PREMIO SOMOS CENTRO DIVERSO 2025
Programa Distrital de Estímulos
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02/25
02/25
Documentación de la convocatoria
Información básica
La Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA es la entidad pública del sector Cultura, Recreación y Deporte del Distrito Capital, que lidera, articula y fomenta, de manera incluyente y participativa, la actividad artística, la gestión cultural, y las industrias culturales y creativas, potenciando la transformación cultural, social, económica y patrimonial del centro de Bogotá, para avanzar en la garantía de los derechos culturales de la ciudadanía y en la sostenibilidad de los agentes culturales y creativos. Por lo anterior, presenta la convocatoria Premio Somos Centro Diverso 2025, del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, que busca reconocer promover, fortalecer y visibilizar experiencias de inclusión social y de ejercicio de derechos sociales y culturales logradas mediante el desarrollo de prácticas artísticas y/o culturales de grupos sociales y etarios que permita reconocer a Bogotá, como una ciudad diversa, en la que confluyen diferentes grupos poblacionales. Dichas experiencias (actividades o proyectos) deben haber sido realizadas en alguna de las tres localidades del centro de la ciudad (Los Mártires, Santa Fe o La Candelaria).
Enfoque(s): Poblacional-diferencial
Línea(s) estratégica(s): Circulación
Área(s): Interdisciplinar / transdisciplinar
Número de estímulos: 8
Total de recursos: $ 40.000.000
Descripción general de los recursos a otorgar:
Se otorgarán estímulos (8) estímulos por valor de cinco millones de pesos ($5.000.0000) M/cte. cada uno distribuidos de la siguiente manera:
Categoría Persona Mayor: Un (1) estímulo
Categoría Víctimas: Tres (3) estímulos
Categoría LGTBI: Dos (2) estímulos
Categoría Discapacidad: Dos (2) estímulos
Nota 1: Cada estímulo se entregará en un único desembolso.
Nota 2: En caso de que una de las categorías se declare desierta, el jurado podrá recomendar el otorgamiento del premio al siguiente mejor puntaje entre las demás categorías, siempre y cuando cumpla con el puntaje mínimo exigido. (70 puntos).
Categorias:
No. | Categoria | Descripción |
---|---|---|
1 | Persona Mayor (+60) | Personas de 60 años o más. |
2 | Víctimas | Personas víctimas del conflicto armado: Las personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño como consecuencia de violaciones a los derechos humanos, ocurridas a partir del 1° de enero de 1985 en el marco del conflicto armado, Ley 1448 de 2011. (homicidio, desaparición forzada, desplazamiento, violaciones sexuales y otros delitos contra la integridad sexual, secuestro, despojo de tierras, minas antipersona y otros métodos de guerra ilícitos, ataques contra la población civil) |
3 | Población LGBTI | Sectores LGBTI: personas con orientaciones sexuales e identidades de género relativas a esas palabras, así como las comunidades formadas por ellas. Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgeneristas e Intersexuales y Queer. |
4 | Personas con Discapacidad | Se define como persona con habilidades y capacidades diversas o personas con discapacidad a aquellos individuos que presentan diversidad funcional de tipo Física, Visual, Auditiva, Psicosocial, Cognitiva, Sordoceguera y Múltiple. |
Perfiles de los jurados
Perfil 1
Expertos en artes escénicas y/o arte dramático y/o danza y/o música, que acrediten mínimo cinco (5) años de experiencia en trabajo artístico en estas áreas o disciplinas artísticas específicas.
Área conocimiento: Bellas Artes
Campo de experiencia:
Expertos en artes escénicas y/o arte dramático y/o danza y/o música, que acrediten mínimo cinco (5) años de experiencia en trabajo artístico en estas áreas o disciplinas artísticas específicas.
Área perfil: Arte dramático , Artes audiovisuales , Artes plásticas y visuales , Danza , Literatura , Música
Formación profesional: No requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: null
¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá
Perfil 2
Profesionales con título en ciencias humanas o ciencias sociales, que acrediten dos (2) años de experiencia en trabajo con comunidades y/o sectores sociales objeto de la presente convocatoria.
Área conocimiento: Bellas Artes
Campo de experiencia:
Experiencia en trabajo con comunidades y/o sectores sociales objeto de la presente convocatoria.
Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Universitaria
¿El jurado debe residir en Bogotá?: Debe residir en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
---|---|---|
Fecha de publicación | 19/02/2025 | Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: atencionalciudadano@fuga.gov.co
|
Fecha de apertura | 27/02/2025 | Fecha a partir de la cual se habilita la plataforma para inscribir propuestas. |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 25/04/2025 00:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 28/04/2025 00:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como participante a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 21/05/2025 | A partir de esta fecha los participantes que deban subsanar documentos administrativos cuentan con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma los documentos solicitados. |
Fecha máxima de publicación de resolución de ganadores | 17/07/2025 | A partir de esta fecha, los ganadores recibirán la notificación de la Resolución a través del correo electrónico registrado en la plataforma. Deben aceptar el estímulo y presentar los documentos solicitados. |
Fecha máxima de ejecución | 31/10/2025 | Esta fecha incluye la presentación del informe final de ejecución del estímulo y la aprobación del mismo por parte de la Entidad. |
Justificación
El Programa Distrital de Estímulos - PDE, hace parte del proceso misional de fomento que tiene como objetivo generar condiciones para la garantía de los derechos culturales de la ciudadanía, y se articula con el Plan Distrital de Desarrollo 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”, en su Objetivo estratégico “Bogotá confía en su bien-estar” con el propósito de otorgar estímulos, reconocimientos, apoyos, incentivos y alianzas estratégicas en el marco de los distintos programas de fomento ofertados, que puedan incluir enfoque poblacional y territorial, que beneficien a agentes, organizaciones y comunidades
La Fundación Gilberto Álzate Avendaño, reconoce la diversidad social y cultural a través de la identificación de estas particularidades según etapas del ciclo vital, dinámicas demográficas culturales, políticas, económicas, orientación sexual, discapacidad, que identifican a Bogotá, como una ciudad diversa. Mediante esta convocatoria se pretende generar reflexiones y cuestionamientos acerca de la diversidad social y cultural del centro de Bogotá, en los habitantes de la ciudad, con el fin de promover cambios de actitudes, hábitos y percepciones sobre la otredad, la alteridad y la convivencia intercultural.
Objeto
La convocatoria Premio Somos Centro Diverso 2025, del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, busca reconocer, promover, fortalecer y visibilizar experiencias de inclusión social y de ejercicio de derechos sociales y culturales logradas mediante el desarrollo de prácticas artísticas y/o culturales de grupos sociales y etarios que permiten reconocer a Bogotá, como una ciudad diversa, incluyente y participativa en la que confluyen diferentes grupos poblacionales. Dichas experiencias (actividades o proyectos) deben haber sido realizadas en alguna de las tres localidades del centro de la ciudad (Los Mártires, Santa Fe o La Candelaria).
Para esta convocatoria se han definido las siguientes categorías:
- Persona Mayor (+60) : Personas de 60 años o más
- Víctimas: Personas víctimas del conflicto armado: Las personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño como consecuencia de violaciones a los derechos humanos, ocurridas a partir del 1° de enero de 1985 en el marco del conflicto armado, (homicidio, desaparición forzada, desplazamiento, violaciones sexuales y otros delitos contra la integridad sexual, secuestro, despojo de tierras, minas antipersona y otros métodos de guerra ilícitos, ataques contra la población civil)
- Población LGBTI: personas con orientaciones sexuales e identidades de género relativas a esas palabras, así como las comunidades formadas por ellas. Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgeneristas e Intersexuales y Queer.
- Personas con Discapacidad: Se define como persona con habilidades y capacidades diversas o personas con discapacidad a aquellos individuos que presentan diversidad funcional de tipo Física, Visual, Auditiva, Psicosocial, Cognitiva, Sordoceguera y Múltiple.
Los participantes podrán postular un proyecto artístico y/o cultural que haya sido desarrollado entre los últimos dos años (2023-2024) en alguna(s) de las tres localidades del centro de Bogotá (Los Mártires, Santa Fe o La Candelaria) y del cual pueda aportar memorias, productos generados, evidencias o soportes en formato de audio, video o Pdf. Este proyecto debe tener relación con las diferentes prácticas, expresiones o saberes artísticos y/o culturales, así como reconocer las diversidades, identidades y necesidades particulares de estas poblaciones.
Nota 1: Para el caso de personas naturales, el postulante debe pertenecer al sector poblacional de la categoría a la cual se inscribe, para el caso de agrupaciones, como mínimo, uno de los integrantes de la agrupación, debe pertenecer a la población de la categoría a la cual se inscribe. Esta persona no podrá ser reemplazada en ninguna etapa del proceso.
Nota 2: El proponente puede postularse a una sola categoría.
Nota 3: Revise muy bien que la categoría que seleccione en la plataforma Sicon sea la correcta. Si se inscribe en una categoría equivocada la propuesta NO será habilitada, de acuerdo con el numeral 5.2.5.de las Condiciones Generales de Participación del PDE 2025
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
---|---|
Persona Natural | Se entiende por persona natural al ciudadano(a) colombianos(s) y/o extranjero(a), mayor de 18 años, que de manera individual presenta una propuesta. Para participar en esta convocatoria, la persona natural deberá residir en Bogotá, pertenecer al grupo poblacional de la categoría a la cual se inscribe y haber realizado de manera individual por lo menos tres (3) proyectos entre 2023 y 2024 relacionados con prácticas artísticas y culturales. La experiencia de la persona natural deberá estar soportada con la entrega de certificados debidamente expedidos por entidades públicas, privadas y/o comunitarias, que contengan información sobre las fechas de inicio y finalización de las presentaciones, o de las actividades, prácticas o proyectos artísticos o culturales realizados. Será válida la presentación de certificados contractuales, actas de liquidación, artículos de prensa, premios o piezas gráficas (volantes, afiches, avisos de prensa) o audiovisuales (reels, videos promocionales) que incluyan las fechas de realización de las actividades, publicadas en medios de comunicación bien sea virtuales, escritos o de cualquier otro formato. Tenga en cuenta que no se aceptarán auto certificaciones. |
Agrupación | Conjunto de dos o más personas naturales, mayores de 18 años que presentan una propuesta en la cual participan activamente en su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, quien estará a cargo de la comunicación con la entidad encargada de la convocatoria en nombre de las y los integrantes de la agrupación, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo, dado el caso que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor o caso fortuito comprobados, asuma las responsabilidades del principal. Todas las personas integrantes de la agrupación deben estar registradas en la plataforma y tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadoras y ganadores y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. Aquellos miembros que no se encuentren registrados en el certificado de inscripción en línea, no serán considerados como integrantes de la agrupación, lo cual podría generar que la propuesta no sea habilitada, salvo que las condiciones específicas establezcan otro particular. Durante la etapa comprendida entre el cierre de la inscripción de propuestas y la adjudicación de los estímulos, no se permitirá la renuncia o reemplazo de integrantes de las agrupaciones. Para participar en esta convocatoria, la agrupación deberá estar conformada por mínimo dos (2) personas residentes en Bogotá, y soportar por lo menos tres (3) proyectos desarrollados por la agrupación relacionados con prácticas artísticas y culturales entre 2023 y 2024. Cómo mínimo, uno de los integrantes de la agrupación, debe pertenecer a la población de la categoría a la cual se inscribe. Esta persona no podrá ser reemplazada en ninguna etapa del proceso. La experiencia deberá estar soportada con la entrega de certificados debidamente expedidos que contengan información sobre las fechas de inicio y finalización de las presentaciones, o de las actividades, prácticas o proyectos artísticos o culturales realizados. Será válida la presentación de certificados contractuales, actas de liquidación, artículos de prensa, premios o piezas gráficas (volantes, afiches, avisos de prensa) o audiovisuales (reels, videos promocionales) que incluyan las fechas de realización de las actividades, publicadas en medios de comunicación bien sea virtuales, escritos o de cualquier otro formato. Tenga en cuenta que no se aceptarán auto certificaciones. |
Quiénes no pueden participar
Quienes se indiquen en el numeral 3.2 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2025. Consulte el siguiente enlace: https://drive.google.com/file/d/19kYPEWxLzfIsygex4jDQ55rCmES918IO/view
Así mismo, los ganadores de la convocatoria “Premio Somos Centro Diverso 2024” del Programa Distrital de Estímulos 2024.
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
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1 | Documento de identidad de persona natural participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. - El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. - No se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente. |
pdf |
5 MB |
2 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de la persona natural participante. | Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web: https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la alcaldía local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, la interesada o interesado podrá presentar en documento debidamente firmado y completamente diligenciado, la Declaración de Lugar de Residencia Bajo Gravedad de Juramento, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2025, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación.. Ver formato. |
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5 MB |
3 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de la persona natural participante. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de la persona natural. Quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
pdf |
5 MB |
4 | Documento de identidad del representante de la agrupación participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. Recuerda que no se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente.
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5 MB |
5 | Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. - El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. - No se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente. |
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5 MB |
6 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación. | Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web: https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la alcaldía local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, la interesada o interesado podrá presentar en documento debidamente firmado y completamente diligenciado, la Declaración de Lugar de Residencia Bajo Gravedad de Juramento, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2025, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación.. Ver formato. |
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5 MB |
7 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales del representante de la agrupación. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de representante de la agrupación participante. Quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
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5 MB |
8 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de cada integrante de la agrupación participante. Quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
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5 MB |
9 | Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas a través de la autoridad competente. | Para la categoría de víctimas, deberá aportar certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente. Consulta en https://www.unidadvictimas.gov.co/registro-unico-de-victimas-ruv/ |
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5 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Formato de presentación de propuesta | Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2025, así como las condiciones específicas de esta convocatoria. Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta del Premio somos centro diverso 2025 el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. Nota: asegúrese que el formato que carga en la plataforma corresponda a la versión del año 2025. |
pdf |
5 MB |
2 | Soportes de experiencia o trayectoria | Cargue en la plataforma de inscripción un (1) solo PDF que contenga soportes de experiencia de acuerdo al tipo de participante: Para Persona Natural: Soportes que den cuenta de la realización individual de por lo menos tres (3) proyectos relacionados con prácticas artísticas y culturales entre 2023 y 2024. Para Agrupación: Soportes que den cuenta de por lo menos tres (3) proyectos desarrollados por la agrupación, relacionados con prácticas artísticas y culturales entre 2023 y 2024. Recuerde que como mínimo se deberá soportar la participación en tres (3) proyectos. La experiencia deberá estar soportada con la entrega de certificados debidamente expedidos que contengan información sobre las fechas de inicio y finalización de las presentaciones, o del proyecto artístico realizado, o de las actividades o prácticas culturales realizadas. Será válida la presentación de certificados contractuales, actas de liquidación, artículos de prensa, premios o piezas gráficas (volantes, afiches, avisos de prensa) o audiovisuales (reels, videos promocionales) que incluyan las fechas de realización de las actividades, publicadas en medios de comunicación bien sea virtuales, escritos o de cualquier otro formato. No se aceptarán auto certificaciones. Nota 1: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias. Nota 2: los soportes que no contengan la información completa solicitada no serán tenidos en cuenta para validar la experiencia. Nota 3: El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o con restricción de acceso que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web o documentos digitales) o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta NO será habilitada. Nota 4. En caso de contratos debe presentar certificaciones donde se acredite que están ejecutados en su totalidad (terminado o liquidado) |
pdf |
5 MB |
Criterios de evaluación
Ronda: Selección de ganadores
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Coherencia y pertinencia del proyecto postulado en relación con la inclusión social de la población objeto de la convocatoria y el ejercicio de sus derechos sociales y culturales. |
0 a 25 |
2 | Impacto del proyecto postulado con relación al objeto artístico, comunitario y/o cultural de la convocatoria, de acuerdo con la categoría. |
0 a 25 |
3 | Trayectoria: certificaciones y soportes de trayectoria del participante en el desarrollo de proyectos artísticos o culturales. De 3 a 4 proyectos, 15 puntos. De 5 a 7 proyectos, 20 puntos. Más de 8 proyectos, 25 puntos.
|
0 a 25 |
4 | Calidad y claridad narrativa de la presentación del proyecto postulado. |
0 a 20 |
5 | Si el participante (persona natural) o al menos uno de los integrantes en el caso de agrupación, reside en las localidades de Santa Fe, Los Mártires o La Candelaria. Nota 1: Este criterio responde a la misionalidad territorial de la FUGA, no es obligatorio que los participantes residan en el Centro de Bogotá, sin embargo, a aquellos participantes que acrediten esta condición, se les otorgarán 5 ptos en la evaluación. Nota 2: En caso de obtener el puntaje correspondiente a este criterio, la persona o personas que se acrediten como residentes en el centro de Bogotá no podrán ser reemplazadas en ninguna etapa del proceso. |
0 a 5 |
Personas de 60 años o más |
Ronda: Selección de ganadores
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Coherencia y pertinencia del proyecto postulado en relación con la inclusión social de la población objeto de la convocatoria y el ejercicio de sus derechos sociales y culturales. |
0 a 25 |
2 | Impacto del proyecto postulado con relación al objeto artístico, comunitario y/o cultural de la convocatoria, de acuerdo con la categoría. |
0 a 25 |
3 | Trayectoria: certificaciones y soportes de trayectoria del participante en el desarrollo de proyectos artísticos o culturales. De 3 a 4 proyectos, 15 puntos. De 5 a 7 proyectos, 20 puntos. Más de 8 proyectos, 25 puntos.
|
0 a 25 |
4 | Calidad y claridad narrativa de la presentación del proyecto postulado. |
0 a 20 |
5 | Si el participante (persona natural) o al menos uno de los integrantes en el caso de agrupación, reside en las localidades de Santa Fe, Los Mártires o La Candelaria. Nota 1: Este criterio responde a la misionalidad territorial de la FUGA, no es obligatorio que los participantes residan en el Centro de Bogotá, sin embargo, a aquellos participantes que acrediten esta condición, se les otorgarán 5 ptos en la evaluación. Nota 2: En caso de obtener el puntaje correspondiente a este criterio, la persona o personas que se acrediten como residentes en el centro de Bogotá no podrán ser reemplazadas en ninguna etapa del proceso. |
0 a 5 |
Personas víctimas del conflicto armado: Las personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño como consecuencia de violaciones a los derechos humanos, ocurridas a partir del 1° de enero de 1985 en el marco del conflicto armado, (homicidio, desaparición forzada, desplazamiento, violaciones sexuales y otros delitos contra la integridad sexual, secuestro, despojo de tierras, minas antipersona y otros métodos de guerra ilícitos, ataques contra la población civil) |
Ronda: Selección de ganadores
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Coherencia y pertinencia del proyecto postulado en relación con la inclusión social de la población objeto de la convocatoria y el ejercicio de sus derechos sociales y culturales. |
0 a 25 |
2 | Impacto del proyecto postulado con relación al objeto artístico, comunitario y/o cultural de la convocatoria, de acuerdo con la categoría. |
0 a 25 |
3 | Trayectoria: certificaciones y soportes de trayectoria del participante en el desarrollo de proyectos artísticos o culturales. De 3 a 4 proyectos, 15 puntos. De 5 a 7 proyectos, 20 puntos. Más de 8 proyectos, 25 puntos.
|
0 a 25 |
4 | Calidad y claridad narrativa de la presentación del proyecto postulado |
0 a 20 |
5 | Si el participante (persona natural) o al menos uno de los integrantes en el caso de agrupación, reside en las localidades de Santa Fe, Los Mártires o La Candelaria. Nota 1: Este criterio responde a la misionalidad territorial de la FUGA, no es obligatorio que los participantes residan en el Centro de Bogotá, sin embargo, a aquellos participantes que acrediten esta condición, se les otorgarán 5 ptos en la evaluación. Nota 2: En caso de obtener el puntaje correspondiente a este criterio, la persona o personas que se acrediten como residentes en el centro de Bogotá no podrán ser reemplazadas en ninguna etapa del proceso. |
0 a 5 |
Personas con orientaciones sexuales e identidades de género relativas a esas palabras, así como las comunidades formadas por ellas. Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgeneristas e Intersexuales y Queer. |
Ronda: Selección de ganadores
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Coherencia y pertinencia del proyecto postulado en relación con la inclusión social de la población objeto de la convocatoria y el ejercicio de sus derechos sociales y culturales. |
0 a 25 |
2 | Impacto del proyecto postulado con relación al objeto artístico, comunitario y/o cultural de la convocatoria, de acuerdo con la categoría |
0 a 25 |
3 | Trayectoria: certificaciones y soportes de trayectoria del participante en el desarrollo de proyectos artísticos o culturales. De 3 a 4 proyectos, 15 puntos. De 5 a 7 proyectos, 20 puntos. Más de 8 proyectos, 25 puntos.
|
0 a 25 |
4 | Calidad y claridad narrativa de la presentación del proyecto postulado. |
0 a 20 |
5 | Si el participante (persona natural) o al menos uno de los integrantes en el caso de agrupación, reside en las localidades de Santa Fe, Los Mártires o La Candelaria. Nota 1: Este criterio responde a la misionalidad territorial de la FUGA, no es obligatorio que los participantes residan en el Centro de Bogotá, sin embargo, a aquellos participantes que acrediten esta condición, se les otorgarán 5 ptos en la evaluación. Nota 2: En caso de obtener el puntaje correspondiente a este criterio, la persona o personas que se acrediten como residentes en el centro de Bogotá no podrán ser reemplazadas en ninguna etapa del proceso. |
0 a 5 |
Se define como persona con habilidades y capacidades diversas o personas con discapacidad a aquellos individuos que presentan diversidad funcional de tipo Física, Visual, Auditiva, Psicosocial, Cognitiva, Sordoceguera y Múltiple |
Derechos específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en el numeral 7.5 las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, los ganadores tendrán los siguientes derechos:
Notificación: Recibir mediante correo electrónico certificado la notificación de la Resolución por medio de la cual se designan los ganadores de la convocatoria y se solicitan los documentos para la legalización del estímulo.
Divulgación: Gozar de las acciones de divulgación que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA- realice dentro del ámbito de sus funciones y conforme a la disponibilidad de recursos.
Desembolso: Recibir el estímulo en un único desembolso, después de realizada la socialización y previa entrega de informe final de ejecución aprobado por la Subdirección Artística y Cultural.
Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC).
Nota 2: al estímulo económico se le realizarán descuentos relacionados con la retención en la fuente de acuerdo con lo que indique el RUT del ganador y la normativa vigente.
Deberes específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en el numeral 7.6 las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, los ganadores tendrán los siguientes deberes:
- Responder oportunamente el correo electrónico certificado de notificación de la Resolución por medio de la cual se designan los ganadores de la convocatoria. A partir de la fecha y hora de notificación el ganador cuenta con diez (10) días hábiles para aceptar de manera expresa el estímulo y hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo de acuerdo con el numeral 7.2.1 de las Condiciones Generales de Participación. Para esta convocatoria debe presentar:
- Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre de la persona natural o representante de la agrupación. La fecha de generación del certificado debe ser de máximo treinta (30) días antes de su entrega. No se aceptan documentos “En trámite” o “En borrador”, por lo que es importante verificar que el documento se encuentre expedido de la forma correcta.
- Certificación bancaria a nombre de la persona natural o representante de la agrupación en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega. Nota: No se aceptan Cuentas de Ahorro de Trámites Simplificados - CATS o billeteras virtuales (como Nequi y Daviplata, entre otras). Es responsabilidad del participante verificar que las Cuentas Bancarias aportadas no presenten novedades como embargos, retenciones, cuentas por cobrar, etc.
- Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación, con fecha de expedición máximo de treinta (30) días antes de su entrega.
2. Posterior a la revisión de los documentos de legalización del estímulo, en caso de requerirse ajuste, subsanación o actualización de alguno de los documentos, el ganador cuenta con cinco (5) días hábiles posteriores al correo de solicitud de subsanación para presentar en debida forma la documentación solicitada.
3. Realizar una socialización relacionada con la propuesta presentada en la que el ganador convoque a la comunidad en general con el fin de dar a conocer el proyecto.
4. Presentar un informe final que dé cuenta de la socialización realizada, para lo cual la entidad enviará un formato al ganador. Como soportes, se deben adjuntar fotografías de la realización de la socialización, que deben estar debidamente rotuladas. Dichas imágenes no deben estar insertas en el documento del informe, sino entregarse como archivos adjuntos.
5.Hacerse responsable y cumplir con los aspectos relacionados con autoría y derechos patrimoniales y morales de la propuesta, así como con los trámites de derechos de autor, de acuerdo a lo contemplado en los numerales 7.6.18., y 7.6.19 de las condiciones generales de participación PDE 2025.
6. Los demás que señale la Subdirección Artística y Cultural de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA, en el marco de la ejecución de la convocatoria.
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Anexo técnico Premio Somos Centro Diverso
|
Anexo técnico Premio Somos Centro Diverso: Para lograr la mejor calidad posible en el caso de la creación de audios, videos y fotografías que se incluyan en los documentos pdf, se sugiere revisar los insumos y recomendaciones aquí contenidos. |
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Formato para la presentación de propuestas Premio Somos Centro Diverso 2025
(archivo Word o PDF) |
Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2025, así como las condiciones específicas de esta convocatoria. Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta PREMIO SOMOS CENTRO DIVERSO 2025, luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. Nota: el contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o con restricción de acceso que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web o documentos digitales)o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta NO será habilitada. |
2 |
Formato declaración lugar de residencia bajo gravedad de juramento
(archivo Word o PDF) |
Formato declaración lugar de residencia bajo gravedad de juramento. |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
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1 |
RESOLUCIÓN No. 21 DE 2025
|
Por medio de la cual se ordena se ordena la apertura de las convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - FUGA 2025, a cargo de la Subdirección Artística y Cultural de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño. |
2 |
RESOLUCIÓN No. 22 DE 2025
|
Por medio de la cual se fija la tabla de reconocimientos económicos a otorgar al Banco de Personas Expertas para el sector cultura en el marco del Programa Distrital de Estímulos de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño-2025 |
Listados

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Avisos modificatorios

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