BECA CREACIÓN DE TERRITORIOS VIVOS
Programa Distrital de Estímulos
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Documentación de la convocatoria
Información básica
La Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA es la entidad pública del sector Cultura, Recreación y Deporte del Distrito Capital, que lidera, articula y fomenta, de manera incluyente y participativa, la actividad artística, la gestión cultural, y las industrias culturales y creativas, potenciando la transformación cultural, social, económica y patrimonial del centro de Bogotá, para avanzar en la garantía de los derechos culturales de la ciudadanía y en la sostenibilidad de los agentes culturales y creativos. Por lo anterior, abre la convocatoria Beca Creación de Territorios Vivos, del Programa Distrital de Estímulos 2025, que busca promover la creación de un montaje escénico en las áreas de teatro, danza, música, circo o performance con población residente o flotante (no artistas) de una o varias de las localidades ubicadas en el centro de Bogotá, D.C.: Los Mártires, Santa Fe y La Candelaria, perteneciente a grupos sociales, étnicos o etarios (es decir, por ejemplo: niños, niñas, adolescentes, personas con discapacidad, persona mayor, población LGBTIQ+, víctimas del conflicto, por mencionar algunos).
Enfoque(s): Disciplinar
Línea(s) estratégica(s): Creación
Área(s): Arte dramático,Danza,Interdisciplinar / transdisciplinar,Música
Número de estímulos: 4
Total de recursos: $ 88.000.000
Descripción general de los recursos a otorgar:
Se otorgarán cuatro (4) estímulos, por valor de veintidós millones de pesos M/cte ($22.000.000) cada uno. Los estímulos se entregarán en dos desembolsos.
Perfiles de los jurados
Perfil 1
Profesional en artes escénicas (teatro, danza, performance) y/o música, con experiencia demostrable (por lo menos 6 años) en la creación de espectáculos de artes escénicas y/o música, con maestría en las áreas de interés o afines de la convocatoria, y con experiencia en trabajo comunitario desde la formulación y realización de proyectos artísticos y culturales.
Área conocimiento: Bellas Artes , Ciencias De La Educación
Campo de experiencia:
En circo, teatro, danza, performance, música, trabajo comunitario desde las artes y la cultura.
Área perfil: Arte dramático , Danza , Interdisciplinar / transdisciplinar , Música
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: Si requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Maestría
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
---|---|---|
Fecha de publicación | 19/02/2025 | Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: atencionalciudadano@fuga.gov.co En caso de presentar fallas técnicas con la plataforma SICON que impidan su consulta, la entidad realizará la publicación de avisos informativos, modificatorios o documentos, a través de la página web de la entidad: https://www.fuga.gov.co/ |
Fecha de apertura | 27/02/2025 | Fecha a partir de la cual se habilita la plataforma para inscribir propuestas. |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 12/04/2025 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 15/04/2025 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como participante a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 08/05/2025 | A partir de esta fecha los participantes que deban subsanar documentos administrativos cuentan con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma los documentos solicitados. |
Fecha máxima de publicación de resolución de ganadores | 10/07/2025 | A partir de esta fecha, los ganadores recibirán la notificación de la Resolución a través del correo electrónico registrado en la plataforma. Deben aceptar el estímulo y presentar los documentos solicitados. |
Fecha máxima de ejecución | 28/11/2025 | Esta fecha incluye la presentación del informe final de ejecución del estímulo y la aprobación del mismo por parte de la Entidad. |
Justificación
El Programa Distrital de Estímulos - PDE, hace parte del proceso misional de fomento que tiene como objetivo generar condiciones para la garantía de los derechos culturales de la ciudadanía, y se articula con el Plan Distrital de Desarrollo 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”, en su Objetivo estratégico “Bogotá confía en su bien-estar” con el propósito de otorgar estímulos, reconocimientos, apoyos, incentivos y alianzas estratégicas en el marco de los distintos programas de fomento ofertados, que incluyan enfoque poblacional y territorial, que beneficien a agentes, organizaciones y comunidades.
La misionalidad de la FUGA está relacionada con mejorar la calidad de vida de la ciudadanía al ampliar el acceso a la práctica y el disfrute del arte y la cultura como parte de su cotidianidad en condiciones de equidad. Esta convocatoria invita a artistas de la ciudad a generar un proceso de creación que cuente con poblaciones pertenecientes a sectores sociales, étnicos, etarios y culturales, habitantes de las tres localidades del centro de Bogotá.
Objeto
La convocatoria “Beca Creación de Territorios Vivos”, del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, busca promover la creación de montajes escénicos en las áreas de teatro, danza, música, circo o performance con población residente o flotante (no artistas) de una o varias de las localidades ubicadas en el centro de Bogotá, D.C.: Los Mártires, Santa Fe y La Candelaria, perteneciente a grupos sociales, étnicos o etarios (es decir, por ejemplo: niños, niñas, adolescentes, personas con discapacidad, persona mayor, población LGBTIQ+, víctimas del conflicto, por mencionar algunos). De esta manera, se busca dinamizar el tejido social, los procesos creativos y culturales en los territorios del centro de Bogotá, promover el trabajo colaborativo y en red con agentes de los barrios de las localidades mencionadas, así como de los sectores cultural, artístico y social en estos territorios. En esta convocatoria es muy relevante el proceso que se genera durante la creación, teniendo en cuenta que la experiencia de las herramientas que ofrece el arte es lo que garantiza la resonancia en las personas del territorio que se vinculan a la propuesta. El espacio de creación como encuentro para distintos diálogos debe apuntar al desarrollo del ejercicio escénico propuesto, pero también al disfrute de los participantes, al reconocimiento y respeto por el otro, en el que la práctica artística es la mediadora.
Para participar en la convocatoria los interesados deberán definir la población con la cual van a trabajar (sector social, poblacional, etario y/o étnico, es decir, por ejemplo: niños, niñas, adolescentes, personas con discapacidad, persona mayor, población LGBTIQ+, víctimas del conflicto, por mencionar algunos) y en caso de resultar ganadores, deberán adelantar las gestiones necesarias para convocar dicha población, así como los espacios e insumos logísticos y de producción requeridos y adecuados para llevar a cabo el proceso de creación.
La propuesta ganadora deberá realizar dos (2) presentaciones del resultado final del proceso: una (1) deberá llevarse a cabo la localidad del centro de la ciudad (La Candelaria, Los Mártires o Santa Fe) en la que se llevó a cabo el proceso y una (1) en alguno de los escenarios de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA, (El Muelle y el Auditorio) o en aquellos espacios que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA determine para tales efectos. Se debe tener en cuenta que para presentarse en los escenarios de la entidad, las propuestas deben adaptarse al espacio correspondiente y a las condiciones técnicas del mismo. Se adjunta el rider de El Muelle (Ver Anexo 1). En caso de que la presentación se lleve a cabo en el Auditorio o fuera de la entidad, se revisarán las condiciones técnicas y los ajustes pertinentes con el equipo de producción con tiempo de anticipación suficiente con el fin de garantizar las mejores condiciones tanto de montaje como de circulación de la propuesta.
Al culminar el proceso de creación el ganador deberá realizar una (1) socialización, que puede llevarse a cabo de manera presencial o virtual. La intención de este evento es informar a un público más amplio sobre lo que fue la ejecución de la propuesta, cómo y por qué decidieron participar, cómo se configuró la propuesta, los obstáculos y logros en la ejecución de la misma, entre otros.
En resumen, el ganador deberá realizar tres (3) eventos en total: dos (2) presentaciones y una (1) socialización.
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
---|---|
Persona Jurídica | Sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente. Para participar como persona jurídica debe ingresar en el formulario de inscripción los datos solicitados de la totalidad de miembros de la junta directiva o del órgano administrativo que corresponda, de acuerdo con el documento oficial aportado. Recuerde que es su deber verificar que las personas registradas en el certificado de inscripción correspondan exactamente con aquellas registradas en el certificado de existencia y representación legal o documento equivalente. Si se encuentra que la información no coincide, la entidad tendra la facultad de hacer los ajustes en la plataforma. Para participar en esta convocatoria, las personas jurídicas deben tener domicion en Bogotá y acreditar, mediante certificado de existencia y representación legal, que su objeto social está relacionado con el desarrollo de proyectos artísticos en las áreas de interés de la convocatoria (teatro, danza, música, circo o performance). Adicionalmente, deberán acreditar la realización de mínimo tres (3) proyectos artísticos relacionados con la población a la cual dirige la propuesta (sectores sociales, poblacionales, etarios y/o étnicos). |
Agrupación | Conjunto de dos o más personas naturales (de acuerdo con lo definido en las condiciones específicas de participación) mayores de 18 años que presentan una propuesta en la cual participan activamente en su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, quien estará a cargo de la comunicación con la entidad encargada de la convocatoria en nombre de las y los integrantes de la agrupación, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo dado el caso que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor o caso fortuito comprobados, asuma las responsabilidades del principal. Fuerza mayor: es una causa extraña y externa, se trata de un hecho conocido, irresistible e imprevisible, que es ajeno y exterior al participante. Caso fortuito: es un acontecer intempestivo, excepcional o sorpresivo, que es imprevisible y que proviene de la estructura de la actividad y puede ser desconocido o permanecer oculto. Todas las personas integrantes de la agrupación deben estar registradas en la plataforma y tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadoras y ganadores y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. Aquellos miembros que no se encuentren registrados en el certificado de inscripción en línea, no serán considerados como integrantes de la agrupación, lo cual podría generar que la propuesta no sea habilitada, salvo que las condiciones específicas establezcan otro particular. Para participar en esta convocatoria, la agrupación debe estar conformada por mínimo dos (2) artistas (con o sin formación profesional), residentes en Bogotá y contar con una trayectoria en la que pueda demostrar el desarrollo de mínimo tres (3) proyectos artísticos en las áreas de interés de la convocatoria (teatro, danza, música, circo o performance) relacionados con la población a la cual dirige la propuesta (sectores sociales, poblacionales, etarios y/o étnicos). |
Quiénes no pueden participar
Quienes se indiquen en el numeral 3.2 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2025. Consulte el siguiente enlace: https://drive.google.com/file/d/19kYPEWxLzfIsygex4jDQ55rCmES918IO/view
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. - El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. - No se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente. |
pdf |
5 MB |
2 | Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante. | Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. con la matrícula mercantil renovada en la vigencia correspondiente, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo UN (1) mes de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012. Si el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante presenta modificaciones o ajustes con posterioridad al cierre de la convocatoria en cualquier etapa del proceso, se deberá informar oportunamente a la entidad otorgante mediante correo electrónico, la cual realizará los ajustes correspondientes en la plataforma. En el caso de grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos), deberán presentar una certificación sobre existencia y representación legal de la organización o comunidad con el aval de las instancias consultivas locales y mesas según corresponda. Dado el caso que el participante informe la existencia del documento en otra entidad, se procederá de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012. Nota: Los grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos) y las personas jurídicas en cuyoscertificados de existencia y representación legal no se relacione el NIT, deberán presentar el Registro Único Tributario (RUT) al momento de la inscripción. Los demás participantes deben verificar en las condiciones específicas de la convocatoria sí también deben cumplir con este requisito o si requieren presentar la Matrícula Mercantil renovada para la inscripción. |
pdf |
5 MB |
3 | Documento de identidad del representante de la agrupación participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. - El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. - No se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente. |
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5 MB |
4 | Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. - El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. - No se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente. |
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5 MB |
5 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación. | Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web: https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia. Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, la interesada o interesado podrá presentar en documento debidamente firmado y completamente diligenciado, la Declaración de Lugar de Residencia Bajo Gravedad de Juramento, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2025, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato. |
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5 MB |
6 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales del representante de la agrupación. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes del representante de la agrupación participante. Quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
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5 MB |
7 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de cada integrante de la agrupación participante. Quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
pdf |
5 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
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1 | Formato de presentación de propuesta | Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2025, así como las condiciones específicas de esta convocatoria. Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta de la “Beca Creación de Territorios Vivos” el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin.
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pdf |
15 MB |
2 | Hoja de vida artística del participante | Cargue en la plataforma de inscripción la hoja de vida artística del participante (persona jurídica o agrupación, según el caso) en formato PDF. Nota: tener en cuenta que el documento aportado debe reflejar la vida artística del participante, por lo cual se recomienda no adjuntar archivos en formatos de hoja de vida laboral. |
pdf |
15 MB |
3 | Soportes de la experiencia, trayectoria artística y de trabajo comunitario del participante | Cargue en la plataforma de inscripción un único archivo PDF que contenga las certificaciones de experiencia y trayectoria artística. Estos documentos deberán dar cuenta del número mínimo de proyectos solicitados. Recuerde que debe soportar una trayectoria en la que pueda demostrar el desarrollo de mínimo tres (3) proyectos artísticos en las áreas de interés de la convocatoria (teatro, danza, música, circo o performance) relacionados con la población a la cual dirige la propuesta (sectores sociales, poblacionales, etarios y/o étnicos). Se podrán aportar cualquiera de los siguientes soportes como certificaciones de experiencia para la persona jurídica o la agrupación: 1. Certificaciones expedidas por entidades públicas o privadas donde se indique fecha (día, mes, año) y lugar, contrato con su respectiva acta de liquidación u órdenes de servicio con comprobantes de pago. 2. Soportes como:
Nota 1: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de Internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias. Nota 2: los soportes que no contengan la información completa solicitada no serán tenidos en cuenta para validar la experiencia. Nota 3: El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta, con restricción de acceso que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web o documentos digitales) o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta NO será habilitada. Nota 4. En caso de contratos debe presentar certificaciones donde se acredite que están ejecutados en su totalidad (terminado o liquidado). |
pdf |
15 MB |
4 | Formato de cronograma y presupuesto | Descargue y diligencie en su totalidad el Formato Presupuesto-Cronograma-, el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. Guárdelo y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. Nota: tenga en cuenta la Guía para la formulación del presupuesto en el ítem de gastos permitidos y no permitidos a la hora de calcular su presupuesto. |
pdf |
10 MB |
Criterios de evaluación
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Propuesta metodológica para la ejecución del proyecto |
0 a 30 |
2 | Beneficio/impacto que ofrece el desarrollo de la propuesta a la comunidad con la cual se propone llevar a cabo el proceso de creación |
0 a 25 |
3 | Experiencia del participante en trabajo con comunidad |
0 a 20 |
4 | Viabilidad y factibilidad de la propuesta (cronograma y presupuesto) |
0 a 20 |
5 | Si el participante (persona natural o jurídica) o al menos uno de los integrantes en el caso de agrupación, reside en las localidades de Santa Fe, Los Mártires o La Candelaria. Nota 1: Este criterio responde a la misionalidad territorial de la FUGA, no es obligatorio que los participantes residan en el Centro de Bogotá, sin embargo a aquellos participantes que acrediten esta condición, se les otorgarán 5 ptos en la evaluación. En el caso de persona jurídica, se debe acreditar mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, que el domicilio principal sea en las localidades de Los Mártires, Santa Fe o La Candelaria. Nota 2: En caso de obtener el puntaje correspondiente a este criterio, la persona o personas que se acrediten como residentes no podrán ser reemplazadas en ninguna etapa del proceso. |
0 a 5 |
SELECCIÓN DE GANADORES |
Derechos específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en el numeral 7.5 las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, el ganador tendrá los siguientes derechos:
- Notificación: Recibir mediante correo electrónico certificado la notificación de la Resolución por medio de la cual se designan los ganadores de la convocatoria y se solicitan los documentos para la legalización del estímulo.
- Divulgación: Gozar de las acciones de divulgación que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA- realice dentro del ámbito de sus funciones y conforme a la disponibilidad de recursos.
- Desembolsos: Una vez publicada la resolución de recomendación de los jurados evaluadores y selección de ganadores, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA, llevará a cabo los desembolsos así:
- Primer desembolso: correspondiente al 80 % del valor total del estímulo, posterior a la notificación de la resolución por la cual se designa a los ganadores, entrega oportuna de los documentos requeridos para la legalización del estímulo por parte de los ganadores y aprobación de la póliza de cumplimiento de disposiciones legales, y la póliza de responsabilidad civil extracontractual.
- Segundo y último desembolso: correspondiente al 20% del valor total del estímulo una vez realizadas las presentaciones, la socialización y cumplidas todas las obligaciones de los ganadores, incluida la entrega del informe final que dé cuenta del proceso de creación el cual deberá ser aprobado por la Subdirección Artística y Cultural – FUGA.
Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC).
Nota 2: al estímulo económico se le realizarán descuentos relacionados con la retención en la fuente de acuerdo con lo que indique el RUT del ganador y la normatividad vigente.
Deberes específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en el numeral 7.6 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, el ganador tendrá los siguientes deberes:
1. Responder oportunamente el correo electrónico certificado de notificación de la Resolución por medio de la cual se designan los ganadores de la convocatoria. A partir de la fecha y hora de notificación el ganador cuenta con diez (10) días hábiles para aceptar de manera expresa el estímulo y hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo, de acuerdo con el numeral 7.2 de las Condiciones Generales de Participación. Para esta convocatoria debe presentar:
- Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre de la persona jurídica o representante de la agrupación. La fecha de generación del certificado debe ser de máximo treinta (30) días antes de su entrega. No se aceptan documentos “En trámite” o “En borrador”, por lo que es importante verificar que el documento se encuentre expedido de la forma correcta.
- Certificación bancaria a nombre de la persona jurídica o representante de la agrupación en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega. Nota: No se aceptan Cuentas de Ahorro de Trámites Simplificados - CATS o billeteras virtuales (como Nequi y Daviplata, entre otras). Es responsabilidad del participante verificar que las Cuentas Bancarias aportadas no presenten novedades como embargos, retenciones, cuentas por cobrar, etc.
- Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica, expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. o por la entidad competente, dentro de un (1) mes anterior a la expedición de la resolución por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado.
- Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a nombre del representante de la agrupación, con fecha de expedición máximo de treinta (30) días antes de su entrega o Certificación de parafiscales, expedido por el revisor fiscal o por el representante legal de la persona jurídica, en donde se acredite que la entidad está al día en el pago de los aportes parafiscales y de seguridad social o que no está obligada a hacerlo, según sea el caso.
- Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30 %) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más. La póliza deberá estar firmada por el tomador o tomadora y acompañada del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen. Recuerde que el costo de la póliza no es un gasto permitido dentro del presupuesto del proyecto y no podrá ser descontado del estímulo.
- Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por 200 SMMLV (salarios mínimos mensuales legales vigentes) y cobertura hasta la fecha máxima de ejecución del estímulo. La póliza deberá estar firmada por el tomador o tomadora y acompañada del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen. Recuerde que el costo de la póliza no es un gasto permitido dentro del presupuesto del proyecto y no podrá ser descontado del estímulo.
2. Posterior a la revisión de los documentos de legalización del estímulo, en caso de requerirse ajuste, subsanación o actualización de alguno de los documentos, el ganador cuenta con cinco (5) días hábiles posteriores al correo de solicitud de subsanación para presentar en debida forma la documentación solicitada.
3. Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA, a través de la Subdirección Artística y Cultural.
4. Gestionar por su cuenta y riesgo el escenario o espacio en el cual se llevará a cabo la presentación en la localidad del Centro donde se desarrolló la propuesta, y asumir los gastos, trámites y permisos que se generen en ese proceso.
5. Acatar los protocolos de funcionamiento, seguridad y bioseguridad de los espacios destinados para la ejecución de la propuesta, la cual, en caso de ser necesario, deberá ser adaptada a las condiciones técnicas de los lugares, o suplir bajo su cuenta y riesgo los requerimientos adicionales, en caso de que aplique.
6. Hacerse responsable y cumplir con los aspectos relacionados con autoría y derechos patrimoniales y morales de la propuesta, así como con los trámites de derechos de autor, conexos y de imagen de acuerdo a lo contemplado en los numerales 7.6.18. y 7.6.19 de las Condiciones Generales de Participación PDE 2025.
7. Tramitar y obtener las respectivas licencias, autorizaciones o permisos en materia de derechos de autor, conexos y de imagen, para su uso en la propuesta ganadora, si no es el titular de los derechos correspondientes. Lo anterior, previo al inicio formal de la ejecución de la propuesta, acreditando esta situación con los respectivos documentos.
8.Presentar un informe final que dé cuenta del proceso de creación para recibir el segundo desembolso, para lo cual la entidad enviará un formato al ganador. Como soportes, se deben adjuntar fotografías de la realización de cada una de las fases de ejecución, que deben estar debidamente rotuladas. Dichas imágenes no deben estar insertas en el documento del informe, sino entregarse como archivos adjuntos, en caso de incluir videos dentro de los soportes, estos se deberán entregar como archivos adjuntos, NO como links o vínculos a plataformas. Cuando superen los 99 MB de tamaño se deberán radicar en la oficina de correspondencia de la FUGA.
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Rider técnico del Muelle
|
|
2 |
GUÍA PARA LA FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO
|
Guía para la formulación del presupuesto |
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
FORMATO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA
(archivo Word o PDF) |
Formato Propuesta Beca Creación de Territorios Vivos 2025 |
2 |
FORMATO PRESUPUESTO Y CRONOGRAMA BECA CREACIÓN DE TERRITORIOS VIVOS
(archivo Word o PDF) |
FORMATO PRESUPUESTO YCRONOGRAMA BECA CREACIÓN DE TERRITORIOS VIVOS |
3 |
FORMATO DE DECLARACIÓN LUGAR DE RESIDENCIA BAJO LA GRAVEDAD DEL JURAMENTO
(archivo Word o PDF) |
Declaración juramentada de residencia 2025 |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
RESOLUCIÓN No. 21 DE 2025
|
Por medio de la cual se ordena se ordena la apertura de las convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - FUGA 2025, a cargo de la Subdirección Artística y Cultural de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño. |
2 |
RESOLUCIÓN No. 22 DE 2025
|
Por medio de la cual se fija la tabla de reconocimientos económicos a otorgar al Banco de Personas Expertas para el sector cultura en el marco del Programa Distrital de Estímulos de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño-2025 |
3 |
RESOLUCIÓN No. 88 DE 2025
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Por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria “BECA CREACIÓN DE TERRITORIOS VIVOS”, del Programa Distrital deEstímulos de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño y se ordena el desembolso de losreconocimientos económicos asignados. |
4 |
RESOLUCIÓN No. 129 DE 2025
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Por la cual se acoge la recomendación efectuada por el jurado designado para evaluar las propuestas de la convocatoria “BECA CREACIÓN DE TERRITORIOS VIVOS” y se ordena la entrega del estímulo otorgado. |
5 |
Acta de recomendación de ganadores
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Acta de recomendación de ganadores |
Listados
No. | Documento | Descripción |
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1 |
Listado de propuestas inscritas Beca creación de territorios vivos
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Listado de propuestas inscritas Beca creación de territorios vivos |
2 |
Listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y con documentos por subsanar
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Listado de propuestas habilitadas, no habilitadas y con documentos por subsanar |
3 |
Listado propuestas habilitadas y no habilitadas
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Listado propuestas habilitadas y no habilitadas |
Avisos modificatorios

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