BECA CONTANDO EL CENTRO, CONSTRUYENDO CIUDAD
Programa Distrital de Estímulos
Descargue aquí la convocatoria en PDF Participar en esta convocatoriaPara participar, inicia sesión en SICON y busca esta convocatoria
Ver condiciones de participación
¡IMPORTANTE!
REVISA AQUÍ AVISOS, LISTADOS Y RESOLUCIONES
02/25
02/25
02/25
Documentación de la convocatoria
Información básica
La Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA es la entidad pública del sector Cultura Recreación y Deporte del Distrito Capital, que lidera, articula y fomenta, de manera incluyente y participativa, la actividad artística, la gestión cultural, y las industrias culturales y creativas, potenciando la transformación cultural, social, económica y patrimonial del centro de Bogotá, para avanzar en la garantía de los derechos culturales de la ciudadanía y en la sostenibilidad de los agentes culturales y creativos. Por lo anterior, abre la convocatoria “Beca contando el centro, construyendo ciudad” del Programa Distrital de Estímulos 2025, que busca fortalecer los procesos de promoción y divulgación de los emprendimientos culturales y creativos de las localidades de Santa Fe, Los Mártires y La Candelaria, a través de medios de comunicación alternativos y de creadores de contenido, generando un trabajo colaborativo entre estos y los agentes del centro de Bogotá.
La “Beca contando el centro, construyendo ciudad” busca fortalecer los procesos de promoción y divulgación de los emprendimientos culturales y creativos de las localidades de Santa Fe, Los Mártires y La Candelaria, a través de medios de comunicación comunitarios y de creadores de contenido, generando un trabajo colaborativo entre estos y los agentes culturales y creativos del centro de Bogotá.
Enfoque(s): Territorial
Línea(s) estratégica(s): Promoción o divulgación
Área(s): Actividades de la economía creativa y cultural
Número de estímulos: 4
Total de recursos: $ 40.000.000
Descripción general de los recursos a otorgar:
Se otorgarán cuatro (4) estímulos por valor de diez millones de pesos ($10.000.000) m/cte., dos (2) para la categoría 1 “Beca contando el centro, construyendo ciudad para Medios Comunitarios”, y dos (2) para la categoría 2 “Beca contando el centro, construyendo ciudad para Creadores de contenido”. Para cada estímulo se realizan dos desembolsos.
Categorias:
No. | Categoria | Descripción |
---|---|---|
1 | Beca contando el centro, construyendo ciudad para Medios Comunitarios: | Busca la promoción y divulgación de los bienes, servicios y espacios de los emprendimientos y organizaciones de los emprendimientos y organizaciones de los sectores que componen la economía cultural y creativa, que se encuentran ubicados en las localidades de La Candelaria, Santa Fe o Los Mártires, a través de proyectos a cargo de los medios de comunicación comunitaria, inscritos en el directorio distrital de medios comunitarios del IDPAC. Para esta categoría, se tendrán en cuenta medios de comunicación comunitarios, que trabajan con formatos sonoros, audiovisuales, escritos, digitales, multimediales o transmediales. |
2 | Beca contando el centro, construyendo ciudad para Creadores de contenido | Busca la promoción y divulgación de los bienes, servicios y espacios de los emprendimientos y organizaciones ubicados en las tres (3) localidades que conforman el centro de Bogotá, a través de proyectos a cargo de creadores de contenido domiciliados en la ciudad de Bogotá, que cuenten con una presencia activa en redes sociales como Instagram, TikTok, YouTube o Facebook. La cuenta debe tener un mínimo de 10.000 seguidores en la plataforma principal elegida para postularse, requisito que deberá mantenerse al cierre de la convocatoria y durante todo el proceso de selección. Además, debe contar con una audiencia con la que interactúe regularmente y demostrarlo a través de sus métricas. |
Perfiles de los jurados
Perfil 1
Profesional en cualquier área del conocimiento con mínimo cuatro (4) años de experiencia en emprendimiento cultural y/o creativo, Industrias culturales y creativas, Economía cultural y creativa, Economía de la cultura, Economía naranja, evaluación de proyectos de emprendimiento cultural y/o creativo o docencia en emprendimiento cultural y/o creativo, Industrias culturales y creativas, Economía cultural y creativa, Economía de la cultura, Economía naranja. Debe acreditar la experiencia mediante certificaciones, las cuales deben contener la siguiente información: nombre del proyecto o área, actividades realizadas, fecha de inicio y terminación (día, mes y año), datos de contacto de la institución o entidad que la expide y contar con firma digital u original.
Área conocimiento: Cualquier área del conocimiento
Campo de experiencia:
Mínimo cuatro (4) años de experiencia en emprendimiento cultural y/o creativo, Industrias culturales y creativas, Economía cultural y creativa, Economía de la cultura, Economía naranja, evaluación de proyectos de emprendimiento cultural y/o creativo, o docencia en emprendimiento cultural y/o creativo, Industrias culturales y creativas, Economía cultural y creativa, Economía de la cultura, Economía naranja.
Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Universitaria
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Perfil 2
Profesional en ciencias de la comunicación, periodismo o afines, con mínimo cuatro (4) años de experiencia en el diseño, acompañamiento o dirección de proyectos de comunicación comunitaria, comunicación popular, medios alternativos. Debe acreditar la experiencia mediante certificaciones, las cuales deben contener la siguiente información: nombre del proyecto o área, actividades realizadas, fecha de inicio y terminación (día, mes y año), datos de contacto de la institución o entidad que la expide y contar con firma digital u original.
Área conocimiento: No aplica
Campo de experiencia:
Mínimo cuatro (4) años de experiencia en el diseño, acompañamiento o dirección de proyectos de comunicación comunitaria, comunicación popular, medios alternativos.
Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Universitaria
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Perfil 3
Profesional en cualquier área del conocimiento con mínimo cuatro (4) años de experiencia en marketing digital, en social media, y/o en formulación y acompañamiento de estrategias para ecosistemas digitales, formulación o evaluación de KPI en campañas digitales. Debe acreditar la experiencia mediante certificaciones, las cuales deben contener la siguiente información: nombre del proyecto o área, actividades realizadas, fecha de inicio y terminación (día, mes y año), datos de contacto de la institución o entidad que la expide y contar con firma digital u original.
Área conocimiento: Cualquier área del conocimiento
Campo de experiencia:
Mínimo cuatro (4) años de experiencia en marketing digital, en social media, y/o en formulación y acompañamiento de estrategias para ecosistemas digitales, formulación o evaluación de KPI en campañas digitales.
Área perfil: Interdisciplinar / transdisciplinar
Formación profesional: Si requiere formación profesional
Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado
Nivel de formación: Universitaria
¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá
Fechas importantes
Evento | Fecha | Descripción |
---|---|---|
Fecha de publicación | 19/02/2025 | Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: atencionalciudadano@fuga.gov.co
|
Fecha de apertura | 27/02/2025 | Fecha a partir de la cual se habilita la plataforma para inscribir propuestas. |
Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura | 07/04/2025 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Fecha de cierre | 10/04/2025 17:00:00 | Tenga en cuenta que la inscripción como participante a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana. |
Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar | 06/05/2025 | A partir de esta fecha los participantes que deban subsanar documentos administrativos cuentan con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma los documentos solicitados. |
Fecha máxima de publicación de resolución de ganadores | 01/07/2025 | A partir de esta fecha, los ganadores recibirán la notificación de la Resolución a través del correo electrónico registrado en la plataforma. Deben aceptar el estímulo y presentar los documentos solicitados. |
Fecha máxima de ejecución | 28/11/2025 | Esta fecha incluye la presentación del informe final de ejecución del estímulo y la aprobación del mismo por parte de la Entidad. |
Justificación
El PDE, hace parte del proceso misional de fomento que tiene como objetivo generar condiciones para la garantía de los derechos culturales de la ciudadanía, y se articula con el Plan Distrital de Desarrollo 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”, en su Objetivo estratégico “Bogotá confía en su bien-estar” con el propósito de otorgar estímulos, reconocimientos, apoyos, incentivos y alianzas estratégicas en el marco de los distintos programas de fomento ofertados, que incluyan enfoque poblacional y territorial, que beneficien a agentes, organizaciones y comunidades.
Para este cuatrienio, la entidad avanza en el fortalecimiento de la cadena de valor de los agentes culturales y creativos presentes en las localidades de La Candelaria, Santa Fe y Los Mártires, a partir de los desafíos identificados en términos de la articulación y el trabajo en red de los creadores y productores de bienes y servicios culturales y creativos con agentes que se ubican en los eslabones de la promoción y la divulgación.
Según la caracterización de agentes realizada por la FUGA en 2023, se encontró que el ecosistema cultural y creativo del centro es principalmente endogámico. Los agentes culturales y creativos asociados a los procesos de creación y producción no se relacionan ni evidencian la necesidad de relacionamiento con distribuidores (el 32% de los encuestados) y medios de comunicación (51%) para el desarrollo de sus actividades, lo que genera implicaciones en el alcance de sus productos y en la ampliación de sus clientes y audiencias.
Así, esta convocatoria impulsa el encuentro entre los diferentes actores del ecosistema con el propósito de añadir valor a los bienes y servicios culturales y creativos del centro de Bogotá, gracias a la promoción, difusión y divulgación de estos, a través de nuevos canales y medios.
Por un lado, la comunicación que se impulsa por medios de comunicación comunitarios y alternativos contribuyen a la sostenibilidad cultural y social de los procesos en los territorios, buscando fomentar los sentidos de pertenencia y orgullo, a la par que se crean oportunidades de trabajo en red estrechando el tejido social del centro.
Por otro lado, la generación de contenidos audiovisuales que son difundidos en las principales redes sociales (Facebook, Instagram, TikTok y YouTube) son en la actualidad formatos de mayor consumo y captación de nuevas audiencias (videos cortos e historias interactivas) que funcionan para promover y aumentar la valoración de los bienes, servicios, experiencias y espacios de los agentes culturales y creativos del centro Bogotá.
Objeto
La convocatoria “Beca contando el centro, construyendo ciudad” de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA busca fortalecer los procesos de promoción y divulgación de los emprendimientos culturales y creativos de las localidades de Santa Fe, Los Mártires y La Candelaria, a través de medios de comunicación alternativos y de creadores de contenido, generando un trabajo colaborativo entre estos actores y los agentes del ecosistema de la economía cultural y creativa del centro de Bogotá.
Se otorgarán cuatro (4) estímulos, dos (2) para la categoría 1, y dos (2) para la categoría 2:
Categoría 1. Beca contando el centro, construyendo ciudad para Medios Comunitarios
Busca la promoción y divulgación de los bienes, servicios y espacios de los emprendimientos y organizaciones que se encuentran ubicados en las tres (3) localidades que componen el centro de Bogotá, a través de proyectos desarrollados por medios de comunicación comunitaria, inscritos en el directorio distrital de medios comunitarios del IDPAC, actualizado a 2025.
De acuerdo con el IDPAC, “la comunicación comunitaria está definida como aquellos procesos mediante los cuales las comunidades organizadas visibilizan su realidad local con su propia voz. Entendida como una alternativa a la comunicación masiva, este tipo de comunicación construye estrategias para el diálogo, el encuentro y las relaciones solidarias, lo que significa que le da primacía a la comunicación humana y la producción colectiva del conocimiento” (2017) . Para esta categoría, se tendrán en cuenta medios comunitarios alternativos tales como: Impresos, Audiovisuales, Sonoros, TIC.
IDPAC: MEDIOS COMUNITARIOS Y ALTERNATIVOS (2017). Documento electrónico disponible en: https://www.participacionbogota.gov.co/somos-idpac/medios-comunitarios-y-alternativos
Las propuestas de contenidos o productos de comunicación comunitaria pueden ser de tipo sonoros, audiovisuales, escritos, digitales, multimediales o transmediales y deben incluir emprendimientos y organizaciones de la economía cultural y creativa ubicados en el centro de Bogotá. Los productos deberán contar con una coherencia temática y narrativa, así como con una estrategia de circulación que permita su visibilización a través de medios físicos y virtuales.
Categoría 2. Beca "Contando el Centro, Construyendo Ciudad" para Creadores de Contenido
Busca la promoción y divulgación de bienes, servicios y espacios de los emprendimientos y organizaciones ubicados en las tres (3) localidades que conforman el centro de Bogotá, a través de proyectos a cargo de creadores de contenido domiciliados en la ciudad de Bogotá, que cuenten con una presencia activa en redes sociales como Instagram, TikTok, YouTube o Facebook. La cuenta debe tener un mínimo de 10.000 seguidores en la plataforma principal elegida para postularse, requisito que deberá mantenerse al cierre de la convocatoria y durante todo el proceso de selección. Además, debe contar con una audiencia con la que interactúe regularmente y demostrarlo a través de sus métricas.
1. El influenciador deberá identificarse con el rango que mejor represente su comunidad digital:
- Soy un Micro Influenciador: cuento con un rango de seguidores entre 10.000 y 49.999
- Soy un Macro Influenciador: cuento con un rango de seguidores entre 50.000 y 99.999
- Soy un Mega Influenciador: cuento con 100.000 o más seguidores
2. Alcance de la cuenta:
- Micro Influenciadores (10,000 - 50,000 seguidores): mínimo 15% de su base de seguidores.
- Macro Influenciadores (50,000 - 100,000 seguidores): mínimo 8% de su base de seguidores.
- Mega Influenciadores (100,000 - 1M seguidores): mínimo 3% de su base de seguidores.
3. Interacciones:
- Micro Influenciadores (10,000 - 50,000 seguidores): mínimo 4% de su base de seguidores.
- Macro Influenciadores (50,000 - 100,000 seguidores): mínimo 2% de su base de seguidores.
- Mega Influenciadores (100,000 - 1M seguidores): mínimo 1% de su base de seguidores.
Estos indicadores deberán estar soportados como se solicita en el apartado Documentos Técnicos. Tenga en cuenta que no se permite sumar seguidores y métricas entre las diferentes redes, deberá escoger una red base que cumpla con los requisitos mínimos expuestos en estas condiciones.
A demás de las métricas de alcance e interacción, sse evaluará la calidad del contenido, su impacto en la audiencia y la gestión de comunidad. Es fundamental que el contenido generado aporte valor, tenga coherencia con la identidad del creador y resuene con su comunidad de manera efectiva.
Las propuestas de contenido o productos pueden ser digitales, multimediales o transmediales, y deben incluir emprendimientos y organizaciones de la economía cultural y creativa del centro de Bogotá. Los productos deberán tener coherencia temática y narrativa, así como una estrategia de circulación que garantice su visibilización a través de medios virtuales.
Los emprendimientos culturales y creativos pueden ser seleccionados de la Plataforma En el Centro Encuentro https://plataformacentro.fuga.gov.co/. En caso de que los emprendimientos que hacen parte de la propuesta no se encuentren registrados en la plataforma, la entidad verificará que hagan parte de la Economía cultural y creativa y si la propuesta es seleccionada como ganadora, los emprendimientos propuestos deberán inscribirse en la Plataforma de la FUGA. .
Tenga en cuenta: Se entiende por Economía Cultural y Creativa el conjunto de actividades del campo cultural, creativo, patrimonial y artístico que se plasman en bienes o servicios y que son generadores de valor social, cultural y económico. La economía cultural y creativa implica un proceso de transformación de las ideas y valores culturales, tanto individuales como colectivos, hacia un bien o servicio, lo que se define como cadena de valor (creación, producción, promoción, exhibición, distribución y comercialización).
La Economía cultural y creativa abarca las áreas de Artes y patrimonio; Industrias culturales convencionales, así como el de Creaciones funcionales y nuevos medios y software, de acuerdo con los sectores abarcados por la Cuenta Satélite Economía Cultural y Creativa de Bogotá, con las siguientes actividades económicas: ver Anexo 2: cuadro de sectores de la Economía cultural y creativa que pueden ser promocionados y divulgados.
Nota 1: para el desarrollo de los proyectos, los participantes deberán gestionar los permisos necesarios para la producción de los contenidos en donde se requieran autorizaciones, tales como en el espacio público.
Nota 2: en caso de que una de las categorías se declare desierta, el jurado podrá recomendar el otorgamiento de los estímulos a los siguientes mejores puntajes en la otra categoría, siempre y cuando cumpla con el puntaje mínimo exigido (70 puntos).
Nota 3: Solo se puede participar en una de las dos categorías.
Nota 4: Asegúrese y verifique que su inscripción la realice en la categoría a la cual corresponde la propuesta, en la plataforma Sicon. Tenga en cuenta lo indicado en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, apartado “5.2. ¿Por qué causales una propuesta puede no ser habilitada? 5.2.5. Inscripción en la convocatoria o categoría inadecuada.
Nota 5: el material resultante de esta convocatoria podrá ser circulado a través de las plataformas virtuales de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño –FUGA-, o aquellas que la entidad determine para tales efectos.
Tipo de participante
Participante | Perfil específico del participante |
---|---|
Persona Jurídica | Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente. Para participar como persona jurídica debe ingresar en el formulario de inscripción los datos solicitados de la totalidad de miembros de la junta directiva o del órgano administrativo que corresponda, de acuerdo con el documento oficial aportado. Recuerde que es su deber verificar que las personas registradas en el certificado de inscripción correspondan exactamente con aquellas registradas en el certificado de existencia y representación legal o documento equivalente. Si se encuentra que la información no coincide, la entidad tendrá la facultad de hacer los ajustes en la plataforma. Para participar en esta convocatoria la persona jurídica con o sin ánimo de lucro, debe tener su domicilio en la ciudad de Bogotá. Para participar en la categoría 1. “Beca contando el centro, construyendo ciudad para medios de comunicación comunitaria” la persona jurídica debe tener fecha de constitución no menor a un año al cierre de la convocatoria y debe acreditar el desarrollo de mínimo cuatro (4) proyectos de comunicación comunitaria, en cualquiera de estos formatos: audio, audiovisual, escrito, impreso, digital, radial, a nombre del medio comunitario que representa. Para participar en la categoría 2. “Beca contando el centro, construyendo ciudad para creadores de contenido”, La persona jurídica postulante debe contar con al menos un año de constitución al cierre de la convocatoria. Además, debe ser propietaria o representante de una cuenta en redes sociales con presencia activa, que tenga un mínimo de 10.000 seguidores al momento de postularse y durante todo el proceso de selección. También debe contar con una audiencia con la que interactúe regularmente y demostrarlo a través de sus métricas. |
Agrupación | Conjunto de dos o más personas naturales mayores de 18 años, residentes en Bogotá, que presentan una propuesta en la cual participan activamente para su creación o ejecución. Estas personas deberán nombrar un representante principal, quien será el encargado de comunicarse con la entidad encargada de la convocatoria, en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo dado el caso que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor o caso fortuito comprobados, asuma las responsabilidades del principal. Todas las personas integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadoras y ganadores y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. Aquellos miembros que no se encuentren registrados en el certificado de inscripción en línea, no serán considerados como integrantes de la agrupación, lo cual podría generar que la propuesta no sea habilitada, salvo que las condiciones específicas establezcan otro particular. Para participar en la categoría 1. “Beca contando el centro, construyendo ciudad para medios de comunicación comunitaria” la agrupación debe acreditar el desarrollo de mínimo cuatro (4) proyectos de comunicación comunitaria, en cualquiera de estos formatos: audio, audiovisual, escrito, impreso, digital, radial, a nombre del medio comunitario que representa. Para participar en la categoría 2. “Beca contando el centro, construyendo ciudad para creadores de contenido”, la cuenta de redes sociales conjunta debe contar con una presencia activa y un mínimo de 10.000 seguidores al momento de la postulación y durante todo el proceso de selección. Además, deben demostrar interacción constante con su audiencia a través de métricas verificables. |
Persona Natural | Ciudadano(a) colombiano(a) o extranjero(a), mayor de 18 años, que de manera individual presenta una propuesta. Para participar en esta convocatoria la persona natural debe residir en Bogotá y su actividad económica debe desarrollarse en la ciudad de Bogotá condición que será verificada en el RUT. Para participar en la categoría 1. “Beca contando el centro, construyendo ciudad para medios de comunicación comunitaria”, la persona natural debe ser el representante de un medio de comunicación comunitario y debe contar con una experiencia comprobable de mínimo cuatro (4) proyectos de comunicación comunitaria, en cualquiera de estos formatos: audio, audiovisual, escrito, impreso, digital, radial, a nombre del medio comunitario que representa. Para participar en la Categoría 2, la persona natural debe contar con una presencia activa en redes sociales como Instagram, TikTok, YouTube o Facebook. La cuenta debe tener un mínimo de 10.000 seguidores en la plataforma principal elegida para postularse, requisito que deberá mantenerse al cierre de la convocatoria y durante todo el proceso de selección. Además, debe contar con una audiencia con la que interactúe regularmente y demostrarlo a través de sus métricas. |
Quiénes no pueden participar
Quienes se indiquen en el numeral 3.2 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2025. Consulte el siguiente enlace:
https://drive.google.com/file/d/19kYPEWxLzfIsygex4jDQ55rCmES918IO/view
Documentos administrativos
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. - El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. - No se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente. |
pdf |
5 MB |
2 | Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante. | Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. con la matrícula mercantil renovada en la vigencia correspondiente, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo UN (1) mes de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un año más. Si el representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012. Si el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante presenta modificaciones o ajustes con posterioridad al cierre de la convocatoria en cualquier etapa del proceso, se deberá informar oportunamente a la entidad otorgante mediante correo electrónico, la cual realizará los ajustes correspondientes en la plataforma. En el caso de grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos), deberán presentar una certificación sobre existencia y representación legal de la organización o comunidad con el aval de las instancias consultivas locales y mesas según corresponda. Dado el caso que el participante informe la existencia del documento en otra entidad, se procederá de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012. Nota: Los grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos) y las personas jurídicas en cuyos certificados de existencia y representación legal no se relacione el NIT, deberán presentar el Registro Único Tributario (RUT) al momento de la inscripción. Los demás participantes deben verificar en las condiciones específicas de la convocatoria sí también deben cumplir con este requisito o si requieren presentar la Matrícula Mercantil renovada para la inscripción. |
pdf |
5 MB |
3 | RUT | Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre de la persona jurídica, de la persona natural o del representante de la agrupación. La fecha de generación del certificado debe ser de máximo treinta (30) días antes de su entrega. No se aceptan documentos “En trámite” o “En borrador”, por lo que es importante verificar que el documento se encuentre expedido de la forma correcta. El domicilio debe ser en Bogotá. |
pdf |
5 MB |
4 | Documento de identidad del representante de la agrupación participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia, de lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. - El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. - No se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente |
pdf |
5 MB |
5 | Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. - El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. - No se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente. |
pdf |
5 MB |
6 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación. | Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web: https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2025 el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación. Ver formato |
pdf |
5 MB |
7 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de cada integrante de la agrupación participante. Quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
pdf |
5 MB |
8 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales del representante de la agrupación. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes del representante de la agrupación. Quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
pdf |
5 MB |
9 | Documento de identidad de persona natural participante. | - Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. - En el caso de extranjeras y extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. - En el caso de extranjeras y extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. - El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición que aplique en el momento de la convocatoria. - No se aceptarán documentos diferentes a los documentos de identidad descritos anteriormente. |
pdf |
5 MB |
10 | Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de la persona natural participante. | Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Nota 1. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web: https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia Nota 2. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, la interesada o interesado podrá presentar en documento debidamente firmado y completamente diligenciado, la Declaración de Lugar de Residencia Bajo Gravedad de Juramento, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2025, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación.Ver formato. |
pdf |
5 MB |
11 | Registro Único Nacional de Agentes Culturales de la persona natural participante. | Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de la persona natural. Quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home |
pdf |
5 MB |
Documentos técnicos para evaluación
No. | Requisito | Descripción | Tipos de archivos permitidos | Tamaño máximo permitido |
---|---|---|---|---|
1 | Formato de presentación de propuesta | Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2025, así como las condiciones específicas de esta convocatoria. Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para la presentación de propuesta “Formato para la presentación de propuesta Beca contando el centro, construyendo ciudad para Medios Comunitarios” o “Formato para la presentación de propuesta Beca contando el centro, construyendo ciudad para creadores de contenido”, los cuales se encuentran publicados en la sección Formatos de esta convocatoria. Luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. Nota. El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta, con restricción de acceso que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web, redes sociales o documentos digitales) o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta NO será habilitada. |
pdf |
15 MB |
2 | Soportes de experiencia o trayectoria | Cargue en la plataforma de inscripción en un (1) solo PDF que contenga soportes de experiencia de acuerdo con la categoría a la que se presenta. Categoría 1. Beca contando el centro, construyendo ciudad para Medios Comunitarios: Debe contar con una experiencia comprobable de mínimo cuatro (4) proyectos de comunicación comunitaria circulados, en cualquiera de estos formatos: audio, audiovisual, escrito, impreso, digital, radial, a nombre del medio comunitario que representa. Adicionalmente, deberá adjuntar dentro de estos soportes el certificado de inscripción ante el Directorio de Medios Comunitarios del IDPAC con vigencia del año 2025. Se podrán aportar cualquiera de los siguientes soportes como certificaciones de experiencia: 1. Certificaciones expedidas por entidades públicas o privadas donde se indique fecha (día, mes, año) y lugar, contrato con su respectiva acta de liquidación u órdenes de servicio con comprobantes de pago. 2. Soportes como:
Nota 1: los soportes se pueden adjuntar en un hipervínculo o enlace a cualquier plataforma de internet, verificando que no tengan restricción de permisos para visualizar el contenido, o suministrando las contraseñas necesarias. Nota 2: los soportes que no contengan la información completa solicitada no serán tenidos en cuenta para validar la experiencia. Nota 3: El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta, con restricción de acceso que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web o documentos digitales) o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta NO será habilitada. Nota 4. En caso de contratos debe presentar certificaciones donde se acredite que están ejecutados en su totalidad (terminado o liquidado). Para la Categoría 2. “Beca contando el centro, construyendo ciudad para creadores de contenido”, se debe presentar un documento donde evidencia la siguiente información: 1. Captura de pantalla de la red social base donde se evidencie mínimo 10.000 seguidores ( Instagram, Tik Tok, Youtube o Facebook). 2. Captura de pantalla de la red social base donde se evidencie el alcance de la cuenta:
3. Captura de pantalla de la red social base donde se evidencien las Interacciones:
Nota 1: Tenga en cuenta que no se permite sumar seguidores y métricas entre las diferentes redes, deberá escoger una red base que cumpla con los requisitos mínimos expuestos en estas condiciones. Nota 2. El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta, con restricción de acceso que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web o documentos digitales) o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta NO será habilitada. |
pdf |
15 MB |
3 | Formato de Presupuesto y Cronograma | Descargue y diligencie en su totalidad el Formato Presupuesto y Cronograma (dos pestañas), el cual se encuentra publicado en la sección Formatos de esta convocatoria. Guárdelo y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. Nota: tenga en cuenta la Guía para la formulación del presupuesto en el ítem de gastos permitidos y no permitidos a la hora de calcular su presupuesto. |
pdf |
15 MB |
Criterios de evaluación
Ronda: Deliberación
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Solidez formal y conceptual del proyecto: coherencia entre las actividades, los tiempos y costos proyectados para el cumplimiento de los objetivos, expresados mediante el formato de presentación de la propuesta, presupuesto y cronograma |
0 a 20 |
2 | Trayectoria del medio de comunicación comunitario: pertinencia e impacto de los productos de comunicación desarrollados a lo largo de su trayectoria. |
0 a 20 |
3 | Contribución del proyecto al posicionamiento del ecosistema cultural y creativo: se valorará el impacto del proyecto para fortalecer los procesos de promoción y divulgación de los emprendimientos culturales y creativos de las localidades de Santa Fe, Los Mártires y La Candelaria, a través de medios de comunicación alternativos. |
0 a 30 |
4 | Alcance: se evaluará que los productos resultantes permitan la circulación, el relacionamiento y la comunicación de los agentes culturales y creativos con el medio de comunicación comunitaria y sus audiencias. |
0 a 25 |
5 | Si el participante (persona natural o jurídica) o al menos uno de los integrantes en el caso de agrupación, reside en las localidades de Santa Fe, Los Mártires o La Candelaria. Nota 1: Este criterio responde a la misionalidad territorial de la FUGA, no es obligatorio que los participantes residan en el Centro de Bogotá, sin embargo a aquellos participantes que acrediten esta condición, se les otorgarán 5 puntos en la evaluación. En el caso de persona jurídica, se debe acreditar mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, que el domicilio principal sea en las localidades de Los Mártires, Santa Fe o La Candelaria. Nota 2: En caso de obtener el puntaje correspondiente a este criterio, la persona o personas que se acredite(n) como residentes en el centro de Bogotá no podrán ser reemplazadas en ninguna etapa del proceso. |
0 a 5 |
En esta ronda se hace la deliberación |
Ronda: Deliberación
No. | Criterio | Puntaje |
---|---|---|
1 | Solidez formal y conceptual del proyecto: coherencia entre las actividades, los tiempos y costos proyectados para el cumplimiento de los objetivos, expresados mediante el formato de presentación de la propuesta, presupuesto y cronograma |
0 a 20 |
2 | Trayectoria: Se evaluará la calidad y creatividad del contenido dentro del ecosistema digital del participante, considerando su estética, diseño visual y relevancia para su audiencia. Además, se valorará que el participante forme parte de un ecosistema digital integral, lo que implica actividad en múltiples plataformas y una presencia activa en diversas redes sociales. |
0 a 25 |
3 | Contribución del proyecto al posicionamiento del ecosistema cultural y creativo: se valorará el impacto proyectado para fortalecer los procesos de promoción y divulgación de los emprendimientos culturales y creativos de las localidades de Santa Fe, Los Mártires y La Candelaria, a través de los creadores de contenido, lo que será verificable en las métricas de alcance sugeridos en la propuesta |
0 a 25 |
4 | Calidad del contenido propuesto: Se evaluará que los contenidos propuestos sean innovadores, de alta calidad visual y cuenten con un storytelling atractivo que motive a sus audiencias a interactuar y conectar con los agentes culturales y creativos del centro de Bogotá. |
0 a 25 |
5 | Si el participante (persona natural o jurídica) o al menos uno de los integrantes en el caso de agrupación, reside en las localidades de Santa Fe, Los Mártires o La Candelaria. Nota 1: Este criterio responde a la misionalidad territorial de la FUGA, no es obligatorio que los participantes residan en el Centro de Bogotá, sin embargo a aquellos participantes que acrediten esta condición, se les otorgarán 5 puntos en la evaluación. En el caso de persona jurídica, se debe acreditar mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, que el domicilio principal sea en las localidades de Los Mártires, Santa Fe o La Candelaria. Nota 2: En caso de obtener el puntaje correspondiente a este criterio, la persona o personas que se acredite(n) como residentes en el centro de Bogotá no podrán ser reemplazadas en ninguna etapa del proceso.. |
0 a 5 |
En esta ronda se hace la deliberación |
Derechos específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en el numeral 7.5 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, el ganador tendrá los siguientes derechos:
- Notificación: Recibir mediante correo electrónico certificado la notificación de la Resolución por medio de la cual se designan los ganadores de la convocatoria y se solicitan los documentos para la legalización del estímulo.
- Divulgación: Gozar de las acciones de divulgación que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA- realice dentro del ámbito de sus funciones y conforme a la disponibilidad de recursos.
- Desembolsos: Una vez publicada la resolución de recomendación de los jurados evaluadores y selección de ganadores, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA, llevará a cabo los desembolsos así:
Primer desembolso: correspondiente al 80 % del valor total del estímulo, posterior a la notificación de la resolución por la cual se designa a los ganadores, entrega oportuna de los documentos requeridos para la legalización del estímulo por parte de los ganadores y aprobación de la póliza de cumplimiento de disposiciones legales.
Segundo desembolso: correspondiente al 20 % del valor total del estímulo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte del ganador y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la FUGA.
Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC).
Nota 2: al estímulo económico se le realizarán descuentos relacionados con la retención en la fuente de acuerdo con lo que indique el RUT del ganador y la normatividad vigente.
Deberes específicos de las y los ganadores
Además de los contemplados en el numeral 7.6 de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025, el ganador tendrá los siguientes deberes:
1. Responder oportunamente el correo electrónico certificado de notificación de la Resolución por medio de la cual se designan los ganadores de la convocatoria. A partir de la fecha y hora de notificación el ganador cuenta con diez (10) días hábiles para aceptar de manera expresa el estímulo y hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo, de acuerdo con el numeral 7.2 de las Condiciones Generales de Participación. Para esta convocatoria debe presentar:
- Copia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible, a nombre de la persona jurídica, persona natural o representante de la agrupación. La fecha de generación del certificado debe ser de máximo treinta (30) días antes de su entrega. No se aceptan documentos “En trámite” o “En borrador”, por lo que es importante verificar que el documento se encuentre expedido de la forma correcta.
- Certificación bancaria a nombre de la persona jurídica, persona natural o representante de la agrupación, en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega. Nota: No se aceptan Cuentas de Ahorro de Trámites Simplificados - CATS o billeteras virtuales (como Nequi y Daviplata, entre otras). Es responsabilidad del participante verificar que las Cuentas Bancarias aportadas no presenten novedades como embargos, retenciones, cuentas por cobrar, etc.
- Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica, expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. o por la entidad competente, dentro de un (1) mes anterior a la expedición de la resolución por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado.
- Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a nombre de la persona natural o representante de la agrupación, con fecha de expedición máximo de treinta (30) días antes de su entrega o Certificación de parafiscales, expedido por el revisor fiscal o por el representante legal de la persona jurídica, en donde se acredite que la entidad está al día en el pago de los aportes parafiscales y de seguridad social o que no está obligada a hacerlo, según sea el caso.
- Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30 %) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más. La póliza deberá estar firmada por el tomador o tomadora y acompañada del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen. Recuerde que el costo de la póliza no es un gasto permitido dentro del presupuesto del proyecto y no podrá ser descontado del estímulo.
2. Posterior a la revisión de los documentos de legalización del estímulo, en caso de requerirse ajuste, subsanación o actualización de alguno de los documentos, el ganador cuenta con cinco (5) días hábiles posteriores al correo de solicitud de subsanación para presentar en debida forma la documentación solicitada.
3. Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados.
4. Asistir a las reuniones, encuentros y visitas convocadas por la entidad.
5. Incluir según el manual de uso de imagen y lineamientos, los logos de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la propuesta, con previa aprobación del equipo de comunicaciones de la FUGA. Enviar con mínimo diez (10) días calendario de anticipación, las piezas de difusión y promoción de las acciones a desarrollar en el marco de la propuesta ganadora; recuerde que antes de su difusión o impresión este material debe tener la aprobación; así mismo, el ganador se compromete a garantizar la imagen reputacional de la FUGA; el manejo adecuado y pertinente de las imágenes de las Entidades, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la propuesta ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás, que para tales efectos requiera la FUGA. El ganador mantendrá indemne a la FUGA ante cualquier reclamación sobre el contenido de las propuestas.
6. A través de una declaración clara, precisa, el creador de contenido debe informar al consumidor que los contenidos que publica durante el periodo del proyecto hacen parte de la ejecución de la Beca, desde el momento mismo en que comienza a anunciarse al público. Debe incluir los siguientes Hashtags en las publicaciones: #FUGABtá, #ContandoElCentro, #EnElCentroEncuentro #PDE2025
7. Hacerse responsable y cumplir con los aspectos relacionados con autoría y derechos patrimoniales y morales de la propuesta, así como con los trámites de derechos de autor, conexos y de imagen de acuerdo a lo contemplado en los numerales 7.6.18. y 7.6.19 de las Condiciones Generales de Participación PDE 2025.
8. Entregar los informes de ejecución de la propuesta que sean requeridos siguiendo el formato suministrado por la entidad, que dé cuenta del desarrollo de las actividades realizadas durante el proceso, así como, los registros documentales correspondientes en un archivo digital (si el archivo supera los 99MB deberán entregar un soporte físico en las instalaciones de la FUGA). En el informe se deben incluir los soportes de alcance y KPI de las piezas comunicativas aprobadas y publicadas.
9. Entregar a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA todas las licencias de uso o autorización de uso o releases firmadas por las personas que hayan participado en el proceso creativo.
Anexos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Anexo 1: Guía para la formulación del presupuesto de una propuesta
|
Tenga en cuenta la Guía para la formulación del presupuesto para el diligenciamiento del Formato de presupuesto y cronograma. |
2 |
Anexo 2: cuadro de sectores de la Economía cultural y creativa que pueden ser promocionados y divulgados
|
Actividades económicas de los sectores la Economía Cultural y Creativa que pueden ser promocionados y divulgados. |
Formatos
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
Formato para la presentación de propuesta categoría 1 Beca contando el centro, construyendo ciudad para Medios Comunitarios
(archivo Word o PDF) |
Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2025, así como las condiciones específicas de esta convocatoria. Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta Categoría 1. Beca contando el centro, construyendo ciudad para Medios Comunitarios, luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. Nota: el contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o con restricción de acceso que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web o documentos digitales)o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta NO será habilitada. |
2 |
Formato para la presentación de propuesta categoría 2 Beca contando el centro, construyendo ciudad para creadores de contenido
(archivo Word o PDF) |
Lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2025, así como las condiciones específicas de esta convocatoria. Descargue y diligencie en su totalidad el Formato para presentación de propuesta Categoría 2. Beca contando el centro, construyendo ciudad para creadores de contenido, luego guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. Nota: el contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o con restricción de acceso que no permita su visualización y verificación (para el caso de enlaces web o documentos digitales)o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta NO será habilitada. |
3 |
Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad de Juramento.
(archivo Word o PDF) |
En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. la interesada o interesado podrá presentar, debidamente firmado y completamente diligenciado el formato de Declaración de Lugar de Residencia Bajo Gravedad de Juramento. Descárguelo, diligencie completamente y adjúntelo en la plataforma de inscripción, en el espacio destinado para tal fin. |
4 |
Formato de presupuesto y cronograma
(archivo Word o PDF) |
Descargue y diligencie en su totalidad el Formato Presupuesto y cronograma (dos pestañas), guárdelo y adjúntelo en el campo de la plataforma de inscripción destinado para tal fin. Nota: tenga en cuenta la Guía para la formulación del presupuesto en el ítem de gastos permitidos y no permitidos a la hora de calcular su presupuesto. |
Resoluciones
No. | Documento | Descripción |
---|---|---|
1 |
RESOLUCIÓN No. 18 DE 2025
|
Por medio de la cual se aperturan las convocatorias del Programa Distrital de Estímulos FUGA 2025 a cargo de la Subdirección para la Gestión del Centro de Bogotá de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño. |
2 |
RESOLUCIÓN No. 26 DE 2025
|
Por la cual se modifica el artículo primero de la Resolución No. 18 del 17 de febrero de 2025 que apertura las convocatorias del Programa Distrital de Estímulos FUGA 2025 a cargo de la Subdirección para la Gestión del Centro de Bogotá de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño |
3 |
RESOLUCIÓN No. 22 DE 2025
|
Por medio de la cual se fija la tabla de reconocimientos económicos a otorgar al Banco de Personas Expertas para el sector cultura en el marco del Programa Distrital de Estímulos de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño-2025. |
Listados

No se encontró contenido en esta sección
Avisos modificatorios

No se encontró contenido en esta sección
Para participar inicia sesión en SICON y busca esta convocatoria