Convocatoria Publicada
IDARTES

BECA LEP DE CIRCULACIÓN - CIRCUITOS DE MÚSICA EN VIVO 2025

Ley de espectáculos públicos

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Listado de habilitados y no habilitados en la BECA LEP DE CIRCULACIÓN - CIRCUITOS DE MÚSICA EN VIVO 2025

04/25

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Listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y documentos por subsanar en la BECA LEP DE CIRCULACIÓN - CIRCUITOS DE MÚSICA EN VIVO 2025

04/25

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Listado de participantes inscritos BECA LEP DE CIRCULACIÓN - CIRCUITOS DE MÚSICA EN VIVO 2025

04/25

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AVISO MODIFICATORIO No.1– 2025 A LOS TÉRMINOS DE LAS CONVOCATORIAS BECA LEP DE CIRCULACIÓN - CIRCUITOS DE MÚSICA EN VIVO 2025 Y BECA LEP DE CIRCO, CIUDAD ESCENARIO 2025

03/25

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Acta y listado definición perfiles de Personas Expertas para el sector cultura convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - IDARTES 2025

03/25

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RESOLUCIÓN No 99 (17 DE FEBRERO DE 2025)

02/25

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DOCUMENTOS

Información básica

El Plan Distrital de Desarrollo 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”, en uno de sus objetivos estratégicos “Bogotá confía en su potencial” plantea, además de otros aspectos centrales para la formación artística,  impulsar las economías locales y el encadenamiento de nuevos agentes al ciclo productivo. En este contexto, y como aporte a la estrategia Bogotá cultural y artística 24/7, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes por medio de la BECA LEP DE CIRCULACIÓN - CIRCUITOS DE MÚSICA EN VIVO 2025 apuesta por el reconocimiento de la diversidad musical de la ciudad que inviten a la ciudadanía a vivir la noche y a fortalecer el ecosistema creativo de la ciudad.

Por ello, se busca convocar a los escenarios culturales de la ciudad para diseñar y desarrollar una propuesta de programación en circuitos artísticos, con el ánimo de activar la economía de la noche de Bogotá desde la circulación de música en vivo para contribuir a la sostenibilidad económica de sus proyectos. 

Esta beca propiciará la creación, desarrollo y posicionamiento de circuitos locales, en el que los artistas y los escenarios culturales de la ciudad puedan articularse para construir una propuesta de programación nocturna conjunta, en la que se acuerden actividades y condiciones para la puesta en marcha del circuito en horario extendido. En este sentido, estos circuitos deben proponer una oferta cultural en red que genere ecosistemas y públicos cruzados entre escenarios cercanos geográficamente, con una línea o concepto curatorial claro y que a su vez active a otros subsectores de la economía de la noche.

Características de los circuitos locales:

  • La propuesta debe asegurar una programación continua durante cuatro (4) meses, debe ser presentada por una agrupación o persona jurídica que involucre mínimo a otros tres (3) agentes del ecosistema artístico y sectores afines (artistas, responsables de escenarios culturales o de economías conexas).  
  • Los tres (3) agentes que conforman la propuesta se presentan mediante carta de conformación y compromiso firmada, estos agentes no pueden ser parte de la agrupación o persona jurídica que se postula.
  • Como es una estrategia de activación cultural nocturna, la programación propuesta por los circuitos locales deberá desarrollarse entre las 6:00 p.m y las 4:00 a.m.  
  • Los circuitos deben ser desarrollados en un mínimo tres (3) escenarios ubicados en una misma localidad de Bogotá y realizar una franja de programación de mínimo de seis (6) conciertos o presentaciones artísticas máximo al 30 noviembre del 2025 y circulando mínimo 12 artistas o agrupaciones artísticas. 
  • En cada fecha de la programación circularán como mínimo dos (2)  artistas o agrupaciones con presentaciones que tengan una duración no menor de 45 minutos cada una.
  • Las propuestas deben contemplar un plan de difusión que facilite el acercamiento del público objetivo del espectáculo, integrando múltiples acciones de gestión de públicos. 
  • Dentro de estas acciones se debe contemplar un plan de convocatoria y vinculación con los habitantes y residentes del área de influencia de los escenarios, un plan de difusión en medios de comunicación especializados para el sector artístico, un ejercicio de comunicación cruzada entre los escenarios y los artistas vinculados en la programación, entre otras acciones que en conjunto permitan garantizar el éxito de la programación, promoviendo con ello la proximidad con la diversidad de los públicos de la ciudad e incentivando el disfrute de sus derechos culturales
  • Esta beca fomenta el consumo cultural pago y por ello está permitido el ingreso con cobro de boletería. La distribución de este recaudo será a discreción del espacio cultural, se valorará de manera positiva propuestas que incluyan porcentaje de distribución de los ingresos a los artistas y técnicos.

De acuerdo con esto, las asignaciones de los estímulos valorarán la integración de los componentes respectivos, aclarando que sólo se podrán legalizar actividades correspondientes a la circulación, producción y divulgación del espectáculo artístico, alineado con los criterios establecidos en la Guía de gastos permitidos y no permitidos para las becas con recursos LEP, en donde destacan: recurso humano necesario para las presentaciones (artístico, técnico y logístico), gastos de transporte, alimentación e hidratación para el recurso humano relacionado con las presentaciones, alquiler de requerimientos técnicos adicionales con los que no cuente el equipamiento (Backline, luces, microfonería, etc), escenografía o vestuario, y actividades de divulgación asociadas a la circulación de las funciones. 

Nota 1: En ningún caso estos recursos podrán ser destinados para la construcción, adecuación, mejoramiento ni dotación de los escenarios o equipamientos donde se realice la actividad de circulación.

Si el espacio es un bar o restaurante, es necesario evidenciar que habitualmente se realizan presentaciones relacionadas con las artes escénicas. Esto puede incluir programación pasada, registros de eventos, materiales de promoción o cualquier otro soporte que respalde su uso como escenario para expresiones artísticas

Nota 2: El objetivo de esta beca es consolidar los circuitos de música en vivo, por eso las propuestas que se postulen deberán acreditar una trayectoria de mínimo tres (3) versiones de realización del circuito, entre enero de 2021 y diciembre de 2024.

Nota 3: Para el desarrollo de las actividades nocturnas se debe tener en cuenta las disposiciones del Decreto 667 de 2017, el Decreto 447 de 2021 y las disposiciones adicionales que dan alcance en materia de funcionamiento de establecimientos comerciales.

Nota 4: Las propuestas deberán estar a paz y salvo por concepto de SAYCO y ACINPRO, y garantizar el cumplimiento de derechos de autor y los derechos conexos de acuerdo a la Ley 23 de 1982 y la Decisión Andina 351 de 1993.

Nota 5: El presupuesto deberá proyectarse por el monto máximo que entrega esta convocatoria (CUARENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS - $ 46.800.000) en el caso de las propuestas que sean designadas como ganadoras en el segundo y tercer lugar, deberán ajustar sus presupuestos en coherencia con el valor de los estímulos a otorgar.

Enfoque(s): Disciplinar

Línea(s) estratégica(s): Circulación, Producción

Área(s): Actividades de la economía creativa y cultural

Número de estímulos: 3

Total de recursos: $ 140.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

Se entregarán TRES (3) estímulos distribuidos de la siguiente manera : Un primer estímulo por CUARENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS $46.800.000, un segundo estímulo por CUARENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS : $46.650.000 y un tercer estímulo por CUARENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL PESOS $46.550.000.

El presupuesto deberá proyectarse por el monto máximo que entrega esta convocatoria (CUARENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS - $ 46.800.000) en el caso de las propuestas que sean designadas como ganadoras en el segundo y tercer lugar, deberán ajustar sus presupuestos en coherencia con el valor de los estímulos a otorgar.

El valor de los estímulos está sujeto a las retenciones de ley. 

Los recursos a otorgar serán para actividades correspondientes a la circulación del espectáculo artístico, alineado con los criterios establecidos en la Guía de gastos permitidos y no permitidos para las becas con recursos LEP.

Perfiles de los jurados

Perfil 1

Profesional en artes, humanidades, ciencias sociales, económicas o administrativas con experiencia específica de 5 años o más en programación de agendas artísticas culturales y estrategias de circulación para el sector artístico.

 

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas , Economia, Administracion, Contaduria Y Afines

Campo de experiencia:

Programación de agendas artísticas y culturales y estrategias de circulación para el sector artístico.

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Especialización , Maestría , Doctorado

¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá


Perfil 2

Experto en gestión y formación cultural con título universitario y experiencia específica de 7 años o más en procesos de formación artística, gestión cultural de proyectos relacionados con el sector artístico y cultural

Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias Sociales Y Humanas

Campo de experiencia:

Procesos de formación artística, gestión cultural de proyectos relacionados con el sector artístico y cultural.

Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Especialización , Maestría , Doctorado

¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 19/02/2025

Desde la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con cinco días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@idartes.gov.co

Fecha de apertura 27/02/2025
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 01/04/2025 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 04/04/2025 17:00:00
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 08/04/2025
Publicación de listado de elegibles 19/05/2025

Una vez finalizado el proceso de evaluación, las propuestas elegibles serán presentadas al Comité Distrital de la Contribución Parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas para su aprobación; posteriormente, la SCRD las inscribirá en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas-PULEP y se podrán considerar como ganadoras luego de que el Ministerio de las  Culturas, las Artes y los Saberes realice la respectiva aprobación y registro

Fecha máxima de ejecución 12/12/2025

Tenga en cuenta que para esta fecha el proyecto debe estar ejecutado al 100% y el informe final (si aplica) deberá estar aprobado por parte del área misional del Instituto Distrital de las Artes - Idartes que realiza acompañamiento a la ejecución de la propuesta.

Justificación

La Ley 1493 de 2011, Ley de Espectáculos Públicos “Por la cual se toman medidas para formalizar el sector del espectáculo público de las artes escénicas, se otorgan competencias de inspección, vigilancia y control sobre las sociedades de gestión colectiva y se dictan otras disposiciones”; en su Capítulo II, establece la creación de la contribución parafiscal de los espectáculos públicos de las artes escénicas (recursos LEP), la cual se genera de la boletería de los espectáculos públicos a nivel municipal o distrital y equivale al 10% del valor de las boletas o derechos de asistencia, cuyo costo individual sea igual o superior a 3 UVT ($149.397 para el año 2025).

Así mismo, establece que el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, como entidad recaudadora de la contribución, se encargará de entregar los recursos de la contribución al municipio o distrito que generó el recaudo, para que sean destinados exclusivamente al sector de las artes escénicas, específicamente en proyectos de infraestructura (construcción, reforzamiento, ampliación, mejoramiento, adecuación, etc., de escenarios de las artes escénicas), y, a partir del año 2020, según lo establecido en la Ley 2070 de 2020 y el Decreto Nacional 639 de 2021, en actividades o proyectos que incentiven la producción y circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas.

Este mismo decreto define las precitadas destinaciones de la contribución parafiscal en esta materia de la siguiente manera:

Producción: Conjunto de actividades y procesos que los agentes del Sector de las artes escénicas desarrollan para disponer de los elementos técnicos y artísticos necesarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

Circulación: Actividades de gestión y puesta en escena de contenidos desarrollados por los agentes del sector de las artes escénicas para la presentación al público en general de los espectáculos públicos de las artes escénicas, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3° de la Ley 1493 de 2011.

Conforme a lo anterior, de acuerdo con lo señalado en el Artículo 3 del Decreto Distrital 321 del 8 de agosto del 2022, que modifica el Artículo 4 del Decreto 081 de 2019, en lo relacionado con la administración y ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural (recursos LEP) del distrito capital:

“La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) será la entidad encargada de incorporar en su presupuesto de gastos e ingresos, los recursos de la contribución parafiscal cultural del distrito, y actuará como ordenadora del gasto.

También podrán participar de la ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural y, en tal sentido, ser ordenadores de gasto de los recursos de la contribución parafiscal cultural, el Instituto Distrital de las Artes -IDARTES, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño y la Orquesta Filarmónica de Bogotá, previa aprobación del Comité Distrital de la Contribución Parafiscal de los Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas, y previa suscripción del acto jurídico respectivo con la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (…)”

Esta beca tiene como base el objetivo estratégico número tres (3) “Bogotá confía en su potencial” de las nuevas apuestas del Sector Cultura en el marco del  Plan Distrital de Desarrollo 2024 - 2027, el cual reza “se promoverá el posicionamiento de los distritos creativos y los barrios culturales, en articulación con el sector público y privado, como estrategias para impulsar las economías locales y el encadenamiento de nuevos agentes al ciclo productivo, marco en el cual la identificación de necesidades de formación técnica, tecnológica para el trabajo y profesional de los agentes del sector cultural es de la máxima importancia, además de, posicionar a Bogotá como un destino turístico, cultural y recreodeportivo destacado a nivel nacional e internacional. Este esfuerzo se realizará mediante una colaboración estrecha entre emprendedores de diversos sectores, comunidades étnicas y poblaciones de los territorios, proyectos artísticos, culturales, creativos, recreativos y deportivos con el fin de generar un impacto económico, social y cultural significativo.”

Para contribuir al cumplimiento de estos objetivos, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes, busca estimular los procesos de gestión entre artistas y escenarios culturales como agentes relevantes del sector mediante una programación artística nocturna (entre 6:00 p.m y 4:00 a.m). Además, los escenarios culturales asumen un papel fundamental en la conformación de la oferta artística y cultural de la ciudad de Bogotá, promoviendo y garantizando la diversidad de expresiones artísticas para el consumo y la apropiación de la noche por parte de la ciudadanía. En este orden de ideas, es pertinente la creación de mecanismos que permitan activar la economía de la noche y abonar el camino hacia la construcción de una ciudad que oferte servicios artísticos 24 horas, con índices de seguridad y garantía de derechos culturales.

Objeto

Apoyar la consolidación de circuitos de música en vivo de mediana trayectoria (mínimo tres versiones de realización), mediante el apoyo para la circulación y producción de la programación artística y cultural nocturna (entre las 6:00 p.m. y las 4:00 a.m.) en Bogotá, promoviendo el trabajo colaborativo entre los proyectos artísticos de la ciudad y los escenarios culturales, contribuyendo de esta forma a la sostenibilidad del ecosistema creativo de Bogotá.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Agrupación

Conjunto de dos o más personas naturales mayores de 18 años que presentan una propuesta en la cual participan activamente en su ejecución, que residan en Bogotá.

Agrupaciones conformadas únicamente por personas naturales, con trayectoria mínima de tres (3) años en el desarrollo de actividades o proyectos artísticos y culturales asociados a las artes escénicas. 

Los soportes de trayectoria deberán estar a nombre de la agrupación participante, no se validará la trayectoria de sus integrantes.

Nota: En el caso de los espacios culturales, estos deberán estar registrados como productores en el PULEP, para generar los respectivos registros de las actividades en la plataforma y publicitar el código PULEP del mismo en las piezas gráficas.

Persona Jurídica

Sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, con domicilio en Bogotá.

Con o sin ánimo de lucro, con trayectoria mínima de tres (3) años en el desarrollo de actividades o proyectos artísticos y culturales asociados a las artes escénicas. Los soportes de trayectoria deberán estar a nombre de la persona jurídica participante, no se validará la trayectoria de sus integrantes.

Tenga en cuenta que el Certificado de Existencia y Representación Legal de la persona jurídica debe haber sido expedido como máximo un (1) mes antes de la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

Nota: En el caso de los espacios culturales, estos deberán estar registrados como productores en el PULEP, para generar los respectivos registros de las actividades en la plataforma y publicitar el código PULEP del mismo en las piezas gráficas.

Quiénes no pueden participar

Adicionalmente a las restricciones de participación establecidas en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025, en esta convocatoria no pueden participar:

  • Personas naturales.
  • No podrán ser ganadores de las convocatorias LEP del Programa Distrital de Estímulos 2025, aquellas personas naturales, jurídicas y agrupaciones, que hayan sido ganadoras del recurso LEP del Programa Distrital de Apoyos Concertados 2024 en la línea 2 - Procesos de producción y circulación de espectáculos de las artes escénicas. Recursos Ley de Espectáculos Públicos-LEP

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante de la agrupación participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

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5 MB
2 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

pdf
10 MB
3 Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación.

Adjunte el documento de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, firmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin (Consultar el apartado Formatos)

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10 MB
4 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación.

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de Cultura de cada uno de los integrantes de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home

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10 MB
5 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

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5 MB
6 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Adjunte el/los documento/s de acuerdo con lo solicitado en las Condiciones Generales de Participación.

Tenga en cuenta que el Certificado de Existencia y Representación Legal de la persona jurídica debe haber sido expedido como máximo un (1) mes antes de la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

pdf
5 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Formato de presentación de propuesta

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta definido para esta convocatoria, de acuerdo con la categoría a la que se postula, el cual se encuentra publicado en la sección FORMATOS en el menú lateral de esta página. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

Nota 1. De acuerdo con  las condiciones generales de participación, en la plataforma de inscripción sólo se aceptarán los documentos técnicos en los formatos aquí solicitados. Por lo tanto, no serán tenidos en cuenta enlaces que reúnan la documentación técnica en plataformas de almacenamiento como Google Drive, Dropbox, Microsoft OneDrive, Mega, WeTransfer, etc

Nota 2. El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será inhabilitada. Asegúrese de presentar todos los documentos técnicos solicitados

Nota 3. No incluir el formato para presentación de propuesta o cualquiera de los formatos diseñados específicamente para  esta convocatoria será una causal de inhabilidad.

Para cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria comuníquese al correo contactenos@idartes.gov.co, o a través de la línea (601) 3795750 Ext. 3700, 3701, 3702, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:30 p.m.

pdf
15 MB
2 DOCUMENTO EN EXCEL - Formato Presupuesto- Cronograma- Equipo de trabajo

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato en excel para la presentación del Presupuesto- Cronograma - Equipo de trabajo *, definido para la convocatoria el cual se encuentra publicado en la sección Formatos. 

Guárdelo y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

  • Recuerde que cada sección (Presupuesto- Cronograma - Equipo de trabajo) se encuentra en una hoja excel individual,  y deben ser diligenciadas en su totalidad 

Dado que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución parafiscal de los Espectáculos Públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto, los participantes deberán revisar la Guía LEP de gastos permitidos y no permitidos para las convocatorias de las líneas de circulación y producción con recursos de la contribución parafiscal Becas LEP.

xlsx
15 MB
3 SOPORTES DE TRAYECTORIA DE LOS ESCENARIOS CULTURALES
  • Adjunte en la plataforma de inscripción, un documento en formato PDF, con los soportes que demuestren la realización de al menos tres (3) versiones del circuito. Deberá  incluir soportes del desarrollo de estos circuitos entre los años  2021 y 2024.
  • Los soportes deben contener el nombre del escenario cultural, fecha de presentación (mes y año) y datos de quien certifica (si aplica). 
  • Nota 1: Como soportes se podrán aportar imágenes de reseñas periodísticas, entrevistas, crónicas, artículos, programas de mano, flyers, afiches, entre otros. Estos soportes podrán provenir de medios digitales o impresos. No se aceptan fotos que no contengan la información anteriormente solicitada.

Nota 2: Recuerde que es responsabilidad del participante garantizar el acceso a los soportes tanto para el proceso de verificación como para la evaluación por parte de las personas expertas.

pdf
15 MB
4 FORMATOS CARTA DE COMPROMISO Y CONFORMACIÓN DEL CIRCUITO

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato Carta de compromiso y Conformación del circuito definido para esta convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección FORMATOS en el menú lateral de esta página. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin

Estas cartas deberán estar diligenciadas y firmadas por la totalidad de los artistas, representantes de las agrupaciones y representantes de los escenarios vinculados al circuito, y deberán coincidir con la información reportada en el Formato de presentación de propuesta en los apartados: “Nombre y descripción de los escenarios culturales vinculados al circuito” y “Listado de artistas o agrupaciones a circular en la propuesta”

pdf
15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: Selección
No. Criterio Puntaje
1

Coherencia de la programación con la línea curatorial definida y su aporte al desarrollo de una agenda cultural nocturna en la escena de música en vivo de la localidad.

0 a 25
2

Experiencia de los escenarios culturales y el desarrollo del circuito de música en vivo que hacen parte de la propuesta, su vocación cultural y artística, su infraestructura y capacidad para el cumplimiento de la propuesta.

0 a 20
3

Calidad musical y potencial de circulación de las agrupaciones o solistas musicales vinculados al circuito.

0 a 20
4

Viabilidad de la programación respecto al presupuesto ,cronograma y equipo de trabajo planteados.

0 a 20
5

Viabilidad de la estrategia de divulgación y alcance para visibilizar la programación.

0 a 15

De conformidad, con lo establecido en el ítem Selección de Propuestas Ganadoras, de las Condiciones Generales de Participación, el puntaje mínimo para que una propuesta sea considerada como elegible debe ser igual o superior a 70 puntos ponderados. Las propuestas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el jurado como resultado de la etapa de evaluación.

*Que una propuesta obtenga un puntaje asignado de 70 puntos o más, no implica su selección como ganadora.

Derechos específicos de las y los ganadores

Adicionalmente a lo establecido en el apartado de derechos de los ganadores de las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025, los ganadores de esta convocatoria tienen derecho a:

1. Recibir el estímulo en las siguientes condiciones:

1.1. Un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del estímulo económico, posteriormente al proceso de notificación de la resolución de ganadores y al cumplimiento de los requisitos y trámites solicitados por el Instituto Distrital de las Artes (Idartes) para tal efecto.

1.2. Un segundo desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del estímulo económico, posterior al cumplimiento de los deberes, requisitos y trámites solicitados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes para tales efectos y la presentación y aprobación por el área misional, del informe de ejecución de actividades y la relación de gastos, con sus respectivos soportes, de acuerdo con las especificaciones solicitadas por la entidad.

Nota: Los desembolsos se harán previa aprobación por parte de la entidad encargada de realizar el seguimiento a la ejecución del estímulo. Dichos desembolsos están sujetos a la disponibilidad de recursos, a la programación de pagos que realice la entidad y se les aplicarán las retenciones tributarias a las que haya lugar.

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los deberes contemplados en las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025, los ganadores deberán acatar los siguientes lineamientos:

  1. Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de ganadores: El Idartes enviará un correo electrónico certificado de notificación dentro de los 5 días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo, al correo suministrado por el ganador, quien tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha y hora de recibo del correo, para dar su respuesta manifestando la aceptación o no del estímulo de forma expresa y para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo. Si pasados estos diez (10) días hábiles la Entidad no recibe la aceptación o rechazo del estímulo y los documentos requeridos para la legalización del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, entenderemos que el ganador renuncia el estímulo, el cual le será asignado al suplente, si lo hubiere.
  2. Constituir póliza de cumplimiento de disposiciones legales de acuerdo a lo establecido en el numeral 7.2.1. de las Condiciones Generales de Participación - PDE 2025.
  3. Adicionalmente a la documentación solicitada las Condiciones generales de participación, el ganador deberá aportar la póliza de Responsabilidad civil extracontractual de los espacios en los cuales se desarrollarán actividades con público de la siguiente forma: el ganador deberá aportar un documento tramitado por dicho espacio en el cual se evidencia la vigencia del contrato con la aseguradora y la posibilidad de hacer extensivo el cubrimiento hacia las actividades desarrolladas como parte de la ejecución de la propuesta presentada al Programa Distrital de Estímulos 2025. Si el espacio no cuenta con esta garantía, el ganador deberá constituir a favor del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, la Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por el valor de doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV) con una vigencia que corresponda a la fecha límite de ejecución de la propuesta, de acuerdo con el lugar de realización de las actividades.
  4. Atender los requerimientos que la Entidad realice en virtud de presuntos incumplimientos que se llegaran a presentar durante la ejecución de la propuesta, de acuerdo a los señalado en el numeral 7.7. de las Condiciones Generales de Participación – PDE 2025.
  5. Asistir y participar de forma activa en las sesiones con el tutor(a) o las sesiones de mentoría, cuando aplique, y cumplir con todas las reuniones y actividades programadas por las entidades para el desarrollo, seguimiento y finalización del proyecto.
  6. Gestionar los derechos de las imágenes, archivos sonoros, entre otras obras preexistentes utilizadas, si a ello hubiere lugar.
  7. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la propuesta, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes.  Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del estímulo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del estímulo. Así mismo, el ganador se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la propuesta ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las propuestas..
  8. Entregar, en las fechas acordadas con las entidades que gestionan la convocatoria, un (1) documento en formato libre que contenga la siguiente información:
    • Avance del circuito: Presentaciones artísticas realizadas, descripción breve, número de asistentes y registro fotográfico o audiovisual..
    • Descripción de la gestión: texto breve que dé cuenta de la gestión adelantada para el desarrollo de las presentaciones artísticas, las alianzas realizadas, medios de comunicación, proveedores de servicios, entre otros.
  9. Entregar el informe final de ejecución de actividades y la relación de gastos, con sus respectivos soportes, de acuerdo con las especificaciones solicitadas por las entidades, antes de la fecha máxima de ejecución definida en la convocatoria, y la plantilla de declaración juramentada que respalde la entrega de los recursos económicos del estímulo y de los ingresos por boletería de acuerdo con lo presentado en la propuesta. Adicionalmente, un (1) documento que contenga una descripción de las actividades realizadas, presentaciones artísticas, beneficiarios directos (número de artistas y agrupaciones), beneficiarios indirectos (asistentes a las presentaciones), logros de la gestión, piezas de divulgación, fortalezas y debilidades encontradas tanto en el planteamiento como en la ejecución de la beca, relación con otros  subsectores de la economía de la noche y registro fotográfico o audiovisual. (Los formatos correspondientes serán entregados por la entidad)
  10. Registrar en el PULEP los eventos (o afectaciones) que se realizarán durante el desarrollo de la propuesta, e incluir en todas las piezas de difusión el código PULEP generado por la plataforma. Para realizar este proceso consulte: https://pulep.mincultura.gov.co/Paginas/instructivos.aspx
  11. La parrilla de programación aprobada dentro de la propuesta seleccionada como ganadora, no podrá cambiar en más del 35% de la programación presentada.  Los cambios en la programación presentada deben ser autorizados por la entidad encargada del seguimiento de la beca mediante acta suscrita entre las partes.
  12. Si presentó su propuesta como agrupación y requiere solicitar un cambio de integrante, debe tener en cuenta lo establecido en el ítem Proceso para Ganadores PDE, de las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025, así como la siguiente información acerca del número de cambios permitidos: 

No. de integrantes

No. de Cambios aceptados

De 3 a 5

1

De 6 a 8

2

De 9 a 11

3

De 12 a 14

4

De 15 a 17

5

 

Anexos

No. Documento Descripción
1 GUIA LEP DE GASTOS PERMITIDOS Y NO PERMITIDOS
Guía LEP Gastos Permitidos y No Permitidos para las convocatorias en las líneas de producción y circulación.
2 GUÍA LEP PARA LAS CONVOCATORIAS CON RECURSOS DE LA CONTRIBUCIÓN PARAFISCAL CULTURAL
Documento para orientar el conocimiento de la Ley 1493 de 2011 y la consecuente formulación de propuestas que buscan ejecutar recursos de la contribución parafiscal cultural.

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato para la presentación de propuesta BECA LEP DE CIRCULACIÓN: CIRCUITOS DE MÚSICA EN VIVO 2025

(archivo Word o PDF)

 
 
Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuestas definido para la convocatoria, diligenciando la totalidad de los ítems solicitados. Una vez diligenciado guárdelo en formato PDF para que posteriormente pueda cargarlo en la plataforma de inscripción en línea - SICON. Además, lea atentamente las condiciones de participación del Programa Distrital de Estímulos 2025, así como, las condiciones específicas de esta convocatoria
2 Formato Presupuesto y Cronograma Equipo de trabajo

(archivo Word o PDF)

 
 

Descargue y diligencie en su totalidad el Formato Presupuesto-Cronograma- Equipo de trabajo.

Guárdelo y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.

Nota 1: Tenga en cuenta que el archivo consta de tres (3) hojas excel, las cuales deben ser totalmente diligenciadas.

Nota 2: Este formato debe cargarlo en la plataforma SICON en formato Excel.

Dado que los recursos de la presente convocatoria provienen de la Contribución parafiscal de los Espectáculos Públicos (Ley 1493 de 2011), para la elaboración del presupuesto, los participantes deberán revisar el concepto del Ministerio de Cultura sobre gastos administrativos no aceptables, los cuales no podrán cargarse a los recursos solicitados al Idartes. Consulte el anexo: Guía de gastos permitidos y no permitidos

3 FORMATO CARTA DE COMPROMISO Y CONFORMACIÓN DEL CIRCUITO

(archivo Word o PDF)

 
 
Descargue y diligencie en su totalidad el Formato Carta de compromiso y Conformación del circuito definido para esta convocatoria, el cual se encuentra publicado en la sección FORMATOS en el menú lateral de esta página. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin

Estas cartas deberán estar diligenciadas y firmadas por la totalidad de los artistas, representantes de las agrupaciones y representantes de los escenarios vinculados al circuito, y deberán coincidir con la información reportada en el Formato de presentación de propuesta en los apartados: “Nombre y descripción de los escenarios culturales vinculados al circuito” y “Listado de artistas o agrupaciones a circular en la propuesta”
4 Formato de Declaración juramentada del lugar de residencia

(archivo Word o PDF)

 
 
En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 RESOLUCIÓN No 99 (17 DE FEBRERO DE 2025)
«Por medio de la cual se da apertura a las convocatorias de la “Ley de Espectáculos Públicos LEP 2025” del Programa Distrital de Estímulos 2025, que incluyen acciones contempladas en los proyectos de inversión de la Subdirección de las Artes del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES»
2 Acta y listado definición perfiles de Personas Expertas para el sector cultura convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - IDARTES 2025
En este documento consulte los perfiles establecidos para participar en el Banco de Personas Expertas del sector cultura convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - IDARTES  2025

Listados

No. Documento Descripción
1 Listado de participantes inscritos BECA LEP DE CIRCULACIÓN - CIRCUITOS DE MÚSICA EN VIVO 2025
Listado de participantes inscritos BECA LEP DE CIRCULACIÓN - CIRCUITOS DE MÚSICA EN VIVO 2025
2 Listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y documentos por subsanar en la BECA LEP DE CIRCULACIÓN - CIRCUITOS DE MÚSICA EN VIVO 2025
Listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y documentos por subsanar en la BECA LEP DE CIRCULACIÓN - CIRCUITOS DE MÚSICA EN VIVO 2025
3 Listado de habilitados y no habilitados en la BECA LEP DE CIRCULACIÓN - CIRCUITOS DE MÚSICA EN VIVO 2025
Listado de habilitados y no habilitados en la BECA LEP DE CIRCULACIÓN - CIRCUITOS DE MÚSICA EN VIVO 2025

Avisos modificatorios

No. Documento Descripción
1 AVISO MODIFICATORIO No.1– 2025 A LOS TÉRMINOS DE LAS CONVOCATORIAS BECA LEP DE CIRCULACIÓN - CIRCUITOS DE MÚSICA EN VIVO 2025 Y BECA LEP DE CIRCO, CIUDAD ESCENARIO 2025
Consulte aquí el AVISO MODIFICATORIO No.1– 2025 A LOS TÉRMINOS DE LAS CONVOCATORIAS BECA LEP DE CIRCULACIÓN - CIRCUITOS DE MÚSICA EN VIVO 2025 Y BECA LEP DE CIRCO, CIUDAD ESCENARIO 2025

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