Gerencia de Danza, realiza esta beca con recursos de la LEP- Ley de Espectáculos Públicos, cuyo objeto es apoyar y fomentar la circulación y producción de puestas en escena y obras de danza a través de festivales, circuitos, encuentros o eventos de danza gestionados o creados desde diferentes géneros y sectores poblacionales de la danza, de manera que puedan fortalecer circuitos de circulación para sus propuestas. 

Se espera aportar al fortalecimiento de iniciativas independientes que, a su vez, fortalezcan la circulación de la danza a nivel local y distrital.  

Está dirigida a agrupaciones o personas jurídicas que tengan una experiencia mínima de dos (2) eventos, festivales, encuentros o circuitos de circulación en distintos estilos de la danza o enfoques poblacionales, realizados en los últimos cinco (5) años a nivel local en la ciudad de Bogotá. 

Las propuestas seleccionadas deberán socializar los alcances del festival o encuentro de circulación y las redes establecidas en el mismo.

Nota: En ningún caso estos recursos podrán ser destinados para la construcción, adecuación, mejoramiento ni dotación de los escenarios o equipamientos donde se realice la actividad de circulación.

Enfoque(s): Disciplinar

Línea(s) estratégica(s): Circulación, Producción

Área(s): Danza

Número de estímulos: 6

Total de recursos: $ 240.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

Se otorgarán Seis  (6) estímulos cada uno de CUARENTA MILLONES DE PESOS ($ 40.000.000), para un total  DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES DE PESOS (240.000.000)

El valor de los estímulos está sujeto a las retenciones de ley.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Profesionales en danza y otras artes, educación artística, ciencias humanas, sociales, comunicación social, producción escénica con posgrado en  Danza, Arte Dramático, Artes Escénicas, Educación Artística, Estudios Culturales, Artes Vivas, Ciencias Humanas, Gestión Cultural, o Producción Escénica. Experiencia en docencia, gestión, creación o dirección en Danza, prácticas culturales de las artes escénicas o procesos de apropiación cultural.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia:

Mínimo ocho (8) años en docencia, gestión, creación o dirección en Danza, prácticas culturales de las artes escénicas y procesos de apropiación cultural.

Área perfil: Arte dramático

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Maestría

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

Programadores, productores o gestores culturales de la danza o las artes escénicas a nivel local, nacional o internacional con posgrado. Áreas del conocimiento: Danza, Arte Dramático, Artes Escénicas, Educación Artística, Gestión Cultural , Producción Escénica, Comunicación Social, Ciencias Sociales y afines.

Posgrado en Danza, Arte Dramático, Artes Escénicas, Educación Artística, Estudios Culturales, Artes Vivas, Ciencias Humanas, Gestión Cultural, o Producción Escénica.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia:

Cuatro (4) años de experiencia en programación de festivales, encuentros y eventos de danza y/o artes escénicas y/o desarrollo de acciones en la gestión cultural.

Área perfil: Arte dramático

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Maestría

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 3

Bailarín, artista escénico, docente o director en Danza o Artes Escénicas con posgrado. Áreas del conocimiento: Danza, Arte Dramático, Artes Escénicas, Educación Artística, Gestión Cultural , Producción Escénica, Comunicación Social, Ciencias Sociales y afines.

Pregrado en Danza, Arte Dramático, Artes Escénicas, Educación Artística, Estudios Culturales, Artes Vivas, Ciencias Humanas, Gestión Cultural, o Producción Escénica.

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia:

Mínimo diez (10) años en docencia, gestión, creación o dirección en Danza, prácticas culturales de las artes escénicas y procesos de apropiación cultural.

Área perfil: Arte dramático

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Maestría

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 19/02/2025

Desde la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con cinco días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@idartes.gov.co

Fecha de apertura 27/02/2025
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 25/03/2025 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 28/03/2025 17:00:00
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 07/04/2025
Publicación de listado de elegibles 19/05/2025

Una vez finalizado el proceso de evaluación, las propuestas elegibles serán presentadas al Comité Distrital de la Contribución Parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas para su aprobación; posteriormente, la SCRD las inscribirá en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas-PULEP y se podrán considerar como ganadoras luego de que el Ministerio de las  Culturas, las Artes y los Saberes realice la respectiva aprobación y registro

Fecha máxima de ejecución 12/12/2025

Tenga en cuenta que para esta fecha el proyecto debe estar ejecutado al 100% y el informe final (si aplica) deberá estar aprobado por parte del área misional del Instituto Distrital de las Artes - Idartes que realiza acompañamiento a la ejecución de la propuesta.

Justificación

La Ley 1493 de 2011, Ley de Espectáculos Públicos “Por la cual se toman medidas para formalizar el sector del espectáculo público de las artes escénicas, se otorgan competencias de inspección, vigilancia y control sobre las sociedades de gestión colectiva y se dictan otras disposiciones”; en su Capítulo II, establece la creación de la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas (recursos LEP), la cual se genera de la boletería de los espectáculos públicos a nivel municipal o distrital y equivale al 10% del valor de las boletas o derechos de asistencia, cuyo costo individual sea igual o superior a 3 UVT ($149.397 para el año 2025).

Así mismo, establece que el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, como entidad recaudadora de la contribución, se encargará de entregar los recursos de la contribución al municipio o distrito que generó el recaudo, para que sean destinados exclusivamente al sector de las artes escénicas, específicamente en proyectos de infraestructura (construcción, reforzamiento, ampliación, mejoramiento, adecuación, etc., de escenarios de las artes escénicas), y, a partir del año 2020, según lo establecido en la Ley 2070 de 2020 y el Decreto Nacional 639 de 2021, en actividades o proyectos que incentiven la producción y circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas.

Este mismo decreto define las precitadas destinaciones de la contribución parafiscal en esta materia de la siguiente manera:

Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del Sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

Conforme a lo anterior, de acuerdo con lo señalado en el Artículo 3 del Decreto Distrital 321 del 8 de agosto del 2022, que modifica el Artículo 4 del Decreto 081 de 2019, en lo relacionado con la administración y ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural (recursos LEP) del distrito capital:

“La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) será la entidad encargada de incorporar en su presupuesto de gastos e ingresos, los recursos de la contribución parafiscal cultural del distrito, y actuará como ordenadora del gasto.

También podrán participar de la ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural y, en tal sentido, ser ordenadores de gasto de los recursos de la contribución parafiscal cultural, el Instituto Distrital de las Artes -IDARTES, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño y la Orquesta Filarmónica de Bogotá, previa aprobación del Comité Distrital de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas, y previa suscripción del acto jurídico respectivo con la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (…)”

Esto, en el marco de lo establecido en el Acuerdo 927 de 2024, “Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2024-2028 ´Bogotá Camina Segura´”, en el cual se definió el programa No. 14 denominado "Bogotá deportiva, recreativa, artística, patrimonial e intercultural", con el objetivo de contribuir a la salud mental y física de la ciudadanía en su ciclo de vida mediante el incentivo de la práctica deportiva, recreativa, artística, cultural y patrimonial en los barrios, comunidades y en la Bogotá Región, apropiándose de las diferentes disciplinas deportivas que oferta el distrito e invitando a conocer cada una de ellas, aprovechando los espacios públicos accesibles y seguros, haciendo uso de diversas plataformas en beneficio de la salud tanto física como mental y promoviendo hábitos de vida saludable, con ejercicios que buscan relaciones interculturales.

Esta beca fomenta la cofinanciación de festivales o encuentros independientes de danza en sus diversos lenguajes y expresiones (danza contemporánea, folclor, salsa, tango, danza tradicional, danza urbana, ballet, danza afro, etc). 

Reconociendo la importancia de los espacios de circulación y programación independiente en Bogotá, esta beca busca apoyar la divulgación y visibilización de plataformas de circulación autónomas de danza en la ciudad, promoviendo su sostenibilidad y mayor alcance. 

Así mismo desde los espacios de participación que han sido generados a través del Consejo Distrital de Danza y de los Consejos Locales, el sector ha manifestado el deseo de poder impulsar los festivales independientes y el gran potencial que ello conlleva al permitir la visibilización de agrupaciones y colectivos de la danza en sus  diferentes géneros y desde diversos contextos territoriales de la ciudad de Bogotá.

Objeto

Apoyar el desarrollo de propuestas de programación independientes de danza que contribuyan al fortalecimiento de los procesos artísticos de producción y circulación en la ciudad de Bogotá, a través de la cofinanciación y apoyo a festivales o encuentros que promuevan la presencia de la danza de forma innovadora y creativa, facilitando tanto las actividades técnicas y artísticas necesarias para la realización de espectáculos públicos, como la gestión y puesta en escena de dichos contenidos para su presentación al público en general.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Jurídica

Sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, con domicilio en Bogotá y que acrediten la organización, producción o co-producción de mínimo dos (2) versiones consecutivas de festivales o circuitos de circulación de la danza realizados durante los últimos cinco (5) años a la fecha de cierre de esta convocatoria. Su objeto debe contener actividades de realización artística o cultural o de producción en el campo de las artes o realización de eventos.

Tenga en cuenta que el Certificado de Existencia y Representación Legal de la persona jurídica debe haber sido expedido como máximo un (1) mes antes de la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

Agrupación

Conjunto de dos o más personas naturales mayores de 18 años que presentan una propuesta en la cual participan activamente en su creación o ejecución, que residan en Bogotá y que acrediten la organización, producción o co-producción de mínimo dos (2) versiones consecutivas de festivales o circuitos de circulación de la danza realizados durante los últimos cinco (5) años a la fecha de cierre de esta convocatoria. De igual forma, deben acreditar mínimo tres (3) años de experiencia artística.

Quiénes no pueden participar

Adicionalmente a las restricciones de participación establecidas en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025, en esta convocatoria no pueden participar:

  • Los ganadores de la BECA DE FORTALECIMIENTO A FESTIVALES INDEPENDIENTES DE DANZA 2024.  Aplica para las agrupaciones y sus integrantes o a las personas jurídicas y los integrantes de la junta directiva del ganador.
  • No podrán ser ganadores de las convocatorias LEP del Programa Distrital de Estímulos 2025, aquellas personas naturales, jurídicas y agrupaciones, que hayan sido ganadoras del recurso LEP del Programa Distrital de Apoyos Concertados 2023-2024 en la línea 2 - Procesos de producción y circulación de espectáculos de las artes escénicas. Recursos Ley de Espectáculos Públicos-LEP
  • Los ganadores de la BECA LEP DE CIRCULACIÓN Y PRODUCCIÓN PARA CIRCUITOS Y FESTIVALES DE DANZA EN BOGOTÁ 2024. Aplica para las agrupaciones y sus integrantes, así como para las personas jurídicas y los integrantes de la junta directiva del ganador.

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante de la agrupación participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

pdf
5 MB
2 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

pdf
10 MB
3 Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación.

Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin (Consultar el apartado Formatos).

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10 MB
4 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación.

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de Cultura de cada uno de los integrantes de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

pdf
10 MB
5 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

pdf
5 MB
6 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

Tenga en cuenta que el Certificado de Existencia y Representación Legal de la persona jurídica debe haber sido expedido como máximo un (1) mes antes de la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

pdf
5 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Formato de presentación de propuesta

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta definido para esta convocatoria, de acuerdo con la categoría a la que se postula, el cual se encuentra publicado en la sección FORMATOS en el menú lateral de esta página. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

Nota 1. De acuerdo con  las condiciones generales de participación, en la plataforma de inscripción sólo se aceptarán los documentos técnicos en los formatos aquí solicitados. Por lo tanto, no serán tenidos en cuenta enlaces que reúnan la documentación técnica en plataformas de almacenamiento como Google Drive, Dropbox, Microsoft OneDrive, Mega, WeTransfer, etc

Nota 2. El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será inhabilitada. Asegúrese de presentar todos los documentos técnicos solicitados

Nota 3. No incluir el formato para presentación de propuesta o cualquiera de los formatos diseñados específicamente para  esta convocatoria será una causal de inhabilidad.

Para cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria comuníquese al correo contactenos@idartes.gov.co, o a través de la línea (601) 3795750 Ext. 3700, 3701, 3702, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:30 p.m.

pdf
15 MB
2 DOCUMENTO EN EXCEL - Formato Presupuesto- Cronograma- Equipo de trabajo

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato en excel para la presentación del Presupuesto- Cronograma - Equipo de trabajo *, definido para la convocatoria el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. 

Guárdelo y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

  • Recuerde que cada sección (Presupuesto- Cronograma - Equipo de trabajo) se encuentra en una hoja excel individual,  y deben ser diligenciadas en su totalidad 

Dado que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución parafiscal de los Espectáculos Públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto, los participantes deberán revisar la Guía LEP de gastos permitidos y no permitidos para las convocatorias de las líneas de circulación y producción con recursos de la contribución parafiscal Becas LEP

xlsx
15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: Selección
No. Criterio Puntaje
1

Solidez, coherencia y calidad artística del proyecto de acuerdo a la parrilla de programación.

0 a 35
2

Viabilidad de la propuesta de acuerdo al cronograma, equipo de trabajo,  estrategia de difusión y público objetivo.

0 a 25
3

Trayectoria del participante en la organización de festivales, encuentros o muestras de danza en la ciudad de Bogotá, de acuerdo con los soportes aportados.

0 a 20
4

Pertinencia y aporte al impacto artístico y población relacionada con la capacidad de autogestión (fomento artístico, apropiación, generación de oportunidades, gestión para garantizar el festival o evento).

0 a 20

De conformidad, con lo establecido en el ítem Selección de Propuestas Ganadoras, de las Condiciones Generales de Participación, el puntaje mínimo para que una propuesta sea considerada como elegible debe ser igual o superior a 70 puntos ponderados. Las propuestas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de evaluación.

*Que una propuesta obtenga un puntaje asignado de 70 puntos o más, no implica su selección como ganadora.

Derechos específicos de las y los ganadores

Adicionalmente a lo establecido en el apartado de derechos de los ganadores de las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025, los ganadores de esta convocatoria tienen derecho a:

1. Recibir el estímulo en las siguientes condiciones:

1.1. Un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del estímulo económico, posteriormente al proceso de notificación de la resolución de ganadores y al cumplimiento de los requisitos y trámites solicitados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes para tal efecto.

Nota 1. Teniendo en cuenta el origen de los recursos de la presente convocatoria, para dar trámite al primer desembolso el proyecto beneficiario deberá encontrarse avalado por el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, y contar con el código de registro en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas- PULEP.

1.2. Un segundo desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del estímulo económico, previa  entrega de un informe que contenga:

- Descripción de las actividades realizadas e impacto alcanzado; escrito de mínimo tres (3) cuartillas en el que se dé cuenta de cómo esta experiencia aportó a su ejercicio artístico. 

- Nuevos contactos realizados o conocimiento de plataformas de circulación, reflexión y balance encontradas en la ejecución de la beca. 

- Registro audiovisual (video y fotografía) que dé cuenta del circuito de circulación realizado. Es necesario gestionar un escenario de socialización de la experiencia por parte de los ganadores que permita difundir la información del circuito de circulación a otros agentes del sector de la danza de la ciudad de Bogotá y compartir la experiencia vivida. 

- Un informe cuantitativo que permita reconocer el impacto del proyecto (número de artistas, número de público asistente, número de escenarios y actividades, entre otros). Un informe final de gastos con soportes, que sustenten la inversión de los recursos entregados correspondientes al 100% de los aportes del Idartes. Certificación expedida por parte de los espacios en donde conste que se realizó la actividad

Nota: Los desembolsos se harán previa aprobación por parte del área misional encargada de realizar el seguimiento a la ejecución del estímulo. Dichos desembolsos están sujetos a la disponibilidad de recursos, a la programación de pagos que realice la entidad y se les aplicarán las retenciones tributarias a las que haya lugar.

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los deberes contemplados en las Condiciones Generales de Participación PDE 2025 , los ganadores deberán acatar los siguientes lineamientos:

  1. Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de ganadores: El Idartes enviará un correo electrónico certificado de notificación al correo suministrado por el ganador, quien tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha y hora de recibo del correo, para dar su respuesta manifestando la aceptación o no del estímulo de forma expresa y para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del estímulo. Si pasados diez (10) días hábiles la Entidad no recibe la aceptación o rechazo del estímulo y los documentos requeridos para la legalización del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, entenderemos que el ganador renuncia el estímulo, el cual le será asignado al suplente, si lo hubiere.
  2. Constituir una póliza de cumplimiento de disposiciones legales, de acuerdo con lo establecido en el numeral 7.2.1. de las Condiciones Generales de Participación - PDE 2025.
  3. Entregar el informe final y sus respectivos soportes antes de la fecha máxima de ejecución definida en la convocatoria.
  4. Adicionalmente a la documentación solicitada las Condiciones generales de participación, el ganador deberá aportar la póliza de Responsabilidad civil extracontractual de los espacios en los cuales se desarrollarán actividades con público de la siguiente forma: el ganador deberá aportar un documento tramitado por dicho espacio en el cual se evidencia la vigencia del contrato con la aseguradora y la posibilidad de hacer extensivo el cubrimiento hacia las actividades desarrolladas como parte de la ejecución de la propuesta presentada al Programa Distrital de Estímulos 2025. Si el espacio no cuenta con esta garantía, el ganador deberá constituir a favor del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, la Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por el valor de doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV) con una vigencia que corresponda a la fecha límite de ejecución de la propuesta, de acuerdo con el lugar de realización de las actividades.
  5. Asistir y participar de forma activa en las sesiones con el tutor(a) o las sesiones de mentoría, cuando aplique, y cumplir con todas las reuniones y actividades programadas por el Instituto para el desarrollo, seguimiento y finalización del proyecto.
  6. Registrar en el PULEP los eventos (o afectaciones) que se realizarán durante el desarrollo de la propuesta, e incluir en todas las piezas de difusión el código PULEP generado por la plataforma. Para realizar este proceso consulte: https://pulep.mincultura.gov.co/Paginas/instructivos.aspx
  7. Presentar una certificación expedida por las salas o equipamientos en los cuales se desarrolló el festival o encuentro que dé cuenta de la asistencia y debido cumplimiento de la totalidad de las actividades. Esta debe estar firmada y dirigida al participante. Si no puede realizar la circulación para la cual fue designado como ganador, deberá devolver la totalidad del estímulo.
  8. Realizar el trámite respectivo de permisos y gestionar la coproducción o producción con los escenarios elegidos para la programación. El Idartes no se hará responsable de los trámites de permisos y la solicitud de los mismos ni de contratos ante los escenarios gestionados
  9. Realizar una socialización de la experiencia en los espacios y tiempos concertados con la Gerencia de Danza
  10. El ganador deberá cumplir con el desarrollo de la propuesta ganadora, según cronograma o circuito presentado, en los tiempos establecidos para esta convocatoria; en casos de fuerza mayor, en los cuales no sea posible cumplir con el cronograma o destino presentado, el ganador deberá informar oportunamente a la Gerencia de Danza para establecer los mecanismos de subsanación o en su defecto, devolver la totalidad del recurso asignado.
  11. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación relacionadas con el proyecto.
  12. La parrilla de programación aprobada y ganadora no podrá cambiar en más de su 30 % de programación presentada y los cambios deben ser autorizados por la entidad mediante acta suscrita entre las partes
  13. Atender los requerimientos que la Entidad realice en virtud de presuntos incumplimientos que se llegaran a presentar  durante la ejecución de la propuesta, de acuerdo a lo señalado en el numeral 7.7. de las Condiciones Generales de Participación – PDE 2025.
  14. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la propuesta, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes.  Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del estímulo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del estímulo. Así mismo, el ganador se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la propuesta ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las propuestas.
  15. Si presentó su propuesta como agrupación y requiere solicitar un cambio de integrante, debe tener en cuenta lo establecido en el ítem Proceso para Ganadores PDE, de las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025, así como la siguiente información acerca del número de cambios permitidos:

No. de integrantes

No. de Cambios aceptados

De 3 a 5

1

De 6 a 8

2

De 9 a 11

3

De 12 a 14

4

De 15 a 17

5

 

Anexos

No. Documento Descripción
1 GUIA LEP DE GASTOS PERMITIDOS Y NO PERMITIDOS
Guía LEP Gastos Permitidos y No Permitidos para las convocatorias en las líneas de producción y circulación.
2 GUÍA LEP PARA LAS CONVOCATORIAS CON RECURSOS DE LA CONTRIBUCIÓN PARAFISCAL CULTURAL
Documento para orientar el conocimiento de la Ley 1493 de 2011 y la consecuente formulación de propuestas que buscan ejecutar recursos de la contribución parafiscal cultural.

Formatos

No. Documento Descripción
1 FORMATO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTA BECA LEP DE CIRCULACIÓN Y PRODUCCIÓN PARA CIRCUITOS Y FESTIVALES DE DANZA EN BOGOTÁ 2025

(archivo Word o PDF)

 
 
Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuestas definido para la convocatoria, diligenciando la totalidad de los ítems solicitados. Una vez diligenciado guárdelo en formato PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea - SICON. Además, lea atentamente las condiciones de participación del Programa Distrital de Estímulos 2025, así como, las condiciones específicas de esta convocatoria
2 Formato Presupuesto y Cronograma Equipo de trabajo

(archivo Word o PDF)

 
 

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato Presupuesto-Cronograma- Equipo de trabajo.

Guárdelo y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

Nota 1: Tenga en cuenta que el archivo consta de tres (3) hojas excel, las cuales deben ser totalmente diligenciadas.

Nota 2: Este formato debe cargarlo en la plataforma SICON en formato Excel.

Dado que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución parafiscal de los Espectáculos Públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto, los participantes deberán revisar el concepto del Ministerio de Cultura sobre gastos administrativos no aceptables, los cuales no podrán cargarse a los recursos solicitados al Idartes. Consulte el anexo: Guía de gastos permitidos y no permitidos

3 Formato de Declaración juramentada del lugar de residencia

(archivo Word o PDF)

 
 
En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 RESOLUCIÓN No 99 (17 DE FEBRERO DE 2025)
«Por medio de la cual se da apertura a las convocatorias de la “Ley de Espectáculos Públicos LEP 2025” del Programa Distrital de Estímulos 2025, que incluyen acciones contempladas en los proyectos de inversión de la Subdirección de las Artes del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES»
2 Acta y listado definición perfiles de Personas Expertas para el sector cultura convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - IDARTES 2025
En este documento consulte los perfiles establecidos para participar en el Banco de Personas Expertas del sector cultura convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - IDARTES  2025

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos BECA LEP DE CIRCULACIÓN Y PRODUCCIÓN PARA CIRCUITOS Y FESTIVALES DE DANZA 2025
Listado de participantes inscritos BECA LEP DE CIRCULACIÓN Y PRODUCCIÓN PARA CIRCUITOS Y FESTIVALES DE DANZA 2025
2 Listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y documentos por subsanar en la BECA LEP DE CIRCULACIÓN Y PRODUCCIÓN PARA CIRCUITOS Y FESTIVALES DE DANZA 2025
Listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y documentos por subsanar en la BECA LEP DE CIRCULACIÓN Y PRODUCCIÓN PARA CIRCUITOS Y FESTIVALES DE DANZA 2025
3 Listado definitivo de Habilitados y No Habilitados en la BECA LEP DE CIRCULACIÓN Y PRODUCCIÓN PARA CIRCUITOS Y FESTIVALES DE DANZA 2025
Listado definitivo de Habilitados y No Habilitados en la BECA LEP DE CIRCULACIÓN Y PRODUCCIÓN PARA CIRCUITOS Y FESTIVALES DE DANZA 2025


Avisos modificatorios

No hay elementos

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